El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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lunes, 23 de noviembre de 2015

Venta de añinos en la Roda para un sombrero de Lisboa (1554)

Presentamos este testimonio de un escribano de La Roda como curiosidad, pero también por darnos una pequeña idea de la amplitud de las relaciones económicas del momento. Se trata de una compra de sesenta arrobas de añinos, pieles de cordero de menos de un año, por un sombrero de Lisboa para lo que se vale de dos agentes de Alcázar de San Juan, que hacen la compra en la villa de La Roda.

Yo Alonso de Buen Cuchillo escriuano público en esta villa de la Roda e vno de los del número della doy fe e verdadero testimonio a todos los señores que la presente vieren en como oy día de la fecha desta ante mí el dicho escriuano e de los testigos ynfraescritos paresçió vn honbre que se dijo por su nonbre hernán sánchez vezino que dixo ser de la villa de alcaçar e hizo mostraçión de un poder signado de escriuano público según que por el paresçia el qual dicho poder lo daba hernando de valladolid sonbrerero vezino de la çibdad de lisboa al dicho hernán sánchez e a pedro sánchez de villa rreal vezino de la dicha villa de alcaçar para conprar sesenta arrovas de añinos para el dicho henando de valladolid , el qual dicho poder yo el dicho escriuano doy que fe que vi e ley según que todo y más largamente consta y paresçe por el dicho poder a que me rrefiero y agora el dicho hernán sánchez dixo que por quanto por virtud del dicho poder  y en el dicho nonbre el a conprado en esta dicha villa de la Roda sesenta arrovas de añinos prestos de çiertos vecinos desta villa que son las siguientes:
  • primeramente del bachiller diego de rrozas nueve arrovas e diez e siete lybras
  • y de juan muñoz el viejo seys arrovas
  • y de juan muñoz el moço honze arrovas y medio
  • y de diego gómez treze arrovas y media
  • y de martín de la parra el viejo ocho arrovas e ocho lybras
  • y de sabastián tenprado dies arrovas y de françisco cano una arrova
e son por todas las dichas sesenta arrovas de añinos  e pidió a mi el dicho escriuano rresçibiese juramento de los susodichos e de cada vno dellos si es verdad que al dicho hernán sánchez le vendieron la cantidad de añinos de suso declarados cada vno de ellos lo que les pertenesçe e lo que dieren e aclararen baxo de vn sygno se lo diese por testimonyo para guarda e consevaçión de su derecho e yo el dicho escriuano visto lo susodicho en mi presençia los susodichos e cada vno lo que le pertenesçe según que de suso declara de todo lo qual el yo el dicho escriuano doy fe e fueron testigos a lo que dicho es pedro alonso e villa miguel martines veçino desta dicha villa de la Roda que es fecho en la dicha villa de la Roda en vltimo día del mes de mayo de mill e quinientos e çinquenta e quatro años por ende en testimonyo de verdad fize aquí estemio sygno (signo) a tal
                                              alonso de buen cuchillo (rúbrica)

FUENTE

AMSC. ESCRIBANÍAS. Leg. 28/7, Compra de sesenta arrobas de añinos por Hernán Sánchez, vecino de Alcázar. 1554

domingo, 22 de noviembre de 2015

Fraude fiscal y actividad económica en San Clemente hacia 1580

El 22 de noviembre de 1586, Diego Ramírez Caballón es llamado a declarar por su gestión como fiel de las tercias reales de la villa de San Clemente el año de 1581. Lo hará ante el juez administrador de rentas Rodrigo Méndez y el alcalde ordinario Juan López de Garcilópez. De su declaración podemos extraer un poco más de información sobre la economía sanclementina de aquella época; de otros testimonios, fruto de las averiguaciones del juez administrador Rodrigo Méndez, conoceremos los importantes niveles de fraude.

Después de reconocer que había desempeñado el oficio de fiel de las tercias de su majestad de la villa de San Clemente el año de 1581, Diego Ramírez Caballón exhibió una relación pormenorizada de las cuentas que había presentado hacía cinco años:

         fuele mandado exiba la copia de la tazmía de los frutos que a su magestad perteneçieron de las dichas tercias del dicho año el qual exibió e presentó una quenta original firmada de mosén ruuí de bracamonte dávila gobernador deste marquesado e de martín sanz de fuentes juez de su magestad que vino a esta villa con comisión rreal a tomar quentas de las rrentas deste marquesado del dicho año ... por la qual pareze que a su magestad perteneçieron  de los frutos de sus terçias el dicho año lo siguiente:
  • çiento y treinta cabeças de ganado y un quarto de cabeça
  • doçientas y quinze fanegas y nueue çelemines de trigo
  • ocho fanegas y cuatro celemines y un quartillo de centeno
  • beinte y una fanegas çinco celemines de abena
  • mill e quinientas y quatro arrovas de vino
  • çiento y treinta e nueue de cargas de uva
 y esto es lo que a su magestad pertenesçió y ubo de las dichas terçias los quales dichos frutos pareze que se bendieron en la manera
  • el ganado a quatro rreales y quartillo cada uno que montaron diez e siete mill e çiento e diez maravedíes y medio
  • el trigo a la tasa rreal que entonzes auía de honze rreales la hanega que monta ochenta mill e seisçientos e un maravedíes
  • la çevada a la tasa de cinco rreales y medio cada hanega que montan quarenta y quatro mill e tresçientos y quarenta y seis maravedíes
  • el bino a dos rreales cada arroba se bendió en pública almoneda en quien más dio pareçe que monto çiento y dos mill e doçientos setenta e dos maravedíes
  • las çiento y treinta e nueve cargas de uba a dos rreales y medio que balió honze mill e quinientos e sesenta mill maravedíes
  • el çenteno a la tasa de doçientos maravedíes que montó mill e seisçientos y setenta y çinco maravedíes 
  • la avena a la tasa de çien maravedíes que valió dos mill e çiento e quarenta e dos maravedíes
por manera que valieron los dichos frutos doçientos y sesenta y un mill e çiento y çinco maravedíes y medio.

Se podría apostar por estas cifras para recomponer el valor de la producción sanclementina, de hecho éste es el único año del período 1579-1584 del que disponemos datos de las tercias, pues el resto de años los fieles que administraron las tercias alegaron no disponer de copia de tazmías que justificaran los ingresos. Pero estaríamos ocultando un parte de la economía que no estaba gravada con imposición alguna; el propio Rodrigo Méndez llegó a confesar que el montante de la alcabala recaudado no llegaba al 3 por ciento del valor de las transacciones, cuando se trataba de un gravamen del 10 por ciento ad valorem.

Disponemos de acusaciones genéricas de fraudes contra los llamados ricos, que protegidos por sus paniaguados las justicias locales, no declaraban las ventas o las realizaban en tierras de señorío; pero también de acusaciones concretas. Tal es el caso de la alcabala de ganados y lanas de San Clemente en 1583, administrada en régimen de fieldad, que, en testimonio de su fiel administrador, padecía de un constante impago por los ganaderos ricos del pueblo. Ese año las rentas reales del Marquesado de Villena fueron administradas directamente por el administrador de rentas licenciado Mieses, que intentó además el cobro y percepción del producto de las tercias en especie, intentando romper el monopolio de la venta de los frutos de las tazmías por las oligarquías locales.

En San Clemente, el administrador de la alcabalas de ganados y lanas fue Miguel Sánchez del Hoyo, que optó por establecer conciertos con los vecinos para garantizarse una cantidad fija de recaudación, pero no por ello dejó de denunciar las operaciones y ventas de los ricos del pueblo que apenas si estaban gravadas con imposición alguna. Uno de los vecinos que se había concertado era Antonio García Monteagudo, por él y por su madre viuda, María Álvarez de Tébar, por la cantidad de doce ducados. En una operación, sin duda fraudulenta, había vendido a su propia madre, allá por los meses de junio y julio de ese año 1583, alrededor de seiscientas cabezas de ganado primales a precio de catorce reales cada una. La venta le supuso un beneficio de 8.400 reales, es decir le hubiera correspondido de pagar 840 reales de alcabala, equivalentes a 76 ducados. Poco después su madre vendería a un vecino de Cuenca, que decía ser abastecedor de carnes de esta ciudad (quizás este dato nos dé una idea del potencial ganadero de la villa de San Clemente), 550 carneros a veintiún reales cada uno, montando la venta 11.550 reales, correspondiendo una alcabala teórica de 1.155 reales, o sea, 105 ducados. La suma de ambas operaciones en apenas dos meses, suponía una alcabala que multiplicaba por quince la cantidad del concierto. El fiel añadía que se dejaba por cuantificar la venta de la lana y, añadimos nosotros, seguramente otras ventas de ganado.

Pero los Monteagudo era una familia más de los ricos ganaderos poseedores de 2.000 a 4.000 cabezas, aunque en su caso creemos que superaba esa cifra. El regidor Diego Alfaro se concertó con el licenciado Mieses por 44 reales por la alcabala de ganados; pasados unos días de San Pedro y San Pablo vendió ganado a los carniceros de la villa por valor de 4.000 reales, lo que hubiera supuesto una alcabala de 400 reales. Otro regidor, Hernando de Avilés, se había concertado por 40 reales, pero había vendido una cantidad indeterminada de borregos a 6.75 reales cada uno y otro hatajo de ovejas y lanas. El abogado de la villa, licenciado Agüero, se había concertado por tres ducados; había realizado varias ventas: a un vecino de la villa, más de cien borregos a diez reales cada uno y un hatajo de ovejas a siete reales y medio la cabeza.

 Había otros ricos que habían optado por la solución del concierto, así Ginés de la Osa; la cantidad acordada, 23 ducados, nos da una idea de que debía ser uno de los principales ganaderos del pueblo. Sólo una venta de 400 carneros a su convecino Bautista de Alarcón y a Hernando de Araque, vecino de Belmonte, a 22 reales cada uno, le hubiera obligado a pagar ochenta ducados de alcabala según el fiel, que no contaba la venta de la lana y otras operaciones. Por último, se citaba entre los concertados al regidor Juan de Oropesa, por doce ducados; sus ventas incluían 300 carneros a su hermano Alonso y otros 200 al carnicero Pedro Sánchez a precios que iban de ducado y medio a dos ducados la pieza, también vendió la lana de los mismos. En conjunto la venta de ganado y lana debió aproximarse o superar la cifra de mil ducados, ni qué decir tiene que los doce ducados se alejaban bastante de los 100 ducados a pagar de la alcabala.

En suma, según las operaciones denunciadas por el fiel Miguel Sánchez del Hoyo, que no deberían incluir todas las ventas, los conciertos firmados por los principales ganaderos de San Clemente con el licenciado Mieses les había supuesto un negocio redondo: pagaban solamente el diez por ciento de lo que debían pagar e incluso la cifra a veces bajaba por debajo de ese umbral. Dicho de otro modo el fraude, en este caso, consentido no creemos que de buena gana, se situaba en el noventa por ciento de la recaudación fiscal.

A comienzos de los ochenta el valor de lo recaudado por alcabalas y tercias en San Clemente, excluido el fraude, se situaba por encima de los dos millones y medio de maravedíes. La cifra suponía triplicar la recaudación de quince años antes y cuadruplicar la de mediados de siglo. La villa se había encabezado, poco antes de la guerra de las Alpujarras, en 1566, por valor de 1.179.570 maravedíes, y catorce años antes lo había hecho por 701.000 maravedíes. La duda es qué parte correspondía a nueva recaudación procedente de fraude destapado por la labor del administrador Rodrigo Méndez y qué parte a una explosión de la actividad económica de la villa, para la que la guerra de Granada fue un impasse fácilmente superable. Sabemos que en las averiguaciones de 1576, había descubierto fraudes por valor de 250.000 maravedíes para las villas de Albacete y San Clemente, cifra que no explicaría el aumento recaudatorio. Una explicación más racional de este aumento nos lo da el abandono del régimen encabezamiento de rentas por otro de arrendamiento o de fieldad, es decir, administración directa. Incluso Rodrigo Méndez prefería el primer sistema al segundo; razón no le faltaba si nos fijamos en los fraudes de las ventas de ganado examinadas. Pero el sistema de arrendamiento también topaba con los límites de las pujas que los arrendadores estaban dispuestos a hacer. Entonces, ¿qué puede explicar el aumento recaudatorio si no es una implosión económica en el último tercio del siglo? ¿cómo explicar la remodelación urbanística del pueblo en estos años o los propios límites del crecimiento económico, que llevaba a alertar a la villa de la necesidad de limitar el cultivo de viñas por entrar en colisión con otros sectores en rápido crecimiento como la ganadería o estancados como los cereales?

 El desarrollo económico tenía sus causas en una afortunada especialización en las actividades vinícolas y ganaderas, pero el empuje definitivo lo dio, en mi opinión, la preponderancia de San Clemente como centro político. Quizá esa sea la explicación más plausible de la desaparición de la gobernación del Marquesado de Villena; el despertar político de San Clemente y su desarrollo económico, paradójicamente impulsado por los préstamos de vecinos albaceteños, chocaba con los intereses ganaderos de Albacete. Cuando se desgaja la parte sur del Marquesado, San Clemente perderá los graneros de Albacete o Chinchilla, por esa razón mandará a su procurador Francisco de Mendoza a asegurarse la fidelidad de Villarrobledo, visto como granero alternativo, al nuevo corregimiento de las diecisiete villas. El resto es conocido, Villarrobledo, que pronto iniciaría la decadencia de su economía cerealista, al igual que Albacete, también entraría en colisión con San Clemente, que intentaría salvar su economía con el control de la tesorería de rentas reales del Marquesdo y el producto excedentario de las tercias. Solución transitoria en tanto reconvertía su propia economía a otra más equilibrada con mayor peso del cereal frente a la vid.

Si comparamos las cifras de las tercias de San Clemente con las conocidas de Albacete para las mismas fechas se constata el dominio apabullante de la producción ganadera y cerealista. El valor de las tercias de Albacete ascendía a 725.700 maravedíes por 261.105 maravedíes que valían las tercias de San Clemente.  Basta con ver los datos arriba expuestos y comparar, fraudes aparte, la 140 cabezas de ganado de las tercias de San Clemente con las más de 1.000 cabezas de Albacete o las 500 fanegas de granos de tercias (215 y 237 fanegas de trigo y cebada) de la primera con las 580 fanegas de trigo, 738 fanegas de cebada y 48 fanegas de centeno de la segunda villa. Datos aportados en el caso de Albacete para 1582.

La dependencia en granos de San Clemente era clara, su limitado desarrollo ganadero también. Cuando San Clemente intentó a finales de siglo el desarrollo ganadero llevando sus ovejas de los pastos comunes de la tierra de Alarcón a integrarse en los circuitos trashumantes que tenían por extremos los pastos de Chinchilla y los valles de Murcia obtuvo por respuesta las cortapisas de Albacete. Valga como ejemplo la exigencia de derechos aduaneros por pasar las ovejas los límites de las diez leguas de la raya de los Reinos de Aragón.

Y sin embargo, San Clemente tenía una ventaja en la producción vinícola. El valor de las tercias de vino y cargas de uva rondaba en esta villa las 2.000 arrobas. Aunque no disponemos de datos del valor en especie del producto de la uva de Albacete, sabemos que traducido el producto de las tercias a dinero era de 39.627 maravedíes por los 124.000 maravedíes de San Clemente; es más la alcabala cobrada por las ventas del vino, alcanzaban en San Clemente los 454.600 maravedíes por los 60.250 de la villa de Albacete.

Pero San Clemente era más cosmopolita que Albacete, tierra de labradores. A pesar de que San Clemente contaba con un mercado franco los jueves, la recaudación de su alcabala del viento  sobre la venta de mercaderías foráneas era superior a la de Albacete, 420.000 maravedíes frente a 354.000 maravedíes. Es más San Clemente aportaba otros 70.000 maravedíes de la actividad de sus tenderos y superaba a Albacete en la alcabala del hierro y corambre. Incluso, a pesar de su menor potencial ganadero, no le iba muy a la zaga en las transacciones de reses, actuando como centro comarcal. Pagaba también 123.000 maravedíes por la alcabala de aceites y pescados, que apenas aportaba valor en Albacete. Esta villa solo destacaba curiosamente en la alcabala de zapateros. Así, y a diferencia de las tercias, los niveles recaudatorios de alcabalas eran prácticamente similares.

Nuestra conclusión es que Albacete tenía la primacía como centro productor, salvo en el vino, y San Clemente se había convertido en centro comarcal de intercambios y servicios. Ese carácter de centro comercial de San Clemente es lo que le daba su hegemonía política, a pesar de su menor potencial económico, sobre el resto de las villas, convirtiéndola en lo que se llamó la pequeña corte manchega, haciendo de ella una sociedad más diversa con una alta presencia de clérigos, hidalgos y todo tipo de oficios artesanales y de una gran riqueza cultural, como demuestran sus edificios públicos y las representaciones teatrales, religiosas y festivas que se desarrollaron delante de los mismos.

FUENTE

AGS. EXPEDIENTES DE HACIENDA. Leg. 202, fol. 6-XIV. Averiguación de rentas reales y vecindarios del Marquesado de Villena. 1586

domingo, 27 de septiembre de 2015

Vara Rey: un pleito con la Mesta

Hacia 1584 la Mesta inició un pleito contra la villa de Vara del Rey sobre a quién pertenecían las reses mostrencas, es decir, aquellas reses extraviadas en el circuito trashumante. Vara de Rey alegaba que según costumbre inmemorial esas reses pertenecían al pueblo, sobre las que alegaban un derecho perpetuo así de posesión como propiedad. Es más se añadía que dichas reses, y en concreto los treinta ducados de las diecinueve reses mostrencas de aquel año, iban destinadas al pago de las misas por la salvación de las ánimas del purgatorio, a cargo de la cofradía de Nuestra Señora de la Concepción.
Aunque Vara del Rey, representada por su procurador, Pedro de Palomares, perdió el pleito por sentencia de tres de noviembre de 1585, y la Mesta obtendría ejecutoria favorable y definitiva el 7 de diciembre de 1599, es previsible que los conflictos continuaron. La justicia dio pues escasa credibilidad a la mencionada costumbre inmemorial por esconder lo que era un caso de apropiación indebida.
Los nombres de los vecinos y ganaderos de Vara del Rey que nos aparecen en el expediente, Martín de Buedo, Diego de Montoya Abengozar o los Ruiz de Alarcón, son miembros de las clases dirigentes de ese pueblo, pero también están presentes en el primer plano de la política de San Clemente. Sus intereses eran regionales; a Diego Montoya lo vemos como defensor de los intereses ganaderos frente al alférez mayor de la villa de San Clemente, Juan Pacheco y Guzmán, y a un Martín de Buedo lo encontraremos en posesión de la tesorería de las rentas reales del Marquesado de Villena. La permeabilidad de estas élites dirigentes en la participación de la vida política de ambas villas será algo común en toda la historia moderna, siendo el caso más conocido el de los Rodrigo Ortega, regidores de San Clemente, y señores de la jurisdicción de Vara del Rey.

Fuente:

AHN. DIVERSOS, MESTA, 220, N. 2

viernes, 25 de septiembre de 2015

El servicio de millones y el corregimiento de San Clemente: el rompimiento de tierras en Villanueva de la Jara

Unas villas endeudadas y gravadas con diversas imposiciones se vieron obligadas, ante la falta de propios, a romper las tierras baldías y llecas para pagar el primer servicio de los ocho millones. La roturación de baldíos derivó en pleitos con los hermanos de la Mesta, por considerar esos baldíos lugar de pasto y paso de sus ganados.
Si el conflicto en algunos casos se planteó, caso de Barchín del Hoyo, pasado el tiempo de seis años que la corona daba para uso de arbitrios para paga del servicio de millones; en el caso de Villanueva de la Jara el conflicto con la Mesta estalló inmediatamente con la siembra de terrenos llecos. Reunidos en ayuntamiento, el 29 de octubre de 1590, los regidores de Villanueva de la Jara, presidido por los alcaldes ordinarios Gaspar López y Francisco Granero de Heredia y el alférez mayor de la villa, Agustín de Valera, presentaron un panorama paupérrimo de una villa cargada de pechos e incapaz de pagar de sus propios y rentas o imponer un repartimiento entre sus vecinos de los 690.466 maravedíes impuestos cada año (la cantidad final bajaría en cien mil matavedíes).
Los regidores de Villanueva de la Jara se decantaron por la conveniencia de arrendar para labrar los baldíos, prados y otras tierras llecas. Además se arrendaron para pasto otras tierras, entre las que destacaban el llamado Jaral de la Calzada, los dos pinares con que contaba el pueblo y algunos términos junto al río. El arrendamiento de dehesas y baldíos se planteó como medida complementaria al establecimiento de sisas sobre la carne y otros productos y con el fin de aliviar a los vecinos.
Se escogieron para romper y labrar aquellas dehesas y majadas que están rasos y que no tienen monte ninguno, en el término llamado de las Leguas. La subasta de los lotes recayó en varios vecinos, unos diez, que se hicieron con el uso de terrenos que solían ir de las dos a cuatro fanegas, aunque en algún caso, como Pascual Martínez, el pedazo de terreno atribuido llegó a las diez fanegas. En el momento que se labraron y sembraron las tierras, los hermanos de la Mesta iniciaron el pleito. Era el año 1593.
Villanueva de la Jara ya había tenido otros pleitos con la Mesta. En tiempo de los Reyes Católicos había perdido un pleito, al tratar de llevar, tal como hacían otras villas como Alarcón, una borra de cada cabaña y hato a los ganados que entraban en sus términos de paso para invernar y herbajar en el campo de Cartagena, y defender la facultad de sus caballeros de la sierra de llevar prendas y penas. La Mesta procuró sacar traslado de esta ejecutoria, ganada el 25 de agosto de 1487, casi setenta años después como jurisprudencia de apoyo para sus alcaldes entregadores, lo que daba cuenta del valor jurídico que atribuían a dicha ejecutoria.
En 1593, el rompimiento de tierras baldías y llecas, aprovechando las licencias reales, que creemos no pasaron de una declaración de intenciones, sobre uso de arbitrios para paga del servicio de millones, cuyo señalamiento quedó en manos de los concejos, fue respondido por la Mesta con el inicio de pleitos por los alcaldes entregadores, que tuvieron como corolario la imposición de fuertes multas. Las sanción impuesta a Villanueva de la Jara fue de 53.500 maravedíes. Esta multa no fue hecho aislado, por la misma época y por motivos similares Iniesta debía pagar 45.000 maravedíes, Jorquera, 50.000, y Gonzalo Álvarez de Toledo, señor de la villa de Cervera, 20.000 maravedíes.
No parece que acabara aquí el conflicto, pues Villanueva de la Jara, por voz de su procurador Gabriel Martínez, pidió que no se ejecutará la sentencia del alcalde entregador, licenciado Pérez de Villalobos. No obstante, la Mesta conseguiría una vez más ejecutoria favorable. De paso amplió el pleito a la obligación del pago del servicio y montazgo y los derechos de puertos secos al pasar los ganados de Villanueva de la Jara las doce leguas distantes de la frontera de los reinos de Aragón y Valencia.

Fuentes:

AHN. CONSEJOS, Leg. 28250, exp. 3. La Mesta contra la villa de Villanueva de la Jara por rompimiento de tierras. Año 1594
AHN. DIVERSOS; MESTA, 228, N. 8 y 9. 7 y 8 de noviembre de 1554

jueves, 24 de septiembre de 2015

El servicio de millones y el corregimiento de San Clemente: Barchín y sus conflictos con la Mesta

La fijación de arbitrios para la paga del servicio de los ocho millones, especialmente en el acotamiento y roturación de dehesas, derivó en múltiples conflictos con la Mesta. Los conflictos ya existían por las presiones de los ganaderos locales de obtener el uso privativo de sus pastos y por el proceso roturador para conquistar nuevas tierras de labranza, que en algunos de los pueblos se mantuvo en los primeros años del seiscientos. Este es el caso de Barchín del Hoyo.
Poco importa que Barchín perdiera ambos pleitos, pues el proceso de acotamientos y roturaciones era imparable. Desde 1589 hasta 1594, Barchín sostuvo un primer pleito con la Mesta por el acotamiento de los pastos de la tierra común de Alarcón. El pleito había surgido con la villa de Valverde y el lugar de Hontecillas, y en concreto, con los ganados del cura de Valverde. Frente al uso común que alegaban ambas villas de herbaje y agua para los ganados, Barchín alegó su derecho a acotar términos desde el momento que pasó, a diferencia de las otras dos villas, a ser tierra de realengo e independizarse del Marqués de Villena. También alegó las típicas acusaciones contra los ganados mesteños de comer las viñas o introducirse en la dehesa carnicera. De poco le valió pues la Mesta ganó ejecutoria de 6 de abril de 1594, tanto para el uso común de los pastos por los pueblos vecinos como para el paso y herbaje de los ganados pasajeros que van a los extremos.
El conflicto vuelve a resurgir entre Barchín y la Mesta veinte años después. Al calor de la concesión del primer servicio de millones para el período 1591 a 1596, la villa había obtenido licencia real para el uso de arbitrios para el pago de dicho impuesto. Entre dichos arbitrios la villa había apostado por el rompimiento y labranza de sesenta fanegas de la dehesa de la Quemada y veinte fanegas de la dehesa Vieja y el ejido de Navaodres. La licencia para roturar concedida por espacio de seis años, había sido ampliada por la villa arbitrariamente. El representante de Barchín, el regidor Andrés García Romero, admitió el rompimiento de tierras para pago del servicio de millones, aunque sin convencer al juez entregador negaba que se hubieran seguido con tal práctica en los diecisiete años anteriores al juicio. El 16 de agosto de 1614 se dictó sentencia condenatoria para Barchín, que sería ratificada por ejecutoria favorable a la Mesta de 15 de junio de 1622.

Fuentes:
AHN. DIVERSOS, MESTA. 31, N. 15. Ejecutoria de 6 de abril de 1594 contra la villa de Barchín por haber penado a los ganados que entraban en su término
AHN. DIVERSOS, MESTA. 31, N.16. Ejecutoria de 15 de junio de 1622 sobre roturación de pastos por la villa de Barchín

domingo, 23 de agosto de 2015

servicio y montazgo de Chinchilla

CARTA DE PAGO DEL GANADERO Y REGIDOR DE SAN CLEMENTE MIGUEL PERONA. PAGO SERVICIO Y MONTAZGO DE CHINCHILLA. AÑO 1594 (AMSC.AYUNTAMIENTO)

Cinco años antes, el 27 de octubre de 1589, el regidor Miguel de Perona obtiene licencia para pasa a invernar a la sierra de Alcaraz 300 cabeza de ganado.

San Clemente y la ganadería a fines del quinientos. Un apunte

Por el mes de noviembre de 1590, Luis López, pastor al servicio de Pedro Castañeda y Haro, se dirigía con un rebaño de 140 ovejas hacia los pastos de Chinchilla, donde estaba invernando y herbajando el resto del ganado de su amo. Al pasar por la villa de Albacete, el escribano y recaudador de los puertos secos Pedro de Vargas le exigió el registro del hato de ovejas para el pago del derecho de puertos secos, pues Albacete era la primera población que se encontraba en las doce leguas de la raya de los Reinos de Aragón y Valencia y por tanto se debían pagar los correspondientes derechos de aduanas.
La negativa al registro de ganados se fundaba en una costumbre que obligaba a registrar a los ganados una vez llegados a Chinchilla para herbajar, donde se pagaba el servicio y montazgo, pero no en Albacete. Alegaba el pastor que ese era el uso inmemorial de todos los vecinos de la villa de San Clemente, Belmonte, Santa María del Campo, El Cañabate, Honrubia, Villarejo de Fuentes y, se añadía, de toda la tierra de Huete.
Tanto Pedro Castañeda como su pastor presentaron 16 testigos ante el alcalde mayor, algunos simples pastores, pero otros hombres de notoria importancia en la villade San Clemente, o en vías de serlo, como Francisco de los Herreros, de 35 años, Alonso de Valenzuela, de 15 años, o Cristóbal Gardía de Monteagudo, de 30 años. De edades similares era el resto de testigos. Recalcamos la edad, pues al ser los testigos menores de 40 años, el Consejo Real en el conocimiento del pleito en grado de apelación, consideraría que dada la corta edad de los testigos no se probaba el pretendido uso inmemorial.
Pero los pleiteantes habían presentado seis testigos que sí pasaban de los 40 años. Fernando del Castillo, Pedro de Molina, Francisco Martínez, Tomás Cortés,otro Francisco de los Herreros y el licenciado Ávalos, que ratificaron que nunca se había castigado a nadie por no registrar sus ganados en Albacete.
El juez licenciado Santillana decidió no dar validez a estos testigos por haber otros en Albacete presentados por el recaudador, que decían lo contrario. Tampoco se tuvo en cuenta el hecho de que el ganado no hubiera pasado al reino de Aragón, pues el delito era la negativa a la obligación del registro. De poco valió pues la sentencia favorable en un primer momento del licenciado Carvajal, alcalde mayor de San Clemente.
El pleito nos muestra la costumbre de los ganados de San Clemente que herbajaban en invierno en Chinchilla, pero también en otras ciudades como Alcaraz o los pastos del valle del Ricote en Murcia. Con la ruptura en dos de la gobernación de lo reducido del Marquesado de Villena, San Clemente empezó a perder el paraguas legal del apoyo de la justicia del Marquesado, comenzándose a romper los circuitos de trashumancia local, justo en un momento que la ganadería había alcanzado su apogeo. De hecho, en 1582 empezó a limitarse el cultivo de viñas por restar tierras de labranza pero también pastos a los ganados. La emancipación de otras villas del antiguo suelo de Alarcón con la consecución de privilegios de primera instancia, proceso que se acelerará en los inicios del sigloXVII, supondrá una restricción al acceso a los pastos antaño comunes. Así una de las fuentes económicas de San Clemente en el quinientos (la otra era el cultivo de viñedos), entrará en decadencia sustituida por una ganadería estante que aprovechará las rastrojeras de verano. El proceso irá acompañado por una disminución de los cultivos de viñas en beneficio de los cereales.
(BIBLIOTECA NACIONAL DE ESPAÑA/PORCONES,Caja 506 V03/29. Información en derecho del pleito de Pedro de Vargas, recaudador de puertos secos, contra Luis López y su amo Pedro de Castañeda)