El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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sábado, 24 de octubre de 2015

Corregimiento de las 17 villas

El corregimiento de las 17 villas tuvo su origen en el desgajamiento de la gobernación de lo reducido a la Corona del Marquesado de Villena en 1586. Se formaron dos corregimientos con centro en Chinchilla y San Clemente, los llamados también los partidos de abajo y arriba.
El corregimiento de las diecisiete villas o de San Clemente estaba formado a fines del siglo XVI, antes de que se iniciara el proceso de concesión de villazgos del siglo XVII, por las siguientes villas y aldeas:
    • San Clemente
    • Villarrobledo
    • La Alberca
    • Las Mesas
    • Las Pedroñeras
    • El Pedernoso
    • Quintanar del Rey
    • Santa María del Campo (bajo jurisdicción real en el periodo 1579-1608, vendida ese año a Diego Ruiz de Alarcón)
    • Minglanilla (título de villa adquirido en 1564)
    • Tarazona
    • Villanueva de la Jara y sus aldeas: Casasimarro, Gil García, Madrigueras
    • Barchín del Hoyo
    • El Peral
    • Motilla y su aldea Gabaldón
    • Cañavate y sus aldeas: Atalaya y Cañadajuncosa
    • Iniesta y sus aldeas: Ledaña, Castillejo, La Graja, El Cadozo, Villarta, La Puebla
    • Vara del Rey y sus aldeas: Sisante, Casas de Guijarro, Pozo Amargo

Hay un corregimiento de cuatro villas para el periodo 1526 a 1539, resultado de la donación hecha por las capitulaciones matrimoniales de la emperatriz Isabel de Portugal con Carlos I. Este distrito también lo fue de rentas reales, alcabalas y tercias. Comprendía las siguientes poblaciones:
  • San Clemente
  • Albacete
  • Villanueva de la Jara
  • Vara del Rey (título de villa adquirido en 1537)

jueves, 15 de octubre de 2015

El tercio de 800 hidalgos del conde de Priego, levantado en la provincia de Cuenca en 1646 (II)

Los ochocientos hidalgos reclutados habrían de ser llevados por el conde de Priego hasta la plaza de Fraga. El reclutamiento estaría bajo el control directo de José González, de los consejos de Cámara y de Castilla, que, a su vez, coordinaría la correspondencia mantenida con el conde de Priego y otros superintendentes, para su comunicación al conde de Castrillo.
La supervisión y control de la acción del conde de Priego correspondía al Consejo de Castilla, pero la jurisdicción delegada era del Consejo de Guerra. De hecho, su secretario, Fernando Ruiz de Contreras, era quien refrendaba la cédula real de nombramiento del conde de Priego y también la instrucción secreta que le acompañaba.
En la mencionada instrucción se ampliaba el territorio de reclutamiento al resto de la Mancha, se recordaba la formación de dicho tercio por los medios más suaves y el carácter personal de la misión confiada al conde de Priego. Es decir, la misión se debía ejecutar por su persona sin delegarlo en otras, se le confería la potestad regia de nombrar capitanes para la formación de compañías, dotándole de patentes en blanco, y sobre todo una jurisdicción privativa en su misión, a la que estaban sometidos el resto de oficios públicos,

miércoles, 14 de octubre de 2015

El tercio de 800 hidalgos del conde de Priego, levantado en la provincia de Cuenca en 1646

Cuando el conde de Priego intentó, por orden real, levantar en el primer semestre de 1646 un tercio de ochocientos hidalgos en el territorio del obispado de Cuenca, no era la primera vez que la Corona pedía la aportación de la nobleza al esfuerzo militar de la guerra contra Francia, agravada por las secesiones de los territorios de Cataluña y Portugal, que habían traído la guerra al suelo patrio.
Ya el 27 de marzo de 1641, había visitado la villa de San Clemente don Antonio Miranda, del Consejo de su Majestad, con la intención de que la villa aportara voluntarios para levantar una compañía de coraceros. No parece que fuera bien recibido, la villa se quejó que hacía ocho días que había aportado hidalgos para la guerra de Portugal, aunque no tenemos base documental de este hecho ni lo hemos de dar por cierto. Es más, cuando don Antonio Miranda vuelve el 28 de mayo con 120 coraceros reclutados en la Mancha, los regidores serán remisos a ofrecer sus casas como alojamiento, aunque ofrecerán gustosos las de sus convecinos.
En abril de 1642, el rey anuncia una jornada real para el frente catalán. La nobleza, forzada por la vieja obligación del auxilium medieval, debería acompañar al rey. No parece que Felipe IV estuviera muy convencido que así sucediera, por lo que se dispuso como medida complementaria el enrolamiento de los regidores de las ciudades y villas. Los regidores del ayuntamiento de San Clemente, en una vergonzosa sesión para la historia de la villa, celebrada el 18 de abril de ese año 1642,

viernes, 25 de septiembre de 2015

El servicio de millones y el corregimiento de San Clemente: el rompimiento de tierras en Villanueva de la Jara

Unas villas endeudadas y gravadas con diversas imposiciones se vieron obligadas, ante la falta de propios, a romper las tierras baldías y llecas para pagar el primer servicio de los ocho millones. La roturación de baldíos derivó en pleitos con los hermanos de la Mesta, por considerar esos baldíos lugar de pasto y paso de sus ganados.
Si el conflicto en algunos casos se planteó, caso de Barchín del Hoyo, pasado el tiempo de seis años que la corona daba para uso de arbitrios para paga del servicio de millones; en el caso de Villanueva de la Jara el conflicto con la Mesta estalló inmediatamente con la siembra de terrenos llecos. Reunidos en ayuntamiento, el 29 de octubre de 1590, los regidores de Villanueva de la Jara, presidido por los alcaldes ordinarios Gaspar López y Francisco Granero de Heredia y el alférez mayor de la villa, Agustín de Valera, presentaron un panorama paupérrimo de una villa cargada de pechos e incapaz de pagar de sus propios y rentas o imponer un repartimiento entre sus vecinos de los 690.466 maravedíes impuestos cada año (la cantidad final bajaría en cien mil matavedíes).
Los regidores de Villanueva de la Jara se decantaron por la conveniencia de arrendar para labrar los baldíos, prados y otras tierras llecas. Además se arrendaron para pasto otras tierras, entre las que destacaban el llamado Jaral de la Calzada, los dos pinares con que contaba el pueblo y algunos términos junto al río. El arrendamiento de dehesas y baldíos se planteó como medida complementaria al establecimiento de sisas sobre la carne y otros productos y con el fin de aliviar a los vecinos.
Se escogieron para romper y labrar aquellas dehesas y majadas que están rasos y que no tienen monte ninguno, en el término llamado de las Leguas. La subasta de los lotes recayó en varios vecinos, unos diez, que se hicieron con el uso de terrenos que solían ir de las dos a cuatro fanegas, aunque en algún caso, como Pascual Martínez, el pedazo de terreno atribuido llegó a las diez fanegas. En el momento que se labraron y sembraron las tierras, los hermanos de la Mesta iniciaron el pleito. Era el año 1593.
Villanueva de la Jara ya había tenido otros pleitos con la Mesta. En tiempo de los Reyes Católicos había perdido un pleito, al tratar de llevar, tal como hacían otras villas como Alarcón, una borra de cada cabaña y hato a los ganados que entraban en sus términos de paso para invernar y herbajar en el campo de Cartagena, y defender la facultad de sus caballeros de la sierra de llevar prendas y penas. La Mesta procuró sacar traslado de esta ejecutoria, ganada el 25 de agosto de 1487, casi setenta años después como jurisprudencia de apoyo para sus alcaldes entregadores, lo que daba cuenta del valor jurídico que atribuían a dicha ejecutoria.
En 1593, el rompimiento de tierras baldías y llecas, aprovechando las licencias reales, que creemos no pasaron de una declaración de intenciones, sobre uso de arbitrios para paga del servicio de millones, cuyo señalamiento quedó en manos de los concejos, fue respondido por la Mesta con el inicio de pleitos por los alcaldes entregadores, que tuvieron como corolario la imposición de fuertes multas. Las sanción impuesta a Villanueva de la Jara fue de 53.500 maravedíes. Esta multa no fue hecho aislado, por la misma época y por motivos similares Iniesta debía pagar 45.000 maravedíes, Jorquera, 50.000, y Gonzalo Álvarez de Toledo, señor de la villa de Cervera, 20.000 maravedíes.
No parece que acabara aquí el conflicto, pues Villanueva de la Jara, por voz de su procurador Gabriel Martínez, pidió que no se ejecutará la sentencia del alcalde entregador, licenciado Pérez de Villalobos. No obstante, la Mesta conseguiría una vez más ejecutoria favorable. De paso amplió el pleito a la obligación del pago del servicio y montazgo y los derechos de puertos secos al pasar los ganados de Villanueva de la Jara las doce leguas distantes de la frontera de los reinos de Aragón y Valencia.

Fuentes:

AHN. CONSEJOS, Leg. 28250, exp. 3. La Mesta contra la villa de Villanueva de la Jara por rompimiento de tierras. Año 1594
AHN. DIVERSOS; MESTA, 228, N. 8 y 9. 7 y 8 de noviembre de 1554

jueves, 24 de septiembre de 2015

El servicio de millones y el corregimiento de San Clemente: Barchín y sus conflictos con la Mesta

La fijación de arbitrios para la paga del servicio de los ocho millones, especialmente en el acotamiento y roturación de dehesas, derivó en múltiples conflictos con la Mesta. Los conflictos ya existían por las presiones de los ganaderos locales de obtener el uso privativo de sus pastos y por el proceso roturador para conquistar nuevas tierras de labranza, que en algunos de los pueblos se mantuvo en los primeros años del seiscientos. Este es el caso de Barchín del Hoyo.
Poco importa que Barchín perdiera ambos pleitos, pues el proceso de acotamientos y roturaciones era imparable. Desde 1589 hasta 1594, Barchín sostuvo un primer pleito con la Mesta por el acotamiento de los pastos de la tierra común de Alarcón. El pleito había surgido con la villa de Valverde y el lugar de Hontecillas, y en concreto, con los ganados del cura de Valverde. Frente al uso común que alegaban ambas villas de herbaje y agua para los ganados, Barchín alegó su derecho a acotar términos desde el momento que pasó, a diferencia de las otras dos villas, a ser tierra de realengo e independizarse del Marqués de Villena. También alegó las típicas acusaciones contra los ganados mesteños de comer las viñas o introducirse en la dehesa carnicera. De poco le valió pues la Mesta ganó ejecutoria de 6 de abril de 1594, tanto para el uso común de los pastos por los pueblos vecinos como para el paso y herbaje de los ganados pasajeros que van a los extremos.
El conflicto vuelve a resurgir entre Barchín y la Mesta veinte años después. Al calor de la concesión del primer servicio de millones para el período 1591 a 1596, la villa había obtenido licencia real para el uso de arbitrios para el pago de dicho impuesto. Entre dichos arbitrios la villa había apostado por el rompimiento y labranza de sesenta fanegas de la dehesa de la Quemada y veinte fanegas de la dehesa Vieja y el ejido de Navaodres. La licencia para roturar concedida por espacio de seis años, había sido ampliada por la villa arbitrariamente. El representante de Barchín, el regidor Andrés García Romero, admitió el rompimiento de tierras para pago del servicio de millones, aunque sin convencer al juez entregador negaba que se hubieran seguido con tal práctica en los diecisiete años anteriores al juicio. El 16 de agosto de 1614 se dictó sentencia condenatoria para Barchín, que sería ratificada por ejecutoria favorable a la Mesta de 15 de junio de 1622.

Fuentes:
AHN. DIVERSOS, MESTA. 31, N. 15. Ejecutoria de 6 de abril de 1594 contra la villa de Barchín por haber penado a los ganados que entraban en su término
AHN. DIVERSOS, MESTA. 31, N.16. Ejecutoria de 15 de junio de 1622 sobre roturación de pastos por la villa de Barchín

domingo, 20 de septiembre de 2015

Archivo histórico de San Clemente (Cuenca): Fondos Documentales

FONDOS DOCUMENTALES

FONDO ESCRIBANÍA


 -Registro de protocolos notariales. 1580-1820. Legs.1 a 30 -Libro y Ordenanzas de la Cofradía de los Cuatro Evangelistas (patrón escribanos). 1604-1608. Leg. 31

 FONDO AYUNTAMIENTO

AUTORIDADES SUPRAMUNICIPALES -Privilegios de la villa, 1445-1771. legs. 1 y 2 -Reales cédulas, provisiones y órdenes reales.1476-1788. Leg 3 -Expedientes eclesiásticos. Leg 4 - Mandamientos, expedientes judiciales, comisiones y autos de autoridades supramunicipales intermedias. 1572-1829. Leg. 5 y 6
ALCALDIA -Autos gubernativos y expedientes judiciales. 1462-1823. Legs. 7-9
AYUNTAMIENTO PLENO -Actas municipales, 1548-1806. Legs. 10 a 26 y parte del 29 -Expedientes de elección de oficios. 1583-1813. Legs. 27 a 30 y 42 -Expedientes de segregación de municipios. 1387-1539. Legs. 29 SECRETARIA -Correspondencia. 1516-1850. Leg. 30-31 -Expedientes de contratación. 1616-1871. Leg. 32 -Estadística, padrones y vecindarios. 1555-1821. Leg 33 -Expedientes de levas y quintas. 1551-1828. Legs. 34-41 -Memoriales, ejecutorias y documentación judicial.1330-1823. Legs. 42-44 -Expedientes sanidad, beneficencia y asistencia social (incluye documentación del Hospital de San Sebastián). 15201873. Legs. 45-48 -Expedientes de obras municipales. 1547-1835, Leg. 48 -Escrituras de obligación y censos contra los propios. 1514-1775. Leg. 49 -Expedientes de Amojonamiento y apeos. 1478-1760. Legs. 50 y 51-Arrendamientos y venta de bienes y arbitrios. 1511-1870. Legs. 52-68 -Juntas de educación. Expedientes educativos y culturales. 1632-1829. Leg. 69 -Pósito de Don Alonso de Quiñones. 1572-1822. Legs. 69-72 -Expedientes de abastos, pesos medidas y precios. 1544-1869. Legs. 73-79 -Expedientes agropecuarios. 1757-1874. Leg. 80
HACIENDA -Junta de propios, correspondencia y libros de actas. 1760-1828. Leg. 81 -Cuentas de propios y arbitrios. 1521-1835. Legs. 82-92 -Libramientos, 1532-1892. Legs. 92 y 93 -Presupuestos. 1838-1895. Legs. 93 y 124 -Amillaramientos. 1845-1885. Legs. 93-97 -Catastro del Marques de Ensenada y confrontaciones. 1752 y 1761Legs 98-101 -Cuaderno de alcabalas y encabezamientos.1528-1590 Legs. 102 y 104 -Cuaderno General de Riqueza. 1818. Leg. 103 -Repartimientos: padrones, agravios,…1549-1850. legs. 104-117 -Depositaría: cartas de pago, Liquidaciones, arqueos. 1534-1898. Legs. 120-121

FONDO CORREGIMIENTO

GOBIERNO Y POLICIA GOBERNACIÓN DEL MARQUESADO DE VILLENA Y CORREGIMIENTO DE LAS 17 VILLAS -Reales cédulas, provisiones, pragmáticas, órdenes y veredas de autoridades centrales. 1508-1830. Legs. 1-3 y 8-11 -Autos de gobierno, citaciones, informes y correspondencia. 1518-1835. Legs 3-7 y 36 -Expedientes de nombramientos de cargos. 1604-1803. Leg. 6
SUBDELEGACIÓN DE POLICIA -Órdenes, bandos, correspondencia. 1824-1836. Legs. 12-14 -Expedientes judiciales y entrega de presos. 1823-1836. Legs. 15-16 y 36 -índices inversos. 1824-1833. Leg.17 -Padrones, matrículas 1824-1831, Legs. 18-32 y 35 -Pasaportes. 1817-1837. Legs. 33-35 -Libros de intervención, cuentas, cartas de pago, nóminas. 1824-1836. Legs. 36-38
JUSTICIA ORDINARIA GOBERNADOR MARQUESADO Y CORREGIDOR PARTIDO -Privilegios, cédulas, instrucciones de Consejo de Castilla y Audiencia. 1601-1834. Leg. 39 -Privilegios de Primera Instancia. 1537-1639. Leg. 39 -Justicia civil: expedientes de exención de cargos, informaciones de testigos, pedimentos y demandas, pleitos civiles. 1320-1827. Legs. 39-63 -Expediente expropiación jesuitas.1767-1784. Legs. 55-56 -Justicia ejecutiva: autos, mandamientos, pedimentos, pleitos contra deudores, deudores del pósito. 1543- 1819. Legs. 64-76 -Justicia criminal: autos, denuncias de alguaciles, pleitos y querellas. 1547-1824. Legs. 77-92 -Arbitraje judicial. 1580 y 1805. Leg. 92 -Comunicaciones judiciales. 1543-1820. Legs. 93-96 -Residencias de oficios. 1618-1766. Leg. 97 -Comisiones judiciales. 1554-1785. Legs. 97-98
JUZGADO 1ª INSTANCIA -Autos y expedientes judiciales.1812-189. Leg. 99
HACIENDA DISTRITO RENTAS REALES MARQUESADO DE VILLENA -Cartas, órdenes, provisiones Consejo y Contadurías de Hacienda. 1577-1700. leg. 100 -Expedientes de administración, hacimientos y encabezamientos de rentas y judiciales de juez mero ejecutor y superintendentes de rentas. 1592-1703. Legs.101-109 -Expedientes de cuentas e intervención de rentas. 1630-1658. Legs. 110-114 -Cartas de pago, entradas y salidas de caudales de tesorería y de arcas reales. 1566-1723. Legs. 115-116 -Papeles de la escribanía de rentas reales.1632-1679. Leg. 117
DISTRITO DE MILLONES -Cartas, órdenes, provisiones, Comisión de millones del Reino. 1610-1654. Leg. 119 -Expedientes administración consumo de la moneda de vellón..1638-164. Legs. 119-120 -Expedientes de administración de servicio de millones. 1607-1663. Leg. 121
SUBDELEGACIÓN DE RENTAS -Cartas, órdenes, instrucciones del Consejo y Juntas de Hacienda. 1695-1824. Legs. 122-123 -Expedientes de administración de rentas por el Subdelegado.1734-1829. Legs. 124-132 -Expedientes judiciales por Subdelegado. 1725-1836. Legs. 133-142 -Expedientes de intervención y pago de rentas. 1726-1835. Legs. 143-144
JUNTA DE ESTADÍSTICA -Correspondencia, Estado de Riqueza, repartimientos. 1818-1821. Leg. 145
MILICIAS Y GUERRA CORREGIDOR Y SARGENTÍA MAYOR DE SAN CLEMENTE -Cédulas e instrucciones de Consejo y Juntas de Guerra. 1609-1664. Leg. 146 -Mandamientos de superintendentes. 1636-1663. Leg. 146 -Expedientes de alardes y levas de milicias. 1543-1706. Legs. 146-148
DISTRITO DE MILLONES: DOTACIÓN DE PRESIDIOS -Cartas e instrucciones de la Comisión del Reino y comisarios de Cuenca. 1636-1662. Leg. 149 -Expedientes de requisiciones militares y de levas de presidios. 1631-1650. Leg. 149
 CORREGIDOR, CAPITAN A GUERRA -Ordenes, cédulas, ordenanzas, edictos de Secretarías. 1761-1833. Leg. 150 - Correspondencia, pasaportes, expedientes de suministros y reemplazos. 1710-1828. Legs. 150-153 -Expedientes judiciales: exenciones y deserciones. 1734-1823. Legs. 153-154 - Expedientes y censos del ramo de caballería. 1789-1829. Legs 155-156
JUNTA ARMAMENTO Y DEFENSA -Bandos, órdenes e instrucciones de Juntas Suprema y Autoridades. 1808-1812. Legs. 157-159 y 170-172 -Expedientes judiciales: exenciones y deserciones 1808-1812. Leg. 160 -Actas, correspondencia, expedientes de levas y reemplazos, suministros y requisiciones militares. 1808-1812. Legs 161-169

Archivo histórico de San Clemente (Cuenca)

El archivo presentado es el Archivo Municipal de San Clemente (Cuenca). Dada la parquedad de noticias que nos da el Censo Guía de Archivos, pretendemos dar a conocer sus fondos documentales de carácter histórico. El Archivo se sitúa en la segunda planta del edificio administrativo del ayuntamiento, antigua sede de la Audiencia. En la misma planta se encuentra la Biblioteca municipal y el resto de la documentación archivística de los fondos modernos a partir de 1900. Esta división es arbitraria, debida a un intento de preservación de los fondos antiguos por el sacerdote Diego Torrente Pérez; aunque puede

sábado, 19 de septiembre de 2015

El servicio de millones y el corregimiento de San Clemente (II)

A diferencia de la figura de Rodrigo Méndez, ya estudiada, con competencias de juez privativo y administrador de rentas, el corregidor licenciado Antonio Pérez de Torres era un simple informador del secretario de Felipe II, Juan Vázquez de Salazar. Parece como si la Corona dejara desde un principio la administración del nuevo servicio de millones en manos de las ciudades con voto en cortes y los municipios, a pesar de que el nuevo impuesto era visto por los vecinos como una ampliación de la alcabala, aplicada a los productos de primera necesidad.
Desde diciembre de  1590, el licenciado Antonio Pérez de Torres, avisa del rechazo al nuevo impuesto y de las contiendas que provoca en el seno de los ayuntamientos por la oposición de las oligarquía locales a pagar. La supuesta generalidad del nuevo impuesto choca con la oposición de hidalgos, clérigos, monjas y frailes que piden la exención.
Las soluciones adoptadas por las villas para soslayar el conflicto son diversas. En un primer momento todas las villas presentaron memoriales, pidiendo se rebajase la cantidad, alegando ser desproporcionado en relación al vecindario, tal es el caso conservado de Iniesta que protestó por sí y por Minglanilla. La corona respondió iniciando una serie de averiguaciones a cargo de los corregidores, que no parece modificaran mucho su punto de partida.
En San Clemente el conflicto se evita y se echa mano del arrendamiento de bienes propios y la limitación de sisas  a las ventas de los forasteros. Por contra, Villarrobledo y Villanueva  de la Jara establecen sisas sobre carnes, pescado, aceite y, en la primera, vino, sobre el consumo de todos los vecinos; aún así, el estado eclesiástico quedará exento del pago. Al igual que San Clemente, villas menores como Las Mesas, La Alberca, Barchín, El Peral, Vara del Rey o Motilla evitarán el establecimiento de sisas a los vecinos, haciendo uso de los propios o cargando a los forasteros. La información recibida de Motilla lo expresará con claridad, se evitan los agravios de los vecinos pero padecen los forasteros que pagan las sisas y otros peaxes.
Otros pueblos van más allá de la generalidad del impuesto, incluyendo conjuntamente a hidalgos y clérigos. Tal es el caso de Las Pedroñeras, El Cañavate o el Pedernoso,donde las sisas son pagadas por todos los vecinos sin distinción. En algunos casos, como en Quintanar o Iniesta el recurso a las sisas y su generalidad es una necesidad, pues o bien no hay términos para arrendar o romper  o bien no disponen de pastos para los ganados.
Pero las contiendas entre pecheros  e hidalgos pronto se resolvieron en favor de aquellos que participaban de una misma condición,la de ricos.
Fueron los ricos agricultores que deseaban romper tierras comunales o los ricos ganaderos que consiguieron el adehesamiento de pastos comunes. Santa María del Campo, que ya se había quejado de la inclusión del despoblado de Santiago de la Torre en el reparto, aprovechará  para monopolizar el arrendamiento de sus pastos y su uso exclusivo por los ganaderos locales. Igual ocurrirá con La Alberca,que adehesará y cerrará sus términos en beneficio de los naturales. El antiguo suelo y tierra común de Alarcón queda roto. La gran perjudicada es San Clemente y sus ganaderos, dueños de rebaños de dos mil a cuatro mil cabezas. De momento, los agostaderos y las rutas de trashumancia regional hacia Alcaraz, Chinchilla o el valle de Ricote en Murcia, suplirán la necesidad, pero aparecerán nuevas trabas y peajes de villas como Albacete en defensa de sus propios ganaderos. El cerramiento de las dehesas será seguido por el resto de las villas. El servicio de millones consigue en poco tiempo lo que los pueblos no han logrado durante el quinientos con interminables pleitos con la Mesta.
El servicio de millones consigue también acabar con el hambre de tierras, aunque sea en beneficio de unos pocos, a costa de las tierras comunales y su uso por los más necesitados.
Los vecinos perdieron la gratuidad de los montes para la tala y el uso de la leña, tal fue el  caso de Santa María del Campo o El Peral. En otros casos, como Motilla se diezman con la tala indiscriminada los montes. Aunque el gran perjuicio para los vecinos vino de la roturación de tierras. Ya no se trataba solo de adehesamiento de bienes propios, sino de rompimiento de bienes comunales para labor y cultivo. Así lo hicieron San Clemente, Las Mesas, El Pedernoso, Las Pedroñeras, La Alberca, Barchín o Villanueva de la Jara.
Pero la situación se convirtió en drama para dos pueblos: Tarazona y Quintanar.
Tarazona se vio obligada a establecer sisa sobre productos comunes para este caso como carnes, aceite, pescado o jabón, pero también para el resto de las mercaderías. Aunque más gravoso fue tener que disponer del dinero a censo, 3000 ducados, tomado para aliviar la necesidad de vecinos pobres y siembra de agricultores pobres.
La villa de Quintanar presentaba problemas de endeudamiento más serios. Había sido pionera en conseguir la exención del corregimiento, es decir, la primera instancia de sus alcaldes en materia de justicia y la voluntariedad de la apelación de sus sentencias ante el corregidor, pudiendo acudir directamente a la Chancillería de Granada, pero a un precio de 9000 ducados (un problema similar al que tendrá Villarrobledo veinte años después). La villa, empeñada, afrontó malas cosechas en el verano de 1590, obligándose a tomar un censo de principal de 1375000 maravedíes que, aunque una parte se había tomada con moneda de vellón, ahora estaba obligada a pagar en plata. Quintanar, en voz de su procurador, Juan de Vergara, protestaría las comisiones ejecutivas del corregidor de San Clemente y pediría una dilación del pago. En esta situación penosa se le exige la contribución anual de 132000 maravedíes del primer servicio de millones. No dispone de propios para arrendar ni  términos que romper, viéndose obligada la villa a la generalización de sisas sobre las carnes, pescado, aceite, tocino y jabón, a pagar por todos los vecinos sin distinción.
Por supuesto que las contribuciones a las que se comprometían las villas y la correspondiente asignación de arbitrios no se tradujo en pagos regulares. Además, no sólo  monopolizaron los poderosos el uso de los bienes propios o comunales, sino que dejaron de contribuir individualmente en las sisas con la consecución de provisiones o cédulas de refacción en el caso de los ricos. Esto abría un conflicto en el seno de los ayuntamiento, pues la consecución de estas cédulas era considerada por sus beneficiarios como prueba de nobleza.

FUENTES.
AGS. PATRONATO REAL. Leg. 82, docs. 165, 485 y 486. Cartas del corregidor de las 17 villas, licenciado Antonio Pérez de Torres al secretario Juan Vázquez. 1590 y 1591
AGS. PATRONATO REAL. Leg. 83, doc. 282. Informe sobre Quintanar del Rey. 1591
AGS. PATRONATO REAL. Leg. 83, doc. 269. Memorial de Iniesta de 18 de marzo de 1591.





viernes, 18 de septiembre de 2015

El servicio de millones y el corregimiento de San Clemente

A fines de 1590, el licenciado Antonio Pérez de Torres toma posesión del oficio de corregidor de las diecisiete villas, con cabeza en San Clemente. Este corregimiento es el resultado de la división cuatro años antes de la gobernación de lo reducido a la Corona del Marquesado de Villena en dos partidos con capitales en Chinchilla y San Clemente. La causa que había originado la división, la ingobernabilidad de un territorio extenso, seguía siendo la norma en 1590. Poco se había avanzado desde que el 20 de noviembre de 1586 hubiera llegado a San Clemente el primer corregidor, Francisco de Castilla, en sustitución del último gobernador, Mosén Rubí de Bracamonte.
El licenciado Antonio Pérez de Torres sucede en el corregimiento a su padre, Melchor Pérez, que había fallecido sin poder llevar a cabo el principal objeto de su mandato: el establecimiento en estas tierras de una nueva imposición fiscal otorgada por el Reino, el servicio de millones.
El primer servicio de ocho millones de ducados, concedido por escritura de 4 de abril de 1590, se habría de pagar a razón de 500 millones de maravedíes anuales durante seis años. Su razón inmediata radicaba en la necesidad inmediata de cubrir gastos tras el desastre de la Armada Invencible. Aunque este servicio sería conocido por las sisas sobre los cuatro productos básicos (vino, aceite, carne y vinagre), ahora la decisión de su recaudación y los arbitrios señalados se deja en manos de los concejos. La naturaleza de estos arbitrios nos acercará a la realidad de las diecisiete villas  y cómo solventaron los enfrentamientos de las oligarquías dominantes en los pueblos.
Las cifras del repartimiento del servicio de ocho millones nos muestra el peso económico de las villas, llamando la atención la aportación de Villarrobledo, por dos hechos: su menor aportación contributiva respecto a San Clemente, y su integración en el corregimiento de San Clemente como distrito fiscal de rentas del Reino. Algo que desaparecerá con la consolidación de un distrito de millones con cabeza en Cuenca, que hablaba en Cortes por su obispado.
El repartimiento entre las villas supuso la siguiente contribución anual:

  • San Clemente: 825440 maravedíes
  • Villarrobledo: 493627 maravedíes
  • Las Mesas: 45332 maravedíes
  • El Pedernoso: 49412 maravedíes
  • Las Pedroñeras: 101500 maravedíes
  • Santa María del Campo Rus: 289800
  • Cañavate: 209033 maravedíes
  • La Alberca: 104290 maravedíes
  • El Peral: 52320 maravedíes
  • Barchín: 98378 maravedíes 
  • Villanueva de la Jara: 594000 maravedíes
  • Tarazona: 126866 maravedíes
  • Quintanar: 132000 maravedíes
  • Iniesta: 801433 maravedíes
  • Minglanilla: 71016 maravedíes
  • Montilla: 260726 maravedíes
  • Vara del Rey: 121595 maravedíes
Un total 4376768 maravedíes cada año en el conjunto de las 17 villas para un total de 500 millones de maravedíes aportados por el conjunto del Reino.

domingo, 6 de septiembre de 2015

Población de 1631: San Clemente y partido

DOTACIÓN DE PRESIDIOS PARTIDO SAN CLEMENTE Y LUGARES DE SEÑORIO DE MÁS DE 100 VECINOS

 SAN CLEMENTE 30
 TIERRA DEL CASTILLO DE GARCIMUÑOZ 3
 MOTILLA 6
 ALARCON MUROS ADENTRO 2
 BARCHIN 3
 ARRABALES Y TIERRA DE ALARCON 9
 CAÑAVATE 4
 ZAFRA 3
 INIESTA 10
 MONTALBANEJO 3
 TIERRA DE INIESTA 5
 ALBALADEJO DEL CUENDE 4
 MINGLANILLA 1
 MINAYA 2
 VILLANUEVA DE LA JARA 12
 SANTA MARIA DEL CAMPO 4
 TIERRA DE VVA. DE LA JARA 12
 EL PROVENCIO 6
 VARA DEL REY 3
 MOYA 2
 SISANTE 2
 TEJADILLOS 1
 BUENACHE DE ALARCON Y SOLERA 4
TALAYUELAS 1
BELMONTE 7
 LAS MESAS 2
TIERRA DE BELMONTE 7
 EL PEDERNOSO 2
 CASTILLO DE GARCIMUÑOZ 5
 LA ALBERCA 3

El reparto que vemos se corresponde con la aportación de las villas y la agrupación de las aldeas de sus tierras. Se asignaba un soldado por cada 100 vecinos, que se correspondía con una pago de 60 reales por soldado.  A diferencia del censo de 1646, aparecen villas como Castillo de Garcimuñoz o Moya y faltan otras como Pedroñeras (tal vez los datos estén incluidos con el Provencio). El reparto de 158 soldados nos daría una cifra de 15800 vecinos, lo que nos acerca al descalabro de las dos décadas siguientes si lo comparamos con el dudoso censo de 1646.
Ahora bien, las dudas sobre este censo son muchas. Desgraciadamente, el censo de la sal, elaborado el mismo año de 1631, sólo nos da para las tierras del obispado de Cuenca datos globales, a diferencia de los singularizados de otras provincias; por lo que no podemos cotejar datos. Es más, aparte del redondeo para la asignación de soldados, la distribución es arbitraria.
Los datos de la villa de San Clemente están claramente abultados. No es la primera vez que ocurría, los 3000 vecinos son excesivos si se comparan con los 1610 vecinos más fiables de 1635. Creemos que San Clemente alcanzó su momento álgido de población hacia 1610, con 2000 vecinos, justo cuando otras villas como Albacete o Villarrobledo iniciaban la regresión, que en San Clemente se retrasaría dos décadas. La razón de este desigual comportamiento sería una mejor adaptación de San Clemente que supo diversificar su agricultura de viñedos mientras que Villarrobledo se encontraba atrapado en el monocultivo del trigo.
Una explicación de los 3000 vecinos de San Clemente es que el reparto se hacía por tierras y es posible que se dupliquen datos de pueblos de su mismo suelo como Vara del Rey o Sisante, aunque viendo los soldados  asignados a estos pueblos la cifra sigue siendo excesiva (tal vez no tan excesiva si se incluye en el recuento, como hace el censo de 1528, Minaya y la Roda). En cualquier caso, por testimonios de la época, se reconocía a San Clemente por su carácter de cabeza de corregimiento y de distrito de rentas, una población de hecho y transeúnte mayor a la que recogían los vecindarios. Sabemos que la villa de San Clemente protestó el reparto en Madrid.
FUENTE:

  • AMSC. CORREGIMIENTO. Leg. 149/34

Censo de 1646: San Clemente y partido

El vecindario de las ciudades, villas y lugares de Castilla existente en el archivo de Simancas recoge la población de la Corona de Castilla, fruto del recuento efectuado en 1646 para el reparto obligatorio del pago de juros. Aunque muy discutido en su veracidad por los historiadores, es una fuente que nos muestra el brutal descenso de la población por los esfuerzos militares exigidos a las villas con los reclutamientos militares de la dotación de presidios desde 1635 y las movilizaciones de hombres más intensas para la guerra de Cataluña desde 1640. A esto se sumaría la sangría fiscal y las malas cosechas y, un hecho que hasta ahora no se ha estudiado, y que ya debió tener su origen tras la expulsión de los moriscos en 1609:la emigración al reino de Valencia. Así lo reconocerá Barchín del Hoyo en 1647, presentándonos un pueblo recalcitrante para pagar la llamada composición de milicias, pues se reconoce que cada vez son más las familias que huyen al  citado Reino.


“Relaçión de la vecindad que tiene la villa de San Clemente, villas y lugares de su partido  así realengas y eximidas como de señorío y abadengo.
Por testimonio del corregidor consta que tiene 9669 vecinos.

  • Alberca.  151
  • Alarcón con sus aldeas. 361
  • Belmonte. 495
  • Bara del Rey. 315
  • Barchín. 180
  • Buenache de Alarcón. 340
  • Villarrobledo. 758
  • Villanueva de la Jara. 472
  • Cañavate. 137
  • Casimano (Casasimarro). 150
  • Gil García. 102
  • Honrrubia. 333
  • Hontanaya. 94
  • Ledaña. 115
  • Motilla con su lugar de Gabaldón. 500
  • Mesa (Las Mesas). 78
  • Madriguera.  137
  • Minglanilla. 105
  • Minaya. 243
  • Monreal. 44
  • Osa de la Vega. 304
  • Pedroñeras. 311
  • Pedernoso. 181
  • Peral. 53
  • Puebla de San Salbador. 56
  • Probencio. 289
  • Quintanar. 349
  • San Clemente. 961
  • Sisante. 272
  • Santa María del Campo. 267
  • Santiago de la Torre. 10
  • Tarazona. 373
  • Tébar. 175
  • Telaya (Atalaya de Cañavate). 90
  • Tres Juncos de Arce. 80
  • Villalgordo de Villarejo. 24
  • Villar de Cantos. 15 
  • Iniesta con sus aldeas. 698".

Para comprobar el descenso demográfico habría que consultar los vecindarios que para el reclutamiento militar se elaboraron en los años treinta y cuarenta, sobre todo el de 1635, por el que se pretendían armar a una octava parte de la vecinos, excluidos clérigos, viudas y menores de 16 años. Ese año la villa de San Clemente arroja un censo de 1610 vecinos.


Fuente:
  • AGS. CÁMARA DE CASTILLA. DIVERSOS. Leg. 23, doc. 1.

jueves, 3 de septiembre de 2015

Rodrigo de Santelices Guevara y Arredondo (III)

(Cont.) Entretanto Juan López Toledano regresa; el 8 de abril da cuentas al ayuntamiento y, en especial al corregidor Antonio Sevillano. Esta vez faltan 17 soldados; las órdenes de Santelices son taxativas: prendellos, secuestro de bienes y condenados a muerte. Algunos de los soldados han vuelto a sus hogares, entre ellos el propio sargento de la compañía, Juan de Alarcón. También un soldado que en la expedición de septiembre de 1640 ya se había incorporado con retraso a su compañía en marcha, no sin antes garantizar para su mujer un socorro de un real diario; se trata de Juan Pontones, que se mueve en los peldaños inferiores de la administración municipal; cuando salga por segunda vez ya no volverá de la guerra. Con él irán camino de Molina dos García Iniesta, hermanos de aquel Melchor que conducía como cabo los soldados de presidios. Un año después, Francisco López Lope pide la libertad de su hijo, huido en las levas de los dos años anteriores, pues ha dejado de labrar sus barbechos y sus viñas, su hacienda se arruina y con la suya la del Rey y la de la Iglesia, es deudor de más de 500 reales de rentas, tercias y primicias. Todos ellos son vecinos con arraigo en el pueblo. Debemos pensar en aquellos hombres que habían visto en la milicia un reconocimiento social a nivel local y ahora están inmersos en una guerra distante de la que no saben si volverán. Los regidores, auxiliares del reclutamiento, se veían obligados a enviar al frente a aquellos que por redes clientelares constituían su base social. Nuevos hombres, que han comprado regidurías perpetuas se van incorporando al ayuntamiento en sustitución de la vieja oligarquía. El ayuntamiento colabora y pide a Santelices que no mande ejecutores contra la villa, se considera su coste insoportable, 150 reales del ejecutor Juan Pareja y 200 reales del escribano Juan Albiz. Se decide nombrar tres comisarios para todo lo anejo a las diligencias del corregidor, a saber, apresamiento de soldados fugitivos, presentes en la villa, y de los nuevos sorteados, entre los que hay hermanos y padres de los huidos sin paradero. El corregidor garantiza que los soldados vayan con prisiones a Molina, a cargo de cabo veterano, Alonso de Arcos, salvo que den imposible fianza de 500 ducados. Los gastos los ha de pagar el regidor Juan López Toledano, de los 4.400 reales que recibió todavía tiene en su poder 2.730 rls. Los pueblos intentan eludir sus obligaciones, pero el rigor no es menor. El 17 de marzo se presenta ante el corregidor Antonio Sevillano, el cabo Diego López Carbonel que ha conducido los 13 soldados de Vara del Rey. Han huido todos. El corregidor no se arredra y pide que los prendan y secuestren sus bienes muebles y raíces. Diego Embito de Robres, alcalde ordinario de la villa debe garantizar con su persona y bienes el cumplimiento de la orden. El corregidor Antonio Sevillano tiene fama ganada de perseguir a los soldados huidos por los campos. Acaba de mandar al alguacil ejecutor, Francisco de Salcedo, a Belmonte a apresar al soldado Juan Villarejo, vecino de San Clemente. Es un soldado huido de presidios, que se ha refugiado en tierra de señorío como también otros soldados de la conducción de Santelices. Apresado se le pone con el resto en la Roda, camino de Cartagena. No se repara en gastos: 70 reales de la comisión del alguacil que ha perseguido al soldado de presidio y 180 reales para pago de las actuaciones contra los milicianos por Pedro Nieto, verdugo de Belmonte. Los paga conjuntamente López Toledano, sin rechistar, aunque su dinero sea expresamente para milicias y no para presidios. El obrar de Rodrigo Santelices parece excesivo a la Junta de Ejecución, que por boca de su ministro José González advierte en mayo que “algunas de las cosas las dispone con mucha irregularidad y rigor; y particularmente no me puedo conformar en que quede puerta abierta a las justicias para que quede a su arbitrio la ejecución de las penas”. Junto con la arbitrariedad, se abre la puerta de las venganzas locales y lo que menos se desea es la anarquía y el enseñoramiento del particularismo. Habrá un giro en el modo de proceder. Los superintendentes se mantendrán, pero de las labores de reclutamiento se encargará el sargento mayor.

Fuentes:

  • AMSC. CORREGIMIENTO. SECCIÓN MILICIAS
  • Véase artículos en pdf

Rodrigo de Santelices Guevara y Arredondo (II)

(Cont.) Baltasar de la Fuente para la administración del dinero de la compañía de Andrés Sanz de los Herreros e igual debían obrar los otros tres concejos donde residía el capitán de sus milicias. En apenas una semana, que va del 31 de agosto al 6 de septiembre da por cerrada su estancia en San Clemente. Las compañías están completadas y el dinero de los gastos asegurado, incluido el establecimiento de un sistema de socorros para las mujeres de los soldados.  Se pensaba movilizar los 584 soldados del partido de San Clemente con sus capitanes y oficiales al mando de las cuatro compañías existentes. Sin embargo, el 17 de noviembre Rodrigo de Santelices manifiesta su malestar desde Cuenca por la gran cantidad de fugitivos e impedidos de los soldados enviados en septiembre; de los ochenta soldados que debía mandar San Clemente cuarenta y dos se han fugado o están impedidos. En esta ocasión su rabia va dirigida contra los soldados, pero responsabiliza también a los regidores de la villa. Para hacer valer sus drásticas decisiones se hace valer de las dos personas más próximas a la corona en la villa. Ordena al corregidor Antonio Sevillano Ordóñez reponer los 42 soldados por sorteo o elección, le da facultad para prender, secuestrar y vender los bienes de los fugitivos con los que se ha de pagar la nueva leva y a falta de dinero deberá responder el ayuntamiento con sus bienes y los propios regidores con penas de 200 ducados por incumplimiento de las órdenes. Se comprende que la causa de las deserciones es el desvalimiento de las familias de los milicianos, por lo que se dan socorros a sus mujeres, a cuenta de las alcabalas y rentas de la villa. Francisco Destudillo, tesorero de rentas reales, no dudará pedir la prisión de los regidores para hacerse con el dinero. Un dinero que no olvidemos estaba consignado al pago de juros y asentistas. Cuando en febrero de 1641, Rodrigo Santelices, ya titulándose superintendente de milicias, inicia su segunda leva, ha perdido algo de su ingenuidad pero no su determinación. Ahora le preocupa más la selección de los soldados; evitar los casados con más de cuatro hijos, y en lo posible reclutar solteros y casados sin hijos, que sean hábiles para el manejo de las armas y cumplan con los límites de edad marcados los milicianos, de dieciocho a cincuenta años. Vuelve a las formas de financiación anteriores para la conducción de soldados, adelanto del caudal del pósito que se ha de reponer de los arbitrios, aunque rebaja la cantidad por soldado a setenta reales. Y endurece las amenazas a los regidores a los que hace responsables de la marcha de los soldados hacia Cuenca y del pago de socorros, so pena de 4.000 ducados para gastos de guerra, prisión y embargo de sus bienes. El 8 de marzo, en presencia de Rodrigo Santelices, San Clemente tiene los 80 soldados de la villa listos para marchar hacia Molina. Para el día 12 los soldados salen conducidos, no por un cabo, sino por el regidor Juan López Toledano, que lleva los 4.400 reales de la conducción consigo y la responsabilidad de llevar a buen término la empresa. El perseverante inquisidor manda dar traslado de los autos al escribano Julián Albiz de Laredo, para su remisión a la Junta de Ejecución. Como garantes del cumplimiento firman los alcaldes ordinarios de la villa, Juan Rosillo y Mateo Lucas. Esta vez ha conseguido levantar la milicia en quince días. A los regidores no se les da respiro. El 27 de marzo reciben la visita de Antonio Miranda, del Consejo de su Majestad, con nuevas peticiones y presentando al ayuntamiento el desolador estado del Reino. Viene a pedir 1000 ducados y levantar una compañía de coraceros. El ayuntamiento eleva el tono, recuerda los donativos anteriores y la reciente aportación de los 600 ducados a soldados de milicia, redondeados en sus quejas a 1.000; tiene deudas por valor de 10.000, contraídas con sus acreedores los González Galindo y Piñán Castillo. Se accede a dar los mil ducados que se endosarán al resto de los pueblos del partido, pero no los coraceros, pues el omnipresente como odiado corregidor Antonio Sevillano hace ocho días que ha adelantado una leva de hidalgos para la guerra de Portugal. El 29 de mayo Antonio Miranda vuelve con 120 coraceros reclutados en la Mancha y Albacete. A los caballos se les dará paja y cebada, a él y sus soldados, salvo tres regidores que hospedarán a familiares de otras localidades, les negarán la hospitalidad, teniendo que repartirse entre las casas del corregidor y el resto de casas de los vecinos.

Rodrigo de Santelices Guevara y Arredondo: reclutamiento militar en la Mancha conquense en 1640






Rodrigo de Santelices Guevara y Arredondo Bracamonte, superintendente de milicias

                               "Hacemos lo que debemos. Ya que la necesidad nos obliga, seamos dignos y fuertes…"(Wallenstein, Schiller)



Cuando los hermanos Rodrigo y Juan de Santelices de Guevara fueron comisionados para levantar dos coronelías de 1.500 soldados en agosto de 1640,  debieron pensar en todas y cada una de las palabras pronunciadas por el Wallenstein de Schiller doscientos años después. Nadie mejor que ellos para ejecutar los planes de Olivares en aquel difícil verano de 1640. Su experiencia vital les convertía en los ejecutores ideales para llevar a cabo unos planes militares en un momento crítico: extrema necesidad de la Monarquía hispánica por la amputación de uno de sus miembros, tras la rebelión catalana de junio, y oportunidad única de los dos hermanos para olvidar una desagradable memoria familiar y hacer una carrera profesional fulgurante. 

 Ambos hermanos habían abandonado su tierra natal de Escalante, en la Montaña, para hacer carrera en la administración del conde duque; estigmatizados por la memoria de un padre engañado por su primera mujer al ausentarse los veranos por sus obligaciones militares, que hacía dudar de la propia legitimidad de los hijos, a pesar de ser nacidos de un segundo matrimonio más respetable. El hermano mayor Juan hizo carrera en el campo de la administración, legando a su sobrino su puesto en el Consejo de Castilla, título al que añadió el de regente de la Audiencia de Sevilla, arzobispo de Salamanca e Inquisidor de la Suprema. Por su parte, Rodrigo, nacido en 1604, hizo carrera religiosa como inquisidor apostólico en el Tribunal de Cuenca, coincidiendo con las levas de milicias de 1640 y 1641, y posteriormente en el de Sevilla, donde salieron a relucir sus conductas indecorosas con monjas del convento de San Leandro y su afición por el buen comer. Esta terrenal vida no le impediría ser nombrado capellán de honor de Felipe IV, después de obtener con su hermano en 1648 expediente de limpieza de sangre. Poco después moriría victima de la peste el 12 de junio de 1649. Su muerte fue un ejemplo más de la perseverancia, que no acompañó su vida, en el cumplimiento de los cometidos reales, pues poco antes había sido nombrado miembro de la Junta para combatir la peste. Tildado de tonto en vida por sus vecinos sevillanos (su hermano Juan no salía mejor parado con los títulos de bellaco y traidor); quizás esa simpleza, apego al vivir diario por escarmiento de la trayectoria vital paterna, fue su principal valor, y lo que necesitaba la monarquía en esos momentos: hacer lo que debía, es decir lo que se le mandaba, aunque fuera con excesivo celo, pues de la segunda frase de Schiller, ya que la necesidad nos obliga, eran conscientes sus comitentes, el círculo de hechuras próximo a Olivares. 

 La dignidad nadie se la había pedido ni era necesaria en la labor encomendada, puramente ejecutiva. Rodrigo de Santelices, como juez privativo para el establecimiento y ajustamiento de las compañías de milicia de los partidos de Cuenca, Alarcón, tierra del marqués de Escalona, y San Clemente, se puso manos a la obra con decisión. Rescatando la real cédula de 10 de abril de 1625, que establecía la milicia en todo el Reino y por mandamiento impreso de 25 de agosto de 1640, llevado por Juan Pareja, daba un plazo a la villa de San Clemente de dos días para remitir los soldados de milicia, sustituyendo los muertos por otros nuevos, apresurándose a elegir arbitrios para correr con los gastos de armas y socorros, calculados en 150 reales por soldado y encomendado la conducción no ya a un cabo sino a los propios justicias y regidores. A las repetitivas penas condenatorias por incumplimiento, no vaciló en añadir de su puño y letra: “y se executarán las penas sin rremisión ninguna”. Esta vez las penas iban contra los soldados, en próximos mandamientos irán contra los regidores. Aunque para la imposición de arbitrios era necesaria licencia previa del rey, ahora  Rodrigo de Santelices llevará autorización real de 8 de agosto para conceder la licencia necesaria para garantizar la financiación de su leva, pudiendo esperar cuatro meses la expedición de títulos para el arrendamiento de los propios. Para sufragar el coste de 80 soldados de la milicia de la villa de San Clemente, calculado en 6.600 reales, se recurre, en una fórmula que tendrá éxito en posteriores ocasiones; se adelanta el dinero, 600 ducados, del caudal del pósito de don Alonso de Quiñones, que se repondría del fruto del arrendamiento de las dehesas y pinares. El concejo debía nombrar un depositario, Baltasar de la Fuente, para la administración del dinero de la compañía de Andrés Sanz de los Herreros e igual debían obrar los otros tres concejos donde residía el capitán de sus milicias. En apenas una semana, que va del 31 de agosto al 6 de septiembre da por cerrada su estancia en San Clemente. Las compañías están completadas y el dinero de los gastos asegurado, incluido el establecimiento de un sistema de socorros para las mujeres de los soldados.  Se pensaba movilizar los  584 soldados del partido de San Clemente con sus capitanes y oficiales al mando de las cuatro compañías existentes. Sin embargo, el 17 de noviembre Rodrigo de Santelices manifiesta su malestar desde Cuenca por la gran cantidad de fugitivos e impedidos de los soldados enviados en septiembre; de los ochenta soldados que debía mandar San Clemente cuarenta y dos se han fugado o están impedidos. En esta ocasión su rabia va dirigida contra los soldados, pero responsabiliza también a los  regidores de la villa. Para hacer efectivas sus drásticas decisiones se hace valer de las dos personas más próximas a la corona en la villa. Ordena al corregidor Antonio Sevillano Ordóñez reponer los 42 soldados por sorteo o elección, le da facultad para prender, secuestrar y vender los bienes de los fugitivos con los que se ha de pagar la nueva leva y a falta de dinero deberá responder el ayuntamiento con sus bienes y los propios regidores con penas de 200 ducados por incumplimiento de las órdenes. Se comprende que la causa de las deserciones es el desvalimiento de las familias de los milicianos, por lo que se dan socorros a sus mujeres, a cuenta de las alcabalas y rentas de la villa. Francisco Destudillo, tesorero de rentas reales, no dudará pedir la prisión de los regidores para hacerse con el dinero. Un dinero que no olvidemos estaba consignado al pago de juros y asentistas.

 Cuando en febrero de 1641, Rodrigo Santelices, ya titulándose superintendente de milicias, inicia su segunda leva, ha perdido algo de su ingenuidad pero no su determinación. Ahora le preocupa más la selección de los soldados; evitar los casados con más de cuatro hijos, y en lo posible reclutar solteros y casados sin hijos, que sean hábiles para el manejo de las armas y cumplan con los límites de edad marcados para los milicianos, de dieciocho a cincuenta años. Vuelve a las formas de financiación anteriores para la conducción de soldados, adelanto del caudal del pósito que se ha de reponer de los arbitrios, aunque rebaja la cantidad por soldado a setenta reales. Y endurece las amenazas a los regidores a los que hace responsables de la marcha de los soldados hacia Cuenca y del pago de socorros, so pena de 4.000 ducados para gastos de guerra, prisión y embargo de sus bienes. El 8 de marzo, en presencia de Rodrigo Santelices, San Clemente tiene los 80 soldados de la villa listos para marchar hacia Molina. Para el día 12 los soldados salen conducidos, no por un cabo, sino por el regidor Juan López Toledano, que lleva los 4.400 reales de la conducción consigo y la responsabilidad de llevar a buen término la empresa. El perseverante inquisidor manda dar traslado de los autos al escribano Julián Albiz de Laredo, para su remisión a la Junta de Ejecución. Como garantes del cumplimiento firman los alcaldes ordinarios de la villa, Juan Rosillo y Mateo Lucas. Esta  vez ha conseguido levantar la milicia en quince días. 

A los regidores no se les da respiro. El 27 de marzo reciben la visita de Antonio Miranda, del Consejo de su Majestad, con nuevas peticiones y presentando al ayuntamiento el desolador estado del Reino. Viene a pedir 1000 ducados y levantar una compañía de coraceros. El ayuntamiento eleva el tono, recuerda los donativos anteriores y la reciente aportación de los 600 ducados a soldados de milicia, redondeados en sus quejas a 1.000; tiene deudas por valor de 10.000, contraídas con sus acreedores los González Galindo y Piñán Castillo. Se accede a dar los mil ducados que se endosarán al resto de los pueblos del partido, pero no  los coraceros, pues el omnipresente como odiado corregidor Antonio Sevillano hace ocho días que ha  adelantado una leva de hidalgos para la guerra de Portugal. El 29 de mayo Antonio Miranda vuelve con 120 coraceros reclutados en la Mancha y Albacete. A los caballos se les dará paja y cebada, a él y  sus soldados, salvo tres regidores que hospedarán a familiares de otras localidades, les negarán la hospitalidad, teniendo que repartirse entre las casas del corregidor y el resto de casas de los vecinos.

 Entretanto Juan López Toledano regresa; el 8 de abril da cuentas al ayuntamiento y, en especial al corregidor Antonio Sevillano. Esta vez faltan 17 soldados; las órdenes de Santelices son taxativas: prendellos, secuestro de bienes y condenados a muerte. Algunos de los soldados han vuelto  a sus hogares, entre ellos el propio sargento de la compañía, Juan de Alarcón. También un soldado que en la expedición de septiembre de 1640 ya se había incorporado con retraso a su compañía en marcha, no sin antes garantizar para su mujer un socorro de un real diario; se trata de Juan Pontones, que se mueve en los peldaños inferiores de la administración municipal; cuando salga por segunda vez ya no volverá de la guerra. Con él irán, camino de Molina, dos García Iniesta, hermanos de aquel Melchor que conducía como cabo los soldados de presidios. Un año después, Francisco López Lope pide la libertad de su hijo, huido en las levas de los dos años anteriores, pues ha dejado de labrar sus barbechos y sus viñas, su hacienda se arruina y con la suya la del Rey y la de la Iglesia, es deudor de más de 500 reales de rentas, tercias y primicias. Todos ellos son vecinos con arraigo en el pueblo. Debemos pensar en aquellos hombres que habían visto en la milicia un reconocimiento social a nivel local y ahora están inmersos en una guerra distante de la que no saben si volverán. Los regidores, auxiliares del reclutamiento, se veían obligados a enviar al frente a aquellos que por redes clientelares  constituían su base social. Nuevos hombres, que han comprado regidurías perpetuas se van incorporando al ayuntamiento en sustitución de la vieja oligarquía. El ayuntamiento colabora y pide a  Santelices que no mande ejecutores contra la villa, se considera su coste insoportable, 150 reales del ejecutor Juan Pareja y 200 reales del escribano Juan Albiz. Se decide nombrar tres comisarios para todo lo anejo a las diligencias del corregidor, a saber, apresamiento de soldados fugitivos, presentes en la villa, y de los nuevos sorteados, entre los que hay hermanos y padres de los huidos sin paradero.  El corregidor garantiza que los soldados vayan con prisiones a Molina, a cargo de cabo veterano, Alonso de Arcos, salvo que den imposible fianza de 500 ducados. Los gastos los ha de pagar el regidor Juan López Toledano, de los 4.400 reales que recibió todavía tiene en su poder 2.730 reales. 

Los pueblos intentan eludir sus obligaciones, pero el rigor no es menor. El 17 de marzo se presenta ante el corregidor Antonio Sevillano, el cabo Diego López Carbonel que ha conducido los 13 soldados de Vara del Rey. Han huido todos. El corregidor no se arredra y pide que los prendan y secuestren sus bienes muebles y raíces. Diego Embito de Robres, alcalde ordinario de la villa debe garantizar con su persona y bienes el cumplimiento de la orden. El corregidor Antonio Sevillano tiene fama ganada de perseguir a los soldados huidos por los campos. Acaba de mandar al alguacil ejecutor, Francisco de Salcedo, a Belmonte a apresar al soldado Juan Villarejo, vecino de San Clemente. Es un soldado huido de presidios, que se ha refugiado en tierra de señorío como también otros soldados de la conducción de Santelices. Apresado se le pone con el resto en la Roda, camino de Cartagena. No se repara en gastos: 70 reales de la comisión del alguacil que ha perseguido al soldado de presidio y 180 reales para pago de las actuaciones contra los milicianos por Pedro Nieto, verdugo de Belmonte. Los paga conjuntamente López Toledano, sin rechistar, aunque su dinero sea expresamente para milicias y no para presidios. El obrar de Rodrigo Santelices parece excesivo a la Junta de Ejecución, que por boca de su ministro José González advierte en mayo que “algunas de las cosas las dispone con mucha  irregularidad y rigor; y particularmente no me puedo conformar en que quede puerta abierta a las justicias para que quede a su arbitrio la ejecución de las penas”. Junto con la arbitrariedad, se abre la puerta de las venganzas locales y lo que menos se desea es la anarquía y el enseñoreamiento del particularismo. Habrá un giro en el modo de proceder. Los superintendentes se mantendrán, pero de las labores de reclutamiento se encargará el sargento mayor.

Fuentes:

  • AMSC. CORREGIMIENTO. SECCIÓN MILICIAS
  • https://www.academia.edu/20355067/El_reclutamiento_militar_en_el_corregimiento_de_San_Clemente

lunes, 17 de agosto de 2015

A partir de hoy, publicamos este blog centrado en la Historia de San Clemente (Cuenca). Se puede acceder a estudios completos sobre la Historia de esta villa y su corregimiento en la página web:

https://independent.academia.edu/IgnacioDeLaRosaFerrer