El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

Imagen del poder municipal
EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

viernes, 4 de septiembre de 2015

Clemén Pérez de Rus, fundador de San Clemente

Una mención a Clemén Pérez de Rus aparece en la invención de una peregrina genealogía del manuscrito 3251 de la Biblioteca Nacional. Es la genealogía de los Castillo Puertocarrero, señores de Santa María del Campo Rus.La transcribimos por su valor para la historia de San Clemente, pues aparece una mención a la historia de Clemén Pérez de Rus, complementaria a la de las Relaciones Topográficas y anterior en treinta años, pues toma como fuente la Crónica de la Historia de España de Florián Ocampo, cronista oficial del emperador Carlos V:

"Genealogía de los Señores de S. María del Canpo, que tienen por sobrenombre y apellido del Castillo, los quales proçedieron del buen caballero Clemén Pérez de Rus, que fue el primer honbre que edificó casa en la villa de San Clemente en la Mancha, de quien asimismo proçede don Lope Guzmán como hixo de doña Catalina de Aragón y visnieto de Juan del Castillo Puertocarrero señor de la billa de Sta. María del Canpo e rebisnieto del doctor Pedro Gonçalez del Castillo, del Consexo Real del rey don Juan el segundo e trasrebisnieto de Lope Martínez del Castillo Macacho, hixo de Alonso Martínez Macacho, el quel fue hijo del dicho Clemén Pérez de Rus, por manera que el dicho Clemén Pérez de Rus es octavo agüelo del dicho Lope de Guzmán. Clemén Pérez de Rus fue natural de Rus, que era un castillo pequeño cuios edificios aún ahora permanecen aunque mui deribados en la Mancha (escrito en el lateral del folio: una legua de la uilla de St. Clemente ençima del río), fue cauallero e hixodalgo según parece por un letrero y epitafio, que está en su enterramiento en la capilla maior de la uilla de St. Clemente, del qual ansimiso pareçe que el dicho Clemén Pérez fue el primero fundador de la dicha uilla, el qual letrero y epitafio diçe de esta manera: “Aquí yaçe el honrrado cauallero Clemén Pérez de Rus, el qual fue el primer honbre que fundó casas en este lugar” Conprueuase esto ansimismo con el dicho testimonio de Florián de Ocanpo, coronista del enperador Ntro. Sor., el qual entre otros libros dexó un librito escrito de su letra y mano que tiene el sr. Liçençiado Fuenmayor del Consexo de su Magestad, en el qual dejo una copla antigua que hiço en tiempo y en la persona de don Bernardino del Castillo Puertocarrero, trasrebisnieto del dicho Clemén Pérez de Rus, la qual diçe de esta manera:

                     Copla
El doctor Pedro Gonçalez nieto
Que su casa vinculo
Y el sol del moro ganó
Aquél que es reuisnieto
Clemén Pérez el perfeto
A quien espuela calçó
El rey y en el canpo dio
A el castillo más efeto

Junto a esta copla, puso el dicho Florián del Ocanpo de su misma mano y letra las palabras siguientes:
Fue el doctor Pº Gonçalves del Castillo de noble sangre hixo de Lope Martínez del Castillo Macacho, que fue mui buen cauallero de los rreyes don Henrique segundo y don Juan primero y don Henrique terçero, fue Lope Martínez hixo de Alfonso Martínez, el que según algunos fue hixo de Clemén Pérez natural del castillo Rus del Castillo de Garçimuñoz , hixodealgo a quien el rey don Alonso armó caballero y le dio por divisa un sol demás del castillo porque mató un moro en presençia del Rey que traya por armas un sol"


Fuente:


  •  BNE. Mss/3251 Linajes de España, fol. 304
  • RAH, Salazar y Castro, 9/257,  fols.  85 al 93

jueves, 3 de septiembre de 2015

Rodrigo de Santelices Guevara y Arredondo (III)

(Cont.) Entretanto Juan López Toledano regresa; el 8 de abril da cuentas al ayuntamiento y, en especial al corregidor Antonio Sevillano. Esta vez faltan 17 soldados; las órdenes de Santelices son taxativas: prendellos, secuestro de bienes y condenados a muerte. Algunos de los soldados han vuelto a sus hogares, entre ellos el propio sargento de la compañía, Juan de Alarcón. También un soldado que en la expedición de septiembre de 1640 ya se había incorporado con retraso a su compañía en marcha, no sin antes garantizar para su mujer un socorro de un real diario; se trata de Juan Pontones, que se mueve en los peldaños inferiores de la administración municipal; cuando salga por segunda vez ya no volverá de la guerra. Con él irán camino de Molina dos García Iniesta, hermanos de aquel Melchor que conducía como cabo los soldados de presidios. Un año después, Francisco López Lope pide la libertad de su hijo, huido en las levas de los dos años anteriores, pues ha dejado de labrar sus barbechos y sus viñas, su hacienda se arruina y con la suya la del Rey y la de la Iglesia, es deudor de más de 500 reales de rentas, tercias y primicias. Todos ellos son vecinos con arraigo en el pueblo. Debemos pensar en aquellos hombres que habían visto en la milicia un reconocimiento social a nivel local y ahora están inmersos en una guerra distante de la que no saben si volverán. Los regidores, auxiliares del reclutamiento, se veían obligados a enviar al frente a aquellos que por redes clientelares constituían su base social. Nuevos hombres, que han comprado regidurías perpetuas se van incorporando al ayuntamiento en sustitución de la vieja oligarquía. El ayuntamiento colabora y pide a Santelices que no mande ejecutores contra la villa, se considera su coste insoportable, 150 reales del ejecutor Juan Pareja y 200 reales del escribano Juan Albiz. Se decide nombrar tres comisarios para todo lo anejo a las diligencias del corregidor, a saber, apresamiento de soldados fugitivos, presentes en la villa, y de los nuevos sorteados, entre los que hay hermanos y padres de los huidos sin paradero. El corregidor garantiza que los soldados vayan con prisiones a Molina, a cargo de cabo veterano, Alonso de Arcos, salvo que den imposible fianza de 500 ducados. Los gastos los ha de pagar el regidor Juan López Toledano, de los 4.400 reales que recibió todavía tiene en su poder 2.730 rls. Los pueblos intentan eludir sus obligaciones, pero el rigor no es menor. El 17 de marzo se presenta ante el corregidor Antonio Sevillano, el cabo Diego López Carbonel que ha conducido los 13 soldados de Vara del Rey. Han huido todos. El corregidor no se arredra y pide que los prendan y secuestren sus bienes muebles y raíces. Diego Embito de Robres, alcalde ordinario de la villa debe garantizar con su persona y bienes el cumplimiento de la orden. El corregidor Antonio Sevillano tiene fama ganada de perseguir a los soldados huidos por los campos. Acaba de mandar al alguacil ejecutor, Francisco de Salcedo, a Belmonte a apresar al soldado Juan Villarejo, vecino de San Clemente. Es un soldado huido de presidios, que se ha refugiado en tierra de señorío como también otros soldados de la conducción de Santelices. Apresado se le pone con el resto en la Roda, camino de Cartagena. No se repara en gastos: 70 reales de la comisión del alguacil que ha perseguido al soldado de presidio y 180 reales para pago de las actuaciones contra los milicianos por Pedro Nieto, verdugo de Belmonte. Los paga conjuntamente López Toledano, sin rechistar, aunque su dinero sea expresamente para milicias y no para presidios. El obrar de Rodrigo Santelices parece excesivo a la Junta de Ejecución, que por boca de su ministro José González advierte en mayo que “algunas de las cosas las dispone con mucha irregularidad y rigor; y particularmente no me puedo conformar en que quede puerta abierta a las justicias para que quede a su arbitrio la ejecución de las penas”. Junto con la arbitrariedad, se abre la puerta de las venganzas locales y lo que menos se desea es la anarquía y el enseñoramiento del particularismo. Habrá un giro en el modo de proceder. Los superintendentes se mantendrán, pero de las labores de reclutamiento se encargará el sargento mayor.

Fuentes:

  • AMSC. CORREGIMIENTO. SECCIÓN MILICIAS
  • Véase artículos en pdf

Rodrigo de Santelices Guevara y Arredondo (II)

(Cont.) Baltasar de la Fuente para la administración del dinero de la compañía de Andrés Sanz de los Herreros e igual debían obrar los otros tres concejos donde residía el capitán de sus milicias. En apenas una semana, que va del 31 de agosto al 6 de septiembre da por cerrada su estancia en San Clemente. Las compañías están completadas y el dinero de los gastos asegurado, incluido el establecimiento de un sistema de socorros para las mujeres de los soldados.  Se pensaba movilizar los 584 soldados del partido de San Clemente con sus capitanes y oficiales al mando de las cuatro compañías existentes. Sin embargo, el 17 de noviembre Rodrigo de Santelices manifiesta su malestar desde Cuenca por la gran cantidad de fugitivos e impedidos de los soldados enviados en septiembre; de los ochenta soldados que debía mandar San Clemente cuarenta y dos se han fugado o están impedidos. En esta ocasión su rabia va dirigida contra los soldados, pero responsabiliza también a los regidores de la villa. Para hacer valer sus drásticas decisiones se hace valer de las dos personas más próximas a la corona en la villa. Ordena al corregidor Antonio Sevillano Ordóñez reponer los 42 soldados por sorteo o elección, le da facultad para prender, secuestrar y vender los bienes de los fugitivos con los que se ha de pagar la nueva leva y a falta de dinero deberá responder el ayuntamiento con sus bienes y los propios regidores con penas de 200 ducados por incumplimiento de las órdenes. Se comprende que la causa de las deserciones es el desvalimiento de las familias de los milicianos, por lo que se dan socorros a sus mujeres, a cuenta de las alcabalas y rentas de la villa. Francisco Destudillo, tesorero de rentas reales, no dudará pedir la prisión de los regidores para hacerse con el dinero. Un dinero que no olvidemos estaba consignado al pago de juros y asentistas. Cuando en febrero de 1641, Rodrigo Santelices, ya titulándose superintendente de milicias, inicia su segunda leva, ha perdido algo de su ingenuidad pero no su determinación. Ahora le preocupa más la selección de los soldados; evitar los casados con más de cuatro hijos, y en lo posible reclutar solteros y casados sin hijos, que sean hábiles para el manejo de las armas y cumplan con los límites de edad marcados los milicianos, de dieciocho a cincuenta años. Vuelve a las formas de financiación anteriores para la conducción de soldados, adelanto del caudal del pósito que se ha de reponer de los arbitrios, aunque rebaja la cantidad por soldado a setenta reales. Y endurece las amenazas a los regidores a los que hace responsables de la marcha de los soldados hacia Cuenca y del pago de socorros, so pena de 4.000 ducados para gastos de guerra, prisión y embargo de sus bienes. El 8 de marzo, en presencia de Rodrigo Santelices, San Clemente tiene los 80 soldados de la villa listos para marchar hacia Molina. Para el día 12 los soldados salen conducidos, no por un cabo, sino por el regidor Juan López Toledano, que lleva los 4.400 reales de la conducción consigo y la responsabilidad de llevar a buen término la empresa. El perseverante inquisidor manda dar traslado de los autos al escribano Julián Albiz de Laredo, para su remisión a la Junta de Ejecución. Como garantes del cumplimiento firman los alcaldes ordinarios de la villa, Juan Rosillo y Mateo Lucas. Esta vez ha conseguido levantar la milicia en quince días. A los regidores no se les da respiro. El 27 de marzo reciben la visita de Antonio Miranda, del Consejo de su Majestad, con nuevas peticiones y presentando al ayuntamiento el desolador estado del Reino. Viene a pedir 1000 ducados y levantar una compañía de coraceros. El ayuntamiento eleva el tono, recuerda los donativos anteriores y la reciente aportación de los 600 ducados a soldados de milicia, redondeados en sus quejas a 1.000; tiene deudas por valor de 10.000, contraídas con sus acreedores los González Galindo y Piñán Castillo. Se accede a dar los mil ducados que se endosarán al resto de los pueblos del partido, pero no los coraceros, pues el omnipresente como odiado corregidor Antonio Sevillano hace ocho días que ha adelantado una leva de hidalgos para la guerra de Portugal. El 29 de mayo Antonio Miranda vuelve con 120 coraceros reclutados en la Mancha y Albacete. A los caballos se les dará paja y cebada, a él y sus soldados, salvo tres regidores que hospedarán a familiares de otras localidades, les negarán la hospitalidad, teniendo que repartirse entre las casas del corregidor y el resto de casas de los vecinos.

Rodrigo de Santelices Guevara y Arredondo: reclutamiento militar en la Mancha conquense en 1640






Rodrigo de Santelices Guevara y Arredondo Bracamonte, superintendente de milicias

                               "Hacemos lo que debemos. Ya que la necesidad nos obliga, seamos dignos y fuertes…"(Wallenstein, Schiller)



Cuando los hermanos Rodrigo y Juan de Santelices de Guevara fueron comisionados para levantar dos coronelías de 1.500 soldados en agosto de 1640,  debieron pensar en todas y cada una de las palabras pronunciadas por el Wallenstein de Schiller doscientos años después. Nadie mejor que ellos para ejecutar los planes de Olivares en aquel difícil verano de 1640. Su experiencia vital les convertía en los ejecutores ideales para llevar a cabo unos planes militares en un momento crítico: extrema necesidad de la Monarquía hispánica por la amputación de uno de sus miembros, tras la rebelión catalana de junio, y oportunidad única de los dos hermanos para olvidar una desagradable memoria familiar y hacer una carrera profesional fulgurante. 

 Ambos hermanos habían abandonado su tierra natal de Escalante, en la Montaña, para hacer carrera en la administración del conde duque; estigmatizados por la memoria de un padre engañado por su primera mujer al ausentarse los veranos por sus obligaciones militares, que hacía dudar de la propia legitimidad de los hijos, a pesar de ser nacidos de un segundo matrimonio más respetable. El hermano mayor Juan hizo carrera en el campo de la administración, legando a su sobrino su puesto en el Consejo de Castilla, título al que añadió el de regente de la Audiencia de Sevilla, arzobispo de Salamanca e Inquisidor de la Suprema. Por su parte, Rodrigo, nacido en 1604, hizo carrera religiosa como inquisidor apostólico en el Tribunal de Cuenca, coincidiendo con las levas de milicias de 1640 y 1641, y posteriormente en el de Sevilla, donde salieron a relucir sus conductas indecorosas con monjas del convento de San Leandro y su afición por el buen comer. Esta terrenal vida no le impediría ser nombrado capellán de honor de Felipe IV, después de obtener con su hermano en 1648 expediente de limpieza de sangre. Poco después moriría victima de la peste el 12 de junio de 1649. Su muerte fue un ejemplo más de la perseverancia, que no acompañó su vida, en el cumplimiento de los cometidos reales, pues poco antes había sido nombrado miembro de la Junta para combatir la peste. Tildado de tonto en vida por sus vecinos sevillanos (su hermano Juan no salía mejor parado con los títulos de bellaco y traidor); quizás esa simpleza, apego al vivir diario por escarmiento de la trayectoria vital paterna, fue su principal valor, y lo que necesitaba la monarquía en esos momentos: hacer lo que debía, es decir lo que se le mandaba, aunque fuera con excesivo celo, pues de la segunda frase de Schiller, ya que la necesidad nos obliga, eran conscientes sus comitentes, el círculo de hechuras próximo a Olivares. 

 La dignidad nadie se la había pedido ni era necesaria en la labor encomendada, puramente ejecutiva. Rodrigo de Santelices, como juez privativo para el establecimiento y ajustamiento de las compañías de milicia de los partidos de Cuenca, Alarcón, tierra del marqués de Escalona, y San Clemente, se puso manos a la obra con decisión. Rescatando la real cédula de 10 de abril de 1625, que establecía la milicia en todo el Reino y por mandamiento impreso de 25 de agosto de 1640, llevado por Juan Pareja, daba un plazo a la villa de San Clemente de dos días para remitir los soldados de milicia, sustituyendo los muertos por otros nuevos, apresurándose a elegir arbitrios para correr con los gastos de armas y socorros, calculados en 150 reales por soldado y encomendado la conducción no ya a un cabo sino a los propios justicias y regidores. A las repetitivas penas condenatorias por incumplimiento, no vaciló en añadir de su puño y letra: “y se executarán las penas sin rremisión ninguna”. Esta vez las penas iban contra los soldados, en próximos mandamientos irán contra los regidores. Aunque para la imposición de arbitrios era necesaria licencia previa del rey, ahora  Rodrigo de Santelices llevará autorización real de 8 de agosto para conceder la licencia necesaria para garantizar la financiación de su leva, pudiendo esperar cuatro meses la expedición de títulos para el arrendamiento de los propios. Para sufragar el coste de 80 soldados de la milicia de la villa de San Clemente, calculado en 6.600 reales, se recurre, en una fórmula que tendrá éxito en posteriores ocasiones; se adelanta el dinero, 600 ducados, del caudal del pósito de don Alonso de Quiñones, que se repondría del fruto del arrendamiento de las dehesas y pinares. El concejo debía nombrar un depositario, Baltasar de la Fuente, para la administración del dinero de la compañía de Andrés Sanz de los Herreros e igual debían obrar los otros tres concejos donde residía el capitán de sus milicias. En apenas una semana, que va del 31 de agosto al 6 de septiembre da por cerrada su estancia en San Clemente. Las compañías están completadas y el dinero de los gastos asegurado, incluido el establecimiento de un sistema de socorros para las mujeres de los soldados.  Se pensaba movilizar los  584 soldados del partido de San Clemente con sus capitanes y oficiales al mando de las cuatro compañías existentes. Sin embargo, el 17 de noviembre Rodrigo de Santelices manifiesta su malestar desde Cuenca por la gran cantidad de fugitivos e impedidos de los soldados enviados en septiembre; de los ochenta soldados que debía mandar San Clemente cuarenta y dos se han fugado o están impedidos. En esta ocasión su rabia va dirigida contra los soldados, pero responsabiliza también a los  regidores de la villa. Para hacer efectivas sus drásticas decisiones se hace valer de las dos personas más próximas a la corona en la villa. Ordena al corregidor Antonio Sevillano Ordóñez reponer los 42 soldados por sorteo o elección, le da facultad para prender, secuestrar y vender los bienes de los fugitivos con los que se ha de pagar la nueva leva y a falta de dinero deberá responder el ayuntamiento con sus bienes y los propios regidores con penas de 200 ducados por incumplimiento de las órdenes. Se comprende que la causa de las deserciones es el desvalimiento de las familias de los milicianos, por lo que se dan socorros a sus mujeres, a cuenta de las alcabalas y rentas de la villa. Francisco Destudillo, tesorero de rentas reales, no dudará pedir la prisión de los regidores para hacerse con el dinero. Un dinero que no olvidemos estaba consignado al pago de juros y asentistas.

 Cuando en febrero de 1641, Rodrigo Santelices, ya titulándose superintendente de milicias, inicia su segunda leva, ha perdido algo de su ingenuidad pero no su determinación. Ahora le preocupa más la selección de los soldados; evitar los casados con más de cuatro hijos, y en lo posible reclutar solteros y casados sin hijos, que sean hábiles para el manejo de las armas y cumplan con los límites de edad marcados para los milicianos, de dieciocho a cincuenta años. Vuelve a las formas de financiación anteriores para la conducción de soldados, adelanto del caudal del pósito que se ha de reponer de los arbitrios, aunque rebaja la cantidad por soldado a setenta reales. Y endurece las amenazas a los regidores a los que hace responsables de la marcha de los soldados hacia Cuenca y del pago de socorros, so pena de 4.000 ducados para gastos de guerra, prisión y embargo de sus bienes. El 8 de marzo, en presencia de Rodrigo Santelices, San Clemente tiene los 80 soldados de la villa listos para marchar hacia Molina. Para el día 12 los soldados salen conducidos, no por un cabo, sino por el regidor Juan López Toledano, que lleva los 4.400 reales de la conducción consigo y la responsabilidad de llevar a buen término la empresa. El perseverante inquisidor manda dar traslado de los autos al escribano Julián Albiz de Laredo, para su remisión a la Junta de Ejecución. Como garantes del cumplimiento firman los alcaldes ordinarios de la villa, Juan Rosillo y Mateo Lucas. Esta  vez ha conseguido levantar la milicia en quince días. 

A los regidores no se les da respiro. El 27 de marzo reciben la visita de Antonio Miranda, del Consejo de su Majestad, con nuevas peticiones y presentando al ayuntamiento el desolador estado del Reino. Viene a pedir 1000 ducados y levantar una compañía de coraceros. El ayuntamiento eleva el tono, recuerda los donativos anteriores y la reciente aportación de los 600 ducados a soldados de milicia, redondeados en sus quejas a 1.000; tiene deudas por valor de 10.000, contraídas con sus acreedores los González Galindo y Piñán Castillo. Se accede a dar los mil ducados que se endosarán al resto de los pueblos del partido, pero no  los coraceros, pues el omnipresente como odiado corregidor Antonio Sevillano hace ocho días que ha  adelantado una leva de hidalgos para la guerra de Portugal. El 29 de mayo Antonio Miranda vuelve con 120 coraceros reclutados en la Mancha y Albacete. A los caballos se les dará paja y cebada, a él y  sus soldados, salvo tres regidores que hospedarán a familiares de otras localidades, les negarán la hospitalidad, teniendo que repartirse entre las casas del corregidor y el resto de casas de los vecinos.

 Entretanto Juan López Toledano regresa; el 8 de abril da cuentas al ayuntamiento y, en especial al corregidor Antonio Sevillano. Esta vez faltan 17 soldados; las órdenes de Santelices son taxativas: prendellos, secuestro de bienes y condenados a muerte. Algunos de los soldados han vuelto  a sus hogares, entre ellos el propio sargento de la compañía, Juan de Alarcón. También un soldado que en la expedición de septiembre de 1640 ya se había incorporado con retraso a su compañía en marcha, no sin antes garantizar para su mujer un socorro de un real diario; se trata de Juan Pontones, que se mueve en los peldaños inferiores de la administración municipal; cuando salga por segunda vez ya no volverá de la guerra. Con él irán, camino de Molina, dos García Iniesta, hermanos de aquel Melchor que conducía como cabo los soldados de presidios. Un año después, Francisco López Lope pide la libertad de su hijo, huido en las levas de los dos años anteriores, pues ha dejado de labrar sus barbechos y sus viñas, su hacienda se arruina y con la suya la del Rey y la de la Iglesia, es deudor de más de 500 reales de rentas, tercias y primicias. Todos ellos son vecinos con arraigo en el pueblo. Debemos pensar en aquellos hombres que habían visto en la milicia un reconocimiento social a nivel local y ahora están inmersos en una guerra distante de la que no saben si volverán. Los regidores, auxiliares del reclutamiento, se veían obligados a enviar al frente a aquellos que por redes clientelares  constituían su base social. Nuevos hombres, que han comprado regidurías perpetuas se van incorporando al ayuntamiento en sustitución de la vieja oligarquía. El ayuntamiento colabora y pide a  Santelices que no mande ejecutores contra la villa, se considera su coste insoportable, 150 reales del ejecutor Juan Pareja y 200 reales del escribano Juan Albiz. Se decide nombrar tres comisarios para todo lo anejo a las diligencias del corregidor, a saber, apresamiento de soldados fugitivos, presentes en la villa, y de los nuevos sorteados, entre los que hay hermanos y padres de los huidos sin paradero.  El corregidor garantiza que los soldados vayan con prisiones a Molina, a cargo de cabo veterano, Alonso de Arcos, salvo que den imposible fianza de 500 ducados. Los gastos los ha de pagar el regidor Juan López Toledano, de los 4.400 reales que recibió todavía tiene en su poder 2.730 reales. 

Los pueblos intentan eludir sus obligaciones, pero el rigor no es menor. El 17 de marzo se presenta ante el corregidor Antonio Sevillano, el cabo Diego López Carbonel que ha conducido los 13 soldados de Vara del Rey. Han huido todos. El corregidor no se arredra y pide que los prendan y secuestren sus bienes muebles y raíces. Diego Embito de Robres, alcalde ordinario de la villa debe garantizar con su persona y bienes el cumplimiento de la orden. El corregidor Antonio Sevillano tiene fama ganada de perseguir a los soldados huidos por los campos. Acaba de mandar al alguacil ejecutor, Francisco de Salcedo, a Belmonte a apresar al soldado Juan Villarejo, vecino de San Clemente. Es un soldado huido de presidios, que se ha refugiado en tierra de señorío como también otros soldados de la conducción de Santelices. Apresado se le pone con el resto en la Roda, camino de Cartagena. No se repara en gastos: 70 reales de la comisión del alguacil que ha perseguido al soldado de presidio y 180 reales para pago de las actuaciones contra los milicianos por Pedro Nieto, verdugo de Belmonte. Los paga conjuntamente López Toledano, sin rechistar, aunque su dinero sea expresamente para milicias y no para presidios. El obrar de Rodrigo Santelices parece excesivo a la Junta de Ejecución, que por boca de su ministro José González advierte en mayo que “algunas de las cosas las dispone con mucha  irregularidad y rigor; y particularmente no me puedo conformar en que quede puerta abierta a las justicias para que quede a su arbitrio la ejecución de las penas”. Junto con la arbitrariedad, se abre la puerta de las venganzas locales y lo que menos se desea es la anarquía y el enseñoreamiento del particularismo. Habrá un giro en el modo de proceder. Los superintendentes se mantendrán, pero de las labores de reclutamiento se encargará el sargento mayor.

Fuentes:

  • AMSC. CORREGIMIENTO. SECCIÓN MILICIAS
  • https://www.academia.edu/20355067/El_reclutamiento_militar_en_el_corregimiento_de_San_Clemente

Bienes propios de la villa de San Clemente

BIENES PROPIOS DE LA VILLA DE SAN CLEMENTE A COMIENZOS DEL SIGLO XVII. VALOR DEL BIEN PROPIO Y VALOR RENTA ANUAL

Escribanía pública, que sirve diez o doce escribanos, 20.000 ducados, 231.776 mrs.

Escribanía del ayuntamiento, consumidas (vendidas a particulares), 2.000 ducados, 0 mrs.

 Correduría y oficio de corredor, 5.000 ducados, 80.000 mrs.

Renta de la almotacenía, 4.000 ducados, 70.000 mrs.

Caballería de la sierra para guarda de los montes, términos y vedados, 3.000 ducados, 75.000 mrs.

Renta perpetua: Censos contra vecinos impuestos sobre tierras de la Cañada de Santa Ana, 1.000 ducados, 16.000 mrs.

Dos oficios de fieles ejecutores, servidos por dos regidores, pagados con penas de cámara, 2.000 ducados, 12.000 mrs.

Casa de los molinos harineros en la ribera del Júcar, 10.000 ducados, 136.000 mrs

1/3 de las cortas de montes, pinares y dehesas, valor indeterminado, 20.000 mrs.

Dehesa de Alcadozo, valor indeterminado, 13.600 mrs.

Dos montes de encinas y pinares en los caminos de Villarrobledo, valor indeterminado, 27.200 mrs.

Monte de encinas de Alcadozo y otro de Villar de Cantos (arrendada la bellota junto a la de las encinas ubicadas en los pinares, valor indeterminado, 136.000 mrs.

Dehesa y pinar de la hoya de la Cierva, que es monte de encinas, pertenecientes a las heredades de Villalpardillo, valor indeterminado, 34.000 mrs

Sitios yermos, ejidos de Rus, heredad de Casablanca, valor indeterminado, 20.000 mrs.

Renta que pagan los abastecedores de carnicerías por el abasto y uso de la dehesa carnicera, valor indeterminado, 53.256 mrs.

Alhorí de la villa,   2.000 ducados (valor de trigo y dinero) 0 mrs.

Pósito de Alonso de Quiñones, 10.000 fanegas de trigo, no hipotecables a deuda alguna, 0 mrs.

Casas de la cárcel, casas de su cabildo e ayuntamiento y las casas de las carnicerías y pósito, valor indeterminado, 0 mrs.


TOTAL RENTA DE LOS PROPIOS: 954.834 mrs.

martes, 1 de septiembre de 2015

Los Origüela de San Clemente: Astudillos y Piquinotis

En la villa de San Clemente, durante el quinientos, vivía en el arrabal, en la calle despectivamente llamada de la Amargura, una importante comunidad conversa que tenía por apellido Origüela.

El primero de esta familia Pedro Sánchez de Origüela había llegado procedente de Castillo de Garcimuñoz y se había avecindado en San Clemente en 1455. Daría lugar a una prolífica descendencia de diez hijos. Aunque a nosotros nos interesan cuatro. De la hija María, descenderían los Montoya, familiares y calificadores del Santo Oficio; del hijo Pedro, descenderían los González Galindo, que vía matrimonial acabarían enlazando en los años treinta del siglo XVII con los Piquinoti, asentistas genoveses, y de Alonso vendría la saga de los Astudillo. Un cuarto hijo de nombre Luis sería quemado por la Inquisición y su sambenito colgaría de la Iglesia de Santiago como estigma acusador de toda la familia.

La fama de poco limpios de esta familia estaba acreditada, se buscase su origen en un Juan González Orihuela, caballero de la banda y de divisa dorada, o se remontase esa ascendencia al escribano Hernán Sánchez de Orihuela, como hacían los detractores. Los enemigos, fundamentalmente familias como los Rosillo o los Perona, supieron aprovechar la memoria colectiva para hacer del recuerdo de la penitencia de Luis Sánchez Orihuela en 1517, un arma arrojadiza para intentar arrinconar en la vida municipal a la familia Orihuela. Sabemos que cortaron de forma tajante, con el proceso inquisitorial mencionado, la participación de los Orihuela en los cargos de alcaldes ordinarios. Que nuevos procesos inquisitoriales se incoaron a mediados del quinientos para frenar su influencia y que las acusaciones por la rayz infecta judaica afloraron a partir de 1616 con motivo del pleito de Pedro González Galindo para obtener ejecutoria de hidalguía.

Las acusaciones de falta de limpieza de sangre fueron demoledoras contra Francisco de Astudillo Villamediana, tesorero de rentas reales del Marquesado de Villena, en el expediente de 1641 para la obtención del hábito de Santiago. En su caso, el estigma de la infamia era doble, pues a las acusaciones de judío se añadían las de moro. Además al recuerdo del oprobio de Luis Sánchez de Orihuela, se sumaba otro sambenito colgado en la iglesia de Santiago, el de su tía bisabuela Juana Fernández de Astudillo.

Su padre había consolidado la riqueza familiar y el reconocimiento público como alcalde, escribano del ayuntamiento y regidor de la villa de San Clemente, uniendo el codiciado cargo de tesorero de rentas reales del Marquesado de Villena, logrado en 1615 a costa de su declarado enemigo Rodrigo de Ortega,  futuro señor de Villar de Cantos y antecesor de los Valdeguerrero.

 Francisco de Astudillo Villamediana sería objeto de las acusaciones viscerales de Juan Rosillo, el licenciado Villanueva o los Perona; pero no sólo sufrió el odio de las viejas familias del pueblo sino el vacío de muchos  regidores que, menospreciando su origen, envidiaban su riqueza y no aceptaban ni su reconocimiento social ni su participación en la vida pública. Al final de su vida, cuando muere (de momento hemos localizado el testamento de su hijo en 1679), el todopoderoso Astudillo del año 1640, es un hombre solo y derrotado. Los acreedores, asentistas y dueños de juros, lo han perseguido en interminables pleitos, ha visto embargado su título de regidor y su descendencia se extinguirá con la muerte de su hijo y único heredero pocos años después. De aquel hombre que se atrevía a encarcelar a los regidores, colaboraba con la monarquía en la ambiciosa política de Olivares o deslumbraba a sus vecinos con fastuosas fiestas del Corpus, apenas si queda nada.

Veinticinco años antes, su pariente Pedro González Galindo se enfrentó a un largo pleito con el concejo de San. Clemente para su aceptación como hijodalgo. A las ya consabidas acusaciones judaizantes se sumaron otras más groseras de bastardía. Pero don Pedro González Galindo no era hombre que se dejara humillar. Con unos veinte años, en 1586 se había ido a América, huyendo de la familia de su madre, los García Monteagudo, poco dispuestos a compartir con el hijo el patrimonio familiar. Las Indias fue la tierra talismán donde hizo fortuna, en cuyo origen no faltó la aportación de su mujer María deTebar, perteneciente a otra rama de los Origüela. La misma de la que procedería el omnipotente doctor Cristóbal de Tébar, párroco de la villa y fundador del colegio de la Compañía de Jesús.

Su vuelta a España fue avasalladora, estableciendo su casa en la calle de Alcalá, creemos que no muy lejos de otros asentistas como Octavo Centurión, que vivía en la próxima Caballero de Gracia. Asentado en el hoy derruido palacio de los Piquirroti, participó en la vida sanclementina desde la distancia, hipotecando los bienes de la villa a un préstamo de 10.000 ducados o controlando el excedente del trigo de las tercias reales del Marquesado con un juró de 1950 fanegas.

Consolidado su poder económico impuso su aceptación en la vida pública de San Clemente, como cofrade de Nuestra Señora de Septiembre, donde sólo se admitían cristianos viejos, como hidalgo en una sesión del ayuntamiento de mayo de 1623 y, en el mismo lugar cinco años después, como familiar del Santo Oficio.

Su ascensión en la corte no era menor. Estableció alianza con los Piquinoti, asentistas genoveses de los reinados de Felipe IV y Carlos II, con el matrimonio de su hija Antonia con Francesco María. El hijo de este matrimonio sería el primer conde de Villaleal.

FUENTES:

  • AHN.ÓRDENES. CABALLEROS DE SANTIAGO. Exp. 2798
  • Véase artículo en PDF (en proceso de redacción)
https://www.academia.edu/20361548/Los_Orig%C3%BCela_de_San_Clemente

lunes, 31 de agosto de 2015

Villarrobledo y San Clemente: el enfrentamiento de 1611 (II)

El enfrentamiento entre las villas de Villarrobledo y San Clemente en el Consejo Real desveló los odios y rencillas existentes. Muestra es la situación que se dió entre los procuradores de las dos villas. Según nos cuenta treinta años después de los hechos Francisco de Ávalos Vizcarra, vecino de San Clemente, en una de las vistas del pleito, el procurador de Villarrobledo, Diego Muñoz de la Calera, que además era familiar del Santo Oficio, se debió acalorar y disgustar con el procurador de San Clemente, el mencionado Francisco Rodríguez de Tudela, recordándole su baja procedencia de Hellín y sus orígenes judíos e insultándole con el mote familiar: ¡vos conmigo Pelagatos!
Las tensiones personales traducían diferencias profundas. Ya hubo diferencias en las juntas de corregimiento para la elección de una terna para capitán que obligaría a repetir a elección, pero el conflicto sería más serio con motivo de la petición  en 1611 del adelantado de Murcia, marqués de los Vélez, de aportación de 800 soldados por el corregimiento. La base para la aportación de soldados fue la milicia creada dos años antes con un total de 444 soldados, a la que Villarrobledo aportaba 82 soldados y San Clemente sólo 44. La distribución de resto de soldados hasta completar los 800, debió agraviar más a Villarrobledo, que protestó al Consejo de Guerra, esta villa aportó como prueba del agravio los repartimientos que se hacían en los tiempos del Marquesado de Villena, cuando Villarrobledo tenía una cuota de soldados que era poco más de la mitad que la de San Clemente. Propuesta claramente engañosa pues Villarrobledo tenía un potencial demográfico superior al de San Clemente, a pesar de que iniciará su declive veinte años antes. El caso es que se dió la razón a Villarrobledo y se obligó al corregidor a un nuevo reparto de soldados. Las quejas acabarían cuando   el sargento Luis Días de Navarra elevó la cifra de soldados de milicia a 556 y alivió a otras villas incrementando los soldados de  Villarrobledo y San Clemente a 120 y 82 respectivamente.
Ese mismo año de 1611, Villarrobledo tendría que echar marcha atrás en su negativa a pagar el salario del corregidor, y, en contra de lo que dice Francisco de la Caballería sufriríala residencia de sus oficios concejiles, como demuestra la secreta de 1646. No obstante, a los ojos de los villarrobletanos, la autonomía jurisdiccional conseguida era absoluta. Por eso negaron las comisiones de los alguaciles enviados para la reintegración de pósitos en 1626 o para la inspección del alfolí de la sal en 1631. Es más en una fecha ya tardía, 1672, los comisionados por el corregidor para la realización de la información secreta contra los oficios concejiles apenas si permanecían en la villa. Ya en 1671 el Consejo advertía la brevedad con que despachó en Villarrobledo el escribano que fue a hacer la secreta en la residencia.
Es comprensible que esa idea de orgullo de pertenencia al Marquesado no se diera con el corregimiento. Cien años después, en 1768, los escribanos tenían dificultades para diferenciar los pueblos pertenecientes al corregimiento de los integrados en la subdelegación de rentas de San Clemente. Felipe Parreño, escribano de comisiones y órdenes se veía obligado a recordar: ...que la dicha villa de Villarrobledo paga salario a este corregimiento y vara por ser villa dél y con la regalía de alzadas y residencias, y no por el partido, que notoriamente lo es de la ciudad de Alcaraz y una y otra de la provincia de la Mancha, y en este supuesto se le despacha por este señor corregidor y se le comunican las veredas y asumptos de tal corregidor, pero no los de la superintendencia ni subdelegación.

Fuentes:
AMSC.CORREGIMIENTO. Leg. 97/18. Comisión del alguacil Pedro López. Fraude en venta de trigo. 1606
AMSC. AYUNTAMIENTO. Leg. 30/77. Instrucción del concejo de San Clemente a Francisco Rodríguez Tudela para representación ante Consejo Real. 1613
AMSC. CORREGIMIENTO. Leg. 3/14. R. Provisión, pague Villarrobledo salario corregidor. 1611.
AMSC. CORREGIMIENTO. Leg. 93/57. Comisión para reintegración de pósitos.1626.
AMSC. CORREGIMIENTO. Leg. 147/24. Autos de la Junta de partido para la elección de capitån. 1610
AMSC.CORREGIMIENTO. Leg.146/6. Reparto de soldados de 1611

domingo, 30 de agosto de 2015

Villarrobledo y San Clemente: el enfrentamiento de 1611

Villarrobledo, antigua aldea de la tierra de Alcaraz, acabó formando  parte del Marquesado de Villena. Cuando la gobernación de lo reducido del Marquesado de Villena se divide en dos corregimientos, Villarrobledo entrará a formar parte del llamado partido de arriba o de las 17 villas. La razón la desconocemos, pero sabemos que San Clemente ese año de 1586 mandó procuradores a las villas, entre ellos Francisco Pacheco a la de Villarrobledo, en respuesta a los procuradores que Chinchilla y Albacete habían mandado con anterioridad, para garantizarse la fidelidad de las villas ante la nueva creación de los dos corregimientos.
Ambas villas, pertenecientes a obispados distintos y a tierras diferentes (Villarrobledo al obispado de Toledo y a la tierra de Alcaraz y San Clemente al obispado de Cuenca y la tierra de Alarcón), habían fijado sus términos por sentencia de 1318 y no tuvieron problemas de comunidad de pastos, aprovechamiento intercomunal de tierras o conflictos de jurisdicción como los que tuvo San Clemente con otros lugares de la tierra de Alarcón o Villarrobledo con Alcaraz, consecuencia de la pertenencia a una misma tierra.
El establecimiento de un corregidor supuso heredar las funciones del gobernador, pero la reducción del territorio conllevó un mayor control de la acción política, que debió chocar con las aspiraciones de los poderes locales por el control municipal. Para el caso de Villarrobledo, correspondía al corregidor de San Clemente la elección de los alcaldes ordinarios entre los regidores, el sometimiento de los oficios concejiles a la residencia del corregidor cada tres años y la facultad de entender en primera instancia en diversos asuntos, entre los que no faltó el control del precio del trigo y de las medidas usadas para su venta. Tal ocurrió el año  1606, cuando el corregidor envió al alguacil mayor del partido, Pedro López, a hacer los apremios y prisiones de aquellos vecinos que estaban vendiendo la fanega del trigo a más de 40 reales.
No es extraño que Villarrobledo, para librarse de la actitud intervencionista del corregidor en la vida municipal, comprara la exención de dicho corregimiento por 20000 ducados, logrando la confirmación de sus privilegios y de la primera instancia en carta de 15 de diciembre de 1610.
Esta primera segregación del corregimiento, entiéndase la autonomía judicial que se logró de la primera instancia, contó tanto con la oposición del corregidor como de la villa de San Clemente. El corregidor mandó a Villarrobledo al alcalde mayor del partido, Diego Vázquez, acompañado de los tres alguaciles que tenía el partido para impedir que Matías Cruzado, alcalde mayor del partido de Chinchilla y comisionado por el Consejo Real, hiciese efectivo el cumplimiento del privilegio de primera instancia concedido un mes antes a Villarrobledo. La respuesta  de la justicia ordinaria de Villarrobledo fue enérgica. El apresamiento del alcalde mayor y alguaciles enviados por el corregidor. Se tuvo que emitir por el Consejo Real una provisión real, requiriendo a la justicia de Villarrobledo para que soltara a los presos, ante lo cual dicha justicia y el alcalde mayor de Chinchilla prefirieran encerrarse en la casa del vecino Diego Muñoz de la Calera y evitar con ello que se les requiriera con dicha real provisión y tenerla que obedecer y cumplir, aconsejando de voz de uno de los encerrados, el capitán Francisco Montoya, al escribano que trataba de notificar la real provisión: que se fuese con Dios, que sería mejor para él.
Pero no sólo el corregidor se opuso a dicha exención del corregimiento, el propio concejo de San Clemente se personó contra la villa de Villarrobledo ante el Consejo Real. En dicho pleito, hoy desaparecido, y del que sólo tenemos noticias  a través de la correspondencia del solicitador de pleitos de la villa de San Clemente, Francisco Rodríguez de Tudela, había algo más que una motivación sobre el orgullo de la preeminencia de una villa sobre otra, pues parece que San Clemente, a través del corregidor, había conseguido una intervención judicial para garantizar la compra de trigo a unos precios tasados y sin engaño en las medidas. Trigo muy necesario a una villa como San Clemente que basaba su producción agraria en el cultivo de viñas.
El pleito por la primera instancia pronto se amplió a un viejo tema, el de los pesos y medidas, que ya había surgido en 1580, al tener la tierra de Alcaraz, de la que formaba parte Villarrobledo, medidas diferentes al resto del Marquesado de Villena. Los sanclementinos se quejarán de que la villa de Villarrobledo tiene e usa e a usado de una media fanega con que se mide el trigo que es pequeña e falta e no corresponde con el patrón de Abila... porque se a visto y averiguado e liquidado que en treinta fanegas falta una, de lo que es notable daño a todo el Reino por ser la dicha villa donde su trato es la venta de trigo e particularmente a esta villa le resulta e a resultado notable daño, porque como circunvecina a acudido y les fuerza acudir a la dicha villa a lo comprar.

La lucha por la primera instancia. El caso de Barchín de Hoyo

El reconocimiento  de la primera instancia de los alcaldes ordinarios de las villas para librarse de la actitud intervencionista del corregidor sería una constante en el corregimiento de San Clemente o de las 17 villas. La conquista de Villarrobledo de un privilegio de primera instancia, confirmado el 15 de diciembre de 1610, después de ser comprado por 20000 ducados y un costoso pleito, que el padre Caballería situaría como causa de la decadencia de esta villa, sería el primer y caso más llamativo.
Barchín del Hoyo conseguirían la confirmación del privilegio de primera instancia en 1633, que en su estructura debió copiar otros anteriores, como el desaparecido de Villarrobledo.
Vemos una limitación de las competencias del corregidor en favor de la primera instancia privativa de los alcaldes ordinarios.

  • Se negó al corregidor el entendimiento de cualquier pleito en primera instancia: ...que el corregidor que es o fuere del partido de San Clemente no le tenga ni le quede para siempre jamás jurisdizión alguna en la villa ni sus términos en primera instancia, a prevención ni en otra manera alguna
  • Limitación de las competencias del corregidor en los juicios de residencia: El corregidor que es o fuere del dicho partido por su persona, sin lo cometer a otra, pueda de tres en tres años ir a visitar la dicha villa y tomar residencia a los oficiales, que hubieran sido del concejo, ecepto a los alcaldes y oficiales que actualmente lo fueren, y a tomar cuentas propios, pósitos, millones, sisas y repartimientos, en lo cual se pueda ocupar tan solamente diez días continuos... Y que los pleytos que causaren los dichos corregidores en los dichos diez días en la residencia y cuentas y lo demás tocante a la dicha visita de que se a de conozer, no los acabando dentro de ellos de quedar su conocimiento en los alcaldes ordinarios para que los fenezcan y determinen... No hayan de poder llebar, ni meter en la dicha villa escribano de la de San Clemente ni de otra parte.
  • Reconocimiento del derecho de apelación al corregidor, pero sometido a la libre voluntad de los apelantes: y por escusar los gastos que la vecinos de ellos podrían tener en seguir sus apelaziones en nuestros consejos, Chancillería a de quedar y quede la apelazión para ante los corregidores y alcaldes mayores del dicho partido, los quáles en dicho grado puedan conosçer de cualesquier causa que ante ellos se llebaren sin que se apremie a los apelantes a que hayan de apremiar ellos,porque esto a de quedar a su libre voluntad y no queriendo puedan apelar o mismo medio para nuestros consejos y Chancillería. Y que siendo las apelaziones para ante el dicho corregidor y alcalde mayor de sentencia definitiva los  prozesos originales ayan de quedar ante el escrivano o escribanos ante quien hubieran pasado en la dicha villa y sólo se llebe traslados de ellos ante el dicho corregidor o su alcalde mayor si la apelazión fuere de auto interlocutor lo, aunque tenga daño irreparable, los prozesos que hayan de llebar originales ante la dicha justizia mayor, y habiendo probeído a ellos se buelban a los escribanos de la dicha villa
  • Exclusión de los pósitos de las competencias del corregidor: ... Y el dicho correxidor o su alcalde mayor no puedan embiar de oficio ni a pedimento de parte ni por denunciación ni en otra manera ejecutor ni alguacil a la cobranza del trigo y dineros que se debieren a los pósitos de la dicha villa.
Privilegios de primera instancia serían conseguido por la mayoría de las 17 villas del corregimiento, a ello se unía la venta de vasallos a jurisdicción señorial, caso de Villar de Cantos y Vara del rey, vendidas en 1626 a los Ortega. Según testimonio de Antonio Martínez, escribano de comisiones y órdenes del partido de San Clemente, en el año 1672, sólo Las Mesas, El Cañavate, Montilla e Iniesta (por quien había intercedido San Clemente en 1648 para no pasar a jurisdicción de los Medinasidonia) no estaban eximidas del corregimiento.
FUENTES:
  • AMSC. CORREGIMIENTO. Leg. 39/28. Privilegio de primera instancia de Barchín del Hoyo. Año 1633
  • Hay privilegios y confirmaciones de la primera instancia de Cañavate, 1573 a 1679, Las Pedroñeras, 1630, Quintana del Rey, 1622, Barchín del Hoyo, 1633, Vara del Rey, 1633, Casasimarro, 1653, San Clemente, 1549 a 1604, en AMSC.CORREGIMIENTO. Leg. 39/25-37
  • AHN.CONSEJOS. Leg. 32663. Relación dada por el escribano Antonio Martínez en la toma de residencia del corregidor Luis de Maraver y Alvarado. Año 1672. Para ese año ya habían conseguido el título de villas, La Puebla de San Salvador, Madrigueras, Villa García, Casasimarro y Sisante; Santa María del Campo, tras un corto período como villa de realengo había pasado a jurisdicción señorial de nuevo en 1607, e Iniesta contará con corregimiento propio desde 1674

El pleito de la escribanía de provincia del Marquesado de Villena (II)

Las villas hicieron contradicción de la creación de la escribanía de provincia, aunque divididas en dos grupos: las que se oponían frontalmente al establecimiento de un escribano de provincia y las que transaccionalmente admitían un escribano ante quien pasaran las apelaciones; tal es el caso de Villarrobledo, que expuso sus opiniones de la voz del regidor Francisco López Funes. Sus razones son un ejemplo de la tenacidad de las villas en defensa de la jurisdicción:

  • Defensa de los privilegios de los propios: no es menester que lo aya, porque antes sería grande ynconveniente e perdiçión de las villas e veçinos deste Marquesado...por rrazón que tienen merçed de su magestad e de los rreyes pasados de las escrivanías de las dichas villas, e que se perderían alguna parte de la rrenta e propios de las villas, especialmente la dicha villa de Villarrobledo, que casi no tiene propios.
  • Defensa de la jurisdicción de sus alcaldes: sería molestia yr fuera de sus villas e pleytear a otras villas que se seguiría grande perjuyçyo a sus libertades e costas de los veçinos e sería quitarles la jurisdiçión a los dichos alcaldes ordinarios de las dichas villas el llevándose los procesos el tal escrivano.
  • Actitud transaccional en las apelaciones: no sería muy grande ynconveniente
  • Oposición a que dicho escribano conozca de las residencias: este testigo muy bien a visto a executar justiçia con los dichos escribanos de las villas a los gobernadores e alcaldes mayores que lo an querido hazer e que no a visto falta ninguna.
El Consejo Real optó en un principio por esta fórmula de Villarrobledo en 1550, admitiendo un escribano de provincia ante quien pasaran las apelaciones e rreçiua las quejas e primeras informaciones de delictos para prender los culpados e los mandamientos de cautura e presos los dichos delincuentes se rremitan a los escribanos de los pueblos ante quien devan pasar. Protestado este auto por algunas villas, ganarían ejecutoria en 1555 para la eliminación del escribano de provincia.
Es de suponer que los conflictos no acabarían aquí, pues tenemos constancia que diez años después se establece un escribano de comisiones, ante quien pasasen las comisiones y órdenes encomendadas al gobernador por los Consejos y a finales de siglo, en los años 1587 y 1588, ya dividido en dos corregimientos la gobernación, las villas conseguirían eliminar el nombramiento de un escribano de apelaciones en la persona de Francisco Rodríguez de Garnica.

FUENTES:
  • Archivo Municipal de San Clemente (AMSC). AYUNTAMIENTO. Leg. 2/10. Ejecutoria conteniendo los autos sobre el pleito de la escribanía de provincia, inserta en el Privilegio de confirmación de escribanías, caballería de sierra y borra de la villa de San Clemente. Año 1598
  • AMSC. CORREGIMIENTO. Leg. 93/45-47. Correspondencia sobre el pleito de la escribanía de comisiones. Años 1567-1568.