El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

Imagen del poder municipal
EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

sábado, 16 de abril de 2016

Los Araque y sus relaciones familiares con los Buedo

Hernando de Araque y Violante de Montoya
  -Hernando de Montoya Araque vivió en San Clemente y casó con doña María Muñoz de los Ángeles, sacó ejecutoria en posesión y propiedad
         -1. Fernando de Araque casó en San Clemente con doña Catalina de Montoya
                 -Don Fernando de Araque Montoya casó con su prima hermana María
                      -Don Fernando, Alonso, Juan, Juana, Ana, María
         -2. Alonso de Araque casó en San Clemente con doña Juana de Buedo, hija del capitán Martín de Buedo, tesorero de Su Majestad en el partido de San Clemente
                 -Doña María de Araque
         -3. Pedro de Araque casó en el Castillo con doña Ginés de Liébana, hija de Juan de Liébana, sin sucesión
         -4. Licenciado Juan de Araque, abogado, casó en San Clemente con Inés de Buedo, hermana de su cuñada
                 -Don Juan de Araque caso en Albacete con doña Catalina de Resa, sin sucesión
                 -María de Araque casó en el Castillo con Pedro de Araque
         -5. Francisco de Araque, clérigo
         -6. Doña Violante y doña Ana, monjas franciscas.




Real Academia de la Historia — Signatura: 9/304, fº 234. — Signatura antigua: D-29, fº 234. Tabla genealógica de la familia de Araque, vecina de San Clemente (Cuenca). [Manuscrito]
        

viernes, 15 de abril de 2016

Genealogía de los Piquinoti y alianza matrimonial con los Origüela de San Clemente

Andrea Piquinoti casó con Isabel Pinelo

     -Benito Piquinoti Pinelo casó con María hija de Francisco el Negro y de Batina Spínola

          -Francisco María Piquinoti caballero de Calatrava casó con Antonia González Galindo y Origüela natural de San Clemente, hija de Pedro González Galindo y Origüela, tesorero del Supremo Consejo de la Inquisición, y de doña María de Tébar Aldave y Origüela, natural de San Clemente (en realidad, nació en Lima en 1586)

                -Don Benito Galindo Piquinoti, conde de Villaleal, caballero de Alcántara, 1635, casó con doña María Gerónima de Sada, hija de don Adrián de Sada y Azcona, caballero de Calatrava, del Consejo de Hacienda, y de doña Francisca Antonia de Marzana y Alvez, señora de la casa de Marzana


Real Academia de la Historia — Signatura: 9/309, fº 208. — Signatura antigua: D-34, fº 208. Tabla genealógica de la familia Piquinoti, vecina de Génova (Italia). [Manuscrito]

miércoles, 13 de abril de 2016

Pedro de Oma Arteaga

Don Pedro de Oma vecino y originario de la villa de San Clemente, casado con Doña María Conexero y Noguerol, natural de la ziudad de Cuenca.

Padres del dicho Don Pedro de Oma: Don Antonio de Oma Zapata, natural de la villa de San Clemente, y Doña Madalena Zaluid, natural de la villa de Alarcón.

Abuelos paternos de Don Pedro de Oma: Don Martín de Oma y Doña Juana de la Fuente, naturales y vecinos de San Clemente.

Abuelos maternos del dicho Don Pedro: Domingo de Zaluid y Doña Ana de Valderrama, vecinos y naturales de la villa de Alarcón.

Padres de la dicha Doña María Conexero y Noguerol. Eugenio Conexero y Doña Ana Noguerol, vecinos y naturales de la ziudad de Cuenca.

Abuelos paternos de la dicha doña Maria: Paulo Eugenio Conexero y Theresa de Pedraza, vezinos y naturales de la ziudad de Cuenca

Actos positivos por parte de Antonio de Oma, padre del dicho Don Pedro, familiar del Santo Oficio. Don Gaspar de Garnica, prior y canónigo de Santiago de Galicia, consultor de la Suprema, y Doña María de Mendoza, mujer del marqués de Agrópoli, familiar del Santo Oficio y Caballero de la Orden de Alcántara, sobrina del dicho Don Gaspar, hija de una hermana suia, y el dicho prior es primo segundo del dicho Don Pedro por el apellido de Oma y asimismo son de una sangre de abuelos abajo por el apellido de Valderrama y Granero con dicha doña Madalena Çaluid, madre del pretendiente, y en todos los apellidos con dicha doña Madalena. Doña Mariana de Valençuela, mujer de Don Alonso de Valençuela, familiar del Santo Oficio, prima hermana del pretendiente por las madres y por parte de Doña Juana de la Fuente, abuela paterna del dicho pretendiente


Real Academia de la Historia — Signatura: 9/327, fº 209 v. a 212. Signatura antigua: D-53, fº 209 v. a 212.  Certificación de la genealogía y extracto de pruebas de Pedro de Oma, vecino y originario de San Clemente (Cuenca), y de doña María Conejero Noguerol, su mujer, presentadas por el nombramiento de aquél de familiar del Santo Oficio. [Manuscrito]



Pedro de Oma y Loiola casó con Juana de Valderrama Granero de Heredia

    -Doña María de Oma casó con Fortún de Garnica Chavarri, veedor general de la escuadra de Guipúzcoa
             -Doña Juana de Garnica casó con don Fernando de Avilés de San Clemente
                           -Doña María de Garnica y Avilés casó con don Jorge de Mendoza, marqués                         Agrípoli
                                     
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Don Pedro de Oma Arteaga, familiar del Santo Oficio y regidor de San Clemente casó con doña María e Pedraza
     -Don Eugenio de Oma, cauallero de Santiago, rexidor y natural de San Clemente, casó con doña Ana Antonia de Haro y Buedo, natural de Bara de Rey
     -Don Antonio de Oma, cauallero de San Juan, dejó el áuito y casó con....
              -Don Pedro Manuel de Oma casado con doña Josepha López de Haro



Real Academia de la Historia — Signatura: 9/309, fº 63 v. — Signatura antigua: D-34, fº 63 v. Tabla genealógica de la familia de Oma, vecina de San Clemente (Cuenca). [Manuscrito]

martes, 12 de abril de 2016

Las fiestas del Corpus en San Clemente (1637)

Cuando Astudillo Villamediana regala en 1637 al pueblo de San Clemente unas fiestas del Santísimo Sacramento inigualables, su objetivo debió ser superar aquellas que organizó Don Rodrigo de Ortega nueve años antes. En esos años veinte, en que desaparece el alférez mayor Juan Pacheco de Guzmán, Astudillo padre es un anciano que parece retraído de la actividad pública y su hijo se está formando en Salamanca, se produce el encumbramiento y la eclosión de los Ortega. Las fiestas del Corpus de junio de 1628, sucedían a la que el joven Juan Pacheco de Guzmán había preparado el año antes; Don Rodrigo de Ortega no tuvo reparo en aportar de su bolsillo 2.400 reales para el pago de procesiones y gastos de la representación de dos comedias, una de ellas, un panegírico monárquico sobre "La benida del inglés sobre Cádiz", que aludía a la expedición de un despechado Carlos I por los amores frustrados con la hermana de Felipe IV.

Aquí reproducimos las rimas que le dedicó Juan Antonio de la Peña, poeta, además de abogado de los Reales Consejos, y amigo personal de Lope de Vega. Los versos los encargó Francisco de Astudillo Villamediana en 1637; año en que como Mayordomo del Santísimo Sacramento le correspondió organizar las fiestas. Creemos que su lectura nos da un fiel reflejo de lo que eran aquellas fiestas de la octava del Corpus aquel año de 1637.



                                                                       ****

Relación de las grandiosas fiestas y octaua que hizo al Santíssimo Sacramento en la villa de San Clemente en la Mancha don Francisco de Astudillo y Villamediana, mayordomo del Santísimo Sacramento

Compuesta por el doctor Juan Antonio de la Peña, Abogado de los Reales Consejos

Impressa en Madrid
Año MDCXXXVII


Pues no te hallaste en la villa
escúchame un rato Menga,
que está la musa de gorja,
y he de contarte la fiesta.
Ya sabes que en San Clemente
al Pan, y Vino festejan,
como en el Vino, y el Pan
tienen su mayor riqueza.
Porque en una viña sola,
que es figura de la Iglesia
todo el nombre de Iesús
ha situado sus rentas.
Y en las fértiles espigas
después que Dios viue en ellas
depuró roca la Mancha
es ya divina limpieza.
Porque en tierra de María
nacen las espigas vellas,
sin maldición de la mancha,
porque es bendita tierra.
Anda el trigo de balde,
que ya por las calles rueda,
aunque nunca falta un Iudas
que quiere venderlo a treynta.
Más a doze fue la tassa,
y a doze se dio en la mesa
tan de balde, que aunque a doze
de gracia todos le lleuan.
A este Pan Dios soberano,
y manjar de vida eterna
un Otauario consagran
con afecto y reuerencia.
Don Francisco de Astudillo
tomó solo por su cuenta
ser mayordomo del Pan,
a quien el Ángel respeta.
Como era Vilamedrana
Halló tan crecidas medras,
que en seruir el Pan del cielo
le ha eternizado en la tierra.
Y uuo por su compañero
al cuidado, y diligencia
del grande don Juan Rosillo
que a todo cuydado alienta.
Va de fiesta, y va de adorno,
y comienço por la Iglesia,
porque en las bodas de Dios,
por la Esposa se comiença.
Estaua toda colgada
de brocados y de telas
encarnadas, por ser día
que da Dios su carne mesma.
Las colunas, y pilares
con mucha magnificencia
de armas, y de reposteros,
que a Dios postran su nobleza.
El altar lleno de luzes,
dixe mal, lleno de Estrellas
que dar luz el Sol presente
toca a más diuina Esfera.
Hizose un alto peñasco
que como Dios es la Piedra
estableció deuociones
del peñasco en la firmeza.
Si ya no afirmo que ha sido
aquesta diuina Piedra
la Piedra de Moisén
con aguas de vida eterna.
Aquí si que por amor
boluió Christo en pan las piedras
pues estaua el Sacramento
cubierto esta vez con ellas.
Los Ángeles assistían
cada qual con una vela,
que en los desuelos de Dios
hasta los Ángeles tiemblan.
Subía por el peñasco
con artificio y destreza
aquel Sol Sacramentado
hasta la cumbre suprema.
Allí se miraua fijo
en su amor, que era su Esfera,
que no ay más cielo que el mismo
quando haze tales finezas,
Cubriale un pabellón
todo de sonoras lenguas,
porque en cada campanilla
publicassen su grandeza,
Una misteriosa nube
ocultaua la presencia
de aquel soberano Sol,
Luz y Vida de la tierra.
Y al tiempo de encubrirse
estaua de tal manera,
que en manos del Sacerdote
siendo Ocaso su obediencia
Cubría sus bellos rayos
dexando a las almas tiernas
engendrar perlas de amor
en el Nácar de su ausencia.
La música destos días
fue tan acorde, que apenas
de Militante a Triunfante
se hallaua la diferencia.
A fray Iacinto Ferrer
se le encomendó la fiesta
y el solo Fénix de España
la tomó todo a su cuenta.
Unidos los instrumentos
y las vozes tan perfectas,
que solo de Contrabajo
tuuieron no ser eternas.
Hubo muchos villancicos
no te los alabo Menga,
que un rústico como yo
mal puede hazer buenas letras.
Todas las tardes auía
mucha música en las Siestas,
los sermones fueron doctos,
y en la misma competencia
Tan iguales como suelen
del órgano estar las teclas,
porque en la diuersidad
se vinieron de tal manera,
que sus elogios hallaron
en la misma diferencia
hizieron dos procesiones
y a fe que pudieron verlas
los Consejos de la Corte
y de Toledo la Iglesia,
mucha Cruz, mucho pendón,
mucha gala, y mucha cera,
Que en día de Pan y Vino
qualquier Cofrade le alienta
muchos ramos por las calles,
mucha juncia por la tierra.
Y entre muchas colgaduras
mil animadas bellezas:
huuo diferentes danças,
y no faltó la de cuenta
por ver que la toma Dios
de quien le come sin ella.
Gitanas que en sus mudanças
milagrosamente ostentan
Que este Pan es de Ioseph,
y en Egipto le respetan,
huuo también Gigantones
porque sin estos no ay fiesta,
Tarasca no huuo ninguna
más si tu vinieras Menga,
con la sierpe en tus celos
muy buena Tarasca fueras.
Huuo a trechos sus Altares
con flores, y con riquezas,
que como el Pan es de flores
no ay Altar que esté sin ellas.
Lo más noble de la villa,
al amante Dios corteja
que va debaxo de un Palio
mostrando que en todos reyna.
Iba su Real Magestad
disfrazado de blanca tela,
aunque quanto más se encubre
a todos le manifiesta.
Sintió nueuos accidentes
por el alma, a quien festeja,
y como a enfermo de amor
agenos ombros le lleuan.
Como vi la Clerecía,
dixe, la Iglesia de Cuenca
por San Clemente ha dexado
a San Iulián en sus cestas.
Que te diré de los fuegos
que voto al Sol que pudieran
en cometas de artificio
imitar fijas Estrellas.
Giraldulas, voladores,
y los buscapiés que alegran
a los muchachos, porque
se huelgan quando se inquietan
Saluages encohetados,
que unos con otros pelean,
y haciendo juego del fuego
con lo que se quema juegan.
Estos peleauan con sierpes,
y huuo voto que pudieran
 a ser hiernos escusar
las serpientes con las suegras.
Imitando al Mongibelo
al Monte Besubio o Ethna,
un artificial Bolean
estaua dentro una Peña
Abrióla por medio un rayo
y al punto salieron della
dos gigantes con sus maças,
y aún con sus monas pudieran.
Luego aquel preñado monte
abortó mil diferencias
de animales encohetados
que alborotaron la tierra.
Viose en medio un árbol grande
que sin duda representa
el árbol del padre Adán
pues estaua con culebra.
Este en gomas derretidas
que nunca fueron Sabeas
casi hasta el Alua duró
dando al rozío en centellas:
Fueron los toros muy brauos;
y las suertes muy diuersas,
que hasta la misma desgracia
suele ser suerte tenerla.
Don Francisco de Astudillo
mostró su brío y destreza,
más no se le atreue el bruto,
porque su valor respeta.
Don Tomás de Melgarejo
hizo muchas suertes buenas
quebrando el corto rejón
en la bien lunada testa,
Todos lleuaron el vítor,
pero la magnificencia
de don Francisco lleuó
aplausos que le celebran,
Por cortés, por liberal,
por sangre, por ascendencia;
por calle, por vizarría,
por despejo, por destreza,
Por bienquisto, por amable,
y lo que es más, porque muestra
al diuino Sacramento,
su deuoción, sus fineças,
Su Religión, sus afectos,
su viua Fe, su asistencia,
con que sublima su Nombre,
y haze su Alabanza eterna.

FIN



BIBLIOTECA A CORUÑA. FONDO FOTOGRÁFICO DONADO POR MARÍA CRUZ GARCIA DE ENTERRIA AL GRUPO SIELAE. Sign.: BML-CR4-010 (Antigua: GE/9.4/20)

lunes, 11 de abril de 2016

Título de familiar del Santo Oficio de la Inquisición (Villanueva de la Jara, 1561)

Presentamos el título de familiar del Santo Oficio, expedido el año 1561 por los Inquisidores de Cuenca, a favor de Ginés Rubio, vecino de Villanueva de la Jara


Nos los Ynquisidores contra la herética prabedad e apostasía en las çiudades e obispados de Cuenca e Sigüença e su partido por la auctoridad apostólica ecétera, haçemos saber a bos el magnífico gobernador del marquesado de Villena e a vuestro lugarteniente e a vuestros alguaziles mayores e menores e ansimismo a los honrrados alcaldes hordinarios e conçejo e rregimiento e alguaziles mayores e menores de la villa de Villanueva de la Xara gobernaçión del marquesado de Villena ansí a los que agora son como a los que serán de aquí adelante e ansimismo a todas las otras justiçias e juezes e conçejos e rregimientos de todas las otras çibdades, villas e lugares de todo nuestro distrito e jurisdicción como Ginés Rubio vezino de la dicha villa de Villanueva de la Xara es familiar e allegado de este Santo Ofiçio de la Ynquisiçión e por tal está nombrado y elegido por nos para el serviçio del dicho Santo Ofiçio e cosas dél. Por ende bos rrogamos y encargamos que por tal familiar e allegado deste Santo Ofiçio le tengáis e tratéis y en todas las causas criminales que al dicho Ginés Rubio tocaren e delitos que cometiere e se le imputaren no bos entremetáis a conosçer ni conozcáis dellos e los rremitáis ante nos como juezes competentes que somos de los tales familiares en los casos exçetados por la probisión rreal que açerca de los dichos familiares del dicho Santo Ofiçio fue dada e conçedida por el rrey nuestro señor y en todo ello guardéis e cumpláis e hagáis guardar e cumplir la forma e horden contenida en la dicha probisión según e como por ella se manda e le dexéis traher libremente todas e qualesquier armas ansí ofensibas como defensibas de noche e de día en todo tiempo e lugar e que por bos ni alguno de bos ni por buestro mandado no le sean tomadas e le guardéis e hagáis guardar todas las otras franquezas y libertades y exenciones que a los tales familiares del Santo Ofiçio se guardan e acostumbran guardar e sobre ello ni sobre cosa alguna ni parte dello no consintáis no déis lugar e manera alguna que le sea puesto embargo ni ympedimento alguno antes sea de bos e de cada uno de bos bien trazado e faboresçido porque ansí cumple a el serbiçio de Dios Nuestro Señor e al bien del dicho Santo Ofiçio e siendo nesçesario bos lo exhortamos e rrequerimos y en virtud de santa obediençia e so pena de execuçión mayor e de beynte mill maravedís para los gastos extrahordinarios del dicho Santo Ofiçio mandamos que así lo hagáis e cumpláis e hagáis guardar e cumplir sin poner en ello escusa ni dilación alguna en los quales bos condenamos e abemos por condenados lo contrario haciendo e demás desto proçederemos contra bos como hallaremos por derecho, dada en la çibdad de Cuenca a diez e nuebe días del mes de jullio de mill e quinientos e sesenta e uno años. El doctor Juan de Ayora, el liçençiado Camino, por los señores ynquisidores Lorençio Garçía esciuano.


Juan Rubio se presentaría ante las justicias y regidores del ayuntamiento de Villanueva de la Jara con su título de familiar para ser aceptado como tal y ser asentado en el libro de acuerdos del ayuntamiento el 30 de noviembre de 1561. El escribano de la villa Pedro de Monteagudo le daría testimonio


Archivo Histórico Nacional, INQUISICIÓN, 1923, Exp. 8. Proceso criminal de Ginés Rubio, 1577-1579

Convocatoria de una Junta General del Marquesado de Villena (1473)

Las Juntas Generales del Marquesado de Villena, asambleas de las ciudades y villas del Marquesado, a las que enviaban dos procuradores, se han presentado por la historiografía albaceteña como ejemplo de autogobierno y libertades y origen de una identidad albaceteña diferenciada de la identidad murciana. Desgraciadamente esta historiografía siempre suele echar en olvido la parte alta del Marquesado, correspondiente al sur de la provincia de Cuenca. Y es que el Marquesado era una entidad que transcendía los límites provinciales de los obispados. Aunque fueron perdiendo el relieve y el protagonismo medieval, todavía serían convocadas durante el siglo XVI, adquiriendo cierto protagonismo durante la rebelión de las Alpujarras. Todavía en 1610, con motivo de la elección de capitán de milicias, las diecisiete villas del corregimiento de San Clemente se reunirán en esta población para dicha elección, enviando cada una de ellas dos procuradores. Ocho años después la elección de capitanes de milicias (más propiamente elección de una terna a proponer al Consejo de Guerra) era un derecho que se había arrogado las villas.

Las Juntas del Marquesado se solían reunir para dirimir diversos asuntos, entre los que destacaban las aportaciones militares, en una aldea de Chinchilla, llamada Corral Rubio, aunque no faltaron otros lugares de reunión. Traemos a colación la convocatoria de una de estas reuniones en época de don Juan Pacheco, I Marqués de Villena. Se adjunta también una distribución de gastos que nos puede valer como referencia de la importancia de las diversas villas y su peso en el conjunto del Marquesado (estos datos creemos que son de 1490)


Yo el liçençiado Fernando Días del Castillo oydor del abdiençia del rrey nuestro señor e del consejo del señor marqués teniente lugar de justicia mayor por el muy virtuoso e noble cauallero Johan de Haro capitán e justiçia mayor en todo el marquesado de Villena, fago saber a vos los alcaldes de la villa de Yecla que por alguns cosas muy conplideras a seruiçio de Dios y del marqués mi señor e al pro e bien común de todas las villas e logares del dicho marquesado que los procuradores de la çibdad de Chinchilla e de todas las villas e logares del dicho marquesado vengan al logar de Corral Ruuio para el lunes primero que viene que se contarán veynte e dos dyas del mes de março para que allí venidos todos juntamente entendamos en lo que cunple al pro e bien de todo el dicho marquesado e vesinos e moradores dél, por ende por la presente vos mando que juntades a conçejo e diputedes e señaledes vuestros mensajeros segund que lo soléys e acostunbrades faser para otras juntas generales personas idóneas e pertenesçientes para entender en lo que cunple a esa dicha villa e vecinos e moradores della e otrosy mandad faser pregón general que cauallero de los de primera ? desa villa no salgan fuera de la dicha villa a dormir syn liçençia e espeçial cuidado del marqués mi señor e del señor Juan de Haro syn dexar las armas e cauallo e persona que sirua en su logar ydonea e pertenesçiente so pena de diez mill maravedís para la cámara del marqués mi señor e la persona a su merçed e tomóse testimonio cómo se pregona e non fagades ende al vos los dichos alcaldes so la dicha pena e las personas que asy fueren nonbradas para lo susodicho e so pena de perdimiento de todos sus bienes; fecho en la villa de Hellín xvii días de março (firmas)

Señores alcaldes yo vos enbío un mandamiento para que se faga juntamiento de los procuradores desa villa e de los otras villas e logares del marquesado en el logar de Corral Ruuio donde se suele e acostunbra faser junta general e porque cunple mucho a seruiçio del marqués mi señor e al pro e bien de toda la tierra, que esto se faga con grand diligençia yo les rruego e pido de especial graçia que en esa villa luego sean diputadas personas onbres honrrados que entiendan en lo que cunple a esto para que vengan allí e se faga lo que fuere seruiçio de dios e del marqués mi señor e del pro e bien de todos nosotros e porque yo he enviado desde acá a otras partes e logares otros mandamientos para que luego vengan de cada uno de los lugares e villas deste marquesado a faser esto e ove de enbiar muchos peones desde aquí yo vos rruego que pongáis grand diligençia como estas cartas e mandamientos son lleuadas a la villa de Jumilla e a las otras partes do uan ca se les a pagado el trabajo que en esto pusiere e no se faga otra cosa porque la culpa e cargo será dada a vosotros, nuestro señor vos aya en su guarda, de Hellín a xvii de março de lxxiii años

(al dorso) escrituras antiguas sobre las juntas que en el marquesado se suelen e acostunbran hazer  que paresçe en ellas hazer mención del maestre don Juan Pacheco, marqués de Villena


Chinchilla     cxc
Aluaçete        cl
Villena          xciii
Yecla            xlv
Sax               xviii
Hellín           cv
Touarra        xxxii
Ves               xviii
Yniesta         lxxv
El Peral       xxviii
La Motilla   l
Villanueva   cxx
Barchín        xxii
El Alverca    vi
Cañavate      xxviii
Pedernoso    x
Pedroñeras  xxviii
Villarrobledo   xciii
Las Mesas    xxviii
Sant Clemeynte   cliiii
La Robda     xxx
Almansa      lxxvii

llevan del año de noventa


ARCHIVO MUNICIPAL DE YECLA (AMYE). 2.2/II. Carta de Fernando Díaz del Castillo, alcalde mayor del marquesado, ordenando la elección de/ procuradores para las Juntas de Corral Rubio convocadas para el 22 de marzo de 1473

domingo, 10 de abril de 2016

Las tercias reales de Motilla de Palancar y Germana de Foix

Germana de Foix, viuda de Fernando el Católico y lugarteniente general del Reino de Valencia , tenía su salario y ayuda de costas situado sobre las tercias de Motilla de Palancar y Chinchilla. Cuando muere en 1538 las libranzas se seguirán pagando, hasta el año 1543, en que teniendo constancia de la muerte de la reina las autoridades locales de Motilla, representadas por el alcalde ordinario Pedro García de Bonilla, retendrán en depósito la cantidad de 37. 780 maravedíes. Se constituirá en depositario el receptor en Motilla de las tercias Antón López Moreno



Don Carlos por la divina clemençia emperador Semper augusto, rrey de Alemania, doña Juana su madre y el mismo don Carlos por la gracia de Dios, rreyes de Castilla... a vos Ginés López del Castillo, vezino de la ciudad de Chinchilla e a vos Antón López Moreno, vezino de la villa de la Motilla (del Palancar); salud e graçia bien sabeys como Sebastián de Alcaraz, vezino de la çiudad de  Toledo, fue nuestro arrendador mayor de las terçias del marquesado de Villena los años mill e quinientos e quarenta e mill e quinientos quarenta e uno e mill e quinientos y quarenta e dos y nos ovimos mandado dar e dimos una nuestra carta de libramiento sellada con nuestro sello e librada de los nuestros contadores mayores por la qual libramos a la serenísima rreyna doña Germana, nuestro lugarteniente en el rreyno de Valencia, quinientos mill maravedís en el dicho cargo del dicho Sebastián de Alcaraz del dicho año de quinientos e quarenta y dos en quenta de treinta e dos mill ducados que ovo de aver la dicha serenísima rreyna Germana en esta manera los veynte y un mill ducados dellos de su salario y ayuda de costa que en el dicho cargo tuvo desde veynte y siete días del mes de noviembre de mill e quinientos y veynte y seis años fasta veynte y siete de noviembre de mill e quinientos e treynta e tres años que son siete años y los honze mill ducados rrestantes del sueldo de la gente de guarda de pie y de cavallo que consigo tuvo los dichos años, e después desto nos mandamos dar e dimos otra nuestra carta sellada con nuestro sello e librada de los nuestros contadores mayores de quentas por la qual enviamos mandar al dicho Sebastián de Alcaraz viniese o enviase ante ellos a les dar quenta y rrazón del dicho su cargo y en cumplimiento de la dicha nuestra carta pareçió Diego López de Toledo en nombre del dicho Sebastián de Alcaraz a dar la dicha quenta e la dio e por los dichos nuestros contadores mayores de quentas le fue tomada por la dicha qual quenta pareçió que por virtud de la dicha nuestra carta de libramiento dio pago a Diego de Ribera trezientos e diez mill y ochenta e siete maravedís los quales rresçibió por poderes que mostró de los testamentarios de la dicha serenísima rreyna Germana y según pareçe por testimonios signados de los escriuanos públicos que están en los libros de las nuestras quentas el dicho Diego López en nombre del dicho Sebastián Alcaraz depositó en vosotros la rresta de los quinientos mill maravedís para acabar de pagar la dicha librança en esta manera los çiento e çinquenta e dos mill e çiento e veynte e tres maravedís en vos Ginés López del Castillo e los treynta e siete mill y seteçientos y ochenta maravedís en vos el dicho Antón López Moreno que son las dichas quinienta mill maravedís contenidas en el dicho nuestro libramiento con lo quel dicho Diego de Ribera rreçibió e agora por parte de los testamentarios de la dicha serenísima rreyna Germana nos fue suplicado e pedido por merçed les mandásemos dar nuestra carta para vosostros por la qual vos mandásemos le diésedes e pagasedes los dichos maravedís quansy en vuestro poder están depositados para les acabar de pagar la dicha librança que de suso se haze mençión lo qual visto por los dichos nuestros contadores mayores de quentas e como por los dichos testimonios signados de escriuanos públicos pareçe que tenéys en vuestro poder depositados los dichos maravedís para la dicha paga fue acordado que devíamos mandar esta nuestra carta para vostros en la dicha rrazón e nos tovimoslo por bien por la qual vos mandamos a vosotros y a cada uno de vos que rrecudades y fagades rrecudir al testamentario o quien su poder oviere uno de vosotros tiene depositados para la dicha paga de la dicha librança e dádselos e pagádselos en dinero e tomad sus cartas de pago y esta nuestra carta vel libramiento original de las dichas quinientas mill maravedís los quales dichos rrecaudos que así rreçibiéredes del dicho Diego de Ribera escribto esta nuestra carta vos mandamos que los deys y entreguéys al dicho Diego López de Toledo que en nombre del dicho Sebastián de Alcaraz depositó en vosotros los dichos maravedís del qual tomad su carta de pago de cómo le entregáys los dichos rrecaudos con lo qual mandamos que vos no sean pedidos ni demandados otra vez los dichos maravedís e si ansy lo hazéis cumplir no quisiéredes por esta nuestra carta mandamos y damos poder cumplido a todas y qualesquier nuestras justiçias a cada una en su juridiçión que por todo rrigor de ello vos compelan e apremien a lo ansi hazer e cumplir haziendo e mandando hazer en vuetras personas e bienes todas las execuçiones prisiones ventas y rremates de bienes que convengan e menester sean de hazer hasta tanto que dicho Diego de Ribera sea contento y pagado de los dichos maravedís que nos por la presente hazemos sanos y de paz los bienes que por so pena de la nuestra merçed de diez mill maravedís para la nuestra cámara so la qual dicha pena mandamos a qualqueir escriuano público que para esto fuere llamado que de ende al que vos la mostrare testimonio signado con su signo porque nos sepamos en cómo se cumple nuestro mandado dada en Valladolid en veynte días del mes de noviembre año del señor de mill e quinientos e quarenta e tres años



AGS, CMC-1ª, leg. 825. Libro de cargo y data de las rentas reales del Marquesado de Villena. 1535-1546

sábado, 9 de abril de 2016

La villa de Toya y el término de Silanco

Aportamos una breve noticia de la villa de Toya y él término de Silanco, de las que en 1551 se intitulaba como señor don Diego de Zúñiga y Fonseca, abad de Parraces, y que ahora nos aparecen como despoblados, cuyas tierras son cultivadas por renteros de Minglanilla y Jorquera



Juramento que hizo diego de ávalos sobre las terçias de la villa de la toya y del término de silanco que son entre las villas de rrequena y xorquera

... juró que en todo el tiempo que ha sido a su cargo las dichas rreceptorías y se le ha mandado cobrar las dichas rrentas conforme a lo susodicho el no ha cobrado maravedís algunos de las dichas alcavalas y terçias de la dicha villa y del término de silanco por estar como están despobados y que los que allí rresyden son rrenteros que son vezinos de menglanilla e de xorquera donde pagan sus alcavalas ...

    (Valladolid, primero de abril de 1556)


AGS, CMC (CONTADURÍA MAYOR DE CUENTAS) -1ª, leg. 1370. Libro de cargo y data de las rentas reales del Marquesado de Villena. 1537-1555

San Clemente: cabeza del partido fiscal de las rentas reales del Marquesado de Villena

San Clemente se convierte en cabeza del distrito fiscal de las rentas reales del Marquesado de Villena, desde mediados de 1550 (ya nos aparece como receptor en los años 1548 a 1550 y en el encabezamiento de los años 1551 a 1553, e incluso aparece como administrador de las tercias de Albacete, Villanueva de la Jara, San Clemente y Vara de Rey desde 1541, en nombre de Pedro de Garnica, también vecino de San Clemente). Hasta entonces la recaudación había recaído en vecinos ajenos al Marquesado como Alonso Ortiz o Sebastián de Alcaraz, vecinos de Toledo, o Diego de Pareja, vecino de Alcaraz. Aunque hacia 1546 y 1547, el centralidad del distrito pareció girar hacia el sur, siendo receptor de las rentas reales, Hernando de Chinchilla, vecino de la ciudad de Chinchilla. Este distrito fiscal, de origen medieval, que ya hemos detallado en otro lugar, tendrá continuidad hasta 1718, en que se divide en dos, y San Clemente pierde el control de la parte baja, correspondiente al corregimiento de Chinchilla. No obstante, San Clemente sería capital de la Subdelegación de Rentas Reales.


Sepan todos los vecinos y moradores de las çibdades, villas y lugares del marquesado de villena en cómo les haze saber que diego de ávalos vezino de la villa de san clemente es rreçeptor por su magestad del dicho marquesado este presente año de quinientos y çinquenta y quatro de las rrentas encabeçadas de las alcabalas y terçias de dicho marquesado como en la rreal rreçeptoría se contiene para lo qual les está señalada como cabeça de partido la dicha villa de san clemente adonde an de venir a pagar los mrs. que deben a su magestad según que están obligados a poder de dicho diego ávalos como tal rreçeptor y para ello os señala las casas de su morada que son en la dicha villa de san clemente alinde de casas de christóval de tévar y de alonso de valençuela y la de pedro barriga vecinos de la dicha villa, lo qual se manda pregonar públicamente en la cabeça del partido porque venga en notiçia de todos y dello no pretendan ynorançia.

En la villa de san clemente del marquesado de villena a veynte cinco días del mes de mayo de mill e quinientos e çinquenta e quatro años en presencia e por ante mí el escriuano público e testigos ynfraescriptos, estando en la plaça pública de la dicha villa en presençia de mucha gente por boz de juan de Toledo, pregonero público de la dicha villa,se apregonó en altas bozes el edito de suso contenido a la letra como está escripto fue entendido de mucha gente que estuvo presente por el qual se hizo saber como el dicho diego de ávalos es rreceptor como se contiene en la dicha rreal rreçeptoría...     (signado del escribano público Francisco del Castillo Villaseñor)

En cuanto a la localización de las casas de Diego de Avalos, creemos que es el padre del Diego de Ávalos de 1554, se nos dice en 1551

... las casas de su morada que son en esta villa de san clemente en las casas de la cuesta alinde de casas de christóval rruvio e de la mujer e herederos de christóval garçía e del dotor herreros e en la calle que baxa al barrio de rroma donde dizen la terçia vieja...


AGS, CMC (CONTADURÍA MAYOR DE CUENTAS) -1ª, leg. 1370. Libro de cargo y data de las rentas reales del Marquesado de Villena. 1537-1555

viernes, 8 de abril de 2016

¿Mulas o caballos en el Marquesado de Villena?

Hacia 1562 las mulas se iban imponiendo en la labranza en el espacio manchego y en el territorio del Marquesado de Villena. La reproducción de mulas cambió radicalmente la cría de ganado caballar: cada vez eran más la yeguas que se echaban al garañón, asno destinado a la reproducción, para la crianza de mulas. Eso iba en detrimento de la cría de caballos, necesarios a la Monarquía para fines militares. Se intentó remediar la situación con la real cédula de 23 de octubre 1562, que intentaba hacer un registro de las yeguas y potrancas existentes en los pueblos y se conminaba a alcaldes y regidores en sus ayuntamientos a que trataran de las posibles medidas de la cría caballar, la compra de caballos de raza para la reproducción (un caballo semental por cada 25 yeguas) y el adehesamiento de parte de los términos de los pueblos para hacerla posible. La segunda parte de la propuesta, para engatusar a los principales de los pueblos, era una serie de franquicias y exenciones sobre huéspedes y deudas; sin duda insuficientes pues el propio gobernador del Marquesado propondría la creación de una nueva nobleza villana, no tanto para la guerra como limitando los cargos de los concejos a aquellos en condiciones de poseer y mantener un caballo.

se proveyese que en las çibdades y villas deste marquesado veçino ni otra persona alguna pueda pedir ni ser elegido ni nombrado a oficio público de conçejo como es a alcalde hordinario o de la hermandad o rregidor o alguazil o escrivano o mayordomo que no tuviere cavallo de valor de diez mill maravedís y dende arriba al tiempo de la election de los tales oficios y lo oviere tenido y sostentado seis meses antes de la tal electión propio suyo avido por sus dineros o de su cría sin fraude ni cautela alguan

Era entonces gobernador del Marquesado de Villena, don Carlos de Guevara, que obedeciendo la orden real, mandaría verederos a los pueblos a comunicarla y recogerían los acuerdos de los ayuntamientos. Martín Gallego, vecino de San Clemente, acudiría a comunicar la orden al primer pueblo que llegó será a La Roda. Su ayuntamiento, reunido el 10 de noviembre, estaba formado por los alcaldes ordinarios Cristóbal Sanz Prieto y Juan de la Serna y los regidores Antonio Fernández de Córdoba, Juan del Campo, Pedro Ruipérez y el ausente Juan Carrasco. El total de ganado caballar (yeguas, potros, potrancas y rocines) en La Roda era de 21 animales, destacando el regidor Juan Carrasco que poseía dos caballos, dos yeguas, dos potros y dos potrancas.
En Iniesta la noticia llegó el 15 de noviembre, su regimiento estaba formado por los alcaldes Juan Núñez y Alonso de Atienza, los regidores Benito García, Miguel Cabronero, Francisco de Lorca, Antón Granero, Martín Mateo y Juan García, y los alguaciles Pedro Clemente y Alonso Cabronero. No tenemos noticias del registro que se debió hacer.
En la villa del Peral el ayuntamiento reunido el 18 de noviembre estaba formado por los alcaldes Pedro Contreras y Alonso de Tórtola, el regidor Sebastián Gómez y el diputado Juan Pérez de Chavarrieta. 10 fueron los animales registrados.

En Barchín la reunión del ayuntamiento fue el 22 de noviembre. Eran alcaldes Pedro Lucas y Benito Vinuesa; regidores, Cristóbal López y Pedro de Liébana; diputados del concejo, Miguel de Piqueras y Pedro de Villalba. Sólo se registraron dos caballos, aunque, eso sí, aprovecharon para cerrar una dehesa del pueblo llamada Ero Rodrigo. De la misma forma procederían otros pueblos. En las Mesas se registraron siete animales.

Hasta marzo del año siguiente no se reanudarían las diligencias. En Vara de Rey era por entonces alcaldes Martín de Buedo y Alonso de Andújar y regidores Diego de Buedo y Ginés de Andújar. Nadie respondió al pregón o no nos ha quedado registro alguno.

En San Clemente el ayuntamiento se reunió el 8 de marzo de 1563. A diferencia de otras villas, presidía el gobernador del Marquesado de Villena, Carlos de Guevara, junto a él, el alcalde mayor licenciado Noguerol de Sandoval, y los representantes ese año de la villa presentes: Pedro de Montoya, alcalde ordinario, Francisco García, Sancho López de Herreros y dos advenedizos en el concejo, Julián Sedeño de Mesa y el licenciado Muñoz. Se echaba de menos algunos regidores de familias conocidos.
Del registro de caballos se puede saber los propietarios de caballos, yeguas y potros que existían en la villa. Era San Clemente una villa más compleja, donde el caballo era símbolo de hidalguía pero donde la presencia de múltiples rocines mostraba la diversidad de la actividad económica de la villa:
  • Francisco de Herreros registro una yegua, dos potros y un rocín
  • Jorge Simón, un potro
  • Francisco Perona, yerno del anterior, un caballo
  • Diego de Haro, un caballo
  • Francisco García, un caballo
  • Andrés de Perona, un caballo
  • Hernán López de Aparicio, un caballo
  • Pascual García, un rocín
  • Alonso Domínguez, un rocín
  • Pedro Martínez del Hito, un rocín para echar a borrica
  • Pedro Ruiz de Segura, un rocín
  • El Bachiller Villanueva, un caballo
  • Francisco de la Carrera, un rocín
  • Luis de Alarcón Fajardo, un rocín
  • Hernán Vázquez de Haro, tres caballos y un rocín
  • Diego Ortega, un caballo y un rocín
  • Esteban Ángel, un cuartago
  • Bernardo de Alarcón Fajardo, un cuartago
  • Pedro López de Garcilópez, un rocín
  • Gonzalo Martínez Ángel, hijo de Cristóbal Ángel, un caballo y un rocín
  • Juan López de Perona, hijo de Gonzalo Martínez, un rocín
  • Juan Rosillo Simón, un rocín
  • Pedro Catalán, un rocín
  • Ginés del Campillo, un cuartago
  • Diego Simón, dos yeguas y un potro
  • Juan de Gálvez, un rocín
  • Francisco de Perona, hijo de Gregorio de Perona, un rocín
  • Hernando de Montoya, un caballo
  • Rodrigo López calderero, dos yeguas, un potro y dos rocines
  • Diego de Ávalos, un rocín
  • Juan de Montoya, un rocín
  • Juan de Orbea Mondragón, un caballo
  • Bartolomé Jiménez de Atienza, un rocín de trabajo
  • Francisco García de Jaén, un rocín
  • Alonso de Oropesa, un caballo y un potro
  • Martín Jiménez, una yegua
  • Don Juan Pacheco, un caballo
  • Gregorio Astudillo, en nombre de Elvira Muñoz, un rocín
  • Lope Aguado forjador, un rocín
  • Pedro de Moya regidor, un potro
  • Bautista de Montoya, un caballo
En Villanueva de la Jara, el ayuntamiento se reunió el 14 de marzo de 1563, eran alcaldes ordinarios Dionisio Clemente y Lorenzo Borgoño y regidores Agustín de Valera, Juan de Caballón, Gregorio Clemente, Pedro de Monteagudo y el bachiller González. Tras el acatamiento de la cédula real, se pregonó en los lugares de Tarazona, Quintanar del Marquesado (estaban presentes Martín de Cabronero, Benito de Ruipérez, Julián Clemente, Juan Donate y Juan Lucas) y Casasimarro. Los tres pueblos aparecen como lugares, lo que nos hace dudar de la fecha de consecución del título de villa de alguno de ellos.
Detallamos la relación de propietarios de caballos y yeguas en estos tres lugares de la tierra de Villanueva de la Jara, inexistentes en Casasimarro y prácticamente en Quintanar y con siete propietarios en Tarazona:
  • Alonso Saiz de Solera, morador de Tarazona, una yegua y dos potrancas
  • Martín Sáiz Barriga, morador en Tarazona, tres yeguas
  • Antón de Gabaldón, morador de Tarazona, una yegua
  • Martín López el mozo, morador en Tarazona, una yegua
  • Juan de Tébar, morador en Quintanar, una yegua
  • Gil Moraga, morador en Tarazona, una yegua
  • Francisco de Mondéjar, morador en Tarazona, una yegua
  • Juan Tabernero el viejo, morador en Tarazona, dos potros
En Villanueva de la Jara no disponemos de datos, pero tampoco había interés por darlos, los intereses agrarios se conjugaban mal con los militares de la Corona

vieron el registro fecho de las yeguas que ay en algunos lugares de la jurisdicción de esta villa y que en ella no se a registrado yegua alguna y que las yeguas registradas son número de diez y no dis puestas para caballo

La ocultación de yeguas fue algo muy común entre los labradores ricos, que se oponían a destinar sus yeguas para cría de caballos con fines militares. Es más, la pragmática de 1562, sería recordada veinte años después, en un inusual memorial conjunto de todas las villas del Marquesado protestarían la política de la Corona como causa de la ruina de la agricultura del Marquesado y la desaparición de las mulas en la labranza:

Las ciudades y villas del Marquesado de Villena que es de lo rreduzido a la corona de v. mt. dizen que en aquella tierra solía aver mucha cantidad de yeguas las quales se echaban al garañón de que rresultaua gran bien y provecho a toda la provincia por ser su principal granjería la labrança y de causa de aver v. mgt. mandado que no se pudiesen echar al garañón sino al cauallo todos se han desecho de las yeguas que tenían porque para este efecto no sirven en aquella tierra, por ser como es pobre de pastos y muy fría por este rrespecto an venido las labranças a mucho menos por falta de las mulas que se solían criar y i v. mgt, se sirviere de hazer merced a aquella provincia podría conseguir sus yntentos en lo tocante a criar cavallos con mandar que la mitad de las yeguas que cada uno tuviere las puedan echar al garañón y la otra mitad al cavallo y con esto se animaran a tenerlas y procurarán que las que ovieren de echar al cauallo sean de buena raça y castizas para que no aya fraude en la mitad que ovieren de echar al cauallo, convernía que v. mgt. mandase que a todas estas yeguas se les echase un yerro o marca para que fuesen conocidas y que estas tales no se pudiesen echar al garañón con lo qual se acrecentaría la labrança en toda aquella tierra y se aumentarían los cauallos y rrecibirían de v. mgt. particularísima merced
(Memorial de las ciudades y villas del Marquesado de Villena al secretario de Felipe II, Juan Vázquez, con fecha 22 de julio de 1583)

La Monarquía en esa fecha seguía defendiendo la crianza de caballos frente a las mulas. En un memorial de 9 de marzo de 1580, el gobernador del Marquesado de Villena centraba sus esperanzas en poder cerrar la dehesa del Calaverón de Villarrobledo para el pasto de las yeguas. Aunque sus intereses, tal como nos dice un memorial de marzo de 1580, chocaban con los intereses de la Mesta. Las yeguadas de esta villa de la tierra de Alcaraz tenían fama, tal como dice el memorial, de criar caballos que alcanzaban precios de doscientos, trescientos y hasta cuatrocientos ducados. La villa había obtenido para adehesar este monte en tiempos del gobernador Briceño de Mendoza, pero una sentencia de alcalde entregador de la Mesta había recordado el destino del Calaverón al pasto del ganado, aunque es de suponer que también había intereses agrarios. Las informaciones realizadas por el gobernador Diego Velázquez reconocían que se habían arrancado diez mil encinas y se habían quemado los atochares. Había, en cualquier caso, un especial interés de Villarrobledo por cerrar el Calaverón. Villarrobledo, antigua aldea de la tierra de Alcaraz, estaba obligada al aprovechamiento común de esa dehesa.




    Archivo General de Simancas, CCA (Cámara de Castilla), DIV, 22, 12. Ordenanzas y diligencias sobre el fomento de la raza caballar efectuadas en el Marquesado de Villena. 1562-1583