El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

sábado, 11 de mayo de 2024

UN FRACASO MÁS PARA LA FUNDACIÓN DEL CARMELO DESCALZO EN SAN CLEMENTE

 Los hechos narrados creemos situarlos en el tercer cuarto del siglo XVII. Sor Gertrudis María de la Corona vivió entre 1615 y 1678.

En la villa de San Clemente vivía don Diego López Vascuñán, era presbítero y muy conocido de la Venerable Madre sor Gertrudis María de la Corona, con quien se correspondía con cartas. Había en San Clemente un sacerdote, amigo de don Diego, y este le asistió a la hora de su muerte. Comunicó le el tal sacerdote antes a don Diego cómo tenía intento de fundar en su hacienda una capellanía con la condición de que había de vivir los capellanes en unas casas que tenía y había fabricado junto a la ermita de Nuestra Señora de los Remedios. Oída la propuesta por don Diego le respondió que le parecía muy difícil que los capellanes quisieran vivir allí por ser el sitio muy húmedo. Yo le aconsejé, dice don Diego, que ofreciera su hacienda a los padres carmelitas descalzos para que hicieran una fundación y que si lo aceptaban era su interés más admirable y honroso, pues lograba unos capellanes santos y perpetuos, convino en ello el sacerdote y para proceder con acierto en tan grave negocio, le dijo Don Diego que escribiría a una religiosa conocida por cartas, la que estaba en grande opinión para que lo encomendase a Dios y que lo que correspondiese se había de ejecutar. Convenidos en esto, escribió don Diego a la sierva de Dios, Gertrudis, y entre otras cosas, le decía que la hacienda no podía alcanzar con muchos tantos para fabricar el convento; pero que con todo esto a él se le había propuesto aconsejarle lo dicho al amigo. Respondió le la Venerable que era del agrado del Señor, que se pusieran los medios para la fundación, que esperaba en su Majestad que llegaría tiempo en que se hiciese. Escribieron don Diego y el tal sacerdote al R. P. del Carmen, sobre el asunto y en el primer Definitorio aceptaron fundar en San Clemente, dejando otras fundaciones de grande empeño para las que estaban llamados . Enviaron dos religiosos a escriturar y por siniestros consejos desmayó el sacerdote y retractó lo ofrecido. No les pesó a los padres por ser el pie de la hacienda tan corto y que el empeño había de subir mucho. No obstante, lo tomó la religión por su cuenta y a expensas suyas consiguieron, aunque no faltaron oposiciones las licencias que se efectuó el año de 1673 y está dedicada a la Gloriosa Doctora Santa Teresa, se camina, dice don Diego, con todo acierto, gravedad y aseo.


FRAY JUAN DE SANTA BÁRBARA: "Vida de la Venerable Madres sor Gertrudis María de la Corona, mercenaria descalza, y fundadora de su convento en la ciudad de Toro". Madrid, 1752

martes, 7 de mayo de 2024

CLEMENTE Y TÉBAR DE VILLANUEVA DE LA JARA

 LOS CLEMENTE DE VILLANUEVA DE LA JARA Y SU CAPILLA FAMILIAR EN EL CONVENTO DE SAN FRANCISCO

Tomás Clemente era alférez mayor de la villa de La Roda, aunque era natural de Villanueva de la Jara y regidor de esta última villa. En 27 de septiembre escribirá su testamento ante el escribano de La Roda Juan de Dueñas, entre otras cosas dejará una cláusula para comprar una capilla en el convento de San Francisco de Villanueva de la Jara. Esta capilla era la colateral de la parte de la epístola, enfrente de otra de Julián de Alcocer, donde sería sepultado definitivamente tras ser enterrado temporalmente en la iglesia mayor junto a su madre. Dejará como bienes vinculados a esa capilla, las casas principales de la Jara en la calle Mayor y otras tierras. Dicha capilla estará bajo la advocación del apóstol Tomás. Pide se edifique en la capilla un altar, reja y cajón para los ornamentos, cáliz y misal.

Deja como albaceas de su testamento a su mujer Ana de Tébar, al doctor Hervías y a Pedro de Arostegui.

La familia Tébar tenía su capilla de enterramiento en la iglesia mayor. Era la capilla de San Ildefonso. La mandó hacer Lorente de Tébar en el año 1582. Asimismo, las familias de los Cañavates, Ortegas y Moragones tienen sepulturas propias en la misma iglesia, junto a las gradas del altar mayor.

En las casas de los Cañavates están puestas sus armas, que son un escudo de alto abajo, en la parte derecha un campo de oro con un águila negra con cabeza y corona de oro, volante, desplegadas las alas con el pico abierto, inclinado hacia abajo, y en la siniestra campo azul con estrellas de oro, todo cercado con una orla roja, con ocho castillos y sobre dicho escudo un yelmo o morrión de una faja retorcida, sale de él una águila con su corona.

En la villa de Tarazona y en su iglesia de San Bartolomé, la familia de los Garridos tiene capilla propia con la advocación de Nuestra Señora del Rosario, que la fundaron don Alonso Garrido y doña Catalina Clemente Arostegui.

Por otro lado, destacar que el apellido Valero en Villanueva de la Jara no es tal, sino Valera. Agustín de Valera será alférez mayor de la villa, en la década de 1570-1580, y será hijo de Agustín de Valera el mayor.

Archivo Histórico Nacional, ESTADO-CARLOS_III,Exp. 2

lunes, 6 de mayo de 2024

El privilegio de correduría, mojonería y almotacén de Minglanilla (1618)

 El Consejo de la Mesta se quejaba en 1768 del derecho de paso que la villa Minglanilla cobraba a los ganados que pasaban por su término. El conflicto ya se remontaba a 1738, cuando los ganaderos de Almodóvar de Pinar, encabezados por Matías Briz, protestaron los dos, tres o cuatro reales que les cobraban los de Minglanilla por pastar con sus ganados.

La villa de Minglanilla se remontaba a un privilegio del rey Felipe III que el 9 de abril de 1618 le concedía los oficios de correduría, mojonería y almotacén a perpetuidad como bienes propios del concejo con facultad de nombrar personas que los sirviesen por arrendamiento, administración u otra forma para llevar los derechos. La villa se comprometía al pago de 170000 maravedíes. Era en virtud del privilegio de mojonería, que Minglanilla se creía en el derecho de cobrar un tributo a los ganados foráneos que entraban en su término.

Minglanilla se consideraba además heredera, como aldea, de los privilegios que gozaba la villa de dependencia antes del villazgo, Iniesta. Entre esos privilegios, el derecho que disfrutaba Iniesta a cobrar un maravedí por cada cabeza de ganado merchaniego, que pasase o se vendiese en su término. Es más, el derecho de mojonería se intentaba asimilar al derecho de portazgo que se cobraba en la zona por los arrendadores de la villa de alcabalas, tercias y portazgo de tierra y río. De hecho, se recordaba cómo en 1622 se había actuado contra un vecino de Játiva por no querer pagar el portazgo de una maderada que conducía por el río Cabriel; al parecer ese derecho se había extendido a los ganados, confundiéndose con el de mojonería.



Archivo Histórico Nacional, DIVERSOS-MESTA,128,N.10

domingo, 5 de mayo de 2024

Un puente sobre el Záncara

 Corría el año 1604 y Pedro Romero Calvo había ocupado la cañada real de ganados que iba hasta el puerto real de Socuéllamos en la ribera del Záncara. Pedro Romero Calvo no era un cualquiera, pues era regidor perpetuo de Villarrobledo y uno de sus vecinos principales. Pedro Romero Calvo había construido un molino harinero junto al río Záncara y había destruido el puente sobre el río, que dichos ganados usaban para pasar el río, así como los vecinos con sus carros y animales de labor, en especial los vecinos de Las Mesas. 

Junto al molino harinero Pedro Romero había construido un nuevo puente, cuyas características nos son descritas así: este testigo vido una puente que el dicho Pedro Romero tenía fecho en el río Záncara zerca de un molino harinero, que tenía en el dicho río, la qual estaba fecha con unos pilares de piedra con dos ojos por donde pasaba el agua y unas vigas gruesas enzima de tres pilares de piedra y sobre estas vigas por sus tramos muchos tirantes de madera espesos y tierra enzima por donde pasaban los carros que venían de la villa de las Mesas y los demás pasajeros que iban de unos lugares a otros.

El antiguo puente derribado estaba ocupado por la obra del nuevo molino. El carpintero Pedro Barriga fue encomendado a visitar y describir el lugar que ocupaba el viejo puente y las obras necesarias para su reconstrucción: y el sitio del dicho molino por donde estaba fecha la dicha puente es la tierra aplanado con tierra y piedra y para que pueda pasar un carro como solía pasar en aquella parte hay necesidad de terrar y aplanar el anchura que es menester para pasar un carro o poner una viga gruesa de veintiocho pies de largo y desde la dicha viga a el terraplén echar unos tirantes los que fueren necesarios para que sobre ellos pueda pasar un carro y en el caz nuevo que ha fecho el dicho Pedro Romero son menester otras dos vigas gruesas de a veintidós pies cada una y dende una viga a otras sus tirantes.


Archivo Histórico Nacional, DIVERSOS-MESTA,229,N.10

Puebla de San Salvador y La Mesta

 En 1629, La Puebla de San Salvador  había alcanzado su villazgo, apenas tres años antes. Por esa razón, cuando se entabla pleito con el concejo de la Mesta por las viñas del coto de Hoya de la Cierva, La Puebla hará uso de su procurador para defender sus intereses, junto al procurador de Iniesta, pueblo del que dependía hasta su exención. La Mesta acusaba  a La Puebla el haber cerrado en 1628 un contorno de media legua en el referido lugar para proteger sus viñas, en un espacio que era de uso común por los ganados de la Mesta y los rebaños de Iniesta, Minglanilla o Campillo de Altobuey.

El alcalde entregador de La Mesta condenaría al concejo de La Puebla a una multa de 10000 maravedíes por sentencia de 16 de junio de 1629. Era La Puebla entonces un pueblo de cien vecinos y una legua de contorno, que había comprado su villazgo por poco más de siete mil ducados. Una Corona necesitada y empeñada con Bartolomé Espínola vendía sus vasallos, pero para el caso de La Puebla era ocasión para comprar su propia libertad e independencia de Iniesta. Bien es verdad que el precio era alto, así que La Puebla obtuvo licencia por cédula real de 19 de febrero de 1628 para usar de ciertos arbitrios que eran la venta y arrendamiento de espacios acotados como el de Hoya de la Cierva y obtener ingresos extras por la cesión de la mitad de lo que se pagaba del diezmo de la iglesia. Con el dinero obtenido se confiaba devolver el dinero obtenido a préstamo al cabo de ocho años. Pero el adehesamiento de espacios: dos redondas en torno a las viñas con un radio de mil pasos  (el de la Hoya de la Cierva y el de la Hoya del Quintanar) provocó conflictos con la Mesta. Hemos hablado de libertad de la nueva villa, pero tras ese lenguaje rimbombante se esconden los intereses espurios de la familia Peñarrubia.

La Puebla de San Salvador obtendría revocación de la sentencia del alcalde entregador de la Mesta un 28 de septiembre de 1629, pero la petición del concejo de Iniesta alegando viejos usos comunales y el entorpecimiento de la salida de sus ganados por el adehesamiento de espacios en sus límites hicieron que la Chancillería de Granada volviera a dar la razón a La Mesta en nueva sentencia de 30 de julio de 1630. Se expediría ejecutoria con fecha 7 de agosto.


Archivo Histórico Nacional, DIVERSOS-MESTA,168,N.17

Cristóbal Gómez, de Barchín y pasajero a Indias

 Cristóbal Gómez era un sastre de Barchín del Hoyo que viajará a Lima o Ciudad de los Reyes en Perú. en esa ciudad fallecerá en 1636. Era hijo de Hernán Gómez de la Jara y de Elvira de Liébana. Fallecido, soltero y  sin descendencia en Perú dejará por heredera a su hermana viuda Juana García y sus sobrinos, si esta hubiera fallecido. 

El finado dejará 998 pesos de a ocho reales a su hermana. El resto de la herencia irá al convento franciscano de Lima.


Archivo General de Indias, CONTRATACION,965,N.1

Baltasar Prieto, pasajero de Indias de Villanueva de la Jara

 Con la flota de 1643, llegarán procedentes de Nueva España a Sevilla, 400 pesos dejados por Baltasar Prieto, natural de Villanueva de la Jara y fallecido en Nueva España, y puestos a disposición de sus herederos. El finado no había hecho testamento, pero tenía un hermano en Quintanar del Rey: Juan Prieto, cirujano.


Archivo General de Indias, CONTRATACION,5581,N.100

El legado de Ángela Ortiz a las carmelitas de Villanueva de la Jara

 En testamento redactado en 1615 en Perú por Ángela Ortiz, mujer de Álvaro Ruiz de Navamuel de los Ríos dice así en una de sus cláusulas:

"Yten mando a Elvira de Santangelo profesa en Villanueva de la Jara, en el convento de Santa Ana de carmelitas descalzas un cáliz de plata que está en poder de Diego Fernández Aceitun y que se le haga una cruz de plata y dos candeleros de plata y cien ducados de a once reales para un frontal y encargo se le envíen en la prmera flota"

5 de marzo de 1616, carta de poder del convento de monjas de Santa Ana de Villanueva de la Jara

Mariana de la Concepción, priora, y Francisca de San Elipe, su priora, Lucía de Santa Ana y Catalina del Espíritu Santo, clavarias.


Archivo General de Indias, CONTRATACION,325,N.4,R.3

Fray Alonso de Aguilar, dominico

 Fray de Alonso de Aguilar, natural de Villanueva de la Jara, teólogo de tercer año, embarca con 22 años a las Filipinas, junto a otros 19 dominicos, encabezados por el comisario de la orden fray Jacinto Calvo. La licencia se concede el 22 de mayo de 1625.

Archivo General de Indias, FILIPINAS,80,N.103

miércoles, 1 de mayo de 2024

El beneficio de Baltasar Borja en la iglesia de Iniesta

 Baltasar de Borja, arcediano de Játiva y canónigo de la iglesia de Valencia, gozaba de un beneficio sobre las rentas de la parroquial de la villa de Iniesta. En la iglesia de la Asunción de Iniesta había cuatro beneficios, es decir, porción de rentas decimales que disfrutaban el cura y algunos clérigos, y de uno de ellos el beneficiado era Baltasar de Borja. El párroco titular de la iglesia de la Asunción los años 1604 a 1606 era Juan de Lazcano, que disfrutaba un beneficio curado y era además tercero mayor de las rentas decimales, aunque la administración de esas rentas estaban delegadas en otro clérigo llamado bachiller Soria. En 1606, el tercero mayor era Pedro Martínez de Quintana, vicario de la villa.

Las rentas procuradas por ese beneficio eran en el año 1604:

  • 359 almudes y tres celemines de trigo, vendidos a 14 reales la fanega, según la tasa, suponen 85562 mrs.
  • 290 almudes y un celemín de cebada, a siete reales la fanega, según la tasa, suponen 36568 mrs.
  • 16 almudes y cinco celemines de centeno, a ocho reales la fanega, según la tasa, suponen 2296 mrs.
  • 77 almudes y tres celemines de avena, a cien maravedíes la fanega, suponen 3880 mrs.
  • Una partida de lana morena y dos de lana blanca, 47 arrobas en total, a 16 reales la arroba, suponen 25568 mrs.
  • 41 reales y 25 maravedíes de la lana que se diezmó a dinero.
  • 27 libras de queso y ocho maravedíes en dinero, a razón de veinte reales por arroba, montan 743 mrs.
  • 24908 mrs. del ganado "que se fío al pelo".
  • 668 mrs. procedentes del ganado diezmado, cuyos dueños se quedaron con él y pagaron en dinero.
  • 28348 mrs. del arrendamiento del vino de la villa de Iniesta y sus aldeas.
  • Ocho almudes y un celemín de aceituna, que rindieron 14 arrobas de aceite, que montaron 6188 mrs.
  • 90 reales de los rezagos
  • Monta el total del año 1604, 219208,5 maravedíes.
Las rentas procuradas por ese beneficio en el año 1605.
  • 74 almudes y medio celemín de trigo, vendidos a la tasa nueva de 18 reales la fanega, son 22669 mrs. 
  • 120 almudes y medio celemín de cebada, a nueve reales la fanega según la tasa nueva, son 18372 mrs. 
  • 3 almudes y medio celemín de centeno, a ocho reales fanegas, 419 mrs. 
  • 55 almudes y tres celemines y medio de avena, a cien maravedíes la fanega montan 2780 mrs.
  • 187 mrs. de centeno y avena de los coronados.
  • 1824 mrs. de primicias cobradas en dinero
  • 55 arrobas y media de lana, vendidas a 14 reales la arroba, 26418 mrs.
  • 32 libras de queso, a 21 reales la arroba, montan 912 mrs.
  • 20840 mrs. del ganado diezmado al pelo y manifiestos.
  • 24963 mrs. del vino de la villa y aldeas.
  • 9 libras de aceite vendidas a seis reales la arroba.
  • 6586 mrs. de los rezagos.
  • Monta el total del año 1605, 126174 maravedíes.
Las rentas procuradas por ese beneficio para el año 1606
  • 170 almudes y cuatro celemines de trigo, 82824 mrs. a 18 reales la fanega.
  • 339 almudes y celemín y medio de cebada, 51904 mrs., a 9 reales la fanega.
  • 10 almudes y 3 celemines de centeno, a 8 reales la fanega, 1428 mrs.
  • 24 almudes y tres celemines de avena, 1225 mrs., a cien mrs. la fanega.
  • 270 mrs. del centeno y avena de los coronados.
  • 57 arrobas de lana, a 11 reales la arroba; 21318 mrs.
  • 56 libras y media de queso a 21 reales la arroba. 1613 mrs.
  • 21974 mrs. del ganado diezmado al pelo y manifiestos.
  • 9152 mrs. del vino de las aldeas y del 6100 mrs. del vino de la villa.
  • 53 libras de aceite, a 15 reales la arroba; 1081 mrs.
  • Monta el total del año 1506, 198889 mrs.
Monta el total de los tres años 543672 mrs.

El total de la cantidad anterior no iba íntegramente a las arcas del beneficiado Baltasar Borja, pues en el descargo que se hace de esa cantidad, esa renta se distribuye de la siguiente forma: 

 Descargo de 1604
  • 700 reales de pensión que el doctor Espinosa tiene sobre el dicho beneficio, del tercio de Navidad del año 1603.
  • 2200 reales a doña Juana Velasco, duquesa de Gandía, madre de Baltasar Borja.
  • 1450 reales y 29 mrs. de la pensión del tercio de Navidad de 1604.
  • 383 reales y 20.5 maravedíes, del subsidio y escusado de la primera paga del mes de mayo de 1604.
  • 400 reales a don Julián de Haya, vecino de Cuenca, por mandado de la señora duquesa, que tenía sobre el dicho beneficio Miguel de Burgos, criado del deán Juan Antonio del Castillo, con los cuales se acabó de extinguir la dicha pensión.
  • 1 real y doce maravedíes de traer un mandamiento de Cuenca para cobrar el ganado y el vino.
  • 4 reales de los derechos de traer en almoneda el ganado.
  • Por traer de la tercia 47 arrobas de lana, dos reales y 26 mrs.
  • Por sacar 300 fanegas de pan de la tercia, 17 reales y 22 maravedíes.
  • Por llevar de la tercia al molino de aceite nueve fanegas de aceituna, 2 reales.
  • Por la segunda paga del subsidio y escusado del mes de octubre, 427 reales y 24 mrs.
  • Por las 122 misas que tiene de obligación dicho beneficio, 183 reales (en un principio se pagaban 40 ducados -440 reales- a los clérigos y curas, ahora reducidos a esa cantidad).
  • Monta el descargo 269415.5 maravedíes.
Descargo del año 1605
  • 400 reales para doña Juana de Velasco, duquesa de Gandía. A añadir 32 reales más del recadero que se los llevó a Cuenca a 8 reales cada día.
  • Doce reales de un mandamiento de Cuenca para cobrar el vino y el ganado.
  • Cuatro reales de traer en almoneda el vino.
  • Cuatro reales de traer en almoneda el ganado.
  • 427 reales y 24 maravedíes de la paga del mes de mayo del subsidio y escusado.
  • 1324 reales y 20 maravedíes y medio de la paga de la pensión de San Juan de junio del doctor Zapata.
  • 405 reales de la segunda paga del subsidio y escusado.
  • 110 maravedíes por traer desde la tercia 55 arrobas de lana.
  • Dos reales de un mandamiento para el embargo de los frutos correspondientes a la pensión del doctor Zapata.
  • 183 reales de las limosna de las 122 misas  a que está obligado dicho beneficio.
  • Monta el descargo 128754,5 maravedíes.
Descargo del año 1606
  • 66 reales a un peón que fue la llevar un despacho a Baltasar Borja por el litigio que tiene con el doctor Zapata y su pensión, en Játiva, Valencia y Cocentaina. Once días a seis reales.
  • 5231 reales de la pensión del doctor Zapata de cuatro pagos que habían corrido hasta Navidad de 1607 y desde la data de las bulas ganadas por el doctor.
  • 427 reales y 12 maravedíes y medio de la primera paga de mayo del subsidio y escusado.
  • 4 reales de los derechos de traer en almoneda el vino.
  • 114 maravedíes de traer de la tercia 57 arrobas de lana.
  • 4 reales de traer en almoneda el ganado.
  • 46 mrs. para traer el mandamiento de Cuenca sobre el ganado y el vino.
  • 395 reales y 12 mes. y medio de la segunda paga del subsidio y escusado.
  • 400 maravedíes de sacar 200 fanegas de pan.
  • 183 reales de las 122 misas a que está obligado dicho beneficio.
  • 389 reales y 32 maravedíes de la primera paga del mes de mayo de 1607 del subsidio y escusado.
  • 1000 reales del salario de la administración del dicho beneficio, que van desde 1603, a Pedro Espinosa, administrador del beneficio de Baltasar Borja.
  • 50 reales al escribano de las cuentas.
  • Monta el descargo 264095 maravedíes.
CARGO DE LOS AÑOS 1604-1606: 544272 MARAVEDÍES
DESCARGO DE LOS AÑOS 1604-1606: 589265 MARAVEDÍES
ALCANCE: 44993 MARAVEDÍES



Archivo Histórico de la Nobleza, OSUNA,C.542,D.1. Cuenta de los frutos y rentas pertenecientes al beneficio de Iniesta (Cuenca) que gozaba Baltasar de Borja, arcediano de Játiva (Valencia).