Los datos de rentas tomados de Pedro Joaquín Moratalla: "La Tierra de Alarcón en el señorío de Villena", Datos extraídos del archivo de la catedral de Cuenca, años 1399-1400
San Clemente (Cuenca) y su corregimiento
Baltasar de Borja, arcediano de Játiva y canónigo de la iglesia de Valencia, gozaba de un beneficio sobre las rentas de la parroquial de la villa de Iniesta. En la iglesia de la Asunción de Iniesta había cuatro beneficios, es decir, porción de rentas decimales que disfrutaban el cura y algunos clérigos, y de uno de ellos el beneficiado era Baltasar de Borja. El párroco titular de la iglesia de la Asunción los años 1604 a 1606 era Juan de Lazcano, que disfrutaba un beneficio curado y era además tercero mayor de las rentas decimales, aunque la administración de esas rentas estaban delegadas en otro clérigo llamado bachiller Soria. En 1606, el tercero mayor era Pedro Martínez de Quintana, vicario de la villa.
Las rentas procuradas por ese beneficio eran en el año 1604:
Fernando de Alarcón, marqués de la Valsiciliana, obtuvo del
papado licencia para construir una capilla en la iglesia de Palomares, para
sustentar el culto y capellanes de esta fundación el papado había dado letras y
bulas apostólicas a favor de Fernando de Alarcón para obtener beneficios
eclesiásticos para sostener económicamente la capellanía; en virtud de esas
letras, Martín de Guadalajara, arcediano de Talavera, había dado una prestamera a dicho marqués sobre las rentas
eclesiásticas de Las Pedroñeras. Sobre las rentas eclesiásticas de Las Pedroñeras decía tener derechos también
Antonio Ramírez de Haro, arcediano de Huete, maestro de requesta de la
cristianísima reina de Francia y abad de Arbas, poseedor de una prestamera
vacante por muerte de Gonzalo Pérez, clérigo de la diócesis de Málaga.
La prestamera a favor de Hernando del Alarcón dada por los
alcaldes de Pedroñeras se había suspendido por la intervención de la justicia
del obispado: el canónigo García de Villarreal había dado ciertos mandamientos
en favor del colegio de Santiago de Salamanca de dicha prestamera. Es el caso
es que el Consejo Real por provisión de 16 de diciembre de 1532 pidió que la
justicia eclesiástica se inhibiera y el brazo secular, léase los alcaldes
ordinarios de Las Pedroñeras, hicieran efectiva la posesión de la prestamera en
favor de Hernando de Alarcón.
AGS. CRC. Leg. 305/5
Alcaldes ordinarios de las Pedroñeras en 1532
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Pedro Gómez y Mateo Sánchez Coronado
Bula a favor de Hernando de Alarcón
El diezmo de los garbanzos de Motilla del Palancar
pertenecía al pie de altar de su iglesia de San Gil y sus clérigos. Al menos
hasta 1528, un año en que se habían cogido más garbanzos que nunca, pues ese
año el tercero Juan de Madrid decidió otorgarlo a algunos beneficiados. Juan de
Madrid, escribano de Cuenca y tercero del obispado, descendiente de familia
conversa, no parecía muy convencido de que las rentas decimales de los
garbanzos se quedaran en Motilla. Es más, la finalidad pretendida para los
garbanzos decimales era el beneficio que en la iglesia de San Gil de Motilla
poseía el cardenal de Perusa*. Gaspar Granero, Juan de Segovia y Martín Sánchez
Moreno servían como clérigos en esa iglesia de San Gil, viendo impotentes como
debían repartir con otros beneficiados que no pisaban la iglesia los once
almudes de los diezmos de Motilla del Palancar, aunque Martín Sánchez Moreno
pronto se apartó del pleito por su condición de capellán al servicio del
beneficio curado del cardenal de Perusa o Perugia. El hombre o factor del
cardenal de Perusa en Motilla era Estaban Saco, conocido como el genovés, que
nunca había sido visto por Motilla y que amenazó por carta con retirar el
beneficio a Martín Sánchez Moreno si se entrometía en el pleito. La carta debió
hacer mella en el clérigo, que venía sirviendo de capellán en ese beneficio
curado desde hacía dieciséis años y que declaraba que el cardenal “no quería
pleyto en su hazienda”.
“que los años pasados los benefiçios que ay en la dicha
yglesia an estado y están en costunbre de preçevir e llevar los garvanços que
se cogen en la dicha villa y en sus términos y que ansí lo an llevado e
rreçebido los años pasados e que agora ay muchedunbre dellos en los veçinos del
dicho lugar los clérigos que sirven los benefiçios en el dicho lugar se an
puesto en que no ge los diezmen ni les paguen las primiçias dellas llegando a
onze almudes”.
Gaspar Granero y sus dos compañeros eran considerados en la
época como “clérigos mercenarios”, que no disfrutaban de renta alguna en la
iglesia de Motilla, sus emolumentos se reducían a los pagos de los servicios
religiosos y a los recibidos de los beneficiados y curas de la dicha iglesia.
Además de Motilla, el cultivo de garbanzos estaba muy
extendido por varios pueblos del arcedianazgo de Alarcón: Castillo de
Garcimuñoz, Honrubia, la Almarcha, Montalbanejo, Zafra, Villalgordo del
Marquesado, El Pedernoso, Belmonte, Osa de la Vega, Tresjuncos o Monreal,
aunque los testigos generalizaban el cultivo prácticamente a todos los pueblos
del suelo de Alarcón. El diezmo cobrado sobre los garbanzos, al igual que el de
las colmenas y el del ganado estante, o que pasara las noches de más de medio
año en las tinadas del lugar de origen (el ganado en “teinas”) y sus productos,
lana y queso iba al llamado pie de altar, es decir, para los capellanes de las
iglesias locales. El cultivo de garbanzos, aparte de necesidad nutritiva, tenía
su razón de ser en la necesidad de dejar en barbecho las tierras de pan llevar
y cubrir esa carencia con la plantación de garbanzos. Sobre la generalización
del cultivo de esa legumbre, más allá de su cultivo secular, Juan Cortijo reconocía
su cultivo desde el año 1500 y, de hecho, el diezmo se cobraba desde la década
de los noventa, tal como aseveraba también Alonso de Córdoba el viejo, vecino
de El Peral, que así lo recordaba desde el momento de su casamiento en 1491.
Alonso de Calatayud, sacristán de El Peral recogía estos garbanzos en 1528 para
dárselos a los clérigos de su iglesia. El cultivo de garbanzos se había
generalizado en la década de los años veinte, tal como reconocía Benito
Cabañero de sesenta y seis años.
La tercia de Motilla del Palancar estaba en una casa
arrendada, propiedad de Juan Salvador. El año 1527 se había recaudado de diezmo
dieciocho celemines de garbanzos, mitad para Alarcón, mitad para el tercero
Juan de Madrid. El año 1528 fue famoso en toda la Mancha conquense por la
copiosidad de la cosecha.
Hasta la década de los veinte, si examinamos villas como
Motilla, El Peral, Villanueva o las aldeas de esta última, existía una
solidaridad de los vecinos de estos pueblos con sus clérigos. Estos clérigos o
capellanes de misa malvivían de sus servicios religiosos en entierros,
bautismos o matrimonios; estas prácticas sacramentales y alguna que otra dádiva
no llegaba para el sustento de estos clérigos, que eran naturales de los
pueblos, hijos segundones de las familias, excluidos de las herencias
familiares, que conformaban una casta de media a una docena en los pueblos. Tal
era el caso de Cristóbal Buendía; las tierras y ganados habían quedado para su
hermano primogénito, él ejercía de clérigo en la iglesia de Quintanar del
Marquesasdo. La solidaridad en los pueblos llevó a reservar para su sustento
una parte del diezmo, aprovechando el “vacío legal” de esta imposición: las
legumbres plantadas en los barbechos de las tierras de pan llevar y los ganados
que dormían en las tinadas de los pueblos y sus alrededores. Miguel García,
vecino de Villanueva de la Jara, reconocía, y defendía como beneficiario, que
aparte del queso y lana de estos ganados, se solían diezmar una cabeza de cada
sesenta en Villanueva de la Jara, mientras que el pie de altar se reducía en
los rebaños inferiores a ciento cincuenta cabezas de ovejas, cabras o ganado
mayor, de las que se otorgaban a estos mal llamados clérigos mercenarios la
mitad y la otra mitad al tercero o arrendador (si la cabaña era de más de 150
cabezas, el clérigo no recibía nada). Vieja herencia de una economía doméstica
que hacía del ganado un complemento y resultado del fracaso de un desarrollo
ganadero, abortado por la interrupción de los pastos locales, por dedicarse
estas tierras a la labranza. Fue ese mismo desarrollo agrario el que se volvió
contra estos clérigos menores. Ya desde 1460, las tierras llecas fueron
consideradas como el obispado, y por su cesión al deán y cabildo, como propias,
o más bien, sobre las que poseía un derecho eminente que les permitía exigir
las partes decimales de sus frutos. Esta pretensión jurídica frente a Alarcón o
el marqués de Villena fue un acicate para la colonización de estas tierras en
una frontera que mal reconocía derechos superiores, pero estos mismos derechos
serían recordados por la iglesia de Cuenca, cuando a su obispado llegaron los
italianos y exigieron las rentas de los beneficios de las iglesias de estas
antiguas aldeas de Alarcón. La rebelión de las iglesias locales contra el
obispado fue generalizada, ya hemos examinado los conflictos de las iglesias de
Quintanar, Tarazona o Casasimarro con el obispado. Iglesias que desde la década
de los veinte empiezan a despuntar y a consolidar su autonomía, ahora se une el
malestar personal de los clérigos, llamados mercenarios en el argot de la
época. Mercenarios de su comunidad pero que se negaban a serlo de extranjeros,
pues querían que sus rentas dependieran de la solidaridad de sus comunidades
locales antes que de la cesión de unos extranjeros que se llevaban la parte
gruesa de las rentas decimales… de ellos y de sus convecinos labradores.
Por supuesto no todos los clérigos eran como Diego de
Guadalajara, clérigo en Casasimarro y luego en la iglesia de Villanueva que se
aferraba a sus garbanzos decimales como a la vida, pero todos estos clérigos
que ejercían de capellanes o tenientes de curas en los pueblos tenían en el pie
de altar unos ingresos seguros para vivir y que Pedro de Montagudo, tercero de
Villanueva en el periodo de 1517 a 1528 nos recordaba:
“enjambres e miel e garbanços e guertas çerradas e
herrenales çerrados y ganados que estén en teyna”.
Con el desarrollo demográfico estos clérigos iban en aumento,
paralelamente al surgimiento de nuevas poblaciones que entraban en las imposiciones
decimales. A la altura de 1528, ya aparecen pagando diezmo, Los Rubielos o La
Puebla, que luego será de San Salvador. Los clérigos de Quintanar del Marquesado
disfrutaban de los dieciséis celemines de garbanzos diezmados, cifra que variaba
según la cosecha, pero que, junto al queso y lana, les valía en tanto daban el
salto a la iglesia de Villanueva. Eran estas comunidades nuevas, como la del
Quintanar, donde los hermanos Mañes labraban sus tierras y complementaban su
hacienda con un poco de ganado que daba para su sustento y para el de los
capellanes de su reciente iglesia, alejados de la matemática decimal e impositiva
foránea. En estas tierras las constituciones sinodiales de las rentas decimales
del pie de altar eran desconocidas e incompresibles: la división de estas
rentas a mitad entre aldea y ciudad eran desconocidas en estos pueblos y la
argucia del cabildo conquense para llevarse la parte de la ciudad primero y la
de la aldea, como beneficio del curato, después, era vista como simple
intromisión y robo de una comunidad solidaria. E incluso el hecho de que los
clérigos solo diezmaran a su favor la mitad de las cabañas estantes de más de
ciento cincuenta cabezas era visto como costumbre ajena a toda constitución y
reparto acorde con la satisfacción de las necesidades de los pocos clérigos
existentes den cada lugar. De hecho, las constituciones sinodales estaban
pensadas para pequeñas aldeas y unas villas con escaso potencial demográfico.
El diezmo era visto como imposición consuetudinaria, pero
también como exacción, que en la mentalidad de los lugareños era desconfianza
hacia donde iba ese fruto. Juan Bonilla disponía de ciento veinte cabezas de
ganado lanar y cabrío; un rebaño modesto, pero una fortuna acrecentada por el
esquileo anual y por las cincuenta y nueve crianzas que le procuraron el año de
1528. El motillano Juan Bonilla llegó a un arreglo con los clérigos de su
pueblo, en lo que era uso, y obviando donde debía pagar el diezmo o el número
de cabezas de su ganado, entrando en pleitos con el dezmero de Cuenca, Juan de
Madrid. El caso de Juan Bonilla no era único, otros había procedido igual que él,
así Juan García, yerno de Pedro Mondéjar, o la viuda de Alonso Leal. A Juan
García, sus setenta cabezas de ganado le procuraron ese año de 1528, veintitrés
crianzas y otras tantas debía tener la viuda de Alonso Leal. Era un conjunto de
ganaderos pequeños y oportunista en una villa que no tenía apenas ganados, que
solían dormir dos terceras partes del año en sus tinadas, y destinado a su
deshuese para el abasto de la villa; abasto, por otra parte, insuficiente en
una villa que se veía obligada a contratar fuera su carne, ya fuera en
Buenache, Iniesta o, más lejos, en El Provencio.
La sentencia de uno de octubre de 1528 a favor del tercero
Juan de Madrid y en contra de los intereses locales motillanos venía a
significar la ruptura de las comunidades locales autosuficientes. Su desarrollo
económico las había puesto en el ojo de mira de intereses foráneos dispuestos a
sustraer en beneficio propio un excedente tan mayor como menos oculto. Los
motillanos no aceptaron de buen grado el pago del diezmo o, mejor dicho, que esa
recaudación fuera controlada fuera del pueblo. Para 1530, sabemos de un vecino llamado
Francisco Leal, que estaba descomulgado por negarse a pagar el diezmo.
Los clérigos de La
Motilla se debían adaptar a las circunstancias y así lo hizo Gaspar Granero. En
octubre de 1529 el cardenal de Perugia había perdido el beneficio curado de
Motilla del Palancar a favor de don Juan de Lerma, que colocó, mandamiento
mediante del obispo Ramírez, como cura beneficiado a Gaspar Granero, convertido
ahora en defensor interesado de los clérigos pobres de la villa como paniaguados
suyos frente a un Juan de Madrid que no renunciaba ni al beneficio curado ni a
su parte de garbanzos y “teynas”, pleiteando en Toledo y llevando después el
pleito, en nombre del cardenal de Perugia, a la corte romana. El conflicto por
el beneficio curado de Motilla se internacionalizaba, ante los ojos impotentes de
los clérigos Gaspar Granero y Juan de Segovia que imploraban la defensa de sus
intereses ante el arzobispo de España Alonso de Fonseca, reconociendo su
pobreza interesada y tener por únicos bienes raíces, caso del segundo, una viña
con sus pocas cepas. Los clérigos motillanos conseguirían sentencia favorable
del provisor de Toledo una vez más, que intentaba a su vez evitar que el pleito
acabara en Roma
La resolución del conflicto en Roma ya la hemos estudiado en
otra parte y sabemos del principal beneficiario, un motillano que andaba por la
corte romana: Francisco de Lucas, en la década de 1530, cura de Motilla del
Palancar y prior de la colegiata de Belmonte.
*Agustín de Spindola que había llegado con otros genoveses
de la mano del cardenal San Jorge. DIAGO HERNANDO, Máximo: “El cardenal de San
Jorge y los hombres de negocios genoveses en Cuenca durante el reinado de los
Reyes Católicos”. el principal beneficiario de los garbanzos era un genovés, el
cardenal de Perusa, Agustín de Spínola, beneficiado de la iglesia de Motilla.
Los genoveses, por ejemplo, Lorenzo Bosco en Villanueva de la Jara, se hacen
con los beneficios de varias iglesias de la provincia de Cuenca tras el
nombramiento del Cardenal San Jorge o Riario como obispo de Cuenca en 1493 y
mantendrán esos beneficios (rentas decimales) en el primer tercio del siglo XVI.
Diego Hernández de Parada,
Ginés de Gumiel
Testigos presentados por Gaspar Granero ante los alcaldes
ordinarios Aparicio Martínez y Martín Gabaldón y ante Juan de Valverde,
teniente de cura de Santa María de Alarcón y Diego de Alarcón, cura de El
Peral.
Gonzalo Tendero
Bachiller Diego Rodríguez, físico
Juan de Torralba
Alonso Cortijo, 70 años
Pascual Cano. 60 años
Pedro Moreno, 55 años
Alonso Cortijo de Nuestra Señora, 44 años
Gil Bermejo, 50 años
Pedro Navarro, 35 años
Martín Moreno, 55 años, hijo de Mateo López
Juan García, 35 años
Elvira Martínez, 55 años
Mateo López, 35 años
Fabián de la Parrilla, 38 años
Juan López de Almodóvar, 50 años, morador de Gabaldón
Teresa Martínez, mujer de Gil Navarro, 60 años
Juan Temprado, 60 años
Probanza de 1529, a cargo del vicario de Toledo
Juan Garrido, morador en Madrigueras, 48 años
Gaspar García, cuarenta años, teniente de cura en Villanueva
de la Jara
Pascual García, setenta y cinco años, vecino de Villanueva
de la Jara
Pedro Monteagudo, 40 años, vecino de Villanueva de la Jara
Diego de Guadalajara, 45 años, clérigo y tercero en
Casasimarro.
Benito Cabañero, sesenta y seis años, tercero de El Peral.
Diego de Alarcón. Cuarenta años, clérigo y teniente de cura
en El Peral.
Juan Rico, más de sesenta años, vecino de El Peral.
Gil Bermejo, vecino de La Motilla, cincuenta años
Blasco García, vecino de La Motilla, 55 años.
Francisco Carrasco, 30 años, vecino de La Motilla
Pedro Moreno, 60 años, vecino de La Motilla
Pedro Martínez, vecino de Alarcón, 45 años. Dispone de un
ganado de menos de sesenta cabezas en Peñaquebrada
Martín Sánchez Moreno, 40 años, clérigo de La Motilla
Hernán García, apoderado de Juan Madrid como tercero de La
Motilla, 25 años
Mateo López, 36 años
Martín Gabaldón, morador de Valhermoso, 55 años
Álvaro de Hontecillas, 69 años, morador de Valhermoso
Otros testigos en probanzas de 1528
El Peral
Martín González, clérigo de El Peral y tercero en La Puebla
Alonso de Córdoba, el viejo, vecino de El Peral, 60 años.
Mar García, mujer de Alonso Mateo, sesenta años
Alonso de Calatayud, 30 años
Juan Simarro, 50 años
Villanueva
Martín Gómez, 48 años, clérigo
Miguel García, 50 años, clérigo
Ferrán Mañes, 52 años, tercero
Cristóbal de Buendía, 50 años
Diego de Guadalajara, 50,años clérigo de Casasimarro
Alarcón
Melián Trejuncos, clérigo de Valhermoso, 27 años
Andrés López, clérigo de Alarcón, 30 años
Pedro Luis, el viejo, 60 años
Cristóbal de la Fuente, 44 años
Juan de Oros, 50 años, morador del Olmedilla
Pascual Rentero, morador en Gascas, 47 años
Juan de Blasco, 58 años, morador del Olmedilla
Antón Navarro, 45 años, morador del Olmedilla
Constituciones sinodales sobre el ganado de Teynas
“establesco e mando que ganado de teyna sea dicho fasta
sesenta cabeças de ovejas e cabras e que cada noche vengan a dormir a casa e
que dende arriba huere el diezmo destas tales vaya a la terzia e si huere vezino
de la çibdad e toviere el tal veçino çiento e çinquenta cabeças e viniere a
dormir cada noche a casa partase por medio la meytad a la parrochia de la
çibdad o villa donde el tal vezino fuere vezino e la otra meytad a la parrochia
del aldea donde viviere e sy el tal ganado del vezino en el dicho número no
vinieren a dormir a casa cada noche parte según las otras vezindades de las çibdades
e villas e logares e como se suelen rrepartir las tres partes a la parrochia
del tal vesino e la quarta parte a la parrochia del aldea no viniendo a dormir
a casa de noche según dicho es no enbargante qualquier costunbre que en
contrario sea”
“estableçemos que ganado de teyna sea dicho fasta sesenta
cabeças de ovejas e de cabras que la noche viniere a estar en casa o açerca de
la aldea e dende ayuso el diezmo destas dichas sesenta cabeças que se diezme en
la aldea e desde sesenta cabeças arriba hasta çiento e çinquenta sy huere vezino
el señor dello de la çibdad o villa que se parta por medio a la parrochia de la
dicha çibdad o villa e a la parrochia del aldea”
Juan de Madrid con Gaspar Granero y Juan de Segovia vecinos de Motilla de Cuenca sobre cumplimiento de un testamento. Cuenca
Archivo Histórico Nacional, CONSEJOS,28210,Exp.14
viendo como las dichas yglesias tienen mucha nesçesidad de acabarse de hazer porque están prinçipiadas e no acabadas e caresçen e caresçen de rrelicarios e sagrarios para donde esté el Santísimo Sacramento, porque asy visitando lo hallo en lugares indecentes en unas arquillas muy pobres e las dichas yglesias caresçen de ornamentos, misales e caliçes e otras cosas para el culto divino.El 20 de noviembre de 1529, el obispo de Tagaste había visitado la iglesia de Santa María de Villanueva de la Jara, destituyendo a su mayordomo Miguel Mateo, y nombrando, en su lugar, a Benito Cuartero. Del cese, se desprende que el visitado no quedó muy complacido con las cuentas o, más bien, que aceptó la posición jareña de no compartir las rentas decimales de su iglesia con las nuevas parroquias surgidas al sur. De hecho, el nombramiento de Benito Cuartero estuvo tutelado por los alcaldes del lugar, Juan Tabernero y Juan de la Cosa, y el regidor Juan Saiz Carretero, y el nominado se aprestó a ceder poderes a un notable jareño, Francisco Zamora. Es de suponer, que más allá del litigio entre pueblos o parroquias, el verdadero conflicto se daba entre notables de familias, cuyos apellidos nos aparecen al final del poder otorgado como testigos: Martín de Buedo, Ginés de Ruipérez, Leonisio Clemente o Llorente López de Tébar.
"por las muchas guerras, mortandad que pasó en Roma y en Ytalia por mar e por tierra con el rey de Francia e con Romanos, por manera que los bancos estaban çerrados y no abía quien respondiese fasta que abrá quinze meses que el despachante que tiene en Roma el dicho Antonio Taborlán, su tío, banquero con el banco que tornaron a Roma y entonces enviaron a que viniese el dicho breve"La bula nombraba como jueces apostólicos a Alfonso de Arboleda, Juan de Barajas y Miguel Velasco, todos ellos canónigos de la catedral de Cuenca, para entender en el pleito de las iglesias jareñas y la iglesia matriz de Villanueva. Un conflicto que se extendía desde hacía siete años, y que ahora las aldeas pretendían reabrir con el breve papal favorable. Para ellos se pretendía hacer información de cómo el breve no había podido llegar antes a España por las guerras padecidas en la península italiana y el saco de Roma. Confirmarían este hecho los citados Antonio de Taborlán, Nicolás de Hungría y el prior y canónigo Juan de Barreda. Este canónigo había conseguido el canonicato de la catedral de Cuenca en la corte romana del Papa Clemente VII, pero, por la situación de guerra, había quedado allí aislado dos años hasta que se echó a la mar, con la mala fortuna que fue preso de los turcos y tuvo que pagar un rescate para su liberación. Los jueces eclesiásticos, como hemos visto, se decantarían por las iglesias de las aldeas jareñas, pero las penas de excomunión impuestas a los Ruipérez no parece que les atemorizaran demasiado.
que se fazen las rrentas en la villa de Alarcón delante del arzipreste e juez de las rrentas eclesiásticas perteneçientes a las çinco yglesias perrochiales de la dicha villa de Alarcón con sus tres quadrillas, las quales rrentas e diezmos de corderos, vino, bestuario e queso e lana e pan de cahízes levaderos e no levaderos e pan de vezinos, los quales dichos diezmos tienen las dichas yglesias y rrentas dellas en los lugares de su arziprestadgo e suelo de Alarcón donde tienen diezmos las dichas yglesias y rrentas dellas, ansimesmo en Villanueua de la Xara y sus aldeas e el Peral e la Motilla e Gabaldón y Barchín y Buenache y San Clemente y Vala de Rrey y el Cañavate y las Pedroñeras y muchos lugares de su arziprestadgo que aquí dexo de nombrar por su prolixidad, en las quales villas e lugares sabe e siempre a visto en el dicho tiempo poner terçias e terzeros en cada una villa e lugar de dicho arziprstadgo por la parte de Alarcón que es que se pone en cada lugar dos terçias, una para cobrar parte del Rrei e Yglesia e benefiçios e rrefitor e otra para parte de Alarcón e de las yglesias della con sus tres quadrillas; en la qual dicha terçia de Alarcón sabe e siempre a visto que hechan diezmos de pan de veçinos e hixos de veçinos e cahizeros no levaderos e otros cahizeros levaderos los a visto llevar a las terçias de dentro de los muros de la villa de Alarcón con que son obligados de los llevar fasta el día de San Martín a su costa cada un año y no los llevando pasado el dicho día de cada un año yncurren en pena de seisçientos mrs. y los otros diezmos de lana e queso e cahizes no trahederos y pan de veçinos en fixos de veçinos echan en las terçias que la dicha villa de Alarcón señala en cada lugar del arziprestadgo, que en su nombre señalan en cada lugar los arrendadores que arriendan las rrentas susodichas de las dichas yglesias cobrando los dichos diezmos e vino e bestuario e corderos e pan e queso y lana y collaçios por los rrecudimientos que el dicho arzipreste e juez de las rrentas da en cada un año e porque acuden los dezmeros, veçinos e fixos de veçinos* e cahizeros levaderos y no levaderos no aviéndolos llevado el dicho dñia de San Martín como dicho es promulgan sentençia descomunión en cada uno de los que no los llevan y demás pagan los seisçientos mrs. y los otros diezmos demás de los susodichos que son del Rei e Yglesia y benefiçios e rrefitor los echan en la terçia del Rrey señalada por el obispo de que ay terzero della en cada lugar que dan quenta dellas a el Rrey e Yglesias e benefiçios e rrefitor que es el cabildo de la Yglesia de Cuenca, en la terçia de Alarcón el terçero della da quenta y rrazón a las partes de las dichas çinco yglesias perrochiales de Alarcón con sus tres quadrillas, en las quales dichas terçias de Alarcón tiene parte las dichas yglesias e el marqués y el obispo y señores de la yglesia de Cuenca y los benefiçios y pretameros en las dichas yglesias de Alarcón... por la diuisión qu está fecha de los dichos diezmos, porque los que se echan en la terçia de Alarcón pertenezen al obispo e señores y a las çinco yglesias de Alarcón con sus tres quadrillas y al marqués y benefiçios y pretameros y sacristanes de las dihas çinco yglesias y los diezmos que se echan en la otra terçia perteneçen al rrey e yglesia de cada lugar e villa e al rrefitor e benefiçio.
que la mitad de la terçia del benefiçiado se rreparten los diezmos de los coronados se saca primeramente o se rreparte entre rrefitor e benefiçiado e lo que está de legos se rreparte por tres terçias partes la una lleva beneficiado e la otra lleva el rrefitor e la otra della saca para sacristán a tres cahízes e lo que rresta e lo que lleva desta parte lleva dos terçias partes el Rrey e la una la YglesiaLa descripción de la tercia del rey o beneficiado de Villanueva de la Jara coincidía con esa otra dada por el clérigo Diego de Alarcón, respecto a la tercia de El Peral
e lo que lleva la terçia del benefiçiado se rreparte desta manera, que la terçia parte lleva el benefiçiado e la otra terçia parte el rrefitor e la otra terçia parte se saca el diezmo de los coronados e lo lleva el benefiçiado e rrefitor e de lo que queda se sacan tres cahízes de pan por medio para los sacristanes desta villa del Peral e lo que rresta se fazen tres partes de lo que se lleva el rrey dos partes e la otra terçia parte la yglesia e de la parte de la yglesia lleva el rrediezmo el benefiçiado si lo ay e si no el terçio e que el diezmo de los ganados e queso e lana se rreparte desta manera, la quarta parte lleva el benefiçiado de esta villa e las otras tres partes va a la villa de Alarcón dello no lleva parte la yglesia, rrey e rrefitorLa villa de Alarcón ganó el pleito a la villa de Villanueva de la Jara; el alcalde mayor licenciado Alonso Pérez de Vargas daría sentencia favorable a las iglesias de Alarcón por sentencia de nueve de julio de 1526. Por entonces, Villanueva de la Jara había caído en manos del señorío de la emperatriz Isabel. Un hecho más que nos debe hacer reflexionar sobre la edad dorada que se nos pretende dar del señorío de Isabel de Portugal y que nosotros vemos como necesidad de sojuzgar unas villas de realengo rebeldes.
la posesión que la parte contraria (las parroquias de Alarcón) pretendían avía sido clandestina e viciosa y avía sido interrumpida por muchas vezes y de tal manera que no obligava a sus partes
de las tercias o cahízes que llaman de Alarcón que son las villas de San Clemente, Vala de Rey, El Cañavate, Villanueva de la Jara, El Quintanar, Tarazona, La Motilla, Gabaldón, EL Alberca, Santa María del Campo, Valverde, Buenache, Onrubia, Castillo de Garcimuñoz, Montalbanejo y otras villas donde se recoge el pan de cahízes de Alarcón y vecinos
y porque se podría dubdar que como se dizen que lleuavan una tercia parte obispo y cabildo teniendo el obispo distinta su renta en el arcedianato de Huete, digo que adonde tiene renta el obispo no entran los cauildos ni adonde los cabildos no entra el obispo en lo que es lo principal porque en Huete no tienen nada los cauildos sino que su renta mayor es en los vestuarios de la Mancha adonde no lleua nada el obispo y adonde obispo y cabildo concurren juntos es en pan de Alarcón y en pan de Uclés y también tiene el obispo los rediezmos en los refitores de mesa capitular de manera que considerado uno con otro lleuan una tercia parte de todos los diezmos de pan y vino y ganado de esta tercia de legos el obispo y cabildo y los curas y beneficiados y demás pieças eclesiásticas y Rey eglesias lleuan las otras dos terçias partes en todo el obispado
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| BNE, MR/2/49 |
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| AHN, NOBLEZA, FRIAS, C. 711, D. 63. El escribano que refrenda la ejecutoria es Pedro Calderón de la Barca, padre del dramaturgo |