El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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domingo, 10 de julio de 2016

Los Castillo o el malogrado intento de reducir San Clemente a jurisdicción señorial (I)

Hernando del Castillo, alcaide de Alarcón, su hijo Alonso, sus nietos Hernando, Francisco y Alonso, la biznieta Elvira Cimbrón o el tataranieto Francisco de Castillo e Inestrosa, son personajes presentes de forma ininterrumpida en la historia de la villa de San Clemente desde el mismo momento que obtiene el título de villa en 1445 hasta 1650.

El progenitor era Hernando del Castillo, alcaide de Alarcón, y hombre de confianza del Marqués de Villena (1). ¿Por qué se sabe tan poco de él? Quizás porque él mismo estaba interesado en ocultar sus orígenes. Su madre era Violante González, la Blanquilla, fallecida en 1468, sus huesos exhumados de la capilla de Santa Catalina del convento de San Agustín de la villa del Castillo de Garcimuñoz serían quemados para escarnio familiar en la Plaza Mayor de Cuenca en 1491 en auto de fe públicamente. Sabemos que su marido era Alonso de Luz, también acusado de judaizante, pero antes había tenido una relación de la que había nacido Hernando. Nunca el hijo quiso desvelar la identidad del padre en el proceso inquisitorial que padeció en 1499. Pero sus nietos fueron más indiscretos en el pleito que por su hidalguía litigaron ante la Chancillería de Granada. El bisabuelo no sería otro que el doctor Pedro González del Castillo, primer señor de Santa María del Campo Rus y de Santiago el Quebrado.

Hoy en día vemos como el Castillo de Santiaguillo de la Torre, antiguamente Santiago el Quebrado, amenaza ruina y sus lienzos de muralla se derrumban. Solo unos pocos imploran por su recuperación, pero quienes realmente deberían hacerlo no lo hacen. Santiago el Quebrado era propiedad de Rodrigo Rodríguez de Avilés, el antecesor de la línea bastarda de los Pacheco, que consolidó su poder en el señorío de Minaya. Preso de los moros tuvo que pagar un alto rescate, que le obligaría a vender en 1428 su heredad de Santiago el Quebrado al doctor Pedro González del Castillo. Especial querencia debía tener el doctor a este lugar pues aquí dispuso como primer lugar para que se le enterrara y aquí mando construir el castillo que hoy se nos conserva.

Pero esta familia siempre tuvo sus ojos puestos en San Clemente. El doctor Pedro González del Castillo se tenía por biznieto de Clemén Pérez de Rus, el fundador de la villa de San Clemente, o al menos sus herederos no dudaron en fabricarse tan fabulosa genealogía. Más que el doctor, era su hermano, el corregidor Hernán, el que tenía intereses directos en la villa. Ambos hermanos habían apoyado la política del malogrado Álvaro de Luna, ahora la irrupción de Juan Pacheco en la zona, les había procurado nuevos incentivos a su política de señorialización. El corregidor Hernán González del Castillo afianzará su poder en San Clemente. Símbolo  de su poder es la construcción de la llamada Torre Vieja. Imponente mole, identidad de un  poder señorial, que en su verticalidad desentona con el resto de las edificaciones sanclementinas. Sin sucesión hereditaria, elegiría como lugar de entierro la capilla de San Antonio de la Iglesia de Santiago. El amplio patrimonio que había consolidado en la villa de San Clemente acabará en la casa de Minaya.

Entonces, ¿cual es el origen del patrimonio de la familia Castillo en San Clemente, si la herencia del corregidor Hernán acabó en manos de los señores de Minaya, la rama menor de los Pacheco? Creemos que la respuesta está en el hijo bastardo del doctor Pedro González del Castillo. Sabemos que este hijo bastardo se llamaba licenciado Hernán González del Castillo, que fue excluido de la sucesión del mayorazgo del doctor pero que fue ampliamente recompensado primero como usufructuario y luego como propietario de un amplio patrimonio que tenías tres centros: las dehesas de Solanilla y Galapagar en Alarcón, una heredad en San Clemente y los molinos de la ribera del Júcar. La posesión de los molinos, convertida en propiedad desde 1443, en lo que tiene de derecho feudal lo consideramos la principal fuente de su poder y la principal fuente de conflictos.

Ahora bien, ¿este licenciado Hernán González del Castillo y el alcaide de Alarcón, llamado Hernando del Castillo, es el mismo? Nosotros apostamos por esta hipótesis, pues el licenciado ya aparece, en lo que tiene de equivalente a alcaide, como guarda del rey. Hernán González del Castillo o Hernando Castillo, a nuestro parecer, tenía razones para ocultar sus orígenes, pues era un bastardo fruto de la unión del doctor Pedro Sánchez del Castillo, primer señor de Santa María del Campo Rus, y Violante González, la Blanquilla, judía conversa. Su servicio como paje de don Juan Pacheco, marqués de Villena, y su protección, le catapultaría a una posición de preponderancia. Sus servicios serían recompensados y la herencia familiar recibida en torno a los núcleos de Alcorcón y San Clemente recompensada con títulos y señoríos: alcaide de Alarcón, señor de Altarejos, señor de Perona y la propiedad de los molinos de la ribera del Júcar convertida en señorío de la Noguera y la Losa. En cuanto a su casamiento lo haría con Juana de Toledo, aunque a decir de su hijo Diego el verdadero nombre de la esposa era Juana de Luna, la nieta de don Álvaro de Luna, condestable de Castilla.

La jurisdicción de Perona otorgada por Diego López Pacheco, II marqués de Villena, el 4 de enero de 1475, se fundaba en las propiedades preexistentes en el lugar de la familia Castillo. San Clemente. con gran malestar tal como reconocía cinco años después, se vería obligado a reconocer el desgajamiento de esta aldea de su jurisdicción el siete de mayo. Cuatro días después Hernando del Castillo colocaba la horca como símbolo de su jurisdicción y nombraba entre los aldeanos alcalde, regidores y alguacil. El dominio jurisdiccional de Hernando del Castillo duró hasta el momento que Garci de la Madrid, capitán real, liberó San Clemente y lo redujo a la corona el verano de 1476. Pero el alcaide de Alarcón intentaría recuperar su jurisdicción apoyándose en los términos de la concordia entre el marqués de Villena y los Reyes Católicos de 1480*. Hábilmente los sanclementinos supieron señalar que la restitución de la que hablaba la concordia era referida al momento de la muerte de Enrique IV y que la jurisdicción de Perona se había cedido en un momento posterior. Para despejar dudas los sanclementinos derribaron la horca que Hernando del Castillo había vuelto a poner. Así los derechos de Hernando sobre Perona eran de mera propiedad no de señorío**.

Pero el dominio señorial de Hernando del Castillo era visible en el derecho a la molienda que le daba su posesión de los molinos de la ribera del Júcar y la dehesa de Villalgordo. Los molinos estaban situados en el actual término de Casas Benítez, en una franja que había caído bajo jurisdicción de Hernando del Castillo, que iba desde el molino de la Noguera hasta el molino de la Losa, aunque también incluía otro molino en el término de la Ruidera. La propiedad de estos molinos le garantizaba el monopolio de la molienda ya no solo de los vecinos de San Clemente sino de los de Villanueva de la Jara y sería motivo de litigio con los vecinos de San Clemente ya desde 1445 y también con los Villanueva en 1489. La presión de las villas obligaría al heredero de Hernando, Alonso del Castillo, a ceder el monopolio de la molienda autorizando que el concejo de San Clemente construyera sus propios molinos en el Vado del Fresno en 1515.

En el reparto de la herencia de Hernando del Castillo tendría que ver no poco el fracaso de alguna de las alianzas matrimoniales que había planeado. Nos referimos al malogrado matrimonio de su hija Inés con el señor de Piqueras, Juan de Valencia. Además del fracaso de ver incumplido su deseo de acercar sus posesiones de Altarejos con las de los heredamientos de la ribera del Júcar, el rencor que al alcaide le guardaría Juan de Valencia se presentaría como venganza que mancharía el buen nombre de toda la familia Castillo. Pues el proceso inquisitorial que se desencadenó a continuación en 1491, inducido por el mencionado Juan de Valencia, además de exhumar para ser quemados los huesos de la madre Violante González, condenaba a todo su linaje a ser apartados del ejercicio de oficios públicos. La persecución inquisitorial continuaría siete años después contra el propio Hernando, condenado un año después en 1499, y posteriormente contra su hijo Diego en 1519.

La herencia de Hernando del Castillo se repartiría entre sus dos hijos varones. Diego heredaría la alcaidía de Alarcón y el señorío de Altarejos. Alonso del Castillo, que mantendría la relación con la villa de San Clemente, se haría con el patrimonio familiar más cercano a esta villa. Su matrimonio en 1487 con María de Inestrosa, hija del comendador Alonso de Iniesta, consolidaría el patrimonio familiar: a los molinos y dehesas de la Losa y Villalgordo, se unía la heredad de Perona, y otras heredades en Villar de Cantos, Villanueva, Cañavate, Picazo y la propia villa de San Clemente, donde no faltaban diversos majuelos. Por carta de emancipación, en lo que el profesor Rodríguez Llopis ha considerado como constitución de un pseudomayorazgo, el hijo del matrimonio, Alonso del Castillo e Inestrosa recibía en 1517 el señorío de Perona, la dehesa de Villalgordo y heredades en Villar de Cantos, Cañavate y la Atalaya. Pero Alonso del Castillo e Inestrosa tenía otros dos hermanos, Hernando y Francisco. Ninguno de los tres se mantuvo ajeno a la vida de la villa de San Clemente, aunque el azar quiso que el grueso del patrimonio acabara en las descendientes de Francisco.

(continuará)

(1) El estudio más detallado sobre la figura de Hernando del Castillo hasta la fecha se puede ver en GARCIA MORATALLA, P. J. La tierra de Alarcón en el señorío de Villena (siglos XIII-XV). IEA Don Juan Manuel. Albacete, 2003, pp. 188 y ss.

*Hernando del Castillo conseguirá la restitución  de sus bienes por real provisión de los RRCC que lo incluía entre los afectados, como seguidor del Marqués de Villena, en los capítulos de la concordia de 1480. (AGS. RGS. Leg. 148003, fol. 405. Restitución de bienes a favor de Hernando del Castillo. Toledo, 7 de marzo de 1480)

**Los hechos narrados por don Diego Torrente aparecen en AGS. RGS. Leg. 148005, Fol. 156. Toledo 17 de mayo de 1480
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RODRÍGUEZ LLOPIS, MIGUEL: "Procesos de movilidad social en la nobleza conquense: la tierra de Alarcón en la Baja Edad Media" en Tierra y familia en la España meridional, siglos XIII-XIX (Francisco García González ed.). Universidad de Murcia. 1998

domingo, 12 de junio de 2016

Memorial de Miguel de Perona contra las familias principales de la villa de San Clemente (1641)

                                                       

El memorial que presentamos de don Miguel de Perona al fiscal del Consejo de Órdenes se enmarca en el contexto de una monarquía necesitada de la venta de cargos para conseguir los recursos financieros necesarios para sostener el esfuerzo militar. No olvidemos que estamos en el crítico año de 1641, que sucede a las rebeliones catalana y portuguesa.

Ricos del lugar, como Rodrigo de Ortega, III señor de Villar de Cantos, o Francisco de Astudillo Villamediana aprovecharán para conseguir uno de estos hábitos de la orden de Santiago y, en el segundo de los casos, ver reconocida una advenediza hidalguía. El tercero en conseguir ese año el hábito de caballero de Santiago sería Iñigo Pacheco de Mendoza, de nobleza más reconocida. La farsa de las pruebas, que reconoce el denunciante Miguel de Perona, queda manifiesta en el precio fijado para la compra de estos hábitos de las órdenes militares. 4.000 ducados pagará Astudillo.

Miguel de Perona, con mucho sarcasmo, denunciará la facilidad de acceder a la nobleza por la principales familias sanclementinas, no reconociendo tal hidalguía sino exclusivamente a los Pacheco, aunque se a dicho algo, añadirá maliciosamente. San Clemente es a su modo de ver una villa donde cualquiera puede acceder a la condición noble a través de dos procedimientos. El primero es la elección anual por septiembre de electores para el cargo de alcalde de la Santa Hermandad por el estado noble

de suerte que cada año en San Clemente se acen quatro yjosdalgo, porque está a elegción de los que nombran elejir los que quisieren con lo que si esto tubiera fuerça en pocos años fueran ydalgos todos los del lugar

El segundo procedimiento es la concesión de cédulas para obtener rebaja del precio de venta de la carne, no pagando sisa para el servicio de millones. De tal forma, que se da tal autonomía al cortador de la carne para este privilegio, que no le faltaba razón a don Miguel Perona cuando equiparaba  a este oficio con una Chancillería a la que había de corresponder la concesión de ejecutorias de hidalguías:

el cortador de esta billa era una chancillería en quanto ser linpio es lo mesmo que noble

Por último, don Miguel de Perona, ya desde el inicio de su memorial, denunciará como un escándalo general en toda la Mancha la compra venta de hábitos de las órdenes militares, denunciando a los ricos de la villa, pero también la corrupción de los informantes del Consejo de Órdenes. Nos aporta el dato, que se puede comprobar en otros aspectos de la política sanclementina (tal la colaboración con la Monarquía en estos años críticos), de lo que llama confederación de las dos principales figuras del momento: don Rodrigo de Ortega y don Francisco de Astudillo Villamediana. Alianza circunstancial, incapaz de ocultar una rivalidad de intereses encontrados



                                                              ***

                                                               (cruz)

Señor don Lope de Morales

celoso de que las órdenes militares se conserben con el lustre que piden sus estatutos ago saber a u. sª. como don Francisco Estudillo becino de esta billa de San Clemente pretende el ábito de Santiago atrebimiento digno de ejemplar castigo porque desestima a el Consejo, pareciéndole su dinero lo a de suplir todo escándalo general a causado a la Mancha, aunque con dinero comisiones y otros beneficios tiene reducidos a muchos a que dirán bien y lo que a alentado su atrebimiento a sido la confederación que a echo con don Rodrigo Ortega, pretendiente del mismo ábito, don Yñigo Pacheco tiene echa merced, don Francisco Alarcón aguarda se despachen éstos para entrar, el de los Balençuelas y Erreros pretenden en la Ynquisición, familias que compreenden casi todo el lugar y defegtuosísimas escebto los Pachecos, que aunque se a dicho algo son caballeros y an tenido siempre lucimiento. Los testigos que an dicho en las ynformaciones de don Rodrigo Ortega no se atrebían a decir la berdad porque don Antonio Pimentel y don Andrés de Nieba a quién el pretendiente tenía prebenido para que diligenciase las pruebas les decían como no podían reducir a algunos testigos y con saber esto los del lugar se atemoriçaron y no se atrebían a decir la berdad sino lo que querían los ynformantes haciendo prebención de esxaminarlos a todos tocando en los dichos de los más enteros algunos de los muchos defegtos que padece y después satisfacer con mucho número de testigos para que con estas diligencias se oscureciese la berdad y que si se daba algún memorial no tubiese fuerça, mas yo no sé cómo puedan salbar el tener una familiatura enpatada de un primo suyo a bien el padre del pretendiente sido el solicitador del despacho y estando en él en esa corte el año pasado ynbió a decir a su casa que abía sacado auto de la Jeneral Ynquisición por el que declaraban ser limpio por el quarto que a él tocaba que era en San Clemente y que lo que tocaba a la Ynquisición de Murcia se yciesen más pruebas recibieron muchas norabuenas de todo el lugar y antes de Nabidad esta pasada binieron a hacer pruebas sobre lo que abía dicho estaba ya juzgado con lo que se reconoció su embuste, es descendiente de Luis de Origüela quemado, tiene G(u)edeja de Alcaraz y otros defegtos, que si bienen otros ynformantes se berificarán y estos defegtos conprueban su proceder porque el padre del pretendiente estubo más de ocho meses preso en la Ynquisición y por mucho fabor le dieron en fiado, el pretendiente y tres ermanos suyos tienen echas causas en la Ynquisición, un primo del pretendiente preso en la Ynquisición de Balladolid, la madre del pretendiente es pechera y qué admiración causará a toda la Mancha ber que la Ynquisición está castigando a esta familia y el consejo de órdenes despachándoles ábitos por no enbiar ministros enteros y que no les mueba el ynterés como a los dichos y de ber lo que an hecho los ynformantes se alientan los más defegtuosos como es don Francisco Estudillo que no tiniendo gota de sangre noble quiere ábito siendo yjo y nieto de escribanos por padre y madre y es lo mejor que tiene abiendo pechado llanamente todos y  su padre por gran suerte fue alcalde por los pecheros y e entendido que un libro que llebó desta billa el Marqués de Agrópoli, le pide Juan de Ortega a jente de don Francisco en nombre de la billa para quitar dél por donde consta pecharon todos sus ascendientes y poner algunas protestas antes que su padre recibiese la bara para que remitiéndose los testigos a los libros allen en ellos lo faborable  a su pretensión a lo que no debe dar lugar el consejo sino retenelle y abiendo yntentado que la billa lo reciba, cosa que ace casi generalemente no lo pudo conseguir, aunque les daba muchos ducados temiendo no los llebasen a Granada y los más amigos le decían que no ynportaba el estar recibido para pretender ábito que ellos se perjurarían y en fe de esto y del fabor que le ace el corregidor y la unión que tiene con los demás, de que se ayuden unos a otros y tener concertado con don Antonio Pimentel y don Andrés Nieba le despacharán su ábito por quatro mil ducados se a atrebido y para que los testigos puedan deponer de algún agto de ydalgo a echole de su boto Pedro de Tébar para nombrar alcalde de la ermandad que en este lugar ay costumbre de que quatro personas nombran alcalde de la ermandad cada año y estos quatro ponen sus botos en otros quatro para el año sig(u)iente para que nombren alcalde y esto sin autoridad de justicia ni de billa, de suerte que cada año en San Clemente se acen quatro yjosdalgo, porque está a elegción de los que nombran elejir los que quisieren con lo que si esto tubiera fuerça en pocos años fueran ydalgos todos los del lugar, ay costumbre es esta billa de que los ydalgos y muchos que no lo son lleben cédulas a la carnicería para rebajarles la carne un marabedí de sisa y don Francisco Estudillo no se a aterbido a ynbiarla asta que bino este correjidor con ser una cosa ridícula, porque la billa tiene echo concierto con el cortador de que le a de rebajar de la carne que romana tanta cantidad y que corra por su quenta el recibir cédulas y esto se yço por los empeños que se ponía el rejidor por cuya quenta corría cada mes el pasarlas de forma que si esto tubiera fuerça el cortador de esta billa era una chancillería en quanto ser limpio es lo mismo que noble, e querido dar quenta a u. sª de todo para que la dé al consejo y se remitan ynformantes de toda consideración y se berifique todo lo contenido que juro a Dios y a esta + es berdad y en lo tocante a don Rodrigo de Ortega dirá don Pedro Baca, don Tomás Melgarejo y don Bicente Ferrer, caballero de la orden de Santiago, que trataron de casarlos con la ermana del pretendiente y no quisieron por ser tan conocidos sus defegtos y los dichos ynformantes están en esta tierra aguardando les remitan las pruebas de don Francisco a lo que si se da lugar no ay que acer estimación de los ábitos, yo cumplo con mi conciencia con dar quenta a u. sª. para que lo remedie y lo tengo por cierto por conocer la justificación del Consejo y que no a de querer se pierda el lustre y estimación de las órdenes nuestro señor guarde a u. sª. para que ayude a su conserbación. San Clemente, de mayo de 641
                                                                       Don Miguel de Perona



AHN. ÓRDENES MILITARES. CABALLEROS DE SANTIAGO. Exp. 6008. Don Rodrigo de Ortega y Monteagudo. 1641, sin foliar

sábado, 23 de abril de 2016

El legado de los Castillo y las monjas clarisas de San Clemente (1627)- (I)

El convento de las monjas franciscanas clarisas, llamado de la Asunción, de San Clemente era el refugio preferido por las grandes familias de la villa para sus hijas. Por la misma razón, sus monjas, a pesar de su condición de  discretas, traducían los conflictos de intereses entre los grupos familiares sanclementinos. En la panoplia de apellidos de las monjas que vivían en el convento no faltaba ninguno de los grandes linajes y la presencia de alguno foráneo. Basta ver la relación de monjas que nos da alguna escritura de septiembre de 1627:  doña Isabel de Montoya, abadesa, doña Ana y doña María Pacheco, doña Gabriela Villasinda, doña Inés de Montoya, doña Inés Lasso, doña Francisca Vázquez de Haro. doña Bárbara de los Ángeles, doña María del Catillo, doña Catalina y doña Inés de Hermosa, doña Catalina de Santacruz, doña María de Haro,  doña María y doña Ana de Buedo, doña Ana de Ortega, doña María de Rosillo, doña María y doña Beatriz de Nieva, doña María de Tébar o doña Guiomar de Busto. Apellidos que apenas si dejan hueco a otros más comunes como doña Ana Gallego, doña María de Contreras, doña Ana de Olivares o Ana de Pontones.

La muerte del alférez mayor de la villa, don Francisco Pacheco Guzmán, hacia 1625 (sin que podamos concretar la fecha exacta) debió dejar a su viuda doña Elvira Cimbrón o Castillo e Inestrosa, en una posición muy débil dentro del juego de intereses y rivalidades sanclementinos. El primogénito del matrimonio, don Rodrigo, había desaparecido de la primera línea de la política de San Clemente; su matrimonio con una prima del duque del Infantado le había alejado de la villa. Otra rama de los Pacheco parece ocupar el espacio, no sólo político sino también la casa familiar, dejado por el desaparecido alférez mayor, pero el joven de su mismo nombre, don Juan Pacheco y Guzmán, señor de Valdosma y Tejada, es una sombra de aquel. A pesar que, desde 1626, ostenta el título de caballero de Alcántara y que ese mismo año intentará impresionar a la villa con grandes fiestas para la octava del Corpus, las desmesuradas celebraciones de dos años después por don Rodrigo de Ortega para la misma fiesta mostrarán cuánto había cambiado la relación de poder en San Clemente.

Nuestra protagonista es doña Elvira Castillo e Inestrosa y Cimbrón, aunque lo normal es que siempre nos aparezca como doña Elvira Cimbrón sin más, olvidando el apellido de Castillo, quizás como una imposición propia o de su marido Juan Pacheco y Guzmán, que no quería resucitar las viejas polémicas inquisitoriales sobre su origen converso que los hermanos Hernando, Francisco y Alonso Castillo habían sido víctimas a mediados del quinientos con motivo de su pleito de hidalguía en la Chancillería de Granada.

De Hernando del Castillo y su descendencia poco sabemos y su protagonismo desaparece de la vida de San Clemente después de su omnipresencia en los años que giran hacia 1550. Si podemos dar continuidad a los otros dos hermanos, que heredarán los bienes vinculados familiares y por azares matrimoniales trasladarán la herencia a los Pacheco. Alonso del Castillo casará con Juana de Mendoza, de cuya unión nacerá Francisco de Mendoza, regidor perpetuo de San Clemente, y que fallecerá en 1598; casado con doña Juana Guedeja y Peralta, procedente de una familia que dará funcionarios del más alto rango en la Corte y los Consejos, después que el licenciado Agustín de Guedeja abandone la casa familiar en San Clemente para ocupar un bien remunerado oficio de relator en el Consejo y Cámara de su Majestad.

Francisco del Castillo e Inestrosa casará con una Cimbrón de Ávila. La sucesión será femenina, con dos hijas, María y Elvira. Pero la fortuna hará que toda la herencia familiar recaiga en Elvira. Al incremento del patrimonio de doña Elvira Cimbrón, contribuyó en gran medida el legado de su primo hermano Francisco de Mendoza y Castillo. Cuando Francisco de Mendoza muere en Madrid deja como principal beneficiaria de su testamento, escriturado en Madrid el 13 de octubre de 1598, a su prima Elvira. Ésta que ya poseía la mitad del término de Perona, agregará la otra mitad cedida por su primo. Con el término de Perona heredaría el pleito con la villa de San Clemente sobre la jurisdicción de este lugar

mando la mitad que tengo y poseo con los términos y casas con lo demás anejo y con la jurisdicción del dicho lugar que trato pleyto con la villa de San Clemente, con la jurisdicción de la mi prima y sus herederos lo ayan y tengan y posean juntamente con la otra mitad del dicho lugar que es de la dicha doña Elvira Zimbrén, sin que en ningún tiempo se puedan diuidir ni enajenar sino siempre suzeda en todo el dicho lugar los nombrados por la dicha señora Elvira Zimbrón en su mitad pues con el fauor de Dios serán los propios que yo nombrare por ser como somos hijos de dos hermanos

El testamento nombraba como albacea a doña Elvira, y la posesión de Perona se supeditaba a algunas cargas, entre las que figuraban la obligatoriedad de algunas misas, por el alma de Francisco Mendoza, en la capilla que los abuelos, Alonso del Castillo y María de Inestrosa, habían fundado para la familia en el Monasterio de Nuestra Señora de Gracia de San Francisco: la misa mayor del domingo, por su memoria, la misa del sábado por su madre Juana de Mendoza y una misa los viernes por su hermano mayor el licenciado don Ginés del Castillo y Mendoza. La cesión de bienes a doña Elvira tenía como reserva la condición que seguiría disponiendo de ellos, como usufructuaria y mientras viviera, la viuda de Francisco Mendoza, doña Juana de Guedeja y Peralta (su muerte debió acaecer en 1608).

Como albacea testamentaria, doña Elvira adquiría el ya citado compromiso de fundar un convento de monjas carmelitas descalzas, en la villa de San Clemente, al que cedía sus casas principales y un juro de 150.000 maravedíes de renta anual, con condición de que dos monjas profesas fueran necesariamente de la familia y se reservara una capilla para el enterramiento de su los patrones familiares de dicha fundación. En caso de que no pudiera llevarse tal fundación, los bienes se agregarían a las clarisas.

El traspaso efectivo de la memoria para la fundación conventual no se haría efectivo hasta 1627, hasta entonces, disfrutaría de ellos, casas principales de morada en el pueblo y renta de 150.000 maravedíes, doña Elvira Cimbrón y su marido el alférez mayor Juan Pacheco y Guzmán. En la persona de la mujer, se acumulaban los títulos, aunque con unos derechos jurisdiccionales negados y pleiteados por la villa de San Clemente, de señora de las villas de Valera de Abajo y de la Losa y de los heredamientos de los lugares de Perona y Sotuélamos. De la primera herencia recibida de su padre indirectamente por la muerte de su hermana María, doña Elvira recibía la mitad de Perona restante.


AGS. CONTADURIA DE MERCEDES (CME). 273, 47. Juro a favor de don Francisco de Mendoza

martes, 22 de marzo de 2016

Censo de moriscos de 1594: San Clemente

Los censos de moriscos en el Obispado de Cuenca han sido estudiados por Mercedes García Arenal (1). Se elaboraron (nos quedan) en 1581, 1589 y 1594. El presentado aquí se corresponde al de 1594; el censo original de ese año se conserva en el Archivo Diocesano de Cuenca. El presentado aquí es una copia de la colección Pascual Gayangos existente en la Biblioteca Nacional, que es un resumen del original existente en Cuenca y que no tiene la minuciosidad de datos que nos aporta el primero. En San Clemente vivían 259 moriscos correspondientes a 74 familias (en este concepto incluimos 5 familias unipersonales). A ellos habría que sumar 23 moriscos más agrupados en siete familias que vivían en Perona y Villar de Cantos. Frente a la creencia generalizada de una población prolífica, el número de miembros por familia se sitúa en 3.5. La edad de los hijos nos muestran matrimonios muy tardíos para la época.

El censo próximo de millones indica una población global para San Clemente de 1572 vecinos; es decir, el censo de moriscos supone un 4.70% de la población. En los censos confeccionados en 1581 y 1584 había censados 164 y 236 moriscos, respectivamente.



 San Clemente

  • Hernán López de edad de 38 años
  • Catalina López su mujer  de 38 años
  • María su hija de edad de 13 años
  • Ysauel su hija de 11 años
  • Luysa su hija de quatro años
  • Gerónima de seys meses
  • Ana su hija de dos años
  • Fernado su hijo de 9 años
  • Catalina su hija de 7 años

domingo, 8 de noviembre de 2015

Perona, aldea de San Clemente, y don Juan Pacheco de Guzmán (1618)

Juan Pacheco Guzmán, alférez mayor de la villa de San Clemente(ca. 1550-ca. 1620)
El señorío de la aldea de Perona había recaído desde mediados del siglo XV en el alcaide de Alarcón, Hernando del Castillo, que lo había transmitido a sus sucesores. Avanzada la segunda mitad del siglo XVI, el señorío de Perona recaerá en manos de una descendiente de los Castillo, Elvira Cimbrón e Inestrosa, que lo aportará a su matrimonio con Juan Pacheco de Guzmán, alférez mayor de la villa de San Clemente. Sin embargo, San Clemente defenderá siempre la jurisdicción de la villa sobre su aldea de Perona y se la negará a don Juan Pacheco y Elvira Cimbrón. El alférez mayor de la villa, que ya mantenía un enconado pleito con el concejo de San Clemente sobre la elección de alcaldes, no vería reconocida su jurisdicción sobre Perona. Habría que esperar a que después de su muerte, su hijo Rodrigo Pacheco, en el contexto de la venta de vasallos de 1626, comprara los derechos jurisdiccionales de la aldea. De la firmeza de la compra tenemos que dudar, pues a fines del siglo XVII, Perona nos aparece como una de las cuatro aldeas históricas de San Clemente.
¿Cuáles fueron las razones del conflicto entre los Castillo, y luego los Pacheco, y la villa de San Clemente? Creemos que podemos avanzar las razones en el estudio de las alegaciones de derecho expuestas por don Juan Pacheco y Guzmán y su esposa Elvira Cimbrón. Dichas alegaciones se conservan en la sección Porcones de la Biblioteca Nacional.

El título de villa había sido concedido a San Clemente el 10 de diciembre de 1445 por el Maestre don Juan Pacheco, marqués de Villena; con el título iba pareja la jurisdicción civil y criminal privativa para San Clemente y sobre las aldeas que se le concedieron:
        E do vos que ayades por aldeas e término los mi lugares de Vala de Rey e Perona e Villar de Cantos e Villar de Caualleros con la jurediçión ordinaria de las dichas mis aldeas y e sus anexos e términos,

El mismo Juan de Pacheco concedería a su vasallo Hernando del Castillo, alcaide de Alarcón, la heredad de Perona, pero sería el segundo marqués de Villena, Diego López de Pacheco, quien el 4 de enero de 1475, le concedería la jurisdicción de esta aldea y las rentas señoriales. Hernando supo garantizar la continuidad de la propiedad de Perona por la Concordia a la que los Reyes Católicos llegaron con  don Diego López Pacheco, por la que se restituían a sus seguidores los bienes poseídos al tienpo que falesçió el señor Rey don Enrique. Para Hernando del Castillo, tal como acertadamente señaló don Diego Torrente, la posesión de los bienes iba acompañada por la jurisdicción sobre las tierras de Perona, por eso en cuanto conoció los términos de la capitulación y concordia entre los Reyes Católicos y Diego López Pacheco se prestó a poner una horca en el lugar de Perona como símbolo de su señorío y jurisdicción. La villa puso pleito ante el Consejo Real defendiendo su jurisdicción sobre su aldea y obtuvo resolución favorable a sus pretensiones por provisión real de 17 de mayo de 1480. Hernando del Castillo tuvo que someterse al alto tribunal y su meridiana sentencia. Conservaba la propiedad de las tierras pero la jurisdicción era de la villa de San Clemente.

        e que por virtud della (la carta de Concordia) pudiésedes tomar vuestros heredamientos y bienes rayses que en la dicha aldea teniades, e no la juresdiçión della

La derrota de Hernando del Castillo fue más política que jurídica; perdió el pleito por incomparecencia. Un siglo después la herencia del alcaide de Alarcón recae en Elvira Cimbrón, o del Castillo, Inestrosa, y vía matrimonial, en Juan Pacheco de Guzmán, alférez mayor de la villa de San Clemente. Aprovechando el domnio de la vida local que logra en torno a comienzos del seiscientos rescatará del olvido el viejo tema de la jurisdicción de Perona, planteándolo sobre nuevas y enrevesadas bases jurídicas. Del pleito nos ha llegado una rala información en el archivo histórico de San Clemente a través de una representación de la villa de 1618 y de la correspondencia y gastos de sus procuradores en los tribunales reales; la fechas de los documentos se sitúa entre los años 1618 y 1624.

Juan Pacheco y Guzmán y su mujer Elvira Cimbrón plantearían de la mano de sus letrados de nuevo en 1618 lo que su antepasado Hernando del Castillo había perdido en 1480. Dos eran los presupuestos jurídicos en los que se basaban las alegaciones de derecho:

En primer lugar, la plena capacidad de otorgar jurisdicción por los Señores y Títulos:
          Los Señores y Títulos a quien los señores Reyes de Castilla, fuentes de las jurisdiciones han hecho merced de algunas ciudades, villas y lugares, con la omnímoda, plena y entera jurisdición dellas, pueden ad libitum vnir y diuidir la dicha jurisdicción, y que esta vnión y diuisión es efecto del señorío della comunicable a los dichos Señores y Títulos, y que no lo es de la soberanía de los Reyes, no auiéndolo reseruado en la merced o preuilegio, y que consequentemente pudo don Diego López Pacheco hijo del maestre don Juan Pacheco diuidir de la jurisdición de San Clemente la jurisdición de Perona, que antes el mismo maestre auía unido a la dicha villa de San Clemente.

El segundo razonamiento era más cínico, pues si los Señores y Títulos no tenían potestad para conceder jurisdicciones, no tenía ningún valor el título de villa concedido a San Clemente y la jurisdicción obtenida sobre Perona:
         si el dicho Maestre no pudo hazer la dicha diuisión y separación, no valió, ni tuuo consistencia la vnión y agregación que antes auía hecho, y que así por la dicha diuisión Perona no adquirió cosa nueua, sino que se quedó con la jurisdición que el señor Rey don Henrique le dio cuando la sacó del suelo de Alarcón para el cumplimiento de los mil vasallos de que auía hecho merced al dicho Maestre.

Cuando el rey Juan II había hecho donación de los 1.000 vasallos a don Juan Pacheco, para cumplir dicha merced tomó del suelo de Alarcón diversos lugares, entre ellos Perona. En el momento de la donación se asignaron por el Rey a Perona términos y la jurisdicción alta y baja con el mero y mixto imperio. Así en el momento de la donación Perona quedó hecha villa, como lo quedó San Clemente, adquiriendo plena jurisdicción al dejar de ser aldeas de Alarcón.
Una vez que el Maestre Juan Pacheco, señor de la jurisdicción de ambas villas, Perona y San Clemente, suprimió la jurisdicción de Perona, subordinándola como aldea a San Clemente. De esta potestad o capacidad de dar y quitar jurisdicciones hizo uso el hijo del Maestre, Diego López Pacheco, para dar y devolver la jurisdicción civil y criminal de Perona al alcaide de Alarcón , Hernando del Castillo. De esta forma, Perona se había desmembrado de San Clemente en 1475 y un siglo y medio después los descendientes de Hernando del Castillo lo recordaban.

La cuestión no era baladí, pues se estaba hablando de arrebatar a la Corona el monopolio de ser la única fuente de jurisdicción y su facultad para delegarla. Es decir, en el contexto de las tensiones entre el poder absoluto del monarca y la  refeudalización del poder territorial de los nobles, se apostaba por la ruptura de la monarquía como única fuente de poder.  De hecho, don Juan Pacheco de Guzmán y su mujer Elvira Cimbrón, fundaban su pretensión no sólo en derecho, sino en precedentes reales. En el reinado de Felipe II, Pedro Ibáñez, maestre de la orden de Calatrava y señor de la villa de Alcañiz, desmembró de esta villa las aldeas de Alcorisa y Cretas, dotándolas de jurisdicción y haciéndolas villas.

Más allá de la discusión jurídica, se planteaba la emergencia de los poderes intermedios frente a la debilidad del poder central de la Monarquía, El mismo Juan Pacheco de Guzmán, alférez mayor de la villa de San Clemente, aprovechó la debilidad del poder central para aliarse con el corregidor de San Clemente y negarle a la villa su autonomía de jurisdicción, suprimiendo sus alcaldes ordinarios. No se trataba de fortalecer la autoridad del delegado monárquico sino de reafirmar la suya propia sobre la villa. La llegada del Conde duque de Olivares al poder en Madrid, coincidente con la muerte del alférez mayor, supondría un punto de inflexión en el deterioro de la autoridad central y el proceso de refeudalización. Aunque la venta de vasallos se intensificó el año 1626, en el caso de San Clemente se vendieron las jurisdicciones de Perona y Villar de Cantos, una nueva nobleza se pone al servicio de la Corona en sus planes centralizadores, tal es el caso de don Rodrigo de Ortega, señor de Vara de Rey y de Villar de Cantos. Otros, como Francisco de Astudillo Villamediana, que también buscarán el ennoblecimiento desde su servicio a la Corona, fracasaron y se dejaron sus aspiraciones por el camino.


FUENTE:

BNE, PORCONES, 18/61, por Don Juan Pacheco de Guzmán, alférez mayor de la villa de San Clemente, como marido y conjunta persona de doña Elvira Cimbrón de Inestrosa, en el pleito con el concejo, justicia y regimiento de la villa de San Clemente. Sin fecha

lunes, 5 de octubre de 2015

San Clemente y sus aldeas.

Iglesia Purísima Concepción de Casas de Fernando Alonso
La declaración de guerra a Francia en 1635, conllevó la orden de que los pueblos costearan las armas correspondientes a la octava parte de sus vecinos, incluidos los mayores de dieciséis años y excluidos los clérigos  y las viudas. Previamente en abril se había formado padrones de los hombres útiles para la guerra en un intento de movilización general que no llegaría muy lejos. Desde entonces los intentos de la Junta de Ejecución, sobre todo a partir de 1640 con la guerra de Cataluña, de dotarse con padrones para el reclutamiento de vecinos chocaron con unas villas poco dadas a revelar el número real de sus vecinos.

En esta zona, el censo de la sal realizado en 1631, no había pasado de un recuento general, o al menos eso es lo que se nos ha conservado, privándonos de una fuente de excepcional valor sobre el número de hombres y ganados. Lo mismo ocurre con el padrón de 1646, disponemos de números globales, muy dudosos, pero carecemos de ese recuento de vecinos persona por persona, tan querido por los genealogistas y existente en otros pueblos.

A partir de los años veinte sí que vemos un proceso de dispersión poblacional. En unos casos, se trata de núcleos poblacionales que al calor de su paso a jurisdicción señorial se afianzan, en otros casos de aldeas que alcanzando el villazgo se emancipan de sus villas nucleares. Pero lo que llama la atención es la aparición de núcleos rurales, casas de campo, en un proceso de dispersión que tiene su razón de ser en la explotación de grandes propiedades o en una explotación agraria que ha evolucionado del monocultivo de la vid y su comercialización al exterior hacia economías más integradas en ámbitos locales en torno a la villa que actúa como centro de actividades y que tratan de ser autosuficientes. Tal es el caso de San Clemente. Hay, por último, un hecho que siempre se ha pasado por alto: la población morisca. Su llegada hacia 1570 fue un revulsivo para las economías locales, pero está por definir el impacto de la expulsión de los moriscos estantes en la zona y especialmente la emigración desde la Mancha al Reino de Valencia para rellenar el vacío tras la marcha de esta población. El proceso creemos que se dio como un goteo continuo y prolongado en el tiempo; primero se buscaban las oportunidades, luego se huía de los impuestos y del reclutamiento para la guerra. Así nos lo recordará la justicia de Barchín en 1647.

Iglesia de Casa de los Pinos
San Clemente no fue ajeno al proceso. La delimitación de sus términos fue un proceso paulatino, desde que el Marqués de Villena le concedió el título de villa en 1445. Ya antes, en 1387, había incorporado el despoblado de Rus. El final del siglo XV y la primera mitad del siglo XVI los litigios por el aprovechamiento comunal de unos pastos antaño de la misma tierra de Alarcón se suceden, las vistas de mojones con las poblaciones vecinas para definir términos también. El Archivo Histórico de San Clemente tiene un rico fondo de estos expedientes. Aparte de las ejecutorias por el aprovechamiento de pastos, se puede encontrar la incorporación de los lugares de Atalaya o Cañadajuncosa a El Cañavate, la fijación de términos por San Clemente de su propio de Villar de Caballeros frente a Santa María del Campo, los pleitos por términos con Minaya o con la ciudad de Alcaraz, por los mojones del lugar citado y otros como La Roda o El Provencio. Asimismo están los deslindes con La Alberca, Vara del Rey o Villarrobledo, en este último caso, fijando los límites de la dehesa de Calaverón. El paso a señorío de Perona y Villar de Cantos  exigió la delimitación de términos en 1626; se ponía así fin a costosos pleitos de la villa con el alférez mayor don Juan de Pacheco y Guzmán y el regidor don Rodrigo de Ortega, de los que también hay una rica correspondencia de los procuradores de la villa en el archivo municipal.

La concesión del título de villa a San Clemente por el marqués de Villena en 1445, fue acompañada por la concesión de los términos de Vara del Rey, Perona, Villar de Caballeros y Villar de Cantos. Vara de Rey y su lugar Sisante se desgajarán de San Clemente en 1537, momento en que la primera adquiere el título de villa. Luego su jurisdicción junto a Villar de Cantos sería vendida a los Ortega en 1626.

Hacia finales de siglo XVI, aparecen únicamente como lugares poblados dependientes de San Clemente Perona  y Villar de Cantos. Pero en las primeras décadas de siglo se produce la dispersión demográfica y el nacimiento de nuevos núcleos. Coincidiendo con los padrones militares aludidos de 1635, nos aparece Casas de Fernando Alonso, con doce vecinos (sin duda ligada a la heredad de las Cruces, cedida por el doctor Tébar a la compañía de Jesús), Casas de los Luises con 14 vecinos, Casas de Jorge Simón con 12 vecinos, Perona tiene ahora cuatro moradores y se nos dice de la existencia de cinco casas sueltas. Casas de Guijarro, en la órbita de Vara del Rey tiene para 1638, treinta vecinos, y será un núcleo en constante auge hasta conseguir el título de villa en 1736. El proceso debió ser una constante en toda la región. Valga como ejemplo, que cuando en 1605, los hermanos Diego y el doctor Cristóbal de Tébar adquieren la heredad de Matas Verdes en Villarrobledo, también adquieren dos casas de campo, que será el origen de Venta de Alcolea.

Iglesia Santa María Magdalena en Casas de Haro
 La segunda mitad del siglo XVII verá como se malogran algunos núcleos como Casas de los Luises o Casas de Jorge Simón, aunque surgen otros nuevos. En ese periodo, pequeños núcleos antiguos lograrán consolidarse y se asiste a un proceso de concentración de casas sueltas. Entre las casas sueltas que nos aparecen en 1697, unas cuarenta, ya se menciona a Casas de Haro o Casas de los Pinos. Algunos no llegarán a cuajar como Casas de la Mancha, pero otros surgen con fuerza y se consolidan como  Casas de Roldán, que girará hacia Villarrobledo,  o Casas de Haro y Casas de los Pinos, que junto a Perona, exenta ahora de la jurisdicción de los Pacheco, y Casas de Fernando Alonso formarán las cuatro aldeas de San Clemente hasta la época constitucional. En suma, es motivo de debate la catástrofe demográfica del siglo XVII, pero nos olvidamos de los procesos de ruralización y dispersión poblacional.