El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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miércoles, 24 de abril de 2024

¿Quién paga las iglesias?

 Llegado el siglo XVII, las iglesias levantadas o reformadas en los últimos años del Cuatrocientos y en el Quinientos necesitaban de nuevos reparos o edificación de nuevos elementos. Pensadas para sociedades campesinas tradicionales y con escaso número de vecinos, el crecimiento demográfico de primera mitad del siglo XVI las había dejado pequeñas. Una de estas iglesias era la de Tarazona de la Mancha, que junto a las de Almonacid del Marquesado, Belinchón y la de Santo Domingo de la ciudad de Cuenca estaban inmersas en obras de reforma. El problema era quién pagaba los gastos. Las alegrías del siglo XVI habían desaparecido y los concejos no estaban dispuestos a asumir los gastos con sus propios ni con repartimientos a sus vecinos. Se pretendían levantar nuevas torres monumentales en consonancia con unos pueblos que adquirían personalidad propia, pero, ¿de dónde sacar el dinero? El obispado de Cuenca respondió enseguida: ni curas ni cabildos habían de pagar de los beneficios de sus curatos como pretendían los concejos. Las argumentaciones eran que la Iglesia había cedido un tercio de sus rentas decimales a la Corona, y que los parroquianos, antaño, ya habían realizado ese esfuerzo antaño. La justificación doctrinal se encontraba en los escritos de los papas Simplicio y Gelasio (allá por los años 471 y 494): eran los lugares quienes levantaban sus iglesias y a ellos les correspondía la reedificación. 

En el pleito posterior que se inició el procurador del obispado de Cuenca no se mordió la lengua a la hora de decir que "es de advertir que las fábricas no llevan parte alguna en los dichos Obispados, ni alguna de ellos de los dichos diezmos, sino de los dichos interesados in darles un grano de pan, de manera que de sus bolsas hacen los dichos gastos sus parroquianos". El Obispado pasó a continuación a detallar, sin pudor alguno, lo que los vecinos de los pueblos habían gastado en reparar cada una de sus iglesias en los últimos veinte o treinta años:

  • La Roda: cien mil reales
  • Minaya: treinta mil reales
  • El Provencio: treinta y dos mil reales
  • Olmeda de las Valeras: treinta y tres mil reales
  • Alarcón: tres iglesias, ciento cincuenta y cuatro mil reales
  • Almodóvar: treinta mil reales
  • Honrubia veintidós mil reales
  • Alconchel: veintidós mil reales
  • Las Pedroñeras: ochenta mil reales
  •  Belinchón: ochenta y cuatro mil reales (se había empezado a edificar nueva iglesia, 37 años antes a costa de sus vecinos)
  • El Acebrón: treinta mil reales
  • Palomares: ochenta mil reales
  • Torrejoncillo: veinticinco mil reales
  • Horcajada: ochenta mil reales
  • Olmedilla: treinta mil reales
  • Loranca: sesenta mil reales
  • Vellisca: cincuenta mil reales
  • Barajas: veintiséis mil reales
  • Mazarulleque: veinte mil reales
  • Alcázar: setenta mil reales
  • Valdecolmenas: veinte mil reales
  • Garcinaharro: ochenta mil reales
  • Las Cuevas; noventa mil reales
  • Culebras: dieciséis mil reales
  • Gascueña: cuarenta y cuatro mil reales
  • La Ventosa: treinta y seis mil reales
  • Villar de Domingo García: doce mil reales
  • Sisante: ciento ochenta mil reales
  • Cañaveras: cien mil reales
  • Cuenca, San Salvador: ciento cincuenta mil reales
  • Cuenca, San Pedro: diez mil reales
La fundamentación teórica de que el pueblo debiera cargar con la construcción de las iglesias era que, si bien en un principio los bienes de las primeras comunidades cristianas era comunales y no existía la propiedad privada, se había decidido permitir esa propiedad a los seglares para sus sustento, cumpliendo con las obligaciones comunitarias para el mantenimiento de obispo y clero. Posteriormente en el siglo quinto, y por los papas Simplicio y Gelasio, se había impuesto que Obispo y Clero podían disponer libremente de sus bienes y correspondía a los seglares costear la fábrica de las iglesias y alimentar y cuidar a los pobres. Todos los países europeos recogían el derecho de los clérigos a testar de forma libre y dejar su patrimonio a sus parientes, aunque fueran ricos, sin tener obligación alguna para reedificar iglesias o dar limosnas a pobres.

El debate afectaba a la misma consideración del diezmo. Las rentas decimales estaban destinadas exclusivamente al sustento de clérigos, mientras que la fábrica de las iglesias y limosnas a los pobres tenía consideración de donaciones de los seglares para la comunidad cristiana. Dicha teoría iba contra la parte consuetudinaria de algunas iglesias locales, que dividían el diezmo en cuatro partes: obispo, clero, fábrica de las iglesias y pobres. Es más, en Castilla era muy común que un noveno de las rentas decimales se destinase a la fábrica de las iglesias. Además, existía la partición y destino de las tercias reales. Por la concesión de estas rentas a la Corona por Bonifacio VIII en 1300 y por Clemente V en 1323 se decía claramente que dicha cesión eclesiástica iba a la lucha contra los sarracenos y a la fábrica de las iglesias.

¿Qué obras se pretendían hacer en las iglesias de Tarazona y Almonacid?

porque la de Taraçona es que se ha de hacer una grande torres y campanas para ella y una portada soberbia que puede apostárselas a las del Escorial (no es encarecimiento que ansí lo ha declarado los maestros y el obispo de aquel obispado, en el informe que hiço con orden del Concejo) y las bóvedas también excepto la de la capilla maayor que está acabada hasta las gradas de ella, y más adelante y todo lo demás de la iglesia está acabado también.

Las campanas eran además motivo de disputa, pues qué utilidad tenían las campanas, sino usos civiles, junto a otros religiosos: en ocasión de guerra para juntar a la gente, para quando hay fuego, para juntar a  concejo general o particular, para tañer a la queda, para hecer señal la Ave María, para los nublados y otros efectos que privativamente les toca.

No le faltaba razón al obispado cuando decía que se buscaba en las iglesias la ostentación y esto se veía mu bien la iglesia de Almonacid del Marquesado: porque la iglesia era la más fuerte del obispado y so color de ser baxa la capilla mayor, y no tan descollada, como las de sus vecinos, se determinaron a hazerla mayor, sin citar, ni dar parte a alguno hasta que estando muy adelante intentaron este pleito, y es cosa llana y sin dificultad, que ha de ser por su cuenta conforme a la dicha doctrina por ser gasto o impensa voluntaria, o viluptuosa y no necesaria. Y porque se vea cuán necesario es esto se hallarán que después de haber concertado con el maestro que la dicha capilla se había de hacer en arista,trataron de que se hiciese de media naranja, poque parecería mejor y le añadieron cuatrocientos ducados más, de lo que estaba concertada en arista, como de las mismas escrituras consta.
El presupuesto, en Belinchón se había ido de veinte mil reales a cincuenta mil reales. El Obispado denunciaba ese afán de ostentación de los pueblos por abovedar sus iglesias, rompiendo la vieja tradición de techumbres de madera. El Obispado consideraba que las obras de la iglesia de Santo Domingo en Cuenca (que reconocía amenazaba ruina) no debían pasar de cincuenta ducados y que el abovedamiento de la iglesia de Belinchón era innecesario.

La reforma de las iglesias a costa de los beneficiados suponía, además, una mengua de sus rentas, a las que no se dudaba fijar unos mínimos de renta: más de trescientos ducados para el beneficiado, el doctor, más de cuatrocientos, y el más noble, más de quinientos ducados; cantidades a las que había que añadir otros cien ducados, pues las cosas valían más caras.

La justificación es de don Gaspar de Criales y Arce, canónigo penitenciario de la catedral de Cuenca. Su datación hacia 1650.

BNE. PORCONES/191(13)Por el Dean y Cabildo de la Santa Iglesia de Cuenca, por lo que le toca, y en nombre de los curas y beneficiados interesados en los frutos decimales de las Iglesias parrochiales de Almonacir del Marquesado, Belinchon, y Taraçona de dicho obispado, y de la de santo Domingo parrochial de dicha ciudad, y en nombre de todos los otros curas y beneficiados de todo el dicho obispado. Con las fabricas de dichas quatro Iglesias parrochiales, y sus Mayordomos, y Concejos de las dichas villas, y con las demas de todo el dicho obispado. Sobre las reedificaciones de dichas quatro Iglesias, y sus reparos y de las demas de dicho obispado