El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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Thursday, October 9, 2025

Un caso de estupro en 1622

 Isabel Pérez era moza de Rubielos Bajos. Pobre, pues no tenía un maravedí ni posibilidad de que sus padres se lo dejaran como dote para casarse. Era una niña huérfana de padres nacida el tres de julio de 1608, cuando fue estuprada por el hijo de su amo, un tal Juan Minaya por agosto de 1622. La relación con Juan se decía había empezado cuando Isabel aún no había cumplido trece años. O eso decía ella, pues sería echada cuando fue a casa de los padres de Juan a limpiar su nombre con la palabra de matrimonio dada, como era de rigor, pues una mujer medianamente honesta únicamente accedía al trato carnal bajo esta palabra de casamiento. 

¿Quién iba  a creer a una mujer pobre, pues para ciertas cosas con catorce años ya se había dejado la inocencia de la niñez? ¿Quién iba a dudar de la palabra de Juan Minaya, el joven virtuoso y honesto, perteneciente a una familia de labradores ricos? Isabel Pérez andaba de niña como sirviente de familias de labradores acomodados, comiendo de su olla; Juan Minaya aspiraba a un futuro que no fuera truncado por un matrimonio temprano con una desgraciada. Es más, cambiando los papeles entre ama y criado, Juan era el virtuoso José, despreciando a la nueva encarnación de la mujer de Putifar, y resistiendo los encantos de una joven que había llegado a él con ganas de sexo: "ingresus est ad me ut coiret mecum".

Los hechos eran más sórdidos, según narraba la joven y afirmaban los testigos, los hechos habían ocurrido en un carro, de noche y camino de las Casas de Santa Cruz, un mes de agosto, durante la siega. En el carro dormían las mujeres; cercanos, en el suelo, los hombres. Juan Minaya, aprovechando que las mozas dormían con los ojos entreabiertos, para enterarse de lo que no veían, "se echó en las faldas de Isabel", deshaciendo sus trenzas, Ginesa García creyó ver intenciones en ambos jóvenes que "se habían de revolver". Pero, Ginesa era una criada y las otras del carro no se atrevían a decir tanto.


BNE, PORCONES/1040(35). 

Por Iuan de Minaya vezino de Villanueua de la Xara con Ysauel Perez, vezina de los Rubielos bajos. Aviendose querellado Ambrosio Garcia cuarador de Ysabel Perez, por el estrupo de su menor ...




Monday, September 1, 2025

Villlazgo de Rubielos Bajos

 Una de las últimas aldeas en conseguir separarse de Villanueva de la Jara fue la de Rubielos Bajos; una de las de menor entidad. Rubielos había crecido en el extremo norte del término de Villanueva de la Jara, compitiendo con el nacimiento de otra aldea del mismo nombre, Rubielos Altos, que lo hizo en término de Alarcón. Aunque el término de Rubielos aparece ya como topónimo en los amojonamiento de Villanueva de la Jara de 1481, no es hasta 1528 que ya aparece referido como entidad poblacional, sin duda en el contexto entre Alarcón y Villanueva de la Jara por controlar ese territorio. 

El villazgo de Rubielos Bajos se remonta a 1685, en el reinado de Carlos II, tal como han estudiado Julia Toledo y Sebastián Hernandez. Fue un proceso en el que se genero violencia y que dio lugar a un pleito de cien años; en  1788 y en Rubielos Bajos  se discute la definición de su término. El término concedido era de media legua. Los vecinos de Rubielos Bajos, desconfiados, escribieron al geógrafo Tomás López para que les ayudara a determinar que era más apropiado si acogerse a la legua vulgar o a la legua común para medir el término y si era más apropiado un término redondo o cuadrado. Tomás López les contestó que legua vulgar o común se confundían ya en esos años y que equivalían ambas a 6666 varas y dos tercios de vara. Tomás López también abogó por un término circular y no cuadrado. El término cuadrado contaba con el inconveniente de las distintas distancias, pero tanto el redondo como el cuadrado contaban con el inconveniente que no se podía tomar como centro la población, por su proximidad al término de Alarcón. Pero se temía más los conflictos con Villanueva de la Jara por intromisiones en su término que supusieran una ruptura o discontinuidad del mismo, por esa razón, Tomás López propuso darle a Rubielos media legua hacia el norte, en término de Alarcón y medio legua al poniente hacia el río Júcar. Si bien Tomás López evitaba comprometerse más y dejaba que la fijación de términos se hiciera por persona entendida sobre el terreno.


BNE. MSS/7298(H.609-613). [Notificación], 1789 feb. 21, Ruvielos, a Tomás López / Concejo de Rubielos Bajos.[Carta], 1788 marzo, Madrid, a la Villa de Rubielos Bajos / Tomás López



Saturday, April 3, 2021

La mención más antigua de Rubielos

 Al igual que otras aldeas de Villanueva de la Jara, es difícil definir el nacimiento de Rubielos. Únicamente podemos constatar que Rubielos no existía en el amojonamiento de 1481 de Villanueva de la Jara y cuando nos aparece posteriormente es para diferenciar dos pueblos, Rubielos Altos y Rubielos Bajos, que no es sino una misma comunidad, cuya única diferencia es que unas casas están asentadas en suelo de Alarcón y otras casas lo están en suelo de Villanueva de la Jara, respectivamente. Un caso más de dos jurisdicciones para una misma comunidad, que se mantendrá en el tiempo y que a diferencia de las aldeas jareñas del sur esta vez sí dará lugar a dos pueblos diferentes.

No obstante en un expediente de rentas decimales de 1528 ya nos aparece el nombre de Rubielos como un lugar más del arcedianazgo de Alarcón. Rubielos simplemente, sin diferenciar dos entidades, pero ya asomada definitivamente a la Historia. La razón histórica del nacimiento de Rubielos Bajos y Altos reside en las disputas que Alarcón mantiene por frenar el impulso roturador de Villanueva de la Jara hacia el Picazo y Pozoseco. No olvidemos que los límites entre Villanueva de la Jara y Alarcón se situaban en la misma iglesia de Pozoseco o que la dehesa de Robledillo era motivo de litigio entre el alcaide de Alarcón y la familia García de Villanueva de la Jara ya en la década de 1480. 

Mediada la década de 1520 se produce un nuevo e intenso movimiento roturador del que tenemos noticias por los conflictos estudiados de los ganaderos alarconeros (la familia Castañeda) con los colonos en la dehesa de Pozoseco, los asentamientos dispersos entre Casasimarro y El Picazo, en una zona conocida como una entidad poblacional fallida llamada La Ribera del Júcar, la intromisión de labradores jareños en las tierras de El Picazo o la roturación y distribución en quiñones de las pocas tierras adehesadas de El Peral. Sin duda, que alquerías aisladas existían desde antes, pero es ahora, en la década de 1520 y 1530, cuando las tierras llecas se cultivan definitivamente, ocupándose el espacio agrario. Coincidiendo con este nuevo  movimiento agrario, surgen nuevas agrupaciones de población: una de ellas es Rubielos.



Archivo Histórico Nacional, CONSEJOS,28210,Exp.14