El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

Imagen del poder municipal
EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

martes, 29 de diciembre de 2020

GASPAR CIFRE, un hidalgo valenciano en San Clemente

 Gaspar Cifre estaba asentado en San Clemente el año 1534, pero procedía de Ayora, en el Reino de Valencia, donde residió hasta enviudar de Beatriz Martínez, y antes de llegar a San Clemente había pasado por Iniesta.

Se le conocían como parientes el conde Chiva y el gobernador del Reino de Valencia; a San Clemente había llegado para casarse con la viuda de Cristóbal Rosillo hacía tres o cuatro años. Aunque la hacienda de Gaspar Cifre estaba situada en Almansa, donde poseía un molino y una heredad en Alpera.

Gaspar Cifre era hijo de mosén Pedro Cifre casado con Costanza Macefa (?) y nieto de mosén Juan Cifre, casado con Juana de Mompalan, caballeros de la ciudad de Valencia. Al padre, Pedro, se le conocían aventuras militares tanto al servicio del rey Juan como de su hijo Fernando el Católico




Testigos en 1535


 Antón García el viejo, pechero de 70 años, vecino de San Clemente

Alonso Olivares de Rebe, pechero de 84 años, vecino de San Clemente

Don Garci, conde de Castelvi y señor de la villa y baronía de Carlet

Don Baltasar Centelles, vº de Valencia, 70 años

Mosén Vicent de Hacheto, vº de Valencia, caballero de Santiago,  71 años

Juan Riodabra, notario de la ciudad de Valencia

Batista de Castelvi, comendador de la orden de San Juan en la encomienda de Uldecona, 50 años

Don Serafín de Centelles, conde Oliva


ACHGr, HIDALGUÍAS, signatura antigua, 301-57-23

lunes, 28 de diciembre de 2020

Cristóbal y Jorge de Alarcón, hidalgos. De Cervera y Cañadajuncosa a El Peral

 

Cristóbal y Jorge de Alarcón eran hijos de Andrés de Alarcón, todos ellos naturales de El Cañavate, aunque los dos hijos habían llegado hacia 1510 y 1515 a El Peral para casarse. Al parecer estos Alarcones procedían de Cervera, de donde era el abuelo, Juan de Alarcón, casado con una Constanza Ruiz, vivía con dos hijos, el mencionado Andrés, y Alonso, este tuvo por hijo a un tal Gaspar, que consiguió ejecutoria. La hacienda familiar, donde residía el padre Andrés, estaba en la aldea de Cañadajuncosa, un pueblo de doce o trece vecinos a finales del siglo XV. La razón de este asentamiento de hidalgos en Cañadajuncosa era fiscal: los hidalgos no pagaban pechos en las aldeas, pretendiendo hacer del fraude un derecho, pero sí en la villa madre de El Cañavate.  Andrés de Alarcón, había venido desde Cervera a Cañadajuncosa a casarse con Constanza  de la Serna, hija de un hidalgo del lugar, Martín Alonso de la Serna. Conocemos a este Andrés de Alarcón por ser cuñado de Arias de Tébar, en compañía del cual acuchilló a Diego Piñán en 1483 en los campos, originando un conflicto que se extendió durante dos décadas y que debió condenar al exilio a Andrés de Alarcón durante una década. La buena estrella de Andrés, infortunios aparte, debía bastante al hecho de servir como escudero de Diego Pacheco, alcaide de Belmonte y con hacienda en El Cañavate, durante dos o tres años, aunque ya su padre se había destacado en las guerras del Marquesado. Es difícil saber las fidelidades mantenidas, aunque parece que la familia mandó a Alonso a luchar en la batalla de Toro contra los portugueses de Alfonso V en 1476. En El Cañavate, estaban asentados otros miembros de la familia Alarcón; así un tal Lope de Alarcón, Pedro de Alarcón, hermano de Andrés, y Juan de Alarcón, este último primo de Andrés y casado con una hermana de Constanza Serna.

La hidalguía de los dos hermanos había sido defendida infructuosamente por el suegro de Cristóbal, llamado Miguel de Alarcón, tenido por principal de la villa de El Peral. Ya el padre había tenido problemas; en El Cañavate por una concordia de 1511 se admitió el derecho a ocupar oficios concejiles con la condición de pagar los pechos. Tanto Andrés como su primo Juan parece que no aceptaron de buen grado estas condiciones y se negaron a pagar impuestos, en lo que debió ser una norma general en las aldeas dependientes de El Cañavate. La respuesta del concejo de El Cañavate fue embargar 170 vides a Andrés de Alarcón lo que llevó, una vez muerto su padre, a su hijo Cristóbal a defender su hidalguía ante la Chancillería de Granada.

El caso es que a ambos hermanos se les repartió pechos en El Peral por un cogedor llamado Miguel Ruipérez, que por impago procedió a tomar prendas a Cristóbal de Alarcón, cosa que no se llevó a cabo por responder por él un pariente llamado Montoya, dejando en depósito una cadena de oro. Otros valedores de los Alarcones eran el maestro Navarro y un iniestense llamado Juan Mateo.


En aquellos tiempos solo se tenía por hidalgos, y con reticencias a partir de 1526, a los hermanos Alarcón, a su suegro Miguel de Alarcón, con fama de caballero pardo, y otro hidalgo cuyo nombre no conocemos. 

Sabemos que hubo un repartimiento general en El Peral entre pecheros e hidalgos con motivo de la guerra de Alcira y Játiva, con motivo de las Germanías, y que Cristóbal tuvo que aportar algunas cabezas de ganado y dos ducados.

Los hermanos Alarcón consiguieron ejecutoria de hidalguía el 26 de febrero de 1528


Testigos de la probanza de 1526

Juan Cabañero, pechero de El Peral, 65 años

Pedro García, pechero de El Peral, 52 o 53 años

Juan Sánchez de la Plaza, pechero de El Cañavate, 68 años

Andrés de la Roda, pechero del El Cañavate, 55 años

Garci Álvarez de Tébar, vecino e hidalgo de la aldea de la Hinojosa, de la villa de Alarcón, 73 años. Hijo de Hernando de Tébar.

Hernán Sánchez de Sotos, vecino de Cervera, que es de Alonso Álvarez de Toledo, pechero. 82 años

Alonso Álvarez de Toledo, señor de Cervera, 72 años


ACHGR, HIDALGUÍAS, SIGN. ANT. 301-7-21. Ejecutoria de hidalguía de Cristóbal y Jorge Alarcón


miércoles, 23 de diciembre de 2020

Documentos sobre las Comunidades de Castilla en Cuenca

 

(cruz)

Muy magníficos señores

 

Conosciendo el santo zelo y propósito que a v.s. ay a punto e viendo cómo lo efectúan mandando castigué rreziamente los males e agravios que en estos rreynos han sucedido e suceden como de nuestros procuradores somos largamente certificados e de vista lo veemos, acordamos de hazer saber a v. s. lo que en esta cibdad Rodrigo Manrrique, comendador de Çalamea e con el un canónigo Diego Manrique e con él otros muchos vezinos desta cibdad que por su voluntad fuera della con él se estaban con más de setecientos onbes de guerra a pie e a caballo con concierto que con algunos traydores clérigos e legos vezinos desta cibdad tenían fecho que a aquella ora les darya la puerta e se juntaría con ellos para quemar e destruir esta cibdad e matar muchos de los que en ella estavan, lo qual todo sucediera segund la ora a que vinieron e disposición de la cibdad si Dios nuestro señor por su clemencia e méritos e Sant Julián nuestro patrono no la guardara, los quales poniendo en efecto su mal propósito llegaron a la puerta e con toda diligencia seyendo sentidos por la guarda e por gente de la cibdad que acudió a les rresistir, trabajaron la entrada peleando muy rreziamente, la qual por la voluntad de Dios les fue defendida e les hizieron volver por donde vinieron. A v. a. suplicamos que pues esta cibdad e comunidad con entera lealtad sienpre a estado en servicio de sus majestades e en el bien vnyversal destos rreynos muy entera le mande hazer muy cunplida justicia de los que con trayción la quisieron destruir sin causa no rrazón alguna y tenga v. s. por muy cierto que si su trayción oviera efecto que fuera muy mayor el dapno desta cibdad que lo que en Medina del Canpo sucedió y por más entera creencia tras esta nuestra  carta enviaremos larga información de lo que en ella se conthiene y pasó en verdad nuestros procuradores más particularmente ynformarán, a v. s. suplicamos ellos sean oydos e sea dada entera creencia a lo que dixeren e nosotros enviaremos e en todo sea fecha muy entera justicia a esta cibdad como su muy antigua lealtad e fidelidad lo meresce nuestro señor su muy magnífico estado ace el nuestro. De Cuenca xxvi de otubre de i (mil) dxx años

 

Por mandado de la cibdad de Cuenca e su capitán e honrrada comunidad

Diego de Valera escribano del concejo (firma)

NOTA: se hace referencia a los hechos acaecidos en 18 de octubre de 1520



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(cruz)

Sacra Magestad


Cuyos pies y manos besamos el consistorio justicia y rregidores cavalleros y escuderos de la cibdad de Cuenca por la merced que le plugo de nos hazer en sí certificar la venida de vra. muy cathólica magestad a estos sus rreynos para esta primavera como an se tener seruido en aver estado como estamos en toda paz y sosiego y en obidiencia de su justicia y aver conplido todo lo que nos ha seydo mandado por sus visorreys y governadores y si vuestra cesárea magestad  es ya informada de la lealtad que esta cibdad sienpre ha tenido y tiene y cómo fue la primera cibdad que dio la obidiencia a los dichos gobernadores y que al prior de Sant Juan por su mandado  e por ser capitán general en toda esta partida de aquende los puertos fuemos los primeros que le enviamos gente y dinero y artillería para el sosiego y paz de toda esta prouincia como creemos lo avrá hecho saber a v. mt. y como sabiendo dello que v. al. hera seruido por tres vezes, salió gente desta cibdad par rrestituyr en su estado al marqués de Moya y las dos vezes salió con vanderas por donde  a seído rrestituido en su marquesado e lo posee, será cosa justa que vra. sacra magestad nos haga en general y en particular las mecrcedes porque avemos suplicado mediante don Diego de Acuña arcediano de Moya de su consejo y asy vmilldemente  suplicamos a vra. muy cathólica majestad nos haga las dichas mercedes porque viendo otras cibdades que nuestra lealtad es rremunerada se animarán e trabajarán de hazer lo que nosotros avemos hecho guardando la lealtad de estar sienpre en seruicio y obidiencia y paz y sosiego nro. señor la sacra y cesárea majestad de v. al. con acrecentamiento de muchos más rreygnos y señoríos guarde y prospere del consistorio desta su cibdad.  De Cuena a cinco días del mes de abril de i (mill) dxxi años.


Por mandado de la cibdad de Cuenca Diego de Valera, escriuano del concejo (firma)


Archivo General de Simancas, PTR,LEG,1,DOC.84



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 CARTAS DEL CONSEJO REAL A CARLOS V


Esta carta narra, a finales de marzo de 1521, un momento álgido de las Comunidades previo a su fracaso. En este momento culminante, la Junta levanta cadalso simbólico en la plaza de Valladolid para ajusticiar a los gobernadores y todos los traidores a su causa. Mientras, algunas ciudades rompen definitivamente con el movimiento comunero, entre ellas Cuenca, que alega como mérito su intervención en el aplastamiento de las tierras de Moya

Las cibdades de Cuenca y Vbeda y Baeça y Guadalajara an enviado al Consejo sus procuradores a pedir perdón a v. mt. de todo lo cometido en sus pueblos después de estos movimientos

Se anuncia asimismo el sojuzgamiento por segunda vez de los movimientos antiseñoriales en el marquesado de Moya

Después que a vra. al. escreuimos que el marqués de Moya avía cobrado las tierras de su marquesado que se le avían rrevelado tornaron a levantar contra él y para le rrestituir se proveyó del consejo todo lo posyble y entre otras cosas que Rrodrigo de Cárdenas corregidosr de Cuenca y Huete fuese con la gente de aquellas cibdades a le fauorecer y asy lo fizo con gran diligencia y se puso en canpo con ochocientos onbres y con la manera que se dio viendo los vasallos del marquesado la mucha gente que contra ellos se juntaba tornaron a obidiencia del marqués y fue rrestituydo en su marquesado y queda pacífico y concertado con sus vasallos
(Burgos, 26 de marzo de 1521)

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Rrodrigo de Cárdenas corregidor de las çibdades de Cuenca y Huete hizo saver al Consejo un caso que ha acaescido en que Quenca como v. s. verá por estas cartas que de allá se enviaron al consejo parece que deve aver ynformación ansy de lo uno como de lo otro y sy oviere alguna culpa ansy de los oficiales de la justicia como en las personas partyculares de la cibdad se castigue porque el corregidor envía a suplicar envyen de acá pesquysydor para ello no avemos proveydo cosa alguna en esto syn lo consultar a v. ss. por la calidad del tienpo y hasta saver lo que mandan porque esto nos parece ser a byen para el contentamiento y pacificación de aquella cibdad

(Burgos, 17 de agosto de 1521)

Archivo General de Simancas, PTR,LEG,1,DOC.45


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UN TESTIMONIO DE VALERA EN LA GUERRA DE LAS COMUNIDADES


Un proceso de entre don Francisco de Baçán e los procuradores de la cibdad de Cuenca sobre la villa de Valera que se alçaron disiendo que querían ser rrealengos

Archivo General de Simancas, PTR,LEG,5,DOC.19

domingo, 20 de diciembre de 2020

SOBRE LOS CABILDOS DE HIDALGOS EXISTENTES EN CUENCA: Un documento histórico para esclarecer un debate

 


El presente informe fue redactado por el corregidor de las ciudades de Cuenca y Huete en contestación a la Corona, que pretendía ese año de 1572, en un proyecto fallido, establecer una milicia del Reino con la formación de cofradías bajo la advocación del apóstol Santiago

 

Lo que don Juan de Beaumont y Navarra, corregidor de V. Mgt. En las ciudades de Cuenca y Huete advierte a V. Mt. alliende de lo que allí se a conferido para la ynstitución de la cofradía o compañía de gente y cauallos que estén de ordinario armados encabalgados y exercitados en exercicios militares es lo siguiente:

  • Ay en esta ciudad un cabildo que llaman del estado de los caualleros hijosdalgo de hasta dozientos cofadres de los que oy son vivos yncluyéndose la mugeres de los cofadres muertos que por su vida gozan de lo que sus maridos gozaban. El qual cabildo fundó el Rey don Alonso noveno que ganó esta ciudad, al qual cabildo y personas dél hizo muchas mercedes sin obligación ni cargo alguno y al presente dellas tienen algunas rentas de quinientos ducados arriba que a vezes cresce la dicha rrenta y a vezes baxa, la qual hordinariamente e entendido que se gasta en cada un año en limosnas a personas pobres del dicho cabildo y ayuda a casamyento de doncellas pobres hijas de los del dicho cabildo y en rregocijos y fiestas por buenas nuevas y subzesos del seruicio de V. Mgt.
  • Ay otro cabildo que llaman deguisados de caballo de más de quarenta personas, los quales son obligados de tener armas y caballo y hazer alarde por algunas esenciones que los rreyes predescesores de V. Mgt. Les hizieron mercedes y que gozan de cierta rrenta que tiene el dicho cabildo y especialmente entran en la suerte de procuradores de corte juntamente con los cabildos de hijosdalgo susodicho y al que la suerte le cabe hordinariamente va con el rregidor que sale por procurador del ayuntamiento desta cibdad. Estos guisados de cavallo tengo entendido que a muchos días que no hazen alarde ni tienen los más armas ni caballo como son obligados y según su executoria lo manda
  • Algunos vecinos desta ciudad queriendo gozar de estas preheminencias se an presentado ante la justicia desta ciudad con armas y caballo haciendo alarde y pretendiendo ser admitidos por tales guisados de cavallo y gozar de la dicha suerte de procuración de cortes y de lo demás que los tales gozan pretendiendo que el previlegio fue general y concedido a todos los vezinos desta ciudad que tuviesen armas y caballo; an lo contradicho los del cabildo de guisados de cavallo por ynterés e que siendo menos de número les cabrá más vezes la suerte y más aprovechamiento en la rrenta que el cabildo tiene
  • Sobre lo qual a abido pleito y declaración por sentencia de la justicia y que sean admitidos estos y todos los demás que tuvieren armas y caballo y hizieren alardes conforme a la hexecutoria, de la qual sentencia an apellado los del dicho cabildo y está el pleito en Granada

 

Entiendo que siendo V. Mgt. seruido de mandar que todos los que armas y caballo tuvieren dando los alardes que la hexecutoria manda sean admitidos en el cabidlo de guisados de cavallo que con lo que la ciudad ofresce para el exercicio de las armas avrá muchas más personas que tengan armas y cavallo y estén vsados y exercitados para su seruicio como V. Mgt. Lo manda



Archivo General de Simancas, CCA,DIV,25,1

ORDENANZAS DEL PÓSITO O ALHORÍ DE HUETE (1511), incompletas


Escudo de la fachada del pósito de la ciudad de Huete, más acorde con una datación del edificio de comienzos de siglo XVI (se mantiene el águila de San Juan y la corona castellada de los Reyes Católicos y toisón incorporado por la llegada de los Austrias), que con la tenida por aceptada del siglo XVII



"… pan al presçio que el dicho mayordomo o mayordomos lo ouieren comprado e a commo menos valiere en todo aquel año

 

Otrosy que los dichos mayordomos o cualquier dellos sean obligados de faser e fagan las dichas compras del dicho pan ante escriuano público desta dicha çibdad de todo el pan que compraron en esta dicha çibdad e media legua alrededor e del pan que compraren fuera de la media legua e qualquier lugar de su jurediçión que si se hallare e açercare allí alguno de los escriuanos públicos hasta dicha çibdad que ante él se fagan las dichas compras del dicho pan e si no se fallare ende escriuano público que las aya de fazer e faga ante escriuano del conçejo o regidor de tal logar donde fiziere la dichas compras por manera que traya testimonio e fe del presçio por que oviere comprado o comprare el dicho pan con día e mes e año e la persona de quien comprare, comprado el dicho pan por manera que se pueda saber e sepan la verdad de ello

 

Otrosy que los dichos mayordomos e cada uno dellos no puedan vender ni vendan pan alguno del dicho alhorí syn mandamiento y espresa liçençia del conçejo desta dicha çibdad e que avida la dicha liçençia todo el pan que vendiera lo venda por ante escriuano público desta dicha çibdad declarando la persona o personas a quien lo venden y el presçio o presçio por que lo vendieren y el día e mes e año e sy no fiziere la dicha que sea en eleçión del dicho conçejo de poder contar a los dichos mayordomos e qualquiera dellos el dicho pan al mayor presçio que ouiere valido en todo aquel año

 

Otrosy que para agora e para siempre aya un arca la qual esté en casa de uno de los mayordomos del dicho alhorí y en ella aya tres çerraduras e tres llaves una de las quales dichas llaves esté en poder del uno de los mayordomos de los caualleros y escuderos y la otra llave en poder del otro mayordomo de los omes buenos pecheros e la otra esté en un regidor e veynte e oficial e diputado del dicho concejo

 

Otrosy que si los dichos mayordomos e deputado que toviere las llaues de la dicha arca del dicho dinero del dicho alhorí se conformaren e conçertaren en sacar algún dinero de la dicha arca sin mandamiento e liçençia de los señores justiçia e conçejo desta dicha çibdad y por el mismo caso yncurra e caya en pena de setenas de todo lo que asy sacaren e tomaren syn la dicha liçençia aunque digan e aleguen que lo convirtieron en vtilydad e provecho del dicho alhory, las quales dichas setenas sean e se apliquen e desde agora se aplicaron para la cámara e sysa Real

 

Otrosy que cada e quando algund pan se ouiere comprado e vendido por el dicho alhorí que el comprador o vendedor sea obligado de traer al arca del dicho dinero e cabdal del dicho alhorí el testymonio de las compras o vendidas e que no pueda comprar ni vender pan alguno syn que primeramente aya traydo el testimonio o testimonios de las compras o vendidas e que no se dé liçençia general para comprar ni vender saluo hasta çierta cantidad e presçio declarado el presçio e cantydad e que complida la dicha cantydad no se dé otra liçençia alguna para comprar o vender el dicho pan fasta que los dichos testymonios estén puestos e se pongan en la dicha arca del dicho alhorí e dinero so pena que el que lo contrario hiziere que pague en pena por cada vegada diez mill mrs. para la cámara de su alteza

 

Otrosy que en la dicha arca del dicho alhorí esté contynamente un libro enquadernado de pliego entero en el que el scriuano del conçejo o qualquiera otro sea obligado de asentar e asyente todos los libramientos e mandamientos e abtos e compras e vendidas que se ouieren de haser o hizieren tocantes al dicho alhorí syn derechos ningunos por quanto los escriuanos públicos son obligados por Rasón de sus ofiçios de asentar todos los abtos que tocaren a la çibdad syn llevar derechos ningunos segund lo disponen las leyes e premátycas destos Reynos, por tanto hordenaron e mandaron que cada e quando que qualquier escriuano del conçejo e otro qualquier escriuano público della fuere rrequerido por los dichos mayordomos del dicho alhorí o por cualquier dellos o diputado que faga e asiente en el dicho libro qualquier abto o abtos tocantes al dicho alhorí que sea obligado de lo hazer e haga luego syn dilaçión ninguna luego que fuere requerido por los dichos mayordomos e diputados e por qualquier dellos so pena que por la primera vez que el dicho escriuano fuere remiso e nyglijente e no lo fiziere que sea suspenso e dende agora lo suspende por tres meses del ofiçio e por la segunda seys meses e por la terçera un año

 

La qual dicha hordenança se hizo en la noble çibdad de Huete en el conçejo de la dicha çibdad estando juntos los nobles señores conçejo justiçia e rregidores caualleros e escuderos e ofiçiales e ombres buenos de la dicha çibdad estando juntos segund que lo han de vso e de costumbre e de se juntar en veynte e quatro días del mes de otubre año del nasçimiento de nuestro señor Ihesu Christo de mill e quinientos e honze años. La qual dicha hordenança susodicha pidieron e suplicaron a su alteza e a los señores de su muy alto consejo que la confyrmen porque es muy provechosa para el bien público desta çibdad e para el dicho alhorí. Testigos que fueron presentes Françisco Hernández e Antonio del Castillo e Françisco de Alcaçar veçinos de la dicha çibdad e otros muchos e yo Sancho … escriuano de la Reyna nuestra señora e escriuano público de la çibdad de Huete e su tierra e uno de los del número della que a todo lo que dicho es en uno con los dichos testigos presente fui e entre otros abtos que aquel día pasaron en el dicho conçejo puso esta hordenança… e lo fiz escreuir segund que ante mí pasó e por ende fiz aquí este mio sygno en testimonio de verdad"

 

Archivo General de Simancas, CCA, DIV, 10, 24

 


PARECER DE LA CIUDAD DE CUENCA PARA RESTITUIR A SU ANTIGUA IMPORTANCIA LAS FERIAS DE MEDINA DE CAMPO, 1582

 




MEMORIAL DE LA CIUDAD DE CUENCA A FELIPE II, 1582: PARECER DE LA CIUDAD DE CUENCA PARA RESTITUIR A SU ANTIGUA IMPORTANCIA LAS FERIAS DE MEDINA DE CAMPO

 

 (cruz)

 

S. C. C. R. Md.

 

En cumplimiento de lo que que V. Md. manda por su Real cédula esta ciudad ha tratado y conferido juntamente con algunos mercaderes de su república zelosos del seruicio de V. Md. Y bien público lo que convenía hazerse para que las ferias y contratación de las mercadurías tornasen a su ser y lo que se ha resuelto y parecido es que por no auerse hecho los pagos puntualmente en las ferias de Medina del Campo ha resultado que en las dichas ferias no ayan acudido los mercaderes y tratantes y mercadurías porque no teniendo que venir a cobrar y pagar es causa qua aya cesado y cese lo susodicho e que los mercaderes ayan acudido a comprar las mercadurías a Bilvao e otros puertos de mar como las han comprado tiniendo por commodidad que algunos dellos no pagan alcauala y que conuernía siendo dello V. Md. Seruido para que las dichas ferias tornen a su antiguo ser y comercio y las mercadurías se exerciten mande que todos los cambios que se hizieren vengan las letras a pagar en las mismas ferias y no fuera dellas porque certificada la gente de contratación que allí se han de hazer los cambios e pagos se animarán a yr a ellas a hazer sus negocios y unos a dar y otros a tomar a cambio y dello se resultaría que la maior parte de las mercadurías ansí de las que se venden en los puertos de mar como de las de la tierra se traerían a las dichas ferias para las vender en ellas e fiarían a los dichos pagamentos como antes se solía, de lo que se seguiría augmento a las alcaualas e puertos secos e de la mar porque sabiendo que ay gasto de las mercadurías muchos de los quedan e darían dineros a cambio fuera destos reignos olgarían traer mercadurías de las partes para do cambian su dinero e para que se tuuiese certidumbre que los que diesen a cambio y fiasen sus mercadurías les auían de pagar e los que tomasen lo auían de hazer sin esperança de prorrogación, se mandase que si por alguna causa las dichas ferias e pagos dellas se prorrogasen por más tiempo los que ouiessen dado dinero a cambio o fiado mercadurías e los pagos de las dichas ferias pasado el término de su asignación, aunque no se hiziesen pudiesen cobrar de sus deudores e executales como por deudo de plazo pasado e que de las ferias de Vizenzon e Leon de Francia e Amberes solo cambien para las ferias de Villalón, Medina e Ruiseco e no para Alcalá e Madrid como hasta agora se ha hecho porque con esto se cambiaría de las ferias de fuera del reigno con facilidad y sin recelo, porque hasta agora lo tenían por causa de la prorrogación de los pagos e que en las dichas ferias se hiziese algún género de equivalencia en el alcauala porque con esto el trato de las mercadurías en ellas sería en mucho augmento. Nro. Sr. La S. C. Real persona de V. Md. Guarde con augmento de maiores Reignos e señoríos como por la Christiandad se desea de Cuenca iiii de julio 1582

 

D. V. Md.

Humildes vasallos que sus reales pies y manos besan la ciudad de Cuenca

Don García de Busto (firma)  Pedro de Urgeniz (firma)  Alonso de Pareja (firma)

Con acuerdo de Cuenca Diego de Molina  escribano mayor

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Archivo General de Simancas, CCA, DIV, 10, 69

 

 

viernes, 18 de diciembre de 2020

De mercaderes judíos y Monumentos de Semana Santa en Villanueva de la Jara

 


En ocasiones, se adora a Dios en los lugares más insospechados. En una cuadra de mulas de Villanueva de la Jara y entre estiércol se había levantado un altar con una estampa de  Cristo entre esponjas y una estampa de la Virgen; dos cencerrillos a modo de matracas completaban el altar. La cuadra se había convertido en improvisado santuario de los hijos del mercader jareño Juan Esteban Fernández; un viejo conocido de la Inquisición que ya le había sido reconvenido, junto a su mujer María López, veintidós años antes, en 1722, por prácticas judaizantes. 


La afición por los altares había empezado como un juego de niños. Uno de los hijos, Felipe, de diez años junto a su hermano Vicente de nueve, habían convertido la cámara de la casa familiar en lo que ellos llamaban ermitas, colgando sobre la pared una tabla con estampas religiosas, clavadas con tachuelas. La práctica de levantar ermitas o monumentos en la Jara era algo común entre los niños del pueblo, en especial, para la Semana Santa. En torno a los altares levantados por los dos hermanos jugaban otros ocho chicos del pueblo. Lo que era práctica consentida, fue llevada al terreno del juego por los hijos del matrimonio, que levantaron un segundo altar, esta vez en el establo, cuya descripción difería en sus elementos y formas con la descripción de los delatores de sus padres, pues se había levantado con dos crucifijos de papel y al parecer, aparte de colocar a Cristo entre estiércol, la irreverencia que causó estupor entre los inquisidores fue aprovechar el palo que servía de acostadero para las gallinas, con platos y cencerrillos, quitados a dos borricos, como acompañamiento musical, que intentaba asemejarse a esas timbales que acompañaban al Santísimo en sus procesiones. Tenemos la seguridad que el padre reconvino violentamente a sus hijos, correa en mano, como era costumbre, aunque no sabemos si por ser consciente de las prácticas heréticas o, lo que es más probable, por su disgusto de ver a las gallinas en vilo.

El padre, Juan Sebastián Fernández, de 50 años en 1744, era natural de Berlanga del Duero y establecido como mercader en Villanueva de la Jara. En realidad, la familia procedía de Lisboa y era un linaje de mercaderes judíos, conocidos como los Rodríguez, establecidos en tierras conquenses, sobre los que la Inquisición había puesto sus ojos dos décadas antes condenando a varios miembros del clan por seguir la Ley de Moisés: la madre de Juan, María Rodríguez, su hermana Ana, sus hermanos Gabriel, Manuel, Narciso y Antonio, y su propia mujer María López y él mismo. Sin duda, las condenas inquisitoriales habían hecho mella en la familia, atemorizada por las acusaciones de sus vecinos, y como en tantos otros casos, intentaron demostrar su fe en los gestos externos y visibles a la comunidad. Juan Sebastián regaló en 1743 a la imagen del Buen Suceso, venerada en el convento de San Francisco, un vestido de damasco valorado en 500 reales, y otro vestido de diez pesos para el Niño Jesús de dicho convento, así como limosnas, ayudas a festividades, a cuidado de enfermos o la donación de seis fanegas de trigo para la parroquia de la Asunción y varias donaciones para acabar de dorar el retablo de dicha iglesia que hoy nos sorprende con su derroche de esplendor. Para entonces ya sabía de las delaciones de sus vecinos.


Los gestos cristianos del mercader, sin embargo, provocaban una mayor envidia en sus convecinos, vistos como ostentación del nuevo rico, ajeno al pueblo y a la comunidad. Su excesivo ardor a la veneración de imágenes era visto como teatralidad y los juegos de sus hijos como acusación manifiesta. Es cierto que nuestro mercader tenía sus enemigos, pero también que contaba con el apoyo y testimonio favorable en el pueblo de una minoría ilustrada (médico, escribano y tenientes de cura) que veían estas intromisiones inquisitoriales como extemporáneas y que, sin duda, influirían en una sentencia benigna.


Archivo Histórico Nacional, INQUISICIÓN,3728,Exp.81, Juan Sebastián Fernández

domingo, 13 de diciembre de 2020

DONACIÓN HECHA POR DON BERMUDO AL HOSPITAL DE ALARCÓN

 


Donación de D. Bermudo al Hospital de Alarcón sin era ni día pero según su contexto y el de otras por la era de 1264, año 1226. Tumbo de Castilla, libr. 2, carta 49


Esta es la remembranza de D. Bermudo con el Maestre et con la Orden et con los fratres de Santyague, quanto él â en Alarcón heredat et el orto et quanto a en su término con su pan et con sus bueyes, el andando así si muriere, finque todo al Hospital en la Merced. Estos son testes: Gonzalvo Roiz, Diago Pédrez,  Gonzalo Pérez de Quintanas Rubias, Ferrando Gonzálvez, filio de Gonzalo Pérez ermano de Ferrando Martínez, Pedro Pérez de Molina. Et si antes que se muera prisiere Orden faga de lo so como quisiere et si antes se casare faga de lo so como quisiere. Desto es testigos el iudex et los alcaldes et los iurados, et el conceio de Alarcón.

Nota: que por hallarse presente en los primeros testigos un Gonzalo Pérez fue preciso al nombrar otro distinguirle con lo apreciable de ser o haver sido hermano de Fernando Martínez y quien se entendiese en Alarcón por Fernán Martínez, bien notorio les sería allí


Real Academia de la Historia — Signatura: 9/125, fº 44. — Signatura anterior: B-10, fº 44.

domingo, 29 de noviembre de 2020

Villar de Cantos

 


                          Foto: Jorge Montero Moya


La primera noticia que tenemos de Villar de Cantos es de 1239, cuando el concejo de Alarcón dona la heredad de Villar de Cantos a Gonzalo Ibáñez y su cabildo. Su fortuna como aldea reside en el hecho de estar en un cruce de caminos: el camino murciano en dirección norte-sur y el llamado camino de los carreteros en dirección este-oeste. En 1445 Villar de Cantos pasa a San Clemente como una de las cuatro aldeas concedidas por el maestre don Juan Pacheco (junto a Perona, Villar de Caballeros y Vara de Rey). Ya desde finales del siglo XIV se conoce el establecimiento en esta aldea de una familia que marcará su futuro e historia: se trata de los Ortega, que serán los principales propietarios de tierras en la aldea, aunque también sabemos del establecimiento en la aldea (después de 1445) de otras familias notables para la historia de San Clemente como los Haro, los Montoya o los Sánchez de los Herreros. No obstante, el dominio de los Ortega sobre Villar de Cantos es abrumador, ya desde el primer Ortega conocido hacia 1400: Ruy Sáez de Ortega el viejo. De hecho, Villar de Cantos era conocida como la alquería de esta familia. Los Ortega entrarán en colisión con la villa de San Clemente, a pesar de estar retraídos en su aldea. Lucharán por entrar en los oficios concejiles de la villa de San Clemente desde 1512 y serán portavoces de la oposición nobiliaria, cuando los hidalgos consigan la mitad de los oficios en 1537; pero su despuntar es más tardío: avanzada la segunda mitad del siglo XVI consiguen el cargo de “almotacén” en la villa de San Clemente, aunque solo dominarán la política sanclementina de forma incontestable ya iniciado el siglo XVII. En 1626, Rodrigo de Ortega y su esposa Ana Rosillo, compran Villar de Cantos, en la venta de vasallos por la Corona ese año, convirtiéndose en los primeros señores de Villar de Cantos y fundando mayorazgo. Ese mismo año, don Rodrigo de Ortega compra el cargo de alférez Mayor de la villa de Vara de Rey. Así, Vara de Rey ligará su historia a los Ortega y con ellos irá Villar de Cantos, que en la edad contemporánea será aldea de Vara de Rey. Los marqueses de Valdeguerrero, en quien recaerá la herencia de los Ortega, asumirán también el título de señores de Villar de Cantos.

Villar de Cantos siempre fue una aldea pequeña, a la que apenas se reconocían doce vecinos en 1570, pero la zona, recorrida por el río Rus, era un lugar de poblamiento muy antiguo. A escasa distancia se encontraba Perona, con apenas siete familias de renteros, al servicio de los Castillo, que pretendían jurisdicción no reconocida sobre el lugar. Muestras del poblamiento antiguo es que a mediados de siglo se conservaban las ruinas de dos despoblados (uno de ellos, conocido como el Villarejo, en una hoya insalubre) y aun era reconocible un lugar más, Rus, sin vecinos y donde la iglesia, sin servicio sacramental se levantaba en pie, aunque a día de hoy nos es imposible saber cuando se inició el fervor y culto mariano en este lugar.

Era el río Rus el que daba vida y unidad a la zona, pero en invierno el mismo río era un obstáculo: la crecida de aguas y las nevadas convertían el lugar en un terreno lodoso e e inundado que incomunicaba Villar de Cantos del lugar próximo de Perona, interrumpiendo las comunicaciones entre sus vecinos.

viernes, 27 de noviembre de 2020

Juro a favor de la cofradía del Santísimo Sacramento de la villa de San Clemente

 

Juro a favor de 25 de agosto de 1560 de 33687 mrs. anuales a favor de Antonio Núñez Treviño, situado en la renta del estanco del tabaco, con un interés de 20 al millar, un 5%.

Antonio Núñez Treviño otorga testamente en San Clemente a 13 de febrero de 1669, dando la mitad de la renta de ese juro a favor de María Hurtado de Mendoza, mujer de Juan Pacheco de Guzmán, y la otra mitad para la música que acompañara al Santísimo Sacramento, cuando saliese a visitar a los enfermos, que sería la totalidad de la renta del juro, una vez fallecida la citada María. Don Antonio Núñez Treviño, o Pacheco de la Vega, caballero de la orden de Santiago, sería enterrado en la iglesia del colegio de la Compañía de Jesús el 13 de febrero de 1669

La mitad de la renta de ese juro sería cedida a la cofradía del Santísimo Sacramento por Doña Ana Pacheco de Guzmán, casada con el citado Antonio Núñez y fallecido este, mujer de Gil Núñez Vela Ponce de León, el 8 de enero de 1672. EL juro sería confirmado por nuevo privilegio a favor de dicha cofradía el 17 de junio de 1672.

La cofradía del Santísimo Sacramento estaba sita en la Iglesia mayor del apóstol Santiago de San Clemente


AGS, CME, 1377

martes, 24 de noviembre de 2020

Juan de la Osa, el héroe olvidado de la guerra del Marquesado



Juan de la Osa, el héroe conquense olvidado de la guerra del Marquesado de Villena
Sabíamos del sanclementino Juan López Rosillo, el llamado reductor del Marquesado de Villena, como el héroe que alzó a favor de la Corona las tierras conquenses del Marquesado contra don Diego López Pacheco, pero igual protagonismo tuvo otro hombre del que no sabemos su naturaleza: Juan de la Osa (tal vez de Villanueva de la Jara, como Benito de la Osa, almagrado y realista declarado ahorcado por la propia Corona para mantener la paz entre bandos). Nos falta la cita exacta, pero de algún testimonio se desprende que las aldeas conquenses del suelo de Alarcón formaron o acordaron cierta Hermandad para liberarse de la sujeción del marqués de Villena (o tal vez, una vez liberadas algunas de ellas en la primera fase de la guerra, llegaron a un compromiso para liberar a aquellas otras sojuzgadas a la altura de finales de 1478 o comienzos de 1479, en una reunión en la villa de San Clemente, y al calor de la presencia de don Jorge Manrique con gente de guerra en la comarca.
Juan de la Osa y Juan López Rosillo recibieron poderes de varios pueblos conquenses para someterse a la jurisdicción real y abandonar a don Diego López Pacheco. Tenemos constancia de la presencia de Juan López Rosillo junto a don Jorge Manrique el 29 de enero de 1479, cuando La Alberca se alza a favor de la Corona y, testimonios indirectos nos inducen a pensar que también estaba presente cuando una semana después don Jorge Manrique ofrece la libertad y el villazgo a Las Pedroñeras, El Pedernoso y Las Mesas.
Juan López Rosillo salvo la vida por poco tras estar preso en Castillo de Garcimuñoz; Juan de la Osa tuvo menos suerte y fue ahorcado por el marqués don Diego López Pacheco. Dos héroes conquenses que han caído en el olvido, que ojalá, encontremos nuevos testimonios de sus aventuras acompañando a Jorge Manrique en los pueblos del sur de Cuenca.
Presentamos un testimonio que hace mención a ambos. El testimonio nos deja la duda si no hará mención a la primera parte de la guerra, pues hace mención a diversos pueblos que consiguieron el título de villa en 1476, pero creemos más bien que la hermandad de las villas del Marquesado, más allá de la imprecisión del testigo, es juramentación de los pueblos tras un año 1477 de altercados y lucha de bandos en que su suerte y libertad no estaba decidida:
"Este testigo oyó dezir a Juan Rrosillo, vezino de la villa de San Clemente podía aver quarenta años cómo él estando en la villa de San Clemente e Juan de la Osa tenían e les avían dado poder la dicha villa de San Clemente e las Pedroñeras e Chinchilla e Villena e Yniesta e Villanueva de la Xara e todos los otros lugares del Marquesado para que en nonbre de las dichas villas se alçasen e rreduziesen a la corona rreal e que por su rrespeto se alçaron e fueron de la corona rreal e que por ello el marqués de Villena mandó ahorcar al dicho Juan de la Osa su conpañero e entonçes le oyó dezir cómo la villa de las Pedroñeras se alçó por la corona rreal e fue hecha villa por los rreyes católicos".
Rescatamos pues la memoria de dos héroes, de cuyas gestas son deudores los pueblos del sur de Cuenca para lograr alcanzar su libertad en el convulso periodo de 1476 a 1480.




ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA. PLEITOS RACH/01, CAJA 2412 EXP 1

domingo, 22 de noviembre de 2020

SANTIAGO DE LA TORRE EN EL SIGLO XVI

 


                              SENTENCIA DE 5 DE JULIO DE 1538



Era 1561, y en los bajos del ayuntamiento de Las Pedroñeras se hallaban sus dos alcaldes, Andrés Gómez y Andrés Morales Belloso, junto a los regidores perpetuos Marco Castellano, Andrés Zarco y Andrés Belloso, tan solo faltaba el alférez García de Montoya; todos ellos trataban de convencer al receptor de la Chancillería de Granada allí presente para que se desplazara con ellos a tomar posesión de los términos de Santiago de la Torre en virtud de una ejecutoria ganada por la villa de Las Pedroñeras. Miguel López del Corral contaba la escena. El receptor se resistía, desde su legalismo contradecía a los pedroñeros, alegando que si don Antonio del Castillo Portocarrero contradecía la posesión había que escucharlo, mientras que los regidores de Las Pedroñeras aprestaban al receptor para que diese su visto bueno a que los pedroñeros fueran con sus mulas a arar los términos de Santiago de la Torre y con sus ganados a pacer las yerbas en un gesto cargado de simbolismo para tomar posesión de los términos, es decir, hacer uso de los viejos aprovechamientos comunes, que, teniendo en cuenta la despoblación del lugar se convertía dominio de hecho. Claro que el acto tenía no poco de ocupación invasiva, pues al parecer el número de pedroñeros intervinientes era alto.

 

El receptor granadino, un tal Juan Escudero, no se amilanó ante los regidores pedroñeros, manifestando que “él no hera rrío para tornar atrás, que juraba a Dios que si él no les daba la posesión no la daría e jurado a Dios en ningún tiempo”. A lo que los pedroñeros contestaron que no estaban para nuevos pleitos; no en vano, el pleito duraba ya veinticinco años. Volviendo a su posada, el receptor reafirmó su legalismo, negándose a dar las escrituras de posesión que portaba, reafirmando la necesidad de presencia y contradicción de don Antonio del Castillo Portocarrero y solicitando el parecer de un jurisconsulto, un tal Villanueva. No tenemos noticia de este jurisconsulto, pero por entonces el más famoso de ellos era un tal Sobrino de Castillo de Garcimuñoz, que por la emisión de sus pareceres se asemejaba a un embaucador de ingenuos.

Las disputas entre Las Pedroñeras y los Castillo Portocarrero se remontaban al 30 de mayo de 1534, cuando Antón Pérez en nombre de Las Pedroñeras interpuso una demanda contra Bernardino del Castillo defendiendo el derecho al aprovechamiento de los términos de Santiago de la Torre, por ser parte común del suelo de Alarcón. Los Castillo Portocarrero defendieron la tesis de que Santiago era heredamiento cerrado, de uso privativo de sus vecinos, en cuanto correspondía a un donadío de cesión real a la familia. A favor de Santiago de la Torre, jugaba el hecho de que, hasta la sentencia de Sancho Jiménez de Lanclares en 1318, era parte del suelo de Alcaraz junto a la villa de El Provencio. Esa era la razón por la que San Clemente y Las Pedroñeras siempre intentaron llevar sus fronteras, y hacerlas comunes hasta el Záncara, y por la que El Provencio y Santiago de la Torre nunca pagaron diezmos ni llevaron sus cahíces a las iglesias de Alarcón.

En la década de 1530, Santiago de la Torre tenía sus términos amojonados y cerrados. Un testigo citaba de memoria las hitas divisorias del pueblo con sus vecinos

“que el término de Santiago se dividía començando dende donde dizen Peña Parda a dar ençima de la Hoya de Hernán Gil e volviendo a donde dize el Rrubielo que es un çerro e de allí al camino del Provençio que viene a Santiago e de allí a la Puerta del Collado e de allí va volviendo por çima del Monte, quedando el monte en el dicho término de Santiago a Peña Parda a donde comiença a deslindar e en los dichos lugares que tiene dicho están sus mojones”.

Otro testigo rememoraba así los mojones

“que la dicha villa es amojonada por la forma siguiente: començando desde Peña Parda que es un mojón la dicha Peña Parda e de allí por el Canto del Monte a dar al camino que viene de las Pedroñeras a Santiago donde en el dicho camino está un mojón e tomando un carril en cabo del Monte que va fazia el Provençio a dar en la cañada donde está otro mojón e dende el dicho mojón va a dar a donde dizen el aldea Vieja al camino que viene del Provençio a Santiago a donde está otro mojón e de allí a dar a Santiago a donde está otro mojón e de allí a dar a la vereda donde está otro mojón en la Llega e de allí a dar al majuelo de Villanueva donde está otro mojón e deste mojón va a dar entre dehesas a la Puerta del Collado e de allí a dar el Roblello donde esta otro mojón e de allí volviendo a Peña Parda donde començamos a deslindar”

La mención a una aldea vieja nos hace pensar en un poblamiento primitivo y anterior a Santiago o la posibilidad que ese poblamiento se abandonará paor un nuevo emplazamiento, huyendo de las aguas estancadas. Algún vecino nos dirá que El Provencio y Santiago tuvieron como primer poblador a don Juan Manuel, dando a entender su carácter de nuevas pueblas, que para el caso de Santiago sería refundación, pues sabemos de su existencia tres cuartos de siglo antes. Meras elucubraciones en cualquier caso que no podemos demostrar. La aldea Vieja se situaba “fazia el Provencio por baxo de la corriente del molino de Santiago que es un molino harinero que está baxo de la dicha villa de Santiago en la rribera de Záncara quedando el dicho molino dentro del dicho donadío porque el mojón yba a la sazón que era de dos tiros de piedra bajo del dicho molino por un pozuelo que allí avía”

Y en 1560 se detallaban con más prolijidad

“sabe que la dicha villa de las Pedroñeras parte términos con la dicha villa de Santiago desde el Rrubielo que es un çerro pequeño que es de tierra colorada donde dixo que ay un mojón de cal y cantos  e del dicho mojón van partiendo con el término de las Pedroñeras a dar con otro mojón que está en un llano que es çerca del carrascal que es de Santiago que el dicho mojón es de cal y cantos e va por detrás del dicho carrascal a dar a otro mojón que está a ojo de la hoya de Fernán Gil e de nava el Caballo donde dixo que está otro mojón de cal y cantos e del dicho mojón dixo que va a dar a otro mojón de cal y cantos que dixo se nonbra el mojón del Vino que está entre los caminos que van de Santiago a Belmonte e al Rrobledillo de Záncara por ençima de la villa de Santiago por lo alto de ella e va a dar a Peña Parda que es un mojón que está en una peña que se nonbra la Peña Parda que es muy conoçida e está ençima del alcor del Molino de las Pedroñeras donde dixo que en el dicho mojón feneçe el término de la dicha villa de Las Pedroñeras e del dicho mojón de Peña Parda dixo que va partiendo la dicha villa de Santiago con el término de San Clemente o el Provençio porque sobre ello traen anbas villas pleytos e va a dar otro mojón que se nonbra el lavajo Terçero que es donde solía aver un lavajo o allegamiento de agua que dixo que está arado e que el dicho mojón del dicho lavajo solía ser de cal y cantos y está al presente desecho casi todo o más del medio e del dicho mojón del lavajo Terçero dixo que van a dar a otro mojón que está çerca del camino que llevan de Santiago a la villa del Alverca a la mano derecha e de allí dixo que van a dar a otro mojón que en la Puerta el Collado que es en el camino que llevan de Santiago a la villa de San Clemente que este mojón es de cal y cantos e del dicho mojón van a dar a otro de cal y cantos que está entre las dehesas de Santiago e la villa del Provençio e de allí dixo que van a dar a otro mojón que es entre las viñas de la villa de Santiago de cal y canto e de allí dixo que a dar a otro mojón de cal y cantos que está en el camino que llevan de Santiago al Provençio por la otra parte del rrío de Záncara çerca de un molino armero que es del señor de la dicha villa de Santyago e çerca de otro molino que se nonbra de Françisco Tostado veçino de la villa del Provençio e allí a dar al pozo de la Cañada donde dixo está otro mojón de cal y cantos a ojo del dicho pozo e de allí dixo que vuelve el dicho mojón del Rruvielo”.

El conflicto surge en un contexto de expansión agraria de la villa de Las Pedroñeras que está rompiendo las tierras llecas del pueblo vecino. El impulso roturador de tierras llecas en el primer tercio del siglo XVI fue imparable. Según contaba Martín Sánchez de los Herreros, un labrador villarrobletano, en lo que debió ser práctica común en toda la comarca, los pedroñeros labraban las tierras baldías para pan, haciéndolas suyas propias, con plenos derechos de enajenación y sucesión hereditaria. El movimiento roturador rompía los amojonamientos y, en este caso, ponía en entredicho los títulos de propiedad de los Castillo Portocarrero sobre el donadío de Santiago de la Torre. Este pequeño lugar, había sido un pueblo de pastores; ahora, sus vecinos abandonaban el pueblo al desaparecer los pastos de sus ganados y desaparecer el corredor natural para las reses que antaño se extendía entre El Provencio y San Clemente y ahora era ocupado por las viñas. A la altura de 1539, tal como narraba el provenciano Hernán Martínez Villamayor, Santiago el Quebrado o de la Torre era un pueblo ya casi deshabitado con viejas casas en pie, recuerdo de su apogeo en el siglo XV:

“syenpre la dicha villa de Santiago a sido poblada e a visto en ella justiçia e alcaldes rregidores e alguazil e paresçe por las casas e hedifyçios antiguos que en ella de presente se ven e a visto desde que sabe la dicha villa que a los dichos quarenta años e más tienpo ser pueblo antiguo poblado de más de çien años e aver en él hedifyçios de mayor poblaçión que agora tiene, quatro vezes más que agora que está avitado… e lo oyó dezir a su padre que llegó a hedad de noventa años el qual dezía que en su tienpo desde su niñez avía visto poblada la dicha villa de Santiago”

Aún no se había llegado a la situación conocida en los años sesenta, con Santiago de la Torre únicamente habitado por el alcaide de la fortaleza y unos vizcaínos de paso, pero los treinta vecinos que Hernando de Colón nos da para 1517 son impensables al finalizar la década de los treinta. Santiago de la Torre había sido un lugar relativamente poblado en el último cuarto del siglo XV. Un anciano, Diego Herreros, labrador de Villarrobledo, recordaba cómo Santiago de la Torre era un lugar de setenta vecinos cuando era un niño de diez años. Juan del Castillo, avecindado en Socuéllamos e hijo de santiagueros, daba una cifra similar, sesenta, cuatro arriba o cuatro abajo. Otros como Alonso Sánchez de Vargas y Cristóbal López el viejo elevaban esa población hasta 120 y 80 vecinos, respectivamente, para el año 1470, y no faltaba testigo que llegaba a los doscientos vecinos. Lo más probable era que Santiago saliera de las guerras del Marquesado con cincuenta vecinos para iniciar un declinar irremediable. Un testigo nos narraba la negativa evolución demográfica de Santiago el Quebrado, desde la época previa a las guerras del Marquesado hasta la década de 1530

“que avrá más de çinquenta años syendo muchacho este testigo conoçió que avía más de sesenta vezinos e que de presente es de veynte vezinos porque se ha despoblado”

El mencionado Juan del Castillo nos presentaba una imagen idílica de Santiago de la Torre al acabar las guerras del Marquesado, con unos vecinos asentados y acomodados con nutridos hatos de ganados o dedicados a la labranza de pan llevar en Las Pedroñeras. Pensamos que los ganados eran dominantes o al menos así lo creía Juan del Castillo, cuando recordaba su infancia, pues citaba dueños de hatos de ganado, moradores en Santiago: Diego Sánchez, Andrés Herreros, Diego de las Torres, Diego Simón, Miguel de San Gil o Juan Gómez. Ganados que compartían pastos con los ganados de los pueblos vecinos, como los de Pedro Sánchez Carnicero, vecino de El Provencio, que, con sus quinientas ovejas, a comienzos de siglo, subía hasta la dehesa de Santiago de la Torre, o las de un tal Merchante de Pedroñeras que también acudía allí. Apellido, el uno y el otro, que denunciaban la finalidad para el abasto de carne de estos ganados.

Santiago de la Torre era asímismo un pueblo de encuentro, descanso y placer; así nos lo recordaba el mencionado testigo de Socuéllamos

“solía ser un pueblo de mucho placer e pasatienpo porque dixo que avía en ella de vivienda y estantes dos tanborileros e un gaytero e un atabalero”

El avance roturador de Las Pedroñeras ponía en peligro las posesiones de los Castillo Portocarrero en Santiago. Sin embargo, el avance roturador también venía desde Santiago y era más antiguo, tanto Bernardino del Castillo como los vecinos de Santiago tenían propiedades en Las Pedroñeras, es más los de Santiago se habían establecido en la villa vecina, donde sus tierras llegaban hasta las paredes y eras de Las Pedroñeras. Bernardino del Castillo poseía en este pueblo, herencia del mayorazgo del doctor Pedro González del Castillo, una hacienda valorada en dos mil ducados: “tenía tierras que poseya en la dicha villa de las Pedroñeras, así en los çebadales de alrrededor como por otras partes que a pareçer deste testigo valen más de dos mil ducados”. A las tierras se sumaban los solares de casas que don Bernardino del Castillo poseía en los mismos cebadales de Las Pedroñeras. Se decía que los vecinos de Santiago poseían más tierras en la villa de Las Pedroñeras que en la suya de Santiago. Unas veces, explotaban en arrendamiento las tierras de los Castillo Portocarrero; otras labraban las propias por rompimiento de los llecos del suelo de Alarcón, aprovechando las ventajas del fuero de esta villa. De los labradores de Santiago, el caso más antiguo conocido es el de Garci Martínez de la Osa, que roturaba los llecos de Las Pedroñeras ya a mediados el sigo XV. Quizás no sea aventurado decir que el auge demográfico de Las Pedroñeras en el siglo siguiente se deba a un traslado a esta villa de los vecinos de Santiago. Es más, creemos que fueron los hijos de los emigrados de Santiago a la villa de Las Pedroñeras los que sostuvieron el impulso roturador en sentido opuesto en los años treinta. Ese movimiento migratorio hacia Las Pedroñeras debió ocurrir a comienzos de la segunda década de siglo, coincidiendo con la huida generalizada de tierras de señorío en la comarca, aunque en este caso concreto, las fronteras entre ambos pueblos eran muy permeables, como lo era con El Provencio o San Clemente, donde emigró hacia 1490 Diego Simón, que daría lugar a linaje señalado en esta última villa; otros, como Juan de Robles el viejo, siguieron el mismo camino treinta años después. Creemos que, frente al antiguo espacio del suelo común de Alarcón, ahora nace un nuevo espacio común con intercambios de vecindad, propiedades y comerciales que incorpora a estas tierras del sur de la actual provincia de Cuenca las de Socuéllamos y Villarrobledo. Un ejemplo es la presencia del apellido Herreros, al que situamos a a mediados de siglo en el donadío de Santiago para verlo después, Sánchez de los Herreros o López de los Herreros, en San Clemente, El Provencio o Villarrobledo. Sabemos de Miguel Sánchez de los Herreros,que se establece en San Clemente, abandonando el hogar de su padre Alonso en Santiago, y de un villarrobletano llamado Alonso López de los Herreros, que se trasladó a vivir a esta villa en los años anteriores a la rebelión de las Comunidades en 1520, siendo anteriormente pastor de un vecino de El Provencio, Alonso Sánchez de Vargas, durante nueve años, y, seis años después, explotando unas tierras en Santiago de la Torre, que poseía el licenciado belmonteño Inestrosa. La explotación se hacía en régimen de aparcería, repartiendo a mitades las treinta y seis fanegas de trigo cosechadas. La vida de este Alonso López de los Herreros es prototipo de la de otros coetáneos: pastor en su adolescencia, arrendando tierras ajenas hasta en su juventud, para conseguir ahorrar el caudal suficiente que le permitiera acceder a la propiedad de tierras propias en la villa de Villarrobledo. El sueño, hecho realidad, de muchos hombres de comienzos de siglo, por acceder a la propiedad de la tierra. Es ese deseo el que provoca una onda migratoria que rompe las antiguas tierras comunes e integra en un espacio económico común las tierras de Alcaraz o ciudarrealeñas.

“que el señor de la dicha villa de Santiago tiene muchas tierras de pan llevar en el término de Las Pedroñeras en mucha cantidad e aun dixo que tiene solares de casas alrrededor de la dicha villa que se harían e hizieron en tierra de los çevadales de la dicha villa de Las Pedroñeras de manera que tanto aprovechamiento e aún dixo este testigo que más tienen los vezinos de la dicha villa de Santiago en el término de Las Pedroñeras que no en el término de Santiago lo qual todo dixo este testigo que ansy lo a visto ser e pasar asy labrando en algunos tienpos en los canpos e tierras del dicho lugar de Alarcón”.

Otro de los pueblos donde migraron los santiagueros fue a Villarrobledo, siguiendo la misma ruta y corredor que seguían sus ganados. Al contexto general, de unos hombres que huían del señorío, se unió la especificidad de Santiago de la Torre, su geografía no invitaba al poblamiento. Era una zona de aguas estancadas; lo que era una ventaja para un pueblo ganadero, y donde crecía la masiega que los provencianos aprovechaban para sus camas, pronto se convirtió en desventaja con el avance agrario y la desecación de estos lavajos, devenidos en aguas residuales e infectas, pues ya no encontraban salida a la red hidrográfica, fuente de enfermedades que diezmaron la población e invitaron a los vecinos a abandonar el pueblo. Juan Lozano recordaba el cataclismo poblacional de un lugar que bebía un agua contaminada

“e de causa de enfermedad de las aguas de las marismas que tiene en derredor se despoblaua muchas vezes e se quedaba en muy poca vezindad”

Era una paradoja, pero era el contrapunto de la revolución agraria que vivió la zona. Mientras los pueblos de la Mancha conquense cuadruplicaban su población en el primer tercio de siglo XVI, Santiago de la Torre quedaba como un enclave aislado. Su fidelidad a la tradición ganadera fue causa de su ruina. Mientras sus vecinos provencianos y sanclementinos plantaban las primeras viñas en el arroyo Majara Hollín, provocando su desecación, y sus tierras de pan llevar ganaban el espacio geográfico de Marcelén, los ganados santiagueros se veían obligados a beber las pocas aguas residuales remanentes al bajar el nivel freático, fruto de la expansión agraria. Los ganados enfermos transmitían sus males a los hombres. Santiago se despobló, en el horizonte de aquellos hombres la única escapatoria fue abandonar las tradiciones pastoriles para buscar fortuna como labradores, primero en pueblos comarcanos, donde ya habían adquirido propiedades, caso de Las Pedroñeras, luego el destino elegido sería más lejano: Las Mesas, Socuéllamos o Villarrobledo. Quizás, Santiago de la Torre fue un caso más extremo, pero la realidad de pastores arruinados, con sus pequeños hatos de ganados, era propia de toda la comarca. Es ahora, en el primer tercio del siglo, coincidiendo con la ruina de los pequeños pastores, cuando se forjan lo que hemos llamado “señores de ganados”, que alquilan, a precios prohibitivos para otros, las yerbas de las dehesas privilegiadas. Aun así, es una solución transitoria, antes de su integración en las rutas trashumantes.

La reacción de don Bernardino Castillo Portocarrero fue tajante, impidiendo a los vecinos foráneos labrar sus tierras; entre los perjudicados estaba el provenciano García Sánchez que poseía en propiedad varias hazas en el donadío de Santiago de la Torre, y, sobre todo su propio alcaide de la fortaleza, un tal Oviedo, al que ahorcó en una almena de su castillo por ser poco diligente en su labor de impedir la entrada de extraños en el donadío. Sabemos que los provencianos con propiedades en Santiago sacaban su trigo del donadío hasta las eras de El Provencio para evitar las exacciones de los Castillo Portocarrero. Entre ambos contendientes se debió llegar, en los primeros años de la década de 1520, a acuerdo, que no era sino reforzamiento del poder señorial de los Castillo Portocarrero tras la guerra de las Comunidades, con la obligación de los labradores de ceder una oncena parte de su cosecha a don Bernardino del Castillo. La solución vino después de pleito entre los provencianos y don Bernardino del Castillo Portocarrero, sustanciado en la Chancillería de Granada, que reconocía a los provencianos a sacar sus mieses del donadío y a don Bernardino cobrar un onceno de cada fanega cosechada. Era un punto de inflexión que acababa con una época, en la que santiagueros o pedroñeros se consideraban un mismo pueblo, como hermanos y revueltos se decía (de hecho, era común que los pedroñeros hicieran un alto con sus mulas y carros en Santiago, donde, convidados, comían en común), y en la que los provencianos no conocían de fronteras. Hacia sus dos montes de encinas, el viejo, en el camino de las Pedroñeras, y el nuevo, en el camino de La Alberca, acudían los convecinos a por la bellota, y hacia la dehesa de Majara Hollín y sus humedales habían acudido hasta los años veinte los provencianos, los pedroñeros y sanclementinos con sus carretas para recoger la masiega empleada para rellenar los colchones de sus camas, mientras sus mulas pacían, o para buscar espárragos entre las primeras viñas plantadas. Ahora, Majara Hollín se desecaba, sus ganados se perdían y lo que era dehesa santiaguera era objeto de disputas entre provencianos y sanclementinos por su control. Entre los provencianos que compraban tierras en Santiago el Quebrado destacaba Julián Grimaldos, además del citado García Sánchez, y otros como Pedro Sánchez de Bartolomé Sánchez que se dedicaban a romper los llecos en el camino de La Alberca, que se avinieron a pagar el onceno a don Bernardino, según recogía el testimonio de un labrador provenciano que andaba entre su pueblo y Santiago para recoger limosnas para el ermitaño que guardaba la ermita de Santa Catalina. Mientras El Provencio y Las Pedroñeras crecían en la década de los treinta, con trescientos diez y ciento ochenta vecinos, respectivamente; Santiago de la Torre, apenas si llegaba a los veinte. El empuje roturador de los vecinos de Las Pedroñeras se centraba en la hoya de Hernán Gil y en el camino de Santiago a Robredillo de Záncara.

Una primera sentencia favorable a Las Pedroñeras para romper los llecos de Santiago y los aprovechamientos comunes, el cinco de julio de 1538, sería, no obstante, apelada por Las Pedroñeras hasta conseguir en revista una nueva sentencia favorable de 25 de noviembre de 1541 que hacía extensivos los usos comunes a cualquier aprovechamiento. Dicha sentencia no sería aceptada por don Bernardino del Castillo Portocarrero que acudiría a la Sala de las Mil Quinientas Doblas. Las pretensiones de los Castillo Portocarrero, ahora defendidas, por su hijo Antonio del Castillo serían denegadas el 23 de noviembre de 1560, en sentencia confirmada por ejecutoria de 26 de marzo de 1561 y los derechos de Las Pedroñeras repuestos en un acto formal el 28 de febrero de 1562 ante escribano receptor y en presencia de don Antonio del Castillo Portocarrero que protestó los derechos otorgados a la villa vecina.

El conflicto se reavivó en la semana previa a la Navidad de 1560, cuando fueron prendadas a un pastor de Canalejas del Arroyo, al servicio de Bartolomé Díaz, vecino de La Pedroñeras, varias cabezas de ganado que pastaban en la dehesa Vieja o de la Asperilla de Santiago de la Torre. Las circunstancias del hecho, de noche y aprovechando una nevada antes de la Navidad del año 1560, que quedó en la memoria de los coetáneos, fueron entendidas como alevosía por el alcaide y alcalde mayor de la fortaleza, Gonzalo de Cisneros, quien de hecho ejercía la justicia en nombre de su señor, ya que Juan Moreno, nominado alcalde ordinario, era simple hombre de paja. Y es que Santiago de la Torre tenía formalmente una organización concejil que contrastaba con su despoblación: el otro alcalde era Sebastián de la Fuente, como alguacil Antón de Moya y como regidor, Juan Sánchez, todos ellos paniaguados de los Castillo Portocarrero. Una estructura creada para mantener la exclusividad de unas tierras frente a foráneos, pues los incidentes continuaron; así cuando Juan Bonillo fue sorprendido cortando leña en la hoya de Hernán Gil. Las desavenencias entre pedroñeros y don Antonio del Castillo Portocarrero se hicieron visible en el mismo acto de posesión de 28 de febrero de 1562. Amén de ritos oficiales, la posesión se intentó hacer efectiva por los pedroñeros y su procurador Diego de Segovia, metiendo en Santiago los mismos ganados de Bartolomé Díaz que habían sido penados en la Navidad de 1560, provocando la ira del alcaide santiaguero Gonzalo Cisneros, que hubo de ser reconvenido por su señor don Antonio del Castillo y llevado preso a San Clemente.

Aparte de don Antonio Castillo Portocarrero, quien más parecía beneficiarse de la dehesa de Santiago el Quebrado era el licenciado Mendiola y los Balmaseda, de familias de origen vasco, y sus ganados, que no debieron ver con buenos ojos la presencia de los ganados pedroñeros de Bartolomé Díaz. Es difícil saber la importancia de estos ganados locales, más allá de saber que eran dos manadas y que las cabezas embargadas fueron dos cabras y diecisiete ovejas y que en otros casos conocidos llegaban a las quinientas cabezas. Aunque el mencionado debía tener una hacienda consolidada pues a su servicio trabajaban dos pastores, uno de Canalejas y otro de Cañamares. Eran ganados destinados al abasto de carne de los pueblos. El hecho es que Santiago de la Torre se cerraba definitivamente a los ganados de los pueblos de los alrededores. A comienzos de la década de los sesenta, el propio don Antonio del Castillo Portocarrero, acompañado de su alcaide Cisneros y otros hombres a caballo, recorrían sus tierras echando a los pastores intrusos entre amenazas de pelarles las barbas, cortarles las orejas o quemarlos vivos, encerrando a los pedroñeros en las mazmorras de su fortaleza de Santiago o tirando arcabuzazos contra un negro, esclavo de un tal Castellano, vecino de Las Pedroñeras. El caso es que el conflicto continuaba para mayo de 1568, pero los Castillo Portocarrero desaparecen de la escena conquense en torno a los años 1579 y 1580, habían puesto tierra por medio, vendido sus posesiones en Cuenca y marchado a Salamanca, aunque se resistían a vender Santiago de la Torre. El concejo de Santiago, representación virtual de una población inexistente, y cuyo gobierno, al igual que el de Santa María del Campo, en este caso por poco tiempo pues sería vendida a la Corona en 1579, recaía en la figura de un gobernador, Francisco de Urriaga, hombre de confianza de don Antonio del Castillo, era impotente para enfrentarse a Las Pedroñeras. La villa de Las Pedroñeras impondrá sus condiciones; el juez ejecutor Juan Román dará posesión de todos los términos de Santiago de la Torre, para su libre aprovechamiento, el 22 de agosto de 1569. Don Antonio del Castillo Portocarrero recurrirá esa sentencia y por nueva sentencia de la Chancillería de Granada de 24 de mayo de 1583, confirmada el 19 de junio, consigue excluir de esos aprovechamientos “la dehessa que llaman boalaxe ni en la del carnicero ni en el exido que por este nombre llaman redonda”

 

El viejo donadío se disponía ahora a pasar a mano de los Pacheco sanclementinos. Santa María del Campo Rus pasaría a formar parte de la gobernación del Marquesado de Villena, hasta que en 1607 San María del Campo Rus pasará a manos de los Ruiz de Alarcón, mientras que Santiago, en fecha que desconocemos pasará a ser propiedad de Alonso Pacheco, de la rama sanclementina de esta familia, que además del donadío heredará sus pleitos con la villa de Las Pedroñeras. Don Alonso Pacheco Guzmán reconocerá haber comprado, en mayo de 1590, con anterioridad el donadío a Antonio Castillo Portocarrero, que por esas fechas es difunto. El tres de junio don Alonso consigue ejecutoria en los términos de las sentencias de 1583. El donadío pasará a ser mayorazgo de los Pacheco en 1603.

 

 

 


SENTENCIA DE 24 DE MAYO DE 1583

 

ANEXOS

 

 

Testigos 1535

Julián de Grimaldos, vecino de El Provencio, 60 años

Hernán Martínez Villamayor, vecino de El Provencio, 52 años

Juan Martínez de Benito Martínez, vecino de El Provencio, más de 60 años

Juan Sánchez de Buendía, vecino de Castillo de Garcimuñoz y natural de El Provencio, 60 años

García Sánchez Pellejero, vecino de El Provencio, 60 años

Sebastián del Río, vecino de Villarrobledo, 48 años

Martín Sánchez de los Herreros, 48 años

Sancho López de Villena, vecino de Socuéllamos, procedente de EL Provencio, desde donde pasa a Las Mesas y luego a Socuéllamos.

Fabián de Poyatos, vecino de Villarrobledo, 62 años, nacido en Socuéllamos e hijo de un vecino de Las Pedroñeras

Diego Herreros, labrador de Villarrobledo,

Juan del Castillo, vecino de Socuéllamos. 60 años. Hijo de vecinos de Santiago

Juan de Culliga, vecino de Socuéllamos. 58 años.

Juan García del Amo, vecino de Socuéllamos. 50 años

Esteban Sánchez del Provencio, vecino de San Clemente.

Juan Lozano, vecino de San Clemente, 65 años

Pedro Hernández, vecino de San Clemente.

Alonso Sánchez de Vargas, vecino de San Clemente, 72 años

Cristóbal López el viejo, vecino de La Alberca, 85 años

Pedro Martín Grande, vecino de La Alberca. 67 años

Alonso de Zorita, vecino de Belmonte. 70 años

 

Probanzas de 1561, sobre prendar ganados pedroñeros, propiedad de Bartolomé Díaz, en la dehesa vieja o de la Asperilla de Santiago y corta de leña

 

Gonzalo de Cisneros, alcalde mayor y alcaide de Santiago de la Torre por don Antonio del Castillo Portocarrero y Santisteban

Francisco Rodríguez, vecino de El Provencio

Juan Miguel, estante en El Provencio

Antón Hernández, vecino de Robredillo, aldea de Las Pedroñeras

Precio del ganado en 1560

·        La borrega a seis reales

·        El murueco quince reales

·        La cabra a trescientos maravedíes

·        La oveja a ducado

·        Un igüedo a treinta reales

 

UNA DESCRIPCIÓN DEL DONADÍO DE SANTIAGO DE LA TORRE EN 1535

“syenpre la dicha villa de Santiago a sido poblada e a visto en ella justiçia e alcaldes rregidores e alguazil e paresçe por las casas e hedifyçios antiguos que en ella de presente se ven e a visto desde que sabe la dicha villa que a los dichos quarenta años e más tienpo ser pueblo antiguo poblado de más de çien años e aver en él hedifyçios de mayor poblaçión que agora tiene, quatro vezes más que agora que está avitado… e lo oyó dezir a su padre que llegó a hedad de noventa años el qual dezía que en su tienpo desde su niñez avía visto poblada la dicha villa de Santiago”

 

CARTAS DE DONACIÓN POR ALARCÓN DE SANTIAGO DE  LA TORRE

A la altura de 1535, los privilegios de la villa de El Provencio se conservaban, según costumbre de la época, pero la ubicación de dicha arca no tenía de casa consistorial ni de archivo en el que guardarse. Tal era la realidad de un pueblo, cuyo sojuzgamiento a los Calatayud, le impedía tener casas de concejo y celebrar las reuniones de sus oficiales en casas privadas.

 

Por esa razón, cuando el alcalde Julián de Grimaldo fue a buscar unas escrituras tuvo que ir a casa de Juan Romero, regidor a la sazón, y en cuyo poder obraba el arca con las escrituras y privilegios de la villa. Cuando se abrió el arca, entre las escrituras destacaba un privilegio otorgado por don Juan Manuel escrito en pergamino de cuero, en letra castellana, con un sello de cera blanca, en el que se hallaban impresas las armas de don Juan Manuel: como un león con unas alas blancas, se decía. Este sello colgaba de una trenza de hilo colorado, blanco y azul. Junto a ella, otra escritura en pergamino de las mismas características, aunque aquí las armas de don Juan Manuel en el sello de cera blanca eran más visibles: dos leones y dos alas, con una espada en una mano en una de las alas. Esta escritura era ilegible para aquellos hombres, deslumbrados por el hilo de colores verde y blanco, aunque sabía que dicho privilegio era confirmación del anterior. Estamos ante la carta fundacional de El Provencio de 1319, y, en el segundo caso, venía acompañada por una confirmación de doña Blanca, nieta de don Juan Manuel e hija de don Fernando del año 1352.

 

 

TRANSCRIPCIÓN

 

Aquí la escritura de don Juan, hijo del infante don Manuel

 

Sepan quantos esta carta vieren como yo don Johan fijo del ynfante don Manuel, mayordomo mayor del Rrey e adelantado mayor del Rreyno de Murçia, otorgo a todos los que vinieren morar al Provençio de fuera de la mi tierra que yo no les demande pecho ni pedido ni otro tributo ninguno por sienpre jamás salvo ende que me den el diezmo ansí del pan e del vino e de las otras cosas que en el dicho logar cogieren como de los ganados que nasçieren en cada año en el dicho logar e por les hazer más merçed tengo por bien que puedan labrar por pan en los heredamientos e términos de Santiago e de San Clemente e de las Pedroñeras e de las Mesas en los logares que sean liego que no sean de señores señalados; otrosi tengo por bien e mando que sus ganados que pazcan las yerbas e beban las aguas en término de Alarcón ansí como los ganados de aquellos que moran en el dicho término; otrosy tengo por bien que non aya Alcayde ninguno en el dicho logar synon un honbre bueno su vezino que porné yo e que rrecavde los mis derechos dende; otrosy los pleytos  que acaeçieren entre ellos tengo por bien que los libren los alcaldes y el juez que ellos pusieren de sus vezinos e que los libren por el fuero de las leyes e que sean las alçadas para ante mí e non para otro ninguno e para que esto sea firme e non venga en duda mandeles en de dar esta carta sellada con mío sellado colgando. Dada en el Castillo veynte e tres días de março era de mill e ccc e çinquenta e syete años e yo Gonçalo Martines que la fiz escrevir por mandado de don Johan. Gonçalo Martines.

 

Traslado de otra escritura con la confirmaçión

 

Sepan quantos esta carta vieren como yo doña Blanca fija de don Fernando vi una carta de don Juan Mns. (quiere decir Manuel) abuelo escrita en pergamino de cuero e sellada con su sello de çera colgado el thenor de la qual es este que se sigue

(transcribe la carta anterior)

E agora el dicho conçejo embiaron me pedir merçed que les confirmase la dicha carta e ge la mandase guardar segund que en ella se contiene e yo tóvelo por bien e por esta mi carta mando a qualquier o qualesquier que ayan de coger e de rrecavdar los pechos e derechos en tierra de Alarcón en qualquier manera que vean la dicha carta que el dicho conçejo tienen del dicho mio avuelo en esta rrazón e que ge la guarden en todo segund que en ella se contiene e non fagan ende al so pena de la mi merçed e de seysçientos maravedíes de esta moneda vsual a cada uno dellos e porque esto sea firme e non venga en duda mandeles en de dar esta carta sellada con mi sello colgando. Dada en el Castillo, veinte e ocho días de henero era de mill e trezientos e noventa años e yo Johan López scriuano de doña Blanca la fiz escrevir por mandado de Clemén López de Orozco su tutor

Estavan baxo de la dicha escriptura dos firmas la una con un nonbre e parece dezir en ella Gonçalo Martines o Garçía Martines e otra firma que dezía Johan López e baxo dellas estava el dicho sello dendiente colgando como dicho es

 

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LA TIERRA DE ALCARAZ QUE PASÓ A ALARCÓN

 

En las arcas del archivo de Alcaraz se encontraba su fuero original, en pergamino. No constaban fecha, ni día ni mes ni año, pero sí una confirmación del rey Alfonso X, de un fuero ya otorgado por su bisabuelo, acompañada del amojonamiento de la Tierra de Alcaraz. Era un amojonamiento anterior a la sentencia de Sancho de Lanclares, hombre de confianza de don Juan Manuel, de 1318, dictada en San Clemente y que cercenaría los términos de Alcaraz en favor de Alarcón, dando lugar al nacimiento de dos nuevas pueblas, El Provencio y Minaya, para consolidar el nuevo espacio ganado a favor de la fortaleza de Alarcón.

El fuero confirmado fue romanceado por orden del rey Alfonso X a Millán Pérez Ayllón. El amojonamiento de Alcaraz mencionado se hacía eco del equilibrio de fuerzas existentes en la zona. Se reconocía grandes contiendas sobre los términos con las órdenes de Santiago y de San Juan y con los concejos de Alarcón y de Chinchilla y el reconocimiento del rey sabio a Alcaraz por su apoyo en sus disputas con los reyes de Aragón y Granada. El amojonamiento fue un acuerdo entre los diversos intereses del reino y los hombres que lo encarnaban, en un reinado donde la autoridad regia estaba en cuestión. Alfonso X reconocía la complejidad de ese acuerdo:

“e yo sobre esto ove un acuerdo con el ynfante don Manuel mi hermano e con don Gutierre Hernández e con don Pelay Hernández maestre de la orden de Santiago e con don Enrrique Pérez mi rrepostero mayor e con don Alfonso García adelantado mayor del Rreyno de Murçia e del Andaluzía e con caballeros e otros omes buenos e de Alcaraz e de Alarcón e de Chinchilla sabidores de la tierra”.

La extensa de mojones y su enumeración nos interesa a nosotros en su parte norte, pues los mojones determinados entonces serían reivindicados por villas como El Provencio para definir sus propios términos frente a San Clemente (Atalayuela de Majara Hollín) y la reivindicación de la mencionada villa y otras como la de Santiago de la Torre de su pertenencia al suelo de Alcaraz y no al de Alarcón, ya entrado el siglo XVI. En la misma ambigüedad se apoyarán otras villas como Minaya para defender términos propios (el pozo de Minaya) y, aunque no lo podemos asegurar la villa de Las Mesas (Peñarrubia de las Mesas o Las Rubias tal como se la recordará el viejo nombre en las Relaciones Topográficas). Todas ellas tomarán como referencia el fuero romanceado de Alcaraz y su amojonamiento anejo, que para la parte norte era este:

“en la Peñarrubia de las Mesas dende adelante da en la enzina de los Ballesteros a la cabeça del Pinarejo e al atalaya e la Blanquylla dende adelante al rrío Záncara encima de las labores del Quebrado término de Alcaraz, e dende al adelante al atalayuela de Majara Hollín e en su derecho como va al pozo del Arenal e el Pozo Mojón e dende adelante al Pozoseco en el villar de Guillamón e dende adelante va por el camino derecho al pozo de Minaya mojón e dende adelante anda en derredor todo el llano e va a la cabeça de la Espartosa que dizen de la Coscoxa e dende adelante a la Espartosilla Fondonera e deste mojón adelante parte términos Alcaraz con Chinchilla”.

Es en este amojonamiento en el que se apoyará El Provencio en sus pleitos con San Clemente para hacerse con las tierras de Majara Hollín y expulsar a los sanclementinos del culto compartido en la ermita de Santa Catalina (¿posible origen real del culto de Rus, que sustituye al perdido santuario de Santa Catalina?), en el que se apoyará don Antonio Portocarrero en 1541 para denunciar la intromisión de Las Pedroñeras en las labores del Qubrado, es decir, su donadío de Santiago el Quebrado o de la Torre, y en el que se apoyará Minaya para desplazar sus mojones frente a San Clemente, en la imprecisión de la ubicación de Minaya, para los sanclementinos un pozo ubicado junto a la población que era para ellos simple cortijo (entiéndase fortaleza de tierra) y para los minayeros pozo de pastores más al norte.

La sentencia de Sancho de Lanclares, en la medida que arrebataba una porción de tierra a Alcaraz, decantaría estas poblaciones hacia el suelo de Alarcón y su devenir histórico, y por herencia al de la provincia de Cuenca.

 

(Véase “Alcaraz y su Tierra en el siglo XIII” de Aurelio Pretel sobre la evolución histórica de esta Tierra y “El Año Mil Quinientos de la Mancha Conquense” de Ignacio de la Rosa Ferrer, para el nacimiento de los espacios propios de El Provencio y Minaya)

 

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1279, agosto, 16. Cuenca.
Avenencia entre Pedro Núñez y Gonzalo Pérez, maestre y Comendador de la Orden de Santa María de Cartagena, y Diego Martínez, Obispo de Cuenca, y el Cabildo por la que se concede al Obispo el cuarto del pan, vino y corderos de la iglesia del Quebrado, llamada Santiago, a cambio del derecho de presentación, según la costumbre de las iglesias de la ribera del Tajo. (literalmente, la Iglesia del Quebrado, que dicen ahora de Santiago)
Fecha la carta en Cuenca, miércoles, dizeseys días de agosto, era de mill e trezientos e dizesiete annos.
ACC, I, caja 9,
nº. 11

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Concejo de las Pedroñeras de 1561

 

Alcaldes ordinarios: Andrés Saiz de Pedro Gómez y Andrés Morales Belloso

Regidores: Marco Castellano, Andrés Zarco, Andrés Velloso

Alférez: García Montoya

Alguacil: Juan Lozano

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FUENTE: ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA. PLEITOS RACH/01, CAJA 2412 EXP 1