El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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miércoles, 20 de abril de 2016

Martín Rosillo Cano: las memorias de la capilla de Santa Ana (II)


Martín Rosillo Cano añoraba su villa natal de San Clemente, pero también deseaba que su memoria y recuerdo perseveraran en su pueblo y, en especial en la capilla familiar de Santa Ana, para ello dispondrá que allí se coloque una figura devocional de San Martín y diversos objetos y ornamentos religiosos para dar mayor brillo y ornato a la capilla de los Rosillos; tampoco se olvidó en su testamento de sus familiares:

Ansimismo el dicho licenciado Martín Rosillo mandó se impusiesen otros dos mil pesos para que los cumplimientos que resultasen fuesen para el tal el patrón= más se remitiesen otros tres mil y setecientos y cinquenta pesos todo ello horro de costas y se distribuyesen en la forma siguiente = quinientos pesos para una imagen de San Martín obispo de bulto estofado y dorado que se pusiese en la capilla de los Rosillos, un cáliz dorado con su patena y un ornamento, casulla, dalmáticas, frontal y manteles= cien pesos para alcançar el jubileo y altar priuillegiado= ducientos y cinquenta pesos para mil misas reçadas y se digan en el señor San Francisco de San Clemente quinientas; otras quinientas el padre Mº  fray Martín de Zaluide su sobrino de la orden de Santo Domingo y en falta suia se digan todas en San Francisco= iten manda se den ducientos pesos a doña María Rosillo hija del dicho difunto y por su muerte se le digan de misas en San Francisco de San Clemente= yten se den trecientos pesos al dicho padre fray Martín de Zaluide para libros= iten se den mil pesos a doña Catalina Çaluide Rosillo sobrino del dicho difunto y por muerte de ellas a sus herederos= iten trezientos pesos a don Fernando Rosillo hijo de Fernando Rosillo= y otros trezientos pesos a su madre doña Isauel Manuel y por su muerte a sus herederos= iten se den a Blas Cano de Buedo seiscientos pesos, los quinientos para él y los ciento para su hermana y siendo muerto el dicho Blas Cano lo ayan sus erederos: y los cien pesos de su hermana se digan las misas para su ánima y las de sus padres

Las dos memorias constituidas en la capilla de los Rosillos sufragarían sus obligaciones con las constitución de diversos censos instituidos por su patrón Juan Cano Manuel, por entonces alcalde ordinario del estado de los hidalgos en la villa de Lezuza:
  • Un censo contra el licenciado Carretero y el licenciado Matías Carretero y a Isabel Gómez del Abad, vecinos del Bonillo, de 700 ducados y réditos de 12.825 mrs.
  • Un censo contra Pablo el Rubio, vecino del Bonillo, de 5.000 reales y réditos de 250 reales
  • Un censo contra don Gabriel de Encinas y doña Ana Gabaldón, vecinos de la villa de la Roda, de 4.400 reales y réditos de 200 reales.
  • Un censo contra Juan de Aragón Mejía y Joaquín de Aragón y sus mujeres Juana Y Catalina Díaz, vecinos de la Roda, de 7.700 reales y réditos de 13.090 mrs.
  • Un censo contra Bartolomé Jiménez de Contreras y Juana Gómez su mujer y Sebastián Jiménez Cisneros y María de las Casas su mujer, vecinos de la Roda, de 2.200 reales y de réditos 3740 mrs.
  • Un censo contra Diego Vázquez y Catalina Sánchez su mujer, vecinos del Bonillo, de 3.000 reales y 5.000 mrs. de  réditos.
  • Un censo contra Pedro Morcillo y Eufemia Muñoz, vecinos del Bonillo, de 3.300 reales y 5.610 mrs, de réditos.
  • Un censo contra Juan Martínez de la Iglesia y su mujer doña Teresa, vecinos del Bonillo, de 12.000 reales y 20.400 mrs. de réditos
  • Un censo contra Pedro Rubio y su mujer doña Ana de la Hoz, vecinos del Bonillo, de 4.400 reales y 220 reales de réditos.
  • Un censo contra Pascual López Moreno y Juan López Moreno, vecinos de la Roda, de 1.400 reales y 70 reales de réditos.
  • Una carta de pago a favor de doña Catalina Rosillo, vecina de San Clemente, de 9.000 reales
  • Una carta de pago a favor de Mariana Rosillo monja profesa francisca en San Clemente de 1.800 reales
  • Una carta de pago a favor de Bartolomé de Atienza, síndico del convento de San Francisco de San Clemente, de 1800 reales por el pago de 1.200 misas y otra carta de pago de 1.125 reales a favor del mismo Bartolomé de Atienza por 500 misas.
  • Una carta de pago a favor del padre fray Blas Cano, prior del convento de San Agustín de Castillo de Garcimuñoz, de 900 reales por las misas a favor del alma de don Antonio Cano.
  • Dos cartas de pago a favor del padre maestro fray Martín de Zalbide, prior del convento de predicadores del convento de Jaén, de 2.400 reales y 1.000 reales por el pago, en el último caso, por el pago de 500 misas.
  • Dos cartas de pago a favor del presbítero Melchor Cano Manuel y su hermana doña Luisa Cano de 1328 reales cada una 
Las dos memorias fundadas en la capilla de Santa Ana pervivirían en el siglo XVIII y darían a lugar pleitos por la posesión del patronato. Así el pleito entre Tomás Cano de Buedo con otros interesados por el patronato de dichas memorias el año de 1678.


Archivo General de Indias, CONTRATACION, 398B, N. 1, R. 7. Bienes de difuntos: Martín Rosillo Cano. 1639-1643

lunes, 18 de abril de 2016

Martin Rosillo Cano: las memorias de la capilla de Santa Ana de la Iglesia de Santiago

El licenciado Martín Rosillo Cano era de los pocos sanclementinos que podía jactarse de pertenecer a la nobleza más rancia, pues era descendiente del capitán Juan López Rosillo, conocido durante las guerras de la Beltraneja e Isabel la Católica como el reductor del Marquesado.
Pero como tantos otros había escogido el camino de las Indias, tal vez llevado por su vocación religiosa o simplemente obligado por las circunstancias. Otros familiares le acompañarían en la aventura americana y a ellos encargará como albaceas su última voluntad.

El presbítero Martín Rosillo Cano, natural de San Clemente, había fallecido en el Puerto de la Magdalena de Pisco, en el Perú, en 1631, donde había ejercido como cura y comisario del Santo Oficio. Dejara una fortuna de 15.850 pesos de a ocho reales (128.757 reales), que destinará a la dotación

 de dos memorias de misas rrezadas para que por vía de patronadgo de legos se sigan seis misas rrezadas cada semana con su rresponso por su alma y la de sus padres, ermanos, sobrinos, parientes, bienhechores y se an de seruir para siempre jamas en la Yglesia Mayor de la dicha villa (de San Clemente) en la parte y lugar que el difunto lo ordena (en la capilla de Santa Ana de la familia de los Rosillos) y para los demás, efetos, limosnas y obras pías que el dicho difunto ordena por cláusula de su testamento

Además se añadían otras trece misas anuales, una por la festividad de cada apóstol y otra por el día de San Martín, dejando señalada una renta anual de cuatrocientos pesos.

La fundación de capellanías era algo corriente en la época, a través de ellas, el testamentario segregaba la totalidad o parte de su patrimonio para formar con ellos un vínculo destinado a la manutención de un clérigo, obligado por ello a decir un cierto número de misas por su alma o las de otros familiares y cumplir con ciertas obras pías. El patronato de estas capellanías recaía en algún familiar del difunto, nombrado patrón en el testamento, con facultad para nombrar capellán. Dentro de las capellanías se distinguían dos tipos: las eclesiásticas, integradas como beneficios en el patrimonio de la iglesia, y las memorias de misas o patronatos de legos. A este último tipo pertenecía la fundada por Martín Rosillo en la capilla familiar de Santa Ana, pero también otras como la fundada por Tristán Pallarés en la capilla de San José.

Martín Rosillo Cano nombraría de las dos capellanías fundadas vía testamentaria como patrones a don Fernando Rosillo Manuel y, en caso de muerte, le sucedería Fernando Rosillo Ramírez; como tercero en la sucesión aparecía Blas Cano de Buedo, vecino de Lezuza. Los tres morirían antes de recibir la herencia. Para ejecutar su última voluntad nombraba como albaceas a varios familiares, que también habían emigrado a Indias, los licenciados Alonso Rosillo, Francisco Rosillo y Juan López de Torres.

El derecho de sucesión en el patronato sería exigido en 1639, que es cuando se depositaría en la caja de difuntos de la Casa de Contratación de Sevilla, por Juan Cano Manuel, hijo de Blas Cano. Como fiadoras se presentaban las dos viudas de los dos primeros patrones: Catalina Rosillo Zalbide y Luisa Cano Manuel, cumpliendo la voluntad testamentaria de Martín que obligaba a depositar fianza que garantizase que el dinero legado, antes de ser entregado (y que por entonces ascendía a 16.500 pesos de plata) se daría en censo a personas legas, llanas y abonadas.

Se hizo una información de testigos para certificar que ambas viudas eran personas abonadas. Gracias a ello, conocemos el montante de la hacienda de las viudas, a caballo entre San Clemente y Lezuza, pero también las alianzas que se forjaban en torno a los Rosillo:

como la dicha doña catalina rrosillo çalbide y doña luisa cano manuel mis fiadoras son abonadas en más cantidad de treinta mill ducados, que tienen en casas, viñas, cebadales, heredades, censos, güertas, ganados y o menaxes de casas muy considerables

Más llamativo eran los principales de la villa de San Clemente que acudieron con testigos para certificar la riqueza de las dos viudas: el regidor don Lope de Vera y Alarcón, depositario de la villa, don Rodrigo de Ortega, señor de Villar de Cantos y regidor perpetuo, don Pedro Ortega Montoya, don José Francisco Rosillo Ramírez y Arteaga, alcalde de la hermandad por los hijosdalgo. Era la manifestación política del poder económico logrado a través de la fundación de un mayorazgo por la unión matrimonial, una generación antes, de los antecesores don Rodrigo de Ortega y doña Ana Rosillo.

Los cuatro testigos mencionados reiteraron, ante el alcalde ordinario de San Clemente Juan Rosillo, la calidad de personas abonadas de Catalina Rosillo Zalbide, viuda de Fernando Rosillo Remírez, y de Luisa Cano Manuel, viuda de Fernando Rosillo Manuel. Pero además José Rosillo Remírez y Arteaga, un joven de 21 años, que detentaba el cargo de alcalde de la hermandad, y don Rodrigo Ortega, segundo señor de Villar de Cantos, alguacil mayor de Vara del Rey y regidor perpetuo de San Clemente, pusieron por escrito su propio patrimonio como garantía de ambas viudas. Rodrigo Ortega el mayor, contaba por entonces 46 años, y estaba entrando en el cénit de su posición social, consiguiendo para su hijo dos años después, en 1641, el hábito de caballero de la Orden de Santiago.


Archivo General de Indias, CONTRATACION, 398B, N. 1, R. 7. Bienes de difuntos: Martín Rosillo Cano. 1639-1643