El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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Thursday, December 11, 2025

Pasajeros a Indias de El Provencio

 La fortuna heredada por Pedro García de la Alberca, vecino de El Provencio, de su padre Juan Martínez de la Alberca fue de 82781 mrs., pagados el 26 de enero de 1600. Juan Martínez había fallecido en Mérida, Tierra Firme. Juan Martínez de la Alberca había marchado a Indias tras la muerte de su esposa Quiteria Honrubia, sería el año 1585.

AGI, CONTRATACIÓN, 256A, N. 1, R. 12.

El 17 de marzo de 1589, el hermano Fernando Carrasco se embarca junto a otros ocho hermanos con destino a la ciudad de México para servir en el Hospital de San Hipólito, a las órdenes del hermano Esteban de Herrera. Su labor sería cuidar enfermos, por la falta de hermanos para esta ocupación

Se definía a sí mismo como cristiano viejo con ascendencia conocida. Hijo de Hernán Sánchez Carrasco y Mari López Pellejera, nieto, por línea paterna, de Martín Carrasco y Francisca Bonilla, y, por línea materna, de Francisco Pellejero y Catalina de Haro. Era un mozo de veintitrés años, huérfano de padres, al que comenzaba a crecerle la barba.

AGI, CONTRATACIÓN, 5232, N. 38.

Wednesday, December 10, 2025

Testamento de Alonso de Calatayud, señor de El Provencio

 Otorgado en Toledo, el 4 de julio de 1525, ante el escribano Fernando Rodríguez.

Manda ser enterrado en la capilla de enterramiento familiar, donde están sus padres enterrados, en la iglesia de su pueblo El Provencio (antigua iglesia de la Magdalena). Hasta en sus últimos momentos se mostró como una persona recelosa, sabedor que podía morir en Toledo, dispusó su enterramiento temporal en iglesia o convento de la capital hasta que sus restos fueran llevados a la capilla familiar de El Provencio, según dispusieran sus albaceas.

El día de su entierro y de su depósito en la capilla familiar se harían honras y exequias tal como ordenare su mujer Leonor de Toledo y Guzmán.

Manda las cinco mandas acostumbradas: para la obra de la Santa Iglesia de Toledo, para la Santa Trinidad y para Santa Olalla de Barcelona, para Santa María de Guadalupe, para Santa María de la Merced y para ayuda a sacar cristianos cautivos de tierra de moros. A cada una de las mandas medio real.

Manda que arda una lámpara de aceite delante del Santísimo Sacramento, durante el primer año de su enterramiento, en la iglesia o monasterio donde estuviera sepultado.

Se paguen deudas y descargos indicadas en el memorial que ha de acompañar el enterramiento. Asimismo se pague a aquellos que juren deudas por un valor de menos a quinientos euros, sin otro documento probatorio.

Confiesa tener en el término de El Provencio una casa, un molino, una huerta y ciertas tierras que son fuera del mayorazgo familiar y que ahora  con ellos se quiere dotar una capellanía con la obligación de una misa diaria. La ordenación de esta capellánía y nombramiento de capellanes queda en manos de su mujer Leonor de Guzmán.

Para evitar la enajenación de su villa de El Provencio, por las deudas que se mantienen con los acreedores, manda que se siga pagando de las rentas de la villa y no se haga uso de la dote de su mujer y se ordena que Leonor de Toledo y Guzmán sea pagada por lo adeudado de lo sacado de su dote.

Deja a sus hijos: a Marquesa de Guzmán, para sostenimiento del recogimiento que ha elegido, 300000mrs.; a Teresa de Guzmán, para ayuda de su casamiento, 500000 mrs.; a sus hijos Diego de Guzmán y Cristóbal Calatayud, 200000 mrs. a cada uno. Para estos pagos, se acudirá a los rentas y frutos de la villa de El Provencio, incluidas en el mayorazgo familiar; para hacer uso de estas rentas vinculadas al mayorazgo se hace necesario licencia del emperador.

El heredero del mayorazgo sería don Luis de Calatayud.

Se nombran albaceas: Leonor de Toledo y Guzmán, su mujer, Vasco de Guzmán, fiscal mayor de la justicia eclesiástica de la ciudad de Toledo; Pedro Sánchez Carnicero el mozo.

AHNOBLEZA, PASTRANA, C. 11, D. 1

Tuesday, December 9, 2025

El provenciano que se fue a Indias a comerciar con cacao

 Miguel Fernández, hija de Alonso Hernández Quintanilla y Teresa Olivares, era provenciano que había muerto en 1612 en Nueva España. No sabemos cuándo había salido de su pueblo para Indias, pero sí que su fortuna, acumulada en el entorno de la ciudad de Puebla (o Puebla de los Ángeles) se había forjado en torno al cacao. Once cargas de cacao había dejado en el momento de su muerte en la villa de Carrión en el valle de Atrisco, pero no consigo sino en el puerto de Acapulco. Miguel había muerto tras sentirse enfermo viniendo de Sonsonate (actual El Salvador), Es probable que Miguel Fernández no pudiera acudir a recoger estas cargas, pues hospedado en una posada estaba recibiendo atención médica. Su muerte llegó a su viuda Lucía López en 1619, en El Provencio. Por entonces, únicamente vivía su hija Catalina de Olivares, pues otro hijo llamado Miguel había muerto. En las informaciones de testigos de 1619 se dice que Miguel Fernandez había abandonado su pueblo hacía 17 o 18 años (hacia 1601-1602), aunque su pase a Indias se produjo un año después de abandonar el pueblo en busca de fortuna.

Miguel Fernández había conseguido una posición económica favorable en las Indias, contaba con una sirvienta en su casa y cuando muere encomienda a seis clérigos su entierro, con una misa cantada y 264 misas rezadas por él, sus padres y otras personas en Carrión, ciudad de México y conventos de carmelitas y franciscanos. Dedicado al comercio, cuando muere, se ha adelantado a un arriero a su servicio que trae once cargas de cacao para entregarle en Puebla de los Ángeles. El cacao se había recogido en Sonsonate, trasladado en barco a Acapulco y sería transportado por el recuero Bartolomé Martín hasta Puebla.

Las once cargas de cacao, y algunas ropas viejas, eran las única propiedades de Miguel en el momento de su muerte. Miguel no tenía deudas, creemos qu  era una persona avispada en busca de negocios y lo había visto en el comercio de cacao. El caso es que en el momento de casarse, Miguel Fernández no era pobre, había aportado al matrimonio 500 ducados y su mujer 30000 maravedíes en concepto de dote. ¿Entonces? Probablemente, Miguel y su hacienda se habían arruinado y se había visto forzado a buscar fortuna fuera de su pueblo


Hasta 1624, la viuda y su hija no recibirán la herencia del difunto, un total de14569 mrs. Es lo que quedaba después de pagar al recuero del cacao, al mesonero que atendió al moribundo, que no se olvidó de echar al alza los servicios como la esclava que atendió al moribundo o las sábanas y colchón orinadas en su agonía de cinco días, luego venían sueldos de escribanos, pagar el macho prestado con el que había llegado al mesón, los clérigos de su entierro, las misas y los impuestos exigidos por la Casa de Contratación (costas, flete y avería).


AGI, CONTRATACIÓN, 357, N. 7.


La peste del año 1600, que llegó a la Mancha conquense en dos oleadas, las crisis inmediatamente previas y la carestía en torno al año 1604 obligaron a los hombres a dejar sus pueblos y buscar nuevas oportunidades. Tal fue el caso del provenciano Miguel Fernández, que, abandonando El Provencio y su familia, anduvo errante por Andalucía antes de obtener el permiso para pasar a Indias.
El abandono de los maridos del hogar familiar, empujados por las ruinas de sus haciendas y a la búsqueda de fortuna, fue algo que se repitió en el tiempo. Las familias eran más extensas y los parientes, ya fueran tíos o yernos suplían en la medida que podían la falta del cabeza familiar. Miguel anduvo en busca de su oportunidad por Nueva España; debía ser una persona arriesgada, que buscó la oportunidad en los nuevos negocios. El lo intentó en el comercio del cacao, cultivado en Guatemala, este producto llegaba al puerto de Acapulco desde donde se distribuía no solo a Europa. Recuas de mulas ayudaban en la distribución. Miguel Fernández hizo lo propio contratando un recuero que llevara sus once costales de cacao hasta la ciudad mejicana de la Puebla de los Ángeles. El cacao llegó, pero él, no. Montado en un macho y enfermo llegó hasta un mesón en la villa de Carrión, para desplomarse de su cabalgadura y ser recogido por el mesonero, que lo atendió sus últimos cinco días. Poco antes, a ocho leguas de Acapulco había ordenado su conciencia y su hacienda, sabedor de su destino. Su fortuna se esfumó entre misas por su memoria, pago del recuero y del mesonero, que no le perdonó haber estropeado con su orina sus sábanas y colchón y las gestiones post mortem de sus albaceas. Su hija, en El Provencio recibió de su herencia tan solo 14500 maravedíes, cuando la hacienda del finado había gozado de tiempos mejores en el cultivo de la tierra de su pueblo natal: 500 ducados de patrimonio y 30000 maravedíes de dote matrimonial.

Una herencia de Indias

 Aunque ya hemos hecho múltiples referencias, las repatriaciones de capitales desde Indias, los llamados bienes de difuntos, vinieron a dinamizar la economía de los pueblos de La Mancha conquense en forma de fortunas sobrevenidas para sus destinatarios. Un caso es la herencia del provenciano Juan García, fallecido en Nueva España y cuya muerte debió acaecer hacia 1608 y que dejó una herencia de 134356 maravedíes. 

Juan García de Perona el viejo había marchado a Indias y se había instalado en la ciudad de Veracruz, dejando atrás a su mujer Mari Sánchez , un hijo, Juan y una hija, María, en El Provencio. Juan había rehecho su vida en México donde se había amancebado con una mujer llamada Catalina Martínez, que recibiría la cuarta parte de su herencia. Juan García había muerto en 1602, pero como suele pasar en estos casos una persona de confianza se había hecho con su herencia a falta de descendientes en México y solamente cedió la herencia cuando fue conminado por la justicia cinco años después. La afloración de estas herencias era posible por el envío desde la Península de jueces visitadores para reclamar las herencias no declaradas. Tal fue el caso del juez Juan Frías de Salazar que fue enviado a Veracruz en 1607; allí, en el puerto de San Juan de Ulúa, y con las voces de un mulato, acompañado de los redobles de una caja, se advirtió a los vecinos que dieran a conocer las herencias de que fueran depositarios.

Estas fortunas quedaban en depósito en la Casa de Contratación en Sevilla, desde donde se manaban requisitorias a los pueblos originarios de los difuntos para que sus herederos reclamaran la herencia. En los pregones de los pueblos se anunciaba la noticia y los vecinos eran reclamados para la misa mayor del domingo en la iglesia del pueblo para que, leída la requisitoria de Sevilla, los herederos pudieran tener conocimiento de la herencia legada y ejercer sus derechos.

El Provencio había estrenado iglesia y una plaza nueva delante de ella, en lo que había sido una constante en los pueblos de la Mancha conquense de crear espacios nuevos y públicos desde el siglo anterior. Era en esta nueva plaza, forjada en torno a la iglesia de la Asunción, que los alcaldes ordinarios de la villa hacían justicia y se pregonaban las órdenes ante numerosos vecinos. Ante el alcalde ordinario, el doctor Peláez Grimaldo y su acompañado, sentados en los poyos de la plaza, se presentaría Juan García Perona el mozo para exigir la herencia de su padre muerto en Indias, junto a varios testigos que ante el alcalde y escribano dieran fe de su descendencia directa de Juan García Perona el viejo y María Díaz o Sánchez. Examinados los testigos al pretendiente a la herencia se le exigía una escritura de obligación o fianza qnte el escribano Juan Merchante en el que varios vecinos respondieran con su patrimonio de la veracidad del parentesco para el entrego de los 134356 maravedíes en Sevilla. 

Gracias a una nueva información de testigos podemos saber de estos labradores ricos de El Provencio que aseguraron reunir entre cuatro de ellos mil quinientos ducados: eran  Diego García Ortega, Juan Zarco, Pedro Zarco y Francisco Zarco.

El 3 de junio de 1609 se iniciaría el proceso de pago por la Casa de Contratación, aunque Juan García Perona no recibiría hastael día cinco en Sevilla su herencia


Testigos; 16 de mayo de 1609

Fernando de Jerez, 70 años

Juan García, 44 años

Bartolomé Pulido, 49 años

Francisco Bonillo, 48 años

Eugenio García, 48 años

Marcos Provencio, 40 años


AGI, CONTRATACIÓN, 288B, N. 1 R. 3




Tuesday, November 18, 2025

El Provencio, la Corona recompensa a los Calatayud tras las Comunidades

 Nadie como Alonso de Calatayud sufrió las alteraciones de las Comunidades, con su pueblo sublevado por su señor. Pero su fidelidad al emperador fue premiada indirectamente, cuando se concedieron a su hijo 50000 maravedíes de las alcabalas de la villa de El Provencio por lo mucho seruido que fue a su costa del comienço de las Comunidades. 

Se otorgan por cédula de 15 de julio de 1521, en Pamplona

AGS, CAA, CED, 48, 203

Sunday, July 27, 2025

UN CRIMEN EN EL PROVENCIO

 María López, vecina de El Provencio, estaba felizmente casada con Juan Pellejero. Hemos de tomar por cierto su testimonio, que aseguraba cómo contra su voluntad Juan de la Matilla entró en su casa un día del mes de enero de 1626 e intentó forzarla:

"fue a ella y auiendo allado sola a vos la dicha Mari López cerró la puerta y quiso violentaros"
La mujer no se arredró lo más mínimo, sino que, cogiendo un palo de la lumbre, le abrió la cabeza al agresor con dos golpes que le causaron la muerte. La mujer a continuación metió el cuerpo en un capacho y lo tiró, ya de noche, a un río (hemos de suponer que el Záncara), donde apareció el cadáver a la mañana siguiente.
No tendría compasión la justicia ordinaria de El Provencio con la mujer, que tendría para la agredida y homicida una grave pena, pero sí la viuda de Juan de la Matilla, que llegó a un arreglo, es de suponer que económico, para que el matrimonio de la homicida y su marido fueran desterrados a diez leguas de El Provencio, evitándose así una segura pena de muerte para la mujer violentada.

AGS.CCA. CED. 195-114

En 1658, con motivo de la guerra con Portugal y el sitio de la ciudad de Badajoz, Felipe IV se vio obligado a levantar 10000 hombres que hubieron de pagar las villas para sustentar el esfuerzo militar, nos han quedado varios testimonios. El presentado aquí es de El Provenció, la corona autoriza a adehesar el lugar de Canforrales a cambio de una contribución de 6160 reales. La ubicación de Canforrales confina con términos de San Clemente, La Alberca, Santiago de la Torre y la dehesa carnicera y río Záncara
AGS, CCA. CED. 232-1074

Los señores de El Provencio y el nuevo impulso al viñedo

 Ya sabemos en el albor del año 1580 de la extensión del viñedo de Villarrobledo y de los conflictos con la villa de San Clemente en sus límites fronterizos. Una aventura, unos años anteriores, es la plantación de viñedos por los Calatayud, señores de El Provencio, en Minaya. Manuel de Calatayud y Margarida Ladrón de Guevara se intitulaban señores de El Provencio y del lugar de la villa de Minaya, con ello aclaraban las posesiones que tenían en esta última villa, que era señorío de los Pacheco

que en el término del dicho lugar de mi villa de Minaya tienen muchas tierras inútiles para sembrar y para yerbar por ser arenas muertas, las quales son buenas para plantar de viñas y por beneficiar y augmentar su mayoradgo se gan concertado de dar a censo y tributo algunas de las dichas tierras, especialmente treynta aranzadas a çenso a do dicen la renta, camino de Ajofrén a Luis Gaytan de Ayala, vecino de la ciudad de Toledo y otros pedazos de tierra a otras personas y conuernía dar a censo y tributo otras tierras que dicen fuente razel y pena fimia. 5 de marzo de 1567


AGS, CCA. CED. 141-638

En 5 de diciembre de 1567 es don Antonio de Calatayud, señor de El Provencio, quien trata pleitos con el concejo de esa villa sobre la propiedad de ciertos estancos y los beneficios que procuran (AGS. CCA. CED. 147-132)

En esos años, el poder espiritual de la villa está en manos de Pedro del Pozo, clérigo y vicario de la villa, que tiene un hijo natural con mujer soltera llamado Pedro y al que concederá en 1569 mil ducados en concepto de alimentos. AGS,CCA. CED. 148-396

Sunday, March 30, 2025

Ejecutoria de la Mesta contra Las Mesas

 El pleito entre el Concejo de la Mesta y la villa de Las Mesas había surgido en julio de 1589, cuando una manada del ovejas de la viuda Catalina Sánchez, vecina de El Provencio se había internado con una  manada de ovejas cerca del río Záncara, en el límite entre los términos de Las Mesas y Villarrobledo, y Cristóbal Hernández, vecino de Las Mesas, había tomado cinco ovejas, que luego serán subastadas por el alcalde ordinario de Las Mesas Andrés Gómez. Un alguacil de la Mesta procederá contra el citado Cristóbal y otros dos socios, Diego Romero y Juan Martínez (todos ellos caballeros de sierra) con embargo de bienes; a uno de ellos le embargarán una guitarra, aparte de tres espadas. Las ovejas tomadas se valoraban en catorce reales cada una.

Los términos de El Provencio y Las Mesas eran comunes, pero desde San Juan hasta Santa María de Agosto, durante siete semanas, los términos se cerraban y no se podía pasar con los ganados  abrevar y se embargaban con tal motivo cinco reses. La Mesta alegaba, por contra, que en veredas, cañadas y en dehesas, donde los provencianos habían hecho pujas, se podía pastar con el ganado en esas siete semanas e incluso en las once semanas de agostadero que era la costumbre antigua de la sierra de Cuenca. En virtud de ello, el licenciado Lázaro Cañas, alcalde entregador mayor, que tenía su audiencia en la villa de Santa María del Campo, dictará sentencia el 31 de octubre de 1589 a favor de su hermana Catalina Sánchez, imponiendo una multa a los adversarios de 1500 maravedíes y la devolución de las cinco reses tomadas. Las reses embargadas en total a los provencianos eran veinte carneros y cincuenta ovejas, que se tasaron a veinte reales los carneros y a diez reales las ovejas.

Concejo de Las Mesas en 1589

Alcalde ordinario: Esteban López Ortiz

Regidores: Cebrián Martínez y Francisco López

Concejo de las Mesas en 1588

Facundo Rodríguez y Miguel Gil, alcaldes ordinarios

Martín de Espinosa, Cebrián Martínez, Juan Ortiz, regidores

Contrato de arrendamiento de la dehesa de la Olmeda

  • Entre el concejo de Las Mesas y varios ganaderos provencianos (Julián de Grimaldos, Pedro Sanchez, Donato de Grimaldos y los hijos de Julián Grimaldos) de cinco o seis manadas.
  • A partir del día de San Martín
  • Se arrienda la dehesa de la Olmeda y los abrevaderos del Bernaldo, Taray y el pozo de don Pedro.
  • 24 de agosto de 1587,  empieza para el día de San Miguel por un año. Dos pregones previos en la plaza de Las Mesas el uno y el doce de agosto.
  • Remate en 30000 maravedíes.
Ejecutoria de 6 de mayo de 1596, favorable a la Mesta.

Archivo Histórico Nacional, DIVERSOS-MESTA,127,N.8

Wednesday, February 12, 2025

VILLARROBLEDO (1626)

 Si el año 1625 había acabado con con el reclutamiento de 300 hombres, 1626 comenzará con la concesión de arbitrios para armar a estos soldados. Sabemos que esta leva viene directamente del Consejo de Guerra por carta de Diego de Toledo y Guzmán, ordenando levantar seis mil soldados. Villarrobledo sacará 1000 ducados del pósito, amén de arrendar para pasto sus dehesas con la entrada de nuevas cabezas de ganado caprino. La villa, por otra parte, estaba decidida a acabar con el pleito con don Alonso Muñoz de Oropesa por las tierras que tenía ocupadas por impago de su censo al que estaban hipotecadas, para lo cual pagaría la cantidad adeudada.

La composición de los regidores del ayuntamiento nos dan a entender la entrada sucesiva de labradores ricos al gobierno de la villa, como, también, el excusado mayor y menor obrero en el pago de las rentas decimales (es decir, los dos mayores hacendados cuyas rentas decimales iban directamente a la corona), que era en sendos casos Andrés Romero Díaz. Este patriciado de labradores veía mal la intromisión del corregidor de San Clemente, que seguía actuando por comisión del Real Consejo, y entendiendo en cierta querella criminal del capitán Diego Muñoz de la Calera contra Alonso Morcillo o el alcance resultante de la administración del pósito contra Alonso Roldán y sus fiadores (40000 reales). El corregidor Castrillo Guzmán también estaba comisionado para entender en la administración de los mil ducados concedidos para armar los soldados. A pesar de los deseos de exención del corregimiento de Villarrobledo, la realidad era que la política centralizadora de la corona y el conde duque de Olivares confiaba en la institución del corregidor para llevarla a cabo, desconfiando de los concejos y sus élites locales. El corregidor ya ni siquiera intervenía directamente o a través de su alcalde mayor, sino que delegaba en abogados y juristas como el licenciado Rodrigo Cantos. Las intervenciones del corregidor aprovechaban las propias desavenencias entre las élites villarrobletanas: Romero, Roldán, Moragón, Morcillo,... concretamente fueron los Morcillo el caballo de Troya para las intervenciones del corregidor de San Clemente, que, en las cuentas que había tomado en 1623 de los últimos veinte años había destapado numerosas irregularidades en la administración del pósito y los propios y castigado con elevadas penas a los principales de la villa.

Las intromisiones de San Clemente eran paralelas en el campo militar. Cansado de las largas del concejo villarrobletano en disponer de su compañía de cien soldados, el marqués de los Vélez, adelantado del Reino de Murcia, cometía al capitán sanclementino Pedro de Valenzuela para intervenir en la compañía militar de Villarrobledo y su armamento, amparándose en sendas cédulas de 27 de diciembre de 1625. Ahora el distrito militar a cargo del marqués de los Vélez, que tenía como cometido defender las costas de los ataques berberiscos, se ampliaba del Reino de Murcia y Marquesado de Villena hasta el arcedianato de Alcaraz y Campo de Montiel. La política centralizadora del conde duque de Olivares daba sus primeras señales en estos territorios. En octubre, se pide de nuevo tener aprestados los soldados ante la amenaza de ochenta navíos armados de Inglaterra y Holanda. Poco antes se había alojado en la villa una compañía de ciento setenta infantes.

Si el río Córcoles apenas si daba problemas a Villarrobledo, sí que los daba a sus vecinos de Socuéllamos. Río de carácter endorreico que desaparecía prácticamente en Socuéllamos, se hacía visible y de forma catastrófica con grandes avenidas en época de lluvias. Así se quejarán los de Socuéllamos:

los grandes daños que el agua del río Córcoles les ha hecho y hace destruyendo y anegando la dicha villa y causando grandes enfermedades sin que estos daños se ayan podido reparar. 

Para remediar estas avenidas, se proponía: tomar el agua del dicho río por el molino que llaman de los árboles  que está en esta jurisdición y hecharlo por otra parte

Este año de 1626, los problemas de abasto de pan continuaban para la villa y ese hablaba de esterilidad en dicho año. El regidor Pedro de Montoya pedía que el pan estaba a siete maravedíes la libra y con riesgo de subir su precio, mientras que en el pósito de la villa, negando el fin para el que había sido creado, se acumulaba mucha cantidad de trigo de años atrás, que, ahora, se pedía se panease en pan cocido para las necesidades de los vecinos. La razón era otra, sin embargo: que de causa de las grandes aguas del invierno pasado se moxó mucha parte del trigo de lo que tenía en sus cámaras (el pósito) de lo que tenía en sus cámaras y graneros




IGLESIA DE EL PROVENCIO
"Mandose dar licencia a la villa de El Provenzio para sacar piedra de la juridición (de Villarrobledo) para la fábrica de la iglesia de la dicha villa del Provenzio por su carta que se pide se vido (19 de enero de 1626)"


ACTAS MUNICIPALES DE VILLARROBLEDO DEL AÑO 1626

Friday, February 2, 2024

LAS DISPUTAS FAMILIARES DE LOS CALATAYUD Y EL PROVENCIO DE 1629

 Conocer a los Calatayud, señores de El Provencio, pasa por Valencia y el conflicto que, por disputas patrimoniales, llevaron con Ximén Pérez de Calatayud (Bouza Noguera Belvis Toledo), señor del Real, el año 1629, co el entonces señor de El Provencio (y de Villamonte) don Antonio de Calatayud. Ximén y Antonio eran hermanos y ahora se disputaban la herencia paterna. Ximén era vecino de Valencia, en el Reino de Aragón se decía todavía entonces. El asunto se llevó a la corte y chancillería granadina, pero el pleito mostró cuán diferentes eran los intereses de los hermanos. Ambos presentaron sus probanzas, pero si don Antonio lo hizo con testigos de El Provencio y San Clemente, su hermano Ximén presentó unos capítulos en "lengua valenciana".

Don Antonio de Calatayud, señor de El Provencio y de Villamonte, era hijo de don Luis de Calatayud, que había dividido la herencia familiar entre sus dos hijos, frutos de su segundo y tercer matrimonio. Herencia que era el legado del matrimonio del abuelo Antonio de Calatayud y Ladrón de Bobadilla con María Bouza Noguera (o Zanoguera), señor de Catarroja. Este don Antonio había heredado El Provencio de una forma un tanto rocambolesca, pues el sucesor que era el primogénito Luis murió en una cacería por un escopetazo de su criado. La familia, seguramente, supo disfrazar románticamente este hecho luctuoso, dejando para las futuras crónicas que el criado había matado a su señor confundiéndolo con un lobo y que este malherido en acto compasivo había dado al criado su caballo y sus dineros ante la previsible venganza familiar. Así el señorío de El Provencio quedó en manos de Antonio que abrió con su matrimonio los intereses familiares a Valencia y legó futuras disputas que estallaron con sus nietos Ximén y Antonio.

El Provencio a la altura de 1629 tenía setecientos vecinos, es decir, en torno a dos mil quinientos o tres mil vecinos y le rentaba a su señor cuatro mil libras (cada libra, moneda valenciana, equivalía a 8 reales de plata castellanos). Pero los Calatayud con sus alianzas familiares habían extendido sus intereses patrimoniales a Portugal y a Valencia, donde ahora se jugaba una parte sustanciosa de su hacienda.

En El Provencio los Calatayud tenían dos molinos en el río Záncara. Uno de ellos, junto a la villa, con seis muelas, que explotaba en arrendamiento, de tal manera que Antonio de Calatayud se llevaba cuatro quintas partes de la moltura o maquila por una el molinero, procurándole una renta de trescientas fanegas al año, el doble si el río lleva agua en el verano. El otro molino, explotado en condiciones similares, a un cuarto de legua de la villa y con dos muelas, le rentaba doscientas fanegas cifra que se elevaba a trescientas si el Záncara llevaba agua en el verano. Se hablaba de un tercer molino, pero ya en desuso. El precio de la fanega de trigo estaba en dieciocho reales y la harina en veintidós. Su padre Luis Calatayud había comprado tierras a Alonso Blázquez, en las que había plantado viñas, de las que recogía seiscientas cargas de uva; su valor, nueve reales y medio la carga. Unas casas al lado de la plaza, enfrente de la puerta de la iglesia, valorada en mil ducados y que eran de su tía Antonia de Calatayud. Las casas familiares de los Calatayud, que no se valoran, pero pasan por ser de las más principales y calificadas de Castilla.

En Catarroja, Antonio de Calatayud había heredado la hacienda de Francisco de Blanes, que rentaba entre cuatrocientas y quinientas libras anuales. El usufructo de la dote de Ines de Portugal y Torres, que fue su mujer, y en su lugar tiene mil ducados de renta que le da su suegro, el conde del Villar.  En El Provencio poseía de la herencia de su abuela María Zagonera molinos y tierras, por valor de 16000 libras, y asimismo en Catarroja había heredado unas casas en el Triquete de Caballeros, a la una parte, y a la otra a la calle San Esteban, que se arrienda en cien libras anuales y su valor es cuatro mil libras, unas botigas, que se arriendan en siete libras mensuales, y un olivar, huerto y garoferales, valorados en dos mil ducados. Alhajas familiares en la villa de Madrid por valor de dos mil ducados y otros dos mil en dineros.

Pero la hacienda de los Calatayud en El Provencio soportaba mal los tiempos. En 1628, se reconocía que la corriente del Záncara se había desviado y llegaba menos agua para moler y, sobre todo, que los vecinos de Villarrobledo habían dejado de ir a moler a los molinos del río, pues contaban desde hacía poco con molinos de viento. No obstante, el río Záncara albergaba ocho molinos que el labrador Alonso Blázquez enumeraba río arriba: aguas abajo de El Provencio, a un cuarto de legua estaba el molino de dos ruedas de los Calatayud (el llamado de Enmedio), que poseían otro molino de tres ruedas junto a El Provencio. Siguiendo el curso del Záncara hacia arriba, a un cuarto de legua se situaba el molino de Alonso López de Porras; otro de cuarto de legua más arriba, el molino de Santiago de la Torre, tres cuartos de legua más arriba, otro molino del concejo de Las Pedroñeras; otro cuarto de legua más arriba el molino del Castillo, propiedad de los señores de Santiago de la Torre; otra media de leguas más arriba el llamado molino de las Monjas, propiedad de los Montoya, vecinos de Las Pedroñeras, y, por último, más arriba el molino del Moral, propiedad de Alonso de Montoya, vecino de Las Pedroñeras. De tal forma que, en un trayecto de dos leguas y media, el Záncara y su escasa corriente alimentaba ocho molinos.

El Provencio en 1629 seguía apostando por los viñedos. Si en otros lugares hemos hablado de los primeros síntomas de crisis en las viñas hacia 1580, don Luis Calatayud compraba tierras a sus vecinos para plantar doce mil sarmientos en 1597, de las nuevas cepas obtenía trescientos capachos de uva, cada uno procuraba una arroba de vino, aunque se reconocía que algunos años no eran suaves y la vendimia era mala; cada arroba a cuatro reales. Pero los Calatayud no incluían estas viñas en su mayorazgo, libres para un mercado de compra y venta. Don Luis Calatayud arriesgaba en los negocios y, en ocasiones, le faltaba liquidez, como cuando los Fúcares alemanes le exigieron que les pagara una deuda de cuatro mil reales. Entonces don Luis tuvo que pedir el dinero a un labrador rico, Alonso López de Porras, que se quedó con una casa familiar en la plaza de la iglesia. La casa era una muestra de la renqueante situación por la que pasaban los Calatayud, pues el comprador la tuvo que reparar hasta conseguir aumentar su valor a seiscientos ducados, unos seis mil seiscientos reales. En el testamento de Luis de Calatayud pesaban mucho las deudas. Los Calatayud se estaban quedando rezagados frente a los cambios. Los testigos recordaban ver los primeros molinos de viento hacía veinticinco años a dos leguas, en la villa de Villarrobledo. Ahora en 1629, contaban entre dieciocho y veinte los molinos existentes en la villa vecina, e incluso en El Provencio habían hecho aparición dos de estos ingenios. En boca de los contemporáneos, además de sorprender a escritores como Miguel de Cervantes, se consideraba que los nuevos molinos de viento estaban provocando la ruina de los molinos de agua, presos de un clima de extremos: a las grandes avenidas del poco caudaloso Záncara, que provocaba la necesaria reparación de los molinos con el desarenado del caz y socaz, seguían años de estío y falta de agua, desde San Juan hasta mediados de noviembre.

ACHGR. PLEITOS, 9713-22







Saturday, December 17, 2022

Martín Sánchez de Lequerica y su hermano Juan, hidalgos de El Provencio

 La pretensión de los hermanos Lequerica, vecinos de El Provencio, por obtener su hidalguía comenzó en enero de 1544, pero no obtendrían ejecutoria de hidalguía hasta quince años después. 

Los hermanos Martín y Juan Sánchez de Urneta habían nacido en Mota de Cuervo y eran hijos de Machín de Lequerica. Otros descendientes era Amador y dos hijas más. El padre había llegado a Mota de Cuervo hacía cuarenta años, es decir, con el comienzo del siglo, hacia 1508 o 1509, para "labrar de cantería en una capilla que se fazía a la sazón en la dicha villa de La Mota". En Mota casó con una vecina llamada Francisca Martínez la Zarca.

Machín de Lequerica permaneció desde su llegada a Mota diez años mancebo, veinte años casado en Mota del Cuervo y luego marchó a San Clemente. En Mota del Cuervo tuvo cierto reconocimiento como regidor y alguacil dos años.

Mota del Cuervo era lugar de asentamiento de canteros. Hemos hablado de Pedro López de Chavarrieta y los canteros procedentes del valle de Ispaster. La casa de Urneta (actual Urnieta) era dependiente del lugar de Lequerica, donde había ocho casas solariegas más e incluida en la anteiglesia de Nava Ruiz (hoy Nabarniz), salieron varios maestros canteros hacia la Mancha de Aragón. En Mota del Cuervo se asentó Machín de Lequerica (o Martín Sanchez de Urneta) y un primo de Fernando Uribarri. Este Fernando de Uribarri había ido hasta Mota del Cuervo, hacia 1510, para visitar a un primo suyo que vivía allí, y que coincidió en el tiempo con Machín de Lequerica*.Machín Lequerica, como hemos dicho, sabemos que labró piedra tanto en Mota del Cuervo como en San Clemente, donde moriría, tal vez en la década de 1520 o en la década de 1530, ¿tal vez en el ejercicio de su oficio en Santa María de Gracia?. Otras de las casas solariegas de Lequerica era la de los Arteaga, de donde salió hacia Calahorra Juan de Arteaga a labrar la piedra y la de los Zabala, de donde salió el maestro cantero Pedro de Zabala, que fue a ejercer el oficio en Vélez, donde era conocido por Veléndez, y los últimos de los que tenemos datos son los hermanos canteros, Oma (aunque los testigos de la época integran la casa de Oma en la anteiglesia de Cortezubi), Pedro y Martín, el primero actúa en San Clemente y el segundo en Belmonte.

En cualquier casa hubo lo que hoy llamaríamos un efecto llamada o de contagio; a la salida de los primeros canteros siguieron los de sus vecinos. Así lo demuestra la proximidad de las anteiglesias de Nabarniz, Kortezubi e Ispaster. Tal vez los más primeros que salieran de tierras vascas, fueron los Oma. Nuestra hipótesis es que perfeccionaron su formación de canteros en la catedral de Burgos (en fin, todo es cuestión e datar un documento, que solo conozco por la comunicación de una técnica de archivo, pero que creo que es anterior cien años a lo que se me dice, pues hablamos de una copia posterior). Los Oma, como tantos otros, participarían en la fase final de la guerra de Granada, como soldados, y acabada la guerra, en 1492, los vemos en esa década obrando en la iglesia de Jumilla, para pasar a tierras de Alarcón posteriormente y asentarse, en el caso de Pedro, en San Clemente.

Una segunda ola se produce hacia 1508, posiblemente coincidiendo con el cataclismo y desestructuración de la peste de ese año, que coincidiría con la llegada a Mota del Cuervo de varios canteros desde las feligresías de Ispaster, los Chavarrieta, y Nabarniz, los Urneta de Lequerica y los Uribarri también de Lequerica, que probablemente se trasladaran luego a Granada a trabajar con Siloé. En relación con este segundo momento, vemos la llegada a la Mancha de la familia Albiz (Pedro de Albiz de la mano de su tío Juan, que no hermano), que trabajan en Alarcón y La Roda, antes de asentarse en Cuenca, dada la proximidad a Ispaster y Nabarniz, de Mendata y la casa de Albiz, en la merindad de Busturia. También de esta zona viene otra saga de canteros que interviene en el sur de Cuenca desde comienzos de siglo: son los Legarra, que llegaron por estas fechas con Sancho de Legarra (posiblemente sea su hijo el que nos aparece mediado el siglo obrando en la iglesia de Santiago de San Clemente), que venía acompañado de un hijo de Juan Ruiz de Guizaburuaga; ambos eran procedentes de Aulestia. Las poblaciones de esta comarca estaban sometidas al fuero de Busturia, a la justicia del alcalde de Garnica y participaban en las Juntas Generales de Vizcaya.

Una tercera ola de canteros llega desde el valle de Errezil (o Regil o Arregil), algo más distante del núcleo anterior, contemporánea a la segunda. El primero que llega es Domingo de Arregil, que había perfeccionado el oficio en tierras de Navarra y Logroño. Domingo había llegado con Juan de Iraola y habían labrado la piedra en Barchín del Hoyo. Serían el reclamo para la llegada de otros canteros que luego adquieren notoriedad en otros lugares de Cuenca como maese Hereceta, el más conocido Pedro de Loyde o Loidi y los hijos de los citados Arregil o Iraola.

Machín de Lequerica era hijo de Martín Sánchez de Urneta y nieto de otro Martín del mismo nombre, procedente de la casa de Horrubia.

La sentencia de hidalguía de Martín y Juan es de 25 de noviembre de 1546, confirmada en grado de revista el seis de septiembre de 1558. La ejecutoria es de 29 de julio de 1559.

ACHGR, HIDALGUÍAS, SIG. ANT. 301-29-7




Testigos de Miguel García de Martín Alonso, vecino de Mota de Cuervo

Miguel Zarco, vecino de Mota del Cuervo, 56 años

Alonso de Illescas, vecino de Mota del Cuervo, 76 años

Alonso Sánchez de Manjavacas, vecino de Mota de Cuervo, 62 años.

Juan de Cetoquiz, vecino de la anteiglesia de San Juan de Murelaga, hombre hidalgo. 75 años

Fernando de Uribarri, vecino de la anteiglesia de Nava Ruiz, 75 años

Martín de Aldecoa, vecino de la feligresía de Nava Ruiz. 72 años

Domingo Andía de Guiarburnaga, de la anteiglesia de San Juan de Murelaga, 70 años

Juan Ortiz de Sologuren, de la anteiglesia de San Juan de Murelaga, 66 años

Ochoa López de Aulestia, de la anteiglesia de San Juan de Murelaga, 

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El único maestro cantero que hemos localizado con el apellido Uribarri es Sancho Huribarri que labra piezas para la catedral de Granada en 1531



ZURI, Juan: Maestro de cantería activo en La Mancha, durante la segunda mitad del siglo XVI. En 1587 se le documenta la torre del Ayuntamiento de San Clemente, Cuenca, que es terminada en 1592 (Torrente, p. 7). Al año siguiente se encarga del edificio de la cárcel. En 1598 realiza su portada (lb., p. 334). Otro vizcaino, Domingo Zalbide, estuvo también ocupado en la obra del Ayuntamiento (véase), y otros vascos, un •Vizcaino• y el maestro Bias de Legarra estuvieron vinculados a la iglesia de Santiago, de este mismo pueblo. No es imposible que Juan Zuri sea el maestro Juan de Zuridevieta (Juan Zuria de Ubieta), que en 1554 - 55 colabora en una cuadrilla de vizcainos: Gazaga, Sagarraga, Urtiaga, en la obra de San Juan de Albacete (Mateas y Sotos, p. 77)

Saturday, May 7, 2022

SAN CLEMENTE SE QUEDA SIN ERMITA

 El Provencio y su señor, Luis de Calatayud, estaban a punto de ganar pleito y ejecutoria contra la villa de San Clemente, pero ahora, en 1543 las disputas continuaban. La fijación de una frontera definitiva entre ambos pueblos era mal aceptada por la villa de San Cemente y vista como humillación el hecho de que una ermita de culto común, la de Santa Catalina, quedará en manos de los provencianos. 

La pérdida de la ermita de Santa Catalina fue respondida por los sanclementinos con la construcción de una nueva ermita, que los provencianos denunciaban como nueva iglesia. Hablar de ermita o iglesia no era lo mismo, pues la construcción de nueva iglesia se intentaba presentar como símbolo de una nueva población que buscaba atraer a los moradores de El Provencio y despoblarlo. Más, si pensamos que la ermita iba acompañada de la excavación de un pozo y que la ubicación de la ermita era a una legua y media de San Clemente, a apenas media de El Provencio, en las llamadas Saleguillas Nuevas, término de la última villa, y no muy lejos de la antigua ermita de Santa Catalina.

Los sanclementinos se estaban quedando sin ermitas y sin la advocación a Santa Catalina, muy extendida en la comarca. El Provencio había hecho de la propiedad de la ermita de Majara Hollín un símbolo de la identidad de su pueblo, pues consideraba que la ermita de Santa Catalina remitía su pasado a la misma fundación de la puebla de El Provencio. Expulsados los sanclementinos se estaban quedando sin lugar de devoción. El culto de Santa Catalina estaba extendido en la comarca. De hecho, existía otra ermita bajo la advocación de Santa Catalina en la aldea de Sisante, adonde los sanclementinos iban cada año en procesión. Pero, comprada a golpe de ducados, Sisante había pasado definitivamente a Vara de Rey con ocasión de su villazgo en 1537. Así San Clemente se había quedado sin centros de devoción y permanecerá sin ellos durante la segunda mitad del siglo XVI.

El Provencio, en un memorial de 27 de febrero de 1543, pedía el cese de unas obras de ermita y pozo que ya habían comenzado. El día 9 de febrero había llegado una carta al concejo de El Provencio de los alcaldes de la villa de San Clemente, Antonio Ruiz de Villamediana y Pedro Barriga, en la que los oficiales sanclementinos comunicaban el deseo de hacer una nueva ermita bajo advocación de Santa Catalina en el campo de las Saleguillas Nuevas. La carta expresaba que el lugar donde se iba a levantar la ermita y excavar un pozo manantial para servicio de esta y abrevadero de ganados era en término de San Clemente, pero para reconocer a continuación que el espacio a ocupar era el de dos hazas propiedad de dos provencianos, Pascual Vieco y Francisco de Titos. Se intentaba llegar a un compromiso con los dueños, tasando el valor de las hazas para su compra, al tiempo que se avisaba al concejo vecino para evitar suspicacias. La realidad era que Francisco Titos (y el concejo provenciano sería de la misma opinión) no estaba dispuesto a aceptar ni tasación ni venta de su haza, por lo que la carta remitida adquiría en su texto final un carácter amenazante invocando una acción de juez ejecutor para llevarla a cabo.

La carta de los alcaldes provencianos Andrés de Atienza y Esteban López respondiendo a sus colegas sanclementinos fue categórica dos días después: las Saleguillas era término provenciano y así se estaba defendiendo en pleito en la Chancillería de Granada y se añadía, términos tiene la dicha villa de San Clemente donde mejor pueda hazer la dicha hermita e pozo; siendo el único fin de la ermita construir edificios para alegar luego derechos de propiedad sobre esos terrenos. En la memoria de los provencianos aún permanecía el recuerdo de cuando los sanclementinos intentaron levantar una nueva población en la década de 1510 llamada Villanueva de la Reina; esta vez, además de llevar el asunto a la Chancillería de Granada, pedían el amparo de la persona del emperador Carlos, bajo cuya protección ponían las personas y bienes de El Provencio, temiendo que se produjeran sucesos como el de 1524, cuando los sanclementinos saquearon, mataron e hirieron a varios vecinos de la villa. Una última razón, que aparecerá en el memorial del 27 de febrero era motivo de oprobio y ofensa para los provencianos: la ermita se intentaba levantar sobre el mojón existente a la sazón y a escasa distancia de la vieja ermita del mismo nombre, símbolo identitario de El Provencio

La respuesta de la Chancillería de Granada fue taxativa, ordenando el cese de toda edificación en el lugar. San Clemente, más allá de las consabidas ermitas en la población, se quedó sin ermitas en el campo. La devoción a Santa Catalina se perdió en el tiempo, expulsados los sanclementinos de las procesiones de las ermitas de El Provencio y Sisante. Hasta la llegada de la nueva devoción a la virgen de Rus, ya en el siglo XVII, los vecinos de San Clemente acudían en romería a las ermitas de El Cañavate y Fuensanta.

ACHGR, PLEITOS, 3125-16

Los propios de El Provencio

 

Era el año 1565 y El Provencio mantenía sus viejos problemas o, más bien, los recuperaba. Se rompía el equilibrio de poder que se había llegado entre el concejo y sus señores a la muerte de Alonso de Calatayud, aprovechando la debilidad del señorío de su sucesor, Luis. La dehesa de Majara Hollín era disputada entre provencianos y sus señores los Calatayud,  que gozaban de la dehesa en exclusividad o la arrendaban dando licencias a los sanclementinos otorgadas por don Manuel de Calatayud y su mujer, Margarita Ladrón de Bobadilla, junto a su hijo Antonio, aunque eran incapaces de imponer su autoridad a los propios provencianos en la regulación de la explotación de los términos de la Moheda y la Mohedilla y en la dehesilla del carnicero. Al mismo tiempo, los viejos problemas por el control de la elección de oficios continuaban.

Las diferencias en la elección de oficios radicaban en el nombramiento de alguaciles. Hasta entonces se nombraban dos alguaciles; uno por los Calatayud y otro por los provencianos, en el primer caso, limitando su acción a la villa de El Provencio y no sus términos. Los Calatayud contraviniendo la costumbre, contestando la autoridad del concejo, comenzó a nombrar tres alguaciles, que ejercía su jurisdicción tanto en la villa como en su término. 

Los viejos tiempos del abuelo don Alonso de Calatayud se habían acabado, imponiendo autoridad y penas a sus vasallos; a su muerte los provencianos disputaban a su sucesor Alonso su autoridad y la forma más visible era el control de la explotación de los propios del pueblo y el nombramiento de alguaciles para la imposición de penas. Pero a la altura de 1565 hubo una regresión señorial; los Calatayud intentaron recuperar su viejo dominio de la villa, tratando de controlar la elección de oficios y la explotación de los propios, acabando con los viejos usos comunales.

Ese año de 1565 la verdadera señora de El Provencio era doña Margarita Ladrón de Bobadilla, que se enfrentó a un pleito iniciado por los provencianos en la Chancillería de Granada el 17 de noviembre sobre el uso de los propios citados. Los contenciosos con los Calatayud habían empezado unos años antes; los provencianos intentaban acabar en el tribunal granadino con los derechos de estancos y el llamado quinceno, una especie de rediezmo, que los Calatayud se habían arrogado tradicionalmente.

Los cabecillas de esta rebelión judicial contra los Calatayud tenían nombres: Francisco Rosillo, Pascual Sánchez Merchante, Francisco López de don Clemente y Pedro Sánchez Carnicero, arropados por un numeroso grupo de vecinos. 

Los provencianos en sus disputas con los sanclementinos habían conseguido arrogarse el uso de la dehesa de Majara Hollín como dehesa boyal para uso de sus bestias de labor. Pero eso era una parte nada más, pues los pastos de la dehesa habían sido roturados por los vecinos con el cultivo de viñas y huertas u otras heredades, acotando partes de dicha dehesa como propiedad privada de majuelos. El caso es que el derecho de propiedad sobre estas parcelas se había consolidado por las transmisiones de padres a hijos, la compra venta de heredades y, sobre todo, por las escrituras de robra que se guardaban en el archivo del concejo, que constituían, además de títulos de propiedad, pruebas documentales para demostrar a ojos del concejo provenciano que esos terrenos en disputa con San Clemente eran propios de la villa de El Provencio. Así como propiedad concejil únicamente quedaba en Majara Hollín la parte de la dehesa dedicada a boyal para las bestias de labor, pero la sustitución de los bueyes por las mulas, su consumo de granos en vez de hierbas, llevó al abandono de este uso de la dehesa y al arrendamiento de la misma como pasto para ganados. Es aquí donde comenzaron los conflictos entre los provencianos y los Calatayud, a los que no era ajena la villa de San Clemente. Los provencianos querían que el control de la dehesa se hiciera por su concejo y su guarda por alguaciles propios nombrados por dicho concejo y su uso en arrendamiento fuera privativo para sus vecinos. No hemos de olvidar que El Provencio tenía una de las principales cabañas porcinas de la comarca, que, aunque solía centrarse al sur en Prado Ancho, necesitaba ahora de nuevos espacios. Ese uso exclusivo chocaba con los Calatayud que querían arrendar en interés propio Majara Hollín y que participaban de una connivencia con los intereses ganaderos de la villa de San Clemente, con una cabaña de cien mil ovejas, faltos de pastos por los impedimentos que ponían los pueblos comarcanos a los antiguos usos comunes del suelo de Alarcón y por la dificultad de integración de estos ganados en las rutas trashumantes. Además, los provencianos veían en esos ganados un peligro pues se comían sus viñas; hay que recordar que en sobre el desecamiento de las aguas del arroyo de Majara Hollín y las aguas estancadas de sus lavajos se concentraba ahora uno de los principales paisajes de viñedos de la comarca.

Las consecuencias jurídicas sobre las propiedades de los provencianos en Majara Hollín iban más allá, pues estos pretendían una propiedad sobre sus tierras libre de cargas, tributos o cualquier gravamen a favor de los Calatayud, que alegando sus derechos señoriales sobre el suelo de El Provencio, alegaban la necesidad de obtener una licencia previa de esta familia para la explotación de terrenos baldíos. La realidad, a la que se aferraban los provencianos era otra: la ocupación del suelo provenciano se había hecho por una ocupación sin licencias previas, consolidada de derecho por las transmisiones vía legado testamentario, donaciones o compraventas. Es decir, se ponía en duda el rediezmo, aquí llamado quinceno, que percibían los Calatayud por un "derecho eminente" sobre el suelo de Alarcón, frente al que los provencianos anteponían una libre propiedad fundado en el carácter quiritario de la misma. Es más, los provencianos nos dirán que el concejo de El Provencio es el señor del suelo de la villa y sus términos, arrogándose el derecho de cesión de solares para la construcción de nuevas casas, la concesión de licencias para el arrendamiento de sus montes, dehesas, hornos de pan y teja, el pozo de agua y las correduría, almotacenía y escribanía.

Los Calatayud, no obstante, sí que podían presentar antiguos títulos de concesión de licencias para la construcción de molinos y batanes en el río Záncara y el arroyuelo de Majara Hollín, títulos que se remontaban a la época bajomedieval, y aportaban además el recuerdo que quedaba, de tiempos de don Alonso del Calatayud, del derecho ejercido por este para dar solares para la construcción de casas, aunque bien es verdad que tal derecho había sido negado de hecho cuando en la década de 1510 se reconoció a los provencianos que abandonaban el pueblo el derecho a destejar sus casas y desmontar sus muros para construir otras en territorio sanclementino.

Los Calatayud tenían un argumento más, recordando el remoto pasado histórico, traían a la luz la pertenencia de El Provencio al suelo de la ciudad de Alcaraz, la permanencia del uso y sus aprovechamientos comunes con esta ciudad y la exclusión de esta villa del fuero de Alarcón y su sujeción jurídica al fuero de Alcaraz. Derechos que habían pasado a la familia Calatayud, obviando la tradición pretendida por el concejo de una pertenencia desde tiempo inmemorial al suelo de Alarcón y que, en realidad, se fundaba en la sentencia de Jiménez de Lanclares de 1318. pero esos derechos alegados por los Calatayud se fundaban en la traición familiar, pues la creación de la puebla por don Juan Manuel en 1319 no hablaba de jurisdicción señorial y la que pretendían los Calatayud se fundaba en mera mención de una carta posterior de la época del rey Juan II a una supuesta jurisdicción concedida por su antecesor Juan I a esa familia. Los provencianos alegaron que el señorío de los Calatayud, más allá de algunos derechos, no suponía la propiedad de la villa ni de sus términos, aportando la sentencia que en el pleito mantenido con San Clemente por el concejo provenciano les otorgaba a estos términos definidos y su propiedad. Sentencia que era negada por los Calatayud pues no habían sido escuchados como parte interesada.

Hasta donde sabemos, la Chancillería de Granada se pronunció a favor del concejo de El Provencio y en contra de los Calatayud.





ACHGR, PLEITOS, 3125-16

Friday, May 6, 2022

LA ESCRIBANIA DE EL PROVENCIO

 En 1577, la escribanía del concejo se había rematado en 150000 maravedíes en favor de Luis García de Ágreda. La escribanía del ayuntamiento era un bien propio del concejo provenciano que se arrendaba con carácter anual al mejor postor. El concejo de El Provencio de 1577 estaba formado por Juan de Ortigosa, gobernador del señorío de los Calatayud, los alcaldes Garci Martínez Pulido y Miguel López de Haro y los regidores Francisco Fernández Roldán y Francisco López Heredero.

Ese año de 1577 habían acudido al remate el citado Luis García de Agreda y Francisco de Ortega.


Concejo de 11 de enero de 1578

Martín Hernández de Lezama gobernador

Juan López Carnicero y Pedro Sánchez de Grimaldos, alcaldes ordinarios

Martín Carrasco, alguacil mayor

Hernando de Jérez, Pedro de Haro, Alonso López de los Hinojosos, Andrés Hernández Roldán, regidores

ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA. PLEITOS CIVILES. 3125-12

Saturday, February 19, 2022

El Provencio, año 1552, según el Manuscrito del Escorial

 La villa del Provençio tiene 624 veçinos

Esta encabeçada por sus alcavalas y terçias en 120250 mrs.


                        Rentas año de 552

Arrendose la alcavala del viento en 100000 mrs. y entran en la dicha renta las terçias y heredades y pescado y azeite quitado el prometido quedó en 95375 mrs.

Arrendaronse las carniçerías con las yerbas de las dehesas dellas en 18125 mrs.

Montaron las dichas rentas 113500 mrs.

Repartieronse por los veçinos 48102 mrs.


El año de 553 valieron las dichas rentas 134300 mrs.

Repartiose por los vecinos 45300 mrs, 


El año de 554 valieron las dichas rentas 202280 mrs.

31000  que se repartieron a los veçinos

Lo que sobra dize que es para ayuda al serviçio


RBME, L-I-19, fol. 332 vº

Sunday, May 16, 2021

Las cañadas de El Provencio

 En la persona del conde de Buendía, de la familia Acuña, recaía el cargo de alcalde mayor de mestas y cañadas, aunque ejercía su oficio con seis lugartenientes. Estos alcaldes entregadores tenían entre sus competencias:

  • ·        Atender las querellas y demandas de los pastores, bastando la probanza o juramento de dos de ellos
  • ·        Imponer penas a aquellos que labraren u ocuparen las cañadas, veredas, abrevaderos, pastos y ejidos de la Mesta
  • ·        Guardar la medida de las cañadas, que han de ser seis sogas de cuerda, de cuarenta y cinco palmos de marca la soga
  • ·        Entender las querellas entre pastores
  • ·        Cumplir los privilegios y sus confirmaciones del Concejo de la Mesta
  • ·        Haber información de los montadgos, castillerías, borras, rodas, asaduras, peajes, barcajes, pontajes y otros derechos pertenecientes que llevaren o pidieren a los pastores y sus ganados
  • ·        Imponer penas: por herir a un pastor, trescientos maravedíes; por cada media fanega ocupada, quinientos maravedíes; por quebrantar hato, trescientos maravedíes; por tomar morueco trescientos maravedíes; por tomar oveja o carnero encencerrados, trescientos maravedíes. Los alcaldes entregadores se llevaban la mitad de estas penas, otro cuarto iba para el alcalde ordinario, o acompañado en el pleito, y el segundo cuarto para el Concejo de la Mesta.
  • ·        Traer en las ciudades, villas y lugares varas de justicia y portar armas, andando y entendiendo en el dicho oficio de mestas y cañadas.
  • ·        Les den posadas que no sean mesones por sus dineros.
  • ·        Les den hombres y bestias para llevar presos y ponerlos en cárcel pública
  • ·        Obligación a que escribano público les acompañe en sus pesquisas
  • ·        No lleven los mostrencos ni mesteñas, que queden para el Concejo
  • ·        Obligación de ejercer el cargo por sí mismos, sin sustitutos
  • ·        Asignación por el concejo de la Mesta a cada uno de los seis alcaldes entregadores las provincias y cañadas para ejercer el oficio

En 1567, se asigna al alcalde entregador Luis Ortiz el partido de Cuenca que comprende: primeramente, Cuenca, sus señoríos, la Mancha y lo reducido del marquesado de Villena. Murcia y Cartagena, que se entiende las villas y lugares de la sierra aquel cabo y Lorca con Moratalla y Moratalla, Socuéllamos con todos sus términos.

 

En 1567, se presenta demanda contra Eugenio de Adrada por haber sembrado media fanega de viña en la cañada y vereda de Santa Catalina. La plantación de viñas en esta cañada se remontaba a más de cien años atrás, según los perjudicados. Allí también poseía una viña Andrés Peláez plantada hacía más de cincuenta años. Se discutía si la cañada de Santa Catalina que bajaba hasta El Provencio era recorrida o no por los ganados serranos, o vereda para los servicios de los ganados de la dicha villa que venían por ese camino hasta el pueblo a esquilar y aunque se reconocía que alguna vez habían pasado por la vereda ganados serranos con destino a los extremos, ahora era poco transitada por los mismos. Eran dos casos diferentes, sobre los que el alcalde entregador determinó de forma diferente: respeto de las viñas antiguas, pero sentenciando en contra de las plantadas a comienzos de siglo. Era evidente que el desarrollo de los viñedos había expulsado de esta ruta a los ganados.

 

En la cañada de San Cristóbal, en la mojonera con Alcaraz también surgían los conflictos: “que hera cañada y vereda rreal y muy antigua para los ganados de los hermanos del concejo de la mesta de la dicha villa del Provencio y algunas veces para los serranos que venían de los estremos a las sierras a pasar y salir al puerto que dicen de Socuéllamos donde nos pagan servicio y venían a pasar el dicho puerto de Socuéllamos los dichos ganados por la dicha cañada y vereda y veredilla que decían de San Cristóbal en tiempo de aguas porque por la cañada que decían de la mojonera de Alcaraz donde los dichos serranos tienen por más cosaria cañada no podían por ella pasar en el dicho tiempo sino hera por la dicha cañada de San Cristóbal por yntercesión que avía un puente en ella por donde pasaban los dichos ganados y por la cañada que decían mojonera de Socuéllamos a un rrío que se decía Záncara por donde los dichos serranos yban y en la dicha cañada no avía puente y por esta causa los dichos ganados serranos venían a pasar la dicha cañada que decían Sant Cristóbal y avían visto que para los dichos ganados hera cañada rreal y vereda muy antigua”.

 

La cañada de San Cristóbal estaba rompida en 1567 con campos de siembra y alguna viña por labradores como Gil López, Ginés Esteban, Francisco López, Francisco Perona, Bartolomé López el viejo, Pedro Sanz de Grimaldos, Juan López de Grimaldos, Pascual Carrasco, Cristóbal Sánchez de las Casas, Francisco Romero, Juan López de Medina, Mateo Medina, Diego de Poveda, Pedro Catalán, Hernán Sanz de Haro, Bartolomé López. Clemén Sanz, al igual que Pascual Sancho de don Sancho y otros, tenía sembrado un campo de nabos en la cañada llamada de Las Pedroñeras y Miguel Díaz el viejo, Pedro Porras, Pedro Sánchez de la Mota, Alonso Hernández de Titos, la viuda de Alonso del Provencio, Pedro Hernández, Francisca Romera, Hernando de Jérez, Andrés Ruiz y Diego López Pérez sendos campos de cebada. En la cañada de San Roque, un paraje a la salida del pueblo en la cañada de Santa Catalina, el que rompía tierras era Miguel Sanciller.

La rotura de las cañadas se hacía con la labranza de pequeñas hazas de tierra de menos de media fanega de extensión, cultivadas de cereal y, en menor medida, de vid. El cultivo de nabos, muy extendido en la cañada que iba a Las Pedroñeras, alternaba con los barbechos en el año de descanso de las tierras de pana llevar. La extensión de estas hazas o majuelos, todas inferiores a la mencionada fanega, no lleva a pensar en la posibilidad de un repartimiento de tierras previas entre vecinos. De hecho, el concejo de El Provencio no aceptaría los autos del alcalde entregador y los apelaría ante la Chancillería de Granada. La apelación del concejo de El Provencio tenía su sentido en el contexto de la política del Reino. Felipe II había decidido asumir para la Corona el oficio de alcalde mayor entregador cedido en su tiempo al conde de Buendía, en palabras de la propia provisión real de 15 de agosto de 1568, por la actuación siniestra y sin experiencia de los seis alcaldes entregadores que nombraba. En el fondo del asunto, estaba el rompimiento de tierras en los pueblos para hacer frente a la presión demográfica. El Provencio era un caso más. Ese mismo mes de agosto, la Mesta celebraba una asamblea de hermanos en Ayllón, encomendando para el partido de Cuenca, un nuevo alcalde entregador, el doctor León, para revisar las sentencias dadas por su predecesor. Los intereses de la villa de El Provencio serían defendidos por su síndico Andrés Hernández.

 

El alcalde mayor Pedro León procedió a un nuevo deslinde de las cañadas:

·        La dicha cañada e vereda que dicen de San Roque se mida desde la senda que va a Santa Catalina que está junto al majuelo de Alonso García e de allí adelante como va a Santa Catalina se mida por las noventa varas que su magestad manda que aya de cañada e desde allí a la dicha villa del Provencio mando que quede por acogida e se guarde ansí como al presente está  e que los señores de las viñas que tienen en la dicha acogida las cierren

·        La vereda que dizen de las Pedroñeras, que no es vereda de serranos sino vereda del lugar e por ella no pasavan ganados que fuesen de cañada, se guarde ansí como al presente está sin que esté más ancha ni angosta pues está como antiguamente solía estar que es como está al presente agora syn que en ella aya otra medida ny marco real pues no es cañada de las que su magestad manda aya noventa varas.

·        En la dicha vereda que dicen de San Cristóbal desde la mesma hermita adelante que está entre villas se esté como al presente está sin más anchura porque antiguamente no estaba más ancha y es muy poca distancia de tierra e salen luego los ganados estendidos en esta cañada real cosaria más de en tiempo de aguas e necesidad que acostumbran algunas veces pasar ganados serranos e desde la dicha hermita de San Cristóbal viniendo para esta villa no embargante que no sea cañada real por pertenecer costumbre los dichos ganados serranos de por ella pasar mandábase a la dicha acogida de cinco cuerdas que son setenta y cinco varas conforme a la concordia que entre el procurador del concejo de la Mesta y de esta villa a avido e que los señores de las tierras sean obligados a dexar el un año de la una parte las dichas setenta y cinco varas

La Chancillería de Granada daría por buenos estos apeos el 29 de diciembre de 1571. La ejecutoria será de 8 de enero de 1572

 

AHN, DIVERSOS-MESTA,166, N.2. Provencio (Cuenca). Ejecutoria contra la villa de Provencio sobre roturas en la cañada.


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Saturday, October 24, 2020

Cartas fundacionales de El Provencio (traslados de 1535)

 

A la altura de 1535, los privilegios de la villa de El Provencio se conservaban, según costumbre de la época, pero la ubicación de dicha arca no tenía de casa consistorial ni de archivo en el que guardarse. Tal era la realidad de un pueblo, cuyo sojuzgamiento a los Calatayud, le impedía tener casas de concejo y celebrar las reuniones de sus oficiales en casas privadas.

 

Por esa razón, cuando el alcalde Julián de Grimaldo fue a buscar unas escrituras tuvo que ir a casa de Juan Romero, regidor a la sazón, y en cuyo poder obraba el arca con las escrituras y privilegios de la villa. Cuando se abrió el arca, entre las escrituras destacaba un privilegio otorgado por don Juan Manuel escrito en pergamino de cuero, en letra castellana, con un sello de cera blanca, en el que se hallaban impresas las armas de don Juan Manuel: como un león con unas alas blancas, se decía. Este sello colgaba de una trenza de hilo colorado, blanco y azul. Junto a ella, otra escritura en pergamino de las mismas características, aunque aquí las armas de don Juan Manuel en el sello de cera blanca eran más visibles: dos leones y dos alas, con una espada en una mano en una de las alas. Esta escritura era ilegible para aquellos hombres, deslumbrados por el hilo de colores verde y blanco, aunque sabía que dicho privilegio era confirmación del anterior. Estamos ante la carta fundacional de El Provencio de 1319, y, en el segundo caso, venía acompañada por una confirmación de doña Blanca, nieta de don Juan Manuel e hija de don Fernando del año 1352.

 

 

TRANSCRIPCIÓN

 

Aquí la escritura de don Juan, hijo del infante don Manuel

 

Sepan quantos esta carta vieren como yo don Johan fijo del ynfante don Manuel, mayordomo mayor del Rrey e adelantado mayor del Rreyno de Murçia, otorgo a todos los que vinieren morar al Provençio de fuera de la mi tierra que yo no les demande pecho ni pedido ni otro tributo ninguno por sienpre jamás salvo ende que me den el diezmo ansí del pan e del vino e de las otras cosas que en el dicho logar cogieren como de los ganados que nasçieren en cada año en el dicho logar e por les hazer más merçed tengo por bien que puedan labrar por pan en los heredamientos e términos de Santiago e de San Clemente e de las Pedroñeras e de las Mesas en los logares que sean liego que no sean de señores señalados; otrosi tengo por bien e mando que sus ganados que pazcan las yerbas e beban las aguas en término de Alarcón ansí como los ganados de aquellos que moran en el dicho término; otrosy tengo por bien que non aya Alcayde ninguno en el dicho logar synon un honbre bueno su vezino que porné yo e que rrecavde los mis derechos dende; otrosy los pleytos  que acaeçieren entre ellos tengo por bien que los libren los alcaldes y el juez que ellos pusieren de sus vezinos e que los libren por el fuero de las leyes e que sean las alçadas para ante mí e non para otro ninguno e para que esto sea firme e non venga en duda mandeles en de dar esta carta sellada con mío sellado colgando. Dada en el Castillo veynte e tres días de março era de mill e ccc e çinquenta e syete años (año 1319) e yo Gonçalo Martines que la fiz escrevir por mandado de don Johan. Gonçalo Martines.

 

Traslado de otra escritura con la confirmaçión

 

Sepan quantos esta carta vieren como yo doña Blanca fija de don Fernando vi una carta de don Juan Mns. (quiere decir Manuel) abuelo escrita en pergamino de cuero e sellada con su sello de çera colgado el thenor de la qual es este que se sigue

(transcribe la carta anterior)

E agora el dicho conçejo embiaron me pedir merçed que les confirmase la dicha carta e ge la mandase guardar segund que en ella se contiene e yo tóvelo por bien e por esta mi carta mando a qualquier o qualesquier que ayan de coger e de rrecavdar los pechos e derechos en tierra de Alarcón en qualquier manera que vean la dicha carta que el dicho conçejo tienen del dicho mio avuelo en esta rrazón e que ge la guarden en todo segund que en ella se contiene e non fagan ende al so pena de la mi merçed e de seysçientos maravedíes de esta moneda vsual a cada uno dellos e porque esto sea firme e non venga en duda mandeles en de dar esta carta sellada con mi sello colgando. Dada en el Castillo, veinte e ocho días de henero era de mill e trezientos e noventa años  (año 1352) e yo Johan López scriuano de doña Blanca la fiz escrevir por mandado de Clemén López de Orozco su tutor

Estavan baxo de la dicha escriptura dos firmas la una con un nonbre e parece dezir en ella Gonçalo Martines o Garçía Martines e otra firma que dezía Johan López e baxo dellas estava el dicho sello dendiente colgando como dicho es

 






ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA. PLEITOS RACH/01, CAJA 2412 EXP 1


(La transcripción viene a completar la que ya se hizo del traslado de 1495 de la carta puebla de 1319. Se añade aquí el derecho de los vecinos de El Provencio en término de Las Mesas, y se añade ahora la confirmación de doña Blanca de 1352)



Sello de Alonso Fernández de Alcaraz, que traslada los privilegios

Sunday, October 11, 2020

Pleito entre Las Pedroñeras y El Provencio a fines del siglo XV

 


El 21 de febrero de 1496, el procurador de El Provencio, Juan de Medina, requiere a los pedroñeros a acatar una sentencia de la Chancillería de Ciudad Real. Son alcaldes de Las Pedroñeras Pedro de la Plaza y Pedro Gómez, como regidor Pedro López Velloso. Acuden otros pedroñeros por testigos: Miguel Morales, Alonso Carralero y Miguel Martínez del Peral. Da fe el escribano de la villa, Juan del Provencio. La enumeración no es baladí, pues deja entrever una estructura municipal más propia de una aldea que de una villa y el escaso recorrido histórico de Las Pedroñeras, que a estas alturas de fin de siglo está luchando por emanciparse y definir un espacio propio frente a El Provencio y Belmonte.... contará en sus primeros años de independencia como villa con la inestimable ayuda de la villa de San Clemente.

 

Ya hemos hablado del papel de Juan López Rosillo y sus hijos en la exención de la villa de Las Pedroñeras de Belmonte, pero además es constatable una acción favorable a las nuevas villas de realengo por las justicias del Marquesado. El alcalde mayor Gabriel Garcés sentenciaría a favor de los pedroñeros frente a El Provencio y don Luis de Calatayud en su pretensión de seguir haciendo uso de los viejos aprovechamientos comunes del suelo de Alarcón en el nuevo término acotado de Las Pedroñeras.

 

El interés por defender como privativos los términos de Las Pedroñeras frente a El Provencio respondía a unos pocos vecinos de la primera villa, que no nos aparecen en la primera línea de los oficios concejiles: Mingo Juan, Aparicio Martín, Juan de Segovia y Pedro de Palacios. Eran ellos los que sostenían económicamente el pleito frente a los provencianos. Ese año de 1497, los viejos usos quedaban muy lejanos en el tiempo; los más ancianos se remontaban a sesenta años atrás, cuando Las Pedroñeras formaba parte de la Tierra de Alarcón, pero hacía cincuenta años, en la segunda mitad de la década de 1440 que Las Pedroñeras había sido incorporada a Belmonte (una cifra diferente de 1464, fecha dada como oficial por la historiografía según documento del Registro General del Sello de Simancas). Ese dato, esa fecha y esa carta que los pedroñeros buscan hoy con ansiedad, para ligar su destino histórico al de Belmonte, era visto por el procurador provenciano como acto de escasa relevancia:

Sy fue apartada de la villa de Alarcón, fue dada a la villa de Belmonte e como fue subjeta a una ansy fue subjeta a la otra

Don Juan Pacheco quería crear nuevos núcleos de poder, potenciando nuevas poblaciones con la concesión del villazgo, ya nos hemos referido a Villarejo de Fuentes o San Clemente; aunque su gran deseo era crear un gran centro de poder en la villa de Belmonte, que se uniría a otro centro de poder ya tradicional, Castillo de Garcimuñoz, el cual fagocitará a San Clemente. Entre estas villas pasará sus días de descanso doña María Portocarrero, la mujer de don Juan Pacheco, criando a sus hijos a las calles de San Clemente, un pueblo que apenas si movía entre el centenar y medio o dos centenares de casas.

Sin embargo, el gran centro de poder era Belmonte y su fortaleza. El castillo dominaba un amplio territorio integrado por los pueblos de Hontanaya, Osa de la Vega, una parte de los Hinojosos, Tresjuncos y Monreal, era la llamada Tierra Vieja, a la que mediado el siglo se incorporó una amplia franja de territorio denominado la Tierra Nueva, constituido por la incorporación de Villarrobledo, Las Mesas, Las Pedroñeras y El Pedernoso. Hoy, ha caído en el olvido, pero viejas poblaciones, luego desaparecidas, como Martín Ovieco o Robredillo de Záncara también cayeron en el botín belmonteño, aunque en este caso, es de presuponer que don Juan Pacheco los incorporó como una parte más del término de Belmonte, deseoso de controlar los molinos harineros de Robredillo y tal vez integrando Martín Ovieco en un trueque que desconocemos con los Castillo Portocarrero, que poseían por compra esta villa con el doctor Pedro González del Castillo. Quizás otra vieja población, Santo Domingo del Amarguillo, cayera asimismo en la órbita de Belmonte, pues La Alberca se quejará ante don Jorge Manrique, a finales de enero de 1479, que en 1442 esta población era suya (como la dehesa de la Vaqueriza, que luego Las Pedroñeras pretenderá suya).

 

Las Pedroñeras quería liberarse de la tutela de Belmonte, pero se aferraban a la época de dependencia para hacer suyas las viejas ambiciones belmonteñas en lo que se refería a las fronteras de la villa con El Provencio y en las limitaciones impuestas por sentencias o por vías de los hechos a los provencianos en término de Las Pedroñeras. La sentencia del licenciado Mula de 1471, en lo que se suponía arbitraje entre partes, ya reconocía a Las Pedroñeras el derecho a cerrar sus términos, que eran los de Belmonte, frente a los provencianos. La sentencia veinte años después del alcalde mayor Garcés era más tajante y reconocía a Las Pedroñeras el derecho a cerrar sus términos frente a sus vecinos. El Provencio y su señor don Alonso de Calatayud se vieron obligados a llevar su causa a la Chancillería de Ciudad Real. En un momento de primeros balbuceos de la expansión agraria, El Provencio, sin términos definidos, necesitaba de los campos llecos de Las Pedroñeras y San Clemente para sus labradores, justo cuando estas dos villas tenían interés común en reconocer término ninguno a los provencianos. La sentencia de 19 de diciembre de 1497 fue favorable a los provencianos, revocando la del alcalde mayor Gabriel Garcés

Mandamos que el dicho don Alonso e los vesinos e moradores de la dicha villa del Provençio puedan libremente entrar en los dichos términos de la dicha villa de las Pedroñeras e caçar e rroçar e arar de lieco e cortar mataparda e leña seca e faser las otras cosas que los vesinos e moradores de la dicha villa de Las Pedroñeras fasían en los dichos sus términos guardando el marco.

La sentencia sería confirmada en grado de revista el seis de abril de 1498

 

ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA (AChGr). PLEITOS. 01RACH/ CAJA 2789, PIEZA 5