El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

Imagen del poder municipal
EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
Mostrando entradas con la etiqueta Osa de la Vega. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Osa de la Vega. Mostrar todas las entradas

sábado, 20 de marzo de 2021

AMOJONAMIENTO DE OSA DE LA VEGA Y TRESJUNCOS

 




Empeçaron el dicho amojonamiento debaxo de las dichas diligençias de suso conthenidas y fueron a un çerro que le nombran e dizen el çerro de la Morrilla alinde de una haça de Rrodrigo de Rrus, vezino del lugar la Ossa y de haça de la de Melero vezina del lugar la Osa donde en la cumbre del dicho çerro estaba un majano de piedra el qual dixeron ser mojón antiguo que parte y diuide los dichos términos dezmeros entre los dichos lugares de Tresjuncos y la Osa el qual dicho mojón rrenobaron e pusieron otras piedras allende de las que tenía e atocha el qual dicho mojón dixeron diuide los términos entre los dichos lugares de Tresjuncos y la Osa y el lugar de Hontanaya el qual de conformidad de los dichos apeadores y en presençia de los dichos juezes quedó rrenobado y por mojón prinçipal partible de los dichos términos dezmeros donde se empeçó el dicho amojonamiento y apeamiento dellos y ansí quedó señalado y rrenobado por tal

 

Yten desde el dicho mojón de suso los dichos apeadores de suso nombrados fueron por el çerro avaxo a dar al camino que va desde la Osa a Hontanaya y fueron el camino hacia el dicho lugar de la Osa en un çeruiguero que es la horilla del dicho camino y alinda con una haça de la de Rrodrigo Rrus y de haça de herederos de Juan de la Rrada vezinos del dicho lugar la Ossa y descabeça en el dicho mojón una punta de una haça del hospital de Sant Andrés de la villa de Belmonte y este dicho mojón parte estas dichas tres haças y el dicho camino avaxo que viene hasta el dicho mojón y los dichos apeadores dexaron por mojón prinçipal que parte los dichos términos dezmeros según que antiguamente lo era el qual dicho mojón rrenobaron con tierra y piedra

 

Yten desde este dicho mojón de suso trabesaron el dicho camino y fueron  por su hilo y dereçera hazia la parte de la hermita de los mártires a dar al camino que viene desde Tresjuncos al Hinojoso y fueron su camino adelante a dar a otro mojón que está a un botear horilla del dicho camino a la mano derecha como van a la dicha hermita el qual dicho mojón rrenobaron en piedra y gasones de yerba y tierra el qual dicho mojón está en una haça de la de Rrodrigo de Rrus vezina del lugar la Osa y de la parte del dicho camino está haça de Julián Gallego que es do dizen vaxo el çerrillo del medio

 

Yten desde el dicho mojón de suso fueron por su dereçera e hilo de suso hazia la hermita de los mártires al çerro que dizen el Rromeralejo donde en lo alto de él estaba un mojón antiguo entre unas atochas alinda de haça de Pero Rrojano y de haça de la de Juan de la Plaça vezinos la Osa

 

Yten desde el dicho mojón de suso fueron por su dereçera e hilo fueron derechos hazia la dicha hermita al palo la carta en un alto a ojo de la dicha hermita donde pusieron un mojón en una linde que parte dos haças la una de hazia la parte de la dicha hermita de Lorençio Rramírez y la otra de hazia los mojones de atrás

 

Yren desde este dicho mojón por su dereçera e hilo fueron derechos a la dicha hermita de los Mártires donde en un pilar de la dicha hermita que está en frente de la puerta ay una cruz +, la qual los dichos apeadores dixeron ser señal del hilo de los dichos mojones y términos dezmeros y al cabo de abaxo de la dicha hermita en el camino que van desde la Osa a Tresjuncos en medio de los dos caminos qua ay juntos estava un mojón de piedra que dixeron los dichos apeadores ser antiguo y partible de los dichos términos por estar este dicho mojón en el dicho camino se puso un mojón de nuevo una piedra grande y alta entre los dichos dos caminos en una cordillera alta el qual dicho mojón grande se puso en frente y çerca del dicho mojón antiguo del dicho camino y ansí va por su hilo derecho a la dicha hermita y cruz del dicho pilar y por medio della va su dereçera a dar a un çerro alto que dizen la Buytrera en un oliuar de Juan Rrojano vº de la Osa donde pusieron un mojón en la horilla del dicho oliuar en una maiana pequeña alinde del majuelo de (ilegible) y por la parte de hazia los mártires viña de Juan de Medina vezino de la Osa y desde este dicho mojón va por su hilo y dereçera a dar a un montón de piedras que está en los majuelos de camino de Trampero en un quadro que está entre viñas de Bartolomé Cobo y haça de Mari Poveda vezinos de la Osa el qual dicho majano de piedras quedó por mojón de los dichos términos dezmeros y por tal mojón lo rrenobaron y desde este dicho mojón fueron por su dereçera e hilo hazia la parte de nuestra señora de la Talaya fueron a dar a otro mojón que está en la horilla del camino que va desde la Oas hasta la Talaya y lo trabiessa por allí la senda que va desde el dicho lugar Tresjuncos a Villescusa donde haze la cruz el camino y la dicha senda donde está este dicho mojón entre medias de la dicha senda y camino en la misma horilla

 

Yten desde el dicho mojón más adelante fueron a dar a otro mojón que está do dizen el Beuedero a la mano derecha del camino que van de la Osa a la Talaya en una linde entre haças del hospital de Sant Andrés de la villa de Belmonte y de haça de Lorençio Rramírez vezino de la Osa

 

Yten desde el dicho mojón de suso fueron al çedavilato donde estaua otro mojón antiguo en una linde haça del dicho Juan Cantarero apeador y de haça de Alonso de Lara vezinos de la Osa el qual dicho mojón rrenobaron de piedra y rromera en el qual se avaba el dicho apeamiento y amojonamiento de los dichos términos dezmeros de la Osa y Tresjuncos

 

AÑO 1565

 

ARCHIVO HISTÓRICO DE PROVINCIAL DE CUENCA. DESAMORTIZACIÓN. 6067.

sábado, 22 de febrero de 2020

El villazgo de Osa de la Vega (1633)








La Osa se hizo villa en virtud del consentimiento que dio el señor marqués don Diego el 3º en dos de junio de 1663 (quiere decir 1633), con las condiciones siguientes: 

  • que tuviese jurisdición civil y criminal con mero y mixto imperio en todas causas apartada de Velmonte
  • que se apelase queriendo alguna parte para el corregidor de Velmonte y que por los autos ynterlocutorios se llevase el proceso original asta que se determine y vuelva y de la sentencia definitiva se lleve copia del proceso y si quisieren darlo original, que se pague la metad de la saca
  • que de las causas ceviles de 30000 maravedíes abajo se apele para el ayuntamiento de la Osa
  • que se propongan personas dobladas para los oficios de dos alcaldes ordinarios, dos rexidores y un alguazil mayor y que si la propuesta no viniera a gusto la pueda mandar hazer dos y tres vezes
  • que el correxidor de Velmonte puda hacer visita una vez en tres años en el término de diez días
  • que dicho correxidor sea mero executor de las alcavalas, embiando la persona que le pareciere a la cobranza y que en quanto al pósito se guarden las leyes del Reyno
  • que dicho correxidor de Velmonte pueda entrar quando quisiere en la Osa con su alguacil y sin escribano y que conozca a prevención de todas las causas pero que las deje en saliendo en los alcaldes ordinarios
  • que se dé veynte ducados en cada año a dicho correxidor del partido
  • que ningún alguazil que baya con el correxidor a la Osa pueda denunciar penas de ordenanza
Y conforme a estas dichas condiciones fue librado el real privilegio de esempción y de villazgo. En Madrid a 8 de noviembre de 1633 y cometida su execución al lizenciado don Juan Brabo de Barrera, quien ejecutó su comisión y dio la posesión del dicho villazgo y jurisdición en el siguiente mes de diziembre del mismo año.

Havíendose suscitado pleyto entre esta villa y la de Tresjuncos con motivo de las facultades de arbitrios concedidos por la Reyna Governadora a Tresjuncos se convinieron y transigieron las dos villas bajo de ciertos pactos y condiciones otorgando escritura en 14 de marzo de 1658, ante Juan Fresneda Ruuio escribano público.

Edificóse en dicha villa de la Osa un monasterio de frayles trinitarios, de cuyo patronato ni otras circunstancias no puedo dar razón.


BNE, Mss, 13124. Descripción del padre Burriel, fol. 167