El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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miércoles, 23 de agosto de 2017

Los Oma, canteros vascos, y el San Clemente de comienzos del quinientos

Casa palacio de Oma
No fue don Pedro de Oma quien inició el pleito un 28 de febrero de 1531 ante la Chancillería de Granada por ver reconocida su hidalguía, fue el propio concejo de San Clemente quien se presentó ante el alto tribunal, cansado de ver cómo un conjunto de hidalgos venidos de tierras lejanas de la villa, a comienzos del quinientos, había dejado de pechar rentas reales o concejiles, se negaban a alojar soldados en sus casas y se presentaban con cédulas de refacción en las carnicerías para librarse del pago de la sisa.

Eran los llamados hidalgos en posesión, su nobleza les venía de tiempo inmemorial, la habían disfrutado sus padres y abuelos, pero el concejo sanclementino parecía dispuesto a molestar el derecho libre y quito de estos hidalgos al disfrute de su condición. Ahora, desde 1526, en tiempo de señorío sobre la villa de la emperatriz Isabel, los hidalgos habían sacado pecho. Ya no se trataba de aquellos hidalgos de la vecina Vara de Rey o los caballeros de la fortaleza de Alarcón que pelearon su hidalguía con el concejo sanclementino nada más acabar las guerras del Marquesado; a la altura de de la década de los veinte y los treinta, los que exigían su hidalguía era un nuevo estrato social que, llegados a la villa a comienzos del siglo en busca de las oportunidades que les negaban sus tierras de origen, habían hecho fortuna. Esa fortuna la habían conseguido ejerciendo trabajos viles y mecánicos; pero conseguida, sus propietarios exigían el correspondiente reconocimiento social. Entre esos extranjeros a aspirantes a hidalgos estaban los Herreros, procedentes de Segovia, los de la Fuente, de Zamora, los Ruiz de Villamediana, de Tierra de Campos, y sobre todo, los vizcaínos. Los vascos eran hombres habilidosos en el trabajo de los metales y de la piedra e imprescindibles en una villa que levantaba sus edificios civiles y religiosos, embelleciendo lo que hasta ahora era simple pueblo de labriegos. Los primeros apellidos vascos, Oma o Garnica, un maestro cantero y un soldado, comenzaron a aparecer a comienzos de siglo, pero pronto les siguieron otros en una sucesión sin fin: Orbea de Mondragón, Meztraitua, Legarra, Andute, Orzollo, Zalbide, ... y otros maestros de cantería que darían continuidad a la presencia vasca en estas tierras.

No tardó en responder don Pedro de Oma a la demanda del concejo de San Clemente de 1531, mandando procurador a la Chancillería de Granada a defender sus derechos. Su razonamiento era simple: estaba en posesión de hidalgo, como su padre y su abuelo, desde hacía veinte, treinta, cuarenta, cincuenta años y más, disfrutando las franquezas y preeminencias de tal hidalguía, siempre habían sido exentos de pechar y su familia había servido al rey en las guerras. Pidió ser considerado como hidalgo notorio e devengar quinientos sueldos según fuero de España, e que le fuesen guardadas las preuinencias e ecepciones que a los hombres hijosdalgo de los nuestros reynos se guardauan.

Aparte de su palabra, don Pedro de Oma aportó el testimonio personas ancianas que ratificaban su declaración, tanto en la villa de San Clemente como en tierras vascas. Eso implicaba que entenderían en el litigio dos tribunales. La Chancillería de Granada para el examen de testigos de aquende los puertos, enviándose al escribano Alonso de Cáceres a la villa de San Clemente a recibir los testimonios, y la Chancillería de Valladolid, para recibir testimonios de allende los puertos, allá en Vizcaya. Desgraciadamente, la villa de San Clemente no presentó probanzas de testigos contrarios, quedándonos oculto el pasado de don Pedro de Oma como cantero, que para nosotros tiene más interés que su naturaleza hidalga.

De los testimonios presentados por don Pedro de Oma en la villa de San Clemente, la ejecutoria sólo recoge dos: el del escribano Ruiz del Castillo y el del hidalgo Antonio Rosillo. Quizás el valor de ambos testimonios radica en que emanan de dos apellidos que habían mantenido fuertes diferencias a comienzos de siglo. En 1500, Juan López Rosillo, el reductor del Marquesado y posiblemente padre de Antonio, se opuso infructuosamente a que se concediera una escribanía del número de la villa de San Clemente a Alvar Ruiz del Castillo, que ya venía ejerciendo como escribano del ayuntamiento, aunque a decir de Juan Rosillo, actuando como un tirano y llevando derechos superiores a los fijados por el arancel. Juan Rosillo se quedó solo en las acusaciones al escribano, que contó con el apoyo del resto de oficiales y obtuvo del Consejo Real el título escribano del número el 27 de octubre.

Traemos a colación a estos dos personajes porque son un ejemplo de San Clemente a principios de siglo, cuando el vizcaíno Pedro de Oma llegó a la villa. Un pueblo que apenas si llegaba a los doscientos vecinos y se quedaba lejos de los mil habitantes, incapaz todavía de dar ese salto cualitativo que dará en el cambio de la centuria. Pero San Clemente no es sólo la villa sino también sus aldeas, la principal Vara de Rey, pero asimismo Sisante, Pozoamargo, Perona o Villar de Cantos. Salvo Vara de Rey son núcleos de escasa población, pero caso de la propia Vara, Perona o Villar de Cantos tienen sus concejos propios. Pero el control de San Clemente es abrumador y la relación que mantiene con sus aldeas es de señorío. Sería injusto hablar de relación feudal y menos en una villa que, como San Clemente, era víctima de los Castillo y los señores de Minaya. Tal vez sería acertado hablar de una sensación de desgobierno en la que participaban las aldeas. Las rivalidades por el poder se tradujeron en la formación de ligas y monipodios en lucha por el control del poder local. Contribuía a esta situación las cartas de seguro otorgadas desde los años ochenta y las correspondientes licencias de armas otorgadas. La sociedad sanclementina era una sociedad armada, fundada en la fuerza. Esa estructura mafiosa de poder se hacía extensible a las aldeas, tratadas tiránicamente como simples vasallos. La situación llegó a oídos de la Corte
que vos los dichos rregidores e caualleros de la dicha villa tenéys por allegados a muchos ofiçiales e veçinos della los quales vos aguardan los días de fiestas e vos acuden en vuestras quistiones e diferençias que unos tenéys con otros e que vosotros los ayudays e favoreçéis en las suyas lo qual diz que es cabsa de muchos rruydos e escándalos e males e diferençias en la dicha villa e que muchos dexan sus ofiçios e lavores por andarse vagamundos e faziendo muchos males e que aún no contento desto diz que tenedes por allegados conçejos de la tierra de la dicha villa porque vos sirvan e presenten como sy fuesen vuestros vasallos en lo qual la dicha villa e su tierra e veçinos e moradores della son muy fatigados e dello se pueden rrecreçer muchos ynconvinientes
San Clemente parecía tener poco futuro. Ahogado en disputas internas, luchando por el reparto de la riqueza ya existente y con el único horizonte de implementar sus recursos a costa del despojo de sus aldeas sometidas a exacciones disfrazadas de dádivas y presentes. La reacción del Consejo Real fue enérgica. Se impuso el destierro de los alborotadores y se cortó de raíz el expolio de las aldeas
mandamos... que no biuieren de continua biuienda con vos como vuestros familiares e contino comensales que no sean vuestros allegados ni vos aconpañen para tal diferençias ni salgan con armas ni syn ellas a los rroydos que en la dicha villa houieren e vengan a vuestras casas a vos aconpañar en tienpo de los dichos rruydos so pena seays desterrados de la dicha villa e su tierra por un año... e paguedes cada uno tres mill mrs. por cada vez que seays desterrado de la dicha villa e su tierra por seys meses e sy no tuuiere la tal persona de pagar los dichos tres mill mrs. que le sean dados çinquenta açotes públicamente por las plaças e mercados de la dicha villa; otrosy no tengades por allegados a los dichos conçejos de la dicha tierra ni alguno dellos ni reçibáys dádivas ni presentes por las fiestas ni en otro tienpo ni de otras personas por los dichos conçejos directa ni yndirecta so las dichas penas
No sabemos si la decisión del Consejo Real dio sus frutos, pues ya llevaba varios años intentando democratizar el gobierno municipal con la creación de procuradores del común y síndicos que evitaran el gobierno monopolizado por quince familias de ricos. No hemos de negar las acciones reales en pro del bien común, pero esos años los vecinos comienzan a  adquirir una identidad grupal que les une como pueblo. Esa identidad grupal nació en primer lugar de la unidad frente a los intentos de dominio de la nobleza regional. Se defendieron los términos; en los tribunales, frente a los Pacheco de Minaya, o con las armas en la mano, frente al señor de El Provencio, don Alonso de Calatayud. Pero la villa también se sometió, hipotecando su futuro con un préstamo de 600 fanegas de trigo, bajo condiciones draconianas, otorgado por don Alonso del Castillo. La sumisión de una villa hambrienta por las malas cosechas de 1502 fue el revulsivo que actuó como acicate de unos vecinos humillados. La llegada de los observantes franciscanos un año después y la construcción del convento de Nuestra Señora de Gracia, el elemento cohesionador de esa sociedad rota y doblegada. Los proyectos comunes exigen participación en las decisiones. El pórtico sur de la iglesia de Santiago se queda pequeños para la celebración de unos concejos que son abiertos y cuentan con la participación de todos los vecinos. Ya desde comienzo de siglo se abandona el espacio sacro por otro civil para las reuniones. El abandono del lugar es simbólico, dándose la espalda a un pórtico que aparece flanqueado en su lado oeste por las tumbas de los antepasados en el cementerio y en el oeste por la casa fortificada del fundador de la villa. Parece como si la villa se liberara de las ataduras del pasado para iniciar un nuevo proyecto común, que acogerá tanto a los naturales de la villa como a los venidos de fuera, tal como se ha acogido a los franciscanos.

Es en este contexto de integración, cuando llega a la villa don Pedro de Oma, tal como lo hacen otros extraños. Era un hombre mayor, un treintañero, cuando decide residir, que no tomar vecindad, en la villa de San Clemente. Su llegada a la villa había ocurrido, a decir de los testigos que declararon en 1531, hacía veinticinco o treinta años, o sea, hacia 1505. La presencia de este vasco se dejó notar en el pueblo; según el escribano Alvar Ruiz, hablaba habla de vizcaíno, mala lengua castellana y peor vizcaína, nos dirá Cervantes, cien años después. Pedro de Oma había nacido alrededor de 1469 en las casas solares llamadas de Oma, pertenecientes a la anteiglesia de Cortézubi. Era hijo de Juan Pérez de Oma y una tal doña Gracia (tal vez apellidada Loyola) y nieto de Juan Pérez Balza y María Martínez. Todos ellos hijodalgos notorios y por tales eran tenidos, que en sus tiempos se vengaran los quinientos sueldos, que ellos e cada uno de ellos los vengaran como todos los otros fijosdalgo aunque a sus personas pusieran a todo peligro por no reciuir vergüença. Los dos hijos varones, Juan y el propio Pedro, habían abandonado la casa solar paterna en Oma. Allí había quedado una hermana, que mantenía el linaje familiar
que el dicho solar de Oma era e se llamaua solar ynfançonado e conosçido e señalado de omes fijodalgo notorio esento de pagar qualquier tributo o pecho que los otros solares que no eran ynfançonados pagauan
La diferencia entre solares infanzonados y no infanzonados venía porque antiguamente en los llamamientos de los reyes para la guerra, a los miembros de las casas solares que no habían acudido a los llamamientos se les obligó a pagar un tributo, a pesar de su condición hidalga. No ha mucho tiempo, en la última guerra de Granada, que dio fin a la Reconquista peninsular, los hermanos Oma, Juan y Pedro, habían estado presentes. Aunque para otros testigos el que había estado presente era el padre. Cosa que nosotros damos por más creíble. Pero a partir de su llegada a la Mancha se conoce muy poco de Pedro de Oma, las declaraciones de Alvar Ruiz del Castillo y de Antonio Rosillo son interesadas, su insistencia en que no pagaba pechos es continua, Alvar Ruiz fue escribano del secreto del concejo, o sea, del ayuntamiento, en el periodo que va de 1500 a 1511, y decía que por sus papeles no había pasado asiento alguno de Pedro de Oma en repartimiento alguno. Pero por noticias que tenemos de otros expedientes Pedro de Oma, aunque con residencia en la villa, donde está casado prácticamente desde su llegada, no aparece como vecino en sus inicios. En cualquier caso, sí que posteriormente procuró estar allí donde había juntamiento de hidalgos, tal era la elección de dos hidalgos para el control de los cogedores de la alcabala y sobre todo interviniendo en los años veinte en el colegio de electores de alcalde de la hermandad por los hijosdalgo, llegando a ser alcalde de la hermandad el año de 1529. A partir de aquí todo son conjeturas, que podemos asentar bien es verdad sobre datos fidedignos.

Los hermanos Pedro y Juan debieron llegar a la Mancha juntos, pero mientras Juan se asentó en Belmonte, Pedro lo hizo en San Clemente, donde casó con  Juana de Valderrama. Ambos eran maestros canteros y esa es la verdadera razón de su presencia en la Mancha. Pero antes de llegar a tierras conquenses han estado en Jumilla, villa murciana. A partir de aquí las noticias son muy aisladas. En 1514, Pedro de Oma aparece como maestro de obras de las casas de los molinos del concejo, que se están construyendo en la ribera del Júcar, lleva consigo una cuadrilla de veinte hombres. Por su declaración sabemos que es un hombre de 45 años, ocupado en la obra de los molinos en régimen de iguala con el concejo de la villa, es decir, predeterminando un precio único y fijando los periodos de pagos y finalización de los trabajos. En 1520, su hermano Juan de Oma, entonces en Belmonte, donde acaba de construir la capilla de la Inmaculada de la Colegiata, es llamado para las proseguir las obras inacabadas desde 1500 de la Iglesia de Santiago en Jumilla, y hacia 1530 aparece acompañado por su sobrino Pedro, les vemos allí los hasta el año 1537, año que muere Juan, continuando Pedro.

Hay quien quiere ver la presencia de los hermanos en Jumilla desde finales del siglo XV (2), lo cual parece bastante plausible por las citas de autores antiguos y la existencia de documentos. La presencia de los Oma se quiere ver en otros templos, pero hemos de pensar en ellos como maestros canteros sin que nunca alcanzarán un nivel superior de teóricos o tracistas, aunque Pedro de Oma nos aparece dirigiendo las obras de la nave única de la iglesia de Santiago de la villa de Jumilla, hasta que las obras se interrumpen en el cambio de centuria. La finalización de los trabajos en Murcia le obligarían a desplazarse y buscar trabajo en la villa de San Clemente. Pero todo se nos queda en la penumbra, pudiendo únicamente afirmar que la llegada y asentamiento de Pedro de Oma en San Clemente coincide con el levantamiento de la Iglesia franciscana de Nuestra Señora de Gracia, y poco más que aseverar, pues de momento tenemos un vacío documental en el período que recoge los tres primeras décadas del siglo.

Iglesia Santiago de Jumilla
Iglesia de los franciscanos San Clemente
Aunque nos movemos en el plano de las conjeturas, podemos plantear la posibilidad de que Pedro de Oma, con la experiencia adquirida en Jumilla, pudo construir la iglesia de Nuestra Señora de Gracia, también de planta única, con capillas laterales o nervaduras cromadas, y que presenta similitudes con la iglesia de Santiago de Jumilla, modificada brutalmente en su planta original por la cúpula y testero ideados por Jerónimo Quijano. Pero no deja de ser una hipótesis. Otra hipótesis es si Pedro de Oma se movió únicamente en las trazas góticas o fue capaz de evolucionar como lo hizo en su estilo la iglesia franciscana.

Pedro de Oma, pudo alternar el trabajo de la iglesia franciscana con otros encargos del concejo, tenemos constatada la presencia, ya mencionada, con su cuadrilla de veinte hombres construyendo los molinos del concejo de San Clemente en el campo del Picazo, término de Sisante, desde  febrero o marzo de 1514. La villa había recaudado previamente entre sus vecinos mil escudos de oro. La construcción de la iglesia y convento de los frailes se hizo gracias a las aportaciones, limosnas, de los sanclementinos, sobre un terreno aportado por Alonso del Castillo. En 1523, se funda un nuevo convento de clarisas. Desde comienzos de siglo los oficiales del ayuntamiento se reúnen en unas casas, que aparecen ya descritas de dos plantas y con una galería superior en 1526, al llegar el representante de la Emperatriz Isabel. Intentamos decir que no hay que esperar a mediados de siglo para escuchar esa saga de canteros vascos que parecen renovar el espacio urbano que, eso sí, imponen su voluntad y tendencias al gran Vandelvira. Ya desde comienzos de siglo los Oma, Juan, en Belmonte, y Pedro, en San Clemente, y luego sus hijos, son protagonistas de una actividad edificadora, que prepara la explosión de mediados de siglo.

La apuesta de Pedro de Oma como un cantero capaz de construir algo más que molinos y complementar esta actividad con obras de mayor consideración nos viene reafirmada por documentos que nos hablan de su presencia en tierras de Villanueva de la Jara (3). Recordemos que, en 1514, San Clemente construirá los molinos llamados del Concejo (construcción que se prolongará todavía en 1525), siendo maestro de obras el cantero vasco Pedro de Oma, pero ya unos años antes, hacia 1510, después de una riada del río Júcar, había dirigido la reconstrucción de los molinos Nuevos, como el mismo reconocía en su declaración:
este testigo hizo las dichas dos paradas de molinos y sabe que la una parada está a la parte de Villanueva de la Xara tiene seys rruedas
La labor constructora de Pedro de Oma fue frenética, interviniendo también en los molinos del Batanejo, propiedad de Rodrigo Pacheco
estando este testigo haziéndoles una casa (a Rodrigo Pacheco y su mujer Mencía) una casa de cantería en el Batanejo 
Claro que Pedro de Oma, analfabeto, pues no sabía firmar, sigue siendo una incógnita. A pesar de todo, su participación en la construcción de los edificios religiosos o civiles de la comarca es una apuesta segura, tal como él nos reconoce en su declaración con motivo de un pleito entre Alonso Pacheco y la villa de Villanueva de la Jara:
dixo este testigo oyo dezir a los alcaldes y rregidores de la villa de Villanueva de la Xara estando este testigo obrando en la torre de la dicha villa que los dichos molinos rrentaban en cada un año más de seys çientas hanegas
Ayuntamiento de Villanueva de la Jara
A la izquierda, Torre del Reloj
Así, vemos  al cantero vasco edificando la Torre del Reloj que hoy flanquea por uno de sus lados al edificio renacentista del ayuntamiento. Con un basamento tal vez de una época anterior, la sobriedad de la torre quizás choca con el purismo del ayuntamiento civil, pero en la sencillez de las líneas y su tosquedad le acompaña sin desentonar. Es arriesgado adelantar el Renacimiento en estas tierras a comienzos de siglo y por supuesto erróneo intentar implicar a los vascos, muy apegados a lo antiguo, en estas nuevas formas arquitectónicas, pero que la Mancha de Montearagón vivió en los comienzos de siglo una renovación edilicia, anterior a esa otra constatada de mediados de siglo, nos es cada vez más evidente, y que los autores, aparte de autores vascos como los Oma, está por descubrir.

De lo que sí tenemos constancia, por las declaraciones de Alvar Ruiz del Castillo y Antonio Rosillo, es que Pedro de Oma se asentó y vivió regularmente en San Clemente hasta su muerte, aunque parece que volvió a Jumilla para la construcción del crucero y la cabecera de la Iglesia de Santiago, pero el concejo jumillano claudicaría ante la ruptura estilística de Quijano.

Pedro de Oma, obtendría sentencia favorable de 17 de junio de 1532, reconociendo su hidalguía, confirmada por carta ejecutoria de 3 de julio de 1535. La saga familiar de los Oma, la continuó Martín de Oma, hijo de Pedro, que casó con Juana de la Fuente. Su hijo, de nombre Antonio de Oma Zapata cambio su residencia a Belmonte, siendo reconocido como hidalgo un 19 de diciembre de 1575, como mayordomo del marqués de Escalona. Con Antonio se pierde la tradición de canteros de la familia. En Belmonte, nacería Pedro de Oma Arteaga, nacido en 1598 y que en 1626 volvió a San Clemente para dar de nuevo continuidad a la familia en esta villa.




(1) Archivo General de Simancas, RGS, LEG,  150010, 179. Prohibición a los regidores de San Clemente de tener allegados entre los vecinos y oficiales de la villa y su tierra. 1500.

(2) De Pedro de Oma, se nos dice: Arquitecto director de la fábrica de la iglesia de Santiago, de Jumilla, a fines del siglo XV.  Consta, del padrón del concejo de Jumilla, el cual lo registra, determinando de ese modo su personalidad. Y hasta consigna su salario: dos reales y medio. "Pedía tres (añade) y se le ofrecieron dos. Oma era vizcaíno, lo mismo que un hermano suyo Juan, que también figura en el padrón como "maestro de cantería" (BAQUERO ALMANSA, A. : Los profesores de las Bellas Artes murcianos. Imprenta sucesores de Nogués. Murcia. 1913
Ya en 1800, el canónigo Juan Lozano Santa sitúa a Pedro de Oma como arquitecto de la obra a fines del siglo XV y a Juan de Oma como maestro de cantería a sus órdenes (LOZANO SANTA, J.: Historia antigua y moderna de Jumilla. Manuel Muñiz. Impresor de la Marina. Murcia. 1800)

Véase un resumen de la bibliografía sobre la iglesia de Santiago de Jumilla en: 
DELICADO MARTÍNEZ, Francisco Javier: "La Iglesia mayor de Santiago apóstol, de Jumilla (Murcia)espacio arquitectónico, patrimonio artístico y liturgia (I)", Archivo de arte valenciano, nº 90, 2009, pp. 103-128

(3) ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA (AChGr). 01RACH/ CAJA 5390, PIEZA 5. Pleito entre Alonso Pacheco y la villa de Villanueva de la Jara por la propiedad de la rueda de un molino en los Nuevos. 1525-1530

BNE, Mss. 11727, papeles genealógicos. Ejecutoria de hidalguía de Pedro de Oma, vecino de San Clemente, 1627 (h. 110-140v)


Testimonios favorables a Pedro de Oma en 1631

Marco Terléguiz, vecino de la anteiglesia de Cortézubi, 75 años
Juan Manuel de Itunendo, vecino de la anteiglesia de Gautiguiz, 85 años
Martín de Iturrieta, vecino de la anteiglesia de Santiago de Cortézubi, 77años
Juan Ochoa de Gaceaga, vecino de la anteiglesia de Santa María de Gautiguiz, 85 años
Alvar Ruiz del Castillo, escribano del concejo y del número, vecino de San Clemente, 75 años
Antonio Rosillo, natural y vecino de San Clemente, hidalgo, 67 años

jueves, 3 de agosto de 2017

Cómo los Garnica entroncaron con la Grandeza de España (1593)

                                                   

Don Jorge de Mendoza, nieto y hermano de Marqués de Mondéjar, joven de 18 años, se presentó un veintinueve de septiembre de 1593 en la villa de San Clemente; seis días después a las nueve de la noche se casaría con María, la hija de Juana de Valderrama, viuda de Hernando de Avilés, que vivía en la ya entonces llamada plazuela de Astudillo, antes que esta familia adquiriera notoriedad en la villa. Provisto de un mandamiento del provisor del obispado de Cuenca que autorizaba su casamiento con la hija de Juana, María de Garnica y Avilés, estaba dispuesto a formalizar en contrato matrimonial lo que sin duda eran auténticos sentimientos de amor hacia la joven María, mezclados de la fogosidad propia de la edad. La familia del joven, Grandes de España (el grupo nobiliario de mayor prestigio social y acceso a la Corona) era, por supuesto, desconocedora de lo que estaba pasando aquella noche de San Miguel en la lejana villa manchega.

El matrimonio se celebraría, siendo el sacerdote oficiante el doctor Tébar. Don Cristóbal de Tébar es conocido como el inmaculado cura que fundó el Colegio de la Compañía de Jesús en la villa de San Clemente, pero cada vez que nos aproximamos a su figura, nos aparece como un hombre muy comprometido con su tiempo, y con los bienes materiales. Ese día de San Miguel, que casó a los dos jóvenes enamorados, Jorge y María, no se encontraba en la mejor situación en la comunidad eclesiástica. Dicho sin rodeos, el doctor Tébar se encontraba excomulgado por un asunto turbio relacionado con la administración de las rentas eclesiásticas.

Pero la familia Mendoza no estaba dispuesta a aceptar un matrimonio que por la condición de los contrayentes era, en palabras de la época, de gran disparidad: no era imaginable que un joven emparentado con los Grandes de España casará con la hija de un hombre pechero y llano y una humilde mujer, cuya nobleza no era pareja a su posición social. Además, en el pueblo estaba presente el corregidor don Juan de Benavides y Mendoza, dispuesto a desbaratar tal despropósito matrimonial. Actuando como confidente de los Marqueses de Mondéjar, intentó compaginar su actuación legal para invalidar el matrimonio con el papel de un actor más implicado en este vodevil. Tal como comunicaba el corregidor al Marqués de Mondéjar el día 9 de octubre de 1593, en su apreciación, el matrimonio de los dos jóvenes era una confabulación de curas, emparentados con los Garnica y los Oma:
El día de San Miguel que se contaron 29 del pasado vino a esta villa (de San Clemente) don Jorje de Mendoza, hijo de Yñigo López de Mendoza en compañía de un Gaspar de Garnica, vezino della, el qual a lo que yo he podido alcançar le deuió de engañar y persuadir con sus deudos a que se casase con una hermana suya y para haçerlo ganaron liçençia con secreto del probisor de Cuenca para desposarlo como lo hiçieron sin que se hiçiesen las amonestaçiones que manda el Santo Conçilio y ymagino que ayudaron a este negoçio que tan mal a pareçido en esta tierra: en Cuenca el dotor Martín de Garnica, canónigo, y aquí el dotor Tébar, cura desta villa, y Tristán de Pallarés, clérigo, por ser deudos y amigos
El corregidor ampliaba la trama denunciando a Antonio de Oma Zapata, primo hermano de la viuda Juana de Valderrama, que por entonces vivía en Belmonte, bajo la protección del marqués de Villena. Asimismo informaba que había mandado encerrar con grillos en la cárcel de la villa al principal inductor del matrimonio, Gaspar de Garnica, hermano de María de Garnica, mientras que mantenía en arresto domiciliario a la novia y a su madre. El joven don Jorge de Mendoza quedaba confinado en la casa del corregidor a espera de que se aclarasen los hechos.

A pesar de las diligencias del corregidor, el matrimonio se consolidaría y María de Garnica y Avilés, quedaría convertida en la esposa de don Jorge Mendoza, marqués de Agrópoli desde 1617. Su hermano, Gaspar de Garnica, superando el amargo contratiempo de la prisión, llegaría a ser prior y canónigo de la catedral de Santiago y consultor de la Suprema del Santo Oficio. El doctor Tébar se convertirá en benefactor de la villa con su legado jesuítico y los Oma volverían desde Belmonte a su villa natal de San Clemente para convertirse en una de las principales familias del pueblo.

Pero a nosotros nos interesa el incidente del matrimonio para conocer un poco más del San Clemente de 1593.


La excomunión del doctor Tébar

Doña Juana Valderrama, a quien su marido Hernando de Avilés, había dejado como curadora y tutora de sus hijos Gaspar y María, no estaba dispuesta a que las diligencias del corregidor para anular el matrimonio de su hija con don Jorge de Mendoza dieran su fruto ni mucho menos a que su hijo Gaspar siguiera en la cárcel pública. Por eso, con fecha 25 de octubre encargó su defensa ante el Consejo Real a dos letrados de prestigio de la villa, el doctor Pedro Alonso de Arce y el licenciado Alonso González de Santacruz. El primero, que era un médico de prestigio en la Corte, pronto delegaría su poder en el procurador Baltasar Romero. Al mismo tiempo se recurrió a la jurisdicción eclesiástica del provisor del obispado, doctor Rueda, que mandó le remitieran las actas del matrimonio que obraban en poder del notario de San Clemente, el presbítero Cristóbal de Iranzo. Mientras el corregidor Juan de Benavides y Mendoza seguía inflexible; un mes después de los hechos, tal como atestiguaba el escribano Gaspar Llanos, mantenía encerrado en la cárcel al joven licenciado Gaspar de Garnica.

Don Jorge de Mendoza, era hijo de Iñigo López de Mendoza y natural de la villa de Uclés.
Había conocido a María de Avilés a través de su hermano Gaspar de Garnica, que estudiaba en Alcalá de Henares junto a Jorge de Mendoza. Se había presentado en la villa de San Clemente el 29 de septiembre, pero aún esperaría hasta el cinco de octubre para casarse con doña María de Garnica y Avilés. Los días que transcurrieron entre las dos fechas los aprovechó para obtener mandamiento del juez ordinario del obispado de Cuenca, doctor Rueda, que le autorizara al casamiento. Alegaba don Jorge que no podía esperar a las tres amonestaciones preceptivas, porque sus deudos se opondrían maliciosamente al matrimonio si se alargaban los trámites. Conseguiría la licencia del matrimonio, condicionada a que no cohabitase con la novia hasta no cumplir con las necesarias amonestaciones, relegadas al momento posterior al acto sacramental. El mandamiento del provisor ordenaba al doctor Tébar celebrar el matrimonio, que se aseguró bien de guardar las formas, examinando a los testigos, Antonio de Oma Zapata y Gaspar de Garnica, advirtiendo a los novios de la disparidad de condición social,

que mirase que era noble y generoso, que podía ser uno de los grandes de España y que todas estas calidades le faltaban a la dicha doña María de Avilés
de su libertad para contraer matrimonio y de evitar la cohabitación de momento y asegurándose que la ceremonia matrimonial fuese pública, abriéndose las puertas de la casa de doña Juana Valderrama.
que los matrimonios no se hacen a puerta cerrada sino muy abiertas y que lo sepa Dios y todo el mundo y no solamente los de los aposentos, sino los de la calle y llamen testigos e ansí luego mandó abrir las puertas

Es de destacar la premura con la que el corregidor iniciará las averiguaciones, desde el mismo momento del casamiento; pero también la celeridad, 20 de octubre, con que el Consejo Real pide le sean remitidos los autos del corregidor e inicie informaciones de testigos para saber lo acaecido. Pronto las tomas de declaraciones dejan bien definidos dos bandos en el pueblo. En el primero, se sitúan los Garnica, los Oma y el doctor Tébar, junto a otras figuras menores del momento. En frente, los vecinos principales del pueblo se ven obligados a tomar partido a favor o en contra del cura. El número de enemigos era mayor que el de amigos.

La declaración tomada al doctor Tébar por el corregidor Juan de Benavides fue agria. Intentaba demostrar el corregidor el poco celo religioso del doctor Tébar, que había celebrado el santo sacramento con testigos que eran parientes de la novia y del propio cura, de modo secreto (¿Cuántos testigos pasaron al abrir las puertas?, preguntó con malicia el corregidor) y estando excomulgado. El doctor Tébar se negó a contestar y también a firmar su declaración. No se detendría el corregidor que inició una serie de declaraciones para demostrar que el cura no era quién para celebrar un matrimonio estando excomulgado.

El corregidor tomaría declaración al sacristán de la Iglesia de Santiago, Millán Martínez, que con apenas un mes en el oficio, reconocería saber de la excomunión del cura Tébar. A continuación se consultó en la iglesia la tabla de memorias donde se asentaban los nombres de los excomulgados; allí aparecía el nombre del cura junto a otros vecinos, socios suyos, con la fecha del 25 de septiembre como día de la excomunión. Desde esa fecha tenía prohibido decir misa y administrar los sacramentos. La excomunión por el ordinario de Cuenca tenía su origen en la irregular administración del cura Tébar de la administración de las rentas eclesiásticas, que había dejado de ingresar en el obispado de Cuenca, y la pena se había aplicado también a sus fiadores. Curiosamente, algunos de estos fiadores aparecen también como aliados del cura en el expediente promovido contra su sobrino el licenciado Herriega quince años después. Entre ellos, Francisco Carrera, padre del dicho licenciado, o Miguel Cantero. El escribano del ayuntamiento Martín de la Cámara daría fe

que un hombre de Cuenca abía venido e traya un braço seglar contra el dicho doctor Tébar.

Los testigos, sacristán y socios, reconocerían lo que había negado el cura: el doctor Tébar no sólo no decía misa sino que tenía prohibido acudir a ella. El corregidor, demostrada la incapacidad del cura para administrar el sacramento del matrimonio, iniciaría su particular cruzada. Esta vez se trataba de acumular testimonios de las personas principales contra el clérigo. No todos declararon contra él.

El buen nombre de la familia

El Consejo Real tendría conocimiento del desposorio de San Clemente con fecha de veinte octubre, ordenando al corregidor que iniciara una serie de pesquisas tendentes a averiguar lo sucedido. Las informaciones de testigos se desarrollaron a lo largo del día 31 de octubre de 1593; el corregidor elegiría personas próximas y de confianza, pero con influencia y poder en la villa, pues con sus testimonios se trataba de demostrar la poca calidad y nobleza de los Garnica.

El primero de los testigos llamados sería Martín Alfonso de Buedo, tesorero de rentas reales de Marquesado de Villena. Avecindado en San Clemente, este hombre contaba con treinta y tres años. Doce años después, en 1605, moriría. Su repentina muerte, dejaría a su viuda Catalina de Buedo incapaz de defender los derechos a la tesorería de su hijo menor Martín, frente a su tío. Le seguiría en las declaraciones el licenciado Alonso Ruiz de Villamediana, de 62 años, de familia cristiana vieja y con fama de limpia y noble en la villa, y cerrarían los testimonios dos Ortega. Francisco de Ortega, el padre, de 64 años, ya había cedido el testigo familiar a su hijo Rodrigo, el futuro señor de Villar de Cantos, y fundador del mayorazgo familiar junto a su esposa Ana Rosillo años después. Rodrigo de Ortega era regidor perpetuo de la villa y contaba entonces con 32 años.

Las declaraciones de estos testigos obviaron las acusaciones contra el cura Tébar, para centrarse en las calidades de los Garnica. No es extraño, pues Francisco de Ortega estaba casado con una Tébar de nombre Jimena. En la declaración de otros como Martín Alfonso de Buedo debió pesar más su proximidad al poder público ostentado por el corregidor, pues él también desempeñaba un cargo público. Es más dudosa la declaración de Alonso Ruiz de Villamediana y el interés que podía tener en declarar contra los Garnica, pero fue la declaración que más detalles aportó. Por el licenciado Ruiz de Villamediana, sabemos que el día del matrimonio, cinco de octubre, fue martes y que en el pueblo no se supo nada del mismo hasta el domingo 10 de octubre, cuando el matrimonio fue denunciado en la Iglesia Mayor de Santiago

este testigo no supo del dicho desposorio hasta o quatro o cinco días después de hecho porque dicen que fue secreto e sin amonestaciones y que el probisor deste obispado de Quenca había dado licencia para que se desposasen de presente syn denuciación alguna y que después de desposados se hiciesen, e ansí después una fiesta oyó este testigo denunciarlos en la yglesia desta uilla

la denuncia debió venir desde el púlpito, pero ¿quién hizo la acusación en ausencia del excomulgado doctor Tébar? No lo sabemos. Pero las acusaciones pusieron en acción al corregidor Benavides que veía en este enredo matrimonial la sombra de dos clérigos, el propio doctor Tébar y Tristán Pallarés. Pero si en el primer caso, hasta el sacristán puso su pequeña parte en la acusación, nadie se atrevió (a excepción del corregidor) a acusar a Tristán Pallarés. Este clérigo, que había nacido en la época en que murió su antecesor García Pallarés, vivía el final de su vida por estos años y heredará de su antecesor la memoria de aquel noble hombre de clara estirpe para cuantos viajeros pasen ante su epitafio, en la capilla de su nombre; pero al igual que el doctor Tébar era un hombre de su tiempo, ya su tío Tristán Pallarés el viejo estuvo implicado en los sucesos de julio de 1553, ya narrados, y el sobrino andará metido en otros más mundanos, que narraremos, como sus amoríos con la viuda de uno de los Herreros, allá por 1566.

La actuación del corregidor, tras la denuncia, fue inmediata, ordenando el arresto domiciliario de Juana de Valderrama y su hija María y la reclusión de don Jorge en su propia casa. Pero fue especialmente apasionado, tal como denunciará la familia Garnica, en el proceder contra Gaspar Garnica, que sin duda sabedor de lo que se le venía encima había huido a Motilla del Palancar, donde fue apresado y trasladado a la cárcel de San Clemente, para iniciar allí un auténtico calvario. Más suerte debió tener Antonio de Oma Zapata, alejado en Belmonte, bajo el amparo de la jurisdicción privada del marqués de Villena.

Posteriormente vendría la información de los testigos arriba referidos, donde el corregidor Benavides obviaría los temas más escabrosos de las detenciones, para centrarse en la poca calidad del difunto Hernando de Avilés, hombre llano y pechero, al fin y al cabo un origüela que escondía su apellido, y minusvalorar la hidalguía de Juana de Valderrama, por los cuatro costados, pues era gente humilde. Las acusaciones continuarían contra los testigos del matrimonio Antonio de Oma y Gaspar Garnica, cuyo valor de testigos debía ser puesto en entredicho, pues eran deudos de la contrayente. La información sería remitida al Consejo Real por el corregidor Benavides.

Pero los Garnica no estaban dispuestos a jugar el papel de espectadores y víctimas de las diligencias del corregidor. Doña Juana de Valderrama, desde su arresto domiciliario, apoderaría a Diego de Palomares para que se encargara de presentar testigos que defendieran la limpieza, nobleza y calidad de su familia. Además pidió, en lo que sin duda era un menosprecio a la competencia jurisdiccional del corregidor, que sus testigos fueran examinadas por el alcalde ordinario de la villa de San Clemente, el licenciado Alonso Muñoz. La defensa del honor familiar, en una familia que como pocas en el pueblo podía presumir de nobleza, se intentaba extender a la defensa del buen nombre del difunto Hernando de Avilés, que era un miembro del clan de los Origüela, pero a decir de sus defensores

fue ombre muy principal y onrrado y rregidor perpetuo desta villa de San Clemente hasta que murió muy emparentado con toda la gente más onrrada y noble y principal del pueblo y su comarca y él y sus padres e agüelos e antepasados ostentaron siempre mucha honrra e autoridad y buen punto e como los más delanteros desta tierra e como personas que siempre an podido y valido mucho, tiniendo de ordinario los oficios de alcaldes e rregidores desta villa e de presente es rregidor perpetuo della Gaspar de Gárnica e Avilés hijo del dicho Hernando de Avilés

Destacamos intencionadamente ese an podido y valido mucho, en lo que tiene de voluntad de anteponer una nobleza fundada más en el mérito y el valor personal, que conduce a la primacía social, por encima de una nobleza de la sangre. Los testigos ratificarían el poder de la familia Avilés-Garnica en la vida municipal sanclementina, pero también la exhibición de ese poder y riqueza con los aderezos propios de su condición hidalga. El primer espaldarazo a los Garnica vino de los Pacheco, en concreto de Francisco Pacheco de Guzmán, que, a sus sesenta años de edad, era propietario de una de las regidurías perpetuas del ayuntamiento. Su testimonio tenía el valor que le daba su propio apellido y fue parco. Pero sería ratificado por el siguiente testigo, Alonso de la Fuente Zapata, aportando los detalles de un hombre mayor de sesenta años que conocía a la familia

conosció a Fortuno de Garnica, padre de la dicha doña Juana, hombre hijodalgo, christiano viejo e muy principal e a Mari Pérez de Oma su madre, hija de Pedro de Oma, hijodalgo executoriado y al dicho Hernando de Avilés su marido... hombre principal y tener casa e criados como tal e aderezos de casa y plata que ningún cavallero de toda la tierra le hazía ventaja... con mucha autoridad e con mucha ventaja en el tratamiento de sus personas como de criados e muy bastecidas e muy regalada la dicha su casa de todo lo necesario y de manera que se tenía particular quenta en esta villa de buen término y buen tratamiento que en la dicha su casa avía

Doña Juana de Valederrama, en palabras de otro testigo, el regidor Llanos de Tébar, a la sazón de 53 años, había procurado que su hija María apareciera como mujer principal de cara a sus vecinos

llevándola siempre delante bien aderezada y vestida con escudero e criadas como hija de padres tan onrrados y principales

Otros testigos, personas principales y mayores de la villa, y en algún caso también deudos, defenderían la hidalguía de los Garnica. Entre ellos, Antón Dávalos Jiménez, de sesenta años, que no había sido precisamente amigo de los Garnica en su juventud, y un deudo, anciano de 73 años, Juan Ángel.

Mientras en la Corte, los derechos de los Garnica estaban representados por el procurador Baltasar Romero, que haría llegar al Consejo Real las informaciones hechas en San Clemente. Conseguirá real provisión para la familia el ocho de noviembre, ordenando la puesta en libertad de los Garnica en el plazo de ocho días. La motivación era que el juez ordinario eclesiástico podía, tal como permitía el concilio tridentino, dispensar de las amonestaciones a su libre albedrío. Con esta provisión, llevada a San Clemente, por Diego Palomares, fue requerido el corregidor Benavides el once de noviembre. Eran testigos Francisco de Astudillo y Alonso de Valenzuela. El corregidor, conocedor sin duda del dicho castellano obedézcase pero no se cumpla, atrasó el cumplimiento de la real provisión a que el Consejo Real se pronunciara sobre las informaciones que él mismo había remitido.

Baltasar Romero pediría el 16 de noviembre se diera nueva sobrecarta para la soltura de sus partes. Se unía a la petición, la querella que, contra el corregidor, presentaba ante el Consejo Real el propio don Jorge Mendoza, que se quejaba de su prisión, que ahora, en condiciones menos benignas, se había trasladado a la casa del ayuntamiento bajo custodia de un alguacil. El Consejo Real decidirá la libertad de los detenidos el 18 de noviembre. Esta vez el corregidor Juan de Benavides cumplirá la orden. A la casa de Juana de Valderrama, acudirá el joven Jorge de Mendoza en busca de la compañía de su esposa María. Poco les duró la felicidad a la pareja, pues hasta allí mandó el corregidor un alguacil para sacar a don Jorge, pues el auto del Consejo Real en modo alguno toleraba la cohabitación de los recién casados sin amonestaciones ni él corregidor estaba dispuesto a permitir tal escándalo público.

Además, el auto del Consejo Real excluía de la libertad a Gaspar de Garnica. Sin duda lo comprometido que había estado el joven en el matrimonio, trayendo a San Clemente a don Jorge de Mendoza, pesaba en su contra; aunque creemos que no tanto como su actitud díscola ante el corregidor, que le profesaba especial inquina, poco dispuesto a tolerar los desacatos de un regidor por joven e inexperto que fuera. Don Juan de Benavides lo tenía, en palabras de su madre,

entre galeotes, haciéndole otras muchas molestias, costas y vejaciones

En la cárcel pública de San Clemente permanecería seis meses Gaspar de Garnica, víctima de la enemistad y obcecación de Juan de Benavides y Mendoza. Y cuatro meses más, contados desde el uno de diciembre, mantendrían su pleito los Garnica.


 El calvario de Gaspar de Garnica


En la uilla de San Clemente en veinte y nuebe días del mes de nobiembre de mill e qinientos e noventa e tres años, el señor don Juan de Venavides y Mendoça corregidor e justicia mayor deste partido por su magestad dixo que mandaba e mando se notifique a doña Juana de Balderrama, viuda de Fernando de Avilés, en cuya casa y poder está doña María de Avilés su hija, de oy en adelante no consienta que don Jorje de Mendoça entre ni esté en su casa ni de noche ni de día ni le rreciba en ella y al dicho don Jorje se le notifique lo mismo para que no entre y estando en la dicha casa se salga luego della y así lo cumplan cada uno por su parte so pena de cada mill ducados para la cámara de su magestad y que procederá contra el que no lo cumpliere conforme a derecho y fírmolo don Juan de Venavides y Mendoça, ante mí Francisco Rodríguez

De esta guisa rezaba el auto de veintinueve de noviembre del corregidor Benavides. Dispuesto a hacer cumplir su mandato, envío a notificarlo a casa de Juana Valderrama al escribano, acompañado del alguacil Gonzalo Sánchez de Maguilla, encargado de sacar de dicha casa al infortunado Jorge de Mendoza. Doña Juana de Valderrama no se arredraría y protestaría el auto

v. m. do debe dar lugar que se perturben los matrimonios, apartando y que no estén juntos haciendo vida maridable marido y mujer ...

...que se cumpla

contestaría secamente el corregidor. El dos de diciembre el que protestaba ante el Consejo Real, apoderando a Francisco de la Fuente Comeño, era el propio don Jorge de Mendoza y Aragón. Pero quien llevaba las riendas del pleito era doña Juana Valderrama, por eso, enseguida el procurador de don Jorge delegara sus poderes en favor del procurador de aquélla, Francisco Enrique de Paz, que representaría a toda la familia hasta el final del proceso. Eso sí, don Jorge Mendoza escribiría una carta de su puño y letra dirigida a la Corte, quejándose del corregidor Benavides, cuya acción de gobierno se guiaba por el odio a su persona y tendente a perturbar su vida maridable. Dicha carta acompañaría a una nueva petición de quince de diciembre al Consejo Real para que don Jorge pudiera entrar en casa de su suegra.

Las dudas, que el Consejo Real mantenía, impedían una rápida resolución del conflicto. Es más el pleito se envenenaba con otras desavenencias marginales. En la segunda fase de su arresto, unos pocos días, don Jorge Mendoza había estado confinado en el ayuntamiento de la villa y custodiado por el alguacil Juan Ruiz; el corregidor pedía que los Garnica, responsables solidarios de don Jorge (que para esto si tenía valor legal el matrimonio), pagaran las costas y salarios del alguacil. En total Juan de Benavides pedía a los Garnica cuatrocientos reales, comenzando a sacar prendas como garantía de una futura ejecución de bienes. Además la situación de Gaspar de Garnica, que para finales de diciembre llevaba ya ochenta días preso, acusado de ser testigo en el desposorio, estaba enconando los ánimos, al verse la prisión como acto arbitrario y pasional del corregidor

y caso que ubiera alguna culpa se debe tener ya por bien satisfecha y purgada con tantas días y tan larga prisión

Tras sucesivas peticiones, solo el 23 de diciembre el Consejo Real determinará su libertad condicional por un periodo de cuarenta días, tras satisfacer fianzas y pago de costas del juicio. Esta libertad provisional se ejecutaría por la Pascua de Navidad, pero pasados los cuarenta días Gaspar de Garnica volvería a la cárcel. La situación empantanada intentaría ser desbloqueada por la personación en la causa del otro testigo del matrimonio. Desde Belmonte, el tres de enero de 1594, Antonio de Oma Zapata dará su poder a procuradores para personarse ante el Consejo Real como víctima de la ´persecución del corregidor de San Clemente. Y es que Juan de Benavides había enviado varias cartas requisitorias a la justicia de Belmonte (jurisdicción señorial del marqués de Villena) para prender a Antonio de Oma. Por supuesto al amparo de la jurisdicción señorial las cartas no habían tenido ningún efecto ni parece que se llegase a un conflicto de competencias entre la jurisdicción señorial y real, pero ahora Antonio de Oma planteaba el caso ante la Corte, sin duda en apoyo de su sobrino Gaspar de Garnica y quizás viendo la posibilidad de verse libre de unos cargos, una vez conseguida la medida benevolente de la libertad provisional de su pariente. Y lo consiguió, pues el Consejo de Real determinó la conclusión de las actuaciones contra Antonio de Oma, lo que no dejaba de ser una contradicción, tal como se reconocía en una nota marginal, con la situación de acusado y preso en que quedaba Gaspar de Garnica.

Pero tal contradicción no era tan evidente para el corregidor, que, iniciado el mes de febrero y acabada la cuarentena de gracia, metió en la cárcel nuevamente a Gaspar de Garnica. Se le exigía ahora que presentara testigos que dieran fe de su inocencia, pero dado el rigor de la justicia contra el preso pocos se atrevían a testificar. Juana de Valderrama implorará al Consejo Real por su hijo a mediados de febrero. Para entonces el pleito sobre el casamiento está concluso y los novios llevan vida maridable en casa de la madre y suegra. Nuevo auto del Consejo Real que determina, una vez pagadas nuevas fianzas, la soltura, esta vez por treinta días, del preso. Solamente el 31 de marzo de 1594 por auto del doctor Núñez Morquecho se decidirá la libertad definitiva de Gaspar Garnica; tendrá que pagar nuevas fianzas. Como muestra de las resistencias que debió provocar su libertad, baste decir que el auto de libertad viene precedido por otro tachado e ilegible, que no debía ser tan favorable.



AGS. CRC, 434, 7. El corregidor de San Clemente, Juan de Benavides y Mendoza, contra Jorge de Mendoza, hijo de Iñigo López de Mendoza, y María Garnica Avilés, porque se casaron sin amonestaciones. 1593

Luis de SALAZAR: Árboles de costados de gran parte de las primeras casas de estos reynos, cuyos dueños vivían el año de 1683. Imprenta de Antonio Cruzado. 1795. Universidad de Laussane, pág. 171. (Donde aparece el apellido Osma, se corresponde con Oma)

domingo, 5 de marzo de 2017

Los molinos de la ribera del Júcar: la reafirmación del poder sanclementino frente a los hermanos Alonso y Diego del Castillo

El siete de abril de 1514 la villa de San Clemente obtenía licencia de la reina Juana para edificar un molino en la ribera del Júcar en el lugar llamado el vado del Fresno. El lugar era considerado jurisdicción de la villa de San Clemente, pues, aunque en el término de Sisante, ésta población era dependiente de Vara de Rey, a su vez aldea sometida a la jurisdicción de San Clemente.

La necesidad de construir el molino había sido decidida poco tiempo antes por un concejo abierto, en el que los sanclementinos se comprometían a pagar mil ducados de oro a repartir entre los vecinos. Destacamos la participación de los vecinos en las decisiones del ayuntamiento. Seguía existiendo un rechazo a la participación de los hidalgos en el gobierno de la villa, sin embargo la base del gobierno local se había ensanchado. No se trataba únicamente de la figura del síndico personero que la oposición vecinal había arrancado frente al gobierno de los ricos a fines del siglo XV, ahora a la altura de 1514 reaparecía la figura medieval del jurado, dando fe de las reuniones, y, sobre todo, otra figura medieval que tenía su razón de ser en en esa especie de cuerpo místico llamado comunidad, aunque ahora se prefiere el término universidad, cuyos intereses defendían y recaían en los procuradores del común. El ayuntamiento de la villa de San Clemente era ahora el concejo y universidad de sus vecinos.

La construcción del molino quedaba supeditada a una información previa, justificativa de la necesidad de moliendas, la garantía de recursos económicos para su construcción y que la edificación no entrara en colisión con los intereses privados de los señores que en la ribera del Júcar ya disponían de molinos. La villa había decidido repartir entre todos sus vecinos en un concejo abierto los mil escudos de oro en que se valoraba la obra. La villa, por aquel entonces estaba recibiendo nuevos vecinos, principalmente por la huida de los habitantes de las villas cercanas de señorío, pero también de otros lugares, comarcanos y lejanos (hasta aquí bajaban vascos de toda condición expertos como orfebres o canteros junto a los gallegos que para el estío venían a la siega). Es una hipótesis, pero tal vez ahora es cuando podemos hablar del take off o despegue definitivo de San Clemente. El gobierno local amplio, donde los regidores comparten el poder con diputados del común, en su dualidad de concejo y universidad, es muestra de una sociedad local participativa, donde todo se mueve muy rápido (la riqueza también) y nadie quiere quedar excluido ni siquiera los hidalgos que reclaman en la Chancillería de Granada su participación en el poder local. La villa ha visto asentarse recientemente una comunidad de monjes franciscanos en el convento de Nuestra Señora de Gracia, aunque el solar es cedido por don Alonso del Castillo, es el pueblo quien paga la construcción con sus limosnas; posiblemente en esta época se levantaran las arcadas del ayuntamiento. El San Clemente de aquella época, con un extensísimo término, que incluía Vara de Rey y sus aldeas de Pozoamargo y Sisante, estaba conquistando su propio espacio, con los brazos recién llegados dedicados al cultivo de viñas y cereales. La conquista del espacio agrario significaba dotarse de los recursos para su uso público, que solían corresponderse con las aportaciones privadas de los vecinos. Los testimonios de la época nos dicen que los propios de la villa eran pocos y muy limitados para la necesidades de un pueblo que levantaba sus edificios públicos y se dotaba de sus primeros oficiales públicos. Las rentas concejiles estaban destinadas en su totalidad al pago del salario del gobernador, del físico, de maestro y de los letrados y procuradores que defendían los intereses de la villa. San Clemente mantenía largos y costosos pleitos con Alarcón y su propia aldea de Vara de Rey, con lugares de señorío como el Provencio, cuyo contencioso ya duraba casi quince años, y, en suma, con todos los pueblos comarcanos por el uso y disfrute de los bienes comunales del suelo de la antigua tierra de Alarcón, dislocada con el proceso de exención de villas durante la guerra del Marquesado. Así, cualquier necesidad sobrevenida, tal era la construcción de un molino, debía ser pagada por el conjunto de la vecindad. La construcción del molino se presentaba además de gasto como oportunidad, pues se consideraba que las rentas que podía aportar en el futuro serían de cien mil maravedíes, suficientes para compensar el escaso rendimiento que procuraban el resto de propios de la villa.

 Pero la construcción del molino tenía un significado político. Era la reafirmación de las libertades de la villa frente a los derechos feudales que sobre la villa pretendía tener la familia Castillo, y en especial Alonso, con el que la villa mantendrá tres pleitos: la jurisdicción sobre Perona, la disputa del patronazgo del convento de Nuestra Señora de Gracia y, ahora, el derecho a construir un molino en la ribera del Júcar. Derechos feudales de la familia Castillo que eran su principal fuente de ingresos: el derecho de maquila por las moliendas se habían convertido en abusivos, incluso, a decir de los testigos, contra el uso y costumbre. El viejo derecho feudal cedía ante la propia ley de la oferta y la demanda. Los molinos existentes en la ribera del río Júcar eran insuficientes para dar abasto a las carretadas de trigo que los vecinos hacían llegar hasta ellos. Después de recorrer durante el verano y otoño las cinco leguas que separaban San Clemente de la ribera del Júcar, un recorrido que solía durar una semana para aquellas pesadas carretas uncidas a los bueyes, estaban obligados a esperar otra semana más cuando no doce días para que les tocara su turno de molienda. El resultado era la exacción de una abultada maquila, fijada por costumbre en la media fanega que el molinero se llevaba de quince cuezas, media fanega que ahora se obtenía de doce e incluso de diez cuezas. Se acusaba a Alonso del Castillo y Alonso Pacheco de haberse concertado para maquilar a esas cantidades.

La obra del molino fue proyectada por los maestros Antón Gómez, maestro carpintero sanclementino de cincuenta años, y Pedro de Oma. Éste último, cuyo linaje adquirirá gran proyección en la villa, era un cantero vizcaíno de cuarenta y cinco años  en 1514, residía en San Clemente, pero no tenía reconocida vecindad. Ambos determinaron que la obra rebasaría ampliamente los 300.000 maravedíes y abogaron que esa cantidad, redondeada a los mil ducados, se repartiera entre los vecinos. La construcción del molino entró en colisión con los que los Castillo y los Pacheco tenían en la ribera del Júcar: la Losa (de Alonso del Castillo), Batanejo (de Alonso Pacheco), Noguera (de Diego del Castillo), Hocecilla.

Las mayores resistencias a la construcción del molino vinieron de Alonso del Castillo, que presentó sus protestas en el concejo de 21 de enero de 1514**. Allí recordaría cómo en un concejo general del año 1502, la villa de San Clemente se había comprometido a no hacer molino alguno en la ribera del Júcar que fuera en perjuicio y daño de sus propios molinos; a cambio Alonso del Castillo perdonaba a la villa una deuda equivalente a 518 fanegas de trigo. Las relaciones entre don Alonso y el concejo sanclementino se habían enturbiado por los incumplimientos de los oficiales del ayuntamiento. En un principio, se había llegado a un acuerdo, que recogía que la villa de San Clemente de comprometía a comprar tres ruedas de las seis que disponían los molinos de la Losa, junto a una casa y un ejido, propiedad  todo ello de don Alonso del Castillo. La ruptura del contrato, al menos así se decía sobre papel en fecha probable de 1513***, era la imposibilidad de la villa de hacer frente al pago de los 200.000 maravedíes del precio de la venta. Nosotros no lo creemos. A nuestro parecer la verdadera razón era que se comprendió que seis ruedas eran insuficientes para moler el trigo que llegaba, haciéndose necesario la construcción de otro molino de seis ruedas para satisfacer las necesidades de moliendas. Alonso del Castillo, vio la edificación de nuevos molinos como simple intención de sustituir  los suyos, acusando a los sanclementinos de intentar edificar, un cuarto de legua más arriba de la Losa, sus propios molinos para perjudicar y dejar sin agua a los suyos propios. Tardaría varios años en aceptar la complementariedad de intereses, que a la altura de 1514 no debía estar tan clara. Ahora, en estos momentos la justicia del Marquesado, el gobernador Antonio de Luzón y el alcalde mayor bachiller Porras, estaban en su contra, negándole la información de testigos favorables pedida.

En ayuda de Alonso del Castillo, que en estos momentos probablemente era el mayor hacendado en San Clemente y se pretendía señor de Perona, acudió su hermano Diego del Castillo. Alonso y Diego eran hijos de Hernando del Castillo, llamado el sabio, que a su muerte había repartido su herencia entre los dos hermanos. A Diego le correspondió la alcaidía de Alarcón que había detentado su padre y el señorío de Altarejos. Aunque el principal beneficiario de la herencia paterna había sido el hijo menor, Alonso, que recibió diversas heredades en San Clemente, entre las que destacaban las de Perona, pero también en pueblos comarcanos. La herencia recibida se incrementó por el afortunado matrimonio con María de Inestrosa. Las razones alegadas por Diego del Castillo fueron de reclamar la propiedad de los términos donde San Clemente pretendía edificar sus molinos y el perjuicio que éstos podían causar a los que él mismo poseía aguas arriba del Júcar, en la Noguera; para defender sus intereses mandó durante el mes de julio de 1514 a su criado Diego de Castro a la villa de San Clemente.

En defensa de los hermanos Castillo, acudió la villa de Alarcón, que alegaba que los molinos que San Clemente pretendía edificar estaban en su término. No lo consideraba  así San Clemente, para la que el vado del Fresno, junto al río Júcar estaba situado, en el límite del término de su aldea de Sisante. Había una razón más: el suelo de Alarcón era común tanto para la villa madre como para sus antiguas aldeas dependientes, sus tierras y recursos de libre aprovechamiento y estaba permitida la edificación de molinos o cualesquier otro edificio de uso público. Pero los derechos comunitarios de la antigua tierra de Alarcón chocaban con los derechos señoriales. El 18 de junio de 1462, Juan Pacheco, Marqués de Villena y maestre de Santiago, otorgaba a su camarero y criado, Hernando del Castillo, el sitio de la ribera entre la Noguera y la Losa, concediéndole el monopolio de la construcción y explotación de molinos
por la presente vos fago merçed de qualquier sitio que ouiere por hedificar molino en el rrío de xúcar en el término e juridiçión de la mi villa de alarcón que es entre vnos molinos que disen de la losa e otros de la noguera
La concesión, monopolio señorial, fue muy contestada tanto por el concejo de Alarcón como por particulares (entiéndase la propia villa de Alarcón y sus lugares aún no eximidos), obligando al Marqués de Villena a dar nueva carta de confirmación de veinte de enero de 1465. En 1483, hubo disputas entre Hernando del Castillo, alcaide de Alarcón, y su primo Pedro del Castillo, alcaide de Ves, sobre las heredades y molinos en la ribera del Júcar, que obligaron a Diego López Pacheco a sustanciarlas ante el Consejo Real.  Los conflictos con el concejo de Alarcón y otras villas se sucedieron, obligando a un Hernando del Castillo, ya anciano, a personarse ante el ayuntamiento de Alarcón un veintiuno de febrero de 1497 con las cartas de donación y confirmación referidas en mano para hacerse reconocer la propiedad y posesión de los molinos. En una época como aquella, cargada de simbolismos en sus actos, la toma jurídica de posesión fue seguida de pregones públicos en las llamadas cuatro calles de Alarcón, la visita presencial del alcaide de Alarcón, junto a juez y escribano, a la ribera del Júcar y la aceptación por concejo abierto de los vecinos de Alarcón, incluida el acatamiento de las cartas del Marqués de Villena, que según costumbre de la época, los oficiales del concejo pusieron sobre sus cabezas. Por último, en lo que era acto de renuncia, refrendaba en la iglesia de San Juan, el veintidós de febrero, carta de donación de los sitios de los molinos de la ribera del Júcar a favor de su alcaide Hernando de Alarcón y de sus herederos. La renuncia no dejaba de presentar problemas jurídicos, pues tanto Villanueva de la Jara como San Clemente no estaban dispuestos a verse privadas de los aprovechamientos de un suelo común, que por su propio carácter mancomunado era irrenunciable.

Detrás del simbolismo de los actos de posesión, llenos de reminiscencias feudales, había un conflicto de gran calado: las ambiciones señoriales de los Castillos chocaban con las villas de realengo. En especial con Villanueva de la Jara, que estaba edificando unos molinos propios en la ribera del Júcar. El conflicto entre el concejo de Villanueva de la Jara y Hernando del Castillo ya se remontaba a 1489, cuando Villanueva ya se planteó construir sus molinos propios en detrimento del monopolio molinero del alcaide de Alarcón. Ya en 1477, Villanueva de la Jara, recién obtenido el villazgo, había conseguido licencia real para construir un molino, previa información de testigos, aunque parece que el proyecto se echó atrás por la concordia entre la Corona y el Marqués de Villena de 1480. Entonces parece que los proyectos de los de Villanueva fueron parados en el Consejo Real, pero en 1497, los jareños decidieron construir sus molinos por las bravas. Toda la liturgia de Hernando del Castillo haciendo reconocer sus derechos posesorios sobre la ribera del Júcar escondían en realidad su impotencia para hacer frente a los jareños. Los vecinos de Villanueva de la Jara respondieron la toma de posesión de la ribera del Júcar del alcaide de Alarcón, reuniendo el 25 de febrero de 1497 gente armada en la ribera izquierda del Júcar. El gesto de fuerza era claro: nadie iba a parar los molinos que en aquel momento estaban construyendo
... que los veçinos de villanueva de la xara con mucha gente de pie y de  cauallo con mano armada e por fuerça le quieren molestar e molestan la dicha su posysyón e están obrando para faser un  molino en el rrío de xúcar en la presa vieja que disen de la sante
Los jareños se presentaron con ochenta hombres armados hasiendo asonadas de guerra con tanbor e pendón. La respuesta de Hernando del Castillo y el concejo de Alarcón no fue más allá de los gestos, colocación de mojones, rotura de presa y mandamiento de los alcaldes de Alarcón para que se respetaran sus términos. El problema seguía latente y se acabaría decantando del lado jareño.

El precedente de los molinos de Villanueva de la Jara sirvió de justificación legal de unos y otros en la defensa de sus pretensiones. Para septiembre de 1514, el conflicto del molino que se estaba construyendo en el vado del Fresno por los sanclementinos adquiere una veste judicial en forma de pleito ante el gobernador del Marquesado Antonio Luzón y su alcalde mayor bachiller Porras. Aunque el gobernador presidió algún ayuntamiento en San Clemente, la tramitación del contencioso la llevó el alcalde mayor, que al fin y al cabo, era una figura tan itinerante como el propio gobernador. Valga como anécdota aquel procurador de la villa de San Clemente que en su intento de presentarle una petición tuvo que andar tras él, primero a Iniesta y luego a Almansa. San Clemente todavía no era la corte manchega, aunque solo por el hecho de ser una sociedad muy pleiteante, a veces, era el alcalde mayor el que iba a la zaga de la villa.

En un principio, el litigio favoreció a los Castillo. Diego del Castillo, alcaide de Alarcón , consiguió frenar la construcción del molino que los sanclementinos ya habían comenzado en la ribera del Júcar. Hasta los campos del Picazo se desplazaron un seis de septiembre de 1514 el procurador y escribano, mandados por el alcaide, con mandamiento del alcalde mayor del Marquesado, para detener las obras que, dirigidas por Pedro de Oma, llevaban a cabo veinte hombres. Asimismo serían requeridos a cesar en las obras la justicia de San Clemente, representada por su alcalde Bernaldino de los Herreros y los regidores Juan Sánchez y Francisco de Olivares
en el canpo del picaço adonde los veçinos de sant clemente hasen e hedifican vnos molinos en presençia de mí Rrodrigo de castro escriuano de la Rreyna nuestra señora e de los testigos de yuso escriptos pareçió y presente gonçalo çapata vesino de la villa de alarcón e por virtud deste poder desta otra parte contenydo que ante mí presento dixo ansy: escriuano dadme por testimonio a mi gonçalo çapata, procurador que soy del señor diego del castillo, alcayde de alarcón, en como contra el mandamiento que el señor alcalde mayor del marquesado de villena todavía los de sant clemente e estos onbres que aquí hedifican porfiando todavía haser en este hedifiçio e sytio del señor diego del castillo e yo el escriuano miré e vi allí fasta veynte onbres trabajando e labrando en ello
Lejos de amedrentarse, los sanclementinos siguieron con las obras. El diecinueve de septiembre el que se personó, junto al procurador de Alarcón, fue el alcalde mayor del Marquesado. Esta vez se tomó declaración a Pedro de Oma, cantero, maestro de obras y analfabeto, que reconoció que sus hombres trabajaban en la construcción del molino desde comienzos de año, antes incluso de la concesión de la provisión de la Reina Juana
el qual (Pedro de Oma) dixo que so cargo de juramento que desde antes de carrestollendas quinse días antes çinco más o çinco menos deste año enpeçaron a hedificar e agora al presente hedifican en los dichos molinos, preguntado por cuyo mandado dixo que por mandado del conçejo desta villa de sant clemente, preguntado como lo sabe dixo que por quél es maestro de la obra e la tyene con él ygualada para que la haga e se la pagarán e quél enbía sus obreros e que esto es público e notorio e la verdad e no supo firmar 

(continuará)


ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA (AChGr). 01RACH/ CAJA 1628, PIEZA 15. Pleito entre Alonso del Castillo y la villa de San Clemente por la edificación de un molino en el vado del Fresno. 1515, 


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* Clemén Sánchez y  Alonso González de Origüela. alcaldes; Juan López Cantero, Alonso González de Huerta, Gonzalo de San Clemente, Juan de Caballón, regidores; Antonio de los Herreros, alguacil; Pedro de Albelda, jurado (da fe); Martín del Campo, procurador síndico general (7 de octubre de 1514)
** Pedro Sánchez de Origüela y Bernaldino de los Herreros, alcaldes; Juan Sánchez, Francisco de Olivares y Alonso González (de Origüela), regidores; Alfaro, alguacil; Antón García, Francisco de los Herreros, Antonio de los Herreros, Juan López Cantero, Juan de Olivares, Vº García, Juan Jiménez, Clemente Sánchez, Garci Martínez Ángel, Juan López, vecinos de San Clemente. (21 de enero de 1514)
Pedro Sánchez de Origüela y Bernaldino de los Herreros, alcaldes; Gil Fernández de Alfaro, alguacil; Francisco de los Herreros y Luis Sánchez de Origüela, diputados; Antón López de Ávalos, Juan Sánchez el mozo y Francisco de Olivares, regidores (5 de septiembre de 1514)
***La rotura del papel nos hace imposible determinar la fecha, creemos que es anterior a la elección de septiembre de 1513. Miguel López de Perona, alcalde; Gil Fernández de Alfaro, Luis Sánchez de Origüela, Martín López de Tébar, Sancho López del Provencio, regidores de la dicha villa; Miguel Sánchez de los Herreros, Pedro Sánchez de Origüela, Martín Sánchez de Montagudo, Miguel López de Perona el viejo, Alonso López de Perona, Juan Ruiz de Requena, Pedro Ruiz de Segovia, Juan López de Martín López, García de Ávalos, Juan Jiménez presbítero, Clemén Sanchez, diputados del concejo y Juan Lozano, alguacil de la villa; Miguel de Ayuso, procurador síndico; e Rodrigo Martínez, peraile, y Juan Jiménez de Alvar Jiménez y otros muchos vecinos.



                                                                              2ª PARTE

Los sanclementinos no eran honestos, pues el 17 de marzo, reunido su ayuntamiento solicitan al gobernador del Marquesado, Antonio Luzón y a su alcalde mayor, bachiller Porras, autorización para iniciar las obras del molino*. Sin embargo, la obra ya había sido iniciada y continuaría a pesar que el gobernador había ordenado parar la construcción mientras no hubiera licencia real y que la concesión de esta licencia el siete de abril se supeditó a una información previa. Es más, después de que los Castillo denunciaran en septiembre que la obra continuaba, el gobernador Antonio Luzón emitió un duro mandamiento contra los sanclementinos el 20 de septiembre, conminando detener la obra bajo amenaza de fuerte multa de cien mil maravedíes, destierros de los oficiales del concejo y azotes; pero los sanclementinos no cambiaron de actitud. El mandamiento del gobernador fue leído por el alguacil mayor del Marquesado, Miguel Sánchez de Lillo, en el ayuntamiento de la villa ante la presencia de vecinos principales de la villa, que lejos de obedecerlo según las fórmulas protocolarias de besarlo y ponerlo sobre sus cabezas, prometieron, en lo que era gesto de desafío, responder.

La respuesta fue una nueva información de testigos, que venía a corroborar los argumentos de la información anterior, pero ahora a las razones que hacían hincapié en las necesidades de molienda de la villa se aportaban esas otras que señalaban a los Castillos: ambos hermanos ni su padre nunca habían pedido licencia para construir sus propios molinos de la Noguera y la Losa, a pesar de estar edificados en el suelo de Alarcón y entrar en colisión con el derecho de libre aprovechamiento de las villas de la antigua tierra; los derechos de maquila exigidos en sus molinos eran abusivos y estaban colapsando la producción cerealista de la comarca obligando a los vecinos a esperar hasta doce días para moler sus cosechas. Se comprenderá mejor la situación si traemos a colación que incluso los vecinos del principal pueblo productor de cereales de la zona (y uno de los mayores del Reino), Villarrobledo, llegaban con sus carretadas a moler a la ribera del Júcar. Además, a diferencia del parecer de los Castillos que manifestaban que los sanclementinos construían sus molinos en los campos del Picazo, aldea de Alarcón, éstos consideraban que el vado del Fresno estaba en término de su aldea de Sisante, como, por otra parte, también estaban en término de las aldeas de San Clemente algunos de los molinos propiedad de los Castillo.

San Clemente siempre recordará cómo los derechos comunitarios de la tierra de Alarcón prevalecían sobre los derechos de propiedad y señoriales de los Castillo. Existía el antecedente de un puente construido por Villanueva de la Jara sobre el río Júcar para tener acceso directo a los molinos; Alarcón se había opuesto pues la otra parte del puente llegaba a su término, la Chancillería dio la razón en 1501 a Villanueva, anteponiendo los derechos comunitarios a los propios de las villas. Aunque en este caso lo que en realidad prevaleció fue un capítulo de Cortes de 1455 que anteponía los intereses del Reino y la libre circulación de personas  a los derechos esgrimidos por las villas, en el caso de Alarcón, el de barcaje.

La información de testigos presentada por la villa de San Clemente ante el gobernador Antonio Luzón, que durante el mes de septiembre se había visto obligado a fijar su residencia en estas villa por el contencioso, consiguió prolongar el contencioso con los Castillo, mientras la villa se reafirmaba en su nula voluntad de paralizar las obras. San Clemente había conseguido presentar el pleito como conflicto de intereses entre los derechos de la Corona y esos otros de carácter señorial de la familia Castillo. Por esa razón, Diego del Castillo, alcaide de Alarcón, como señor de Altarejos y de los molinos de la ribera del Júcar, pero también como depositario de la herencia y derechos conferidos por el Marqués de Villena a su padre Hernando, intentó hacer valer los derechos que le correspondían por la concordia de 1480 entre el Marqués de Villena y los Reyes Católicos. Pero si Diego López Pacheco, intitulado además de marqués de Villena, duque de Escalona y conde de Santisteban, había conseguido rehacer su poder y patrimonio en los años de regresión señorial de comienzos de siglo, lo había hecho en otras tierras. Aquí en el antiguo Marquesado de Villena, los pueblos de realengo, en plena pujanza, mantenían a raya a los baja nobleza regional subordinada a los Pacheco.

Los argumentos de Diego del Castillo para hacer valer sus derechos señoriales tuvieron necesidad de ser complementados por derechos de la villa de Alarcón sobre sus antiguas aldeas dependientes. Es a ella a la que correspondía dar licencias para edificar casas o molinos en el suelo común de su tierra y, por estar bajo jurisdicción señorial, a su señor Diego López Pacheco. Entretanto el gobernador dudaba, los sanclementinos aceleraban las obras de construcción del molino, Alarcón y los Castillo no conseguían arrancar del gobernador un mandamiento claro que les permitiera derribar las casas y molinos a medio levantar. Un gobernador vacilante otorgaba el 25 de septiembre de 1514 a Alarcón y su señor seis días de término para presentar nuevos testigos y las escrituras fijando sus propiedades y derechos. El plazo se redujo a tres días. El gobernador se decantaba por los intereses de la villa de realengo. Diego del Castillo intentaba aportar el testimonio de partidarios propios entre vecinos de Vara de Rey, enfrentados en pleitos con la Villa de San Clemente, y de Villanueva de la Jara**. Muestra de la parcialidad del gobernador es que en el momento álgido del contencioso partía hacia Villarrobledo para asistir el 29 de septiembre a la elección de oficios, ante la impotencia del procurador de los intereses de Alarcón que presentaba nuevos testigos buscados entre aquellos que sostenían contenciosos con la villa de San Clemente. Parecía como si reviviera el antiguo bando de los sebosos, representado por los viejos hidalgos de Vara de Rey y la suma de algún hidalgo de San Clemente. En el trasfondo estaba los conflictos abiertos por los hidalgos sanclementinos para acceder a los oficios concejiles y por los vecinos de Vara de rey en torno al aprovechamiento del pinar de Azraque.

Pero la época de los bandos entre sebosos y almagrados ha tiempo que había terminado. Ahora el enfrentamiento era entre los lugares y villas de realengo, insertos en conflictos en defensa de sus términos e intereses. Así, los moradores de Vara de Rey testificaron a favor de los intereses propios, defendiendo, en contra de los postulados de Diego del Castillo, que el vado de Fresno estaba en término del lugar de Vara de Rey e incluso negando los derechos que se arrogaban los Castillo en el lado izquierdo la ribera del Júcar, decantándose a favor de Villanueva de la Jara
que la dicha villa de alarcón tyene la juridiçión e justiçia como en la pregunta dize e que tyene términos e juridiçión e que de la otra parte del rrío viene el término de alarcón por la noguera e abaxo fasta la matallana donde está un mojón del término de villanueva e que a oydo dezir que de allí abaxo entre lo de villanueva e el rrío viene una vereda fasta pasar el término de villanueva que está antes que lleguen donde fazen el molino e desta otra parte llega el dicho término fasta el vado del fresno e que antes se rreduziese a la corona rreal se tenya esta villa los términos que agora se tyene
En el fondo lo que defendían los Castillo, más allá de la propiedad de los molinos, era la posesión de una franja ribereña en torno al Júcar que diera continuidad a las posesiones del marqués de Villena entre sus fortalezas de Alarcón y de Jorquera.
 a oydo dezir que viene el rrío baxo fasta lo de xorquera eçebto un poco de término de villanueva que está en medio de ello
La construcción del puente de Villanueva en 1501 había roto la continuidad de las tierras del marqués de Villena ribereñas del Júcar, ahora San Clemente, jugando con los intereses de su aldea de Vara de Rey, con la que estaba enfrentada, intentaba meter otra cuña en el límite entre Sisante y el Picazo. Curiosamente y saltándose la cesión en 1462 de Juan Pacheco a favor de Hernando del Castillo, Vara de Rey recordaba el amojonamiento de noviembre de 1445, deslindado por Mateo Fernández de Medina, que fijaba sus términos por el rrío abaxo desde el vado del fresno fasta partir con la rrobda. Es decir la ribera derecha del río pertenecía a Vara del Rey, la izquierda a Alarcón.

En este juego de intereses encontrados entre la Corona y el marqués de Villena, el gobernador acabaría decantándose por la villa de San Clemente y dándole la razón en el parecer que elevó al Consejo Real el seis de octubre de 1514. Hasta la corte en Valladolid fue en representación de la villa Antonio de los Herreros, allí presentó dos memoriales solicitando la licencia para construir los molinos. Nos interesa especialmente el segundo de cuatro de diciembre por presentarnos una villa pleiteante con numerosos conflictos abiertos en su interior y con los pueblos comarcanos. Con Vara de Rey el contencioso era por el aprovechamiento del pinar de Azaraque y los deseos del lugar de eximirse de San Clemente; con El Provencio, las tensiones venían por acoger San Clemente los vecinos que huían del poder despótico de don Alonso de Calatayud; con Alarcón sobre las borras, y con Villanueva de la Jara por cerrar sus términos al aprovechamiento común obligado de la tierra de Alarcón. Sobre la escasez de propios de San Clemente hay que pensar que por aquella época los pinares Nuevo y Viejo que están a la entrada del pueblo no existían, desplazándose sus vecinos con sus ganados o en busca de leña hasta los pinares de Vara de Rey y Villanueva de la Jara.

Para 16 de diciembre el Consejo Real se pronunció con una carta de emplazamiento al concejo de Alarcón y los hermanos Castillo. Parecía que daba la razón a la villa de San Clemente, pero en realidad, al emplazar a los Castillo a presentar alegaciones en la Chancillería de Granada, perjudicaba a la villa de San Clemente. obligándola a un nuevo y costoso pleito en un tribunal del que se dudaba de la imparcialidad de sus jueces, en opinión de Antonio de los Herreros, próximos a los Pacheco y a los Castillo. Quizás por evitar los costes de un pleito tan gravoso en la Chancillería de Granada, tanto el concejo sanclementino como Alonso del Castillo llegaron a una concordia el 31 de marzo de 1515. Ese día firmaron una carta de conveniencia e iguala por la que se comprometían a explotar mancomunadamente los molinos de La Losa, propiedad de Alonso del Castillo, como el que se estaba construyendo la villa en el vado del Fresno, ambos de seis ruedas. Además se regulaba la explotación y actividad de ambos molinos, evitando perjuicios entre ellos y se limitaba el derecho de maquila a media fanega por dieciocho cuezas. La escritura de compromiso se conserva en el Archivo Histórico de San Clemente***. Creemos que el compromiso fue respetado por Alonso del Castillo en un principio. De hecho, las obras del molino continuaron y por acuerdo del concejo ya el dos de diciembre de 1516 se intentó hacer partícipes a los hidalgos de los gastos de construcción. Pero a comienzos de 1517, quien rompía el compromiso era el otro hermano, Diego del Castillo. El diez de enero otorgaba poderes a procurador para reavivar el pleito latente en la Chancillería de Granada y el uno de octubre lograba obtener auto de este tribunal ordenando la detención de la obra del molino. Ya el veintiséis de agosto Diego del Castillo había mandado a procurador y escribano a certificar la continuidad de las obras, bajo la dirección del maestro vizcaíno Pedro de Oma y tres paisanos más, junto a otros doce obreros. Dos días después el nuevo gobernador Lope Zapata ordenaba paralizar las obras. Al día siguiente era el propio alcaide de Alarcón el que se presentaba en los campos del Picazo para ordenar a Pedro de Oma y su hijo Juan que detuvieran la obra. El día treinta el mandamiento del gobernador era presentado por notario al ayuntamiento de San Clemente. En este momento, ya desde hacía un año, los Origüela habían desaparecido del poder concejil de la villa, aunque Pedro aún logrará ser elegido regidor para San Miguel de 1517, en pleno proceso inquisitorial contra su hermano Luis.

San Clemente intentará desbloquear la situación en febrero de 1518 y continuar las obras del molino, comprometiéndose a dar fianzas como garantía. Pero el pleito se enmarañará durante dos años; el trece de abril de 1519, ambas partes son llamadas a aportar las pruebas definitivas antes de la sentencia final, que se pronunciará en Granada el 23 de marzo de 1520. San Clemente ganará el pleito.
fallamos que la parte del dicho conçejo justiçia rregidores ofiçiales omes buenas de la dicha villa de San Clemente prouó bien e cunplidamente su yntençión e demanda e todo aquello que prouar debía e damos e pronunçiamos su yntençión por bien provado e que la parte del dicho conçejo justiçia rregidores ofiçiales e omes buenos de la dicha villa de Alarcón e del dicho Diego del Castillo no provaron cosa alguna que les aproueche e damos e pronunçiamos su yntençión por no provada, por ende que devemos pronunçiar e mandar e pronunçiamos e mandamos que el dicho conçejo justiçia rregidores ofiçiales e omes buenos de la dicha villa de San Clemente puedan fazer e fagan el molino que començaron a fazer en término de la dicha villa en la rribera del rrío Xúcar baxo el vado que dizen del fresno
Alarcón y Diego del Castillo hicieron uso del derecho de súplica para echar atrás la sentencia, pero sus mismos argumentos eran el reconocimiento de su derrota: el uso privatístico del molino iba contra la costumbre y el fuero de Alarcón, pues las aguas del río Júcar, en sus diversos aprovechamientos, para beber o pescar, eran de uso común. Todos sabían que el uso y aprovechamiento común del suelo de la antigua tierra de Alarcón tocaba a su fin, pero los beneficiarios de su uso privado eran las villas de realengo. La reacción señorial de los años malos que siguió a la peste y las crisis de subsistencias de comienzos del quinientos había perdido la partida una vez más frente a las villas eximidas del Marquesado de Villena. La respuesta de Antón Fernández, procurador sanclementino no daba lugar a dudas
y siendo mis partes conçejos e universidad no tienen neçesidad de pedir a otro liçençia pues que ellos la pueden dar para  faser molino en término común
El ocho de mayo de 1520 se pronunciaba la sentencia definitiva.




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* Ayuntamiento de 17 de marzo de 1514: Pedro Sánchez de Origüela y Bernaldino de los Herreros, alcaldes ordinarios; Alonso González de Origüela, Antón López de Ávalos, Juan Sánchez el mozo, Francisco de Olivares, regidores; Gil Hernández de Alfaro, alguacil; Juan Sánchez de Olmedilla, procurador síndico; Antonio de los Herreros, Alonso Sánchez de Huerta, Pascual Simón y Pedro Sánchez el mozo, diputados del común. Para septiembre nos aparecen como diputados Garci Martínez Ángel y Juan López Cantero
** Estos vecinos eran Pedro de Montoya, Hernán Sánchez de Gabaldón, Antón López y Hernán Sánchez de Moratalla, por Vara de Rey, y Juan Fortún y Pedro Ruipérez, por Villanueva de la Jara. A ellos se añadieron Sebastián de Moya, Diego Zapata, Martín y Pedro Alonso, Martín Sánchez de Jábaga, Alonso de Peralta y Juan Collado, moradores de Vara de Rey, un hidalgo de San Clemente, llamado Antón García, y un vecino de Tébar llamado Alonso de Celada.
***AMSC. AYUNTAMIENTO. Leg. 44/33


ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA (AChGr). 01RACH/ CAJA 1628, PIEZA 15. Pleito entre Alonso del Castillo y la villa de San Clemente por la edificación de un molino en el vado del Fresno. 1515, 




Anexo: molinos de la ribera del Júcar, y el río Rus, según el catastro de Ensenada

Villa de Alarcón (en la ribera del Júcar)


  • Molino llamado del Inchidero, inmediato a la población, con cuatro ruedas, dos de ellas pertenecientes a los propios de la villa de Alarcón y dos ruedas propiedad de Juan Villanueva, vecino de Alarcón. Muele 400 fanegas, ochenta para el molinero
  • Molino llamado de Vizcarra, a media legua de Alarcón, de tres piedras o ruedas, muelen la mitad del año; propiedad de Manuel Bermúdez y Salcedo. 180 fanegas para el molinero 36.
  • Molino de la Noguera, distante media legua de Alarcón, muele con cinco piedras, once meses al año. Propiedad del Marqués de Valera. 550 fanegas, 110 para el molinero.
  • Molino de la Losilla, distante tres leguas de Alarcón, con tres ruedas, muele tres meses al año. Propiedad del Marqués de Valera. 240 fanegas de trigo, 48 para el molinero.
  • Molino de los Nuevos, distante de Alarcón tres leguas. Muele con cuatro ruedas tres meses al año. Pertenece a los propios de la villa de Villanueva de la Jara. 400 fanegas de trigo, ochenta para el molinero.
  • Molino de Valdespinar, distante de Alarcón legua y media, con cuatro piedras que muele diez meses al año. 400 fanegas de trigo, ochenta para el molinero. Propiedad de don Diego Julián López de Haro, vecino de Ciudad Real, y a don Pedro de Buedo, vecino de Vara de Rey y otros vecinos de Alarcón, que tienen otro molino al otro lado de río Júcar, que muele con cuatro ruedas, ocho meses al año. 250 fanegas de trigo, al molinero 50
  • Molino del Picazo, distante dos leguas. Muele con tres ruedas la mitad del año. Perteneciente a los propios de Alarcón. Muele 250 fanegas de trigo, 36 para el molinero

San Clemente (en el río Rus)

  • Siete molinos en el río Rus, distantes una legua de San Clemente, con dos puestos de piedra. El molino de Rus, propiedad del Marqués de Valera; otro que llaman Blanco, propiedad de Juan Caballón presbítero; otro que llaman de la Talayuela, propio de Francisco Prieto Roldán; otro que llaman el Sedeño, propiedad de Miguel Sedeño, regidor; otro que llaman el Segundo, propio de Juan Muñoz Céspedes, vecino de Valladolid; otro que laman el Primero, inmediato a la villa, propio de la iglesia parroquial; otro que llaman de Cueto, propio de Ana María Rosillo, monja trinitaria. Todos ellos muelen entre 15 y 60 fanegas.
  • Molinos de viento contiguos a la villa de San Clemente. Uno de las monjas carmelitas descalzas, otro propio de don Pedro de Oma y otro más de Lorenza María Martínez, vecina de Villarrobledo
Sisante (en la ribera del Júcar)

Hay tres paradas de molinos
  • Una que incluye dos molinos con siete piedras; uno, los intitulados molinos Nuevos, propiedad de Bernarda González Pacheco, vecina de San Clemente
  • Otra intitulada el Batanejo, con cuatro piedras, perteneciente a don Diego Mesía Pacheco, señor de Minaya
  • Otro llamado del Concejo, con cinco piedras, propiedad de la villa de San Clemente
La Losa (en la ribera del Júcar)
  • Un molino a doce varas de la población, propiedad del señor de Valera, con cinco piedras
Villanueva de la Jara (en la ribera del Júcar)


  • Molino del Picazo, dista dos leguas de la villa, con cuatro piedras