El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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sábado, 30 de diciembre de 2023

Censo a favor de las clarisas de Sisante

 Censo a favor del convento de monjas franciscas de la primitiva orden de Santa Clara, advocación de Jesús Nazareno contra doña y, que venía disfrutando Francisca Antonia Medina y Cabañas, mujer de don José Guzmán Laso de la Vega, vecinos de Sanlucar de Barrameda, por cesión del duque de Osuna. Se trata de un censo de veinte mil reales de vellón de principal. El censo viene de facultad real del 7 de marzo de 1535, aunque no se escritura hasta 28 de diciembre de 1548, y está cargado sobre las rentas y aprovechamientos de la villa de Archidona, sobre las arras y dote de doña María de la Cueva, condesa de Urueña, ese censo recae en los sucesores del duque de Osuna, que lo cederá a la mencionada Francisca Antonia, doscientos años después, en 3 de febrero de 1740, lo vende al convento de monjas de Sisante por mil pesos escudos de plata antigua. El interés del censo es de 33 al millar.

El 15 de diciembre de 1739 era abadesa del convento sor María Teresa del Santísimo Sacramento y monjas sor Agueda de la Santísima Trinidad, como vicaria, sor Agueda de Santa Catalina, maestra de novicias, sor Ana de la Presentación, sor Juliana de Nuestra Señora del Pilar, sor Antonia del Espíritu Santo, sor Josefa de San Francisco Javier, sor María de los Ángeles, sor María de San Francisco, religiosas discretas y velo negro de ese convento



domingo, 26 de noviembre de 2023

Villanueva de la Jara en 1639: una villa apretada y afligida

 En 1639, Villanueva de la Jara seguía el mismo camino que el resto de villas del corregimiento de San Clemente: el de quiebra de su hacienda municipal y el de la ruina económica de la propia villa. Los prohombres de su ayuntamiento, con apellidos que marcarán el devenir del pueblo en el siglo XVII (López de Tébar, Ferrer, Clemente, Ruipérez o Cañavate), reconocían que las deudas de la villa ascendían a 16000 ducados y que los prestamistas tenían su vecindad en Cuenca, Requena y Quintanar del Rey. Lo que no se decía era la vinculación familiar y comunidad de intereses de los miembros del concejo con esos prestamistas.

El origen de la ruina estaba fuera, en las necesidades militares de la Corona, y el reclutamiento, esta vez forzado, de hombres y recaudación de dineros para la llamada dotación de presidios. Los presidios eran plazas fuertes, donde se ubicaban soldados, que como arietes, ahora defensivos de la amplia geografía del imperio español en Europa, mantenían a salvo España del enemigo exterior. Las tornas habían cambiado para el todopoderoso Imperio y ahora se temía por la llegada de la guerra al suelo patrio. Ya en 1598 se había formado una milicia general de Reino, un primer y potencial ejército peninsular que debía defender con miles de hombres, reclutados en cualquier momento, el territorio peninsular de los ataques extranjeros. Aunque en el primer tercio del siglo XVII, la preocupación estuvo en la costa mediterránea y los ataques berberiscos, en la década de los treinta se decidió apuntalar los presidios africanos con nuevos hombres y, poco después, ante el peligro francés, se buscaron nuevos destinos para los reclutas en Huesca y el norte de Cataluña o plazas como Fuenterrabía, eso que hoy llaman Hondarribi, y que, entonces, se hizo famosa el año 1637, por un reclutamiento en toda Castilla de hombres para levantar el cerco francés. Si alguna vez ha existido un sentimiento patrio de España fue en aquella ocasión, especialmente después de la victoria contra los franceses, bien es verdad, que los soldados reclutados no sabían que, tras ser embarcados en Cartagena, su destino era Vascongadas. De estos reclutamientos tendremos ocasión de hablar, pues fueron muy crueles: jugaban las rencillas para deshacerse de vecinos del pueblo no queridos o poco asentados, junto a foráneos y gente rahez. La tragedia es que el común no llegó a ver que los próximos reclutas serían los labradores mientras araban sus campos.
Pero hasta que llegó el cataclismo de la década de los cuarenta y la guerra catalana, los hombres y los pueblos vivían ajenos a un futuro catastrófico que se avecinaba. Villanueva de la Jara no era diferente a otros pueblos. Una minoría enriquecida se estaba haciendo con el poder. El acaparamiento de tierras iba acompañado de su participación en los proyectos monárquicos que exigían cada vez más dinero. La Corona vendía todo, y ese todo era lo que los pueblos habían tenido como propio. Lo compraban las élites del pueblo: la almotacenía o correduría (pues estos impuestos municipales iban a sus bolsillos, en gran parte) o el oficio concejil de alguacil mayor, y pagaban los vecinos con nuevas sisas y repartimientos de tributos. Es ahora, cuando las viejas familias, que han adquirido una proyección regional, así los López de Tébar con enlaces familiares con los Ferrer en Requena, los Ruipérez presentes en las viejas aldeas jareñas de Tarazona y Quintanar o los Clemente, que de las aldeas dan el salto a Cuenca, adquieren esa notoriedad que ya no han abandonado hasta el presente. Su ascenso social va parejo a la ruina de los pueblos.

Villanueva de la Jara para hacer frente a sus deudas tuvo que consignar bienes y rentas para pagarlas en virtud de un decreto de 13 de octubre de 1636. Se decía que el concejo de la villa estaba muy apretado y de día en día se iba apretando más y sus oficiales estaban afligidos por no tener ni un real con que pagar. Era tal la presión de los acreedores, que la villa pedía que los pagos se graduaran en el tiempo para hacerlos efectivos y se nombrara un administrador para llevar las cuentas del concejo. Los gastos se habían multiplicado en los últimos años: la compra del privilegio de almotacenía y correduría había supuesto dos mil trescientos ducados, mientras que los donativos otorgados a la Corona ascendían a cinco mil ducados. En esta situación, Villanueva pidió una consolidación de su deuda, es decir, una graduación en los pagos y el nombramiento de un administrador que evitara las vejaciones y constantes gastos añadidos que le suponía el envío constante de ejecutores por los acreedores.

Entre los dineros tomados prestados a censo estaba un censo de 2500 ducados tomados en Requena al convento de monjas de la recolección de San José de la orden de San Agustín. Otros censualistas eran el convento de monjas de Santa Clara de Villanueva de la Jara, don Francisco Gómez de Sandoval, caballero de Santiago, como marido de doña María Román y Ortega, vecinos de Cuenca y regidor, doña Ana de la Cadena, viuda y vecina de Cuenca, don Melchor Granero de Heredia, vecino de Alarcón, Juan de Oñate Parreño, vecino de Quintanar del Rey, y Pascual Caiz, vecino de Quinatanar y de Villanueva de la Jara.

GASTOS ANUALES DEL CONCEJO DE VILLANUEVA DE LA JARA en 1637
  • Salario del corregidor de San Clemente: 17500 maravedíes
  • Salario del oficio de alférez mayor de la villa: 2500 mrs.
  • Salario de veintinueve regidores perpetuos a 500 maravedíes cada uno: 14500 mrs.
  • Salario de alcaide de la cárcel: 14000 mrs.
  • Salario de la persona que rige el reloj: 6000 mrs.
  • Salario del portero del ayuntamiento: 4500 mrs.
  • Salario del pregonero: 9000 mrs.
  • Salario del organista: 6000 mrs.
  • Salario del sacristán que toca las oraciones y a las ánimas del Purgatorio de noche: 3000 mrs.
  • Limosna que se da cada año a los conventos de San Francisco y de Nuestra Señora de las Nieves por los sermones de Cuaresma: cien reales (3400 mrs.)
  • Salario a los músicos de voces y chirimías que asisten a la iglesia parroquial de la dicha villa: 20000 mrs.
  • Salario del que toca el "uajín": 6000 mrs.
  • A los músicos que asisten con chirimías y van tocando delante del Santísimo Sacramento cuando se lleva a los enfermos: 6000 mrs.
  • Para la procesión del día de la Cruz de mayo hasta Nuestra Señora de Pozoseco, a una legua de Villanueva, y del pan, vino y queso que se da a los pobres: 15000 mrs.
  • La media anata de lo que procede en cada un año de las rentas de la escribanía, de la correduría y de la almotacenía del año 1637, se mando cobrar la décima del dicho año, y los seis antecedentes: 92301 mrs., 13180 mrs. al año
  • El salario del mayordomo de los propios: 8000 mrs.
  • Por cada raposa que se mata, 100 mrs. y de los lobos que se traen muertos, de ayuda de costa y por recoger la camada de los lobeznos: 200 reales (6800 mrs.)
  • De llevar la recaudación de la bula de la cruzada hasta la ciudad de Cuenca: 200 reales (6800 mrs.)
  • Gastos de la fiesta del Santísimo Sacramento del Corpus Christi y su octava: 20000 mrs.
  • De los gastos necesarios para reparar las dos casas de molinos: 200 ducados (75000 mrs)
  • De los gastos necesarios para reparar los once hornos en la villa y lugares de su jurisdicción, algunos de ellos hundidos: 600 ducados (225000 mrs.)
  • De los gastos necesarios para reparar la torre que tiene un reloj, con riesgo de hundimiento del chapitel: 600 ducados (225000 mrs.). Según algún testigo, los gastos podían llegar a mil ducados
  • Por los gastos de despachos para la guerra y otros ordinarios enviados por el corregidor de San Clemente: 100 ducados (37500 mrs.)
  • Por llevar los soldados de presidios a la villa de San Clemente y vestirlos y darles de comer hasta que parten de San Clemente: cien ducados (37500 mrs.)
  • Salarios del escribano y contador por tomar las cuentas de propios: 3400 mrs.
  • Del pago de las pensiones de los censos y llevar los dineros a Alarcón, Cuenca, Requena y Quintanar: 330 reales (11220 mrs.)
  • Gastos de papel sellado: 10200 mrs.
  • Reparación de la cárcel, sala del concejo, puentes y caminos: 50 ducados (18750 mrs.)

Ayuntamiento de Villanueva de la Jara de 10 de enero de 1638

Pedro López de Tébar y don Martín Ferrer, alcaldes ordinarios
Andrés Clemente, Pedro González de Tébar, Jorge Gabaldón, Antonio López Cardos, el licenciado Juan de Poblete y Tébar, Gregorio García, Alonso de Ruipérez, Juan Cano Carretero, don Andrés Pardo, Andrés de Gura Clemente, Pedro Monteagudo Cañavate, Alonso Cañavate, Martín Saiz, don Andrés de Alarcón Rosales, Juan Prieto y Juan Ortín Cardos

ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA, PLEITOS CIVILES, C-9819-19

miércoles, 29 de junio de 2016

El conflicto jurisdiccional entre el corregidor de San Clemente y Quintanar del Marquesado (1593)

Ya hemos visto cómo Quintanar del Marquesado había ganado en la Chancillería de Granada varias sobrecartas reconociendo la primera instancia en los pleitos frente al corregidor de San Clemente. A la altura de 1592, ganaría de nuevo provisión reconociendo dicho derecho. En este caso, se trataba de evitar que el corregidor de San Clemente entendiera en la disposición que del caudal del pósito hacía el concejo de Quintanar para pagar los réditos del censo que había tomado para pagar la compra del villazgo. Pero Juan de Benavides, corregidor ya en 1593, no estaba dispuesto a ceder sus prerrogativas, determinando la prisión de todos los regidores de Quiantanar, excusándose en que no le habían presentado dicha provisión para obedecerla. Cumpliría su amenaza y llevaría presos a algunos vecinos y regidores quintareños,incluido un alcalde, como también a uno de los alcaldes de Villanueva de la Jara, que se atrevió a defender la primera instancia de esta villa y, en consecuencia de su antiguo lugar de Quintanar. Villanueva de la Jara tenía razones para estar en conflicto con el corregidor Juan de Benavides y Carvajal, pues pretendía entrometerse en el arrendamiento que de las tierras de propios se habían hecho a favor de algunos vecinos del lugar. Pero el contexto era el mismo para Villanueva y su antiguo lugar del Quintanar. La recaudación del nuevo servicio de ocho millones incidía negativamente en los recursos de los pueblos y la disposición arbitraria de los propios por las oligarquías locales provocaba conflictos internos en las comunidades locales. Lógicamente la presencia del corregidor en estos conflictos no era bien vista por los pueblos.

El conflicto entre la villa de Quintanar y el corregidor se había desatado el 8 de abril de 1592, cuando Juan de la Torre, en nombre del concejo de Quintanar, requirió al corregidor licenciado Antonio Pérez de Torres a cumplir y obedecer las provisiones de la primera instancia, pero no sería hasta el 7 de noviembre cuando un nuevo requerimiento al alcalde mayor Juan de la Fuente Hurtado, aunque obedecido en un primer momento, sería respondido con  un mandamiento judicial al alcalde de Quintanar, Fernando Pérez de Oviedo, para que llevase esas mismas provisiones ante la justicia de San Clemente. El día 11, un alguacil ejecutor enviado por el nuevo corregidor de San Clemente, Juan de Benavides y Mendoza, a entender en las cuentas del pósito de Quintanar vería negada su ejecución con las mismas reales provisiones de primera instancia. Pero la comisión que tenía el corregidor para la cobranza del pósito era considerado como algo privativo. De hecho, las comisiones para tomar cuenta de los pósitos de las villas siempre había sido algo propio de la función interventora de los corregidores como mero ejecutores, de la que debían responder al final de su mandato en los juicios de residencia. Este cometido siempre chocaba con las oligarquías locales que usaban en provecho propio los caudales de los pósitos, olvidando la función benefactora de estas instituciones a favor de pobres y provisión de sementera para los agricultores. En el caso de Quintanar del Marquesado el origen del conflicto estaba en el uso que del caudal del pósito habían hecho sus regidores para pagar las pensiones del censo tomado para pagar el derecho de villazgo que se había conseguido treinta años antes. Creemos que el prestamista había sido el señor de Víllora.

La justicia de San Clemente, de mano del alcalde mayor de la Fuente Hurtado, enviaría a Quintanar a comienzos de enero de 1593 de nuevo al alguacil ejecutor Juan de León para proceder contra la justicia ordinaria y regidores de la villa, que habían suscrito el 21 de marzo de 1592 una libranza de 395 reales, sacados del pósito para pagar los réditos del censo del villazgo. Los alcaldes y regidores de Quintanar, conocedores de lo ilegal de su proceder, habían utilizado como testaferro para tomar el dinero a un vecino del pueblo llamado Onofre Martínez, que los pagaría a un tal García Sacristán, que actuaba como fiador del anterior.

La comisión del alguacil ejecutor Juan de León sería apoyada por otro alguacil, Bartolomé de Medina, y un escribano, Roque Salcedo, con la finalidad de hacer averiguaciones y también de hacer prisiones. Las prisiones iban dirigidas contra la totalidad de los regidores de Quintanar que solidariamente se habían responsabilizado de la libranza de 21 de marzo. Entre los nombres no faltaba ni un solo oficial del concejo quintareño: Juan Donate, Antonio Monteagudo, alcaldes ordinarios, y los regidores Alonso Martínez Donate, Martín Donate, Alonso Martínez Gómez, Juan Parreño, Pedro Ruipérez, Alonso de Mondéjar, Alonso García, Antonio de Terciaga, Juan Gómez, Miguel Pastor, García Donate, Alonso García Parreño, Juan de Aroca, Juan Parreño, Francisco Serrano escribano. Posteriormente otro alcalde de los hijosdalgo, Fernando Pérez de Oviedo, nos aparece firmando en la posterior carta de pago expedida en septiembre a favor del citado Onofre, que recibe el dinero de Jorge Prieto, recaudador de las pensiones del villazgo.

La primera fase de la comisión ejecutiva mandada desde San Clemente se inició a comienzos de 1593. De las averiguaciones se deducía el chantaje de los regidores quintareños a Onofre Martínez, que ejercía de boticario. Para marzo de 1592 la situación del concejo de Quintanr era desesperada. La villa estaba arruinada y sus vecinos, obligados por la contribución del servicio de millones, no tenían, tal como se decía, blanca, para pagar los réditos del censo del villazgo. Desde Cuenca había llegado Juan Valdés, acompañado de un alguacil para cobrar esos réditos. Así que se tuvo que echar mano del caudal del pósito. Los 395 reales que se sacaban del pósito se ocultaban en una operación fingida y presentada como un préstamo a Onofre Martínez, que se comprometía a devolverlos en trigo en el mes de agosto. Pero Onofre ni vería un real ni reintegraría trigo alguno al pósito en agosto, pues los 395 reales fueron directamente a las manos de Juan Valdés, cobrador de los réditos del villazgo. Por supuesto, en esta enrevesada operación Onofre era colaborador necesario y para disipar sus dudas los regidores se aseguraron de meterlo en prisión previamente y sacarlo de allí solamente el mencionado día 21 de marzo, en que fue conminado a presentarse en el ayuntamiento y firmar ante todos los regidores que recibía los 395 reales que no llegó a ver y que iban directamente a las manos de Juan Valdés. Por último Pedro García Sacristán asumía el papel de fiador de Onofre, aunque más bien habría que hablar de comparsa, pues el pobre hombre en su declaración reconocía desconocer el contenido y cuantía del préstamo tomado por su fiado.

La enrevesada operación sería desbaratada por el alguacil del corregimiento Juan de León, que exigiría el trigo adeudado por Onofre, que nuevamente sufriría prisión hasta que, en una nueva farsa, recibió la mencionada carta de pago de 395 reales en septiembre, que supuestamente le sirvieron para comprar trigo y saldar su deuda con el pósito. Ni qué decir tiene que los alguaciles de San Clemente no creyeron que Onofre hubiese entregado al pósito trigo alguno ni recibido préstamo dinerario.

Las posturas entre la justicia de San Clemente y la de Quintanar se enconarían  a partir del 23 de enero. Sin duda en San Clemente no se veía con buenos ojos la pusilanimidad del alguacil mayor del partido, Juan de León, que había delegado sus diligencias en la justicia de Quintanar del Marquesado. Ahora  sería sustituido por el capitán Juan de Garnica, hombre de confianza del alcalde mayor Juan de la Fuente Hurtado, que adoptó una actitud de más dureza. Pidió que Jorge Prieto exhibiese la carta de pago por la que había entregado los 395 reales, en la seguridad que era inventada, y ordenó la prisión de los alcaldes y todos los regidores y oficiales del concejo de Quintanar, que serían llevados a la cárcel de San Clemente. La orden afectaba a Juan Donate y Antonio Monteagudo, alcaldes ordinarios en la primera mitad de 1592, y a todos los regidores que habían firmado el 21 de marzo la citada libranza de esa fecha. Es más Juan Donate, se encontraba preso el 29 de enero de 1593, donde se le tomará confesión y reconocerá su firma, entre otras, en la mencionada libranza. Antes había declarado no recordar, por haberse emitido en aquellas fechas libranzas por valor de dos mil ducados, correspondientes a préstamos con cargo al caudal del pósito municipal.

El dos de febrero de 1593, Melchor Bermúdez, alguacil mayor del partido, pasa a Quintanar para apresar al resto de los regidores. Pero ya habían huido, por lo que se personó en sus casas para embargar diversos bienes con los que pagar el salario y costas de su comisión. Así de la casa de Antonio Monteagudo requiso un ferreruelo negro, un vestido de terciopelo de la época; al regidor Isidro Ruipérez le embargó una alfombra de cuatro varas; a Alonso Martínez Donate, alférez mayor de la villa, no le pudo embargar nada pues se hallaba alojado en casa de un familiar clérigo. Así una a una fueron visitadas las casas del resto de regidores ausentes, procediéndose al embargo de diversos enseres domésticos o de varias fanegas de trigo, caso de los regidores Juan Gómez o Antonio de Terciaga. En total el alguacil se personó en casa de quince regidores, todos ellos huidos. En su nombre responderían sus madres, mujeres y hermanas.

Para el seis de febrero los regidores huidos habían tomado la iniciativa y a través de su procurador Antonio de la Torre, presentaban una petición ante la justicia de San Clemente para que se respetaran los privilegios de primera instancia de Quintanar del Marquesado. Pero el licenciado de la Fuente Hurtado más allá de la formalidad del acatamiento de las reales provisiones de primera instancia, se reafirmaba en sus competencias en el asunto, pues se había violado la pragmática sobre conservación de pósitos y además los regidores quintanareños habían procedido con maldad y engaño:

tomaron del caudal del pósito de la dicha villa quatrocientos reales e para mexor encubrir su delito dieron librança en el mayordomo del pósito de la dicha villa para que los diese a un vecino della para que los diese en trigo el agosto siendo como eran para ellos sobre lo qual se hiço información e por ella resultando culpados  a mandado prender los dichos alcaldes e rregidores (folio 47 vº)

El licenciado de la Fuente Hurtado defendía además que su actuación contra los alcades y regidores quintareños respondía a una costumbre y proceder regular de la justicia del Marquesado y luego del partido de las diecisiete villas para evitar la malversación de caudales de los pósitos y su ruina. En el pasado, multitud de regidores de las villas del partido habían pasado por la cárcel de San Clemente, donde se sustanciaban sus causas y con ellos se evitaban los fraudes contra los pósitos y propios de las villas.

El pleito acabaría en la Chancillería de Granada sin que tengamos constancia de su continuidad, aunque creemos que la causa sería advocada por el Consejo Real de Castilla, que daría la razón al corregidor y alcalde mayor de San Clemente. Quintanar del Marquesado obtendría real provisión de la Chancillería de Granada con fecha 18 de marzo para que un receptor sacará traslado de los privilegios que de la primera instancia tenía la villa. El corregidor Benavides pidió se le entregará la real provisión y, esta vez sí, apresó a algunos oficiales del concejo quintareño antes su negativa. Para entonces el conflicto se había complicado por las intromisiones del corregidor en los arrendamientos que de los bienes concejiles se hacía en Villanueva de la Jara, apresando a uno de sus alcaldes y teniéndolo preso ocho días en la cárcel de San Clemente. Quintanar finalmente sí conseguiría que un receptor de la Chancillería sacase el traslado de las provisiones que la villa había ganado sobre la primera instancia, pero no parece que la actitud de los corregidores, en materia de bienes propios y pósitos, cambiara. De hecho, tenemos testimonios en el Archivo Histórico de San Clemente que a la altura de 1626, el corregidor seguía interviniendo en esta materia. ¿Qué había cambiado? Pues que tales competencias eran ejercidas no como propias de su jurisdicción sino delegadas por comisión del Consejo de Castilla. El caso es que según avanzaba el siglo XVII y las necesidades financieras de la Corona apremiaban a los concejos, las licencias reales para que los concejos dispusieran del caudal de sus pósitos con fines ajenos a los originarios de su fundación fueron en aumento.

El presente conflicto no fue un hecho aislado y se tienen constancia de enfrentamientos de las diversas villas del partido contra el corregidor y su alcalde mayor, tal es el caso de Villarrobledo. De hecho, las justicias ordinarias aprovechaban los juicios de residencia que sufrían los corregidores al final de su mandato para acusarles de intromisión en la administración de sus propios y los pósitos.




ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA (AChGr). 01RACH/ Caja 1010, PIEZA 15. Pleito entre el concejo de la villa del Quintanar del Marquesado y el de Villanueva de la Jara con Juan de Benavides Carbajal, corregidor de San Clemente, sobre jurisdicción. 1593

miércoles, 20 de abril de 2016

Martín Rosillo Cano: las memorias de la capilla de Santa Ana (II)


Martín Rosillo Cano añoraba su villa natal de San Clemente, pero también deseaba que su memoria y recuerdo perseveraran en su pueblo y, en especial en la capilla familiar de Santa Ana, para ello dispondrá que allí se coloque una figura devocional de San Martín y diversos objetos y ornamentos religiosos para dar mayor brillo y ornato a la capilla de los Rosillos; tampoco se olvidó en su testamento de sus familiares:

Ansimismo el dicho licenciado Martín Rosillo mandó se impusiesen otros dos mil pesos para que los cumplimientos que resultasen fuesen para el tal el patrón= más se remitiesen otros tres mil y setecientos y cinquenta pesos todo ello horro de costas y se distribuyesen en la forma siguiente = quinientos pesos para una imagen de San Martín obispo de bulto estofado y dorado que se pusiese en la capilla de los Rosillos, un cáliz dorado con su patena y un ornamento, casulla, dalmáticas, frontal y manteles= cien pesos para alcançar el jubileo y altar priuillegiado= ducientos y cinquenta pesos para mil misas reçadas y se digan en el señor San Francisco de San Clemente quinientas; otras quinientas el padre Mº  fray Martín de Zaluide su sobrino de la orden de Santo Domingo y en falta suia se digan todas en San Francisco= iten manda se den ducientos pesos a doña María Rosillo hija del dicho difunto y por su muerte se le digan de misas en San Francisco de San Clemente= yten se den trecientos pesos al dicho padre fray Martín de Zaluide para libros= iten se den mil pesos a doña Catalina Çaluide Rosillo sobrino del dicho difunto y por muerte de ellas a sus herederos= iten trezientos pesos a don Fernando Rosillo hijo de Fernando Rosillo= y otros trezientos pesos a su madre doña Isauel Manuel y por su muerte a sus herederos= iten se den a Blas Cano de Buedo seiscientos pesos, los quinientos para él y los ciento para su hermana y siendo muerto el dicho Blas Cano lo ayan sus erederos: y los cien pesos de su hermana se digan las misas para su ánima y las de sus padres

Las dos memorias constituidas en la capilla de los Rosillos sufragarían sus obligaciones con las constitución de diversos censos instituidos por su patrón Juan Cano Manuel, por entonces alcalde ordinario del estado de los hidalgos en la villa de Lezuza:
  • Un censo contra el licenciado Carretero y el licenciado Matías Carretero y a Isabel Gómez del Abad, vecinos del Bonillo, de 700 ducados y réditos de 12.825 mrs.
  • Un censo contra Pablo el Rubio, vecino del Bonillo, de 5.000 reales y réditos de 250 reales
  • Un censo contra don Gabriel de Encinas y doña Ana Gabaldón, vecinos de la villa de la Roda, de 4.400 reales y réditos de 200 reales.
  • Un censo contra Juan de Aragón Mejía y Joaquín de Aragón y sus mujeres Juana Y Catalina Díaz, vecinos de la Roda, de 7.700 reales y réditos de 13.090 mrs.
  • Un censo contra Bartolomé Jiménez de Contreras y Juana Gómez su mujer y Sebastián Jiménez Cisneros y María de las Casas su mujer, vecinos de la Roda, de 2.200 reales y de réditos 3740 mrs.
  • Un censo contra Diego Vázquez y Catalina Sánchez su mujer, vecinos del Bonillo, de 3.000 reales y 5.000 mrs. de  réditos.
  • Un censo contra Pedro Morcillo y Eufemia Muñoz, vecinos del Bonillo, de 3.300 reales y 5.610 mrs, de réditos.
  • Un censo contra Juan Martínez de la Iglesia y su mujer doña Teresa, vecinos del Bonillo, de 12.000 reales y 20.400 mrs. de réditos
  • Un censo contra Pedro Rubio y su mujer doña Ana de la Hoz, vecinos del Bonillo, de 4.400 reales y 220 reales de réditos.
  • Un censo contra Pascual López Moreno y Juan López Moreno, vecinos de la Roda, de 1.400 reales y 70 reales de réditos.
  • Una carta de pago a favor de doña Catalina Rosillo, vecina de San Clemente, de 9.000 reales
  • Una carta de pago a favor de Mariana Rosillo monja profesa francisca en San Clemente de 1.800 reales
  • Una carta de pago a favor de Bartolomé de Atienza, síndico del convento de San Francisco de San Clemente, de 1800 reales por el pago de 1.200 misas y otra carta de pago de 1.125 reales a favor del mismo Bartolomé de Atienza por 500 misas.
  • Una carta de pago a favor del padre fray Blas Cano, prior del convento de San Agustín de Castillo de Garcimuñoz, de 900 reales por las misas a favor del alma de don Antonio Cano.
  • Dos cartas de pago a favor del padre maestro fray Martín de Zalbide, prior del convento de predicadores del convento de Jaén, de 2.400 reales y 1.000 reales por el pago, en el último caso, por el pago de 500 misas.
  • Dos cartas de pago a favor del presbítero Melchor Cano Manuel y su hermana doña Luisa Cano de 1328 reales cada una 
Las dos memorias fundadas en la capilla de Santa Ana pervivirían en el siglo XVIII y darían a lugar pleitos por la posesión del patronato. Así el pleito entre Tomás Cano de Buedo con otros interesados por el patronato de dichas memorias el año de 1678.


Archivo General de Indias, CONTRATACION, 398B, N. 1, R. 7. Bienes de difuntos: Martín Rosillo Cano. 1639-1643

sábado, 31 de octubre de 2015

Hernando del Castillo, el licenciado Melgarejo y el ayuntamiento del 9 de noviembre de 1548.

Aquel mes de noviembre de 1548, el gobernador del Marquesado de Villena, Luis Godínez de Alcaraz, lo pasó en San Clemente. Su estancia fue aprovechada para la celebración de varios ayuntamientos para tratar temas ordinarios de la villa, en los que no faltaron la referencia a los numerosos pleitos en que se hallaba inmerso el pueblo en la Chancillería de Granada.
El ayuntamiento de San Clemente había perdido parte de su frescura democrática, desde que en 1543, y tal como sucediera en otras villas, una Corona agobiada por los problemas financieras de la enésima guerra con Francia decidiera vender los oficios de regidores perpetuos y acabar con su elección, como ocurría con los alcaldes ordinarios. Estos oficios que supieron mantener su independencia y la primera instancia frente a los gobernadores del Marquesado, acabaron siendo cargos añales al servicio de los grupos de poder local y su elección motivo de enfrentamiento entre los bandos.

La villa de San Clemente, acababa de salir de una de las crónicas crisis de subsistencia, agravada por una plaga de langosta, que le había obligado a tomar a censo 2.000 ducados en 1545 para el abasto de trigo, veía como los precios del trigo se hundían ahora e incluso el depositado en el alhorí de la villa tenía difícil salida. Antón Dávalos, abastecedor de la panadería, veía como perdía en cada libra de pan dos maravedíes. En frente de su negocio tenía a un Origüela, Gonzalo de Tébar, que se llevaba ocho maravedíes por la venta de cada arroba de un vino aguado, a decir de los vecinos. Sin duda, estos pequeños éxitos y fracasos personales en los negocios contribuía a alimentar los odios preexistentes, que, como hemos visto en otra parte, acabarían estallando el año 1553.

En la bajada del precio de los granos no debió ser ajena la decisión del ayuntamiento de tomar prestados del licenciado Melgarejo 2000 ducados, una parte de ellos en 700 fanegas de trigo, colocando así sus propios excedentes. No es que los regidores se dejaran engañar, más bien todos, o al menos algunos de ellos, participaron de la operación financiera, aunque más justo sería hablar de apaño.

Palacio de los Melgarejo 
El licenciado Melgarejo y su madre doña Juana de Olivares, vecinos de Castillo de Garcimuñoz, ya  a finales de 1545  habían prestado a la villa de San Clemente 1.000 ducados para la compra de trigo. El negocio fue redondo para madre e hijo, pues el dinero en manos del concejo sanclementino revertió enseguida a manos del licenciado Melgarejo como pago del trigo que este mismo proveyó a la villa a precio de nueve reales y medio la fanega. Además se garantizaba un 10% de interés anual en dos pagos semestrales. La villa había solicitado licencia real para tomar a censo 1.000 ducados más. Hernando del Castillo fue en auxilio de la villa, aportando la cantidad que faltaba.
El año 1548, la situación fue de nuevo calamitosa, una plaga de langosta arruinó las cosechas y los precios del trigo se desorbitaron, alcanzando los catorce reales de la fanega. Antón Dávalos, arrendador de la panadería pública, compró más de 500 fanegas de trigo pensando sin duda en hacer una buena inversión especulando con la necesidad ajena. Pero se equivocó, pues otros también tenía en mente operaciones especulativas de más calado. Allí estaban de nuevo el licenciado Melgarejo y el regidor Hernando del Castillo, dispuestos a prestar o a resolver sus problemas de liquidez de un plumazo.
Por supuesto que cuando se pidió al final del verano de 1548 la licencia real para un nuevo censo se justificó con la necesidad de pan que tenía la villa, aunque también para aliviar las exhaustas arcas municipales, que pagaban intereses por los préstamos del 10 por ciento. Se trataba de quitar, redimir, estos censos, pues había censalistas dispuestos a cobrar un interés menor del 14 al millar, un 7 por ciento de interés. Ni que decir tiene que el censalista predispuesto a rebajar el interés era de nuevo el licenciado Melgarejo, que de hecho, había impuesto un tipo de interés más favorable para sí que el autorizado por facultad real, que era del 18 al millar, es decir, el 5,5% de interés.
En la obtención de los permisos reales necesarios para el nuevo préstamo fue fundamental la información presentada por el bachiller Orozco, alcalde mayor del Marquesado. Que los regidores de San Clemente se habían ganado el favor de las autoridades del Marquesado no cabe duda. Pero más clarificador es cómo en la voluntad del alcalde mayor y del propio gobernador era decisiva la influencia de uno de los regidores, Hernando del Castillo.
Hernando del Castillo aparece como árbitro de la política municipal durante este año de 1548. De hecho, los plenos municipales del mes de noviembre de ese año destacan por la ausencia de los regidores. Solo cuentan con la presencia del gobernador del Marquesado Luis Godínez y el mencionado Hernando. Los cargos electivos del ayuntamiento, alcaldes ordinarios y alguacil mayor, parecen jugar el papel de meros comparsas. Pero el aparente dominio de Hernando también esconde la animosidad  y disputa del poder por otros regidores como los Herreros.

Hernando del Castillo, así como sus hermanos Alonso y Francisco, eran nietos del alcaide de Alarcón Hernando, y su poder económico se había afianzado en San Clemente con el matrimonio de su padre Alonso con María de Hinestrosa. Las alianzas familiares les llevarán a entroncar con los Pacheco de Minaya por el casamiento de la hermana de Hernando, Juana de Toledo, con Alonso Pacheco.
Ahora los Castillo buscarán el reconocimiento social e iniciarán un pleito en la Chancillería de Granada por su hidalguía contra el concejo de San Clemente. Su caso no era único. Desde 1543, que se venden las primeras regidurías perpetuas, la renuncia obligada a la hidalguía para ser aceptado en los oficios públicos dejaba de tener sentido, pues estos se compraban. La perpetuidad de estos oficios reducía a un papel secundario otros oficios como los de alcaldes ordinarios, cuya elección era objeto de disputas entre los bandos en los que se alineaban los regidores. La condición pechera para el acceso a los cargos de regidores dejó de ser un requisito y, por tanto, la consecución de la hidalguía un reconocimiento social de la primacía alcanzada en la vida local. Es ahora, cuando Hernando del Castillo, junto a sus hermanos Francisco y Alonso, acuden a la Chancillería de Granada en busca de la ejecutoria de hidalguía. No fueron los únicos, pues desde 1543 los expedientes de vecinos de San Clemente con aspiraciones nobiliarias se acumulan en este tribunal. Valga como ejemplo la siguiente numeración: Alonso Valenzuela, Jerónimo Montoya Abengoza, Antonio y Cristóbal de la Fuente, Francisco García (antecesor de los Monteagudo), Antonio Ruiz de Villamediana, Hernán Vázquez de Haro Pallarés, Juan Granero y los mencionados hermanos Castillo.
Pero las exenciones y privilegios de los nuevos nobles nunca fueron bien vistos en San Clemente. La villa luchará por evitar la concesión de nuevas ejecutorias, consiguiéndolo a veces, como en el caso de Cristóbal y Antonio de la Fuente, que se vieron obligados a dejar la villa y avecindarse en Santa María del Campo. La oposición al ennoblecimiento de los hermanos Castillo fue mucho mayor; las acusaciones judaizantes que pesaban sobre la familia se sacaron a la luz con motivo del expediente de hidalguía. No tardaría en recordar el concejo sanclementino los huesos exhumados y quemados en la Plaza Mayor de Cuenca de la bisabuela Violante González, alias Blanca o Blanquilla.

El inicio del pleito de los hermanos Castillo por su hidalguía en la Chancillería en la Chancillería de Granada se inicia ahora en 1548. Sus problemas con el concejo de San Clemente también. La necesidad de Hernando de liquidez inmediata para sufragar los gastos del proceso judicial explicaría en parte la sesión del pleno de 9 de noviembre de 1548.
 Las reuniones del concejo de San Clemente en aquel mes de noviembre eran, como hemos dicho reuniones muy reducidas, con la presencia del gobernador Luis Godínez Alcaraz. Asistían el regidor Hernando del Castillo Hinestrosa, el alguacil mayor Martín de Oma y los alcaldes ordinarios licenciado Perona y Alonso Martínez el bermejo. Dando fe de los acuerdos, el escribano Rosillo.
Pero el tema tratado aquel 9 de noviembre eran demasiado importantes como para que los regidores se inhibieran. Estaban presentes todos los regidores que desde 1543, habían comprado sus regidurías perpetuas: además del citado Hernando, Don Francisco Pacheco, Sancho López de los Herreros, Cristóbal de Tébar, Francisco de Herreros y Alonso de Valenzuela. Como invitado en la reunión estaba el licenciado Melgarejo.
Enseguida se pasó a tratar el asunto que les tenía allí presentes: la toma por la villa a censo de 2000 ducados a un interés del 7 por ciento, destinados a redimir censos anteriores, cuyo interés era del 10 por ciento. Aunque hemos de pensar que en aquella operación no se vio ni una sola moneda, el concejo se dio por recibidos los 2000 ducados del licenciado Melgarejo. El primero en saldar cuentas, fue el regidor Hernando del Castillo, poseedor de dos censos contra la villa de 85.125 maravedíes y 100.000 maravedíes al mencionado interés del 10 por ciento. No perdonó los réditos adeudados del segundo censo por valor de 6.666 maravedíes y  de la que ya tenía carta de pago del mayordomo de propios Pedro Hernández. En total, 191.791 maravedíes. Era tal la seguridad de este hombre en el control de la vida municipal que no se había molestado en escriturar el censo de 100.000 maravedíes.
El segundo en arreglar cuentas, de mano de sus familiares, fue Bernardino de los Herreros que cobró el principal de un censo de 50.000 maravedíes y los réditos de 5.121 maravedíes correspondientes a un año. Al unánime acuerdo a tres, se sumó el licenciado Melgarejo, que no sólo se aseguró percibir por adelantado parte de los réditos del nuevo censo 21.470 maravedíes, sino también un premio de 46.875 maravedíes. Al reparto se sumó Hernando Montoya, vecino de Minaya, con 982.5 maravedíes de los corridos de un censo de 13 al millar, hemos de suponer que Cristóbal de Tébar hacía de valedor y testigo de la operación.
Las partidas suponían la mitad del censo de los dos mil ducados, la otra mitad quedaba en manos del licenciado Melgarejo para redimir el censo de 1545, que recibiría además una renta anual de 53.561 maravedíes por los intereses anuales del 7 por ciento. Pero la operación de nuevo comprendía la colocación por Melgarejo de sus excedentes de granos a la villa de San Clemente, aunque esta vez la cantidad de fanegas se correspondía con un valor de 300 ducados. La aportación del trigo de Melgarejo provocaría el descenso generalizado de los precios. Antón de Ávalos, abastecedor de panaderías, que había comparado el trigo a 14 reales la fanega, tenía que renunciar al arrendamiento del negocio por perder dos reales del valor de cada fanega. Aún así, anduvo avispado, pues dos meses después el valor de la fanega del trigo había caído a nueve y ocho reales y medio en los territorios comarcanos donde se compraba. Coincidiendo con el acuerdo municipal del 9 de noviembre, se empezaba a liberar a bajos precios las 200 fanegas retenidas en el alhorí de la villa. En suma, en apenas dos meses se había pasado de una situación de necesidad extrema a una situación excedentaria en la que jugaron mucho los movimientos especulativos, en los que el licenciado Melgarejo y Hernando del Castillo no debieron estar al margen.
Pero en todas estas decisiones había ganadores y perdedores. Una muestra es el caso de Alonso Valenzuela, convidado de piedra en la reunión del día 9 de noviembre, que veía como el concejo se negaba a pagar, en su reunión del día 10 de noviembre, al licenciado Guedeja, casado con una Valenzuela, los  9.000 maravedíes por unos servicios como procurador que no prestaba. Pero el licenciado Guedeja ya debía tener miras más altas como abogado en la corte. Este conflicto se sumaba a muchos otros que escondían los bandos familiares y su lucha por el poder local.

El acuerdo entre los Herrero y Hernando del Castillo se rompería en la elección de oficios del año 1549. Para San Miguel de ese año Miguel de los Herreros y Sancho de los Herreros desplazarían como alcaldes ordinarios a los que no eran sino testaferros de Castillos y Pachecos, que se vieron marginados en la elección de ese año. Alonso de Oropesa se hacía con el cargo de alguacil mayor. Las diferencias entre bandos se manifestaba también en el recelo que despertaba la colaboración de los Castillo con el gobernador del Marquesado. No en vano, la villa se hallaba en conflicto con éste por la privacidad de la primera instancia de sus alcaldes. Sólo así se explica que para la alcaldía de 1549 se eligieran como oficiales a dos personas de primer rango, como eran los Herreros.
Caso más singular era el de los Origüela, a los que vemos enfrentados a todos. Juan González de Origüela mantiene un contencioso con el ayuntamiento por una deuda de 93.000 maravedíes por el abasto de carnes. Su hermanastro Gonzalo de Tébar, despierta las envidias de sus vecinos por los beneficios, ocho maravedíes por arroba, que le reporta el monopolio de la venta del vino en su tienda de la plaza. Pronto se planteará en el ayuntamiento la necesidad de abrir otra tienda  de vinos. Parece que defensores de la libre competencia en provecho de intereses particulares los ha habido siempre. No obstante, no se arredrarían los Origüela, que en 1550 consiguen poner a uno de los suyos como alcalde ordinario, Andrés González de Tébar. No lo aceptarán las viejas familias que mantendrán a Andrés y al otro alcalde elegido, Miguel Vázquez de Haro Pallarés, presos en la cárcel para que puedan seguir disfrutando de la alcaldía los Herrero.
Las contradicciones de las luchas de bandos se expresarían en el conflicto ya estudiado de 1553, cuando el alcalde Hernando Montoya, próximo a los Origüela, es malherido en la cabeza por la facción de los Jiménez-Dávalos y los Rosillo. A partir de aquí, el intento de linchamiento personal da lugar al conflicto sobre la limpieza de sangre. No se podrá doblegar a los Castillo, que fortalecidos por su alianza con los Pacheco, se permitirán el lujo de presentarse ante las viejas familias como descendientes de Clemente Pérez de Rus, pero sí a los Origuela, que, sin la intensidad de la segunda década, sufrirán nuevos procesos inquisitoriales.

(AMSC. AYUNTAMIENTO, Leg. 10/1, actas del ayuntamiento de 3, 7, 9 y 10 de noviembre)
(AMSC. AYUNTAMIENTO, Leg. 49/3 y 49/5, Censos a favor de los Melgarejo, 1545 y 1548)

viernes, 2 de octubre de 2015

El censo de 10.000 ducados a favor de Pedro González Galindo (II)

En alivio de la villa de San Clemente vino en 1607 don Pedro González Galindo, ofreciendo saldar sus deudas con un nuevo préstamo a menor interés. Se trataba de racionalizar la hacienda municipal, pues los diversos censos contraídos por la villa tenían diversos plazos en los cobros y tipos de interés diferentes, aunque el más común era de catorce mil maravedíes el millar, el 7%. El ayuntamiento pedirá licencia real para reducir todos estos préstamos a un único censo a 18 o 20 el millar. La facultad real será concedida el 20 de septiembre de 1606.
En la reunión del ayuntamiento de San Clemente de 12 de junio de 1607, se decide apoderar a dos de sus regidores para formalizar la escritura de censo con Pedro González Galindo, que delegará en su cuñado Francisco de Oviedo. De esa reunión y de los signatarios de la carta de poder conocemos la composición del ayuntamiento en ese momento: Presidía el corregidor Diego de Mendoza Mudarra y el alcalde ordinario Juan de Perona Montoya; eran regidores perpetuos el licenciado Diego de Montoya, don Rodrigo de Ortega, inmerso en pleitos con el ayuntamiento por ver reconocida su hidalguía, Diego Cantero, Bernardo Remírez de Oropesa, Francisco de Serrano, Francisco de Astudillo, Pedro de Monteagudo, don Juan de Castañeda, Bautista García Monteagudo, Miguel de Perona, Miguel de Perona, Diego de Agüero, Gómez de Valenzuela, don Diego de Valenzuela, Francisco de Montoya, Francisco Martínez de Perona y, por último, los dos que actuarían como apoderados del concejo, Alonso Martínez de Perona y Cristóbal de Ávalos. También acudió el alguacil mayor Pedro de Huerta y era notoria la ausencia del alférez mayor de la villa, don Juan Pacheco y Guzmán. Un ayuntamiento, que aunque con pretensiones hidalgas, estaba formado por pecheros con fuertes intereses ganaderos o que habían hecho fortuna en el ejercicio de oficios públicos.
Reconocía la villa tener obligados sus propios y los bienes de los regidores y contraídos otros censos sobre las rentas del pósito de don Alonso de Quiñones, el alhorí municipal y las carnicerías. La nueva escritura de censo a favor de Pedro González Galindo por valor de diez mil ducados se destinaría a redimir los censos mencionados anteriormente de doña Catalina Muñoz, doña Juana de Guedeja, de García de Medrano y otras personas, por un montante de 10.000 ducados. Se trataba de un censo redimible o al quitar con un interés de 18.000 maravedíes al millar, aunque después se renegociaría el interés a la baja, hasta 20 al millar, o sea, el cinco por ciento. Teniendo en cuenta el precedente del censo de Juan Guedeja, también ahora redimido, se hipotecaban la totalidad de rentas y propios del concejo:
  • La escribanía pública de la villa, con una renta anual de 600 ducados, y que en el futuro garantizaría el pago de intereses.
  • La escribanía del ayuntamiento.
  • La caballería de la sierra, de los pinares, montes, dehesas y términos baldíos, con una renta anual de 100 ducados.
  • Almotacenía, 200 ducados.
  • Correduría, 300 ducados.
  • Los aprovechamientos de los dos pinares en los caminos de Munera y Villarrobledo, el monte de encinas del Cadozo y San Ginés, camino de Villar de Cantos y Santa María del Campo.
  • Las rentas de los sitios y hornos.
  • Los censos perpetuos sobre las heredades y tierras de la cañada de camino de Villarrobledo.
  • Renta de 12.000 maravedíes sobre los oficios de fieles ejecutores.
  • Penas impuestas en virtud de ordenanzas.
  • El molino harinero, una barca en la ribera del Júcar, en término de Vara del Rey, que rentaba 100.000 maravedíes anuales.
  • Las casas del cabildo y ayuntamiento.
  • La casa de la carnicería, red de peso, cámaras y graneros para pósito y alholí.
La escritura de censo se firmó en San Clemente el 17 de julio de 1607, ante el escribano Francisco Rodríguez de Tudela. Los 10.000 ducados en reales de plata fueron recibidos de Francisco de Oviedo en mano por Alonso Martínez de Perona y Cristóbal García de Ávalos, un mes después se destinarían a redimir los censos comprometidos. Pedro González Galindo recibiría anualmente cada 17 de julio unos réditos de 207.777,5 maravedíes y, en caso de impago, además de someterse ambas partes a la justicia de corte, se procedería al envío de ejecutores con cargo a la villa de San Clemente y 600 maravedíes diarios de salario. Una cláusula curiosa es que en caso de daño o destrucción de las casas del concejo, éste se comprometía a arreglarlas en dos meses.
El censo sería garantía de otro censo de 3.500 ducados de vellón tomado por Pedro González Galindo el 18 de junio de 1631, pero sobre todo sería el origen de un pleito interminable con la villa de San Clemente.
Posteriormente San Clemente vería confirmado el 31 de mayo de 1634 por el Consejo de Castilla la decisión tomada por el concejo de la villa de 26 de noviembre del año anterior para que las rentas de la almotacenía, correduría y las escribanías se dedicaran íntegramente a pagar los réditos del censo de Pedro González Galindo. La  existencia  de  10  escribanías  del  número  y  una  de apelaciones  como  propios  del ayuntamiento se correspondía un privilegio otorgado por Felipe III, el 25 de diciembre de 1598, a cambio de la concesión de un servicio de 8.200 ducados, que debió pesar en
los orígenes del endeudamiento de la villa. A pesar de que la villa conseguiría ejecutoria en  el  año  1606  para  la  revocación  de  tres  de  esas  escribanías  del  número,  las  siete escribanías restantes y la de apelaciones pasarían  a ser propiedad del primer conde de Villaleal,  Benito  Galindo  Piquinoti,  que  las  acabaría  incorporando  al  mayorazgo fundado por su abuelo, junto a la almotacenía y la correduría y reconocida su propiedad por provisión de la Junta de Incorporación en 7 de marzo de 1716. A partir de aquí, los pleitos entre el conde de Villaleal, sucesor del mayorazgo fundado por Pedro González Galindo, y la villa de San Clemente serían continuos. En 1723, la villa de San Clemente consigue en la Chancillería de Granada nulidad de esta  venta,  entendiendo  que  el  conde  de  Villaleal  tenía  las  escribanías  por  prenda predatoria,  aunque  no  por  eso  se  acabaron  los  conflictos  con  el conde,  al  paso  que comenzaban nuevos conflictos con el marqués de Valdeguerrero. Tenemos constancia que  en  1744,  el  marqués  don  Vicente  Sandoval, aprovechando  su  control  del ayuntamiento,  subastaba  a  su  antojo los oficios de escribanos a favor  de  sus  fieles, removiendo a sus enemigos y acrecentado el número de escribanos a su antojo. Esta es la historia de la relación fiscal de los galindos y piquinotis con la villa de San Clemente, pero incapaz de explicar el odio que, al igual que los Astudillo, generaron en el pueblo.

Fuentes:

ARCHIVO GENERAL DE NAVARRA. FONDO PÉREZ SEOANE. FAMILIA PIQUINOTI. Censo de 10.000 ducados a favor de Pedro González Galindo y contra los propios de la villa de San Clemente. 17 de julio de 1607
AMSC. AYUNTAMIENTO, Leg. 49, Censos contra los propios de la villa de San Clemente. Años 1545 a 1775
Diego TORRENTE PÉREZ. Documentos para la Historia de San Clemente. Tomo II. 1975. Pp. 129-147
AHN. CONSEJOS. Leg. 25.537, Sobre consignación de la escribanía y almotacenía por deudas de réditos de un censo. 1634

jueves, 1 de octubre de 2015

El censo de 10.000 ducados a favor de Pedro González Galindo


Los inicios del seiscientos nos presentan a San Clemente como una villa endeudada. Se acaba de salir de la mortífera peste y de la destructora riada del año 1600 y de años de carestía que han creado un estado de necesidad en la villa, que ha obligado a hipotecar lo propios de la villa y el caudal del pósito y de las carnicerías. Ha contribuido también a este estado una reciente confirmación en 1598 de los privilegios otorgados a la villa sobre la propiedad de algunas rentas como la escribanía, la correduría la almotacenía y la caballería de la sierra. El endeudamiento se acrecentará con el pleito de la villa sobre el consumo de los dos oficios de alcaldes ordinarios, respondiendo a intereses ganaderos enfrentados, entre los regidores y el alférez mayor de la villa, don Juan Pacheco y Guzmán.
No era la primera vez que la villa tomaba dinero prestado a censo. A mediados del quinientos ya lo había hecho del licenciado Melgarejo y su madre Juana de Olivares, vecinos de Castillo de Garcimuñoz, para la compra de trigo, y otros préstamos de forasteros, vecinos de Albacete como Pablo Carrasco, habían hecho posible la remodelación arquitectónica en torno a la Plaza Mayor para construir ese espacio renacentista que hoy nos asombra. Pero la villa de San Clemente siempre había redimido estos censos con celeridad, a pesar de los vaivenes e intermitentes crisis del quinientos, como la penuria de mediados de siglo que denunciaba el procurador Tristán Calvete o los años más críticos en torno a 1570 y el enorme esfuerzo en hombres y recursos económicos que supuso la guerra de Granada.
Los préstamos para la compra de trigo era algo común y repetitivo en una villa atrapada por el monocultivo de la vid y necesitada del trigo de otras villas excedentarias como Villarrobledo o Albacete. El problema se hizo crónico en el último tercio del siglo XVI. Es entonces cuando se suceden las tomas de censos por la villa con los prestamistas, poniendo como garantía bien sus propios o bien el caudal del pósito de Alonso de Quiñones, creado en los setenta, complementariamente al más modesto alhorí de la villa, para regular el abasto de la villa y dar estabilidad a los precios del grano. No debió ser ajeno a este proceso de endeudamiento la sublevación de los moriscos de Granada, tanto por los prestamos tomados para la compra de armas o trigo con destino a esa guerra como por el estado lastimoso en que quedó la villa.
A la familia Melgarejo, se suman otros prestamistas en los años setenta, como los señores de Valera de Abajo o Isabel de Solís. No siempre el dinero va destinado al abasto de trigo; así, en 1575, la mencionada Isabel de Solís presta a la villa 925.000 maravedíes para pago de los oficios de fieles ejecutores, y en 1573 y 1586, Catalina Carrasco, viuda del regidor de Albacete Pablo Carrasco, amplía los prestamos que para la compra de trigo había hecho su marido a otros censos para la construcción del nuevo edificio que albergará el pósito y las carnicerías. La misma finalidad tendrá el préstamo de 4.000 ducados del doctor Olivares, vecino de Madrid, en 1577.
Es en la década de los noventa cuando el proceso de endeudamiento de la villa se acelera y, sobre todo, surgen las dificultades para devolver el dinero prestado. Muestra de ellos, es que empiezan a aparecer entre los censalistas vecinos de la villa para paliar el rigor de las condiciones de los censalistas foráneos. En 1586, el que tiene que socorrer a la villa es su alférez mayor, Juan Pacheco y Guzmán, con una cantidad de 6.000 ducados, que la villa sólo podrá redimir treinta años después de un fuerte contencioso con la familia. La misma cantidad prestará en 1599 el capitán Francisco González de Santacruz.
Así en la primer década del seiscientos hay una complementariedad entre prestamistas locales y foráneos, prefiriendo los primeros como garantía el caudal del pósito o de las carnicerías. Así lo había hecho Juan Pacheco, y ese dinero del caudal del pósito se empleará también para pagar las deudas de los prestamistas albaceteños, aunque sus censos tuvieran como garantía los propios. El pósito de don Alonso de Quiñones con un caudal de diez mil ducados era una garantía para la villa, que permitía la devolución rápida de los censos. A igual que Juan Pacheco lo sabían otros que en 1604 y 1605 acudieron con su dinero, tales como el indiano Diego de Tébar, que aportó 3.000 ducados, o Bautista García de Monteagudo y Francisco de la Torre, que aportaron otros tantos.
Pero otros no sólo buscaban garantías inmediatas sino más a largo plazo en los propios de la villa. Un concejo acuciado en 1601 por la necesidad de pagar el privilegio de la escribanía pública concedida a la villa tres años antes, empeñaba sus dehesa de Villalpardillo y los Pinares, como garantía de los 1.300 ducados prestados por Juana Guedeja de Peralta, viuda del regidor Francisco de Mendoza; previamente, había prestado otros 2.050 ducados para compra de trigo. Su hermano Juan de Guedeja, por entonces escribano mayor de rentas en Valladolid, prestará en 1605 la suma 4.000 ducados con el mismo fin, pero las garantías ahora serán desorbitadas. Prácticamente la totalidad de los propios de la villa, excluidos aquéllos ya hipotecados a su hermana, además del caudal del pósito. Diego Torrente Pérez ha calculado en cerca de 10.000 ducados la garantía; aunque podamos dudar del cálculo, tomamos como buena una cifra que marcará dos años después el umbral deficitario de la villa.
Nuevos prestamistas acudieron en socorro de la villa. Catalina Muñoz, viuda del capitán Oropesa, prestó 2.700, al igual que el canónigo de la catedral de Cuenca, García Medrano. Incluso el regidor Diego Montoya participó en este juego con 200 ducados. Los nuevos préstamos fueron acompañados de condiciones más gravosas no sólo para la villa, sino para los regidores, que hipotecaron sus bienes particulares y oficios públicos por valor de 32 millones de maravedíes.
 La situación creada fue de descontrol financiero. Aunque los intereses de la deuda se habían suavizado, respecto a la tasa del 10% de los antiguos préstamos de los Melgarejo; todavía el interés rondaba los catorce mil, o, en el menor de los casos, los dieciséis mil maravedíes al millar, es decir, el 7%. Incluso la tasa del censo de Juan de Guedeja había vuelto de nuevo al 10%. Más grave era la hipoteca de las rentas de los propios, que dejará huérfano al concejo en un momento de nuevas imposiciones fiscales y, sobre todo, más sentido era el problema por los propios regidores que habían dado con sus huesos en la cárcel a consecuencia del impago de los réditos de los censos, como reconocerán a la hora de tomar un nuevo censo con Pedro González Galindo en 1607.