El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

Imagen del poder municipal
EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

domingo, 14 de febrero de 2016

El Pedernoso (1787)


Plano de El Pedernoso (BNE. MSS. MICRO/14490. Diccionario Geográfico de España de Tomás López. 1787)

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Iniesta (1787)

Plano de Iniesta y su comarca. Escudo de armas de la villa de Iniesta  (BNE. MSS. MICRO/14490. Diccionario Geográfico de España de Tomás López. 1787)



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Gabaldón (1787)

Distancias de Gabaldón con los pueblos próximos. (BNE. MSS. MICRO/14490. Diccionario Geográfico de Tomás López. 1787)


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Las Mesas (1787)


Plano de Las Mesas. 1787 (BNE. MSS. MICRO/14490. Diccionario Geográfico de España de Tomás López)


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Las Pedroñeras (1787)

Plano de términos de las Pedroñeras  (BNE. MSS. MICRO/14490. Diccionario Geográfico de España de Tomás López. 1787)


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Sisante (1787)




Acompañamos un enlace de un plano de términos de Sisante según el Diccionario Geográfico de Tomás López (BNE. MSS.MICRO/14490)



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Un concejo "abierto" en Barchin del Hoyo y en El Peral en 1572


Los dos concejos abiertos celebrados en Barchín y El Peral el mes de octubre de 1572 contrastan por la omisión que de la orden real para formar cofradías se hizo en Barchín, sin apenas asistencia a la reunión, y el celo puesto en la contestación por los vecinos de El Peral. Esta segunda villa de ciento cuarenta vecinos nos ha dejado algo más que un traslado de un acta municipal. Su legado es un memorial que en su brevedad nos enseña mucho más sobre la vida de este pueblo y de toda la región que cualquier estudio erudito.




                                                                       (cruz)

la villa de barchín

En la villa de barchín a quinze días del mes de hotubre año de mill y quinientos y setenta y dos años estando en la casa en la sala del ayuntamiento desta villa los muy magníficos señores christóval de alfaro y blas gómez alcaldes hordinarios en la dicha villa por su magestad, bartelomé parrilla regidor perpetuo y juan de la hosa alguazil todos juntos de conformidad para rresponder a la provisión rreal de su magestad y mandamiento del señor governador sobre la cofadría que su magestad manda por su rreal provisión que se hordene en las villas y çibdades deste marquesado sobre el hecho y exerçiçio de los cavallos y armas que los dichos cofadres an de tener dixeron que ellos an platicado y conferido en su ayuntamiento sobre la orden que se avía de tener que este pueblo es tan pequeño y poblado de gente tan pobre que no ay en el vezinos que puedan sustentar caballos ni armas por lo qual en esta villa no ay dispusiçión para aver de hordenar la dicha cofadría pero que aviendo en que poder servir a su magestad servirán con y como lo deven a su rreal serviçio y esto dixeron que rrespondían a lo que por el señor governador les es mandado y firmaron de sus nombres los que sabían por los que no sabían firmar el presente scriuano christóval de alfaro blas gómez bartelomé parrilla por su mandado juan lópez de rreillo scriuano del ayuntamiento.
e yo el dicho juan lópez de rreillo scriuano del ayuntamiento desta villa que presente fui en huno con los susodichos señores alcaldes y rregidor por su mandado lo saque este disco testimonio en fe y testimonio de lo qual hize este mi signo a tal en testimonio de verdad (signo)
juan López de rreillo (rúbrica)


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                                                                       (cruz)

la villa del peral

en la villa del peral quinze días del mes de otubre del nasçimiento de nuestro señor jesuchristo fr mill y quinientos y setenta y dos años los magníficos señores rrodrigo de vera y sebastián gómez alcaldes hordinarios en esta dicha villa y martín del peral y juan de la xara rregidores y martín de navalón alguazil mayor todos personas e ofiçiales del conçejo desta villa dixeron que ellos an seydo rrequeridos con una rreal cédula e prouisión de su magestad dirigida a los conçejos deste marquesado sobre la cavallería que su magestad manda se hordene en estos rreynos dixeron que no enbargante que ellos se an juntado antes de agora a tratar e conferir en el cumplimiento de la dicha rreal çédula de su magestad e que agora para mejor efetuar lo que su magestad manda an mandado y mandan hazer conçejo abierto y para ello se an juntando los dichos señores del dicho ayuntamiento y están juntos los dichos personas del dicho conçejo y otros vecinos desta villa especialmente gaspar garçía y juan matheo y fernán gómez y simón garçía y bartholomé moreno y juan del castillejo y pedro lópez de chabarrieta y alonso garçía y pedro de contreras y martín del peral todos vecinos desta dicha villa los quales fueron espeçialmente llamados y mnadado venir y ansí todos juntos se leyó la rreal çédula de su magestad y platicaron sobre lo contenido en ella y uvo votos y opiniones y dilaçión de tiempo  hablando en ello e después de aver mucho tratado se acordó en la dicha ayuntamiento que esta villa es de hasta çiento y quarenta veçinos poco más o menos jente de buena casta y antigua y esta villa es muy antigua jente muy pobre y que el conçejo desta villa no tiene propios que valan diez mill mrs. y tiene muchos gastos y está muy adeudado que no se puede valer espeçialmente con estos años que an pasado y que son gente que desean servir a su magestad rreal y emplear sus vidas y personas y lo an fecho quando a ovido ocasión y son gente que si toviesen posibilidad les viene de línea (?) andar a cavallo y servir con ello y con armas a su magestad pero por la pobreza ansimismos de los veçinos no ay cavallos ni quien oy los pueda sustentar y si ay algunos o a ovido de días a sido para grangear y vender que se entiende muy bien que nynguno puede tener y sustentar cavallo si no es rroçín de lavor pero que si oviese ayuda de costa dando a cada uno doze mill mrs. para ayuda a sustentar caballos y armas cada un año que conprarían cavallos y los sustentarían y armas y dos cavallos personas desta villa y adelante se ofreçerán otros que para esto se les podría hazer merçed de un pedazo de término de los términos desta villa que es parte donde menos perjuyzio se podrá seguir al pasto común que es donde dizen la cañada la calera desde el mojón de la motilla toda la dicha cañada y lo que desde la dicha cañada ay hasta el mojon de yniesta que este término a sido otros tienpos dehesa para que agora lo fuese que puede valer a más valer hasta veynte mill mrs. cada un año y que si su magestad fuese servido de dar otras merçedes y libertades en las tales personas de a cavallo y lo que su magestad más fuere servido porque nynguna otra cosa ay de donde poder hazer ayuda y con esto y con lo que su magestad rreal fuere más servido darán el horden de fazer cofradía e fiestas y señalar días del año para ello y lo fazer y otros exerçiçios de armas y cavallos se juntaran con otros que se animarán a ello y con otros de la comarca desta villa y lugares que ay a una o dos leguas y no siendo así y faziendo la dicha ayuda es ynposible aver uno de a cavallo ny quien lo sustente y esto acordaron y que se ynbíe al yllustre  señor governador e lo firmaron los que sabían rrodrigo de vera sebastián gómez martín del peral juan de la xara pedro lópez de chabarrieta hernán gómez alonso garçía gaspar garçía simón garçía martín del peral bartholomé moreno pedro de contreras ante mi sebastián moreno escrivano público del ayuntamiento desta dicha villa del peral aprovado por su magestad y señores de su rreal consejo que a todo lo que dicho es de suso fuy presente con los dichos ofiçiales del dicho conçejo e de su mandado ansy este dicho aquerdo escreví en el libro de los acuerdos e por ende en fee y testimonio de verdad fize aquí este mio signo (signo)
                        sebastián moreno scriuano (rúbrica)

AGS, CC-Diversos de Castilla, libro 25, fol. 1. Expediente sobre formación de cofradías de 1572

Relación de San Clemente del año 1787 según el cura Francisco de Luján y Beamud

Cruz alabastro, Iglesia Santiago
La relación que presentamos sobre la villa de San Clemente nos proporciona diversos datos históricos y geográficos aportados por el párroco de la villa Francisco Luján y Beamud hacia 1787, que habrían de ser incorporados a las Relaciones o Diccionario Geográfico de Tomás López, conservado en la Biblioteca Nacional. Este mismo informe, resumido, lo hemos presentado ya según la versión de Tomás Mauricio López que se valió de los datos aportados por su padre en su Diccionario. Don Diego Torrente hizo una abreviada transcripción en el segundo tomo (página 375) de su conocida obra. Hoy presentamos el texto en su integridad.                                                     




                                                                              (cruz)

1º     La Muy Noble Muy Leal y fidelísima villa de San Clemente, que al presente  se compone de 950 vecinos en su casco sin otro 440 que hai en Aldeas, ocupa un espacioso llano, es de la corona Real, y para no ser enagenada de ella tiene seguridades de la Reyna Dª Isabel por su Real cédula despachada en Segovia en dos de septiembre de 1476 y confirmada vivae vocis oráculo en esta villa quando al pasar por ella los Reyes Católicos el año de 1488 le confirmaron sus privilegios, y el expresado con juramento hállanse confirmados por los Reyes Sucesores, y últimamente por Nuestro Amado Monarca Don Carlos 3º (que Dios guarde).

2º     Es cabeza de Partido a que hai sugetas 22 villas y otras ocho más se hallan sugetas a la Real Administración de rentas que hai en ella, y la del tabaco que tiene maior demarcación. Hai en ella una sola e Insigne Parroquia cuio titular es el Patrón de España Santiago Apóstol, y por las adyutrizes tiene las Yglesias de San Sebastián y de Santa Quiteria en sitios los más proporcionados para la administración de Sacramentos. Hai conventos cinco: uno de religiosos observantes de San Francisco, otro de Carmelitas Descalzos que es casa de Noviciado en esta provincia y de Religiosas son el de Trinitarias, el de Franciscas Isabelas y el de Carmelitas Descalzas, todas sugetas a los superiores de susÓrdenes. El Santuario más famoso es el de Nuestra Señora de Rus, cuio sitio se halla a distancia de una legua al Nord, y dentro de la población y a sus salidas tiene la grande y bien adornada  Hermita de Nuestra Señora del Remedio, la muy bella de San Roque en que se halla la Preciosa y Admirable Santa Cruz de Alabastro con primorosa arquitectura y de 4 varas de elebación y las de Nuestra Señora de las Nieves, San Juan Bautista, San Christóbal, y Santa Ana muy capaces todas y decentes.

3º     Es de la provincia de Cuenca y ésta le cae la Norte y distancia de 12 leguas. Tiene confinantes a la villa de Vara de Rey 2 leguas a Nordeste a la de Minaya al Sud y 3 leguas; a la de Villarrobledo, que es del Arzobispado de Toledo, a 3 leguas al Obest Sud Obest: a la del Provencio 2 leguas al Obest; a la de Alberca 2 al Nord Obest; y a la de Villar de Cantos 2 leguas al Nord Nord Est. Su jurisdicción y término es de 5 leguas del Nord al Sud y de 3 de ancho del Est al Obest.

4º, 5º y 6º    Por la Orilla de la villa al Sud y dentro de Arrabal pasa el Río Rus, el qual suele secarse en el estío y tiene dicho nombre porque corre y nace poco más arriba del parage así denominado; desde allí a esta población tiene cinco molinos, y a las salidas para el Est, Sud y Sud Obest hai tres puentes de Piedra muy capaces y permanentes: desagua el de Zangar a dos leguas al Sud Sud Obest  para el Guadiana en que fenecen: y No hai Montañas= Y de Santiago de la Torre despoblada le cae a 2 leguas del Obest Nord. No hai Bosques y sí tres Montes propios de villa, uno de Mata Parda y carrascas y dos de pinos donceles, no son grandes pero muy útiles por ser el pueblo escaso de leña.

7º       Clemente Pérez de Rus fundó este Pueblo a fines del siglo 11 u principios del 12; tiene esta villa por Escudo y Armas un Castillo en campo azul con dos estrellas de oro colaterales a su remate, y abaxo en el lado derecho de él una S y al izquierdo una C. en que se cifra su nombre de San Clemente. Siempre ha tenido Personas Insignes y ha sido Más fecunda de ellas porque sus muchas casas Nobles y ricas han proporcionado sus lucimientos y ascensos: y en la descripción general del Reyno echa de orden del Rey Felipe 2º en 1575 le cuenta su autor 82 casas nobles, y por otros manuscriptos por aquellos tiempos poblase quatro mil vecinos hasta que con la peste del año 600 se fue menoscabando y ha seguido su disminución hasta el expresado vecindario= Y aunque sea pasando en silencio sugetos de igual mérito y sin agravio suyo, porque no todo me es posible decirlo ni averiguarlo Digo que pocos días hace falleció en servicio de Nuestra Señora Princesa de Asturias su Camarera la Excelentísima Señora Marquesa de San Gil natural de esta villa. Fueron también de ella y en letras y virtud los Ilustrísimos don Juan Esteban Obispo de Thelesi, y Don Diego Ramírez de Fuenleal, Obispo de Pamplona. Hizo su memoria eterna el doctor Don Sebastián Fernández Tribaldos Prior de Roncesvalles con la fundación del Colegio de San Clemente en la Universidad de Alcalá y no debe olvidarse la memoria del DoctorDon Cristóbal de Tébar natural y cura de esta villa juntamente Capellán Mayor de la Santa Iglesia de Cuenca por haver sido expulsos los jesuitas de cuio Colegio fue fundador en este pueblo dexándole haziendas para su permanencia, también es perdurable la memoria del Doctor Francisco Sánchez Cathedrático en propiedad y canónigo Magistral que fue de la Universidad e Iglesia de Salamanca por la fundación que hizo del convento de estas Trinitarias. Escritores, consejeros y militares que separadamente pudieran haver echo famosa su patria, ha tenido ésta diferentes y solamente pongo en lista por famosos en Armas al theniente General don Francisco Pozobueno y a Miguel García Macacho que ascendió a governador de Mallorca, a don Iñigo Pacheco de Guzmán quatralbo de las Galeras de España Nieto del Duque del Infantado y Matheo Serrano el qual de soldado raso ascendió por sus méritos y grados al de theniente General de Artillería, Governador de la Inclusa y su castillo y del Consejo Supremo de Guerra en los Estados de Flandes=

8º     Es el terreno medianamente fértil espacioso y seguro para las cosechas de granos de especial calidad y de vino de buen gusto: y aunque por desabrigado no es a propósito para invernadero de ganados, tiene pastos para los demás tiempos y por lo mismo es pueblo de bastantes que pasan a extremo: de que resultan sobras de todas especies para surtir otros lugares después de dexar abastecido al propio de pan, vino y carne.

9º     No hai fábrica alguna=

10º    El jueves de cada semana hai mercado franco, continuado desde la concesión que le hizo la Reyna Doña Isabel= Hai feria franca anualmente en los días 14, 15 y 16 de septiembre por privilegio del señor Felipe Quinto; quien igualmente le concedió a esta villa los timbres de Muy Noble, Muy Leal y Fidelísima, en atención al zelo, gastos y peligros con que sus vecinos se portaron para sostenerlo en el throno.

11º    El Estudio de Gramática corrió de cuenta de los Regulares Expulsos y así el de Theología Moral por obligación a que le puso el fundador= oy aún se costea el preceptor de latinidad con los residuos de temporalidades y en el Convento de San Francisco hai lector de Cathedra de Moral=

12º    Son dos los juezes que hai para el Govierno, Correxidor que no pide ser letrado y Alcalde Mayor que siempre lo es y Asesor del primero= hai un Hospital asistido de los Hermanos de la Congregación del Divino Pastor los quales habitan el Colegio que fue de Jesuitas: y en él tiene la Real Junta de Caridad las Suyas y Dominio= Y la Real Sociedad las tiene en las Salas del Ayuntamiento, por estar creadas ambas de orden del Alto y Supremo Consejo y recibidas baxo la Real Protección.

13º    Es el pueblo saludable; y aunque en el año pasado y presente las tercianas perniciosas le han disminuido; por lo común siempre las listas de Matrículas suelen ser más los nacidos que los muertos=

14º    En el término de esta villa hai aguas saludables pero no minerales, ni sal, canteras, piedras, árboles ni yerbas extraordinarias=

15º    No se registra al presente inscripción o monumento de cosa antigua notable: pero al deshacer el arco de bóveda de la Iglesia Vieja para hacer la que oy tenemos, y fue antes del año 1575, según el citado Real Documento de San Lorenzo del Escorial, se encontró una lápida sepulcral que decía: Aquí iace el Honrrado Caballero Clemente Pérez de Rus, el primer Hombre que hizo casa en este lugar, é le puso por nombre San Clemente, é falleció en la era del nacimiento de Nuestro Señor Jesu Christo  (año 1098)= Es tradición conste. que vino desde dicho sitio de Rus en donde avía población y un castillo de que hai testigos; y conócese que era Dueño u Governador y a todo alude el nombre de la villa y escudo de armas que siempre ha conservado sin alteración.

Estas noticias he adquirido del Archivo de esta villa y por mismo tengo por fidedignas con mérito para ponerlas en virtud de mi ovediencia en la del Ilustrísimo Prelado quien hará de ellos lo que fuese de sagrado. San Clemente y abril  25 de 1787

                                                           Francisco de Luxán y Beamud cura propio (rúbrica)


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BNE. Tomás LÓPEZ: Diccionario Geográfico de España: Cuenca. MSS.MICRO/14490. pp. 648-649

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sábado, 13 de febrero de 2016

Un concejo "abierto" en Villanueva de la Jara en 1572

                                                        

Llamamos a este serie concejo "abierto", entrecomillado, porque lejos de serlo se reducían a concejos de los vecinos principales de los pueblos, a quiénes iba dirigida la real cédula para la formación de cofradías de nobles y, a falta de éstos, vecinos más señalados por su riqueza en cada localidad. De la penosa situación que de los pueblos se nos ofrece no hemos de dudar, notándose todavía el tremendo esfuerzo hecho para la guerra de Granada.

Salvo en algunas casos contados de la zona, con villas donde existía un importante número de hidalgos (Iniesta, Vara del Rey o San Clemente, en esté último caso creemos que lo que hay es un adelanto en el tiempo del ennoblecimiento de los vecinos ricos y participación en la vida pública de hidalgos de otros pueblos), la mayor parte de la población estaba formada por labradores y gente dedicada a la crianza de ganados. De ese común, empezará a destacar una minoría de labradores acomodados que pronto dará el paso para pedir su ennoblecimiento. Ahora puede más el deseo de esa minoría que una realidad de estrecheces por la coyuntura de la mencionada guerra de los moriscos. En esa minoría nos aparecen familias como los Monteagudo con un papel relevante, pero hay otras en rápido ascenso social y que conseguirán el protagonismo en la vida de Villanueva de la Jara, y en la de la ciudad de Cuenca, en el siglo siguiente: los Clemente y los Aróstegui.




                               la villa de villanueva de la xara


En la villa de villanueva de la xara en siete días del mes de otubre de mill y quinientos y setenta y dos años estando ayuntados en la sala del ayuntamiento desta villa los muy magníficos señores joachín de rruypérez e agustín de utiel alcaldes ordinarios en esta villa por su magestad y agustín de ualera y fernando de utiel y juan de uillena y benito de alcañabate y matheo garçía rregidores y pedro de monteagudo fiel exuecutor y pedro gonçález depositario general desta uilla y pedro de monteagudo rregidores perpetuos desta villa todos personas del conçejo e ayuntamiento della y estando ansí juntos para tratar sobre lo que manda su magestad por su rreal prouisión acerca de las confraternidades de cavallería  y armas que su magestad manda se faga en estos rreynos de castilla y sobre lo demás contenydo en la dicha rreal prouisión mandaron llamar a pedro de monteagudo el viejo y a pedro de monteagudo de martín de monteagudo y al liçençiado laredo y al bachiller pardo y a el doctor brauo y a el doctor nauarro y a juan de rruypérez y a juan saiz de poçoseco y a gines rrubio y a juan lópez de gaspar lópez y a pedro lópez de téuar y a juan garçía del olmeda julián de córdoua y tomás clemente gabriel de cauallón miguel garçía del holmeda gilardo borgoño juan poblete y pedro de róztegui  e ansí venidos mucho de los susodichos a el dicho ayuntamiento se les mandó leher y por mí el escriuano les fue leyda la dicha rreal cédula y abiendo sobre ello tratado y platicado de un acuerdo y pareçer dixeron que en mandar la rreal magestad que estos sus rreynos sean ennobleçidos con caballeros e hombres honrraados y prinçipales que sustenten armas y caballos y que sean usados y exerçitados en ellas les mandaua fazer y faze gran bien y merçed aunque es así que en esta villa los veçinos y naturales della biben  y prinçipalmente se sustentan de labrar y criar sin que aya en ella que tenga rrenta ni esquimo çierto y de causa de auer sido los años próximos pasados tan contrarios a esta granjería y manera de bibir no ay quien buenamente pueda hordinaria y forçosamente tener caballo y armas para seruir según el yntento de su magetady el conçejo desta villa de causa de los grandes gastos de la guerra de granada a fecho en seruiçio de su magestad está tan enpeñado y açensado que en mucho tienpo no podrá libertar los propios que tiene que son pocos y aunque esto es ansí todos en esta villa tienen los ánimos tan prontos e ynclinados al seruiçio de su magestad que con la presente neçesidad y estrecheça dicha animados con el favor y merçed que su magestad ofresçe y con ayuda de costa que de lo público con particular peruilegio podría rresultar paresçe que podría aber en esta villa número rrazonable de guisados de caballo según su bezindad y que en este caso con façilidad se podrá eregir la cofradía que su magestad en su rreal çédula y prouisión haze minçión y señalar dias (diez) diputados para el exerçiçio della y lo si demás que convenga al seruiçio de su magestad y lo firmaron los señores del ayuntamiento agustín de utiel joachín de rruypérez alcaldes fernando de utiel agustín de balera pedro de monteagudo (el viejo) benito de alcañabate Julián gonçalez mateo garçía pedro de monteagudo rregidores fuy presente andrés brabo scriuano ... e yo Andrés brauo escriuano de su magestad y del ayuntamiento desta dicha villa que de lo dicho fui presente en fe de lo qual fiçe aquí este mio signo (signo) de verdad                                        andrés brauo scriuano (rúbrica)


AGS, CC-Diversos de Castilla, libro 25, fol. 1. Expediente sobre formación de cofradías de 1572