El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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sábado, 20 de agosto de 2022

En busca del título de villazgo de Castillo de Garcimuñoz

 EL TÍTULO DE VILLA DE CASTILLO DE GARCIMUÑOZ


A mediados del siglo XVI, apenas si los hombres guardaban recuerdo de la lejana época en la que Castillo de Garcimuñoz había obtenido el villazgo un 3 de octubre de 1322, separándose de la villa de Alarcón, de cuya tierra había formado parte como aldea. Ello no obsta, para que en la memoria colectiva quedará grabada que el de villazgo no fue ni concesión graciosa de don Juan Manuel ni avenencia acordada con Alarcón. Con dineros, florines de la época, Castillo de Garcimuñoz, tuvo que comprar su libertad de la villa de Alarcón. Así lo contaba Martín Sáez de Palomera, un labrador de Pinarejo:

"Este testigo se acuerda oyr dezir toda su vida a ombres viejos muy ancianos que son ya difuntos vezinos que fueron de la villa de Castillo Garcimuñoz solía ser aldea y jurisdición y del suelo y del término de la villa de Alarcón y oy en día se dize y platica lo mismo y que siendo su aldea se avía libertado e ysymido de la dicha sujeción y le avían dado toda jurisdición civil e criminal y térmyno distinto y apartado y comunmente los dichos viejos antiguos dezían que avían dado los vezinos de la villa del Castillo Garcimuñoz ciertos florines al concejo de la villa de Alarcón por la libertad y esto como dicho tiene lo oyo dezir a sus mayores y más ancianos y lo dezían por cosa muy pública e notoria y que sobre ello este testigo se refiere a las escrituras e títulos que el concejo de la dicha villa del Castillo tendrá para su exención y libertad por donde parescerá la libertad"

La mención al título de villa de Castillo de Garcimuñoz de 3 de octubre de 1322 se la debemos al padre Burriel en el siglo XVIII, pero ese título se resiste a aparecer... y ocasiones no han faltado pues la villa del Castillo de Garcimuñoz tuvo ocasión de presentar copia del mismo en diversos pleitos y no lo hizo. ¿Por qué? 



jueves, 4 de agosto de 2022

Sentencia entre Santa María del Campo y el lugar de Pinarejo

 En el pleyto que es entre el conçejo alcaldes rregidores ofiçiales y omes buenos de la villa de Santa María del Canpo e Juan de Santacruz su procurador en su nonbre de la una parte y el conçejo alcaldes rregidores ofiçiales y omes buenos de la villa del Castillo de Garcimuñoz e Juan Sánchez de Quenca e Miguel Sánchez de Rrequena alcaldes del lugar de Pinarejo aldea e jurediçión de la dicha villa del Castillo e Juan Sánchez de Torres e Pero Martín Pellegero e Pero Garçía e Françisco de Torres e Bernal Gonçalez e Martín Sanyz de Palomera e Miguel Sanyz de Haro e Juan López de la Puebla e Miguel Loçano e Diego López Perdiguero e Christoval de Palomares e Alonso Gómez e Juan Blanco e Françisco López e Martín Gonçalez e Miguel Blas e Françisco Garçia e Juan Rredondo el moço e Miguel Gonçález e Marcos López Perdiguero e Juan Parrilla e Gonçalo Valiente e Alonso de Sazedón e Pasqual Loçano e Juan Garçés e Juan Martínez de la Osa e Martín Sánchez Gallego e Bartolomé Saynes Cañete e Juan Rredondo todos moradores en el dicho lugar del Pinarejo e Gastón de Cayzedo su procurador en su nonbre de la otra

fallamos que la parte de Santa María del Canpo probó bien e conplidamente su yntinçión e demanda e todo lo que probar devía damos e pronunçiamos su yntinción por bien probada e que la parte de la dicha villa del Castillo de Garçimuñoz e de los dichos Juan Sánchez de Quenca e Miguel Sánchez de Rrequena e Juan Sánchez de Torres e los otros sus consortes de suso declarados no probaron sus exebçiones ni defensyones no cosa alguna que les aprobeche damos e aprobamos su yntinçión por no probada por ende de que devemos condenar e condenamos a la dicha villa del Castillo de Garçimuñoz e a los dichos Juan Sánchez de Quenca e Miguel Sánchez de Rrequena e Juan Sánchez de Torres e a los otros sus consortes de suso declarados a que del día que con la carta executoria desta nuestra sentençia fueren rrequeridos hasta los nueve días primeros syguientes tornen e rrestituyan e dexen libres e desenbargadas a la dicha villa de Santa María del Campo e vezinos e moradores della todas las tierras llecas que tienen entrada e ocupadas sobre que este pleyto de que no tovieren y mostraren título espeçial e se las dexen libres e desenbargadamente sin les perturbar ni molestar en ellas so pena de cient mill maravedís para la cámara de su magestad en los quales les condenamos e avemos por condenados lo contrario haziendo sobre qual dicha pena mandamos a las dichas partes e a cada una dellas que agora e de aquy adelante guarden e cunplan entre ellos la sentençia arbitraria en este suçeso presentada que fue dada entre las dichas partes el año que pasó de mill e quatroçientos e quatorçe años la qual mando que baya ynserta e yncorporada en la carta executoria desta nuestra sentençia e por algunas causas e rrazones que a ellos nos mueven no hazemos condenaçión de costas contra ninguna de las dichas partes e por esta sentençia difinitiva juzgando ansy lo pronunçiamos e mandamos el liçençiado Muñoz el dotor Galves el leçençiado Diego de Deça

Dada e rrezada fue esta sentençia por los señores presydente e oydores de la audiençia de sus magestades estando haziendo audiençia pública en la çiudad de Granada en treynta días del mes de junio de mill e quinientos e treynta e syete años estando presentes los procuradores de amas partes a los quales luego los notifiqué testigos Hernando de Cordova e Antón H...e Juan Rruyz de Soria procuradores en la dicha ausençia

                                                                   sentençia

En el pleyto que es entre el conçejo rregidores alcaldes ofiçiales y omes buenos de la villa de Santa María del Canpo e Juan de Santacruz su procurador en su nonbre de la una parte y el conçejo alcaldes rregidores ofiçiales y omes buenos de la villa del Castillo de Garçimuñoz e Juan Sánchez de Quenca e Miguel Sänchez de Rrequena alcaldes del lugar de Pinarejo aldea e jurediçión de la dicha villa del Castillo e Juan Sánchez de Torres y Pero Martínez Pellejero e Pero Garçia e Françisco de Torres e Bernal Gonçalez e Martín Sánchez de Palomera e Miguel Sánz de Haro e Juan López de la Puebla e Miguel Lozano e Diego López Perdiguero e Christóval de Palomares e Alonso Gómez e Juan Blanco e -Françisco López e Martín Gonçález e Miguel Blas Françisco Garçía e Juan Rredondo el moço e Miguel Gonçález e Marcos López Perdiguero e Juan Parrilla e Gonçalo Valiente e Alonso de Sazedón e Pascual Loçano e Juan Garçía e Juan Martínez de la Osa e Benito de la Osa e Martín Sánchez Gallego e Bartolomé Sanynes Cañete e Juan Rredondo todos moradores en el dicho lugar de Pinarejo y Gastòn de Cayçedo su procurador en su nonbre de la otra

Fallamos que la sentençia difinitiva en este pleyto dada e pronunçiada por algunos de nos los oydores del audiençia de su cesára e catholica magestad de que por amas las dichas partes fue suplicado que fue y es buena justa e derechamente dada e pronunçiada por ende que la devemos confirmar e confirmamos en grado de rrevista syn enbargo de las rrazones a manera de agravios contra ella por amas las dichas partes dichas e alegadas en el dicho grado de suplicaçión e por algunas causas e rrazones que a ellos nos mueven no hazemos condenaçión de costas contra ninguna de las partes e por esta nuestra sentençia difinitiva en grado de rrevista juzgando ansy lo pronunçiamos e mandamos episcopus tuden el liçençiado Muñoz doctor Peñas el liçençiado Françisco de Montalvo el liçençiado Diego de Deça el doctor Galves el doctor Peñaranda

Dada e rrezada fue esta sentençia por los señores presidente e oydores del audiençia de sus magestades estando haziendo audiençia pública en la audiençia de Granada a diez y syete días del mes de henero de mill e quinientos e treynta e nueve años estando presentes los procuradores de las dichas partes Pedro del Marmol

AGhGr, Pleitos, 10921-1

domingo, 31 de julio de 2022

PADRÓN DE CASTILLO DE GARCÍMUÑOZ (IV): BARRIO DEL ROMERAL Y PUERTA EL POZO

Registro del pan que guardan los vecinos en sus casas, año 1584
  • Julián Castillo, 23 fanegas trigo en grano, 1 cebada y mantiene 7 personas y otros allegados, ha dejado de sembrar algunos barbechos
  • Juan Fernández Cobo, clérigo, 18 fanegas de trigo y 4 de cebada, 3 personas y una bestia, 
  • El bachiller Fernández Muñoz, clérigo, 4 fanegas de trigo, mantiene 4 personas, 
  • Juan de Quirós Candelero, 3 fanegas de cebada, 36 almudes de barbecho para trigo y 12 almudes para cebada, 3 almudes de centeno para siembra, mantiene 3 personas
  • Diego de Guadalajara, 14 fanegas de trigo, 1 fanega de cebada y 1 almud de centeno, 6 personas y tres bestias, 5 almudes de barbecho de cebada
  • Domingo de Lara, 6 fanegas de trigo, 10 de cebada y 3 de centeno, 5 personas que mantener y tres bestias, 50 almudes de barbecho que sembrar para trigo (20 almudes en la Puebla, granja del Castillo)
  • Teresa de Rueda, viuda de Juan de Roales, 8 fanegas de trigo, 5 personas, 10 u 11 almudes de barbecho para trigo
  • Pablo Belinchón, 12 fanegas de trigo, 12 de cebada y 3 de centeno, 4 personas, un par de mulas de labor y otra bestia, 44 almudes de barbecho para trigo, 12 almudes para cebada
  • Francisco de Araque, hombre mancebo, 19 fanegas de trigo y mantiene 3 personas
  • Amadora de Cuenca, viuda, la de Nicolás Candelero, 4 fanegas de trigo, 12 de cebada, 2 de centeno, 2 personas y dos pollinas, 8 almudes para sembrar, 9 de cebada y 3 almudes de centeno para la renta
  • Nicolás Candelero, labrador, con un par de mulas, tiene una fanega de cebada, paga renta, 30 almudes para sembrar
  • Francisco López, 5 fanegas de trigo, 38 fanegas de cebada, es labrador y mantiene ocho personas y un par de mulas, y dos bestias de servicio, 95 almudes de barbecho, 
  • Juan de Lara, 18 fanegas de trigo y 14 de cebada
  • Juan Pérez de Cañizares, 9 fanegas de trigo, 2 personas
  • Nicolás de Avilés, 9 fanegas de trigo, 4 personas, 
  • Rodrigo de Poveda, es labrador, con un par de mulas y siete personas, 45 almudes de barbecho para trigo, 4 almudes para centeno
  • Juan de Poveda, 14.5 fanegas de trigo, 24 fanegas de cebada, es labrador y tiene un par de mulas y otras dos alimañas, paga dos fanegas de renta a los herederos de Francisco Melgarejo, 6 personas, 53 almudes de barbecho para trigo y cinco para cebada
  • Alonso de Tébar, clérigo, 12 fanegas de trigo, 4 fanegas de cebada para una cabalgadura en Torrubia, 5 personas para sustentar, recibe 8 fanegas de renta de cebada en Torrubia
  • Diego Escudero el viejo, 3 fanegas de trigo, sin personas que mantener
  • Juan de Espinosa, 3 almudes de trigo y mantiene cuatro personas
  • Diego Belinchón candelero, 3 fanegas de trigo como mayordomo de Nuestra Señora de la Concepción y una fanega de centeno, es labrador, mantiene 3 personas, un par de mulas, dos muletas y una borrica, 35 almudes de barbecho para trigo y doce para cebada
  • Francisco de Belinchón, 6 fanegas de trigo y 3 fanegas de cebada, una de centeno, es labrador, mantiene tres personas, un par de mulas y un par de pollinas, 35 almudes de barbecho para trigo y diez de cebada
  • Francisco Candelero, 3 fanegas de trigo, 14 de cebada y 3 almudes, es labrador, el y su mujer, un par de mulas, 27 almudes de barbechos para trigo y 20 para cebada
  • Pedro de Araque, hermano de Juan de Araque, 28 fanegas de trigo, 9 fanegas de cebada, son 4 personas, 12 almudes de trigo en barbecho y 7 de centeno
  • Ana López, viuda de Alonso Ruiz, 2 fanegas de harina, ella sola
  • Alonso de Almazul, morador de las Casas de don Benito, rentero de don Luis Girón, 15 fanegas de trigo, labrador, un par de mulas, él y su mujer, 18 almudes de barbechos
  • Gabriel Hernández, morador en lasa Casas de don Benito, rentero de don Luis Girón, 3 fanegas de trigo, es labrador, un par de mulas, 4 personas, 12 almudes de barbecho de trigo y dos de centeno
  • Gonzalo García, una fanega de trigo y otra de centeno
  • Sebastián de Aranda, 3 fanegas de trigo, 12 almudes de barbecho
  • Lorencio Prieto, 1 fanega de trigo, 2 de centeno, 2 personas
  • Francisco Gómez, 2 fanegas de trigo, 1 de centeno y mantiene 7 personas
  • La señora María Carrillo, mujer de don Gonzalo Carrillo Toledo, 50 fanegas de trigo en las cámaras de Castillo y 60 fanegas en Honrubia, de las que ha dado 16 a su rentero en Honrubia Pedro Rodríguez para sembrar, compra y vende trigo, así a Garci de Santoyo, son en su casa 13 personas de pan comer, 50 almudes para sembrar, tiene en su casa 37 fanegas de cebada vendidas o mandadas a renteros, un pollino para la casa, ha vendido las bestias por no tener cebada, 3 almudes de centeno para las palomas, los renteros que tiene le han dejado muchos barbechos por no tener trigo para sembrar
  • Isabel Méndez, mujer de Francisco Juárez, 9 fanegas de trigo, y otras 9 fanegas compradas fuera del lugar, 6 personas
  • Julián Escribano, morador en las Casas de don Benito, 15 fanegas de trigo, 2 de cebada y una de centeno, es labrador, un par de mulas y un muleto, una pollina, son él, su mujer y 4 hijos, 34 almudes de trigo por sembrar, la cebada la tiene sembrada
  • Juan de Guardia, es labrador, un par de mulas, 170 almudes de barbechos para trigo, 20 de cebada, mantiene 4 personas, una bestia con una crianza
  • Domingo Candelero, 6 fanegas de trigo, 8 fanegas de centeno, 12 de cebada, 4 personas, es labrador, 1 macho de labor, 19 almudes de barbechos para cebada y 8 para centeno, 
  • Alonso Saiz de la Blanca, vecino de Torrubia, 14 fanegas de trigo, más otras 18 de cebada en sus casas de Valverde, 7 de centeno, es labrador, tiene un par y medio de mulas, una muleta cerril y cuatro pollinos, 7 personas y sesenta almudes de barbecho, aparte de lo sembrado, tiene 4 fanegas más de trigo para que un hermano suyo las siembre en Casas de don Benito.
  • Juan de Asensio, morador en las Casas de don Benito, labrador, 10 fanegas de trigo, 12 fanegas de cebada, 4 personas, un par de mulas, 40 almudes de barbecho para trigo y tiene sembrada la cebada
  • El señor Beltrán de Lara, en nombre de sus sobrinos Marcos, Gonzalo y Jerónimo, como curador de ellos, 54 fanegas de trigo y 20 de cebada, debe de renta 10 fanegas de cebada a María de Jaraba, vecina de Cuenca, 10 fanegas de trigo para su rentero Juan de Moya Remírez, vecino de Torrubia, 6 fanegas de trigo para su sobrino Juan de Pedrola, 8 personas, 1 bestia de servicio, tiene renteros y barbechos y no tiene con que sembrarlos
    IMÁGENES: REPARTO DE TRIGO PARA SEMBRAR BARBECHOS (AGS, CRC, 258, 12)





lunes, 25 de julio de 2022

PADRÓN DEL CASTILLO DE GARCIMUÑOZ (III): DESDE EL BARRIO DE LA PUERTA DEL SOL HASTA LA IGLESIA DE SAN JUAN BAUTISTA

 Registro de grano existente en las casas de los vecinos de Castillo de Garcimuñoz. Año 1584


  • Francisco de Tébar, 47 fanegas de trigo, 18 fanegas de cebada, 9 pastores, él, su mujer, 3 mozos y seis hijos. y mucha más gente en los tiempos de paridera y esquilo y ha menester otras sesenta fanegas de trigo para sustentar tanta gente
  • Alonso de Villarreal, tercero, tiene 32 fanegas de trigo ajeno: 7 del corregidor Velasco y 25 de los frailes franciscanos de Belmonte. tiene que sustentar 4 personas, un borrico y cuatro perros de ganado y otros borricos que andan con su ganado
  • Diego de Alarcón, clérigo, 27 fanegas, son él, su madre, dos hermanas y una moza
  • Catalina de Buenache, viuda de Sebastián Moreno, 21 fanegas de trigo y 7 de cebada, 6 personas que sustentar, dos machos y una pollina, 4 almudes de barbechos
  • Jerónimo de Guedeja, clérigo, 9 fanegas de trigo, 3 personas
  • Francisco de Villamayor, hijo de Isabel de Herriega, 6 fanegas de trigo, conviven con él, su madre y una moza
  • Francisco de Valera Remírez, un almud de trigo, 4 personas de costa, 8 almudes de barbecho que ha comprado
  • Julián de Tébar, 2 fanegas de trigo
  • Juan Álvarez de Arriaga, 20 fanegas de trigo, 3 de cebada, 18 almudes de barbechos para sembrar, 4 hijos, una moza, su mujer y él
  • Hernando de Alcocer, 2 fanegas de trigo, una moza y él que mantener
  • Juan de Araque, 30 fanegas de trigo, 4 fanegas de cebada, 6 personas para mantener
  • Matías de Buenache, 7 fanegas de trigo y 6 de cebada y media centeno, 5 personas que sustentar, él su mujer y tres hijos, dos mulas de labor, dos pollinas, y 50 almudes de barbecho para sembrar
  • Juan Zurujano, 27 fanegas de trigo, 27 fanegas de cebada, 7 fanegas de centeno, 6 personas que sustentar, un muleto, un rocín y una borrica
  • Alonso Chicote, 29 fanegas de trigo y como mayordomo de Nuestra Señora de la Concepción 12 fanegas de trigo para repartir limosnas, tiene también 8 fanegas de centeno y 16 de cebada; 7 personas, un macho de labor, un muleto y dos borricas, 18 almudes de barbecho
  • Antón Zurujano, 6 fanegas de trigo, a él y su mujer para mantener, un macho y una borrica 6 almudes de barbecho para sembrar
  • Benito Salmerón, 11.5 fanegas de trigo, en casa de Pedro de Buendía el tabernero, que se las trajo de Catalina la vieja y le costo de precio y portes 32 reales y 18 mrs. cada fanega. 6 personas para sustentar
  • Francisco Méndez de Sotomayor, 13.5 fanegas de trigo, 8 fanegas de cebada, 5 personas, él, su mujer, dos criadas y una sobrina y un caballo
  • Francisco Zurujano, 8 fanegas de trigo y 3.5 fanegas de cebada, mantiene a él y un nieto suyo
  • Juan López, maestro de enseñar a leer y escribir, 2 fanegas de trigo
  • Miguel de Arboleda, 20 fanegas de trigo, 6 personas sustentar, 
  • El doctor Francisco Cejalbo, cura de la villa, 53 fanegas de trigo, 8 personas en su casa para sustentar
  • Alonso Rodríguez, 10 fanegas de cebada y 3 personas para mantener y dos bestias menores
  • Juan Moreno el labrador, media fanega de trigo y 7 de cebada, 6 personas para mantener, 3 mulas y una burra, para sembrar 40 almudes de trigo, veinte de cebada y 6 almudes de centeno
  • Alonso de Villarreal, 15 fanegas de trigo, 3 fanegas de cebada y son once personas
  • El bachiller Pedro González de Alarcón, 12 fanegas de trigo, 3 de cebada y 3 personas, 8 almudes de barbechos. Sus hermanas Catalina de Secadura y Ana González, 3 fanegas de trigo y 3 almudes de cebada, son 4 personas
  • La de Francisco Soriano, viuda, 36 fanegas de trigo, 3 de centeno y 80 de cebada, 6 personas, 3 mulas y 4 borricos, tiene por sembrar 40 almudes, debe a la capellanía de Araque 8 fanegas
  • Ana Zurujana, viuda de Gil Saiz, 7 fanegas de trigo y 4 personas para sustentar, 
  • Francisco de Horcajada, 3 fanegas de trigo y 3 de cebada, dos de centeno y 4 personas en su casa
  • Andrés de Luna, 3 fanegas de trigo, 4 de centeno y seis de cebada, él, su mujer, un par de machos y 30 almudes de barbecho para sembrar
  • Francisco de Valdelmoro el mozo, 30 fanegas de trigo, 1 fanega de centeno, 5 personas, un par de mulas, dos pollinas, 30 almudes para sembrar
  • Francisco de Valdelmoro el viejo, 28 fanegas de trigo y 21 de cebada, 4 personas para sustentar, un par de mulas y una pollina con su crianza
  • Francisco Millán, 8 fanegas de trigo, 4 personas que sustentar
  • Mari Cortija, mujer de Alonso Peñalver, 6 fanegas de trigo y 4 de cebada, 6 personas para sustentar y un macho
  • Ana Méndez, mujer del doctor Ayllón, 19 fanegas de trigo, 19 fanegas de cebada, 10 almudes para sembrar de cebada y otros diez de trigo, tiene un borrico y una borrica
  • Catalina de Tapia, 16 fanegas de trigo, 2 personas para sustentar
  • Alonso Méndez, 13 fanegas de trigo y 14 de cebada, 7 personas, 40 almudes, un macho
  • Andrés de Araque, 39 fanegas de trigo, 20 que son de Ana de Liébana, beata de esta villa y su cuñada, y 6 de cebada, 12 personas que sustentar, 160 almudes de barbecho en Torrubia
  • Francisco Sainz, 5 fanegas de trigo y ocho de cebada, 8 personas (4 hijos y dos yernos)
  • Catalina Martínez, viuda, 8 almudes de barbecho que ha comprado en el lugar de la Almarcha, 2 personas, y doce fanegas de harina para los frailes que va cociendo
  • Doña Catalina de Liébana, mujer de Juan Velázquez, 30 fanegas de trigo y 7 persona
  • María Mancheña, mujer de Garci ce Vera, difunto, 4 fanegas de trigo, 3 de centeno, 3 personas para sustentar
  • Beata Ana de Liébana, 26 fanegas de trigo (20 en poder de Andrés de Araque), 3 personas que sustentar
  • Pedro de Liébana, 25 fanegas de trigo, 17 fanegas de cebada, 5 personas que sustentar y un criado, que ha de venir a servirle y un caballo, 16 almudes de barbecho para siembra y otros cien almudes en Villalgordo de renteros suyos
  • Luis Soriano, 20 almudes para sembrar trigo y 10 para cebada
  • Cristóbal de Roales, 4 fanegas de trigo, siembra a medias con Rodrigo de Poveda, dos personas
  • Pablo Lázaro, cinco almudes de trigo, siembra 3 almudes de cebada, sustenta él, su mujer y un pollino
  • Alonso Lacasa, 1 fanega de cebada, un macho de labor, 3 personas para sustentar, 3 almudes de barbechos para sembrar
  • Juan de Villar de Saz, panadero, 4 fanegas de trigo de Diego de Monteagudo y otras 20 fanegas de los alhoríes de esta villa para panadear y cuatro personas que sustentar
  • Miguel Navarro, carpintero, 5 almudes de trigo y pequeñas cantidades de cebada y centeno, 5 personas
  • Diego de Monteagudo, 4 fanegas de trigo en poder del panadero, 4 personas por sustentar y 20 almudes para sembrar
  • Alonso de Arroyo el viejo, 5 fanegas de trigo, 3 de cebada y 2 fanegas de centeno, 2 personas para sustentar y 50 almudes de barbecho
  • Alonso de Arroyo el mozo, 7 fanegas de trigo, él, su mujer y una hija, un macho y una borrica, 20 almudes para trigo y 8 almudes de cebada.
  • Juliana de Monteagudo, viuda de Juan de Carboneras, 4 fanegas de trigo
  • Alonso de Olivares, 6 fanegas de cebada, 4 personas y un macho de labor, 22 almudes de barbecho para trigo e cebada
  • Alonso Soriano, 30 almudes de barbecho trigales y cebadales
  • Juan de Villar del Saz, panadero, 10 almudes de barbecho
(continuará con el barrio del Romeral y puerta del Pozo)

sábado, 23 de julio de 2022

PADRÓN DEL CASTILLO DE GARCIMUÑOZ (II): DESDE LA PUERTA NUEVA HASTA LA PUERTA DE CUENCA

 Año 1584: Registro de granos en las casas desde la Puerta Nueva hasta la Puerta de Cuenca, y fuera de la villa. Se pregona el registro en la calle Corredera:

  • Francisco de Amaro, 3 fanegas y media, 4 personas de costa
  • El doctor González Caballón, 33 fanegas de trigo y 7 personas para mantener, más una beata y una moza
  •  Juan de Soria, 9 fanegas de trigo y 103 de cebada, no especifica la cantidad de personas de costa
  • Juan Fernández Cobo el mozo, 5 fanegas de trigo y 4 personas de costa
  • El beneficiado Ferrer, 8 fanegas de trigo en casa y once en la tercia, 3 fanegas de cebada y 3 almudes de centeno, 6 personas de pan comer
  • Miguel de Salas, 6 fanegas de trigo, 2 fanegas de centeno y cebada, 5 personas de costa y un pollino, 4 almudes de barbecho
  • Juan de Peñafiel, clérigo
  • Amador de Sema(?), 15 fanegas de trigo, 15 almudes de barbecho para sembrar, 9 personas de costa
  • Simón de Sema(?), 5 almudes de trigo en su casa, 3 fanegas en casa de su cuñado en Alcocer, 8 almudes sembrados y cinco para sembrar, 7 personas de costa
  • Alonso Piñán, 3 fanegas de trigo y son 6 personas
  • Pascual de Buendía, 20 fanegas de trigo de las que debe 7 a su hermano Cristóbal y 4 al alhorí, 7 fanegas de centeno y 15 de cebada, 58 almudes almudes de trigo para sembrar, es labrador, tiene un par de mulas y 7 personas de costa.
  • Bernardino de Socuéllamos, el mozo, 9 fanegas de trigo y 3 personas de costa
  • Francisco de Córdoba, 14 fanegas de trigo que trajo de Castilla la Vieja y 5 personas de costa
  • Cristóbal Martínez, once fanegas de trigo, 1 lechón y 4 personas, 4 almudes de barbecho por sembrar, 
  • Juan de Orbea, 46 fanegas de trigo, 24 almudes de barbecho por sembrar, 11 personas de costa. Tiene de Luis Ramiro seis fanegas de trigo y seis de cebada vendidas a Sebastián Bonilla
  • Bernardino de Socuéllamos el viejo, 7 almudes de trigo, 10 personas y cinco almudes en barbecho
  • Nicolás Ramiro, doce fanegas de cebada, cinco personas y una mula de alquiler
  • Francisco Poveda, 16 fanegas de trigo, 4 fanegas de cebada y 7 almudes de centeno, 4 personas y 30 almudes para sembrar
  • Juan el Frda., 8 fanegas de trigo, 4 de avena, 7 de cebada, 10 personas de costa y una bestia
  • Miguel de Peñafiel, 25 fanegas de trigo, 8 fanegas de cebada, 5 personas, 5 almudes para sembrar
  • Alonso de Valera, 22 fanegas, 3 almudes para sembrar, son 10 personas
  • Francisco del Cobo, 10 fanegas de trigo, 1 persona
  • Juan de Quirós el viejo, 5.5 fanegas de trigo, 27 fanegas de cebada, 40 almudes de trigo por sembrar, 40 almudes de barbecho y 5 personas
  • Luis Ramiro, 6 fanegas de trigo, 3 personas
  • Blas de Villalón, 13 fanegas de trigo y nueve de cebada, 5 almudes y 10 almudes de barbecho de trigo y 9 de cebada para sembrar
  • Sebastián Bonilla, 40 fanegas de trigo y 12 de cebada y 3 almudes de centeno, ha de dar seis fanegas de trigo a su padre Alonso de Torralba, 20 almudes de barbecho para sembrar, son 10 personas
  • Juan López, 3 almudes de trigo y dos fanegas de cebada, 8 almudes de cebada en barbecho para sembrar, 2 personas
  • La de Julián Luis y su hijo, tienen 5.5 fanegas de trigo, 6 fanegas de cebada, son dos personas,
  • Sebastián de Bonilla, en nombre de Isabel de Chieco(?), viuda, 15 fanegas de trigo, son 4 personas y 6 almudes de barbecho para sembrar
  • Felipe García, 3 fanegas de trigo y cebada dos fanegas, que es labrador con un par de mulas, 34 almudes de barbecho de trigo y 16 de cebada, 
  • Mari Pérez, viuda, 6 fanegas de trigo, 4 de cebada, 34 almudes de barbecho de trigo y cebada por sembrar, 4 personas
  • Nicolás del Castillo, 5 almudes de trigo, 70 fanegas de cebada, 30 almudes de barbecho, 7 personas, un par de mulas, un caballo
  • Priora de monjas de Nuestra Señora de Gracia, 150 fanegas de trigo, 12 de cebada, Son 37 monjas
  • Diego de Belinchón, 40 fanegas de trigo, 36 fanegas de cebada, 10 fanegas de centeno, 70 almudes para sembrar, 7 personas
  • Cristóbal Caballón, hijo de la de Merchante viuda, 2 fanegas de trigo, 47 fanegas de barbecho para sembrar, 10 personas, le ha dejado su rentero por no tener trigo para sembrar
  • Miguel de Palencia, 30 fanegas de trigo, 18 fanegas de cebada, 6 almudes de barbecho por sembrar, 5 personas
  • El señor bachiller Valenzuela, 11 fanegas de trigo y 36 almudes de barbechos para sembrar, 5 personas, un caballo y un par de mulas
  • Juan Cantero, 10 almudes de barbecho
ALDEA DE LA NAVA
  • Pedro Sanz Mingo,  20 fanegas de cebada, labrador con un par de mulas, 50 almudes de barbechos para sembrar, 5 personas
  • Pedro de Culebras, 60 fanegas de trigo y 20 de cebada, labrador con un par de mulas, le faltan 90 almudes de barbechos por sembrar, 8 personas
  • Cristóbal Catalán, 6 fanegas de centeno, es labrador con dos pares de bueyes, le faltan por labrar 25 almudes de barbecho de trigo, 4 personas
  • Francisco de Sandoval, 9 fanegas de trigo, cebada 3, debe 4 fanegas a Cristóbal de Buendía, en barbecho 40 almudes, 
  • La del bachiller Martínez, un macho, 40 almudes en barbechos, 
  • Miguel de Culebras, 5 fanegas de trigo para pagar la renta de Alonso de Villamayor, 24 fanegas de cebada y 4 de centeno, 34 almudes de barbecho para trigo, para centeno 10 almudes y para cebada seis o siete, 7 personas de costa
  • Martín de Torres, 1 fanega de trigo, 3 fanegas de cebada, 1 macho de labor, para sembrar 18 almudes de trigo y 20 de cebada, 4 personas
  • Mari Bez. la mujer de Diego Suero, 26 almudes de barbecho para trigo y seis para cebada, y que es rentero su marido de la villa.
(continuará desde el barrio de la Puerta del Sol hasta la iglesia de San Juan Bautista)

jueves, 21 de julio de 2022

PADRÓN DE CASTILLO DE GARCIMUÑOZ (I): Plaza, EL Azoguejo y calle de la Rúa

 El Consejo Real se hacía eco el 23 de octubre de 1584 que no se había cogido pan alguno en la cosecha del verano en las tierras de Alarcón y Castillo de Garcimuñoz. La esterilidad de los campos ese año, la grande seca se decía, se unía a los malos años anteriores; los campos en barbecho porque no había trigo para sembrar y el que había estaba en manos de especuladores que lo almacenaban en cámaras a la espera de su venta a excesivos precios. Era hacia estos especuladores contra los que se esperaba actuar para garantizar la sementera de ese otoño. Era tal la necesidad que se mandó hacer un registro de las tierras en barbecho y del trigo almacenado; se ordenó que la mitad del trigo depositado en los depósitos se destinase a la siembra. Para cumplir tal cometido se mandó un superintendente, un comisario real con plenos poderes. Una figura de gran interés para nosotros, pues hasta ahora solo la habíamos encontrado en el campo de la guerra en la década de 1630 y en el fiscal en 1640.

Registro de vecinos de Castillo de Garcimuñoz con trigo en sus casas (no se relaciona la harina bien de trigo bien de cebada que tienen en sus casas, Francisco Caballón, comisario al efecto.


PLAZA Y AZOGUEJO Y CALLE DE LA RÚA HASTA SAN AGUSTÍN

  • El bachiller Meléndez de Valdés, abogado de la villa, 40 fanegas de trigo y doce de cebada, aunque declara tenerlas comprometidas para sembrar. Tiene cinco hijos y dos criadas y espera otra criada
  • Violante de Tébar, viuda del licenciado Caballón, 28 fanegas de trigo y dos de cebada. Tiene dos hijas doncellas y dos criadas. Seis fanegas de trigo están reservadas para su hijo el bachiller Caballón
  • Luis Díaz zapatero, seis fanegas de trigo, 5 personas de costa en su casa
  • Francisco Pérez zapatero, 26 fanegas de trigo, 5 personas de pan comer en su casa, sin los obreros que tiene entre año
  • Melchor de Chinchilla, 12 fanegas de trigo y cebada; cinco personas a su costa y cinco almudes para sembrar en barbecho
  • Alonso Rodríguez de Vera, escribano, 10 fanegas de trigo; 8 personas de costa en su casa
  • Alonso de Avilés, regidor, 40 fanegas de trigo y doce de cebadas; son trece personas para comer en su casa
  • Gabriel de Alarcón en nombre de su hijo Juan de Alarcón, 7 fanegas de trigo y 5 almudes de avena y escaña. Son cuatro personas de pan comer en su casa
  • Lorencio de Roales, 9 fanegas de trigo y 24 almudes en barbecho para sembrar. Son tres personas de pan comer
  • Antonio Cejalvo de Alarcón, 7 fanegas de trigo; cuatro personas para sustentar
  • Pedro Saiz de Belmonte, clérigo. 22 fanegas de trigo y de un hermano que está en Madrid para sustentar
  • Juan Yáñez de Liébana, 34 fanegas en total; ocho personas que sustentar y una borrica; ha de sembrar 16 almudes que tiene en barbecho
  • Juan López de San Bartolomé zapatero, 14 fanegas y cuatro personas a su costa y una borrica
  • Melchor López, 6 fanegas; sustenta 3 personas y a veces cuatro.
  • García de Santoyo, 37 fanegas; siembra 5 o 6 almudes. Son 8 personas y una huérfana. Tiene además 21 fanegas de trigo y 18 fanegas de cebada, que le dio Pedro Pardo, secretario del Santo Oficio de Cuenca
  • Fernando Alonso zapatero, 6 fanegas y 5 personas que mantener
  • Juan Rodríguez, sastre, 4 fanegas; 9 personas y dos pollinos
  • Juan de Alarcón, 28 fanegas, 9 personas a su costa
  • Ángela de Tébar, 5 fanegas y cuatro personas de costa
  • Juan de Lea..., 6 fanegas y cuatro personas a su costa
  • Agustín de Cejalbo y su madre Catalina de Lea..., 11 fanegas y 17 fanegas que guarda de otro vecino apellidado Guadalajara; ocho personas de costa y un borrico
  • Isabel Hernández su tía, 17 fanegas de trigo y 3 personas de costa
  • Francisco Meléndez, escribano, 13 fanegas; son tres personas y un borrico
  • Juan de Murcia, fraile profeso y procurador del convento de San Agustín, 150 fanegas de trigo y 85 fanegas de cebada, 16 frailes conventuales y dos criados. El trigo se emplea para limosna y alimento de los huéspedes
  • Pedro Melero, clérigo y comisario del Santo Oficio, 28 fanegas. Tres personas y un criado
  • Licenciado Andrés Muñoz, clérigo, 7 fanegas, 6 personas de costa
  • Alonso Martínez, procurador de Bárbara Rodríguez, 4 fanegas y 4 personas a sustentar
  • Doña Elvira de Alarcón viuda, 22 fanegas y 4 personas a sustentar
  • Alonso Valero, mercader, 44 fanegas y 9 personas a su costa. El grano lo tiene para recueros y arrieros que acuden a la villa
  • Domingo Torrecillas, zapatero, 4 fanegas y 8 personas de pan comer y un pollino
  • Fernando de Tébar, calcetero, 21 fanegas, 7 personas, una mula y un borrico
  • Francisco Ortega, 2 fanegas y 4 personas, una haza de 4 almudes para sembrar
  • Juan Moreno, tabernero,1 fanega, 3 personas y 6 borricos, 25 almudes de barbecho
  • Cristóbal de Guardia, zapatero, 1 fanega y 4 personas de costa
  • Alonso de Arellano, barbero, fanega y media, once personas
  • Diego de Soria, 10 fanegas y 10 personas
  • Francisco de Lea..., 4 fanegas y 6 personas
  • Juan de Soria, en nombre de su suegra María de Quirós, 2 fanegas y 3 personas
  • Juan Calero en nombre de Ana y María de Quirós, sus hermanas, 4 fanegas y 3 personas
  • Juan de Pedrola y Acuña, 6 fanegas y 6 personas
  • Cristóbal de Buendía, 7 fanegas y 3 personas
  • Pedro Martínez, 1 almud y dos personas
  • Pedro Muñoz, zapatero, 6 fanegas para sembrar y 5 personas
  • Catalina García, mujer de Pedro Peñuelo, sastre, 4 almudes de trigo y 7 fanegas de cebada, 4 personas
  • Luis Meléndez, en nombre de Toribio Meléndez, 40 almudes de barbecho en Pinarejo y no tener con qué sembrarlos
  • Juan Ramón en nombre de Bárbara Gómez, 10 fanegas de cebada para provisión del mesón y una fanega de trigo, 3 almudes para sembrar y 6 personas de costa
  • Alonso de Villamayor, 12 fanegas de trigo, 52 fanegas de cebada, 16 personas a su costa, cinco bestias, y 40 almudes para sembrar
  • Juan Yáñez Sobrino, 5 fanegas de trigo, cinco personas de costa y  30 almudes para sembrar
  • Miguel López de Buenache, vecino de Ucero, aldea de esta villa, 10 fanegas de trigo y cinco personas de costa; 30 almudes de trigo para sembrar
  • Lorenzo Jiménez, vecino de Ucero y Casas de don Benito, 5 fanegas de trigo y son cinco personas de costa; 55 almudes de barbecho
  • Francisco del Castillo, viuda de Francisco Alonso, 25 almudes de barbecho para sembrar 
  • Doña Isabel de Morales, mujer de Francisco de Herrera, 24 fanegas de trigo, 7 personas de costa
  • Pedro Gallego zapatero, 5 almudes de trigo para sembrar, 7 personas de costa
  • Gabriel de Santacruz, 5 fanegas de trigo y 3 personas de costa

sábado, 18 de junio de 2022

EL GOBIERNO CONCEJIL DE ALARCÓN Y CASTILLO DE GARCIMUÑOZ

 EL GOBIERNO CONCEJIL DE ALARCÓN Y CASTILLO DE GARCIMUÑOZ

En las villas de realengo del marquesado de Villena, el gobierno municipal quedó en manos de los pecheros, o, a mejor decir, de los posteros, aquellos que contribuían con determinado nivel de impuestos a los gastos de la comunidad. En San Clemente, el gobierno municipal quedaba a inicios de 1500 en manos de sesenta familias, aunque no era extraño ver concejos abiertos. Los que tenían vetado el acceso a los oficios públicos eran los hidalgos, al fin y al cabo, no contribuían.
Ese acceso a los cargos concejiles sí que lo tenían reservados los hidalgos en Alarcón y en Castillo de Garcimuñoz, aunque la reforma del gobierno de Alarcón (y sus cuatro alcaldes) corresponde a Sancho IV, había sido Alfonso X quien había institucionalizado un cuerpo de 36 caballeros aguisados, que por rotación trienal y en grupos de doce copaban el gobierno municipal y las caballerías de sierra. En Castillo de Garcimuñoz, asimismo como en Belmonte, y a imitación de las ciudades andaluzas el gobierno quedó reservado a los veinticuatro. Un grupo de los principales en ese número se repartían el poder local rotatoriamente en periodos trienales. Los veinticuatro se establecieron con las ordenanzas de 1497, que reconocían el derecho de estos veinticuatro, hidalgos y con rentas superiores a 40000 mrs. a nombrar dos regidores más del estado de labradores entre seis propuestos (la apertura a los labradores también se daría en Alarcón). El gobierno de los veinticuatro tenía sus antecedentes ya en tiempos del escribano Fernán Sánchez de Origüela, al que tenemos datado desde finales del primer tercio del siglo XV, pero la llegada de don Juan Pacheco supuso previsiblemente el fin de esta forma de gobierno, más preocupado por colocar a sus paniaguados y aprovechando que en el Castillo a diferencia de Alarcón se exigía un determinado nivel de renta y contribución. No olvidemos que en Castillo de Garcimuñoz todos pagaban impuestos, hasta el mismo marqués de Villena en sus estancias.
Aunque podamos ver cierta similitud entre los gobiernos de Castillo y Alarcón, nada más alejado de la realidad. Los 36 aguisados de Alarcón respondían a su fuero de frontera y trataba de premiar a aquellos que manteniendo armas y caballo hacían de la guerra su oficio; los veinticuatro de Castillo de Garcimuñoz respondían a una tradición más restrictiva, la del Fuero Juzgo, llegado a estas tierras como Fuero de Sevilla

domingo, 12 de junio de 2022

Francisco Torralba, inventor de El Castillo de Garcimuñoz

 Francisco Torralba, natural de Garcimuñoz, presentó a la Casa de Contratación dos ingenios para su uso en las Indias para desaguar minas y navíos

  1. "Deventalle" colgadizo de metal que sube y baja por toda la bomba
  2. La vara
Francisco Torralba obtendría licencia para su uso en Indias durante diez años el 13 de agosto de 1588

AGI, INDIFERENTE,426,L.28,F.4R-5R

El puente de Talayuelas y el Castillo de Garcimuñoz

 El control del puente de Talayuelas correspondía al señor de Valverde, Hontecillas y Talayuelas don Jorge Ruiz de Alarcón. Andaba en conflictos con el Castillo de Garcimuñoz y su tierra, a cuyos vecinos se les quería hacer pagar el pontazgo. Al conflicto del puente se sumaban el año 1579 otros como el aprovechamiento del carrascal de Lope.

El 28 de febrero de 1579, El Castillo de Garcimuñoz demandó en la Chancillería de Granada a don Jorge Ruiz de Alarcón por los derechos de pontaje que llevaba  a sus vecinos por atravesar con sus bestias el puente de Talayuelas. Para hacer efectivo el cobro, don Jorge había colocado allí pontagueros. La Chancillería de Granada emitiría provisión de emplazamiento que sería comunicada por el escribano de Cañavate Jerónimo de la Jara al procurador síndico de Castillo Andrés de Soria y al propio Jorge Ruiz de Alarcón, en su casa de Valverde, un 22 de marzo de 1579.

Jorge Ruiz de Alarcón consideraba el puente de Talayuelas como parte integrante de su mayorazgo, culpando a sus antecesores de negligentes por no haber cobrado derechos a los vecinos de Castillo de Garcimuñoz al paso del puente. El 14 de abril de 1580, el tribunal granadino fallaba a favor de los vecinos de El Castillo y sus aldeas y contra el señor de Valverde.

No aceptarían los señores de Valverde la sentencia que apelarían. Mientras el concejo de Castillo de Garcimuñoz andaba enzarzado en múltiples pleitos: el puente de Talayuelas, el carrascal de Lope, en término de Valverde, la defensa de sus derechos para que no actuaran en sus términos alcaldes entregadores, en este caso al parecer por la intromisión de la justicia mesteña en la dehesa de la Rubializa y un oscuro asunto en el que se acusaba a un receptor llamado Grajales de haber forzado el archivo de la villa. Durante los pleitos, las diferencias de El Castillo se habían acrecentado con sus aldeas que se negaban a pagar su parte en las costas de los pleitos.



Carta de poder de los alcaldes de los lugares de la tierra de Castillo de Garcimuñoz, dada en esta villa a 24 de marzo de 1579

  • Bartolomé de Ávila y Pedro Moreno, alcaldes de Almarcha
  • Martín Gómez y Bartolomé Blas, alcaldes de Pinarejo
  • Pedro Mogorrón, alcalde del lugar de la Puebla
  • Pedro Santos Cuenca, alcalde en la granja de la Nava
  • Juan de Moya Ramírez y Gonzalo Saiz, alcaldes de Torrubia
Concejo de Castillo de Garcimuñoz de 17 de abril de 1581, con ausencia de representantes del estado de los labradores
  • Doctor González Caballón, Juan de Lara Proaño, alcaldes ordinarios
  • Alonso de Avilés y Pedro de Araque, regidores
  • Alonso Méndez Sotomayor, alguacil mayor
  • Antonio Cejalbo de Alarcón, almotacén
  • Pedro de Torrijos, procurador síndico
Todos ellos hijosdalgo. Solía haber dos regidores más por el estado de los labradores

ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA, PLEITOS CIVILES, 1376-12

viernes, 21 de enero de 2022

El Castillo de Garcimuñoz contra El Cañavate por pechos

 

El Castillo de Garcimuñoz había llegado a una concordia con los moradores del suelo de Alarcón para que sus vecinos pecharan por los bienes que tenían fuera de sus términos en el común de Alarcón. En el pleito, las aldeas a la derecha del Júcar había enviado procuradores para entender en el pleito

1.      Pascual Sánchez de Honrubia y Juan Sánchez de Domingo Sánchez, regidores y vecinos del lugar de  San Clemente

2.      Pedro López y Benito Sánchez, vecinos y regidores del lugar de El Cañavate

3.      Martín Cas, vecino y regidor del lugar de La Alberca

4.      Sancho Sánchez, Juan Sánchez y Pedro López, vecinos y regidores del lugar de Santa María del Campo

5.      Gil López y Miguel Fernández, vecinos y regidores del lugar de Honrubia

6.      Martín Sánchez de Meca, vecino y regidor del lugar de Vara de Rey

7.      Juan López, hijo de García López, vecino y regidor del lugar de Villar de Cantos

8.      Juan Sánchez Tejedor y Juan Sánchez del Olmo, vecinos y regidores del lugar de Montalbanejo

9.      Juan Sánchez Cobo, vecino y regidor del lugar de  Villarejo y Juan López de Pedro López, vecino de dicho lugar

10.   Juan Asensio, vecino y regidor del lugar de Tresjuncos

11.   Juan Gómez, vecino del lugar de Alconchel

12.   Lope García, vecino del lugar de El Pedernoso

13.   Juan Sánchez de Pascual García, vecino y regidor del lugar de Las Pedroñeras

14.   Bartolomé Sánchez Sánchez, vecino y regidor del lugar de Las Mesas y Adán López, alcalde del dicho lugar

15.   Bartolomé Sánchez, vecino del lugar de Villalgordo

16.   Miguel Diaz, vecino y jurado del lugar de Olivares

17.   Antón López, vecino y regidor del lugar de la Hinojosa

Seyendo llamados e juntados a común general según e en la manera que lo avemos de uso e costunbre en Santa María del Canpo

Actuaban como testigos en la reunión Ferrand Vázquez de Cuña y Lope Rodríguez de Avilés, vecinos de Alarcón, Juan Sánchez bachiller, vecino de Villaescusa, Juan Alvarez, escribano, Alfonso Martínez, hijo de Velasco Martínez, vecino de El Cañavate, Gil Sánchez, escribano, vecino de Honrubia. En presencia del escribano Alfonso Fernández que daba fe.

Las aldeas eligieron ocho procuradores para representarlas en el pleito con la villa del Castillo de Garcimuñoz: Juan Sánchez de las Cortes, vecino de San Clemente, Juan García, vecino de La Alberca, Martín Sánchez de Arjona, vecino de Santa María del Campo, Guillimón Sánchez, vecino de El Cañavate, Pedro Sánchez Espada, vecino de Montalbanejo, Jimén López, vecino de Villarejo, Miguel Martínez, vecino de Tres Juncos, Juan Sánchez Mañes, vecino de Las Pedroñeras, nuestros ocho rregidores por nos sacados e elegidos.

Los ocho procuradores elegidos apoyaban al lugar de Montalbanejo, que se oponía a que don Alonso Álvarez de Toledo, contador del Rey, tomara posesión de la torre y cortijo en dicho lugar. Habían recibido poderes de los regidores de los lugares del común de Alarcón el 11 de febrero de 1533, en una reunión celebrada en Santa María del Campo.

Las diferencias venían por los bienes que los vecinos tenían en la tierra de Alarcón y su obligación de pechar en las aldeas del común de Alarcón. Se intenta resolver el pleito con dos jueces árbitros, nombrados en el 1 de abril de 1433: Juan González de la Plazuela, recaudador mayor de nuestro señor el Rey en el marquesado de Villena, vecino del Castillo de Garcimuñoz, y Juan Sánchez, bachiller en leyes, vecino de Villaescusa de Haro. El nombramiento corresponde a una carta de compromiso entre las aldeas del común de Alarcón y la villa de Castillo de Garcimuñoz: fecha e otorgada fue esta dicha carta de conpromiso en término de Alarcón en el canpo entre Pinarejo, término desta dicha villa del Castillo e Santa María del Canpo, logar del dicho común de Alarcón, primero día de abril año del nasçimiento de nuestro señor Ihesuchristo de mill e quatroçientos en treinta e tres años, testigos que fueron presentes para lo que dicho es rrogados e llamados Gil Sánchez escriuano vesino de Fuentrruuia e Juan Gonçalez de Auila vesino de Santiago de la Torre e Lope de Oliuares fijo de Alfon Sánchez de Oliuares e Juan de Herriega fijo de Diego Aluarez de Herriega e Juan Vásquez de Auila e Martín Alfon de Alcaraz, escriuano del rrey, e Grabiel Sánchez de Alcolea, vesinos de la dicha villa del Castillo,… e yo Ferrand Sánchez de Orihuela, escriuano del nuestro señor el rrey e notario… en uno con el dicho Alfon Fernández escriuano e notario.

 

La sentencia a la que se llegó dice así:

En Santa María del Canpo, logar del común de Alarcón, quatro días de abril año del nasçimiento de nuestro señor Ihesuchristo de mill e quatroçientos e treinta e tres años, este día en presençia de nos Alfon Fernández del Finojoso e Ferrand Sánchez de Orihuela, escriuanos de nuestro señor el rrey, e sus notarios públicos en la su corte e en todos los sus rregnos e señoríos e de los testigos yuso escriptos, los honrrados Juan Gonçalez de la Plaçuela, rrecabdador mayor de nuestro señor el rrey en el marquesado de Villena que es en el obispado de Cuenca, e Juan Sánchez bachiller en Leyes de Villescusa, jueses árbitros tomados e escogidos por parte del conçejo de la villa del Castillo de Garcimuños e de algunos de los ocho omes buenos rregidores e procuradores del común de la villa de Alarcón dieron e pronunçiaron una sentençia por escripto el thenor de la qual es este que se sygue:

E nos Juan Gonçales e Juan Sanches bachiller jueces árbitros puestos e escogidos para librar e determinar los debates e questiones que son entre el conçejo de la villa del Castillo de Garçimuños e su tierra de la una parte e de la otra los conçejos de Fuentrruuia e Montaluanejo e Santa María del Canpo e el común de la villa de Alarcón en nonbre de los dichos logares e de todos los otros logares del dicho común e los ocho rregidores e procuradores en su nombre sobre rrasón de los bienes que los vesinos de la dicha villa del Castillo tenían e tienen en los logares del dicho común por conpra o por herençia o en otra manera sy deuían pechar por los tales bienes que tenían e tienen en los logares del dicho común o no sobre lo qual judgando e arbitrando por el poderío a nosotros otorgado pronunçiamos en la manera que se sygue:

Fallamos primeramente que segund derecho e ordenaçiones reales e sentençias que los vesinos de la dicha villa del Castillo de Garçimuños e de su jurediçión tienen vesindad en la dicha villa e en su jurediçión todo el año o la mayor parte del año que son tenidos ni deuen pechar ni contribuyr en alguna manera en los logares del dicho común ni en alguno dellos por los bienes que tienen o touieren de oy día en adelante en los dichos logares del dicho común o en algunos dellos por conpra o por herencia o por casamiento o por donaçión o manda o en otra manera qualquier por ende mandamoslo asy, pero mandamos por bien de pas que sy algunos bienes fasta oy día de la data desta nuestra sentençia son vendidos en los dichos logares del dicho común o en qualquier o qualesquier dellos por algunos pechos que sean auidos por vendidos saluo sy algunos son vendidos de Sant Miguel acá en los dichos logares de Fuentrruuia e Montaluanejo e Santa María del Canpo que los tales conpradores sean tenidos de los tornar a los dichos señores dellos syn les dar por ello dinero alguno pero que los dichos logares del dicho común ni algunos dellos no sean tenidos de tornar qualesquier mrs. que tengan rreçibidos por los dichos pechos en cualquier manera saluo lo que dicho es.

Otrosy mandamos por bien de pas que qualesquier logares del dicho común a la dicha villa del Castillo o a qualquier logar de su jurediçión que los no puedan rreçebir por vesinos de la dicha villa ni de qualquier logar de su jurediçión saluo ende con que sy fuera postero en la dicha villa del Castillo e su término e en este rrespeto dende ayuso e que la dicha villa del Castillo e su jurediçión no los pueda rreçebir saluo con el dicho cargo

Otrosy en rrasón de las costas fechas para las dichas partes amas mandamos que sea fecha conpensaçión dellas e que cada una de las dichas partes se pare a las que fiso e açerca de las otras cosas contenidas en el dicho conpromiso por las dichas partes otorgado no fasemos determinaçión alguna al presente mas dexamos a saluo a las dichas partes e a cada una dellas su derecho a saluo en quanto lo han e tienen e mandamos a las dichas partes e a cada una dellas que estén e pasen por lo que aquí es por nos judgado e declarado so la pena que es dicha en el dicho conpromiso e por nuestra sentençia, asy lo pronunçiamos e mandamos con estos escriptos e por ellos va escripto entre rrenglones e o dis todo el año o la mayor parte déle o dis ni contribuir en alguna manera vala e no le enpesca Juan Gonçález Juan Sánchez bachiller. Dada en pronunçiada por los dichos jueses árbitros en presençia de los dichos Juan Garçía del Aluerca e Martín Sánchez de Arjona dos de los ocho omes buenos rregidores e procuradores del dicho común e en absençia de la otra parte testigos que fueron presentes el bachiller Juan de Sarantes corregidor de Alarcón e Ferrand Alfon Merino e Pascual Sánchez de Molina vesinos de la dicha villa del Castillo e Ferrand Martínez Merino vesino de la dicha villa de Alarcón e Alfon de Villescusa e va escripto entre rrenglones o dis por escripto no le enpesca e yo Ferrand Sánchez de Orihuela escriuano de nuestro señor el rrey e su notario público en la su corte e en todos los sus rregnos e señoríos que al pronunçiar desta dicha sentençia presente fui en uno con el dicho Alfon Fernández notario e con los dichos jueses árbitros e testigos e la escreuí en estas dos hojas deste quaderno de pergamino con esta en que va mi sygno e en fin de la una hoja de la una parte va firmado de mi nonbre e de la otra parte va una rraya de tynta del dicho Alfon Fernández e fis aquí este mío signo en testimonio e yo Alfon Fernández del Hinojoso escriuano de nuestro señor el rrey e su notario público en la su corte e en todos los sus rregnos e señoríos que con los dichos Ferrand Sánchez notario e jueses árbitros e testigos fuy presente a la data desta sentençia segund que de suso va declarado en testimonio de verdad fis aquí este mio signo Alfon Fernández notario.

En la villa del Castillo çinco días de abril año del nasçimiento del nuestro señor Ihesu Christo de mill quatroçientos e treynta e tres años, este día estando juntados a conçejo en la sala de la dicha villa el conçejo e caualleros e escuderos e ofiçiales  e omes buenos de la dicha villa e estando en el dicho conçejo Juan Sánchez de Ayllón alcalde en la dicha villa por el honrrado Juan Fernández de Cornago bachiller en decretos corregidor de la dicha villa por nuestro señor el rrey e Iñigo de Cornago alguasil en la dicha villa e Juan Fernández de Luz e Manuel González del Castillo regidores de la dicha villa e Lope de Alarcón e Áluaro de Cañisares e Juan Fernández de Peñafiel e Diego Fernández de Luz e Alfon Sánchez hijo de Alfon Sánchez e Alfon González de Piñán e Pero Garçía de Almoguera e Ferrand Alfon de Cucuron e otros muchos vesinos de la dicha villa a pregón llamado segund que lo an de uso e de costunbre de se juntar el dicho conçejo dixeron e otorgaron en presençia de mi el escriuano e de los testigos yuso escriptos que por quanto sobre los pleytos e debates que eran entre algunos vesinos desta dicha villa e el dicho conçejo e algunos logares del común de Alarcón e el dicho común sobre rrasón del pecho que se echaua e rrepartía en los dichos logares del dicho común a los vesinos de la dicha villa que tenían bienes en los dichos logares del dicho común algunos vesinos algunos vesinos desta dicha villa e çiertos de los ocho omes buenos rregidores del dicho común de la dicha villa de Alarcón ouieron escogido por sus jueses árbitros arbitradores jueses de aluedrío a los honrrados Juan Gonçález de la Plaçuela e Juan Sánchez bachiller de Villescusa para que entre ellos lybrasen sobre los dichos pleitos lo que ellos quisyesen e les ouieron asygnado el término çierto para los librar en el dicho término a ellos limitado los dichos jueses árbitros ouieron pronunçiado sentençia en los dichos pleytos segund que todo más largamente todo auía pasado por ante Alfon Fernández del Hinojoso e ante mi dicho escriuano por ende que el dicho conçejo que allí estauan juntos por ellos e por sus subçesores que rretificauan el dicho conpromiso por los dichos sus vesinos en la dicha rrasón otorgado e lo auían por rrato e firme e valedero e otrosy dixeron que consentya e consintyeron en la sentençia por los dichos jueses árbitros dada e pronunçiada en la dicha rrasón por ante nos los dichos escriuanos, testigos que fueron presentes Diego Diaz de Cauallón e Lope Sänchez de Torrijos e Pero Sánchez Machaco e Lope Sánchez sillero e Juan Fernández hijo de Miguel Fernández de Oliuares e Martín López de Portilla e Juan Garçía Baruero e otros muchos vesinos de la dicha villa del Castillo e yo Ferrand Sánchez de Orihuela escriuano de nuestro señor el rrey e su notario público en la su corte e en todos los sus regnos que a lo que dicho es presente fuy …

 

El 19 de junio de 1519 El Castillo de Garcimuñoz consigue un plazo de ochenta días para presentar sus pruebas, pero el pleito, es de temer que, por las Comunidades, solo se retomaría el año 1526. El Cañavate ganaría sentencia favorable por sentencia de Granada de 15 de diciembre de 1528

 

 

Concejo de El Cañavate en 9 de abril de 1518

 

Martín Martínez Bermejo, alcalde ordinario.

Ginés Fernández, alguacil

Juan de Olivares, Ugenio López. Martín López del Ramo, regidores

Pascual López, Arias de Tébar, Juan Prieto Escribano, Alonso Martínez Cano, Pedro Jiménez, Juan del Ramo, diputados del concejo

Alonso de Piqueras, escribano


ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA. PLEITOS CIVILES, 10900-15

domingo, 12 de diciembre de 2021

Una reinterpretación de los Castillo y Origüela de Garcimuñoz

La genealogía que presentamos de los Castillo está fundada en el "Nobiliario y blasón de Canarias", Tomo II, de don Francisco Fernández Bethencourt, del año 1878



Los Castillo de Garcimuñoz tienen por antecesor y fundador del linaje en Lope del Castillo "alias" Machaca (Macacho en la genealogía oficial de la familia) que participó en la toma de Algeciras en 1344. El sobrenombre de "Machaca" le viene por el uso de una maza en su lucha contra los moros. Es el Lope Martínez del Castillo o Macacho que tienen por padre el doctor Pedro González del Castillo, señor de Santa María del Campo) y su hermano el corregidor de Ávila, Hernán González del Castillo. No obstante, el Macacho o Machaca en la genealogía de los Portocarrero es el abuelo Alfonso Martínez. que por cronología tiene más sentido.

Lope del Castillo tiene por hijo a Alonso González del Castillo, I de este nombre, en esta genealogía, (y a los dos citados anteriormente según la genealogía de los Castillo Portocarrero).

Alonso González del Castillo tiene por hijo a Juan González del Castillo u Origüela, I de este nombre, por haber venido desde la población de Origüela a Castillo de Garcimuñoz (según el licenciado Villanueva de San Clemente, estudiosos de las genealogía en el primer tercio del siglo XVI, el apellido Origüela se toma después que la mujer de Juan, María (o Catalina en otras fuentes) Arronis de Vozmediano, cometiera un crimen en Murcia. La familia huye a Orihuela y de allí a Castillo de Garcimuñoz.

Juan González del Castillo u Origüela, deja cuatro hijos:
  • Francisco González del Castillo, señor de Perona
  • Fray Diego González del Castillo, dominico y confesor de Juan II de Navarra y de su Consejo Real, obispo de Monreal y de Tarazona (según testamento del doctor Pedro González del Castillo, su sobrino, obispo de Zamora y arzobispo de Tortosa)
  • Alonso González del Castillo, que sigue la línea
  • Hernán González del Castillo, forma la casa de los señores de Altarejos y Carcelén. Casó con Juana de Toledo (¿relación con el doctor Franco?), el segundo hijo del matrimonio, señor de Altarejos, es progenitor de los señores de Villadarias.
Creemos que de esta generación procede Hernando del Castillo, alcaide de Alarcón, y Hernando del Castillo el del Arzobispo. Planteamos como hipótesis que el primero es hijo de Francisco y de Violante González y el segundo es hijo de fray Diego. Es curioso que Perona y Altarejos cayeran en poder del alcaide de Alarcón... 

Alonso González del Castillo, II de este nombre, señor de Perona y alcaide de Garcimuñoz, casó con María Pérez de Cabrera, hija del alcaide de Castillo de Garcimuñoz, tienen nueve hijos
  1. Juan González de Origüela, II de este nombre, caballero de la banda por cédula real de Juan II, de quien fue contador. De esta rama procederá la rama menor de los Origüela de San Clemente
  2. Pedro González del Castillo, del consejo de Juan II, casado con María García Prestínez de Bonifaz. Dice que sus tíos son fray Diego, que lo es, y el doctor Pedro González del Castillo, señor de Santa María del Campo (en realidad es tío abuelo)
  3. Lope González del Castillo, que forma la rama de los Castillo de Canarias
  4. doña María Alonso del Castillo o Avilés que casó en Cuenca con Pedro López Gibaja, llamado de Madrid, tienen por hija única a María Gibaja y Castillo casada con Juan Fernández de Cabrera (biznieto legítimo de los vizcondes soberanos de Ager y Cabrera). El hijo mayor de este matrimonio es Andrés de Cabrera, I marqués de Moya.
  5. Doña Urraca González del Castillo, que casó con el doctor Diego González Franco, del consejo y contador de Juan II ( en otras genealogías es Inés)
  6. Marina González del Castillo, mujer de Álvaro de Tamayo, alcaide del castillo de Garcimuñoz, en cuyo puesto sucedió a su cuñado Lope González del Castillo. Padres del comendador Castillo, del hábito de Santiago.
  7. 8 y 9. Tres señoras cuyos nombres no nos han llegado los nombres y casaron con Peraltas, Carrillos y Alarcones
Lope González del Castillo, III de este nombre e hijo de Alonso González del Castillo y María Pérez Cabrera, alcaide de Castillo de Garcimuñoz en los reinados de Juan II y Enrique IV, casado con doña Marina García Prestínez de Bonifaz, hermana de la citada María. Asistió con su hermano Pedro al concilio de Basilea. Tuvieron por hijo a Hernán González del Castillo

Hernán González del Castillo se avecindó en Sevilla en 1440, casó con Teresa Martínez, en Moguer, en el condado de Niebla. Fue uno de los cinco capitanes nombrados para la conquista de Canarias al mando del general Juan Rejón. Su hijo Cristóbal García del Castillo participó en la segunda expedición para la conquista del Canarias al mando de Pedro de Vera, entre 1480 y 1483.


Las fuentes de Bethencourt son Gonzalo Argote de Molina y Bernabé Moreno de Vargas (para el caso de Juan González de Origüela, citados expresamente) y el Memorial presentado a Carlos III por don Fernando Bruno del Castillo Ruiz de Vergara, primer conde de la Vega Grande de Guadalupe, así como Don Antonio Ramos en su Descrpción Genealógica de las casas Mesa y Ponte.

"Nobiliario y blasón de Canarias", Tomo II, de don Francisco Fernández Bethencourt, del año 1878



lunes, 27 de septiembre de 2021

CAPELLANÍAS DE CASTILLO DE GARCIMUÑOZ EN 1546

 

CAPELLANÍAS EN CASTILLO DE GARCIMUÑOZ, AÑO 1546

Capellanía de Jerónimo de Araque, canónigo y deán de Cartagena, en el convento de San Agustín

·        Bienes vinculados: heredad muy buena en Villar del Encina

·        Obligación: tres días cada semana

·        Patrón: Convento de San Agustín

·        Fundación: hacia 1530

Capellanía de Jerónimo de Araque, canónigo y deán de Cartagena, en la iglesia de San Juan

·        Bienes vinculados: se deja dinero al cabildo para que comprara una heredad que diera renta para mantener la capellanía

·        Obligación: tres o cuatro misas cada semana

·        Patrón: cabildo de San Juan

·        Fundación: hacia 1530

Capellanía de Alonso del Castillo en la iglesia de San Juan

·        Bienes vinculados: 40000 mrs.

·        Capellán: Francisco de Moya, su sobrino (hijo de Francisco de Oropesa)

·        Capellanía patrimonial

Capellanía de Mari Sanz la Molera, mujer de Pedro de Roales, en la iglesia de San Juan

·        Bienes vinculados: unas casas, corral, cueva y bajillos

·        Obligación: una misa cada sábado

·        Patrón: Pedro de Roales

·        Capellán: Francisco de Belmonte, clérigo, que lleva dos mil mrs.

·        Fundación: 1546

Capellanía de la mujer del bachiller Juan de Ayllón en la iglesia de San Juan

·        Bienes vinculados: doscientos almudes en Castillo de Garcimuñoz

·        Patrón: el hijo, Alonso de Peralta

·        Capellán: Alonso Araque, que reside con el arzobispo de Valencia

·        Fundación: hace más de quince años (fecha de referencia 1546)

Capellanía de la de Suárez Domingo en la iglesia de San Juan

·        Bienes vinculados: unas casas en la Puerta del Sol y una viña en el pago de las cañadillas con una noguera

·        Capellán: Villaescusa clérigo y  al presente Pedro Villaescusa

·        Fundación: hace 40 años (fecha referencia 1546)

Capellanía el Rubio clérigo en la iglesia de San Juan

·        Bienes vinculados: muchas tierras sin especificar

·        Capellán: Diego de Belmonte

Capellanía de la mujer de Pedro del Campo en la iglesia de San Juan

·        Bienes vinculados: 80000 mrs. destinados a comprar una heredad

·        Obligaciones: cuatro misas semanales

·        Patrón: el doctor Alonso Pérez, hermano de la fundadora e inquisidor del Reino de Valencia

Capellanía de María de Brosa, mujer de Alonso de Barchín, fundada en el monasterio de San Agustín

·        Bienes vinculados: diez mil mrs. de los quales se compraron quinientos mrs. de censo por las dichas misas cargados sobre unas casas en la plaça a sulco de casas de la Sabrosa debaxo de los postales a la parte de abaxo de la plaça

·        Obligaciones: una misa los martes cada quince días

Capellanía de Antonio de Anierga, criado del marqués de Villena, en la iglesia de San Juan

·        Bienes vinculados: diez mil maravedíes

·        Obligación: una misa cada semana

·        Patrón: Antonio de Anierga

·        Capellán: Diego de Castro

Capellanía de Ambrosio Fernández clérigo, en la iglesia de San Juan

·        Bienes vinculados: heredad en el Castillo y labranzas en la Almarcha y unas casas en la Calcerrada, alinde de casas de Valenzuela

·        Capellán: Alonso de Araque

·        Capilla colativa

Existen otras capellanías patrimoniales porque según un testigo los del cabildo de Sant Juan son todos calatravas

 

ARCHIVO NOBLEZA, FRIAS, 702, 22

CAPELLANÍA DE CASTILLO DE GARCIMUÑOZ Y SU TIERRA

 

No hay capellanías en La Almarcha

En Torrubia, el clérigo Juan de Belmonte está obligado a decir unas misas el día de San Sebastián y el día de San Andrés por las tierras que disfruta dejadas para dicho efecto por Cristóbal Sánchez y Miguel Sánchez de Almaziel. El origen de dichas capellanías se retrotrae hacia el año 1500

ARCHIVO NOBLEZA, FRIAS, 702, 23