El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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viernes, 17 de junio de 2016

Una relación de oficios concejiles de Quintanar del Marquesado en 1593

OFICIOS DEL CONCEJO DE LA VILLA DE QUINTANAR DEL MARQUESADO EN 1593


Alcaldes ordinarios

  • Fernando Pérez Oviedo y Valdés, por el estado hidalgo
  • Martín de Tébar, por el estado llano, que sucede a Alonso de Monteagudo, alcalde ordinario el año 1592
Alférez mayor
  • Felipe Merchante (regidor perpetuo), sucede a Alonso Martínez Donate
Regidores perpetuos
  • Martín Donate
  • García Donate
  • Alonso Donate
  • Alonso García Parreño
  • Juan Parreño de Martín Parreño
  • Alonso de Mondéjar
  • Alonso Martínez Gómez
  • Miguel Pastor
  • Alonso Martínez Donate
  • Isidro de Ruipérez
  • Antonio de Terciaga
  • Juan Gómez
  • Juan de Aroca
Depositario general
  • Alonso García (regidor perpetuo)
Alguacil mayor
  • Juan Parreño Donate
Escribano del ayuntamiento
  • Francisco Serrano

FUENTE

ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA (AChGr). 01RACH/ Caja 1010, PIEZA 15. Pleito entre el concejo de la villa del Quintanar del Marquesado y el de Villanueva de la Jara con Juan de Benavides Carbajal, corregidor de San Clemente, sobre jurisdicción. 1593. fols. 2 y 38 vº

sábado, 28 de mayo de 2016

Oficios concejiles de Villanueva de la Jara en 1521

Reproducimos la composición de los oficios del concejo de la villa de Villanueva de la Jara con motivo del poder concedido a Juan Romo, vecino de la villa, para encabezar sus rentas reales el 16 de enero de 1521. La estructura de los oficios de la villa estaba compuesta por dos alcaldes ordianarios, tres regidores, dos alguaciles, un procurador del común y siete diputados del concejo y de la comunidad, que debían representar a los diferentes vecinos y aldeas de la extensa tierra de Villanueva de la Jara, que incluía aldeas como Tarazona, Quintanar del Marquesado, Gil García, Casasimarro o Madrigueras.


Sepan cuantos esta carta de poder vieren como nos el conçejo justiçia rregidores comunidad e oficiales e omes buenos de la villa de villanueva de la xara estando ayuntados en conçejo en la sala del ayuntamiento a campana rrepycada según que lo hemos de uso e de costumbre de nos ayuntar e estando en el dicho ayuntamiento los honrrados señores alonso de olmeda e pedro garçia alcaldes hordinarios en la dicha villa ... pedro del atalaya e pedro de beamud e lope garçia rregidores de la dicha villa e pedro peynado e alonso sais alguasiles de la dicha villa e pedro montagudo procurador de la comunidad de la dicha villa e juan sánchez del atalaya e clemeinte pardo e alonso garçia del cañavate e sebastián de cavallón e miguel garçía e alonso descobar e juan de la osa diputados del conçejo e de la comunidad de la dicha villa e otros vecinos de la dicha villa...



Archivo General de Simancas, PTR, LEG, 5, DOC.95 . Poder otorgado por la Villa de Villanueva de la Jara a Juan Romo para encabezar las rentas de la villa. 1521


La escritura de obligación para encabezar a la villa por sus alcabalas de los años 1520 y 1521, se puede encontrar en 

Archivo General de Simancas, PTR, LEG, 5, DOC.92

sábado, 7 de mayo de 2016

Oficios concejiles en San Clemente y aldeas hacia 1740

Año 1740

Regidores: Don Juan de Espila Perona, don Sebastián de Belmonte, don Juan Pacheco Toledo
Alcaldes de la Santa Hermandad: don Juan Francisco Pacheco y Guzmán, señor de las villas de Valdosma y Tejada (por el estado noble) y Cristóbal Rubio (por el estado general)
Mayordomo de propios: Alonso Montero
Mayordomo del pósito: Sebastián de Sevilla
Teniente en la aldea de Casas de Fernando Alonso: Martín Carrasco y Pedro de Haro, tras el fallecimiento del primero
Teniente en la aldea de Casas de Haro: Diego O(so)na ?
Teniente en la aldea de Casas de los Pinos: Diego Girón menor, al que sustituye Julián Esteso
Teniente en la aldea de Perona: Pedro de Jávega, al que sucede Fernando de Jávega
Receptor de Penas de Cámara: Bernardo Capiech
Procuradores de causas y del número: Bartolomé López Toledo, Cristóbal de Lerín, y Diego Carboneras y Juan Díez de la Cruz (desde 9 de junio de 1742)
Escribanos del ayuntamiento y del número: Francisco González del Mazo, José Saiz de la Blanca, Francisco López Hellín (también de comisiones), Francisco Antonio Cifuentes Mazo (sucede al anterior en la escribanía de comisiones) y Tomás Javier Muñoz
Alcaldes de la cárcel: Domingo Rubio, Manuel González Torrecillas y Francisco Catalán
Fieles Almotacenes: Pedro Olivares
Ministros ordinarios: Jerónimo de la Pola y Pedro Segovia, Asensio Martínez, José Molina, Pedro y Miguel Crespo, José Peregrín y Sebastián del Castillo.

Año 1741

Regidores: Se despide don Juan Pacheco de Toledo y entran don Tomás Martínez Buedo y don Miguel Sedeño

Año 1742

Regidores: Vuelve don Juan Pacheco de Toledo y se incorporan don Felipe Antonio Pacheco y don Antonio de Oma y Haro y don Joaquín José de Ortega, como alguacil mayor con voz y voto en el ayuntamiento y por teniente de alguacil mayor, desde 1743, a Antonio Rosillo Carbonel
Alcaldes de la Santa Hermandad: don Felipe Antonio Pacheco (por el estado noble) y Andrés Muñoz (por el estado general)

Año 1743:

Regidores: se incorpora don Vicente de Sandoval y Guerrero, caballero de la orden de Alcántara,
Depositario General y receptor de penas de cámara: don Sebastián del Castillo y, desde 29 de agosto, el licenciado don José Herraiz, abogado de los reales consejos.
Alcaide y guarda mayor: don Fernando Pacheco y Mesía, le sucede don Francisco Antonio Sandoval y Pacheco
Jurado: don Pedro Manuel de Ortega
Procurador Síndico General: don José Royo de Cantos
Alcaldes de la Santa Hermandad: Joaquín de Cantos (por el estado noble) y Diego Saiz (por el estado general)

Año 1744:

Regidores: se recibe por nuevo regidor a don Cristóbal Martínez de Buedo
Alcaldes de la Santa Hermandad: don José Melgarejo (por el estado noble) y Bernardo Esteso (por el estado general)



Archivo Histórico Nacional, CONSEJOS, 31801, Exp. 3.  Autos generales de la residencia que en la villa de San Clemente (Cuenca) tomó Carlos Wogan a Salvador Antonio Barnuevo, corregidor de ella, y demás ministros que debieron darla. 1744

viernes, 8 de abril de 2016

¿Mulas o caballos en el Marquesado de Villena?

Hacia 1562 las mulas se iban imponiendo en la labranza en el espacio manchego y en el territorio del Marquesado de Villena. La reproducción de mulas cambió radicalmente la cría de ganado caballar: cada vez eran más la yeguas que se echaban al garañón, asno destinado a la reproducción, para la crianza de mulas. Eso iba en detrimento de la cría de caballos, necesarios a la Monarquía para fines militares. Se intentó remediar la situación con la real cédula de 23 de octubre 1562, que intentaba hacer un registro de las yeguas y potrancas existentes en los pueblos y se conminaba a alcaldes y regidores en sus ayuntamientos a que trataran de las posibles medidas de la cría caballar, la compra de caballos de raza para la reproducción (un caballo semental por cada 25 yeguas) y el adehesamiento de parte de los términos de los pueblos para hacerla posible. La segunda parte de la propuesta, para engatusar a los principales de los pueblos, era una serie de franquicias y exenciones sobre huéspedes y deudas; sin duda insuficientes pues el propio gobernador del Marquesado propondría la creación de una nueva nobleza villana, no tanto para la guerra como limitando los cargos de los concejos a aquellos en condiciones de poseer y mantener un caballo.

se proveyese que en las çibdades y villas deste marquesado veçino ni otra persona alguna pueda pedir ni ser elegido ni nombrado a oficio público de conçejo como es a alcalde hordinario o de la hermandad o rregidor o alguazil o escrivano o mayordomo que no tuviere cavallo de valor de diez mill maravedís y dende arriba al tiempo de la election de los tales oficios y lo oviere tenido y sostentado seis meses antes de la tal electión propio suyo avido por sus dineros o de su cría sin fraude ni cautela alguan

Era entonces gobernador del Marquesado de Villena, don Carlos de Guevara, que obedeciendo la orden real, mandaría verederos a los pueblos a comunicarla y recogerían los acuerdos de los ayuntamientos. Martín Gallego, vecino de San Clemente, acudiría a comunicar la orden al primer pueblo que llegó será a La Roda. Su ayuntamiento, reunido el 10 de noviembre, estaba formado por los alcaldes ordinarios Cristóbal Sanz Prieto y Juan de la Serna y los regidores Antonio Fernández de Córdoba, Juan del Campo, Pedro Ruipérez y el ausente Juan Carrasco. El total de ganado caballar (yeguas, potros, potrancas y rocines) en La Roda era de 21 animales, destacando el regidor Juan Carrasco que poseía dos caballos, dos yeguas, dos potros y dos potrancas.
En Iniesta la noticia llegó el 15 de noviembre, su regimiento estaba formado por los alcaldes Juan Núñez y Alonso de Atienza, los regidores Benito García, Miguel Cabronero, Francisco de Lorca, Antón Granero, Martín Mateo y Juan García, y los alguaciles Pedro Clemente y Alonso Cabronero. No tenemos noticias del registro que se debió hacer.
En la villa del Peral el ayuntamiento reunido el 18 de noviembre estaba formado por los alcaldes Pedro Contreras y Alonso de Tórtola, el regidor Sebastián Gómez y el diputado Juan Pérez de Chavarrieta. 10 fueron los animales registrados.

En Barchín la reunión del ayuntamiento fue el 22 de noviembre. Eran alcaldes Pedro Lucas y Benito Vinuesa; regidores, Cristóbal López y Pedro de Liébana; diputados del concejo, Miguel de Piqueras y Pedro de Villalba. Sólo se registraron dos caballos, aunque, eso sí, aprovecharon para cerrar una dehesa del pueblo llamada Ero Rodrigo. De la misma forma procederían otros pueblos. En las Mesas se registraron siete animales.

Hasta marzo del año siguiente no se reanudarían las diligencias. En Vara de Rey era por entonces alcaldes Martín de Buedo y Alonso de Andújar y regidores Diego de Buedo y Ginés de Andújar. Nadie respondió al pregón o no nos ha quedado registro alguno.

En San Clemente el ayuntamiento se reunió el 8 de marzo de 1563. A diferencia de otras villas, presidía el gobernador del Marquesado de Villena, Carlos de Guevara, junto a él, el alcalde mayor licenciado Noguerol de Sandoval, y los representantes ese año de la villa presentes: Pedro de Montoya, alcalde ordinario, Francisco García, Sancho López de Herreros y dos advenedizos en el concejo, Julián Sedeño de Mesa y el licenciado Muñoz. Se echaba de menos algunos regidores de familias conocidos.
Del registro de caballos se puede saber los propietarios de caballos, yeguas y potros que existían en la villa. Era San Clemente una villa más compleja, donde el caballo era símbolo de hidalguía pero donde la presencia de múltiples rocines mostraba la diversidad de la actividad económica de la villa:
  • Francisco de Herreros registro una yegua, dos potros y un rocín
  • Jorge Simón, un potro
  • Francisco Perona, yerno del anterior, un caballo
  • Diego de Haro, un caballo
  • Francisco García, un caballo
  • Andrés de Perona, un caballo
  • Hernán López de Aparicio, un caballo
  • Pascual García, un rocín
  • Alonso Domínguez, un rocín
  • Pedro Martínez del Hito, un rocín para echar a borrica
  • Pedro Ruiz de Segura, un rocín
  • El Bachiller Villanueva, un caballo
  • Francisco de la Carrera, un rocín
  • Luis de Alarcón Fajardo, un rocín
  • Hernán Vázquez de Haro, tres caballos y un rocín
  • Diego Ortega, un caballo y un rocín
  • Esteban Ángel, un cuartago
  • Bernardo de Alarcón Fajardo, un cuartago
  • Pedro López de Garcilópez, un rocín
  • Gonzalo Martínez Ángel, hijo de Cristóbal Ángel, un caballo y un rocín
  • Juan López de Perona, hijo de Gonzalo Martínez, un rocín
  • Juan Rosillo Simón, un rocín
  • Pedro Catalán, un rocín
  • Ginés del Campillo, un cuartago
  • Diego Simón, dos yeguas y un potro
  • Juan de Gálvez, un rocín
  • Francisco de Perona, hijo de Gregorio de Perona, un rocín
  • Hernando de Montoya, un caballo
  • Rodrigo López calderero, dos yeguas, un potro y dos rocines
  • Diego de Ávalos, un rocín
  • Juan de Montoya, un rocín
  • Juan de Orbea Mondragón, un caballo
  • Bartolomé Jiménez de Atienza, un rocín de trabajo
  • Francisco García de Jaén, un rocín
  • Alonso de Oropesa, un caballo y un potro
  • Martín Jiménez, una yegua
  • Don Juan Pacheco, un caballo
  • Gregorio Astudillo, en nombre de Elvira Muñoz, un rocín
  • Lope Aguado forjador, un rocín
  • Pedro de Moya regidor, un potro
  • Bautista de Montoya, un caballo
En Villanueva de la Jara, el ayuntamiento se reunió el 14 de marzo de 1563, eran alcaldes ordinarios Dionisio Clemente y Lorenzo Borgoño y regidores Agustín de Valera, Juan de Caballón, Gregorio Clemente, Pedro de Monteagudo y el bachiller González. Tras el acatamiento de la cédula real, se pregonó en los lugares de Tarazona, Quintanar del Marquesado (estaban presentes Martín de Cabronero, Benito de Ruipérez, Julián Clemente, Juan Donate y Juan Lucas) y Casasimarro. Los tres pueblos aparecen como lugares, lo que nos hace dudar de la fecha de consecución del título de villa de alguno de ellos.
Detallamos la relación de propietarios de caballos y yeguas en estos tres lugares de la tierra de Villanueva de la Jara, inexistentes en Casasimarro y prácticamente en Quintanar y con siete propietarios en Tarazona:
  • Alonso Saiz de Solera, morador de Tarazona, una yegua y dos potrancas
  • Martín Sáiz Barriga, morador en Tarazona, tres yeguas
  • Antón de Gabaldón, morador de Tarazona, una yegua
  • Martín López el mozo, morador en Tarazona, una yegua
  • Juan de Tébar, morador en Quintanar, una yegua
  • Gil Moraga, morador en Tarazona, una yegua
  • Francisco de Mondéjar, morador en Tarazona, una yegua
  • Juan Tabernero el viejo, morador en Tarazona, dos potros
En Villanueva de la Jara no disponemos de datos, pero tampoco había interés por darlos, los intereses agrarios se conjugaban mal con los militares de la Corona

vieron el registro fecho de las yeguas que ay en algunos lugares de la jurisdicción de esta villa y que en ella no se a registrado yegua alguna y que las yeguas registradas son número de diez y no dis puestas para caballo

La ocultación de yeguas fue algo muy común entre los labradores ricos, que se oponían a destinar sus yeguas para cría de caballos con fines militares. Es más, la pragmática de 1562, sería recordada veinte años después, en un inusual memorial conjunto de todas las villas del Marquesado protestarían la política de la Corona como causa de la ruina de la agricultura del Marquesado y la desaparición de las mulas en la labranza:

Las ciudades y villas del Marquesado de Villena que es de lo rreduzido a la corona de v. mt. dizen que en aquella tierra solía aver mucha cantidad de yeguas las quales se echaban al garañón de que rresultaua gran bien y provecho a toda la provincia por ser su principal granjería la labrança y de causa de aver v. mgt. mandado que no se pudiesen echar al garañón sino al cauallo todos se han desecho de las yeguas que tenían porque para este efecto no sirven en aquella tierra, por ser como es pobre de pastos y muy fría por este rrespecto an venido las labranças a mucho menos por falta de las mulas que se solían criar y i v. mgt, se sirviere de hazer merced a aquella provincia podría conseguir sus yntentos en lo tocante a criar cavallos con mandar que la mitad de las yeguas que cada uno tuviere las puedan echar al garañón y la otra mitad al cavallo y con esto se animaran a tenerlas y procurarán que las que ovieren de echar al cauallo sean de buena raça y castizas para que no aya fraude en la mitad que ovieren de echar al cauallo, convernía que v. mgt. mandase que a todas estas yeguas se les echase un yerro o marca para que fuesen conocidas y que estas tales no se pudiesen echar al garañón con lo qual se acrecentaría la labrança en toda aquella tierra y se aumentarían los cauallos y rrecibirían de v. mgt. particularísima merced
(Memorial de las ciudades y villas del Marquesado de Villena al secretario de Felipe II, Juan Vázquez, con fecha 22 de julio de 1583)

La Monarquía en esa fecha seguía defendiendo la crianza de caballos frente a las mulas. En un memorial de 9 de marzo de 1580, el gobernador del Marquesado de Villena centraba sus esperanzas en poder cerrar la dehesa del Calaverón de Villarrobledo para el pasto de las yeguas. Aunque sus intereses, tal como nos dice un memorial de marzo de 1580, chocaban con los intereses de la Mesta. Las yeguadas de esta villa de la tierra de Alcaraz tenían fama, tal como dice el memorial, de criar caballos que alcanzaban precios de doscientos, trescientos y hasta cuatrocientos ducados. La villa había obtenido para adehesar este monte en tiempos del gobernador Briceño de Mendoza, pero una sentencia de alcalde entregador de la Mesta había recordado el destino del Calaverón al pasto del ganado, aunque es de suponer que también había intereses agrarios. Las informaciones realizadas por el gobernador Diego Velázquez reconocían que se habían arrancado diez mil encinas y se habían quemado los atochares. Había, en cualquier caso, un especial interés de Villarrobledo por cerrar el Calaverón. Villarrobledo, antigua aldea de la tierra de Alcaraz, estaba obligada al aprovechamiento común de esa dehesa.




    Archivo General de Simancas, CCA (Cámara de Castilla), DIV, 22, 12. Ordenanzas y diligencias sobre el fomento de la raza caballar efectuadas en el Marquesado de Villena. 1562-1583



viernes, 15 de enero de 2016

Bancos de nogal para los regidores sanclementinos (1629)

La villa y la sociedad de San Clemente hacia el final de la década de 1620 estaba orgullosa de sí misma; lo manifestaba en sus fiestas, representaciones y espectáculos públicos, pero también en el decoro y la simbología y manifestaciones del poder de cara al exterior de su patriciado. Un ejemplo es la dotación de bancos nuevos para el ayuntamiento.
Acompañamos una relación de los regidores firmantes en ese año de 1629: destaca el apabullante número de regidores y poder de los Ortega (y su pariente García Monteagudo); los que habían accedido al poder desde el servicio de oficios públicos, escribanías: Miguel Sevillano o Bartolomé Celada; las viejas familias de los Pacheco, Castillo Inestrosa, Valenzuela o Perona, y otras familias cuyo recorrido en la vida política local se vería truncado


decimos los caballeros rregidores que aquí firmamos que por quanto esta villa tiene acordado se hagan bancos de nogal colchados de baqueta de moscobia con fluecos de seda y clavaçón dorada para asientos en el dicho ayuntamiento e rrespecto de que de presente no tiene propios con que acer este gasto lo supliremos de presente e pagaremos de nuestros bienes con rreserba de cobrarlos de los dichos propios, en aquéllos que están liberados= y así nos obligamos de pagar cada uno prorrata lo que tocare conforme a la quenta que dello diere el señor francisco de la cámara a quien está cometido, lo qual se entienda a de ser a costa de todos los caballeros rregidores deste ayuntamiento que lo an de firmar e no de otra manera= fecha en san clemente a doce de mayo de mill e seyscientos e veinte e nuebe años entre quienes en aquellos que están declarados e no de otra manera

                por mí y por mi hijo, miguel lópez de perona                      don francisco serrano

                                                           francisco martínez de perona     

                            don rrodrigo de ortega por mi padre y tal don rrodrigo de ortega    

                      don pedro pacheco                                          christóual garcía Monteagudo

                      diego lópez de iranço      garcía de haro y Andújar    licenciado tribaldos

pedro gonçaléz de tébar llanos        por mí el licenciado francisco gómez, Bartolomé de celada

                     Miguel sevillano                                                juan de ortega merchante

                                  sebastián moreno                                          don alonso valenzuela       

diego deredia                              francisco de la cámara               philipe rruiz

don diego de ortega                  don miguel de ortega              pedro rruiz ángel           

don diego del castillo ynistrosa                                                     pedro díaz de cantos  



AMSC. AYUNTAMIENTO. Leg. 50/6. Obligación de los regidores de San Clemente para el pago de bancos de nogal. 1629                        


jueves, 14 de enero de 2016

Fe de vida de don Francisco Pacheco de Guzmán, año 1604

Presentamos como curiosidad una fe de vida de 1604, requisito previo a la renuncia por don Francisco de Pacheco el mayor del oficio de regidor de la villa de San Clemente en favor de Diego de Agüero y Melchor García de Jaén.

Francisco Pacheco reconocía hacia 1586, en el juicio de residencia contra el alcalde Jaramillo, tener poco más de cincuenta años

Yo Christóual aguado muñoz scriuano del rrey nuestro señor publico de la uilla de san clemente doy fee que oy día de la fecha deste ques sauado a ora de las nueue de la mañana poco más o menos bi bibo a don françisco pacheco de guzmán el mayor vezino e rregidor desta dicha villa y hablé con él e me rrespondió a lo que le pregunté e para que dello conste de pedimento de diego de agüero vezino desta uilla di esta fee en san clemente en veinte días del mes de marzo de myll y seiszientos e quatro años
e fize my signo                                                   en testmonio (signo) de verdad
                               Christóual Aguado Muñoz (rúbrica)


AMSC. AYUNTAMIENTO, Leg. 29/13. Fe de vida de don Francisco Pacheco y Guzmán que acompaña a renuncia y traspaso del oficio de regidor. 1604

miércoles, 13 de enero de 2016

Ventas de oficios concejiles en La Alberca del Záncara





El año 1582, se acrecentará un oficio de regidor en la villa de La Alberca de Zancara. Su comprador será Nofre Sanz de Valladolid. Nofre comprará el cargo de regidor por 75 ducados, aunque quien se obligue a pagarlo será Martín de Tafalla, deudor de aquél:

Sepan quantos esta carta de obligación  vieren como yo Martín de Tafalla rresidente en esta corte otorgo y conozco por esta carta y digo que por quanto Su Magestad ha hecho merçed a Nofre Sanz de Valladolid, vezino del Aluerca del Marquesado de Villena de darle título de rregidor acreçentado de la dicha villa que haziendo de deuda agena mía propria me obligo por mi persona y bienes muebles y rrayzes auidos y por hauer de dar y pagar a Su Magestad o al señor Juan Fernández Espinossa del su consejo de hazienda y su thessorero general o a quien su poder huuiere setenta y cinco ducados que montan veynte y ocho mil y çiento y veynte y çinco mrs.

(AGS. CÁMARA DE CASTILLA-OFICIOS, Leg. 1, s. fol.)

La siguiente venta de oficio es el de alguacil mayor de la mencionada villa de La Alberca, comprado por Felipe Berruga por 650 ducados en 1634. La venta se hace en el contexto de las necesidades financieras de la Corona por la guerra de Italia de unos años antes y la contribución de los donativos de los particulares. Aparte de las preeminencias que conllevaba el cargo, es reseñable las competencias compartidas con el corregidor de la villa de San Clemente y la partición entre ambos de las penas de ejecuciones y denuncias.

Don Felipe (IV) por la gracia de Dios, Rey de Castilla, ... Acatando la suficiencia de vos Felipe Berruga vecino de la villa de Aluerca y los seruicios que nos auéis hecho y esperamos que nos haréis y porque para las guerras de Italia y otras partes nos auéis seruido con seiscientos y cinquenta ducados pagados a ciertos plaços y entendiendo que así cumple a nuestro seruicio, y a la buena administración y execución de nuestra justicia, nuestra merced y voluntad es que agora y de aquí adelante para en toda vuestra vida seáis nuestro Alguazil mayor de la villa del Aluerca,

domingo, 10 de enero de 2016

Noticias sobre los Araque de San Clemente

En dicha villa de San Clemente en siete días de dicho mes y año (junio de 1692) abiendo examinado los ocho testigos... cesar en el examen de testigos por aora y pasar a uer los libros de la parrochial de Santiago de esta villa en busca de don Andrés de Abilés y Moia teniente maior de dicha parrochial y abiendo allado en ella le pedimos nos manifestase los libros de baptismos velados y difuntos y luego nos entró en el archiuo de dicha yglesia que está a los pies de la yglesia y de un estante de entre otros libros nos exiuió uno de baptizado de a folio cubierto de pergamino foliado de 392 folios que la primera empieza qon quatro desde baptismo celebrada la tercera en 10 de julio de 1557 años y la última foja acaba con otra partida de baptismo celebrada en 22 días de diciembre de 92 y al folio 185 buelta ay una partida que lo que se le dice así por estar borrado el nombre

(al margen) fee de baptismo de don juan de araque abuelo materno del pretendiente en 27 de setiembre de 1588
Margen, Juan= en veinte y seis días del mes de setiembre (que según el guarismo de encima de la partida fue del año del 1588) bapticé yo francisco la serna un hijo de Juan de Araque y su mujer doña ynés (según lo que parece) fue su compadre de pila diego de caballón púsele por nombre Juan, testigos Martín de buedo y Alonso de Araque y lo firme= francisco de la serna

El libro de bautismo fue entregado por el teniente de cura a los pesquisidores del Consejo de Órdenes, que lo llevaron a dicho Consejo. Acusando recibo de la entrega, era normal su devolución al archivo originario. En este caso, las dudas venían por los borrones que la partida de bautismo presentaba. Hoy sabemos que este libro ha desaparecido del archivo parroquial, que sólo conserva registros desde 1687. Pero, no podemos pasar del estado de las conjeturas sobre la autenticidad de este libro, pues la informaciones que tenemos sobre estos libros son contradictorias. Cuando se buscó la partida de Antonio de Oma unos años antes en 1672, con motivo del expediente de su nieto Eugenio de Oma, el párroco de San Clemente alegó que este mismo libro, ¿o quizás el inmediatamente anterior?, había desaparecido por la inundación de 1600 del río Rus a su paso por el barrio de Roma y anegar la casa del teniente de cura que lo custodiaba. Por el expediente de pruebas del hábito de Santiago de don Francisco de los Herreros y López de 1666, sabemos que desaparecieron los libros de bautismos anteriores a 1572. (Testimonios encontrados más recientemente hablan del año 1589 como fecha de la avenida del río Rus)

(al margen) diligencias con los escribanos de la villa de San Clemente para buscar algunos ynstrumentos en quanto a la legitimación del abuelo materno del pretendiente)
en dicha villa de San Clemente en dicho día mes y año en continuazión de nuestras diligencias pasamos al oficio de pedro Sánchez y abiéndole allado en él requerimos como escribano real y del ayuntamiento de esta villa nos manifestase los protocolos y registros de su dicho oficio lo qual yço y abiendo visto sus papeles y escrituras y no abiendo allado los testamentos de Juan de Araque y doña Ynes de Buedo bisabuelos maternos del pretendiente le requerimos nos declarase si tenía noticia donde los toparíamos a que respondió no sauerlo ni noticia donde los allaría más que lo que podía acer era acompañarnos para uer otros oficios de escribanos y en asistencia suia vimos y registramos los oficios de Manuel Chicano, Phelipe Antonio, Joseph Pedro y Juan Muñoz y de Antonio de Ábalos, y no abiendo allado dichos testamentos ni otros ynstrumentos concernientes a mayor justificación de la legitimidad de don Juan de Araque abuelo materno del pretendiente en birtud de nuestra petición dada a don felix ortega alcalde de la hermandad requerimos a dicho Pedro Sánchez escribano público y del aiuntamiento y Alonso de ogea nos manifestasen los libros de elecciones de alcalde de la hermandad en quia ejecución dicho Pedro Sánchez de Villamayor nos llevó a la yglesia del señor Santiago a la capilla que llaman de pallarés junto a la pila del baptismo y en un quarto encima de dicha capilla de una alacena con su puerta embeuida en la pared de entre otros quadernos nos exiuió uno de elecciones de la bara de la hermandad por el estado de los hijosdalgo, foliado en 133 folios escrito en papel sellado por testimonio de diferentes escribanos desde el año de 1637 asta de 1692 y al folio 23

(al margen) don Juan de Araque Buedo abuelo materno del pretendiente elector para alcalde de la hermandad por el estado noble año 1646
se alla don Juan de Araque Buedo por elector de alcalde de la hermandad por el estado de los hijosdalgo

(al margen) eleto para una llabe del archibo el dicho como ijodalgo año de 1646
y a la buelta de dicho folio se alla la entrega de una llabe del archibo a dicho don Juan de Araque buedo, en 10 de octubre de 1646

(al margen) don Juan de Araque Buedo elector de alcalde de la hermandad por el estado noble año 1647
y en dicho libro al folio 26 se alla la elección de alcalde de la hermandad por el estado de hijosdalgo se alla el dicho don Juan de Araque Buedo como uno de los electores para dicha elección el año de 1647 el día 29 de setiembre

...pasamos en compañía de dichos escribanos de aiuntamento en birtud de nuestra petición a la villa presentada, a las casas del aiuntamiento que están en la plaza a uer los libros de dicho aiuntamiento  secreto que está en su sala de dichas casa(s) en un arca de tres llabes que dichos escribanos abrieron y de entre otros libros nos exiuieron uno qubierto de pergamino mal tratado escrito en papel de marca maior sin foliar de elecciones y aquerdos y al folio 68 contadas en una elección que se celebró en 29 de setiembre de 1587
(al margen) ernando de araque Montoia tercer abuelo materno del prtendiente propuesto para alcalde ordinario de el estado noble de 1587, el mismo año del 1588
se alla propuesto por alcalde ordinario por el estado noble Hernando de Araque Montoia= y al folio de dicho libro 111 buelta en otra elección que se iço el año de 1588 el día 29 de setiembre se alla propuesto para alcalde ordinario del estado noble Fernando de Araque= y al folio 145 de dicho libro se alla una elección e otra de oficios y justicia en 29 de setiembre de 1589 y en ella propuesto para alcalde ordinario por el estado noble Hernando de Araque Montoia


AHN. ÓRDENES MILITARES. CABALLEROS DE SANTIAGO, Exp. 8425. Diego de Valdés y Araque, vecino de Pozo Amargo. 1692, fols. 33 y 34

Las elecciones para alcaldes de la hermandad por los hijosdalgo en San Clemente (1639-1641)

En la villa de San Clemente, como en otras villas y ciudades, existían dos alcaldes de la hermandad elegidos anualmente, uno por el estado de los pecheros y otro por el estado de los hijosdalgo. Si bien la elección del alcalde pechero correspondía al concejo, el alcalde hijodalgo correspondía a un colegio de cuatro electores, compuesto por nobles, que se renovaba anualmente por los electores del año anterior. Las reuniones, a finales del siglo XVII, se celebraban en la capilla de Pallarés de la iglesia mayor de Santiago, anualmente se registraban los electores designados y alcalde de la hermandad elegido en un libro que se conservaba en un archivo propio dentro de la parroquia:

... a la iglesia del señor santiago a la capilla que llaman de pallarés junto a la pila del baptismo y en un quarto encima de dicha capilla de una alacena con su puerta embeuida en la pared de entre otros quadernos nos exiuió uno de elecciones de la bara de la hermandad por el estado de los hijosdalgo, foliado en 133 fojas escrito en papel sellado por testimonio de diferentes escribanos desde el año de 1637 asta de 1692...

El texto mencionado nos dice que Juan de Araque Buedo gozó de voto de elector para alcalde de la hermandad en la elección de 29 de septiembre de 1646, y además recibió el 10 de octubre una llave del archivo. El año siguiente nos aparece como uno de los cuatro electores.

La elección en la capilla de Pallarés no contaría con más de un cuarto de siglo, previamente la elección, desde hacía más de cien años, se celebraba en la capilla de San Antón de la misma iglesia, aneja al mayorazgo fundado por don Gregorio Valenzuela.

En la villa de San Clemente día de San Miguel de setiembre que quenta veinte y nueve del dho mes
del año de mill y seisçientos y treinta y nueve de la Yglesia Mayor de Santiago en la capilla que dexo
anexa a su mayorazgo don Gregorio Valenzuela, se juntaron como lo tienen de costumbre a elexir y
nombrar alcalde de la santa hermandad del estado de hijosdalgo hasta el año que cumplirá por San
Miguel de setiembre de venidero de mill y seiscientos quarenta y cavalleros electores para elexir y
nombrar otro tal alcalde para el año luego siguiente


Sobre dónde se deberían celebrar las juntas de electores, capilla de Pallarés o San Antón, hay un sonado pleito entre Alonso Sanz de los Herreros y Francisco de Astudillo, que se conserva en el Archivo Histórico Nacional y correspondiente al año 1672 (AHN.CONSEJOS, Leg. 26433, Exp. 17) .

Por el expediente de ingreso en la Orden de Santiago de Francisco de Astudillo Villamediana, tesorero de rentas reales del marquesado de Villena, conocemos las elecciones de 1639 y 1640. El 29 de septiembre de 1639, Francisco de Astudillo, consiguió hacerse con uno de los votos. Las reuniones para la elección eran en la capilla de San Antón de la Iglesia Mayor de  Santiago. Conservamos las elecciones de 1639 y 1640, donde había un equilibrio de fuerzas entre dos bandos, que se rompe definitivamente en 1640 con intervención del corregidor. Reproducimos las elecciones de ambos años.

Elecciones para alcalde de la hermandad de los hidalgos de 29 de septiembre 1639

ELECTORES........................................ VOTO PARA ALCALDE DE LA HERMANDAD, AÑO 1640 (29 de septiembre de 1639)

D. Fernando Pacheco........................... D. José Pedro Rosillo
D. Julián de los Herreros...................... D. José Pedro Rosillo
D. Pedro González de Tébar................. D. José Pedro Rosillo
D. Juan de Araque Montoya................. D. José Pedro Rosillo

ELECTORES........................................VOTO PARA ELECTORES, AÑO 1640
D. Fernando Pacheco............................ D. Andrés de los Herreros
D. Julián de los Herreros....................... D. Pedro de Montoya Vizcarra
D. Pedro González de Tébar................. D. Francisco de Astudillo Villamediana
D. Juan de Araque Montoya .................D. Sebastián Moreno Palacios

Elecciones para alcalde de la hermandad de los hidalgos de 29 de septiembre de 1640

ELECTORES..................................... VOTO PARA ALCALDE DE LA HERMANDAD, AÑO 1641 (29 de septiembre de 1640)

D. Sebastián Moreno Palacios............................... D. Manuel Fernando Piñán
D. Julián de los Herreros........................................ D. Juan de Buedo
D. Francisco de Astudillo Villamediana.................D. Manuel Fernando Piñán
D. Pedro Montoya Vizcarra................................... D. Juan de Buedo

ELECTORES................................... VOTO PARA ELECTORES, AÑO 1641

D. Sebastián Moreno Palacios............................... D. Fernando Araque Ángel
D. Julián de los Herreros....................................... D. Alonso de los Herreros, hijo de Francisco de los
                                                                                Herreros, del Consejo de Guerra
D. Francisco de Astudillo Villamediana............... D. Francisco de Alarcón Fajardo
D. Pedro Montoya Vizcarra.................................. D. Juan Pacheco Guzmán, caballero de la orden
                                                                                de Alcántara.

Las elecciones de 1639, tienen su importancia porque suponen la irrupción en el estado de los hijosdalgo de un advenedizo, Francisco de Astudillo Villamediana, sobre el que pesaban graves acusaciones de ascendencia judaica. Su aparición debió chocar con el control del colegio de electores por familias como los Herrero o los Pacheco, pero sobre todo avivaría los odios de otras como los Rosillo y apartaría del oficio de alcalde de la hermandad a Juan de Buedo. Curiosamente, en este último caso, quien decidirá el voto a favor del otro candidato, Manuel Fernando Piñán, también de ascendencia conversa, sería el corregidor Antonio Sevillano Ordóñez. En su nombramiento había sido determinante el voto de Sebastián Moreno Palacios, con quien Manuel Fernando Piñán compartía la administración de los bienes de su padre, Pedro Piñán Castillo, por esta época con graves problemas financieros. Para 29 de septiembre de 1641 el elegido como alcalde sería Diego de Alarcón Fajardo, hermano de Francisco, nombrado elector por el mencionado Astudillo. Los Araque se pondrán del lado también de Astudillo, aunque en 1646 el elector era don Juan de Araque Buedo, cuya madre era Inés de Buedo.

De la declaración de testigos del expediente de limpieza de Astudillo deducimos que en la elección de 29 de septiembre de 1639 hubo sobornos y compra de votos de los electores, y con seguridad el suyo, y que las desavenencias de ese año quedaron ocultas de cara al año posterior. Llegado 1640, el conflicto estalló claramente a la hora de elegir el alcalde de la hermandad. La victoria de Manuel Fernando Piñán sólo fue posible, como se ha mencionado, por la intervención del corregidor Antonio Sevillano Ordóñez, en detrimento del otro elegible, Juan de Buedo. A regañadientes y entre protestas el anterior alcalde, Pedro Rosillo, debió entregar la vara de alcalde de la hermandad a su sucesor.

Opinamos que la elección reflejaba la lucha de poder en el seno del ayuntamiento y las intromisiones del poder central. Tanto el corregidor como Astudillo eran por estos años los principales valedores de la política centralizadora de Olivares y sus consiguientes exigencias fiscales y militares, que chocaban con una oligarquía local que hasta ahora se había beneficiado de esas decisiones políticas, pero ahora por la sangría de hombres e impuestos veía como se desestructuraba la sociedad san clementina, incapaz de hacer frente a las deudas de los prestamistas de censos como González Galindo o Piñán Castillo, y cuyos vecinos eran víctimas de pleitos ejecutivos por el impago de las sisas y de los subarrendamientos de los propios, dehesas y pinares, a los arrendadores principales. Uno de los Buedo, Martín Alfonso, ganadero principal de la villa, era uno de ellos. En 1641, el dinero del pósito era destinado a los gastos de la conducción de soldados y faltaba pan para los vecinos. Las tensiones habían llevado a Astudillo en 1640 a meter en la cárcel a los regidores del ayuntamiento por impago de las alcabalas de la villa, acuciado en su cobro para el pago de los propietarios de juros y asentistas, que pronto exigirían con consecuencias funestas para el tesorero. Pero de momento, Astudillo, que como tesorero tenía el dinero que necesitaba la corona, vivía en la cima de su ascenso social y era el enemigo declarado de las élites locales. Junto con el corregidor Antonio Sevillano Ordóñez, asumió el papel de benefactor del pueblo, creándose una zona de recreo y distracción para los sanclementinos en la Celadilla, aprovechando la alameda plantada veinte años antes. Una iniciativa ilustrada que fue respondida de modo salvaje por sus enemigos con la destrucción de los árboles plantados y bancos construidos para el ocio de los sanclementinos.

AHN. CONSEJO DE ÓRDENES. CABALLEROS DE SANTIAGO, Exp. 2798. Francisco de Astudillo Villamediana. 1641
AHN. CONSEJO DE ÓRDENES. CABALLEROS DE SANTIAGO. Exp. 8425. Diego de Valdés y Araque. 1692

viernes, 8 de enero de 2016

Los oficios de regidores de Vara de Rey: ¿hidalgos frente a pecheros o el bien común al servicio de los ricos? (1574)

El 16 de junio de 1574 el gobernador del marquesado de Villena, licenciado Santotis, por entonces en Albacete, recibe la visita de Juan Lucas, vecino de Vara del Rey, provisto de una cédula real, pide para él y para su convecino Felipe Valero se les concedan dos oficios de regidores que han de ser acrecentados en su pueblo. Ese mismo día, y poco después, se presentó también ante el gobernador y con la misma real cédula, un hidalgo de Vara del Rey, que tenía casa en una aldea de esa villa, Pozo Amargo, llamado Álvaro de Montoya; su petición, no declarada en el expediente que analizamos, era que no se debían acrecentar los dos oficios de regidores sin una información de testigos previa, pues se consideraba que la entrada de dos nuevos regidores pecheros rompía el equilibrio entre el estado de los pecheros o, como se decía, labradores, y el estado de los hidalgos. Tanto Juan Lucas como Álvaro de Montoya presentarían testigos para defender sus opuestos puntos de vista.

Para hacer esa información de testigos el licenciado Santotis, acompañado del escribano de comisiones y órdenes del marquesado, Francisco Rodríguez de Garnica, se desplazó a Vara del Rey el día 22 de junio de 1574. Allí escucharía las opiniones divididas de labradores e hidalgos sobre el proceder de la provisión de oficios. Vara de Rey contaba con alrededor de quinientos cincuenta vecinos, distribuidos según uno de sus vecinos, entre los trescientos cincuenta de Vara de Rey, y los doscientos de sus aldeas y tierra, Sisante y Pozo Amargo. Añadía que había alrededor de sesenta o setenta casas de hidalgos. Otros testimonios rebajaban la cifra a cuarenta o cincuenta, pero el vecino Juan Escribano, antiguo alcalde, elevaba la cifra a ochenta o noventa, haciéndola coincidir con las de las Relaciones Topográficas de dos años después (1).

Los testigos presentados por Juan Lucas, pertenecientes al estado de los labradores, fueron Garci Fernández, Juan López, escribano del ayuntamiento, Alonso López de la Plaza y Pedro Rodríguez escribano de la villa. Todos ellos reconocían que la villa de Vara del Rey contaba con once regidores, de los que tres de ellos desempeñaban además los oficios de depositario, alférez y fiel ejecutor. De los once regidores, siete estaban en manos de los labradores y cuatro en poder de los hidalgos. ¿Por qué razón se había roto el equilibrio a favor de los pecheros? Según los testigos, porque los hidalgos acuciados por la necesidad o llevados por el afán de lucro habían vendido tres de sus oficios a los labradores:

       e que la causa porque los hijosdalgo dieron los dichos tres oficios a los dichos labradores fue porque les dieron por ellos más cantidad de dineros que les habían costado

De hecho los hidalgos Diego Pérez de Oviedo y Diego Montoya de Espinosa habían vendido sus oficios de regidores por 216 ducados. El primero lo había comprado a la Corona por 60.000 maravedíes, unos 160 ducados, y el segundo lo tenía por venta de su propietario, el también hidalgo Martín de Buedo. El otro hidalgo que había vendido su oficio a un labrador había sido Martín de Villamediana, que a su vez lo había comprado a Juan de Porras por doscientos ducados para revenderlo por 240 ducados. No cabe duda, que en este mercadeo de oficios participaban todos, independientemente de su condición hidalga o pechera. Garci Fernández no dudaba en poner precio al oficio de regidor en ese momento, doscientos veinte ducados.

No siempre había sido así. La venta de regidurías perpetuas, que oscilaban en un principio entre 80 y 100 ducados, había roto el equilibrio entre los dos estados a favor de los primeros compradores, hijosdalgo. Pero hemos de suponer que la crisis generada por la guerra de los moriscos de Granada hizo especialmente mella en algunas familias hidalgas que cedieron el poder municipal a los labradores (entiéndase también ganaderos enriquecidos). Los citados Diego Pérez de Oviedo, Diego Montoya Espinosa y Martín de Villamediana vendieron sus oficios a los labradores Rodrigo López, Garci Fernández el viejo y Juan Escribano. Una renuncia, añadían los testigos del bando de los labradores, guiada por un interés puramente crematístico en el contexto de unas excelentes relaciones de vecindad entre todos los vecinos, hidalgos o pecheros, donde no había lugar para pasiones o bandos; tan sólo diferencias de opiniones. Aunque se reconocía que ambos estados aspiraban a tener el mayor número de regidores. No debería haber inconveniente, se añadía,  en que se acrecentaran dos oficios en manos de los mencionados Juan Lucas y Felipe Valero, por ser personas honrradas e rricas e de buen zelo.

Pero no era ese el parecer de los hijosdalgo de Vara de Rey. La presentación de testigos correspondió a Álvaro de Montoya, que pidió se agregaran a las preguntas de la información del gobernador otras propias del estado de los hijosdalgo y que denunciaban el malestar de los hijosdalgo:

si saben que en esta villa Su Magestad tiene hecho merçed y probeído de ocho rregidores perpetuos los quales son seis pecheros e dos hijosdalgos e tres ofiçios con boto que es alférez depositario e fiel executor e de estos tres no goza más que el uno de hijodalgo e que los diez botos de estos honçe son de una opinión sólo uno ay en contra y se elijen los ofiçios por botos hechan los alcaldes y alguaçil de su mesma opinión  e bando desta causa compran los ofiçios con los propios de conçejo e soliçitan sus negocios  a costa de la villa la qual tienen tiraniçada y se comen las dehesas e cotos puniendo todos los ofiçiales de su mano y quieren tomar los ofiçios para que no aya quien le baya a la mano
Yten si saben que de que los hijosdalgo an tenido mano en la rrepública a sido más bien rregida e gouernada que tenyendo la opinión sola de los labradores como de presente la tienen
Yten si saben que de tres ofiçios dalgo an bendido a pecheros solo uno se ubo por merçed de su magestad que fue diego pérez el qual rregimiento hera de los propios labradores por quellos se obligaron a la paga y así se lo bolbió e no lo quiso dar a hombre hijodalgo, el otro que bendió billamediana hera de diego de porras hombre pechero y el dicho villamediana lo dio de henojado de ber que no serbía más que de testigo abiendo tratado que se tratase cosa que conbenía a la rrepublica e no se hizo y hecha la rrenunçiaçión luego otro día la rrebocó y se litigó en consejo rreal e se mando colar

La realidad política que nos mostraba Álvaro de Montoya no era de disputas entre hidalgos y labradores, sino de una minoría de ricos que dominaba la vida local mas allá de su sangre, diez votos contra uno, donde alguno de los regidores hidalgos eran simples hombres de paja al servicio de esta oligarquía. Una oligarquía con suficiente poder como para provocar la renuncia de uno de los regidores, Martín de Villamediana, un hombre bien yntençionado e uno de los mejores rrepublicanos e que más benefyçio hazía a esta villa .

Las preguntas, afirmaciones de hecho, fueron ratificadas por varios testigos del estado de los hidalgos, Francisco de Alarcón, Blas Díaz Meneses y Hernando Collado Gabaldón, y un pechero Juan Escribano (tío de uno de los regidores del mismo nombre). Los labradores habían aportado el dinero para que Diego Pérez de Oviedo comprara su oficio de regidor, condicionado a su traspaso. La operación era aún mas enrevesada, pues otro hidalgo del pueblo, Martín de Buedo, había prestado el dinero previamente con un censo que obligaba a los labradores. Así, una operación que aparentemente beneficiaba a los labradores, escondía el papel dominante de un hidalgo en la sombra:

e para ello tomaron los dichos labradores el dinero a zenso de martín de buedo e de su suegra mujer que fue de juan collado e dello hizieron escritura de censo por manera que aunque tenya en su cabeça el ofiçio de rregidor se entendió por esta villa no ser suyo sino comprado por los dichos labradores

Más esclarecedor era el caso de Martín Villamediana. Había comprado el oficio por traspaso de su propietario, un pechero llamado Juan Porras. No hay que dudar de la limpieza de la operación y de que este hombre tuviera sus ambiciones por hacerse un lugar en la vida política de su pueblo, pero enseguida chocaría con una oligarquía cerrada que no veía bien la incorporación de nuevos miembros:

y el dicho villamediana biéndose con el ofiçio e que hera la menor parte e que en nynguna de las cosas que proponía aunque fuese muy justo no salía con ello por ser los otros mayor parte

Vanos serían sus intentos de recuperar el oficio ante el Consejo Real. La preponderancia de esta oligarquía en Vara del Rey, donde la división entre pecheros e hidalgos había mutado en la marginación de un grupo de hidalgos locales que había perdido su poder en mano de unos afortunados por la coyuntura económica, entre los que había labradores, pero también hidalgos como Martín de Buedo. La renuncia del otro hidalgo Diego de Montoya Espinosa, motivada por el matrimonio de su hermano, que le había traspasado el oficio, en El Bonillo, más allá de las conveniencias, se presentaba como la salida de un miembro de esa minoría perdedora que buscaba la fortuna en otros lugares.


El desequilibrio del poder a favor de la nueva minoría tenía su traducción en la elección de oficios de cargos añales al servicio de los intereses de un nuevo grupo social, que en el lenguaje de la época, se llamaba el de los ricos. Curiosamente en el caso de Vara del Rey eran los hidalgos marginados los que defendía el bien común y el interés general de la república, revalorizando los viejos tiempos frente a estos otros nuevos en los que esa minoría de ricos confundía su interés privado con el público,

es cosa pública que con el dinero e caudal del alhorí compran los ofiçios e soliçitan sus negoçios enbiando personas con poca ocasión a seguir negoçios de la villa e a costa de propios para hazerlos suyos e se comen con sus ganados las dehesas públicamente e binas de vezinos todo por tener la justiçia hechada de su mano de tal manera que tienen esta villa arrobinada e destruida

Entre los testigos a favor de los hidalgos se encontraba el de Juan Escribano, tío de uno de los actuales regidores labradores. A diferencia de su sobrino, Juan añoraba los viejos tiempos en que la república se encontraba bien gobernada. La defensa de lo tradicional no sólo era cosa de hidalgos. Una muestra más de lo que habían cambiado los tiempos; una sociedad muy dinámica había roto los viejos consensos sociales y el orden tradicional. El interés privado se había impuesto al bien común. La ruptura del mundo de la tradición y lo viejo, que se añoraba como antigua edad de oro, había traído la injusticia y el desgobierno:

porque al tiempo que los dichos hijosdalgo tenían la mayor parte de los oficios e heran iguales abía más quenta con el alhorí e propios del concejo y era mejor rregida e gouernada esta villa e menos fatigados los veçinos porque este testigo fue alcalde en aquel tiempo e lo bido ser ansy e después que los dichos labradores cargaron e quedaron con la mayor parte de los ofyçios no está esta villa bien gouernada ny ay tab buena horden en el alhorí del pan ny en las cosas de la républica e que todos están a un bando e los labradores elijen de su mano la justicia hordinaria a quien quieren e se comen las dehesas panes y lo más públicamente e lo destruyen syn que aya justiçia que los castigue ny guardas que los osen prendar y por ser todos puestos por su mano y estar aunados e que por esta causa comberná ygualar los ofiçios porque obiese personas que contradixesen lo mal hecho e para que saliesen alcaldes que que executasen los daños que hazen e tubiesen quenta con el alhorí del pan e que de acreçentarse ofiçios de hijosdalgo por ygualarse con los labradores no bienen daños ny ynconbenyentes antes prouecho

Tras los testimonios de los bandos enfrentados vinieron los de aquellos vecinos que mostraban una mayor independencia de juicio. Sólo uno de ellos, el licenciado Torres, clérigo, teólogo y predicador de la villa, apostaría por acrecentar los oficios pedidos por Juan Lucas y Felipe Valero. La siguiente declaración fue del labrador Pedro de Jábaga. Su declaración nos ofrecía una visión diferente a las anteriores, pues defendía la vuelta a la tradicional elección anual de regidores por suertes, considerando dañoso para la república el establecimiento de regidores perpetuos:

que conberná que no ubiese ningunos rregidores perpetuos sino que se tornasen añales e que los vecinos desta villa pagasen el ynterés e de lo que les costó e que se rrescatasen e questo le paresçe e no acrecentar

El testimonio de Pedro de Jábaga, vino apoyado y corroborado por Hernán Sanz Herrero, vecino e regidor del lugar de Sisante, que, además de devolver el cargo de regidor a su duración anual, abogaba por igualar a la mitad los oficios entre labradores e hidalgos. Francisco de Aranda, labrador, era del mismo parecer

conbiene al bien de la rrepública e quietud e buen gobierno que los que ay su magestad los mandase quitar e tornar a ser añales como antes estaban porque quando heran añales esta villa estaba bien gobernada e bien rreparada e después que su magestad perpetuó está esta villa perdida e llena de rrencores e parçialidades sobre estos ofiçios e sobre quien sea la mayor parte e sobre las baras de alcaldes... e que la costa de quitarlos (los regidores perpetuos) fuese rrepartido entre ellos veçinos de la dicha villa y este testigo aunque pobre daría quatro ducados porque se juntasen

El malestar en el común de los vecinos era generalizado  contra las regidurías perpetuas. Los hidalgos habían intentado sacar partido de ese malestar en provecho propio, pero se habían visto desbordados por las quejas del común. El gobernador Santotis no podía permanecer ajeno a la realidad. Por eso el memorial que envío desde San Clemente al Consejo Real el 25 de junio de 1574 no ocultó el malestar, pero desde la ambigüedad defendió un difícil equilibrio de los intereses enfrentados en la justificación del memorial para hábilmente decantarse por el acrecentamiento de los dos oficios a favor de los peticionarios. Al fin y al cabo estaban dispuestos a pagar 240 ducados cada uno y había que elegir entre el bien común de la república y el interés financiero de la Corona.

                                                  Católica Real Magestad

Por vuestra magestad fue mandado que en la villa de bala de rrey deste vuestro marquesado vbiese ynformación si conbenía acreçentar çiertos rregimientos que pidieron çiertos veçinos de la dicha villa del estado de los pecheros o si conbenía ygualar los ofiçios entre los dos estadosde hijosdalgo y labradres yo la  hiçe llamadas las partes a quien tocaba e por ella paresçe que la dicha villa y su tierra tendrá quinientos veçinos y que en ella ay honçe rregimientos que para pueblo de tan poca beçindad es sufiçiente número y el común e vecinos della dizen que no sólo no conbendría aceçentar rregimientos más que conbiene quitar los que ay y que ellos de muy buena boluntad pagarán la cantidad con que sirbieron a vuestra magestad las personas que los tienen e tornasen a ser añales como antes heran por la diferençia que hallan en el gobierno de la rrepública del tiempo que eran añales a como son de presente y pareçe que destos honçe rregimientos tubieron el estado de los hijosdalgo los siete que heran la mayor parte y que tres de los hijosdalgo los siete que hera la mayor parte y que tres de los hijosdalgo bendieron los tres ofiçios a el estado de los pecheros por mucha más cantidad del preçio con que abiendo serbido a vuestra magestad e agora el estado de los hijosdalgo pide que en caso que vuestra magestad quiera acreçentar algunos rregimientos se les a de dar a ellos para ygualarse con los pecheros como esto constará a vuestra magestad por estas ynformaçiones fechas por las partes dentramos estados y de mi ofiçio mi pareçer es que si vuestra magestad fuere serbida de açer merçed de acreçentar más rregimientos aunque dello no ay necesidad por aber número bastante mandase ygualar al estado de los hijosdalgo con los que tienen los pecheros i tanto a los unos como a los otros porque estando de por medio la villa estará más bien gobernada y las personas que del estado de los pecheros piden los ofiçios declarados en vuestra rreales çedulas son hombres bastantes y de las calidades que deben tener para el gobierno de aquella rrepública y si vuestra merçed ubiere de haçer merçed de se les dar le podrán serbir por cada ofiçio con doçientos e quarenta ducados porque a este presçio se an bendido entre ellos e mandar proveer lo que más conbenga a vuestro rreal serbiçio nuestro señor la católica y rreal persona de vuestra magestad conserbe en su santo serbiçio con aumento demás rreynos como los criados de vuestra magestad deseamos de san clemente de vuesro marquesado de Villena a los beynte e çinco de junio de mill e quinientos e setenta e quatro años
                                                            c. r.m.
de v. mgt. su muy humilde criado que sus rreales pies y manos besa
                             el liçençiado Martínez santotis (rúbrica)

Las Relaciones Topográficas de Felipe II nos muestran apenas dos años después un regimiento en el que ha entrado Felipe Valero, aunque no Juan Lucas,o al menos no está presente (2); la venta de regidurías perpetuas se ha consumado como práctica generalizada, al igual que la patrimonialización de los oficios en manos de unas pocas familias. El viejo orden tradicional de elección por suertes enterrado y el siempre difícil equilibrio en la posesión de cargos entre labradores e hidalgos roto en favor del gobierno de los ricos. Estos, pecheros o hidalgos, pronto se igualarán con el ennoblecimiento de los primeros.

(1) en esta villa y arrabales hay ochenta casas de hijosdalgo, que se llaman Montoyas, Buedos, Cuéllares, Díaz, Oviedos, Alfonsos, Angulos, Gabaldones, Alarcones, Güetes, Meneses, Gómez de la Serna, Pachecos, Hurtados, Resas, Sepúlvedas, Palacios, Rosillos, Lesundis, Remírez, Peraltas, Graneros,...
ZARCO CUEVAS, Julián: Relaciones de pueblos del Obispado de Cuenca, Diputación Provincial de Cuenca, 1983 (Edición de Dimas Pérez Ramírez), pág. 155.

(2) El 20 de diciembre de 1575, la composición del ayuntamiento, tal como aparece en las Relaciones Topográficas es la siguiente: Leonardo de Cuéllar y García Hernández, alcaldes ordinarios, Pedro Ruiz de Alarcón, alférez mayor, Diego de Buedo, Gonzalo de Xábega, García Hernández el mayor, Rodrigo López, Felipe Valero, Ortega de Angulo, fiel ejecutor, Alonso de Andújar, el capitán Martín Alfonso de Buedo (que a partir de 1580 nos aparece como tesorero de rentas reales del marquesado de Villena), todos ellos regidores perpetuos de la villa, Alfonso Montoya de Abengoza, alguacil mayor. No obstante los oficios se habían acrecentado en cuatro más en el corto espacio de año y medio, como recoge la respuesta 44: que hay en esta villa dos alcaldes ordinarios y un alguacil mayor y un alférez, e diez regidores y dos fieles executores e un depositario general, perpetuos ZARCO CUEVAS, J. op, cit, pág. 155

FUENTE

AGS. EXPEDIENTES DE HACIENDA, Leg. 210, fol. 7. Información del licenciado Santotis, gobernador del Marquesado de Villena, sobre acrecentar oficios de regidores en Vara del Rey. 1574






lunes, 28 de diciembre de 2015

Disputas en la elección de oficios concejiles en San Clemente (1552)

 El 22 de septiembre de 1552, siete días antes de San Miguel, fecha señalada cada año para la elección de los oficios del concejo de la villa de San Clemente, varios oficiales públicos de la villa de San Clemente, a saber, Juan de Robles y Juan del Castillo Abengoça, alcaldes ordinarios, Alonso de Valenzuela y Pedro de Tébar, regidores, y Francisco de Herreros, alguacil mayor, dieron su poder a Gonzalo de Iniesta para trasladar una petición al gobernador (en su ausencia la recogería el alcalde mayor Ramírez Montoya), que no era sino respuesta el intento de Diego de Ávalos y tres consortes (creemos que alguno de los Rosillo) de imponer sus condiciones a la elección de alcaldes y alguaciles de ese año. La redacción, preparada por un jurista, pariente de uno de los regidores, correspondió a Alonso de los Herreros. Como testigo en el momento de la presentación de dicha petición estaba presente Diego Sánchez de Orihuela.

La petición correspondía a tres familias aliadas en este momento en la vida municipal: Herreros, Valenzuela y Tébar (es decir, Origüela), pero faltaban otras, que sin duda con su silencio tomaron partido por los Jiménez-Dávalos y Rosillos. Estos eran los Pacheco y los Castillo. Hemos de pensar que las alianzas eran circunstanciales y que los dos bloques por el dominio de la vida local los constituían los Herrero, por un lado, y los Castillo y Pacheco por otro. Desde la elección de 1549, la elección de oficios públicos se había decantado a favor de los Herrero, mientras los Castillo, con Hernando como mano derecha del gobernador del marquesado en 1548, eran apartados de la vida municipal y bloqueada en la Chancillería de Granada su aspiración de reconocimiento de hidalguía.

La alianza de los Tébar-Origüela con los Herreros hemos de tenerla por circunstancial e interesada, pues ambas familias había estado enfrentadas en la elección de alcaldes ordinarios de dos años antes. No obstante, los Origüela conseguirán poner un próximo suyo, Hernando de Montoya, como alcalde ordinario.
Don Diego Torrente solía fijarse, en sus estudios de las actas municipales, en las diferencias habidas en la elección de oficios de 1549 y 1550, considerando tranquilas las elecciones de 1551 y 1552. Nosotros creemos que las tensiones no habían desaparecido; es más se habían acrecentado y pronto estallarían por la marginación  de una parte de la sociedad sanclementina.

Ya sabemos lo que pasó en julio de 1553. El enfrentamiento entre Origüelas y Jiménez-Dávalos-Rosillos por un trivial asunto de carnicerías fue de inusitada violencia, mientras las familias principales se mantuvieron al margen.

Pero la naturaleza del conflicto, que se manifestará en algún momento como disputa entre cristianos viejos y cristianos nuevos, respondía a la oligarquización del poder municipal y la exclusión de una amplia mayoría de la sociedad sanclementina. El ayuntamiento abierto había devenido en regimiento cerrado desde 1543. Los nuevos regidores perpetuos lucharan entre sí por el control del poder municipal. La frialdad de su enfrentamiento, limitado al respeto de las normas, tendrá su cara amarga en la creación de bandos y redes clientelares y en la reducción de los oficios públicos de alcaldes ordinarios y alguacil a meros comparsas de sus intereses. Los despreciados cargos añales al servicio de los ricos que denunciará el administrador de rentas Rodrigo Méndez veinticinco años después. Ahora bien la justificación jurídica del doctor Alonso de los Herreros es otra: se trata de crear un  gobierno de los escogidos por su capacidad y suficiencia frente al  gobierno de los inhábiles e idiotas del sistema rotatorio de las suertes. Alonso de los Herreros iba más allá, denunciaba la supuesta parcialidad de los agentes de la monarquía, como alcaldes mayores, negando su papel defensor del bien común de la República, para acabar defendiendo la transmisión hereditaria de  los cargos públicos.

                                                              magnífico señor

gonçalo de yniesta en nombre del conçejo y de los alcaldes alguaçiles y rregidores desta villa contenidos en el poder que hago presentaçión rrespondiendo a lo pedido por diego de ávalos y sus tres consortesy por rrodrigo docaña que dize ser su procurador vsando de una rreal provisión ante v. m. presentada sobre la dicha eleçión de los ofiçios del conçejo desta villa que por el día de san miguel de setienbre se suele hazer, digo que de justiçia v. m. no deve hazer cosa alguna de lo pedido por los susodichos que no son parte ni tienen derecho a lo que piden y la dicha rreal provisión fue ganada con sinyestra  y no verdadera rrelaçión el dicho diego de ávalos en pedirla en nombre de los veçinos no tiniendo tal poder cometió delito digno de castigo y en la rrelaçión el dicho diego de ávalos alló la executoria rreal que esta villa tiene vsada y guardada para elegir los dichos ofiçios y hizo mención del previlegio que no es vsado ni guardado en lo que los susodichos partes contrarias quieren fundar su yntençión que los rreçagados posteros por rrueda entren en las suertes de los dichos ofiçios, cosa çierta que nunca en esta villa se vido platicar ni ser costumbre ni se oyó deçir los que an de entrar en las suertes conforme a el tenor de la executoria que da la forma por estas palabras formales los que an de entrar en las suertes de los ofiçios sean onbres elegidos por los oficiales  postreros oviesen de ser metidos en suertes no sería eleçión y sería venir contra la dicha executoria y contra el vso y costunbre de que en ella se haze mençión y ansy se a fecho de tienpo inmemorial a esta parte elegir de los posteros los más ydóneos ábiles y suficientes capaçes del ofiçio porque son elegidos y libres de todo interés e de las negociaciones que en los pueblos suele aver que es grave el daño que la rrespública sentiría de lo contrario y por esta razón el iuris consulto paulo dize las siguientes palabras açerca de los que an de ser elegidos para ofiçios de la rrespública honores et munera non ordinatis quibus per sed poçioribus quibus per ynjunjenda sunt cosa no deçente sería que cupiese la vara de alcalde hordinario o de alguaçil mayor desta villa a persona menos sufiçiente ydiota que más la consequençia es: es postero reçagado luego meresçe ser alcalde o alguacil  y también a el avtoridad de vn ayuntamiento tan honrrado como es el desta villa conviene elegir por alcaldes y alguazil personas que no vilipenden el ofiçio pues tienen boto en el ayuntamiento sean personas que sepan botar por eleçión entre lo bueno y malo y siendo esta villa como es la más prinçipal deste marquesado donde más hordinariamente los governadores y alcaldes mayores rresiden, neçesidad an que las personas que an de ser helegidos por alcaldes y alguazil sean personas avisadas y que se provea el ofiçio con ellos y no ellos del ofiçio y ansy después que los rregimientos son de por vida se a fecho que sean personas sufiçientes por alcaldes y alguaçiles y an fecho muy bien e fielmente sus ofiçios cada vno en su tienpo
teniendo buena governaçión en las cosas de la rrepública  y admityendo  justicia ygualmente a las partes y en quietud e paz y sy algún pleyto e divisyón a avydo en esta villa no a seydo por causarlo los dichos ofiçiales elegidos ni tanpoco los heletores contra quien piensa que an ganado la dicha rreal provisyón la causa a seydo por culpa de algún alcalde mayor que a avido syn buena consyderaçión haziendo parçialidad con algunos ofíçiales por sostener cosas no devidas contra el bien público y en los ayuntamientos mostrándose parçial en las cosas que avían de proveer como es notorio y desçir que no se deven de admitir a las suertes de los ofiçios el que fuere hijo o padre o pariente de alguno de los heletores es contra derecho bueno estaría el ábil y sufiçiente para ser elegido para ofiçio de justiçia  sy lo oviese de fazer ynábil el debdo que tiene con alguno de los heletores no solamente el padre puede elegir al hijo por decurión más avnque el padre no quiera los demás eletores lo puedan elegir según Ulpiano jurisconsulto que dize asy quod pater non consensit honoribus sive muneribus filii, ne illius patrimonium oneri subiiciatur, praestat defensionem, non civem patriae utilitalibus, quatenus potest, aufert, por las quales rrazones no a de hazer el yntento la parte contraria porque es syn fundamento de derecho y a la executoria y costunbre y a v. m. pido guarde y cunpla dicha executoria syn eçeder de la so protestaçión de la nulidad y ansy lo pido y justiçia y las costas para lo que ... y contenido y ofrézcome a dar ynformación que convenga
                            el dotor alonso de herreros (rúbrica)

FUENTE

AMSC. CORREGIMIENTO. Leg. 44/47. Regidores y oficios públicos de la villa de San Clemente contra Diego Dávalos y consortes sobre elección de oficios. 1552

sábado, 31 de octubre de 2015

Hernando del Castillo, el licenciado Melgarejo y el ayuntamiento del 9 de noviembre de 1548.

Aquel mes de noviembre de 1548, el gobernador del Marquesado de Villena, Luis Godínez de Alcaraz, lo pasó en San Clemente. Su estancia fue aprovechada para la celebración de varios ayuntamientos para tratar temas ordinarios de la villa, en los que no faltaron la referencia a los numerosos pleitos en que se hallaba inmerso el pueblo en la Chancillería de Granada.
El ayuntamiento de San Clemente había perdido parte de su frescura democrática, desde que en 1543, y tal como sucediera en otras villas, una Corona agobiada por los problemas financieras de la enésima guerra con Francia decidiera vender los oficios de regidores perpetuos y acabar con su elección, como ocurría con los alcaldes ordinarios. Estos oficios que supieron mantener su independencia y la primera instancia frente a los gobernadores del Marquesado, acabaron siendo cargos añales al servicio de los grupos de poder local y su elección motivo de enfrentamiento entre los bandos.

La villa de San Clemente, acababa de salir de una de las crónicas crisis de subsistencia, agravada por una plaga de langosta, que le había obligado a tomar a censo 2.000 ducados en 1545 para el abasto de trigo, veía como los precios del trigo se hundían ahora e incluso el depositado en el alhorí de la villa tenía difícil salida. Antón Dávalos, abastecedor de la panadería, veía como perdía en cada libra de pan dos maravedíes. En frente de su negocio tenía a un Origüela, Gonzalo de Tébar, que se llevaba ocho maravedíes por la venta de cada arroba de un vino aguado, a decir de los vecinos. Sin duda, estos pequeños éxitos y fracasos personales en los negocios contribuía a alimentar los odios preexistentes, que, como hemos visto en otra parte, acabarían estallando el año 1553.

En la bajada del precio de los granos no debió ser ajena la decisión del ayuntamiento de tomar prestados del licenciado Melgarejo 2000 ducados, una parte de ellos en 700 fanegas de trigo, colocando así sus propios excedentes. No es que los regidores se dejaran engañar, más bien todos, o al menos algunos de ellos, participaron de la operación financiera, aunque más justo sería hablar de apaño.

Palacio de los Melgarejo 
El licenciado Melgarejo y su madre doña Juana de Olivares, vecinos de Castillo de Garcimuñoz, ya  a finales de 1545  habían prestado a la villa de San Clemente 1.000 ducados para la compra de trigo. El negocio fue redondo para madre e hijo, pues el dinero en manos del concejo sanclementino revertió enseguida a manos del licenciado Melgarejo como pago del trigo que este mismo proveyó a la villa a precio de nueve reales y medio la fanega. Además se garantizaba un 10% de interés anual en dos pagos semestrales. La villa había solicitado licencia real para tomar a censo 1.000 ducados más. Hernando del Castillo fue en auxilio de la villa, aportando la cantidad que faltaba.
El año 1548, la situación fue de nuevo calamitosa, una plaga de langosta arruinó las cosechas y los precios del trigo se desorbitaron, alcanzando los catorce reales de la fanega. Antón Dávalos, arrendador de la panadería pública, compró más de 500 fanegas de trigo pensando sin duda en hacer una buena inversión especulando con la necesidad ajena. Pero se equivocó, pues otros también tenía en mente operaciones especulativas de más calado. Allí estaban de nuevo el licenciado Melgarejo y el regidor Hernando del Castillo, dispuestos a prestar o a resolver sus problemas de liquidez de un plumazo.
Por supuesto que cuando se pidió al final del verano de 1548 la licencia real para un nuevo censo se justificó con la necesidad de pan que tenía la villa, aunque también para aliviar las exhaustas arcas municipales, que pagaban intereses por los préstamos del 10 por ciento. Se trataba de quitar, redimir, estos censos, pues había censalistas dispuestos a cobrar un interés menor del 14 al millar, un 7 por ciento de interés. Ni que decir tiene que el censalista predispuesto a rebajar el interés era de nuevo el licenciado Melgarejo, que de hecho, había impuesto un tipo de interés más favorable para sí que el autorizado por facultad real, que era del 18 al millar, es decir, el 5,5% de interés.
En la obtención de los permisos reales necesarios para el nuevo préstamo fue fundamental la información presentada por el bachiller Orozco, alcalde mayor del Marquesado. Que los regidores de San Clemente se habían ganado el favor de las autoridades del Marquesado no cabe duda. Pero más clarificador es cómo en la voluntad del alcalde mayor y del propio gobernador era decisiva la influencia de uno de los regidores, Hernando del Castillo.
Hernando del Castillo aparece como árbitro de la política municipal durante este año de 1548. De hecho, los plenos municipales del mes de noviembre de ese año destacan por la ausencia de los regidores. Solo cuentan con la presencia del gobernador del Marquesado Luis Godínez y el mencionado Hernando. Los cargos electivos del ayuntamiento, alcaldes ordinarios y alguacil mayor, parecen jugar el papel de meros comparsas. Pero el aparente dominio de Hernando también esconde la animosidad  y disputa del poder por otros regidores como los Herreros.

Hernando del Castillo, así como sus hermanos Alonso y Francisco, eran nietos del alcaide de Alarcón Hernando, y su poder económico se había afianzado en San Clemente con el matrimonio de su padre Alonso con María de Hinestrosa. Las alianzas familiares les llevarán a entroncar con los Pacheco de Minaya por el casamiento de la hermana de Hernando, Juana de Toledo, con Alonso Pacheco.
Ahora los Castillo buscarán el reconocimiento social e iniciarán un pleito en la Chancillería de Granada por su hidalguía contra el concejo de San Clemente. Su caso no era único. Desde 1543, que se venden las primeras regidurías perpetuas, la renuncia obligada a la hidalguía para ser aceptado en los oficios públicos dejaba de tener sentido, pues estos se compraban. La perpetuidad de estos oficios reducía a un papel secundario otros oficios como los de alcaldes ordinarios, cuya elección era objeto de disputas entre los bandos en los que se alineaban los regidores. La condición pechera para el acceso a los cargos de regidores dejó de ser un requisito y, por tanto, la consecución de la hidalguía un reconocimiento social de la primacía alcanzada en la vida local. Es ahora, cuando Hernando del Castillo, junto a sus hermanos Francisco y Alonso, acuden a la Chancillería de Granada en busca de la ejecutoria de hidalguía. No fueron los únicos, pues desde 1543 los expedientes de vecinos de San Clemente con aspiraciones nobiliarias se acumulan en este tribunal. Valga como ejemplo la siguiente numeración: Alonso Valenzuela, Jerónimo Montoya Abengoza, Antonio y Cristóbal de la Fuente, Francisco García (antecesor de los Monteagudo), Antonio Ruiz de Villamediana, Hernán Vázquez de Haro Pallarés, Juan Granero y los mencionados hermanos Castillo.
Pero las exenciones y privilegios de los nuevos nobles nunca fueron bien vistos en San Clemente. La villa luchará por evitar la concesión de nuevas ejecutorias, consiguiéndolo a veces, como en el caso de Cristóbal y Antonio de la Fuente, que se vieron obligados a dejar la villa y avecindarse en Santa María del Campo. La oposición al ennoblecimiento de los hermanos Castillo fue mucho mayor; las acusaciones judaizantes que pesaban sobre la familia se sacaron a la luz con motivo del expediente de hidalguía. No tardaría en recordar el concejo sanclementino los huesos exhumados y quemados en la Plaza Mayor de Cuenca de la bisabuela Violante González, alias Blanca o Blanquilla.

El inicio del pleito de los hermanos Castillo por su hidalguía en la Chancillería en la Chancillería de Granada se inicia ahora en 1548. Sus problemas con el concejo de San Clemente también. La necesidad de Hernando de liquidez inmediata para sufragar los gastos del proceso judicial explicaría en parte la sesión del pleno de 9 de noviembre de 1548.
 Las reuniones del concejo de San Clemente en aquel mes de noviembre eran, como hemos dicho reuniones muy reducidas, con la presencia del gobernador Luis Godínez Alcaraz. Asistían el regidor Hernando del Castillo Hinestrosa, el alguacil mayor Martín de Oma y los alcaldes ordinarios licenciado Perona y Alonso Martínez el bermejo. Dando fe de los acuerdos, el escribano Rosillo.
Pero el tema tratado aquel 9 de noviembre eran demasiado importantes como para que los regidores se inhibieran. Estaban presentes todos los regidores que desde 1543, habían comprado sus regidurías perpetuas: además del citado Hernando, Don Francisco Pacheco, Sancho López de los Herreros, Cristóbal de Tébar, Francisco de Herreros y Alonso de Valenzuela. Como invitado en la reunión estaba el licenciado Melgarejo.
Enseguida se pasó a tratar el asunto que les tenía allí presentes: la toma por la villa a censo de 2000 ducados a un interés del 7 por ciento, destinados a redimir censos anteriores, cuyo interés era del 10 por ciento. Aunque hemos de pensar que en aquella operación no se vio ni una sola moneda, el concejo se dio por recibidos los 2000 ducados del licenciado Melgarejo. El primero en saldar cuentas, fue el regidor Hernando del Castillo, poseedor de dos censos contra la villa de 85.125 maravedíes y 100.000 maravedíes al mencionado interés del 10 por ciento. No perdonó los réditos adeudados del segundo censo por valor de 6.666 maravedíes y  de la que ya tenía carta de pago del mayordomo de propios Pedro Hernández. En total, 191.791 maravedíes. Era tal la seguridad de este hombre en el control de la vida municipal que no se había molestado en escriturar el censo de 100.000 maravedíes.
El segundo en arreglar cuentas, de mano de sus familiares, fue Bernardino de los Herreros que cobró el principal de un censo de 50.000 maravedíes y los réditos de 5.121 maravedíes correspondientes a un año. Al unánime acuerdo a tres, se sumó el licenciado Melgarejo, que no sólo se aseguró percibir por adelantado parte de los réditos del nuevo censo 21.470 maravedíes, sino también un premio de 46.875 maravedíes. Al reparto se sumó Hernando Montoya, vecino de Minaya, con 982.5 maravedíes de los corridos de un censo de 13 al millar, hemos de suponer que Cristóbal de Tébar hacía de valedor y testigo de la operación.
Las partidas suponían la mitad del censo de los dos mil ducados, la otra mitad quedaba en manos del licenciado Melgarejo para redimir el censo de 1545, que recibiría además una renta anual de 53.561 maravedíes por los intereses anuales del 7 por ciento. Pero la operación de nuevo comprendía la colocación por Melgarejo de sus excedentes de granos a la villa de San Clemente, aunque esta vez la cantidad de fanegas se correspondía con un valor de 300 ducados. La aportación del trigo de Melgarejo provocaría el descenso generalizado de los precios. Antón de Ávalos, abastecedor de panaderías, que había comparado el trigo a 14 reales la fanega, tenía que renunciar al arrendamiento del negocio por perder dos reales del valor de cada fanega. Aún así, anduvo avispado, pues dos meses después el valor de la fanega del trigo había caído a nueve y ocho reales y medio en los territorios comarcanos donde se compraba. Coincidiendo con el acuerdo municipal del 9 de noviembre, se empezaba a liberar a bajos precios las 200 fanegas retenidas en el alhorí de la villa. En suma, en apenas dos meses se había pasado de una situación de necesidad extrema a una situación excedentaria en la que jugaron mucho los movimientos especulativos, en los que el licenciado Melgarejo y Hernando del Castillo no debieron estar al margen.
Pero en todas estas decisiones había ganadores y perdedores. Una muestra es el caso de Alonso Valenzuela, convidado de piedra en la reunión del día 9 de noviembre, que veía como el concejo se negaba a pagar, en su reunión del día 10 de noviembre, al licenciado Guedeja, casado con una Valenzuela, los  9.000 maravedíes por unos servicios como procurador que no prestaba. Pero el licenciado Guedeja ya debía tener miras más altas como abogado en la corte. Este conflicto se sumaba a muchos otros que escondían los bandos familiares y su lucha por el poder local.

El acuerdo entre los Herrero y Hernando del Castillo se rompería en la elección de oficios del año 1549. Para San Miguel de ese año Miguel de los Herreros y Sancho de los Herreros desplazarían como alcaldes ordinarios a los que no eran sino testaferros de Castillos y Pachecos, que se vieron marginados en la elección de ese año. Alonso de Oropesa se hacía con el cargo de alguacil mayor. Las diferencias entre bandos se manifestaba también en el recelo que despertaba la colaboración de los Castillo con el gobernador del Marquesado. No en vano, la villa se hallaba en conflicto con éste por la privacidad de la primera instancia de sus alcaldes. Sólo así se explica que para la alcaldía de 1549 se eligieran como oficiales a dos personas de primer rango, como eran los Herreros.
Caso más singular era el de los Origüela, a los que vemos enfrentados a todos. Juan González de Origüela mantiene un contencioso con el ayuntamiento por una deuda de 93.000 maravedíes por el abasto de carnes. Su hermanastro Gonzalo de Tébar, despierta las envidias de sus vecinos por los beneficios, ocho maravedíes por arroba, que le reporta el monopolio de la venta del vino en su tienda de la plaza. Pronto se planteará en el ayuntamiento la necesidad de abrir otra tienda  de vinos. Parece que defensores de la libre competencia en provecho de intereses particulares los ha habido siempre. No obstante, no se arredrarían los Origüela, que en 1550 consiguen poner a uno de los suyos como alcalde ordinario, Andrés González de Tébar. No lo aceptarán las viejas familias que mantendrán a Andrés y al otro alcalde elegido, Miguel Vázquez de Haro Pallarés, presos en la cárcel para que puedan seguir disfrutando de la alcaldía los Herrero.
Las contradicciones de las luchas de bandos se expresarían en el conflicto ya estudiado de 1553, cuando el alcalde Hernando Montoya, próximo a los Origüela, es malherido en la cabeza por la facción de los Jiménez-Dávalos y los Rosillo. A partir de aquí, el intento de linchamiento personal da lugar al conflicto sobre la limpieza de sangre. No se podrá doblegar a los Castillo, que fortalecidos por su alianza con los Pacheco, se permitirán el lujo de presentarse ante las viejas familias como descendientes de Clemente Pérez de Rus, pero sí a los Origuela, que, sin la intensidad de la segunda década, sufrirán nuevos procesos inquisitoriales.

(AMSC. AYUNTAMIENTO, Leg. 10/1, actas del ayuntamiento de 3, 7, 9 y 10 de noviembre)
(AMSC. AYUNTAMIENTO, Leg. 49/3 y 49/5, Censos a favor de los Melgarejo, 1545 y 1548)