El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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domingo, 13 de junio de 2021

DE NUEVO, LOS MELGAREJO

 




En la mitad de la centuria del quinientos, los gobiernos municipales estaban cayendo en manos de oligarquías cerradas. No es que antes fueran ayuntamientos abiertos, pero ahora el poder local era pretendido ser monopolizado por algún apellido afortunado. Era el caso de Castillo de Garcimuñoz, donde Francisco Melgarejo quería hacer valer su fortuna, estimada en cincuenta mil ducados, para controlar el poder municipal. El clan Melgarejo pasaba por ser uno de los más ricos de toda la comarca, además del citado Francisco, su madre poseía una fortuna de veinte mil ducados, y los hermanos Diego y Valeriano de ocho a diez mil cada uno. Claro que una cosa era la ambición de los Melgarejo y otra la realidad de unas enemistades y odios soterrados, que afloraban tan pronto como esa ambición despuntaba. Si las ambiciones de los Melgarejo para hacerse con el señorío de Valera de Yuso tuvo que ceder ante la rama sanclementina de los Castillo, el intento de ver reconocida su posición económica con el reconocimiento social en su pueblo, Castillo de Garcumuñoz, chocó con la oposición de las familias de la villa, que enseguida recordaron la ascendencia judía de la familia.

Fue en febrero de 1569, cuando siguiendo la tradición de los libelos, que por lo que vemos eran más comunes de lo que se pueda pensar, y así lo reconocía nuestro testigo Pedro de Liébana, cuando al ayuntamiento del Castillo de Garcimuñoz llegó una carta cerrada desde la Corte con graves injurias contra Francisco Melgarejo y su familia:

que se extendió tanto la malicia en la dicha villa que puede aver ocho o nueve días poco más o menos tiempo que echaron una carta cerrada e sellada con un sobre escripto para el ayuntamiento de la dicha villa del Castillo con dos reales de porte, la qual echaron en los poyos plaços de la audiencia de la dicha villa que es el más público lugar de la dicha villa la qual carta venía  enviada como de la corte de su magestad e se dize públicamente en la dicha villa que lo que la carta conthenía eran muchas ynjurias contra los dichos melgarejos e otras personas de la dicha villa que según dizen los que avían oydo leer hera que dezían que los dichos melgarejos el dicho Francisco Melgarejo e los demás de sus debdos thenían más de conversos e judíos que de hidalgos”

Aunque la carta iba cerrada, hubo quién, cuyo nombre delataremos después, tuvo la idea de llevarla a la iglesia del convento de San Agustín, donde se leyó, ni más ni menos que cuatro veces, ante una gran concurrencia de vecinos, que se encargaron por el boca a boca de propagarla por todos los pueblos de la comarca. O eso decía algún testigo, confundiendo la rumorología con la verdad, pues la lectura había sido más restringida y la el escaso celo en guardar el secreto la causa de su divulgación.

El licenciado Melgarejo había ido a la Corte, dos meses antes, a traer una provisión real que facultaba a los hidalgos para entrar en los oficios concejiles de la villa. La vuelta con la provisión sentó mal en el pueblo, con improvisadas juntas de vecinos, murmuraciones y apelaciones a poner en conocimiento del marqués de Villena la alteración de la elección de los oficios concejiles. El sacristán Alonso de Villarreal la vio y entregó al escribano de Castillo de Garcimuñoz, Alonso Calero, acabando la carta en manos del alcalde Ambrosio de Alarcón, quien es de suponer que tenía pocas simpatías a los Melgarejo, pues fue él quien la divulgó. Las acusaciones de la carta eran tan comunes como reales en la época; la ascendencia judía disimulada y el soborno de testigos para conseguir ejecutorias de hidalguía eran prácticas habituales, no era tan común atreverse a propagar públicamente estas verdades. El caso es que todos decían haber jurado para no contar las “cosas malas” que decía la carta, pero todo el mundo conocía el texto. Ambrosio Alarcón reunió en el claustro del convento de San Agustín a varios vecinos del pueblo para leer la carta, bajo juramento de no desvelar su contenido: el bachiller Valenzuela, alcalde ordinario, Felipe de Guadarrama, escribano, Alonso de Piñán, regidor, Miguel de Portilla, teniente de alguacil, y fray Cristóbal de Caballón, prior del convento de San Agustín. La lectura de la carta en lugar sagrado era intencionada, de l mismo modo que la lectura bajo juramento de no divulgarla en el ayuntamiento, lugar público.

La vida social de Castillo de Garcimuñoz transcurría a mediados del siglo XVI en torno a sus edificios emblemáticos, pero el castillo parecía ajeno. Los hombres se reunían en el claustro del convento de San Agustín o a la entrada de la iglesia de San Juan, aunque el lugar predilecto de sociabilidad era la plaza pública, donde residía el ayuntamiento. Allí, sus dos alcaldes impartían justicia en una sala que se abría a la plaza, separada únicamente del exterior por una verja y dotada de una puerta para el acceso. En el interior de la sala, llamada portal por los vecinos, estaban los llamados “poyos plazos”, unos asientos de madera, donde se celebraba la audiencia de los juicios ante el alcalde ordinario y el escribano.  Desde esta sala se subía por unas escaleras a un corredor superior, que daba a una sala donde se reunía el concejo de la villa en reunión ordinaria todos los viernes, amén de las sesiones extraordinarias; no faltaba un archivo dotado con cajones para guardar los privilegios y actas de la villa y, en la sala de reuniones, un brasero, donde se solían quemar las cartas y papeles más comprometidos. El ayuntamiento contaba con un reloj mecánico que marcaba los tiempos de la vida del pueblo y al que cada mañana Alonso de Villarreal, que compaginaba el oficio de sacristán con el de portero del ayuntamiento, controlaba su correcto funcionamiento, adobaba y regía, se decía. Alonso se daba por cargo el regir el reloj, orgullo del pueblo, y cada mañana acudía al ayuntamiento con su llave para esta misión.

El caso es que Francisco Melgarejo fue cerrando el círculo para arrinconar a sus enemigos. Logró ante el gobernador Hernández de Cuéllar la prisión de Alonso Villarreal que encontró la carta, la de Gonzalo y Jerónimo Inestrosa, padre e hijo, que habían depositado la carta la noche de antes y que, caso de Gonzalo, se enfrentó a espadazos con Francisco Melgarejo, eran suegro y yerno, en el corredor de la primera planta del ayuntamiento, aunque la cosa parece que no llegó a más, quizás por la superioridad de los Inestrosa, apoyados por un negro, propiedad de la familia. Gonzalo de Inestrosa era de la opinión, anterior al libelo, que la concesión de la mitad de los oficios a los hidalgos era contraria a la nobleza de la villa, en tanto entraban en los cargos concejiles personas de dudosa reputación, en expresa mención a los Melgarejo. Las acusaciones de Francisco Melgarejo iban directas contra su suegro Gonzalo de Inestrosa, presentando incluso manuscrito del mismo para cotejar con la letra de la carta que ni aparecía ni nadie desvelaba su paradero. La realidad era que todos querían zanjar el asunto ante un indignado Francisco Melgarejo que pedía la pena de muerte para los difamadores. Pero los hombres más respetados del pueblo, como el regidor e hidalgo Alonso Piñán y Salazar, el regidor Juan de Liébana, el alcalde Valenzuela o el licenciado y médico Núñez guardaban silencio. Curiosamente tanto Inestrosa como Melgarejo eran hidalgos, aunque estos últimos habían conseguido la ejecutoria hacía poco. Teóricamente una provisión de reserva de la mitad de los oficios debía beneficiar a ambos, pero la realidad es que los Inestrosa veían la presencia de los Melgarejo como una intromisión. Es posible que lo que se estaba poniendo en cuestión era el régimen de lo veinticuatro establecido en 1493, aunque por los nombres que nos aparecen este régimen de gobierno, fundado en el fuero de Sevilla, estaba muy adulterado, de la reserva de las viejas familias a los oficios, se había pasado a la presencia de muchos advenedizos, y los Melgarejo, sin ser tales, eran los más peligrosos.

Los Melgarejo, se decía en Castillo de Garcimuñoz, que tanto tenían de conversos como de hidalgos. Y es que en el pueblo nadie quería remover viejos asuntos turbios de sangre, en los que todos tenían algo que temer, en expresión de un exculpatorio testigo “a los Melgarejo no les tocaba de sangre judía sino el cabo de las agujetas”. En tanto unos se empeñaban en tapar, otros propagaban a los cuatro vientos. La carta en posesión de Ambrosio Alarcón era tal cerilla junto a barril de pólvora, pues el alcalde la leía y releía por las calles del Castillo de Garcimuñoz. Y es que Ambrosio de Alarcón no daba descanso a los Melgarejo. El veintiocho de febrero de 1569, diez días después de la primera carta, Ambrosio interrumpió en plena misa, en el convento de San Agustín, al hombre del marqués de Villena en el Castillo, el gobernador Hernández de Cuéllar: otra carta había aparecido tras la verja de la sala de audiencias del ayuntamiento. El gobernador no dudó, mandando quemar la carta sin abrirla, pero la curiosidad de los presentes, Ambrosio Alarcón, el regidor Piñán y el escribano Calero pudo más; no había lumbre a esas horas y poco costaba leer el escrito, pero esta vez la carta estaba en blanco, pues se trataba de una broma de mal gusto. En blanco o no, daba igual. En Castillo de Garcimuñoz era imposible guardar los secretos, a la noticia de la nueva carta habían acudido varios vecinos del pueblo enterados de la súbita aparición y como cada cual entendía lo que quería entender nuevos rumores se extendieron por el pueblo. La rumorología en Castillo de Garcimuñoz tenía como lugares de propagación los edificios religiosos. El gobernador Cuéllar desconfiaba del fervor religiosos de las autoridades; los principales sospechosos de la autoría de la carta habían sido vistos el dieciocho de febrero en la iglesia de San Juan, la claustra del convento de San Agustín, la iglesia de Nuestra Señora de la Concepción y el cementerio anejo a esta última iglesia. Incluso Gonzalo de Inestrosa decía haber recibido las primeras noticias de la carta por su mujer, presente en la iglesia de San Juan, oyendo misa.

Mientras unos jugaban a juegos peligrosos, Gonzalo de Inestrosa trataba de erigirse en defensor del buen gobierno de Castillo de Garcimuñoz, reconviniendo a su yerno Francisco Melgarejo, para que no alterase los oficios concejiles de la villa: “porque era poner a fuego a esta república y destruir las conciencias de ella y hacer año en las haciendas”. Junto al prior de San Agustín, Pedro de Arboleda y el licenciado Meléndez intentaban sosegar la república. Viejos conceptos de hombres viejos, en las antípodas de nuevas generaciones que veían el poder y la riqueza un fin en sí mismos. Mientras Melgarejo estaba para pocos compromisos, habiendo conseguido la cárcel de Gonzalo de Inestrosa y su hijo Jerónimo, primero en la sala del ayuntamiento y luego en casa de Catalina Tapia, aunque su pretensión era meter a su suegro en la cárcel pública. Si era el mentor ideológico de los opositores a sus ansias de dominar la república de Castillo de Garcimuñoz poco importaba que fuera o no el autor material de los hechos, era culpable.

 

AGS, CRC, LEG. 215-3

domingo, 9 de febrero de 2020

Los molinos de Pero Fernández o el Licenciado

Marqués de Trocifal: Relaciones Genealogicas. 1656, pág. 295
Pleito ante los alcaldes ordinarios del Castillo de Garcimuñoz, Francisco del Castillo y Pedro Piñan, entre Garci Ruiz de Alarcón, señor de Albaladejo y Piqueras, y Pedro Ruiz de Alarcón, vecino de San Clemente y morador de Sisante. 2 de enero de 1524.

Ambos hermanos heredan de su padre los mitad de los molinos llamados del Licenciado, antaño de Pedro Fernández (la otra mitad era de los señores de Valverde), como los batanes, tinte, tierras de pan llevar y casas junto a la ribera del Júcar, término de Castillos de Garcimuñoz. Ambos hermanos heredan la mitad familiar de estos molinos a partes iguales, pero el año 1523 Garci Ruiz de Alarcón, pone cerraduras y llaves para que no pueda acceder a los molinos su hermano Pedro. El corregidor Francisco de Verastegui ordenará se quiten las cerraduras para que cada hermano pueda disfrutar de su parte.

Las disputas venían de antaño, al parecer una riada del río Júcar se había llevado los molinos. Es probable que esa riada fuera la del año 1510, que se llevó también los molinos Nuevos más abajo. Pedro Ruiz de Alarcón parece que sufragó en su totalidad gastos, incluyendo la construcción de nuevos edificios, e intentó excluir del aprovechamiento de los molinos a su hermano Garci. Pasados unos años, en los que Pedro disfrutó de las rentas del molino exclusivamente, su hermano Garci decidió apoderarse por las bravas del molino, negando el acceso a su hermano y considerándolo de su propiedad en tanto su hermano le era deudor de los beneficios obtenidos en el tiempo que lo uso con exclusividad.

El corregidor Verastegui sentenciaría una concordia entre los hermanos que obligaba a García a pagar a su hermano Pedro los gastos de reparación del molino tras la riada, pero no debió complacer tal dictado a García, que protestó ante el marqués de Villena, el cual encargó el caso ante su contador Andrés del Castillo, dictando nueva sentencia, acompañado como juez de Pedro Guerrero, alcalde de Alarcón. La sentencia restituía en todos sus derechos sobre los molinos a Garci Ruiz de Alarcón, obligaba a Pedro a quitar el molinero que había puesto en la parte de los molinos de su hermano y le condenaba en las costas del juicio.

La sentencia fue apelada en la Chancillería de Granada, que daría de nuevo la razón a Pedro Ruiz de Alarcón, en sentencia de 4 de febrero de 1525, revisada en 13 del mes de abril de 1526, obligando a nombrar un maestro tasador para que determinase los gastos hechos por Pedro en la reparación del molino, y una vez sufragada la mitad de los mismos por Garci, se le diese la mitad de la posesión de los molinos. Entretanto, Pedro Ruiz de Alarcón había muerto en la conquista del Peñón de Vélez Gomera dejando como heredero a un hijo menor de dos años.

Las alegaciones nuevas de Garci Ruiz de Alarcón irían en el sentido que una riada del Júcar de 1504 había obligado a reparar los molinos con un coste de 120000 maravedíes. Nueva sentencia de 12 de mayo de 1527, esta vez salomónica, que obligaba a dividir los frutos y rentas de los molinos entre los dos hermanos, desde el dos de enero de 1524, y obligaba a Garci a dar al hijo menor de su hermano Pedro 59090 maravedíes. Seis días después la sentencia sería confirmada definitivamente.


ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA (AChGr). 01RACH/ CAJA 9066, PIEZA 18


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GENEALOGÍA DE LOS RUIZ DE ALARCÓN de SISANTE (tomado de Sebastián Hernández y Julia Toledo y marqués de Trocifal).


Marqués de Trocifal: Relaciones Genealogicas. 1656, pág. 295

1.- Doctor Pedro González del Castillo

2.- Licenciado Hernán Gonzaléz del Castillo (hijo bastardo del anterior). Del Consejo Real en tiempo de los Reyes Católicos, compra Albaladejo en 1474, casado con Guiomar de Alarcón y Peralta (hija del primer señor de Buenache)

3.- Pedro Ruiz de Alarcón y González del Castillo, llamado Burro de Oro, casado con Catalina de Alarcón, o Barba, hija de Lope de Alarcón, señor de Valverde

4.- Alonso Ruiz del Castillo, compra Albaladejo; casado con María Carrillo, hija de los señores de Cervera

5.a.- Garci Ruiz de Alarcón Carrillo, señor de Albaladejo y Piqueras, casado con Guimar Girón Velasco, hija única de los señores de Piqueras.

5.b.- Pedro Ruiz de Alarcón Carrillo, de los Alarcones de Sisante. (muerto en 1525 en la conquista del Peñon de Vélez de la Gomera), casado con Leonor Mendoza, hija de Rodrigo Pacheco y Avíles (señor de Minaya). Del matrimonio nacerá Pedro Ruiz de Alarcón y Mendoza



sábado, 21 de diciembre de 2019

Privilegios, antaño, en el Archivo del Castillo de Garcimuñoz



Relación de privilegios en el Archivo de la villa de Castillo de Garcimuñoz, tal como nos trasladó el padre Burriel a mediados del siglo XVIII.


  • Privilegio de Alfonso X, llamado el Sabio, en que concede mercado franco los jueves a los pueblos de la villa y suelo de Alarcón en el Castillo. Fecha la carta en Toledo por mandado del Rey, lunes dos días andados del mes de junio era de 1297 (año 1259), el año ochavo que el rey don Alfonso reinó. Confirmado por su hijo y sucesor don Sancho, fecha la carta en Segovia, jueves, veintiún días andados del mes de diciembre era de 1332 (año 1294), año primero (de su reinado), Ruy Martínez la hizo escribir por su mandado.
  • Carta en que la villa y concejo de Alarcón hace villa a su aldea del Castillo a contemplación del infante don Juan Manuel. Fecha y otorgada por el concejo de Alarcón, domingo tres días andados del mes de octubre era de 1360 ( año 1322)
  • Carta de don Juan, arzobispo de Toledo,  hermano de la infanta doña Constanza, señora del Castillo para que los de él no paguen portazgo y otros derechos en todo el arzobispado, dado en Laguna, aldea de Valladolid en 16 días de marzo era de 1360 (año de 1322). Confirmada por don Jimeno su sucesor, dada en Alcalá nuestro lugar, 16 días de octubre era de 1367 (año 1329)
  • Carta de don Juan Manuel en que da a su hija Constanza a Cartagena, Villena, Yecla, Castillo y otros lugares: Sepan quantos vieren que yo prometí de dar a vos doña Constanza mi fija, ochocientas veces mil maravedís desta moneda blanca que agora corre en el señorío del Rey de Castilla nuestro señor que faze diez novenes el maravedí para vuestro mantenimiento. En Madrid, 6 de abril era de 1367 (año 1329)
  • Carta en que el concejo de Alarcón da licencia para que la villa del Castillo haga dehesa "boyalaje" en la Almarcha, 26 días andados de enero era de 1391 (año 1353), este día siendo el concejo de Alarcón ayuntado.
  • Carta del rey don Juan II para que entreguen la villa y el castillo a Diego Hurtado de Moendoza, montero mayor y de su Consejo, dada en la villa de Arévalo 27 días de septiembre año del nacimiento de nuestro señor Jesucristo de 1421. Presentada dicha carta en el Castillo 25 de octubre del mismo año por ante Juan González de Córdoba; posesión y juramento.

BNE, MSS/13124, Papeles sueltos

viernes, 1 de noviembre de 2019

Juan Cano, hidalgo de Santa María del Campo Rus





Juan Cano era vecino de Santa María del Campo Rus, hijo de Juan Cano,del mismo lugar, y nieto de Pedro Cano, vecino de Castillo de Garcimuñoz.

Pedro Cano había casado en el Castillo de Garcimuñoz con María Fernández; del matrimonio había nacido Juan Cano, que había casada con Catalina Buedo, hija de Martín de Buedo, de familia hidalga. Juan Cano, padre, había fallecido hacia 1515, después de algo menos de cuarenta años de residencia en Santa María del Campo, aunque lo más seguro es que mudaran allí su residencia tras la destrucción de La Alberca en la guerra del Marquesado, donde con seguridad se habían casado y vivido alrededor de diez años. Ambas villas distaban una legua apenas entre sí. Juan Cano el viejo había sido alcalde de Santa María del Campo por los hidalgos y alcalde de la hermandad por este estado.

Catalina de Buedo es descrita con estas palabras
era fijodalgo e una de las buenas e honrradas mugeres que avía en todo el marquesado de Villena

Esta indiscutida hidalguía de los Buedo no lo era tanto de los Cano, pues cierto vecino de Valera de Suso, llamado Fernando de Torres, había discutido la condición hidalga del abuelo Pedro. El abuelo Pedro Cano había fallecido dejando viuda a María Fernández, que casó en segundas nupcias con Pedro González de Almoguerra. Viuda de nuevo, había marchado a La Alberca a vivir con su hijo Juan durante sus últimos quince años de vida.

A Juan Cano el viejo lo había conocido bien Garci Fernández de Alarcón, un clérigo de Castillo de Garcinuñoz, que iba a menudo a Santa María del Campo a cobrar las cánones que debían pagar los renteros que explotaban la heredad de su padre el bahiller Hernando García de Alcaraz en Villar de Caballeros. La heredad de pan llevar, aunque en término de San Clemente (era una de sus aldeas) era explotada por renteros de Santa María del Campo.

El padre Juan Cano se tenía por hidalgo al servicio de la Corona, acuartelado en la guerra del Marquesado en la villa de Santa María del Campo, junto a las tropas de Jorge Manrique. Así lo reconocía un clérigo de Castillo de Garcimuñoz llamado Ambrosio Fernández
porque cuando las guerras del Marquesado de Villena estaba en la villa de Santa María del Campo una capitanía de escuderos del señor rey católico nuestro padre e abuelo de gloriosa memoria que santa gloria ayan e yban a correr fasta la villa de Castillo de Garcimuñoz poque no se quería dar a nuestra corona y entre los dichos escuderos venía el dicho Juan Cano padre del que litigava e como lo conoçían algunos vezinos de la dicha villa del Castillo de Garcimuñoz en espeçial uno que se llamava Juan Agüero e otro que se dezía Juan Cantarero fijo de Miguel Sánchez Cantarero de las Heras, vezinos de la dicha villa, le dezían aora perderéys la ydalguía

Juan Cano, hijo, vería reconocida su hidalguía por sentencia de la Chancillería de Granada de 30 de mayo de 1537. La ejecutoria de hidalguía es de siete de septiembre de 1537



AChGr. HIDALGUÍAS, signatura antigua: 301-12-16. Ejecutoria de hidalguía de Juan Cano, vecino de Santa María del Campo Rus







Probanzas 1536


Pedro García Rabadán pechero, 75 años,vecino de Santa María del Campo Rus
Juan Jareño, 85 años, vecino de Santa María del Campo, natural de La Alberca, había servido de criado en Castillo de Garcimuñoz de joven
Martín Alonso Gallego, 55 años, vecino de Santa María del Campo
Pedro Martín Rubio, 62 años, vecino de Santa María del Campo Rus
Garci Fernández de Alarcón, clérigo de Castillo de Garcimuñoz, 70 años
Cristóbal López, 85 años, vecino de La Alberca
Juan de Cuenca, 70 años, vecino de La Alberca
Ambrosio Fernández, clérigo de Castillo de Garcimuñoz, más de ochenta años.

jueves, 1 de agosto de 2019

Las defensas de la fortaleza de Alarcón










Alarcón, en manos del gobernador Antonio Bermúdez por entonces, era, ante todo, una plaza militar, dotada de artillería para su defensa. En 1715 conservaba varias piezas de artillería, descritas en un inventario. La dotación de piezas de artillería había tenido lugar como consecuencia de la guerra de Sucesión


  • Una culebrina de bronce de cuatro libras de calibre entre el puente y la puerta del castillo, traída desde Belmonte
  • Otra culebrina igual que la anterior en la parte de dentro del castillo, traída desde Belmonte
  • En la parte de dentro del castillo, dos pedreros de hierro de una vara de largo
  • Junto a la puerta de la villa, un pedrero de dos vara de largo, descompuesto
  • 120 quintales de pólvora
  • 200 arrobas de plomo en plancha y bala menuda
  • No se hace inventario de las zonas cerradas
En la fortaleza del Castillo de Garcimuñoz, cuyas llaves obran en poder de don Julián Poveda y Serna
  • Dos tiros pedreros de hierro, de una vara de largo, sin culatas

ARCHIVO HISTÓRICO NACIONAL. NOBLEZA. FRÍAS. C. 702, D. 8

domingo, 14 de julio de 2019

Santa María del Campo Rus y los Castillo de Portocarrero en la guerra del Marquesado

(Estos no son sino unos breves apuntes a desarrollar en el futuro sobre cuál fue la participación de los Castillo Portocarrero en la guerra del Marquesado)

La fijación de términos al finalizar la guerra del Marquesado entre Santa María del Campo Rus y Castillo de Garcimuñoz no estuvo exenta de conflictos.  Para la fijación de mojones entre ambas villas fue comisionado Fernando Díaz del Castillo, miembro del Consejo Real. Pero cuando los alcaldes de Santa María del Campo llegaron a fijar los mojones, junto al citado Díaz del Castillo, fueron recibidos de forma agresiva por los gente de caballo y de pie armada del Castillo de Garcimuñoz que tras insultar a los santamarieños, arrebataron las varas de sus alcaldes, símbolo de jurisdicción.

Fernando Díaz del Castillo, que había sustituido a su padre Diego Sánchez del Castillo en el Consejo Real, no debió convencer en su actuación de amojonamiento de términos de Santa María del Campo Rus a las villas limítrofes de Alarcón, Castillo de Garcimuñoz y San Clemente, pues se negaron a pagar su parte de salario que de la comisión les correspondía. Ya previamente villas como Garcimuñoz daban lugar a dilaciones para evitar el amojonamiento que obligó al Consejo Real a una prorroga del la comisión de Fernando Díaz del Castillo, esta vez usando un lenguaje de mayor severidad.

Pero, ¿cuál fue el compromiso de Santa María del Campo Rus durante la guerra del Marquesado? Santa María del Campo Rus era villa perteneciente al mayorazgo fundado por el doctor Pedro González del Castillo y que al advenimiento como Reina del Isabel I estaba en poder de su hijo Juan del Castillo Portocarrero. Quizás por la misma situación geográfica de este pequeño señorío formado por Santa María del Campo Rus y Santiago de la Torre, rodeada por las tierras del Marquesado de Villena, Juan del Castillo Portocarrero tomó partido en un principio por Juana la Beltraneja, lo que le valió el secuestro de todos sus bienes tanto en la Mancha como en Salamanca por provisión de 14 de agosto de 1475. Si la familia mantuvo el mayorazgo fue por la fidelidad del hermano segundón Alfonso de Portocarrero, maestresala de la Reina Isabel, y por la hábil mutación de fidelidades del primogénito. Las diferencias entre los hermanos se trasladarían al derecho de posesión del mayorazgo que acabaría decantándose por Bernardino Castillo Portocarrero,  hijo de Juan, ya difunto.

El concejo de Santa María del Campo Rus arrastraba una situación penosa ya antes de llegar a la guerra. En 1468, año de extrema necesidad, se vio obligado a tomar de un vecino de Castillo de Garcimuñoz, Fernando García de Alcaraz, ochocientas fanegas de trigo y cien de cebada y centeno, que se comprometió a devolver primero multiplicada esa cantidad por más del doble (2107 fanegas de pan a devolver por vecinos singulares). El caso es que Fernando García de Alcaraz al tomar partido en la guerra del Marquesado por la causa portuguesa fue privado de sus bienes en favor de Alfonso Portocarrero, que se igualó con los vecinos para saldar la deuda al concejo de Santa María. Mientras llegado el año 1477, las fidelidades y situaciones de los perdedores de la guerra cambiaban en un ambiente de treguas. Llegado el momento, y seguramente aprovechando el conflicto entre los dos hermanos Castillo, Juan y Alfonso, Fernando García de Alcaraz, con la complicidad de los alcaldes ordinarios del Castillo de Garcimuñoz, decidió tomarse la justicia por su mano y exigir de nuevo el pago de la deuda, tomando como rehén a un vecino llamado Juan Carnicero como garante del pago, al cual llevó preso a Castillo de Garcimuñoz. Esta vez quien defendió la causa de los santamarieños fue Juan del Castillo Portocarrero, que en el ínterin había obtenido el perdón real y recuperado sus vasallos. Pero el caso es que en esta volubilidad de guerras y treguas, Fernando García de Alcaraz ganaría ejecutoria del Consejo Real reconociendo la deuda a su favor y obligando al concejo santamarieño a pagar en el plazo de tres meses y dando por nulo el compromiso alcanzado con Alfonso Portocarrero.

La ejecutoria a favor de Fernando García de Alcaraz es de 28 de enero de 1478. Un año después, Santa María del Campo Rus se convertía en cuartel general de las tropas reales al mando de Jorge Manrique







Archivo General de Simancas,RGS,LEG,148603,58 Comisión al doctor Fernando Díaz del Castillo sobre lo acaecido en Santa María del Campo al tratar de amojonar sus términos con los de Castillo de Garcí-Munoz y de otras villas

Archivo General de Simancas,RGS,LEG,148603,30-31 Provisión a la villas de Alarcón, Castillo de Garci-Muñoz y San Clemente para que paguen la mitad de su salario al doctor Fernando Díaz del Castillo que va entender en el debate que tenían con la villa de Santa María del Campo para amojonar sus términos

Archivo General de Simancas,RGS,LEG,148603,53 Prorrogación al doctor Fernando Díaz de Castillo, del Consejo, del plazo para partir y señalar los términos de la villa de Santa María del Campo y lugares comarcanos

Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147508,582 Ordenando que el contador de rentas Gonzalo Chacón tenga en secuestro los bienes, vasallos, maravedís de juro y oficios de Juan del Castillo Portocarrero

Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147702,202 Emplazamiento al bachiller Fernando García de Alcaraz, vecino de Castillo de Garcimuñoz, a petición de Juan del Castillo Portocarrero, sobre la prisión que hizo a algunos vecinos de su villa de Medina del Campo.

Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147801,187 Ejecutoria en pleito por deudas con el concejo de Santa María del Campo.

lunes, 21 de enero de 2019

El saqueo de La Alberca de Záncara (1479)



Era julio de 1502 y el concejo de La Alberca mostraba su preocupación porque las mercedes y privilegios otorgados por el capitán don Jorge Manrique se perdieran. Los privilegios habían sido concedidos en una escritura en papel, que pasados los años ya mostraba signos de rasgaduras y deterioro. Obtendría el tan preciado pergamino, que perpetuara sus libertades para siempre, un cinco de julio de 1502. 

No era tanto el mantenimiento de viejos privilegios lo que acuciaba a La Alberca, cuyos términos donados por don Jorge Manrique, ya habían sido puestos en duda por sus vecinos de Las Pedroñeras, sino la llegada de nuevos vecinos llegados desde mil quinientos de tierras de señorío, de la Santa María del Campo de los Castillo Portocarrero, y a los que se pretendía hacer pechar por los bienes dejados en sus hogares de origen. Contra tal pretensión de los Castillo Portocarrero, La Alberca obtuvo provisión favorable de 10 de junio de 1502. Se rescataba uno de los capítulos dados por Jorge Manrique, referente a que no pechasen aquellos que acudieran a morar a la villa de La Alberca.
otrosy su merçed nos otorgue en nombre de los dichos señores rreyes nuestros señores a qualequier personas barones e mujeres que su vinieren avesindar e viuir a este dicho lugar de otras qualesquier partes e lugares e villas que no serán de la corona rreal que estos tales sean francos los byenes que dexaren en las tales villas e lugares donde se fueren e no pechen ni paguen por ellos ni sus pechos rreales ni conçegiles saluo este dicho lugar donde se biuiere siendo villa por sy.

La reducción de la villa de La Alberca a la Corona, fue hecha por sus moradores como capitulación con el capitán real. Jorge Manrique y los oficiales del concejo de La Alberca se reunieron un viernes, veintinueve de enero de 1479. La reducción a la Corona tuvo como contrapartidas que la aldea de La Alberca se eximiera de la villa de Alarcón, para convertirse en villa con jurisdicción propia y el otorgamiento de unos distritos tal como fueron configurados en las demarcaciones fiscales de 1442, que dejaban en poder de La Alberca, El Amarguillo y El Robredillo, y la dehesa de la Vaqueriza
e al tienpo que al dicho don Juan Pacheco maestre que fue de Santiago echó a la villa de Velmonte las Pedroñeras e el Pedernoso e otros que heran de la jurediçión de la dicha villa de Alarcón quitó como dicho es al dicho lugar del Alverca el dicho término de Robredillo e la dicha dehesa con un carrascal que se dize la Vaquerisa e el dicho término de Santo Domingo el qual contra su voluntad e consentimiento de dicha villa de Alarcón e de dicho lugar del Alverca e por temor de su grandesa e señorío que tenía en ser todo suyo como por estar....osaron rreclamar sobrello y paresçe claramente por los lybros de los rrepartimientos del común de la dicha villa de Alarcón de los quales dichos libros sy nesçesarios fasemos presentación de cómo el dicho lugar del Alverca pechava por los dichos términos e les pertenesçían segund paresçía por vn capítulo de los dichos libros de los dichos rrepartimientos que fue fecho de los dichos rregidores e procuradores de lo dicho confirmado de sus nonbres e signada de escriuano público la qual dicha cláusula e capítulo dize así: el Alverca con Santo Domingo e con el Amarguillo e con el Robredillo e de Záncara syete ochavos e medio el qual dicho rrepartimiento e libros fueron fechos en Montalvanejo lugar e juresdiçión de dicha villa de Alarcón en quince días del mes de abril año del nasçimiento de nuestro saluador ihesucristo de myll e quatroçientos e quarenta e dos años Pedro Rodrigues notario e por ante Miguel Sánches Manuel e Alonso Sanches de Mena e Juan de Sobrino veçino de Villarejo de Fuentes e Gil Lopes veçino de Fuenrrabía especialmente para ello llamados e ayuntados por ende pues que por los dichos libros paresçen pertenesçerles los dichos términos e dehesa e carrascal que le pedían por merçed que gelo mandase rrestituyr
 La Alberca recuperaba, momentáneamente, estos dos lugares, que don Juan Pacheco había agregado a su villa de Belmonte, junto a la aldea de Las Pedroñeras
E otrosy por quanto antiguamente el dicho lugar del Alverca tenya términos e pechavan e contribuyan por Santo Domingo con el Amarguillo e por el Robredillo de Záncara con sus términos los quales dichos lugares e términos anexos al dicho lugar del Alberca don Juan Pacheco maestre que fue de Santiago padre del dicho marqués los quitó e apartó del dicho lugar del Alverca e los echó e aplicó a la vylla de Belmonte e asy después acá se los tiene que nos los mande tornar e rrestituyr e confyrmar los dichos anexos con sus términos
Junto a estas contrapartidas tenía lugar la concesión de un horno, el llamado de la Poya; símbolo de la emancipación de la jurisdicción señorial
Otrosy por quanto el dicho conçejo de dicho lugar tiene un forno de coçer pan el qual se arrienda en cada un año a algunos vecinos e moradores del dicho lugar por faser daño al conçejo faser ornos en sus casas para cozer e para en la rrenta del dicho conçejo no se menoscabe que en nonbre de los dichos señores rreyes les otorgue e si nesçesario es de faser la dicha merçed de nueuo que ningund veçino ni persona alguna del dicho logar no pueda faser orno en su casa so pena de dos myll maravedís e questos les pueda leuar el dicho conçejo por cada vegada que asy lo fisiere saluo que vaya a coçer al horno del dicho conçejo
La premura de la villa de La Alberca en rendir obediencia a la Corona fue vista como traición por el marqués don Diego López Pacheco. Los capitanes del marqués, en 1479, quemarían, saquearían y destruirían la villa, en tanta manera, que quedó pérdida e destruyda por muchos tienpos. La villa prácticamente se despobló hasta que a fines de siglo los vecinos retornaron a ella. La quema de La Alberca, la conducción de sus hombres, descalzos, con los pies ensangrentados, hasta Castillo de Garcimuñoz para ser ahorcados y la intercesión ante el marqués de los clérigos que salieron con cruces pidiendo el perdón de los hombres de La Alberca, quedó en la memoria de sus habitantes como un agravio humillante
e que después de quedar la dicha villa del Aluerca rrobada e quemada e destruyda el dicho marqués o su gente por su mandado con sus capitanes una noche se levaron presos e puestos en una treylla a todos los honbres que pudieron e a la sasón fallaron en la dicha villa levándolos descalços e quasy desnudos a los quales levaron a la villa del Castillo de Garcimuñoz y en llegando los mandó ahorcar el dicho marqués e de fecho les querían ahorcar e ahorcaran saluo por muchos clérigos e rreligiosos que salieron con cruzes e se pusyeron en rruego por ellos al dicho marqués el qual por este rruego les mandó poner presos en su fortalesa donde estovieron muchos días e que algunos dellos todavía murieran sy no se soltaran como se soltaron e fueron fuyendo
Para dar fe de estos hechos, a la altura de enero de 1503, quedaban vivos dos protagonistas de estos hechos, rivales en la pasada guerra y ahora vecinos de la villa de San Clemente: Diego de Abengoza  y Juan López Rosillo.

Diego de Abengoza, criado de del Diego López Pacheco, había participado en la destrucción, quema y saqueo de La Alberca. Recordaba como después de quemada la villa por el marqués, había llegado hasta ella para llevarse presos a los hombres. Sin embargo Diego de Abengoza recalcaba la clemencia del marqués a la hora de perdonar la vida a los presos. Diego de Abengoza fue partícipe en el saqueo o, al menos en la segunda incursión al mando del capitán Pedro de Baeza, que, de noche, había apresado, según él, hasta treinta hombres para llevarlos maltratados, descalzos y semidesnudos a la villa de Castillo de Garcimuñoz.

Juan López Rosillo, el reductor del marquesado de Villena, y que se definía como tratador en los acontecimientos, daba fe cómo treinta lanceros del marqués habían quemado La Alberca. Igualmente, Juan López Rosillo estaba junto a Jorge Manrique en el momento que dio sus privilegios a La Alberca. Pedro Sáiz Carpintero había participado en el saqueo de la villa a las órdenes de un capitán de don Diego López Pacheco llamado Beltrán.

Ese mismo año de 1503, todavía vivían algunos de los alberqueños que estuvieron a punto de ser ahorcados un cuarto de siglo antes. Algunos, más afortunados, como Lázaro Martínez de la Fuente, fueron testigos visuales directos de lo sucedido, aseverando que los alberqueños iban entraillados, atados con sogas del cuello. Otros como Alonso López de Rus, Cristóbal López o Juan Romero estaban entre los que se salvaron de la horca. Un total de quince hombres, según el testimonio del segundo. Otros como Juan Rebenero habían participado en la operación de castigo. Y alguno, como maese Pedro Bueno, había visto llegar a los alberqueños con los pies desollados, trece o catorce hombres, desde su casa de Castillo de Garcimuñoz, junto a la puerta del Pozo. La supuesta clemencia del marqués que nos relata Diego de Abengoza no parece que se presentara a la ocasión. Si algo enfrío la ira del marqués fue la procesión de religiosos tras sus cruces, pidiendo el perdón para los presos. De la determinación del marqués por ahorcarlos daba testimonio un presente
vido como los mandava el marqués ahorcar e vido los asnos que los trayan aparejados e los dogales sino fuera por los clérigos e otras personas que le rrogaron e que cree que los ahorcara
Los presos, redimidos de la horca, fueron obligados a trabajar en las cavas con cormas en los pies (una especie de cepo de madera, que les impedía moverse libremente).

No todos fueron gestos de ingratitud con los presos de La Alberca. Un médico del Castillo, maestre Luis, curó los pies ensangrentados de los alberqueños. Aunque la actitud más meritoria fue la de dos clérigos, gracias a cuya intercesión los condenados salvaron la vida
y el dicho marqués los mandava ahorcar sy no fuera por Fernán Sánchez de Alualadexo e por Sancho Garçía de Abad que se hincaron de rrodillas en la yglesia del marqués dándole paz y que a rruego destos no los ahorcó y que los perdonó 


Concejo de La Alberca de 19 de marzo de 1502, en la iglesia de Santa María


Pedro López y Juan Sánchez Grande, alcaldes ordinarios
Miguel Sánchez de Piqueras, teniente de alguacil de Bartolomé López de las Mesas, alguacil mayor de la villa
Juan López de Rus o Gonzalo Sánchez diputados
Gil López, Peristeban, Antón Martínez, Gil Martínez Gallego, Cristóbal López
Procurador, Gil Martínez Gallego


Fuente: AGS, CR, leg. 89, fols. 5-II, 5-VI, Proceso entre la villa de La Alberca, en el marquesado de Villena, y el concejo de Santa María del Campo. 1502-1503

ORTUÑO MOLINA, Jorge: Realengo y señorío en el Marquesado de Villena. Real Academia Alfonso X el Sabio. Murcia, 2005, p. 39

sábado, 12 de mayo de 2018

Noticias sueltas de los Araque

Ejecutoria de hidalguía de por la Chancillería de Granada a Juan de Araque, vecino de Castillo de Garcimuñoz.  Incorpora en el cuarte superior izquierdo, las armas de los Melgarejo. AHN, Nobleza, Casal de Griegos, C.11,D.1


Los Araque estaban instalados en Villalgordo del Marquesado. Pero hacia 1540 Hernán de Montoya Araque se instala en San Clemente, tras su matrimonio con María Muñoz. Su padre Hernando de Araque había casado con Violante de Montoya, natural de Vara de Rey, que había fallecido en el parto. Violante de Montoya era de linaje de los Montoya, conocido en Vara de Rey. A decir de Pedro del Castillo, el paje, que de mozo había servido a esta familia, Violante era hijo de Hernando de Montoya, fallecido a comienzos de siglo. Juan de Luz aseguraba haber oído a su madre decir que la tenençia de Rrequena se le abía dado al dicho Hernando de Montoya (padre de Violante)

El abuelo era Alonso Hernández de Araque, casado con Juana de Piñán, había fallecido a comienzos de siglo. El bisabuelo también se llamaba Alonso Hernández de Araque.

En Villalgordo del Marquesado se pagaba el llamado rediezmo a los Pacheco, Luis y su hijo Juan, consistente en pagar de cada quince fanegas una (aunque en otros casos la proporción era de veinte una). Impuesto fluctuante según el rigor señorial del momento. Pues Hernando de Araque, a diferencia de sus convecinos no pagaba una cantidad menor a quien fuera también señora de la villa, la condesa de Medellín (Beatriz Pacheco, hija ilegítima del maestre Juan Pacheco)
çiertos rrediezmos que se pagaban a la condesa de Medellín cuya hera la dicha villa por ynpusiçión que hera de hoze fanegas ... una hanega más del diezmo

Los Araque tenían un escaño en la iglesia de Villalgordo junto al altar mayor a la parte de la mano yzquierda en la delatera de todos el qual dicho escaño hera conosçido que estaba a la parte derecha donde se dezía el ebangelio

Hernando de Montoya y Araque obtuvo ejecutoria de 14 de febrero de 1545. Establecería su residencia en San Clemente, donde casó con María Muñoz de los Ángeles. Sus descendientes enlazarían de nuevo con los Montoya, el hijo mayor, mientras que los menores casaban con las hijas del capitán Martín de Buedo, tesorero de rentas reales del Marquesado de Villena. El apellido y los bienes de los Araque, no obstante, se mantendría por el segundo matrimonio de su padre con con Leonor de Melgarejo. De este matrimonio nacería Francisco de Araque, establecido en el Castillo de Garcimuñoz, y casado con María de la Gruesa, natural de Belmonte, que fundaría el 14 de enero de 1577 mayorazgo en favor de hijo Juan de Araque (casado en San Clemente con la hija del licenciado Muñoz, Francisca). Dicho mayorazgo estaba formado por las casas principales de la familia en Villagordo del Marquesado y 1300 almudes de tierra en esa villa y las casas familiares en el Castillo de Garcimuñoz. Con el tiempo, las ramas familiares se extenderían por otras localidades como Moya, tras el enlace con los Caballón,  o Pozoamargo (1)



(1) RAH. Tabla genealógica de la familia de Araque, vecina de Castillo  Garci Muñoz. [Manuscrito]  Signatura: 9/304, fº 234 v. — Signatura antigua: D-29, fº 234 v.    Tabla genealógica de la familia de Araque, vecina de San Clemente (Cuenca) [Manuscrito] Signatura: 9/304, fº 234. — Signatura antigua: D-29, fº 234.

ARCHIVO DE LA REAL CHANCILLERÍA DE GRANADA. HIDALGUÍAS. Ejecutoria de Hernán Montoya Araque Fernández. Signatura antigua, 301-15-8, 14 de febrero de 1545



Relación de Testigos

Juan de Villanueva, morador en la Puebla de los Frailes, lugar del Castillo de Garcimuñoz,  70 años
Juan de Luz, hidalgo de 67 años de Villagordo del Marquesado.
Juan de la Osa, pechero del lugar de Pinarejo, 65 años, vivía de niño con su padre en la Puebla de los Frailes, situada a media legua de Villalgordo
Juan de Cuenca, morador de Pinarejo, 65 años, antiguo morador de la aldea de la Puebla de los Frailes
Diego de Liébana, hijodalgo de Villalgordo del Marquesado, más de 60 años
Pedro del Castillo, el paje

sábado, 5 de mayo de 2018

Los Melgarejo: alcaides de fortalezas, terratenientes y letrados


Escudo de armas de los Melgarejo


Los hermanos Juan, Diego y Francisco Melgarejo eran hijos del bachiller Francisco Melgarejo Mula y Juana de Olivares. El padre había fallecido hacia 1540, según los testigos. El abuelo era Juan de Melgarejo Mula, casado con Juana de Arboleda, que siempre vivió en Castillo, salvo al poco de casar, razón por la que se mudó cuatro o cinco años a la aldea de Torrubia.

El bisabuelo era Rodrigo Melgarejo de Mula, alcaide de Belmonte en tiempos de los dos primeros marqueses de Villena, Juan Pacheco, maestre de Santiago, y de su hijo Diego López Pacheco. Rodrigo Melgarejo se había ganado la confianza del maestre de Santiago, desempeñando el cargo de ayo de su hijo menor Diego, posición que le daba gran influencia sobre el futuro II marqués de Villena. Había casado con Teresa Sánchez de la Gruesa. Los más ancianos decía que Rodrigo Melgarejo procedía de Sevilla*. Del matrimonio de Juan de Melgarejo y Juana de Arboleda habían nacido tres hijos, Valeriano, que permaneció en Belmonte, donde ganó ejecutoria de hidalguía frente al concejo de esta villa, un licenciado Alonso Melgarejo que andaba en la corte y el bachiller Francisco.

Valeriano Melgarejo acabaría trasladándose a Santa María de los Llanos, donde litigaría con el concejo por su hidalguía, obteniendo carta ejecutoria el 24 de noviembre de 1542.

Los Melgarejo ya están instalados en Castillo de Garcimuñoz con el abuelo Juan Melgarejo de Mula, o Juan de Mula, como era más conocido, que, alrededor de 1470 o 1475 había acudido a esta villa, procedente de Belmonte, para casarse con Juana Arboleda, hija del doctor Arboleda. Juan de Mula moriría hacia 1525. Su hijo Francisco inicia su educación en el estudio existente en la villa en casa de un hombre llamado Diego Sánchez de Cucarón. Estudio de gramática no reconocido o escuela, como nos decía Cristóbal de Tébar, que con diez años, allá por 1480, había sido compañero de estudios de Francisco. El matrimonio del bachiller Francisco con Juana de Olivares, hija del comendador Diego de Alcaraz, en el cambio de siglo consolidaría la riqueza familiar. El matrimonio duraría 35 años, hasta la muerte del bachiller. Hacia 1540, Juana de Olivares, acompañada de su hijo el licenciado Juan, nos aparece dirigiendo los negocios familiares.

En Castillo de Garcimuñoz, el gobierno municipal se hallaba repartido entre hidalgos y pecheros. Aunque el reparto era desigual en favor de los hidalgos, pues se partía de una reserva inicial de los oficios concejiles a éstos. Teóricamente como en otras ciudades andaluzas o en la villa de Belmonte existía un número de caballeros veinticuatro, hidalgos a los que estaba reservado el gobierno municipal. En tiempos de Juan Melgarejo de Mula, en el último cuarto del siglo XV, todavía se conservaba esta forma de gobierno municipal. Así nos los contaba el hidalgo Cristóbal de Tébar
que avía en ella (la villa de Castillo de Garcimuñoz) veynte e quatro hijosdalgo cavalleros e personas generosas que entravan y eran governadores de la dicha villa en cada un año sin que en nyngunos oficios entrasen nyngunos pecheros y despues que los quitaron los dicho veynte e quatros
Ese cambio en el gobierno municipal debió acaecer a comienzos del quinientos por la presión pechera. El gobierno de los caballeros veinticuatro desapareció y el gobierno municipal recayó en dos alcaldes ordinarios, tres regidores y un alguacil mayor del estado de caballeros y escuderos hijosdalgo y dos regidores por el estado de los pecheros. Los dos oficios de alcaldes de la hermandad eran compartidos cada uno de ellos por hidalgos y pecheros. Los Melgarejo supieron reservarse un puesto en el reducido número de oficiales de Castillo de Garcimuñoz. que al igual que otras villas del reino de Murcia, estaba poblada y fundada al fuero de la çibdad de Sevilla. Esto explicaba que la sisa de los mantenimientos de la carne y el pescado, que complementaba a los propios de la villa, cuando no llegaban para pagar los pechos, fuera pagada por todos, pecheros e hidalgos, incluido el marqués de Villena, durante su estancia en la fortaleza. Castillo de Garcimuñoz tenía, además, un régimen foral diferenciado de sus aldeas (Almarcha, Torrubia, Pinarejo y la Nava), regidas por el fuero de Alarcón. Así, Castillo de Garcimuñoz estaba exento de la moneda forera para todos sus vecinos, impuesto de dieciséis maravedíes que se pagaba cada siete años; sus aldeas pagaban dicho impuesto, del que estaban excluidos hidalgos y clérigos.

Con el cambio de naturaleza del gobierno municipal, el viejo fuero de Sevilla se fue olvidando. El marcado carácter estamental de la aristocracia de Castillo de Garcimuñoz fue mutando en una oligarquía de ricos, indistintamente de su condición hidalga o pechera. Y aquí es donde más a gusto se sentían los Melgarejo, convertidos en familia de terratenientes, pero con una sólida formación jurídica en leyes de sus miembros que les permitía influencias en la Corte.

El Castillo de Garcimuñoz vivió una época de declinación a comienzos del quinientos. Esta crisis se enmarca en el contexto del declinar de las viejas fortalezas frente a sus propias aldeas, como Torrubia, y villas eximidas de la llanura. Los propietarios de mayorazgos, como los de Cervera, Piqueras o Albaladejo, abandonaron las casas que poseían en el Castillo. En el declinar del Castillo, influyó un régimen fiscal diferenciado de sus aldeas. En Castillo de Garcimuñoz, poblada según el fuero de Sevilla, pagaban todos indistintamente de su condición hidalga o pechera; en sus aldeas, tales como la Almarcha y Torrubia, regidas por el fuero de Alarcón, únicamente pagaban los pecheros. Los hidalgos se trasladaron a las aldeas, donde además tenían sus heredamientos y podían llevar su gestión directa, alejados ya de aventuras militares y de servidumbres a un marqués de Villena, que no pisaba la villa de Castillo de Garcimuñoz. No sabemos hasta qué punto el diferenciado régimen fiscal entre el Castillo y sus aldeas provocó el debilitamiento demográfico en favor de sus aldeas, pero sin duda fue un acicate más en la irremediable crisis de la fortaleza frente al impulso agrario de aquéllas.

El licenciado Juan Melgarejo había estudiado Leyes en la universidad de Salamanca. Hasta 1541 vivió con sus padres, hasta que el bachiller Francisco falleció; entonces, el licenciado Juan vivió hasta 1550 con su madre, Juana Olivares, momento en que abandona el hogar familiar para casarse con Ana Carrillo, hija del señor de Valera, Melchor Carrillo de Alarcón.

Las propiedades de los Melagarejo se extendían por todos los pueblos comarcanos, fundando su riqueza en el cultivo del cereal y el abastecimiento a grandes villas como San Clemente
que conosçió al dicho bachiller Françisco Melgarejo su padre e a Juan Melgarejo de Mula su abuelo asy los unos como los otros los vido tener ansy en las villas de Santa María del Canpo e Alconchel e huerta e lugar de Honrrubia y en sus términos que eran villas e lugares comarcanos  a la dicha villa del Castillo de Garcimuñoz, heredamientos de casas e tierras e viñas e molinos e mesones e otros muchos bienes rrayzes
A estas propiedades, añadir otras que la familia poseía en la Hinojosa, lugar de Alarcón. Pero los testigos no dejaban de referirse a la madre de los hermanos Melgarejo, Juana Olivares, como aportadora de una importante dote a la familia (e la dicha su madre como cosa suya propia). La aportación de Juana Olivares quizás sea más significativa si tenemos en cuenta que la hacienda del abuelo Juan Melgarejo estaba centrada únicamente en las casas y propiedades de Castillo de Garcimuñoz y los heredamientos que de tierras de pan llevar poseía en el lugar de Torrubia. Los heredamientos de Torrubia, que se extendían por la vecina Honrubia, aldea de Alarcón, acabaron en manos de Fernando de Araque, vecino de Villalgordo, que los recibió como dote por casamiento con una hija del abuelo Juan Melgarejo, concretamente, Isabel de Mula. Hacia el año 1552, Torrubia era una aldea de veinticinco o treinta vecinos; apenas solo tres de ellos habían nacido en el lugar, lo que da idea del despoblamiento de este lugar a comienzos de siglo. Despoblamiento sin duda debido a algún suceso extraordinario, por muertes y enfermedades y años malos que había habido; referencia que hace mención a algún evento pestífero. Por los datos aportados por los testigos, estaríamos hablando de la peste iniciada a la muerte de la Reina Católica. Aquel periodo, que va de 1502 a 1508, tan desconocido en la zona, fue una catástrofe, o al menos en algunos pueblos. La carestía de las malas cosechas y la peste llevaron al pequeño lugar de Torrubia, de los cuarenta vecinos del año 1500 al despoblamiento. Cincuenta años después solo quedaban tres vecinos que hubieran nacido en el pueblo en la primera década del siglo. Este era el testimonio de Juan Redondo un vecino de Honrubia
lo conosçió poblado (a Torrubia) de quarenta veçinos en el tienpo que vivió en él el dicho Juan de Mula e que después aca se abía despoblado por muertes y enfermedades y años faltos que abía abido en el dicho lugar que sabía que no abía de presente vezinos en él que fueran de hedad de quarenta años arriba más de Martín López pastor e Miguel Millán e María Millán e Martín Garçía que fueron naturales del dicho lugar 
La peste, u otras enfermedades que en la mentalidad de la época se confundían con ella, eran un azote. Las clases privilegiada huían de ella. Tal hizo, aunque no sepamos la fecha exacta y al igual que su padre, el bachiller Francisco. Tal hecho pestífero debió ocurrir en la época de las Comunidades de Castilla. El bachiller Francisco se refugió en Villalgordo del Marquesado, la huida debió ser muy improvisada, pues Villalgordo era un pequeño lugar con muchas limitaciones. El bachiller mandaba a sus criados a comprar carne a la vecina Montalbanejo. A pesar de que Montalbanejo tuviera cerradas sus puertas para prevenir el mal contagioso, no parece que el bachiller tuviera impedimentos para conseguir la carne, y sin sisa.

La peste parece que fue la causa por la que el abuelo de los Melgarejo y sus hijos abandonaron la aldea de Torrubia, donde habían vivido unos cinco años, y por la que volvieron a Castillo de Garcimuñoz, abandonando el patrimonio familiar, cedido como dote a la mencionada hija, Isabel casada con un Araque. Aunque volvieron a la aldea algunas temporadas. Esta primera aventura de los Melgarejo como propietarios de tierra, parece que dio paso a la decisión de Juan de Mula de formar a sus hijos como letrados. Las ganancias de este oficio, posibilitaría la compra de nuevas tierras. Los bienes raíces de la familia en Honrubia aparecen ya con el bachiller Francisco Melgarejo. El bachiller había adquirido en Honrubia un mesón, una huerta y tierras de labor, que luego pasarán a sus hijos el licenciado Juan y Diego. El patrimonio familiar se había ampliado con nuevas tierras en Alconchel, Santa María del Campo, Honrubia, Montalbanejo y,por último, los bienes raíces de la Hinojosa, que posiblemente eran tierras adquiridas muy recientemente por los Melgarejo y que motivaron el pleito con el concejo de este lugar de la Hinojosa por la negativa de los hermanos Melgarejo a pechar.

En Alconchel la familia poseía un molino harinero. Alconchel era señorío de don Juan Pacheco, sus vecinos y otros vecinos de los pueblos próximos de Montalbanejo, Villar de Cañas o Villaescusa de Haro, que poseían heredades en el citado lugar, pagaban, además de los pechos concejiles y reales, un tributo adicional al señor de la villa: el llamado rediezmo, de cada quince fanegas de granos cosechadas, una acababa en manos del señor don Juan Pacheco. Hoy, se nos escapa la relación entre el bachiller Francisco Melgarejo y don Juan Pacheco, pero lo que no cabe duda es que la exacción señorial del Pacheco iba acompañada de la maquila del molino de los Melgarejo. Alconchel era hacia 1550 un  pequeño pueblo de cincuenta vecinos. Al igual que Torrubia, sabemos que fue afectado por la peste y carestía del final del reinado de Isabel la Católica y años posteriores. Tenemos el testimonio de la muerte de Alonso de Resa, por el mal pestífero, según los testigos en 1509 (posiblemente algún años antes). Más allá de las diferentes jurisdicciones o señoríos que imperaban en cada pueblo, Alconchel estaba integrada económicamente con otros pueblos comarcanos como Villalgordo, Montalbanejo, Villar de Cañas o la propia Villaescusa de Haro. Alconchel, desde un punto de vista geográfico estaba en la intersección de estos pueblos; el molino de los Melgarejo, también; sumándose a otros molinos en la ribera del río Záncara. Hoy nos es difícil imaginar la existencia de molinos en la ribera del Záncara, y menos aún en su cabecera. Pero el bachiller Francisco Melgarejo, no solo se aprovechaba de las moliendas, sino que represando el agua, controlaba el riego de los vecinos de Alconchel tierras abajo. El conflicto entre los de Alconchel y los Melagarejo acabó por estallar, tal como nos contaba el labrador de Montalbanejo, Andrés Núñez
cómo los molineros del dicho bachiller Mula represavan el agua de él para poder rregar los caminos de los labradores que estavan de la parte vaxa del dicho molino y de henojo dellos este testigo estando en conçejo en la dicha villa de Alconchel un Pedro Castaño rregidor e Pasqual de Arriba alguazil e otros muchos se tratavan que pues el dicho bachiller Mula padre de los que litigavan no dexavan pasar el agua a los dichos caminos que le enpadronasen e rrepartiesen como a los otros pecheros de la dicha villa fuera della por el dicho molino e sobre ello abía abido en el dicho conçejo diferençia entre los dichos ofiçiales , ... pues el dicho bachiller no quería dexar pasar el agua a los dichos cáñamos e al fin vido que el dicho conçejo avía mandado al dicho alguazil que le sacara prenda por el dicho pecho e dende a çiertos días vido cómo el dicho bachiller Mula avía ydo a la dicha villa de Alconchel e avía hablado con algunos de los rregidores e ofiçiales del dicho conçejo e les dezía que avía sido ynformado que les mandava sacar prendas por pechero e que no lo podían hazer porque hera hidalgo
El contencioso del bachiller Francisco Melgarejo Mula y el concejo de Alconchel acabó por la intromisión de la justicia señorial de Juan Pacheco y su representante, el alcalde mayor Ginés Ruiz, declarando exento de pagar al bachiller. La sentencia dada en presencia de todos los vecinos de Alconchel no debió gustar nada a sus vecinos, que veían cómo el bachiller, además de arrebatarles el agua, conseguía un régimen fiscal diferenciado del resto de forasteros de Villar de Cañas, Montalbanejo o Villaescusa de Haro.

Los Melgarejo supieron aunar su reciente riqueza agraria, centrada en el cultivo de trigo, con sus conocimientos como letrados. Pero lejos de convertirse en burócratas pisapapeles, devinieron en prestamistas de grandes villas como San Clemente a las que extorsionaban en épocas de carestía con el abasto de granos. En estas operaciones especulativas contaban con ciertos miembros de la oligarquía local, como Hernando del Castillo. Como ya hemos estudiado en otro lugar, las operaciones consistían en jugar con los precios del grano, vendiéndolo en los momentos de mayor carestía. Previamente, los Melgarejo concedían préstamos al concejo de San Clemente, con fuertes intereses, que iban destinados a la compra de su propio grano excedentario. Los Melgarejo recuperaban el dinero y una importante cantidad adicional, fruto de intereses leoninos y cláusulas draconianas de los contratos de préstamo. En el ínterin, algunas familias menores, como los Rosillo, abastecedores de panaderías, veían su capital arruinado. Es en este clima especulativo, del que participaran otras familias como los Tébar en la venta de vino, en el que se va generando un clima anticonverso contra las familias procedentes de Castillo de Garcimuñoz, Castillo, Melgarejo u Origüela, a los que se identifica, más allá de su sangre judía o no, con la figura del semita usurero. Aún así, los Melgarejo tardarían un siglo en asentarse en San Clemente, lo harían como servidores públicos de la Hacienda: contadores de rentas reales.

La sentencia de la Sala de los Hijosdalgo de la Chancillería de Granada, reconociendo la hidalguía de los Melgarejo es de 18 de diciembre de 1549. Confirmada el 29 de febrero de 1552 y en grado de revista el 29 de octubre del mismo año. Las sentencias de la Chancillería de Granada acallaban las críticas de sus enemigos, que recordaban cómo el predecesor de la familia, Rodrigo Pacheco, había sido empadronado en la villa de Belmonte con los pecheros y que todos los vecinos tenían por privilegio el no pechar en la dicha villa de Belmonte, según sus ordenanzas, una vez haber residido en la misma con casa poblada y mujer durante siete meses. Por último los detractores, recordaban a los Melgarejo que debían su hidalguía a una merced de los Pacheco, a quienes Rodrigo había servido como ayo del menor Diego López Pacheco. Después de nuevo auto confirmatorio de 22 de noviembre, los Melgarejo obtenían carta ejecutoria de hidalguía con fecha 2 de marzo de 1553

Ejecutoria de hidalguía de los Melgarejo, propiedad familiar.
Foto: José Enrique Melgarejo Merino


* RAH, Signatura: 9/304, fº 241. Signatura antigua: D-29, fº 241. Colección Salazar y Castro. Tabla genealógica de la familia de Melgarejo, vecina del Castillo de Garci Muñoz. [Manuscrito]

ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA, HIDALGUÍAS. Ejecutoria de hidalguía de los hermanos Melgarejo, vecinos de Castillo de Garcimuñoz. 1553. Signatura antigua: 301-17-6


ANEXOS

Probanzas de testigos de la probanza de 1545, vecinos de Castillo de Garcinuñoz

Alonso López, clérigo presbítero, pechero de 68 años
Pedro González, clérigo presbítero, pechero de 73 años, al fuero de Sevilla
Bernardino de Guadarrama pechero de ochenta años
Pedro de la Pastora, 60 años
Cristóbal de Tébar, hombre hijodaldo de 75 años, hijo de Juan Álvarez de Tébar

Nueva probanza de 1552

Juan de Gil Gómez, pechero de más de 80 años
Miguel Millán vecino del lugar de Torrubia, 60 años
Martín López pastor, vecino del lugar de Torrubia, 70 años
Juan Redondo, vecino de Honrubia de 78 años
Hernando de Origüela, hombre pechero, más de 70 años. En 1523, se desplaza a Honrubia desde Castillo de Garcimuñoz
Fabián Pérez Herrero, vecino de la villa de Alconchel (que era de don Juan Pacheco), vecino pechero de 50 años
Andrés Núñez, labrador, vecino de Montalbanejo
Pedro Cabero, el viejo, labrador de Valera de Yuso, setenta años

domingo, 18 de febrero de 2018

Alonso Montoya y Salazar, familiar del Santo Oficio

Era el año 1625, cuando el comisario de la Inquisición de San Clemente inició las averiguaciones de limpieza de sangre del joven Alonso Montoya y Salazar para la concesión del título de familiar del Santo Oficio. Alonso, que era natural de San Clemente, con diecinueve años era estudiante de manteo y beneficiado en la Universidad de Alcalá. A pesar de su corta edad, gozaba de un beneficio en la villa de Iniesta valorado en mil ducados. San Clemente, con sus aldeas, era por entonces una población de dos mil vecinos, que contaba con siete familiares del Santo Oficio y, en ella, don Alonso Montoya, disponía de una buena hacienda, de la legítima heredada de su padre. Y es que San Clemente vivía una época de esplendor, que para nada atisbaba la crisis inmediata que en los años posteriores provocaría la ruina de la villa.

Los apellidos Montoya y Caballón (así como otros procedentes de Cuenca, tales como Chirino o Salazar) daban un pedigrí indiscutible al pretendiente de cristiano viejo y naturaleza nobiliaria. Sus familiares ocupaban cargos en el Santo Oficio. Su primo hermano don Diego Montoya y Salazar era caballero del hábito de San Juan y familiar del Santo Oficio. Ya unos primos hermanos de su abuelo, el capitán Montoya, eran familiares del Santo Oficio: Juan de Montoya Espinosa, de la villa de Minaya, y Juan de Montoya y Córdoba de la de San Clemente. El joven Alonso prometía, a su riqueza e hidalguía sumaba un gran ingenio. A decir del escribano Miguel Sevillano era
cauallero mui cuerdo, modesto y modigerado, de quien se prometen grandes esperanzas, por sus letras, buen ingenio y virtud
El joven Alonso se había quedado huérfano de padre muy joven y había que tenido que mostrar su valía. Pero en el San Clemente de 1625 importaba tanto o más la etiqueta que el ingenio y la valía. Así lo manifestaba un prohombre de la villa, don Miguel de los Herreros, regidor perpetuo, capitán de la milicia y reconocido abogada en la Chancillería. Recordaba con orgullo, y como un signo de distinción, como andaba con don Pedro de Montoya, padre del pretendiente, a caballo por la villa y jugaban a juegos de caballero: las cañas y sortija. Juegos que poco tenían que ver con otros más populares y extendidos en la villa, como los naipes o las tablas, en los que se ejercitaban diestros los portugueses conversos existentes en la villa, auténticos minadores de la moral en la villa.

El joven Alonso Montoya sería beneficiado el 26 de enero de 1626 con el título de familiar del Santo Oficio


Genealogía de Alonso Montoya Salazar

Padres

Pedro de Montoya, natural de San Clemente y Mariana Chirino Salazar, natural de Cuenca e hija de Luis Chirino de Salazar (hijo de Hernando Chirino de Salazar y doña Isabel de Montemayor, vecina de Valdemorillo) y Juana de Cetina (hija de Diego de Cetina, procurador a Cortes, y Catalina de Chinchilla) y hermana del Padre Hernando de Salazar de la Compañía de Jesús y calificador de la Suprema. Los abuelos maternos vivieron en Chillarón

Abuelos paternos

Capitán Pedro de Montoya, natural de San Clemente, regidor perpetuo y elector de los alcaldes ordinarios por los hijosdalgo,  y Ana Fernández Cobos, natural de Castillo de Garcimuñoz e hija de Alonso Fernández Cobos, regidor de esa villa, y doña María de Chinchilla

Bisabuelos paternos,

 Juan de Montoya, natural de San Clemente, e Isabel de Caballón, natural de San Clemente 



Relación de testigos de San Clemente

Cristóbal Ángel de Olivares, notario del Santo Oficio, 40 años
Pascual Pérez de Lerín, hidalgo, familiar del Santo Oficio, 53 años
Miguel López de Perona Rosillo, regidor perpetuo, 70 años
Licenciado Alonso de Ávalos, notario del Santo Oficio, correo mayor de San Clemente y beneficiado de la de Móstoles. 40 años
Miguel Sánchez Sevillano, hombre honrado que vive de su hacienda, 60 años.
Alonso de Moya Fuente, persona honrada y rica que vive de su hacienda, 76 años
Francisco de Oviedo, hombre principal y rico, 54 años
Alonso de Iniesta Romero, 76 años
Pedro Sánchez Carnicero, hombre rico y principal, 60 años
Licenciado don Miguel de los Herreros, abogado de la Real Chancillería de Granada y regidor perpetuo de la villa de San Clemente y capitán de la milicia del partido. 68 años.
Antonio Martínez de Meca, hombre honrado que vive de su hazienda, más de setenta años
Diego López de Iranzo, regidor perpetuo de la villa, familiar del Santo Oficio, 46 años

Relación de testigos de Castillo de Garcimuñoz

Licenciado Andrés del Castillo Espinosa, cura reservatario de la iglesia parroquial de la Puerta y Beneficiado de la de Alaminos de la diócesis de Sigüenza. 66 años
Alonso Cejalbo y Alarcón, cura propio de Castillo de Garcimuñoz y vicario arcipreste de ella. 65 años
Licenciado Pedro Piñán de Salazar, cura reservatario de Almonacid del Marquesado, 77 años
Licenciado Pedro Belmonte, presbítero, 79 años
Juan de Lara Proaño, hidalgo, 54 años
Cristóbal Quiralte, escribano del ayuntamiento, 44 años
Antonio Melgarejo, hidalgo, 48 años
Licenciado Cristóbal Merchante Caballón, abogado y asesor de la villa del Castillo de Garcimuñoz, 58 años
Gregorio de Torrijos, 56 años
Martín Melero, alguacil y alcaide de la cárcel, 57 años
Licenciado Juan Bautista de Araque y Liébana, 56 años
Luis Martínez Peragua, notario del Santo Oficio, 71 años

Relación de testigos de Cuenca

Julián Parejano, clérigo, 62 años
Diego Ramírez de Cañizares, hidalgo, 66 años
Julián Arias Conde, hidalgo, 52 años
Juan Muñoz Requena, alcaide, bajo cuya mano está el archivo, 54 años
Juan Astorga Platero, 72 años
Donisén de Villarreal, 60 años
Francisco del Pozo, clérigo, 60 años
Pedro Martínez Joyero, 60 años
Licenciado Pedro Valle de Castro, clérigo, 69 años
Julián de Novela, alguacil de la tierra, 66 años
Jusepe Hidalgo de Sotoca, hidalgo, 64 años
Martín García Montero, 69 años


Archivo Histórico Nacional, INQUISICIÓN, 1374, Exp. 19 Información genealógica de Alonso Montoya y Salazar, 1625

jueves, 3 de agosto de 2017

Enemistades entre la familia Piñán y las familias Alarcón y Tébar en Cañada Juncosa

Vista de Cañada Juncosa
Las disputas entre Diego Piñán y Andrés Alarcón y su cuñado Arias de Tébar venían de lejos. Es posible que ambos tomaran partidos diferentes en la Guerra del Marquesado: Diego Piñán, converso, o seboso, en el lenguaje de la época apoyaría al Marqués; Andrés de Alarcón la causa real. Las diferencias del tiempo de la guerra continuaron al finalizar ésta, concluyendo en el intento de asesinato de Diego Piñán en 1483, cuando iba desde Cañada Juncosa camino de Castillo Garcimuñoz. Andrés Alarcón y Arias de Tébar fueron condenados a destierro perpetuo de los términos de Cañavate, a cuya jurisdicción pertenecía la aldea de Cañada Juncosa, pero la sentencia, en aquellos tiempos de una justicia real ejercida por un gobernador demasiado débil, no se cumplió.

El hecho de que Diego Piñán reviviera en 1499 sus diferencias con Andrés de Alarcón once años después era intencionado. Se aprovechaba de un nuevo enfrentamiento acaecido en la aldea de Cañada Juncosa; esta vez, entre Cristóbal de Alarcón, hijo de Andrés, y Alonso de Villaescusa, que había sido herido por el primero de tres cuchilladas cuando iba con sus mulas al campo. Creemos que Alonso de Villaescusa era un labrador al servicio de Diego Piñán. Nos fundamos que las querellas de Alonso de Villaescusa y Diego Piñán se presentan el mismo día 13 de septiembre ante el Consejo Real. Tras la actitud agresiva de la familia Alarcón contra los Piñán sin duda se escondía las disputa por la tierra en la aldea de Cañada Juncosa. Eran estas diferencias las que estaban en el origen del enconamiento de ambas familias en los tiempos de la Guerra del Marquesado, en la que ambas abrazaron, para defensa de sus intereses particulares bandos distintos. Diego de Piñán el bando del Marqués de Villena y Andrés Alarcón la causa real. Las diferencias no acabaron con la guerra. La concordia entre el Marqués y la Corona en 1480 fue seguida por estos pequeños homenajes que nos muestra el texto entre caballeros y vecinos de los lugares, jurándose amistad perpetua. Promesas incumplidas en seguida, las diferencias en torno a la propiedad de la tierra se recrudecieron de nuevo de forma violenta.

Los Piñán era una familia conversa, que originaria de Castillo de Garcimuñoz, acabaría asentándose en la zona, con fuertes intereses agrarios en pueblos como Tresjuncos o Montalbanejo, y tras la aventura indiana de alguno de sus miembros y alianzas matrimoniales que les llevaron a tierras toledanas y de Molina, reaparecieron con fuerza en la escena política de Santa María del Campo hacia 1600 con ejecutorias de hidalguía ya ganadas. Su origen converso es innegable y la persecución inquisitorial que padeció la familia también, aunque, como en el caso de Elvira Piñán, las pudo solventar con una multa de 50.000 maravedíes. Su apoyo a la gente de guerra del Marqués de Villena, sería reconocida por el propio Diego Piñán, que compareció como testigo en 1498 durante el proceso inquisitorial que padeció Hernando del Castillo,alcaide de Alarcón, reconociendo haber participado a su lado en las correrías militares.

Ahora bien, ¿cuál era la relación con los Tébar? Diego Piñán había contraído nupcias con Catalina de Tébar, que previamente había casado con García de Tébar. Sobre la riqueza de la familia Tébar nos queda testimonio en la disputa por la herencia entre Diego Piñán y los tres hijos de Catalina en 1490, habidos en su primer matrimonio, una vez fallecida. Catalina había llevado al matrimonio una ingente fortuna como dote matrimonial, sin duda heredada de su primer marido García de Tébar
al tienpo que la dicha su madre casó con vos leuó a vuestro poder mill cabeças de ganado, carnero e ovejas, e tres asémylas e çient fanegas de trigo e çeuada e otros muchos bienes e atauíos e joyas e preseas de caso en contía de tresyentos mill mrs. durante el matrimonio e una casa en el lugar que se dise Cañada Yuncosa, que es en el término de la villa de Alarcón e cogistes el año que la dicha su madre fallesçió çeinto e çinquenta cayçes de todo pan e de profechos de muchos barbechos que podía valer el dicho pan e barbechos otros çient mill mrs. de los quales que les dis que les pertenesçe la mitad de los dichos quinse mill mrs. de las dichas arras e las otras tresçientas mill mrs (Archivo General de Simancas, RGS, LEG, 149002, 147. Herencia y dote de Catalina de Tebar, reclamada por sus hijos a Diego de Piñan. Febrero de 1490)
Los intereses agrarios se entrelazaban entre familias y eran objeto de disputas en las herencias reñidas, fruto de matrimonios de conveniencias. Es mucho lo que nos queda por saber, pero lentamente vamos atando lazos, para entender los orígenes patrimoniales de familias como los Piñán o los Tébar, que luego nos aparecen como actores de primer orden en la historia de San Clemente y de toda la comarca


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a vos Rruy Gómez de Ayala nuestro gouernador en el marquesado de Villena o a vuestro alcalde mayor salud e graçia, sepades que Diego de Piñán nos fiso rrelaçión por su petiçión que ante nos en el nuestro consejo fue presentada disiendo que puede aver çinco años poco más o menos que es venido por el camino de Alcañauate a la villa del Castillo, dis que salieron a él Andrés de Alarcón e Arias de Téuar su cuñado, vesinos de Cañada Yuncosa, aldea de la dicha villa de Alcañauate, e dis que le llamaron e que como los dichos Andrés de Alarcón e Arias de Tévar eran sus amigos e él no les auía fecho para que dellos se ouiese de rreçelar dis quél es salvo, e que como llegaron donde él estaua dis que vido como venían armados e con yntençión de le matar al dicho Diego Piñán, e dis que poniéndolo en obrada que le dieron tres cuchilladas, las dos en la cabeça e la una en una mano que le cortaron dos dedos, de las quales dichas feridas dis que estuvo a punto de muerte e dis que dello se quexó a Pedro Vaca, gouernador que a la sazón era e dis que por el dicho Andrés de Alarcón era coronado no pudo dél alcançar cunplimiento de justiçia ni mucho menos del dicho Arias de Tévar, porque el dicho governador lo mandó soltar de la cárcel de lo que él dis que apeló ante los alcaldes de nuestra corte e chançillería los quales prendieron al dicho Arias de Tévar e dieron sentençia contra él por en que lo condenaron en destierro perpetuo de la dicha villa de Alcañauate con dos leguas alderredor e le mandaron que no quebrantase el dicho destierro so pena de muerte e que asymismo los vicarios de la Yglesia de Cuenca dis que dieron sentençia contra Andrés de Alarcón en que lo condenaron a pena de destierro perpetuo de la dicha villa de Alcañauate e sus términos so çierta pena que en la dicha sentençia le pusieron, los quales dichos Andrés de Alarcón e Arias de Tévar dis que en menospreçio de las dichas sentençias quebrantaron los dichos destierros e entraron los dichos términos de la dicha villa de Alcañauate e dis que el dicho Diego de Piñán ha ruquerido con las dichas sentençias a las justiçias de la dicha villa para que las executasen e dis que porque los sobredichos tienen muchos fauores no han seydo esecutadas e dellos no puede alcançar cunplimiento de justiçia e dis que andan de contino armados e disen e publican que si el dicho Diego de Piñán no los perdona que lo han de matar 

Archivo General de Simancas,RGS,LEG,148808,72 Al gobernador del marquesado de Villena, para que se guarden unas sentencias de destierro dadas contra Andrés de Alarcón y Arias de Tevar, su cuñado, vecinos de Cañada Juncosa, aldea de la villa de Alcañavate, por razón de las heridas que infirieron a Diego de Piñán. Ocaña, 16 de agosto de 1488

Los mismos hechos aparecen relatados once años después de la siguiente manera

sepades que Diego de Piñán vezino del lugar de Cañada Yuncosa, término de la villa del Cañavate, que es en el dicho Marquesado de Villena, nos fizo rrelaçión por su petiçión diziendo que él e Andrés de Alarcón vezino del dicho lugar ovieron fecho e fizieron amistad perpetuamente por sí e por sus parientes que en el dicho lugar biuen e diz que amos e dos juraron e fiziron pleito omenaje de guardar amistad la dicha amistad e que después de así fecho la dicha amistad e juramento yendo el saluo e seguro por un camino çerca de la villa de la dicha del Cañavate diz que salió a él el dicho Andrés de Alarcón con otro parientes suyo que se diz Arias de Téuar e diz que le quisieron matar e le cortaron dos dedos de la mano e que de fecho le mataran saluo por un onbre que estava arando e le vino a defender sobre lo qual diz que se ovo quexado ante algunas de vos las dichas nuestras justiçias e diz que el dicho Andrés Alarcón se presentó a la cárçel eclesiástica diziendo ser de corona donde diz que contendieron en pleito fasta tanto que por el juez eclesiástico que dello conozió fue dada sentençia en que diz que desterró al dicho Andrés de Alarcón perpetuamente de la dicha villa de Cañavate e de sus términos e diz que le mandó que guardase el dicho destierro so pena que si lo quebrantase fuese desterrado de todo el obispado de Cuenca e oviese perdido e perdiese todos sus bienes, la terçia parte para el dicho Diego de Piñán e las dos terçias partes para la yglesia de la dicha çibdad de Cuenca... diz que el dicho Andrés de Alarcón se a tornado a biuir e morar al dicho lugar de Cañada Yuncosa... (pide se le entreguen la tercera parte de los bienes)... En Granada a xiii de setienbre  de i(m)ccccxcix años



Archivo General de Simancas, RGS, LEG, 149909, 325 Que las justicias del marquesado de Villena ejecuten una sentencia dada por jueces eclesiásticos a favor de Diego Piñán por la cual debían recibir la tercera parte de los bienes de Andrés Alarcón, vecino de Cañada Juncosa. Granada 13 de septiembre de 1499




Archivo General de Simancas,RGS, LEG, 149909, 324. Que el gobernador del Marquesado de Villena haga una intormación sobre los que acuchillaron a Alonso de Villaescusa, vecino de Cañada Juncosa, prenda los culpables y haga justicia. Granada, 13 de septiembre de 1499

martes, 1 de agosto de 2017

El convento de monjas dominicas de San Idelfonso de La Alberca de Záncara: propiedades en Castillo de Garcimuñoz

Claustro convento dominicas en Belmonte (web de El País)
El convento de monjas dominicas de San Idelfonso de La Alberca de Záncara fue fundado por el infante don Juan Manuel en 1335. El momento aquí estudiado se centra en 1490. Los recursos económicos que sustentaban el convento giraban en torno a unas casas de molinos que las monjas poseían en el término de Castillo de Garcimuñoz, junto al río Júcar, y las propiedades anejas a las mismas.

Los molinos llamados de las monjas eran el centro de las propiedades del convento en torno a la ribera del río, que consistían en huertas, árboles frutales, prados y tierras de pan llevar. El heredamiento era explotado en régimen censual, creemos que en enfiteusis, por los vecinos de Castillo Garcimuñoz, que se habían comprometido a pagar ciento veinte fanegas de trigo, convertidas en harina, cada año a las monjas.

Detalle del claustro (foto Laura Mainar)
Las monjas del convento eran celosas en la defensa de sus intereses, en la escritura de censo firmada con los vecinos de Castillo de Garcimuñoz había introducido una cláusula que, en caso de impedimento, por cualquier hecho fortuito o causa mayor, las obligaciones de pago se mantenían, obligándose los vecinos con sus bienes y personas. Ese caso de fuerza mayor, se dio en 1488, cuando el río Júcar se desbordó, llevándose la presa y parte de los molinos, quedando únicamente dos ruedas. Los vecinos dejaron de pagar y dos años después el convento exigió las obligaciones contraídas: las ciento veinte fanegas adeudadas de cada uno de los dos últimos años, para cuyo pago no era impedimento qualesquier caso fortuyto acaesçido de fuerça maior o menor.

Las propiedades de las monjas dominicas junto al Júcar venían a complementar otras propiedades. Estaban en posesión de unos molinos en Robledillo, sobre el río Záncara, concedidos en 1385, que se sumaban a las propiedades concedidas por su benefactor, en el momento de la fundación del Convento en 1335, el Canciller Alfonso Pérez, vasallo de don Juan Manuel: seis mil almudes de tierra en el término de La Alberca y el poblado de El Amarguillo*. Las monjas, sin poder jurisdiccional sobre la villa de La Alberca, actuaron como verdaderas señoras de la villa; poder no exento de conflictos entre los vecinos y las mencionadas monjas. En 1499, las monjas se trasladan a Belmonte a instancias de don Diego López Pacheco, señor de Villena, estableciendo nuevo convento bajo la advocación de Catalina de Sena. Hoy, restaurado el convento, compartiendo espacio con los restos del palacio del Infante don Juan Manuel, conserva uno de los mejores claustros del Renacimiento español. El antiguo convento de San Idelfonso en la Plaza de San Pedro de la villa de La Alberca de Záncara, prácticamente está desaparecido.

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*Algunas propiedades de las monjas en La Alberca, recogidas varios siglos después en el Catastro de Ensenada de 1751 son, entre las tierras de regadío:

El convento relixiosas dominicas de Belmonte tienen nueve celemines de primera calidad que anualmente se siembran de ceuada y los seis celemines por ser de riego también se plantan de hortaliza.
Aunque no son tierras de regadío, recoge también un cercado de tres celemines. A ello había que sumar las tierras cargadas con censos y las rentas decimales a favor de la religiosas dominicas
y están entendidos que los más de los diezmos que producen las tierras del combento de carmelitas calzados de esta villa y el de relixiosas dominicas de la villa de Velmonte que en lo antiguo estuuo en esa villa los perciuen dichos combentos por especial privilegio que tiene sin entrar en la tercia general de todos los demás diezmos como también tienen por tal carga las memorias y aniversarios perpetuas de misas que están cargadas como también las de los diuersos censos así perpetuos como redimibles a que se hallan muchas de ellas afectas e ypotecadas que constarán de las relaciones de los censualistas,...
... y los diezmos que perciue dicho combento de relixiosas le parece llegará en cada un año a setenta y seis fanegas de trigo, veinte y dos de cevada, veunte y ocho de centeno, quarenta y dos de escaña, dos de garvanzos y cinco de guijas, y dos arrobas de aceite
Sobre el molino harinero que las monjas poseían en la ribera del Júcar, nos aparece ya enajenado, en manos de diversos propietarios, en el Catastro de Ensenada de la población de Castillo de Garcimuñoz
y un molino arinero que llaman del lizenciado, distante de esta población legua y media, sito en la rivera del río Júcar de quatro piedras 
Sobre el molino harinero en el despoblado de  Robledillo, también enajenado por estas fechas, nos dice el Catastro de Ensenada de la villa de Las Pedroñeras
En el dicho término despoblado de Robredillo hai siete paradas de molinos arineros de agua... otro nombrado de las monjas, situado en dicho río y riuera (del Záncara) que se compone de dos piedras, dista a dicho despoblado media legua y a esta villa (de Las Pedroñeras) una legua. (Por estas fechas es propiedad de un vecino de Las Pedroñeras llamado José Montoya y Pernía)
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Archivo General de Simancas, RGS, LEG, 149009, 280. Comisión a petición del convento de San Ildefonso de Alberca que reclaman la renta de unas casas de molinos en la ribera del Júcar a unos vecinos de Castillo de Garcimuñoz. 1490
SANZ FUENTES, Mª Josefa: "Aportación documental al conocimiento de los monasterios dominicanos conquenses de San Ildefonso de La Alberca de Záncara y Santa Catalina de Siena de Belmonte".  Estudios en memoria del profesor Dr. Carlos Sáez: Homenaje / coord. por María del Val González de la Peña, 2007, págs. 353-370