El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

domingo, 5 de mayo de 2024

Puebla de San Salvador y La Mesta

 En 1629, La Puebla de San Salvador  había alcanzado su villazgo, apenas tres años antes. Por esa razón, cuando se entabla pleito con el concejo de la Mesta por las viñas del coto de Hoya de la Cierva, La Puebla hará uso de su procurador para defender sus intereses, junto al procurador de Iniesta, pueblo del que dependía hasta su exención. La Mesta acusaba  a La Puebla el haber cerrado en 1628 un contorno de media legua en el referido lugar para proteger sus viñas, en un espacio que era de uso común por los ganados de la Mesta y los rebaños de Iniesta, Minglanilla o Campillo de Altobuey.

El alcalde entregador de La Mesta condenaría al concejo de La Puebla a una multa de 10000 maravedíes por sentencia de 16 de junio de 1629. Era La Puebla entonces un pueblo de cien vecinos y una legua de contorno, que había comprado su villazgo por poco más de siete mil ducados. Una Corona necesitada y empeñada con Bartolomé Espínola vendía sus vasallos, pero para el caso de La Puebla era ocasión para comprar su propia libertad e independencia de Iniesta. Bien es verdad que el precio era alto, así que La Puebla obtuvo licencia por cédula real de 19 de febrero de 1628 para usar de ciertos arbitrios que eran la venta y arrendamiento de espacios acotados como el de Hoya de la Cierva y obtener ingresos extras por la cesión de la mitad de lo que se pagaba del diezmo de la iglesia. Con el dinero obtenido se confiaba devolver el dinero obtenido a préstamo al cabo de ocho años. Pero el adehesamiento de espacios: dos redondas en torno a las viñas con un radio de mil pasos  (el de la Hoya de la Cierva y el de la Hoya del Quintanar) provocó conflictos con la Mesta. Hemos hablado de libertad de la nueva villa, pero tras ese lenguaje rimbombante se esconden los intereses espurios de la familia Peñarrubia.

La Puebla de San Salvador obtendría revocación de la sentencia del alcalde entregador de la Mesta un 28 de septiembre de 1629, pero la petición del concejo de Iniesta alegando viejos usos comunales y el entorpecimiento de la salida de sus ganados por el adehesamiento de espacios en sus límites hicieron que la Chancillería de Granada volviera a dar la razón a La Mesta en nueva sentencia de 30 de julio de 1630. Se expediría ejecutoria con fecha 7 de agosto.


Archivo Histórico Nacional, DIVERSOS-MESTA,168,N.17

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