El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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domingo, 28 de julio de 2019

Notas sobre la guerra del marquesado de Villena en Iniesta y Villanueva de la Jara


Diego González de Ocaña hizo llegar sus quejas al Consejo Real. Denunciaba las atrocidades de la guerra del Marquesado en Iniesta, consecuencia de la enemistad de bandos que se vivía en la villa. el suyo era un lenguaje de odio racial, identificador del otro por la sangre cristiana o judía que pudiera llevar en sus venas: unos eran los sebosos; otros, los almagrados. Las rencillas de antaño habían derivado en la primera fase de la guerra del Marquesado en muertes.

Iniesta confiesa en las Relaciones Topográficas ser la primera villa del norte del Marquesado de Villena que se rebeló contra don Diego López Pacheco. Es cierto que Fernando el Católico había decidido llevar la guerra al Marquesado trasladando desde el Reino de Valencia a las tropas de Juan Ruiz de Corella, duque de Cocentaina, y de los hermanos Fabra para debilitar al marqués desde un nuevo frente creado en la parte oriental y que Mosén Zarzuela había jugado un papel primordial en la guerra, pero no hemos de ver a los vecinos de Iniesta como sujetos militarmente pasivos. Lo que en el sur del Marquesado se jugaba como guerra de pugna por las fortalezas era guerra fratricida en el interior de las comunidades del norte. Las tropas valencianas no conquistaban las villas, eran los vecinos los que "entraban las tropas foráneas"; no todos los vecinos, pues las comunidades estaban partidas por las rencillas. Hemos dicho tropas, pero en el lenguaje de la época su intervención se veía como acción de malhechores y lacayos. Los vecinos de Iniesta no parecían tener en aquel momento conciencia de ser leales o traidores a la causa real. La adscripción a los bandos era previa a las divisiones políticas creadas por la muerte de Enrique IV entre seguidores de Isabel y Juana la Beltraneja. El propio Hernando del Castillo, alcaide de Alarcón e inmerso en estas querellas, se definía tiempo atrás, él que pasaba por converso declarado, como almagrado; ahora la guerra, con las nuevas fidelidades creadas delimitaba con nitidez los bandos, a pesar de aquellos que por las circunstancias se encontraban en el bando no deseado.

Fueron los almagrados de Iniesta los que facilitaron la entrada en la villa de los hombres de guerra de los vizcondes de Chelva, Roger Ladrón de Pallás, y Biota, Jimeno de Urrea. Poco antes estas tropas se habían hecho con Requena y Utiel, reconocidas como villas de realengo el 18 y 26 de marzo respectivamente. Hablamos de la primavera de 1476, pues sabemos que, si para el 18 de marzo Requena está en manos de la Corona, la fortaleza sigue en manos de los fieles al marqués y su alcaide Pedro de Arronis, que poco después acabará traicionando a su señor y entregando la fortaleza. Así, nos queda la duda de cuánto debe la incorporación de Iniesta a la Corona y a los tejemanejes de Fernando el Católico por debilitar a don Diego López Pacheco, privándole de las rentas de los puertos secos del este de Castilla y cuánto a los propios deseos de los iniestenses de expulsar a los sebosos de su villa.

La liberación de las villas de la margen izquierda entre el Júcar y el Cabriel contó con el apoyo de tropas aragonesas y valencianas; la sumisión a la Corona se hizo ante el capitán y copero real mosén Miguel de Sarzuela, barón de Jerica, que por carta real de veinte de agosto de 1476, recibía en remuneración a sus servicios 150.000 maravedíes a pagar de los bienes embargados de todos aquellos enemigos favorables al adversario de Portugal y al marqués de Villena de las fortalezas de Alarcón, Belmonte y Castillo de Garcimuñoz y de los lugares a cuya emancipación había contribuido: Iniesta, Villanueva de la Jara, El Peral, Motilla del Palancar, Barchín y, al otro lado del río, El Cañavate[1]. La intervención de las tropas aragonesas en la guerra del Marquesado de Villena había sido acordada en la junta de Alcira de seis de agosto de 1475

Por otra parte, como el rey había mandado que se hiciese guerra en el Marquesado de Villena, el conde de Corella proveyó que todos los barones de aquel Reino se juntasen en la villa de Alcira, a seis de agosto, y procurose que Sarzuela fuese con su gente a servir en aquella guerra[2]

Jimeno de Urrea y Roger Ladrón de Pallás, yerno y suegro entre sí, le acompañarían. El segundo, vizconde de Villanova y Chelva, nos consta que intervino en la liberación de Requena, Utiel e Iniesta, pues recibiría en recompensa a sus servicios el título de capitán general por el Consejo Real el 10 de julio de 1476 en la ciudad de Vitoria[3]. Miguel Sarzuela venía de la guerra por la recuperación de Ejerica o Jerica, que le había sido arrebatada a la muerte de su padre por Juan Añón, y que había ganado de nuevo por la ayuda prestada por el conde de Cocentaina, gobernador general del Reino de Valencia. La gente de guerra de Sarzuela, sus lacayos, debían constituir una fuerza militar pequeña, aunque suficientes al contar con el apoyo de los vizcondes de Biota y Chelva. El ascenso militar de Sarzuela en la guerra del marquesado fue tan fulgurante como triste su destino; rebelada de nuevo Jerica a comienzos de 1478 por Juan de Añón, Sarzuela fue a refugiarse a la pequeña localidad de Toro, perteneciente a su baronía, allí fue apresado y, junto a dos de sus criados, colgado de un palo por los hombres de Juan Añón[4]. Miguel Sarzuela pagaba con su vida lo que debió constituir una rebelión antifeudal de sus vasallos, que afectó además a la cercana Segorbe. 

Los hermanos Fabra, libertadores de Villena o Almansa han sido glorificados por la historiografía albacetense, nosotros no haremos lo mismo con los libertadores de Requena, Utiel, Iniesta o las aldeas del Valdemebra, consciente que nos encontramos ante un estrato de la baja nobleza aragonesa, cuyos miembros actuaban como bandidos y malhechores feudales. Actuaban por dinero y hacían del saqueo la paga de sus servicios. Roger Ladrón se tomó al pie de la letra la carta que le nombraba capitán general en aquello que se refería al necesario auxilio de los vecinos de las villas reducidas en posada, pertrechos y posadas para quedarse con la hacienda de los liberados. Y no hablamos solo del caso de Pedro de Ocaña, que vio requisadas doscientas cabezas de ganado, sino de otros muchos vecinos que dejaron sus ganados al otro lado de la frontera valenciana por temor a los embargos del marqués y ya no los recuperaron. Sin duda, Juan II de Aragón debió ver en la guerra castellana una salida para la nobleza aragonesa que se desangraba en luchas banderizas.

Como representante de la Corona Miguel Sarzuela fue llegando a sucesivas capitulaciones con las villas reducidas a la Corona en las que les concedía el título de villa, la jurisdicción plena y la promesa de un término impreciso de momento, si eran lugares, o el respeto a sus privilegios pasados si gozaban ya del título de villa, caso de Iniesta. Estas capitulaciones serían confirmadas poco después a su otorgamiento por el Consejo Real.

Las capitulaciones de mosén Miguel de Zarzuela con la villa de Iniesta combinaban la confirmación de derechos junto a las compensaciones de carácter económico. El asiento entre Iniesta y el capitán real se desarrollaba en varios capítulos, que conocemos por las confirmaciones posteriores de 21 de mayo de 1476 en la ciudad de Valladolid: exención de la villa para pagar el servicio de 40.000 maravedíes anuales, que los Pacheco le habían exigido en su sojuzgamiento; la recuperación de 370.000 maravedíes prestados a don Diego López Pacheco sobre las rentas reales de los tres años siguientes; exención de alcabalas a aquéllos que había contribuido con sus mantenimientos a la gente de guerra de la Corona presente en la villa; recuperación para la villa de un pozo con su ejido del que se habían apropiado los Pacheco; garantía de la integridad de los propios y rentas a favor de la villa y su no enajenación, y, por último, la no enajenación de la Corona real, dando por nulas cualesquier concesiones a favor de caballeros o prelados en tiempos pasados[5]. Una villa temerosa se hizo reconocer y confirmar los privilegios el 28 de agosto de 1476[6].

Desde Iniesta, ganada como cuartel general de las tropas realistas, se fue conquistando el resto del territorio al este del Júcar, que se apresuraron a que le Consejo Real reconociera las capitulaciones acordadas con mosén Miguel de Zarzuela y la exención de Alarcón como nuevas villas de realengo. Villanueva de la Jara obtiene el título de villa el 8 de julio de 1476; Motilla y Barchín del Hoyo, el 15 de enero de 1477 estas dos últimas villas ni El Peral, del que no tenemos carta de título de villa, no aparecen en la concordia de once de septiembre de 1476, entre las nuevas villas de realengo, aunque sabemos que fueron tomadas anteriormente por mosén Sarzuela). Villanueva de la Jara fue colmada de mercedes que la realidad dejaría en deseos postergados para comienzos del siglo siguiente. Villanueva de la Jara trató de obtener el 8 de septiembre en la ciudad de Segovia y tres días antes de la firma de la primera concordia aquellas mercedes que le permitieran andar como villa eximida, pero del análisis de las concesiones se deduce el doble filo de unas regalías que en el fondo reconocían su dependencia de Alarcón para seguir subsistiendo. Como villanueva, nacida en el último cuarto del siglo XIV, lo había hecho bajo el marco jurídico del fuero de Alarcón. Villanueva se apresuró para ver reconocida una foralidad que le daba una situación privilegiada

e porque esa dicha villa sea mejor guardada e estedes mejor poblados e mantenidos que me suplicauades e pedyades por merçed que vos dyese liçençia e facultades para que fuésedes jusgados por el fuero que tyene la dicha villa de Alarcón e que aquél fuese entre vosotros guardado segund e en la forma e manera que lo guardan e tyenen los vesinos de la dicha villa de Alarcón e sobrello vos mandase proveer de rremedio o como la mi merçed fuese e yo tóvelo por bien e mandé dar esta mi carta en la dicha rrasón por la que vos do liçençia e facultad para que en esta dicha villa e entre vosotros tengades el dicho fuero de la villa de Alarcón e por aquel vos judguedes e seades judgados para sienpre jamás[7]

La merced, que daría lugar a pleitos futuros, en especial, a lo tocante a la elección de oficios, fue acompañada del mantenimiento de los usos comunes del suelo de Alarcón[8] y la concesión de unos amplios términos que en teoría tenían por límites el Júcar al oeste, Iniesta al este, Alarcón al norte y Jorquera al sur. Eso era reconocer un gran estado de la entidad de San Clemente o Iniesta; Alarcón no lo aceptaría nunca. La concesión era ambivalente, pues junto a la concesión de unos términos definidos por realidad se apostaba por otros que respondieran, a costa de Jorquera y Alarcón, al derecho de guerra y expolio del vencedor. Entre los límites definidos se reconocía

que partades términos con las villas de Yniesta e de Alarcón e de Jorquera en esta guisa que dende el mojón de entre Yniesta e el Peral que es çerca del camino que va de Yniesta a la Noguera por el dicho camino adelante fasta en par de Aguililla e de allí que dexe el camino que vaya derecho al çerro la Pila e de allí que vaya derecho al çerro del Aspiro e de allí por ençima del Poso Seco derecho a la Balsilla que está en camino del Cadoço que va a Alarcón e de allí derecho el lauajo el Espino e de allí por ençima del alcor del Rroblesillo e de allí el entradero de la Goçeçilla de Mingo Habón e asy por debaxo de la rribera de rrío Xúcar fasta llegar al término de Xorquera que parte con el término de Xorquera e Yniesta[9]

Era una concesión de tierras enorme, más limitada al norte, donde la repoblación y roturación de tierras estaba más asentada, pero con las únicas fronteras del Júcar y de los históricos términos de Jorquera e Iniesta, al este, sur y oeste. Pero las tierras que se extendían junto al Júcar eran tierras sin roturar en su mayoría, concesiones más propias de la repoblación medieval y con los derechos recogidos en el fuero de Alarcón. Se trataba de suplantar a esta villa en el sur de su amplio alfoz, haciendo cesión a Villanueva de la Jara de los viejos derechos forales, que se apropiaría del espacio por un derecho de conquista. La redacción del Consejo Real era simple copia de las cartas de repoblación medieval

que entretanto que las dichas villas se rredusen a mi seruiçio (Alarcón y Jorquera) podades tomar los dichos términos como dicho es e los enajenar e thener por vuestros e como vuestros con todas sus entradas e salidas e usos e costunbres e derechos e pertenençias rreales e mixtos e personales quantas ha e aver deue e les pertenesçen e pertenesçer deue en cualquier manera e por qualquier rrasón que sea con todas sus dehesas e árboles con fruto e syn fruto e aguas estantes e corrientes[10]

La concesión se hacía tres días antes de la concordia firmada el once de septiembre entre el marqués don Diego López Pacheco y la Reina Católica e iba acompañada dos días después de otra carta real que concedía a Villanueva de la Jara cuantas mercedes, gracias, libertades e inmunidades gozara la villa de Alarcón[11]. Isabel la Católica estaba haciendo una apuesta que marcará el futuro de Villanueva de la Jara y también, para explicar su declinar, de la villa de Alarcón. Quizás ahora entendamos ese escudo con el águila de San Juan y las armas reales de la Reina Católica que todavía se conserva.

La apuesta era crear una gran villa y un extenso alfoz al servicio de la corona real, que hiciera sombra a Alarcón y al marqués de Villena. La decisión, en el mismo momento, que se firmaba la paz con el marqués era una invitación a continuar la guerra. La historiografía albaceteña nos dice que el casus belli de la segunda fase de la guerra fue la fortaleza de Chinchilla; pero no es cierto del todo, pues en los campos al norte y este de la ribera del Júcar no había paz, la guerra continuaba en forma de reyertas entre bandos que, nacidos en Iniesta, ahora se trasladaban a la Jara en una lucha por apropiación de la tierra a la que la carta real citada daba carta de naturaleza. Es este momento por el que apostamos como fecha de nacimiento de las aldeas jareñas como Casasimarro, Tarazona, Quintanar o Gil García. No discutimos si había o no formas aisladas de poblamiento; sencillamente creemos que los hombres son conscientes que son repobladores que acceden a la propiedad de la tierra por el derecho foral a roturarla. La villa de Alarcón no podía aceptar este hecho; liderada por su alcaide Hernando del Castillo, se vio abocada a la guerra para defender su territorio frente a la Corona y frente a la Jara, que ahora empieza a llamarse orgullosamente como tierra enemiga de hidalgos. Así surgió la segunda guerra del Marquesado que fue la primera guerra que, por su marco territorial, podríamos llamar como una guerra conquense de lucha por la libertad. Sin embargo, Isabel la Católica, que lo había confiado todo a sus capitanes Pedro Ruiz de Alarcón y Jorge Manrique y a las ansias de libertad de estas pequeñas comunidades rurales, no fue capaz de valorar la resistencia enérgica de persona como Pedro Baeza o Hernando del Castillo; hombres de hierro que suplían la débil voluntad de don Diego López Pacheco. A sangre y fuego, en especial el maquiavélico alcaide de Alarcón, estos hombres supieron defender y preservar gran parte del alfoz de Alarcón. La villa de Alarcón le debe todo a Hernando del Castillo, aunque simplemente haya que empezar por recuperar su memoria.

Las mercedes reales fueron consolidadas a lo largo del año siguiente de 1477. Destaca la licencia para la construcción de un molino propio en clara colisión de los derechos que gozaba ya no Alarcón, sino algunos señores como los Castillo o los Pacheco[12]. La construcción de ese molino se haría efectiva cuarenta años después mediante un acuerdo con los herederos de los Pacheco de Minaya, que permitía al concejo de Minaya tener ruedas propias en los llamados molinos Nuevos.

MORATALLA nos aproximó a estas luchas de bandos por el estudio de la confesión del alcaide del Alarcón, Hernando del Castillo, años después a los inquisidores[13], pero nos queda todo por saber. Si la historiografía albacetense se ha centrado en la intervención del duque de Cocentaina o los hermanos Fabra en las fortalezas de Villena o Almansa, nos falta el estudio de la intervención de valencianos y aragoneses de los vizcondes de Chelva y Biota en las tierras conquenses del marquesado del Villena entre el Cabriel y el Júcar. Ya no solo hablamos de la liberación de Iniesta sino de otros hechos de gran importancia para el futuro de la zona; tal es el nacimiento como simples alquerías de las aldeas jareñas de Quintanar o Tarazona por impulso real del propio Fernando el Católico para debilitar la posición del marqués en la zona. Aparte del testimonio difuso de algún contemporáneo sobre este hecho poco conocemos, más allá de la aparición de topónimos aragoneses en la zona y del establecimiento en la zona de militares llegados con ocasión de la guerra y cuya figura más conocida es Antón Clemente, capitán de guerra, en este caso, llegado acompañando las tropas de Juan Fernández de Heredia en el Marquesado de Moya.

Iniesta se debió reducir a finales de marzo o comienzos de abril, ya que, para el 21 de mayo de 1476, en Valladolid, el Consejo Real se apresuraba a dar por buenas las promesas de mosén Zarzuela a la villa. Pero la villa daba pocas muestras de estar pacificada. No obstante, por una de las promesas recogidas en las capitulaciones con mosén Miguel de Sarzuela se deduce que las tropas reales se asentaron en la villa que actuó como cuartel general para la conquista de la comarca oriental del Júcar y que contaron con el apoyo de vecinos para el abasto de las tropas reales; colaboración vista como imposición pues se vieron obligados a proveer a bajos precios de pan, vino y ganado a los soldados, cuando no a la simple requisa de sus bienes.

Pensamos en grandes ejércitos y grandes enfrentamientos, pero la realidad era otra. El rey Fernando podía contar con fieles para hacer la guerra y esos fieles se contaban con los dedos de la mano y la gente de guerra que les seguía no eran más numerosos. Requena, Utiel o Iniesta cayeron desde Valencia, por la intervención del vizconde de Chelva y la ayuda que a éste le dio su familia, pues Jimeno de Urrea, vizconde de Biota, antes que adalid de la causa fernandina, era el yerno de Roger Ladrón, casado con su hija Elvira Ladrón. Hacer la guerra era aventura que no siempre salía bien; aventura muy costosa, que solía financiarse sobre la rapiña de los bienes arrebatados a los vencidos. Otro de los Ocaña, el luego asesinado  Pedro, denunciaba, esta vez a la Reina Isabel, pues poca justicia esperaba alcanzar del rey Fernando, al vizconde de Biota, con la esperanza que le devolviera las ciento sesenta yeguas arrebatadas, más de veinte bestias de labor y veinte potros arrebatados el mes de junio de 1476; los Reinos no marcaban fronteras pues los equinos fueron requisados mientras pastaban en el prado de Bertolo, sito en la villa de Chelva, para ser llevados a la Villa de Manzanera. La razón era fruto del engaño, pues el conde de Chelva había ofrecido sus prados y tierras a los ganados de las villas de Iniesta y Alcalá para evitar que fueran requisados por los hombres del marqués. Las envidias y delaciones hicieron el resto[14]. Era el veinte de agosto de 1476, y aún se esperaba clemencia real, pero la corte real establecida en Segovia aquel final de agosto de 1476 era un hervidero de intrigas. Mientras Pedro de Ocaña lloraba sus agravios en la Corte, los procuradores de Iniesta trataban de consolidar la realidad nacida de la guerra y ver reconocidos los privilegios reafirmados y otorgados por mosén Miguel de Sarzuela en el momento de la reducción de Iniesta a la Corona Real[15]. Las mercedes obtenidas por Alfonso de Cubas dos meses antes, derecho de asadura y oficio de merino, eran ahora negadas el 28 de agosto. En el invierno de 1476-1477 la reina Isabel estaba en Ocaña; hasta allí fue Pedro de Ocaña pidiendo justicia y restitución de los equinos embargados

Los tiempos de concordia cambian bruscamente ese año de 1477 y la solución dada por la Corona desde finales de 1477 también. Como gobernador del marquesado ya no estaba el pusilánime Alfonso Manuel, sustituido por el más enérgico licenciado Frías el 11 de noviembre de 1477, poco dado, al igual que la reina Isabel, a los compromisos. La carta de nombramiento del licenciado Frías como gobernador menciona específicamente el clima de debates y disputas en ese final de 1477 en la ciudad de Chinchilla y en la villa de Iniesta y dicho licenciado verá añadido a su título de gobernador el de justicia mayor de Chinchilla e Iniesta lo que demuestra la gravedad de los sucesos del otoño de 1477:

entienda en los debates e quistiones en esta dicha çibdad de Chinchilla e villa de Iniesta nueuamente acaesçidos[16]

Estos vaivenes de compromisos y actitudes beligerantes separaban al rey Fernando y a la reina Isabel. El primero confiaba en sus servidores para la guerra tanto como dudaba de su escaso número de hombres en un ambiente ajeno y hostil; la reina Isabel, sin duda, sabía del odio que despertaban las exacciones del marqués en estas tierras y se lo jugaba al todo o nada, apostando por un impreciso sentimiento de rebeldía que movía a los hombres de estas tierras. Sería ilusorio pensar que la villa de Iniesta quedó sometida a la Corona real en la primavera de 1476. La denuncia de la lucha de bandos por Diego González de Ocaña es de 27 de septiembre de 1478; la muerte de su hermano y primos debió acaecer el año de antes, pues Pedro de Ocaña se quejaba todavía en el Consejo Real para abril de 1477. Seguramente la intervención de los dos vizcondes de Biota y Chelva, inducida por el bando de los almagrados y la muerte de tres miembros de la familia Ocaña tenga lugar en el otoño de 1477.

que al tienpo que el bando de los almagrados metieron los lacayos e jentes de los viscondes de Chelva e Uiota dis que fueron muertos Pedro de Ocaña su hermano e Diego de Turiel e Ruy Gonçales sus primos e rrobado el bando de los sebosos e a él dis que le fueron rrobado de su casa en dineros e plata e joyas e otras cosas fasta en quantía de çiento e çinquenta mill mrs.[17]


Previamente y desde la primavera los ánimos estaban enconadas; a las requisas de bienes por el vizconde de Chelva, se sumó un incidente que nos demuestra cómo los bandos iniestenses iban más allá de partidarios de la Corona o del marqués. La muerte del comendador Pedro Plazuela, el licenciado Ruiz y Miguel de Ródenas en Jorquera fue seguida de una venganza cruel de partidarios del marqués en Iniesta y Villanueva de la Jara, pero algunos de los iniestenses que siguieron a los partidarios del marqués no eran de su partido. De hecho, el gobernador Alonso Manuel procedió contra estos iniestenses rebeldes, pero no contra los partidarios del marqués[18]. Algunos de los héroes de la independencia de la villa de Iniesta contra los Pacheco como Alonso García de Mingo Juan o Pascual de Játiva, partidarios realistas declarados, acabarían ahorcados en las plazas de Madrid y Cuenca, respectivamente[19]





[1] Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147608,431. Merced a Miguel de Zarzuela, capitán y caballero de la Casa Real, de 150.000 maravedís sobre los bienes de los vecinos de Belmonte, Castillo de Garcimuñoz y Alarcón que los hubieren perdido por estar ayudando al 'adversario de Portugal'.
[2] ZURITA, Jerónimo: Anales de la Corona de Aragón. Libro XIX, capítulo XXXIV
[3] Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147607,493.  Concesión de los lugares y villas del marquesado de Villena que redujese Roger Ladrón de Pallas, vizconde de Villanova y de Chelva, del Consejo Real
[4] ZURITA, Jerónimo: Anales de la Corona de Aragón. Libro XX, capítulo XX
[5] Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147605, 309, 327, 328, 370, 378, 379 y 380
[6] Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147608,561
[7] Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147609,587. Merced a la villa de Villanueva de la Jara para que goce del fuero que tiene la villa de Alarcón
[8] Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147609,586. Licencia a Villanueva de la Jara para pacer, segar y cortar leña en término y montes de Alarcón

[9] Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147609,588. Merced a Villanueva de la Jara para que pueda partir términos con las de Iniesta, Alarcón y Jorquera
[10] Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147609,588. Merced a Villanueva de la Jara para que pueda partir términos con las de Iniesta, Alarcón y Jorquera

[11] Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147609,589. Merced a Villanueva de la Jara para que goce de todas las honras y preeminencias de que gozan la villa de Alarcón y las demás del reino
[12] Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147703,157. Licencia y facultad al concejo y vecinos de Villanueva de la Jara para hacer un molino en término de la villa
[13] GARCIA MORATALLA, Pedro Joaquín: La tierra de Alarcón en el Señorío de Villena (siglos XIII-XV). IEA Don Juan Manuel. Albacete. 2003, pp. 188 y ss.
[14] Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147608,578. Al vizconde de Chelva y al de Biota, a petición de Pedro de Ocaña, vecino de Iniesta, para que le devuelvan las yeguas que le tomaron
Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147704,153.  A Juan Ruiz de Corella, conde de Cocentaina, gobernador general del reino de Valencia, a petición de Pedro de Ocaña, vecino de Iniesta, para que haga ejecución en los bienes del vizconde de Villanova, señor de Chelva, para responder del valor de ciertas bestias que algunas gentes de dicho vizconde le tomaron

[15] Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147608,561. Carta a petición del concejo y vecinos de la villa de Iniesta para que se guarden sus privilegios
[16] Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147711,287.  Nombramiento de gobernador y justicia de Chinchilla a Fernando de Frías
[17] Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147809,56. Comisión sobre daños causados por la lucha de bandos en Iniesta.
[18] Archivo General de Simancas,RGS,LEG,147704,132. Al doctor Alfonso Manuel, del Consejo Real y gobernador del marquesado de Villena, ordenándole que sobresea y no proceda contra los que hicieron algunos daños en las villas de Iniesta y de Villanueva de la Jara en venganza de las muertes en Jorquera del comendador Pedro de la Plazuela, del licenciado Miguel Ruiz y de Miguel de Ródenas,

[19] GARCIA MORATALLA, Pedro Joaquín: op. cit., p. 193

sábado, 23 de febrero de 2019

El Corregimiento de las diecisiete villas, una administración bajo el signo de la corrupción (V)

La villa de Villanueva de la Jara era en 1592 una de las tres grandes del corregimiento de las diecisiete villas, junto a San Clemente e Iniesta. Por tanto, no es extraño que el ambicioso escribano Francisco de Astudillo se reservase para sí las comisiones de esta villa. Las actuaciones del corregidor fueron contra notables de la villa, como Gabriel Clemente Carrasco, al que se le tomaron prendas por valor de cien ducados.

Villanueva vivía una lucha por el poder local, manifestada en disputa entre pecheros e hidalgos por el poder municipal. Los hidalgos alegaban que tenían ejecutoria que les otorgaba la mitad de los oficios concejiles. Por tanto, pedían que las pelotillas para la elección de oficios se echaran en cántaros distintos. La decisión del licenciado Antonio Pérez de Torres de intervenir en la elección de oficios del año 1591, metiendo a todos los candidatos en un cántaro, fue contestada por el concejo de Villanueva de la Jara protestando a la Chancillería de Granada. Todavía, en esas fechas, los hidalgos jareños luchaban por un derecho que los sanclementinos habían conseguido hacía ya medio siglo. En la elección de oficios del año 1591 había intervenido, por comisión del corregidor, el escribano Francisco de Astudillo, que era acusado de cohecho por haber recibido más de cuatrocientos reales. Quien acusaba era el escribano Juan Prieto, que denunciaba a una facción de regidores encabezada por Ginés Rubio y Bernardo Alcocer de tratos secretos con el escribano sanclementino.

El clima de rivalidades en el concejo jareño era patente. De hecho, el ayuntamiento había sido asaltado una noche por unos desconocidos y, ante el temor, se había decidido quitar los privilegios de la villa del arca de tres llaves de su archivo y guardarlos en casa del escribano Alonso García. Tal cosa aseguraba el regidor Llorente López de Tébar, de cincuenta años; el cual denunciaba asimismo las intrigas de Martín de Buedo Gomendio, que tras asegurarse el abasto de las carnicerías por San Juan de 1591 tras cesión de la navarra, viuda de Juan de la Osa, había traspasado este ramo a Juan Martínez Talaya, al ser elegido alcalde ordinario en las elecciones de San Miguel de ese año. El mencionado Juan Martínez Talaya era un testaferro, sin ganado alguno, al servicio de los intereses de Martín de Buedo, que le proveía con la carne de sus ganados que libremente pastaban en la dehesa carnicera. Éste último era acusado además de usar el oficio de alcalde en provecho propio, incumpliendo las ordenanzas sobre guarda de rastrojos y montes. No obstante, las irregularidades eran la norma general; cuando Diego de Agüero llega a tomar las cuentas del pósito, lo encuentra sin un real; se la calla la boca con cuatrocientos reales, a cambio, mira para otro lado cuando algunos regidores meten en el arca el dinero faltante, para sacarlo inmediatamente en cuanto acaba la toma de cuentas. En beneficio de Diego de Agüero, hay que decir que se movía en una sociedad corrupta hasta la médula. De hecho, cuando fue acusado de cohecho por el regidor Francisco Sancho en la plaza de la villa, delante de los escritorios que para el ejercicio de su oficio los escribanos poseían, respondió que si el tomaba dineros es porque alguien como el regidor se los daba. De todos modos, de la comisión de Diego de Agüero nos podemos hacer una idea de lo que era aquel mundo; un alguacil que llega a villa extraña a tomar las cuentas del pósito a finales de octubre de 1590 y que promete públicamente el máximo rigor en su cometido, mientras privadamente se le da encubiertamente seis escudos y se le aloja con cargo a Hernando de Utiel, el mayordomo del pósito, que ha de rendir cuentas, y que agasaja al alguacil con una exquisita hospitalidad de buena comida y lecho, pagando los gastos de su alojamiento en la llamada posada de la parreña. Se asegura al alguacil un salario de cuatrocientos maravedíes diarios, el doble de lo fijado, hasta sumar cuatro mil ochocientos maravedíes. Mientras, cada una de las tres llaves del arca del pósito andaban de mano en mano, metiendo y sacando dinero para dar fe del equilibrio de las cuentas; el tanteo se hizo con una espuerta, pero sin medir el trigo existente. Además de tomar las cuentas del pósito, Diego de Agüero tomó en mayo de 1591 las cuentas de los propios de la villa a su mayordomo a Martín de Zomeño; tardó en hacerlo nueve días, por los que percibió un salario de cinco mil doscientos maravedíes, y lo hizo con tanta parsimonia, que en el pueblo se recordaban sus largos paseos y descansos. Un mes antes, el escribano Mateo Sacedo había recibido catorce ducados por una declaratoria sobre la elección de oficios y la reserva de la mitad de los mismos a los hidalgos.

La familia Clemente, aunque precavida, mostró su rechazo a la labor del corregidor, aunque eran más los intereses encontrados con otras familias principales. Sus intereses económicos iban más allá de Villanueva de la Jara, para extenderse por Quintanar o Tarazona. En está última villa eran, como en la Jara, regidores. En cualquier caso, las fuertes diferencias existentes en la villa quedaron ocultas a ojos del juez de residencia para denunciar una mala actuación funcionarial de cuyos cohechos participaban todos.

Esa precaución en las denuncias era la norma en El Peral. donde los testimonios del regidor Pedro de Tévar o Diego de Alarcón. Las quejas venían de nuevo contra alguaciles como Francisco de Astudillo o Diego de Agüero pero no tanto por sus cohechos sino como simples transmisores de la justicia del corregidor, que se entremetía en la justicia ordinaria de los alcaldes de El Peral, llegando a conciertos con los sentenciados a los que daba por libres a cambio de una cantidad de dinero. No obstante, el testimonio del escribano Adriano Gómez de las cuentas tomadas de los propios y el pósito dejaba ver los abusos de los alguaciles sanclementinos y de otros como el motillano Pedro Luján o Pedro Sánchez Carretero, vecino de La Roda.

Manuel (Ortiz) de Ojeda
En Motilla, el escribano Alonso de Córdoba aseguraba que el alguacil enviado para tomar las cuentas del pósito, Cristóbal Morales, se hospedaba en casa de Jorge Ortega, encargado de rendir las cuentas y que guardaba el libro de cuentas en su propia casa, a su decir, bajo llave. La situación de Motilla del Palancar no era muy diferente al resto de las villas del corregimiento. El gobierno de ese año estaba en manos de Juan de Luján y Juan de Bonilla, alcaldes ordinarios, y desempeñaban oficios de regidores Pedro de Bonillo y Juan de Toledo. No eran los únicos principales de la villa, pero, a decir de Manuel de Ojeda, eran los encargados de gestionar los negocios de la villa en Madrid y Granada a través del procurador Luis de Vacas. Lo sabía bien Manuel de Ojeda, pues había sido denunciado ante el Consejo Real por varios vecinos de la villa, que le acusaban de malversación de los caudales del pósito. Estos vecinos habían elevado sus quejas hasta Madrid para que el corregidor Melchor Pérez de Torres pusiera orden en el alhorí motillano. El corregidor condenó a Manuel de Ojeda, depositario del pósito, en veinte mil maravedíes de multa, que no aceptó la sentencia y apeló al Consejo Real.

En Iniesta, las irregularidades en la administración del pósito fueron denunciadas por el nuevo depositario Pedro Jiménez de Contreras, que veía cómo eran entregados por su antecesor trigo podrido y mezclado con tierra a los labradores. Aunque las versiones variaban sobre quien estaba detrás de tan turbias operaciones, pues el tal Pedro Jiménez había sido condenado también por tales prácticas y posteriormente perdonado por el corregidor. Varios regidores de Iniesta serían llevados presos a la villa de San Clemente. En el origen, estaban los tejemanejes de Pedro Espinosa Castañeda, alcalde ordinario de la villa, que había mandado a Antonio Ibáñez, familiar del Santo Oficio, con comisión a las aldeas de Iniesta para expropiar a los labradores trigo y cebada para el pósito y los frailes; el grano nunca entró en los almacenes y fue vendido en Valencia. El control de señorío que Iniesta pretendía sobre sus aldeas estaba liderado por Pedro Espinosa Castañeda, pero dentro de la villa había una facción liderada por el alcalde ordinario Juan Garrido, que defendía los intereses de las aldeas y sus labradores. No es extraño que el enfrentamiento ocurrido entre Antonio Ibáñez y Juan Garrido en la aldea de Alcadozo finalizara con las despectivas palabras del familiar de la Inquisición, alcalde de mierda y con el alcalde ordinario llevado preso a Iniesta por Antonio Ibáñez.

La intervención en la constitución del gobierno municipal de Iniesta por Melchor Pérez de Torres fue muy contestada por la supresión de una figura concejil muy antigua, el procurador síndico, establecida por ejecutoria de los Reyes Católicos y tradicional defensora de los intereses del común; ahora, se denunciaba su supresión como cesión a las peticiones de los hidalgos que pedían para sí dicha elección. La supresión de este oficio el año de 1588 coincidió con la ejecutoria ganada por los hidalgos para reservarse la mitad de los oficios concejiles. A ello, se sumaba la intromisión del corregidor en la primera instancia de la villa, que era tanto como decir que las irregularidades del pósito se resolvieran en el seno de la Iniesta y no en San Clemente. Hasta esta villa, los iniestenses mandaron al doctor Francisco de Espinosa y el licenciado Jorge de Lorca para negociar con el corregidor, que respondió con el encarcelamiento de los oficiales del ayuntamiento de Iniesta; llevados presos a San Clemente en el crudo invierno de 1592, en penoso viaje, soltados solamente tras pagar fianzas y con unas costas judiciales de quinientas reales. Antes de soltarlos, los encerraron en la sala del ayuntamiento de San Clemente y tomada confesión a cada uno de los oficiales. La prisión de los alcaldes y regidores, gente principal y algunos hidalgos, fue vista como una afrenta imperdonable por la villa de Iniesta.

Iniesta se hallaba inmersa en un contencioso por términos con La Minglanilla, antigua aldea que había conseguido el villazgo. Para defender sus intereses en la Corte se hizo, en concejo abierto, un repartimiento de ciento cincuenta ducados entre los vecinos. La Minglanilla, que se había independizado como villa en 1564 no tenía recursos para pagar la expedición de la carta de privilegio de villazgo; ese era el fin del repartimiento de 28 de mayo de 1592. Al no contar con la licencia real, el alcalde Martín Briz y el regidor Bartolomé López tuvieron que responder con la cárcel. La necesidad del repartimeinto se trató en el concejo abierto de 29 de marzo de 1592. Se presentaba la villa en gran estado de necesidad, las deudas por el privilegio de villazgo eran de dos mil trescientos reales, de los que solo se habían pagado cien ducados, se hacía necesario un repartimiento entre los vecinos. Una nueva desgracia se había cernido sobre la villa de La Minglanilla, la avenida del río Cabriel se había llevado los molinos del pueblo en la Puenseca, que solicitaba en vano al corregidor licencia para la construcción de unos molinos nuevos. Se solicitaba la edificación de dichos molinos, distantes de los antiguos, una legua más arriba del Cabriel, en el lugar llamado Castillo de Castilseco. Se dejaban abandonados unos antiguos molinos que, tras la delimitación del término municipal por el privilegio de villazgo habían quedado en tierra de Requena. Un nuevo concejo de 17 de abril de 1592 decidió la construcción de los nuevos molinos, tomando dinero a censo. La Minglanilla era un municipio sin apenas propios, las rentas de la almotacenía, caballería y correduría apenas si rentaban entre 28000 y 35000 maravedíes.



El establecimiento de un corregimiento de las diecisiete villas fue un intento de regeneración política, nacido de las propias denuncias de los funcionarios reales llegados un quinquenio antes a la zona. Es de creer que el primer corregidor, Pedro de Castilla, del que apenas sabemos otra cosa más que tomó posesión del cargo un 26 de noviembre de 1586, dedicó sus esfuerzos a consolidar una administración novedosa. Las primeras actuaciones de su sucesor Melchor Pérez de Torres fueron a la raíz de los problemas: la administración de propios y pósitos; dos instituciones garantes del bien común y factores de equilibrio social en el interior de las comunidades. Melchor Pérez visitó todas las villas el primer año de su mandato, en cumplimiento de la obligación de su cargo, pero también compelido por una Corona, que veía como las quejas de los labradores llegaban hasta el Consejo Real (caso citado de la oposición que despertó entre los labradores la gestión del pósito municipal en Motilla por Manuel de Ojeda). Las visitas un años posterior las hizo su alcalde mayor licenciado Rodríguez de Vera, una vez se elegían para estos cometidos juristas de sólida formación; pero a partir de 1591, la muerte de Melchor lo vino a cambiar todo. Las oligarquías locales debieron ver en su hijo Antonio, una marioneta a utilizar en servicio de sus intereses propios; la participación de alguaciles como Diego de Agüero, Francisco de Cárdenas o el escribano Francisco de Astudillo hizo el resto: la extensión de una red de corrupción que integraba a los poderes locales con los funcionarios sanclementinos del corregimiento; éstos eran hombres avezados y curtidos en mil lides. El caso de Francisco de Astudillo es ejemplar: había participado, junto a su suegro Rodríguez de Garnica, en todas las comisiones junto al último gobernador del Marquesado de Villena, el masón y pirronista avant la lettre Rubí de Bracamonte, entre ellas, sentenciando, penas de muerte y destierros incluidos, las rebeliones y altercados de Santa María de Campo. La posición ganada por Astudillo en estos años junto a la sombra del poder fue acompañada de grandes ingresos económicos, como escribano y como alguacil que imponía sus propios derechos, que triplicaban los que las villas estaban obligados a pagar. Astudillo pronto se ganó el favor de los Buedo, con intereses regionales en Vara de Rey, Villanueva de la Jara y Barchín, y que además controlaban la Tesorería de rentas reales del Marquesado; le fue confiada la recaudación de las rentas de Iniesta. Así Francisco de Astudillo iba amasando una ingente fortuna personal, paralela a la concentración de poder político como alcalde de San Clemente. Este hombre lo supeditaba todo al poder y a la riqueza; retrasó su matrimonio hasta 1600 buscando la mejor perfecta, Ana María García de Villamediana, hija del escribano Rodríguez Garnica, que poca honra aportaba a la familia, pero procedente por vía materna de la familia más piadosa de San Clemente; renunció a la hidalguía en Granada, una vez comprendió la fuerza de sus enemigos para recordarle sus bajos orígenes; cambió el apellido Fernández por el de Astudillo, de más rancio abolengo; envío a su hijo a estudiar leyes a Salamanca, sabedor que sus enemigos, Tribaldos y Lucas, le negaban el acceso en la Universidad de Alcalá, y no tuvo miramientos para deshacerse de los Buedo y apropiarse de la Tesorería de las rentas reales en dura competencia con los Ortega. En suma, la familia Astudillo, ligó su fortuna personal al propio devenir de la Monarquía española: con Felipe II, contribuyó a sus grandes proyectos, para acabar participando de los mezquinos intereses de unas oligarquías locales; con Felipe III, supo aprovechar los años de paz, y corrupción, para consolidar la principal fortuna de la zona, y con Felipe IV, fue fiel servidor de unas políticas imperiales, tan ambiciosas como evanescentes, que provocaron la ruina de la familia.

Padecer un juicio de residencia es algo que deploraban los oficiales que dejaban el cargo a los tres años del mandato, pero mucho más las villa que padecían dicha residencia y que habían de soportar las cargas de unos salarios abusivos. El juez de residencia Gudiel cobraba mil maravedíes al día, su alguacil, quinientos, y el su escribano Melchor Pletel, cuatrocientos. Los cargos se hacían sobre los propios de las villas que aportaban por repartimiento entre sus vecinos, que iban de los setenta y cinco reales de La Alberca a los ciento cincuenta de Santa María del Campo Rus, aunque en villas más grandes estas cantidades se superaban con creces. 

domingo, 16 de diciembre de 2018

Las tierras de Alarcón en Iniesta


Los términos de Alarcón colindaban con los de Iniesta. Era la zona de la Ensancha, donde, sobre suelo de Alarcón, labraban las tierras los vecinos de Iniesta. La tradición, a la altura de 1528, se conjugaba con los intereses de la villa de Alarcón, que consideraba a los iniestenses como ocupantes de su suelo, y que debían pagar un canón por el cultivo de esas tierras. La Tierra de Alarcón había sido desmembrada por la exención de las villas después de la guerra del Marquesado. Las contribuciones fiscales de mediados del siglo XV ya nos muestran una Tierra desgajada (véase ANEXO I). El villazgo de San Clemente en 1445 había contribuido a ello, pero otros lugares como Barchín o Motilla del Palancar tenían sus términos definidos desde entrado el siglo XV. El amojonamiento de estos lugares después de 1480 por el licenciado Molina no dará lugar a disputas, más allá del conflicto entre Barchín y Alarcón por Valverdejo. Otros lugares como Gabaldón, arruinado y despoblado después de la guerra, cayeron del lado de Motilla. Pero los territorios del sur que se abrían a la izquierda de la ribera del Júcar y que llegaban a los mismos límites de Iniesta por el este y a los límites del obispado de Cuenca por el sur estaban más indefinidos. Alarcón no aceptó perder estos territorios acabada la guerra. Villanueva de la Jara, que había articulado su territorio en torno al río Valdemembra, intento crear un espacio amojonado propio, que chocó con las amplias dehesas que tenía el suelo de Alarcón y aquellas otras que habían caído en dominio señorial por donación y merced de los Pacheco.

El término de Villanueva de la Jara nos muestra, aún siendo el
croquis tardío, del Catastro de Ensenada, y ya eximidas algunas
aldeas por villazgos, la difícil articulación de un espacio propio
por el ,mantenimiento de los viejos derechos señoriales y de
Alarcón, tras el fin de la guerra del Marquesado.

Villanueva de la Jara y sus labradores conquistaron el espacio con la roturación de nuevos núcleos como Tarazona, Madrigueras, Quintanar o Gil García. Las casas de estas nuevas aldeas eran de Villanueva de la Jara (al margen de aquellas que se había reservado el marqués), los campos de Alarcón. Los pequeños núcleos de casas, simples quinterías, en algún caso, al finalizar la guerra se convirtieron en pueblos que multiplicaron la población a comienzos del siglo XVI; las casas se construían ya sobre el suelo de Alarcón, y, en algún caso, como en Tarazona, los mojones partían las casas. Pero todavía el suelo de Alarcón conservaba un área de tierras, labradas o por labrar, y sin población. No existían núcleos posteriores como las Casas de Santacruz; la explotación de la tierras se hacía por renteros desde Iniesta. Era lo que se conocerá posteriormente como la Ensancha de Alarcón. En estas tierras, los viejos derechos de la villa de Alarcón chocaban con los renteros de Iniesta, labradores de esas tierras y con los deseos de los Pacheco por hacerse con el excedente de sus cosechas.

Término de Alarcón, según el Catastro de Ensenada.
El croquis intenta reflejar las tierras de Alarcón en torno a la ribera
 del Jucar y la Ensancha, limítrofe,
 desde la cañada Calera, con Iniesta


Los viejos derechos de la villa de Alarcón se superponían a aquellos otros que el maestre Juan Pacheco había impuesto sobre los renteros. Sabemos del caso de los renteros iniestenses que labraban las tierras de Jorquera y parcialmente de la labranza de estos renteros en tierras de Alarcón, por los estudios de ORTUÑO MOLINA (1).  El conflicto surgía entre la explotación de las tierras en régimen de enfiteusis, más favorable a los labradores, que, a cambio de reconocer al marqués un derecho eminente sobre las tierras, disponían de la propiedad de facto de las tierras más allá de un canon fijo anual. o la alternativa más desfavorable, y deseo señorial, de imponer una renta anual revisable a los labradores de Iniesta, con el riesgo de ser considerados simples renteros de la tierra que labraban. En el caso de las tierras de Alarcón, vecinas de Iniesta (2), el maestre Juan Pacheo había impuesto un cahíz por cada quince cahíces cosechados como tributo a los labradores; hacía veinticinco años se decía, a contar hacia atrás desde 1488. Jurídicamente se consideraba que dichas tierras eran llecas y no propias del concejo de Alarcón, con lo que los Pacheco se arrogaban su propiedad. El primer tributo impuesto por los Pacheco fue cambiado en 1488 por un canon de cincuenta fanegas pagadas por cada uno de los labradores de la villa de Iniesta, que para entonces ya, desde los límites de sus términos, roturaban las tierras próximas a los términos e liecos de Madrigueras, casa de Gil García e en la cañada del Halcón y en la casa de la Vurrilla y en los otros liecos (3). Las cincuenta fanegas cobradas por el maestre don Juan Pacheco, fueron cedidas posteriormente a un criado suyo, llamado Pedro de Espinosa, aunque al finalizar la guerra del Marquesado, el hijo del maestre don Juan, Diego López Pacheco recuperó para sí tal derecho. Reabriéndose de nuevo el conflicto con los labradores de la villa de Iniesta. Creemos que la historiografía albaceteña sobrestima el proceso roturador al finalizar la guerra del Marquesado. Para nosotros, tal impulso roturador se vio muy constreñido en los años ochenta por unas sociedades rurales muy esquilmadas por el esfuerzo y destrucción de la guerra y, en cualquier caso, se sustanció en beneficio del desarrollo ganadero. El debate de finales de siglo se centró más en los deseo de los Pacheco de recomponer rentas. Para ello, el mejor modo de conseguirlo era considerar como llecas las tierras (susceptibles de usurpación, por tanto) del sureste de Alarcón, sobre el que la debilitada villa de Alarcón podía alegar derechos como bienes propios, pero no los labradores de Iniesta, cuya vecindad era en suelo de Cuenca y por tanto no podían alegar los derechos que les daba el fuero de Alarcón a la libre roturación de esas tierras, fundado en un derecho de presura (4). La roturación desmedida de tierras vino a comienzos de siglo y una vez que las sociedades rurales se sobrepusieron a la crisis alimentaria de comienzos de siglo y a la epidemia de peste que azotó la zona en 1507 y 1508. No negamos los impulsos roturadores de los años ochenta y noventa (5), pues las constataciones que tenemos es que los núcleos poblados al sur de Villanueva de la Jara comienzan a tener cierta entidad, llegando caso de Quintanar o Tarazona a los treinta vecinos cada una. Pero la verdadera explosión agraria y poblacional de la zona tiene lugar en la segunda década del siglo XVI, momento en que las aldeas jareñas triplican su población, las ruedas de los molinos del Júcar son incapaces de moler el trigo que les llega o familias como los Castillo se enriquecen con los préstamos a censo a los agricultores. Es difícil saber lo que pasó en la Ensancha de Alarcón, pero nos aventuramos a decir que los primeros intentos de roturación (algunos obligados por quienes huían de las represalias de los vencedores de la guerra) a partir de 1485, fue seguido, tras el impasse de comienzos de siglo, de una multiplicación de los procesos roturadores. Los pequeños labradores, incapaces de hacer frente a los cánones tributarios del marqués de Villena se vieron obligados a vender sus tierras, viviéndose un proceso de concentración agraria en apenas una veintena de propietarios que, posiblemente redujeran a la condición de renteros suyos a los pequeños labradores. Esa veintena de propietarios gozaba de suficiente excedente como para buscar un compromiso con el marqués. El resultado fue la búsqueda de un reconocimiento pleno de la propiedad de la tierra a cambio de un canon llevadero a don Diego López Pacheco. El gran perjudicado fue el concejo de Alarcón. Es solo una hipótesis de estudio, que ha de ser refrendada por las fuentes documentales, pero digna de plantearse.

Las disputas sobre el derecho de los labradores a labrar las tierras de Alarcón fueron sustanciadas en un primer momento por el juez de comisión Bartolomé de Santacruz en 1488, que reconoció el derecho de los agricultores iniestenses, pagando un canon de cincuenta fanegas de trigo por la labranza de los terrazgos y treinta maravedíes de cada yunta que labraren para los caballeros de sierra de Alarcón. La sentencia del corregidor Santacruz fue modificada por la Chancillería de Granada, que reconoció en 1526 a favor del concejo de Alarcón las cincuenta fanegas que pagaban los labradores de Iniesta al marqués. La presión del marqués de Villena y duque de Escalona obligaría a la villa de Alarcón a renunciar el 27 de marzo de 1528 a dicho tributo en favor del marqués.

El acuerdo, o imposición, a tres de 27 de marzo de 1528 fijaba que los renteros iniestenses se comprometían a pagar un máximo de seiscientos fanegas de cereal al marqués don Diego López Pacheco, la mitad de trigo y la mitad de cebada y centeno. Y en lugar de las cincuenta fanegas de trigo y camuña, los renteros de Iniesta debían pagar dos fanegas de trigo por cada par de ganado, yunta, que labrasen en dicho término de Alarcón. Dicho tributo se pagaba en concepto de renta, pero también como reconocimiento de derecho eminente del marqués sobre dichas tierras, pues se permitía el acceso a la propiedad de los renteros de Iniesta sobre las tierras que cultivaban, siempre que pagaran las mencionadas dos fanegas y que cualquier enajenación de tierras no se hiciera a forasteros. El concejo de Alarcón perdía el derecho de tanteo sobre estas ventas, reservado únicamente a enajenaciones a forasteros. Por otra parte, las tierras en litigio tenían la consideración de propios de Alarcón. Razón por la cual, la villa de Alarcón tuvo que renunciar ese 27 de marzo en favor del marqués al cobro del derecho de las cincuenta fanegas en sus nuevas formas, en aun artificio jurídico que reconocía su soberanía sobre su suelo, pero no sobre las rentas generadas por éste.

La negociación de este compromiso por parte del marqués la llevó Andrés del Castillo Quijano, su contador; hombre del que poco sabemos aparte del rechazo que provocó su deseo de hidalguía en 1539. Andrés del Castillo, asumió también la representación del concejo de Alarcón, posiblemente muy a pesar de la villa, y Hernán García, hijo de Mingo Juan, llevó la representación de los labradores de Iniesta.

El pleito se había iniciado hacia 1488. Mientras el pleito se quedaba muerto, los labradores iniestenses, por la vía de los hechos, en el primer cuarto de siglo, conseguían hacerse con el control de la explotación de las tierras sin hacer frente a sus tributos. Pero cuando el marqués de Villena decide cobrar estas rentas, la primera solución que adoptarán los vecinos de Iniesta será avecindarse en la villa de Alarcón, determinación que agradará al concejo de Alarcón, pero no tanto al marqués de Villena y menos al concejo de Iniesta, poco dispuesto a perder, aunque pocos, una parte de sus vecinos. El concejo de Iniesta fue el primero en buscar una salida de compromiso
les paresçía ser mejor e más útil e provechoso a la dicha villa e a los veçinos della averese de pagar una moderada suma e cantidad de pan por cada un par de mulas o bueyes o otra cualquier yunta que labraren en los dichos términos que no averse de pagar las dichas çinquenta fanegas 
Así el concejo de Iniesta se puso en contacto con don Diego López de Pacheco para buscar un compromiso, mandando como apoderado a Hernán García de Mingo Juan. La oferta de Iniesta fue pagar dos fanegas de trigo por cada yunta de labranza y treinta maravedíes para los caballeros de sierra de Alarcón. Hernán García de Mingo Juan representaba a un total de dieciocho labradores, que explotaban directa o indirectamente las tierras de los términos de Alarcón, en lo que luego se llamará la Ensancha. Conocemos sus nombres: Diego de Cubas, Pedro Clemeinte, Juan de Iniesta, Martín Merino, Alonso de Sotos, Alonso de la Jara el viejo, Alonso de la Jara el mozo, Juan Correa, Diego Mondéjar, Benito de la Jara labrador, Alonso de las Heras, Aparicio Sánchez de las Heras, Pedro Ruiz, Alonso del Soto, Pedro de la Jara el mozo,  Juan de la Jara yerno de Pedro de la Parra, Juan Clemeinte, Hernán García de Mingo Juan. Esta larga lista es significativa porque muestra cuánto había cambiado la situación en la Ensancha de Alarcón. Los viejos y múltiples renteros en la zona habían sido sustituidos por unos pocos labradores que cultivaban superficies más extensas y que habían conseguido una plena propiedad de hecho sobre las tierras. La vieja exacción feudal de los Pacheco sobre los renteros, que suponía una importante parte del excedente agrario, había devenido en la exigencia de un derecho eminente sobre las tierras de escasa tributación y que dejaba en manos de los labradores la enajenación de las tierras.

La concordia entre el concejo de Iniesta y el concejo de Alarcón y don Diego López Pacheco fue acordada por Hernán García de Mingo Juan en nombre del primer concejo y el contador Andrés Castillo en nombre de las segundas partes. Contenía siete capítulos:

  1. Los labradores de Iniesta se comprometían a pagar para Santa María de agosto al marqués de Villena seiscientas fanegas, mitad de trigo y mitad de cebada y centeno. Previamente la villa de Alarcón renunciaba a recibir las 1950 fanegas de trigo y comuña que tenía derecho a percibir por sentencia ejecutoria, al considerarse que los labradores egelestanos labraban tierras pertenecientes a los propios de Alarcón.
  2. Aceptación por ambas partes los treinta maravedíes por yunta con destino a los caballeros de sierra de Alarcón, que se habían dejado de pagar. Destacar que éste era un golpe más a una vieja institución. Los caballeros de sierra de Alarcón tenían su fuerza derivada de los desmesurada extensión de los propios de Alarcón. Un repaso de los nombres de los caballeros nos muestra que eran algo más que guardas de montes; a comienzos de siglo, los antiguos criados y caballeros al servicio del marqués encontraron nueva ocupación defendiendo los montes de la villa y garantizando el monopolio o control de la explotación de actividades como la grana o el paso de los ganados mesteños y locales. Ahora perdían una fuente de sus ingresos como perderían con el tiempo los ingresos derivados de los derechos ganaderos de borra. En realidad, la capitulación seguía reconociendo el derecho a favor de los caballeros de sierra de Alarcón y únicamente perdonaba a los labradores de Iniesta los treinta maravedíes por yunta que en los años pasados habían dejado de pagar. Pero es poco creíble que unos labradores que por la vía de los hechos habían dejado de pagar lo hicieran ahora en el presente y después en el futuro.
  3. Renuncia del concejo de Alarcón y de sus caballeros de sierra, así como del marqués de Villena y duque de Escalona a cualquier derecho pasado sobre los terrazgos labrados por los de Iniesta o derivado de las averiguaciones y probanzas hechas en el pleito entre ambas partes.
  4. Pago a partes iguales entre los litigantes de las costas del juicio mantenido en años pasados por los terrazgos.
  5. Sustitución del viejo tributo de cincuenta fanegas a pagar por cada uno de los labradores de Iniesta por una nueva imposición de dos fanegas de trigo anual por yunta y a desembolsar el quince de agosto: dos hanegas de trigo de terradgo e tributo de cada un año de cada un par de mulas o bueyes o de otra qualquier yunta con que labraren qualesquier partes de los dichos términos y que la den y paguen de buen trigo linpio e rreçibidero por el día e fiesta de Santa María de agosto de cada un año dentro de la dicha villa de Yniesta a la persona que el dicho señor marqués o sus subçesores nonbraren. Téngase en cuenta que se repartían de hecho seiscientas fanegas entre dieciocho labradores y nos haremos una idea de la entidad de los labradores iniestenses con más de treinta yuntas por cabeza. Pártase también de las antiguas 1950 fanegas pagadas a razón de cincuenta por terrazgo para deducir la cifra de alrededor de cuarenta renteros de antaño y el enorme esfuerzo roturador de la zona desde aquellos pocos labradores de 1488, cuyos nombres se nos han conservado. Es decir se pagaba mayor cantidad de trigo por labrador que antes, pero la superficie labrada por labrador era mayor y el tributo pagado en su montante global era un tercio de la renta antigua. Los iniestenses ganaban en el concierto, es poco imaginable que el marqués perdiera en el trato, así que hemos de concluir que el perdedor real en esta iguala desigual era el concejo de Alarcón. En la concentración y mayor superficie de los labrantíos (y en su extensión, pues se habla de la labranza de tierras llecas) desempeñó un papel fundamental la introducción de la mula, en sustitución del buey, en los campos. Aquí residía la clave del pleito: los múltiples tributos por la gran diversidad de terrazgos cultivados habían dado lugar a unos pocos labradores labrando grandes superficies y con mayor excedente en las cosechas. El número de terrazgos se había reducido drásticamente por las enajenaciones y concentración de propiedades entre los labradores iniesteneses y con ello la cuantía de tributos, aplicados por terrazgo. Los pagos tenían carácter retroactivo y se retrotraían a los años atrás de diferencias en el pleito mantenido.
  6. La ejecutoria de la Chancillería de Granada, que no había llegado a aplicarse y de la que desconocemos la fecha, reconocía las cincuenta fanegas pagadas por los terrazgos de Iniesta como propio de la villa de Alarcón y no renta del marqués. Ahora en la escritura de concertación, Alarcón renunciaba a tal derecho en favor del marqués, ahora convertido en nuevo derecho de dos fanegas por yunta.
  7. Derecho de los labradores a vender y trocar los heredamientos libremente, supeditado a dos condiciones: Las ventas no se ha de hacer a forasteros, salvo, en ese caso, que el concejo de Alarcón se reserve en los primeros treinta días siguientes a la venta y trueque un derecho de tanteo para comprar las heredades en transmisión.
La renuncia de la villa de Alarcón sobre los terrazgos no vendría hasta el 29 de marzo de 1528, cuando el concejo de la villa, reunido en sesión plenaria hizo renuncia formal a sus derechos ante el contador Andrés del Castillo. Uno por uno los oficiales de Alarcón aprobaron la escritura de transacción, conveniencia y capitulación de 27 de marzo de 1527 y ratificaron la renuncia a considerar los terrazgos como propios de la villa de Alarcón. La renuncia fue doble, pues se renunciaba a los derechos sobre el viejo suelo de la tierra de Alarcón en favor del marqués y se renunciaba a esa misma propiedad de las rentas que les había reconocido la Chancillería de Granada. No creemos en la voluntariedad de la renuncia por los regidores alarconeros, tutelados en el pleno del ayuntamiento por el hombre del marqués, el contador Andrés del Castillo, y obligados a jurar ante la Cruz y los Evangelios.  Tal humillación se la hicieron pagar en su persona diez años después, cuando Andrés del Castillo Quijano pretendió ganar ejecutoria de hidalguía. No contó con el favor y declaración de los vecinos de la villa de Alarcón.




Concejo de Alarcón de 29 de marzo de 1528:

Juan Pérez de Villanueva, Garci Zapata, Antonio de Villanueva (alcaldes ordinarios), Martín de Olmedilla (juez), Andrés del Castillo, contador del marqués de Villena, Diego López Granero (regidor), Melchor Granero, Juan de Ruipérez, Diego López de Flomesta (diputados de caballeros y escuderos), Cristóbal de la Parilla, Antón Sánchez de Moya y Garci Martínez de Monedero, (diputados de los labradores)



Concejo de Iniesta de 6 de febrero de 1528

Martín de Cubas y y Martín Martínez de Castillejo, alcaldes ordinarios
Juan García de Domingo Juan y Juan Clemeinte, alguaciles
Benito Pérez, Juan García de Castillejo,
Alonso Paino, Martín del Campo, Benito de la Jara, labrador, Alonso Cano, Martín Merino,
diputados

ANEXO I


LUGAR O VILLA
CONTRIBUCIÓN MARAVEDÍES 1455
OBSERVACIONES
CIUDAD DE CHINCHILLA
51757,5
57757 al margen
VILLA DE ALBACETE
18105

VILLA DE HELLIN
16380

VILLA DE TOBARRA
6900

VILLA DE ALMANSA
13800

VILLA DE BELMONTE Y SU TIERRA LA VIEJA
54345

CONCEJO DE LOS OLMILLOS
510

CONCEJO DE LAS MESAS
4305

CONCEJO DE EL PEDERNOSO
5506,5

CONCEJO DE LAS PEDROÑERAS
2580

CONCEJO DE TRESJUNCOS
4905

VILLA DE SAN CLEMENTE
12247,5

CONCEJO DE VALA DE REY
3532,5
Aldea de San Clemente
CONCEJO DE PERONA
1700
Aldea de San Clemente
VILLA DE CASTILLO DE GARCIMUÑOZ
66427,5
Casa de Don Benito, El Pinarejo, El Quintanar, La Puebla, La Nava, Torrubia, La Almarcha y la Cañada
CONCEJO DE HONRUBIA
5125

CONCEJO DE MONTALBANEJO
8445

CONCEJO DE LA HINOJOSA
1626,5

CONCEJO DE OLIVARES
1552,5

CONCEJO DE BARCHÍN
4395

CONCEJO DEL CAÑAVATE
9440

CONCEJO DE LA ALBERCA
4477,5

CONCEJO DE LA MOTILLA
2242,5

VILLA DE ALARCON
20250
Valdemembra, El Peral, Gabaldón,  Olmedilla, Valhermoso, Pozoseco, Tébar, Gascas, Villalba
CONCEJO DE LA RODA
5257,5

VILLA DE INIESTA
34500



El gráfico nos muestra la entidad propia a efectos fiscales (pedido de las cuatro monedas de 1455) de diversos núcleos poblacionales, a pesar de tener la consideración en muchos casos de aldeas. Destaca la integración de El Peral o Villanueva de la Jara (aquí denominada Valdemembra) en la villa de Alarcón.

Fuente: Archivo Histórico Nacional. Consejos, 31760, pieza 44.

NOTAS


(1) ORTUÑO MOLINA, Jorge: Realengo y señorío en el Marquesado de Villena. Real Academia Alfonso X el Sabio. 2005, pp. 252 y ss. Véase asimismo GARCIA MORATALLA, P. J.: Iniesta en el siglo XV. Iniesta, 1999
(2) Ibídem, p. 257
(3) Archivo General de Simancas, RGS, LEG, 148804, 24. Comisión al licenciado Bartolomé de Santa Cruz para que determine en la demanda del concejo de la villa de Iniesta por causa de ciertas imposiciones que les exigía el marqués don Diego López Pacheco, no obstante una carta del anterior marqués don Juan Pacheco, en que quitaba tales imposiciones. 12 de abril de 1488
(4) ORTUÑO MOLINA, Jorge: op, cit. p. 258, nota 531. El autor nos recuerda la cita del fuero de Alarcón inserta en un pleito de la Chancillería de Granada: e todo aquel que fuera del exido o de rayz agena fiziere auertura firme la aya
(5) ORTUÑO MOLINA, Jorge: op, cit. p. 259, nota 534. El autor recuerda la roturación de tierras por algunos vecinos de Iniesta en Alarcón y Jorquera: Gil Martínez de Alarcón, Aparcio de las Heras Miguel Herrera, Alfonso Sánchez Herrera. 

AHN, NOBLEZA, FRÍAS, Casa Pacheco: Leg. 700-21. Escritura de transacción entre el concejo de Alarcón, el concejo de Iniesta y don Diego López Pacheco, por los terrazgos. 1528