El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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domingo, 22 de mayo de 2022

Genoveses y deudas de rentas decimales

Juicio entre Ginés Sánchez y consortes, vecinos de San Clemente, contra Pedro Y Diego de Mendoza, deán y canónigo de la catedral de Cuenca y Jusepe Cibo y Diego de la Muela, en proceso ejecutivo sobre ganado, vino y bienes muebles. El remate de bienes tiene lugar en agosto de 1568.

Ginés Sánchez es ejecutado en todos su bienes a pesar de haber pagado una deuda 155930 mrs. La ejecución se hace sobre el mencionado ganado, vino y bienes muebles, pero Ginés se quejará del bajo precio con que se tasarán estos bienes: las ovejas a cuatro reales, cuando su precio es de 13 reales (hasta los testigos contrarios reconocían un precio de 7 u 8 reales por cabeza. El embargo de ovejas ascendía a dos manadas de quinientas ovejas. El vino se remató a real la arroba, cuando su precio en el mercado era a 3 reales y medio. 

Ginés Sánchez era deudor de los dos canónigos, pero estos había cedido la deuda a los genoveses por los préstamos que de estos habían recibido. Los genoveses, y como tal aparece, además de Jusepe Cibo, Diego de la Muela, tenían mala fama:

que sabe v.m. cuanto se enrriquecen en España con semejantes execuciones y es fecho de compradores de pleitos y deudas agenas que v. m. sabe quan odiosos son en derecho

El incumplimiento de pago de Ginés Sánchez era como arrendador del diezmo, en un contexto en el que la Corona había ordenado el embargo del grano de las tazmías para proveer de sementera a los labradores

porque por cédula de su magestad se les tomó todo el trigo e çeuada de donde emanó la deuda prestado hasta lo nueuo que se dio a los labradores para hacer su sementera


http://ciconia.gobex.es/biblioteca/es/consulta/registro.cmd?id=1119

Allegationes iuris [Manuscrito]: [compendio de documentos legales sobre pleitos celebrados en el S. XVI], h. 93-97

sábado, 7 de mayo de 2022

SAN CLEMENTE SE QUEDA SIN ERMITA

 El Provencio y su señor, Luis de Calatayud, estaban a punto de ganar pleito y ejecutoria contra la villa de San Clemente, pero ahora, en 1543 las disputas continuaban. La fijación de una frontera definitiva entre ambos pueblos era mal aceptada por la villa de San Cemente y vista como humillación el hecho de que una ermita de culto común, la de Santa Catalina, quedará en manos de los provencianos. 

La pérdida de la ermita de Santa Catalina fue respondida por los sanclementinos con la construcción de una nueva ermita, que los provencianos denunciaban como nueva iglesia. Hablar de ermita o iglesia no era lo mismo, pues la construcción de nueva iglesia se intentaba presentar como símbolo de una nueva población que buscaba atraer a los moradores de El Provencio y despoblarlo. Más, si pensamos que la ermita iba acompañada de la excavación de un pozo y que la ubicación de la ermita era a una legua y media de San Clemente, a apenas media de El Provencio, en las llamadas Saleguillas Nuevas, término de la última villa, y no muy lejos de la antigua ermita de Santa Catalina.

Los sanclementinos se estaban quedando sin ermitas y sin la advocación a Santa Catalina, muy extendida en la comarca. El Provencio había hecho de la propiedad de la ermita de Majara Hollín un símbolo de la identidad de su pueblo, pues consideraba que la ermita de Santa Catalina remitía su pasado a la misma fundación de la puebla de El Provencio. Expulsados los sanclementinos se estaban quedando sin lugar de devoción. El culto de Santa Catalina estaba extendido en la comarca. De hecho, existía otra ermita bajo la advocación de Santa Catalina en la aldea de Sisante, adonde los sanclementinos iban cada año en procesión. Pero, comprada a golpe de ducados, Sisante había pasado definitivamente a Vara de Rey con ocasión de su villazgo en 1537. Así San Clemente se había quedado sin centros de devoción y permanecerá sin ellos durante la segunda mitad del siglo XVI.

El Provencio, en un memorial de 27 de febrero de 1543, pedía el cese de unas obras de ermita y pozo que ya habían comenzado. El día 9 de febrero había llegado una carta al concejo de El Provencio de los alcaldes de la villa de San Clemente, Antonio Ruiz de Villamediana y Pedro Barriga, en la que los oficiales sanclementinos comunicaban el deseo de hacer una nueva ermita bajo advocación de Santa Catalina en el campo de las Saleguillas Nuevas. La carta expresaba que el lugar donde se iba a levantar la ermita y excavar un pozo manantial para servicio de esta y abrevadero de ganados era en término de San Clemente, pero para reconocer a continuación que el espacio a ocupar era el de dos hazas propiedad de dos provencianos, Pascual Vieco y Francisco de Titos. Se intentaba llegar a un compromiso con los dueños, tasando el valor de las hazas para su compra, al tiempo que se avisaba al concejo vecino para evitar suspicacias. La realidad era que Francisco Titos (y el concejo provenciano sería de la misma opinión) no estaba dispuesto a aceptar ni tasación ni venta de su haza, por lo que la carta remitida adquiría en su texto final un carácter amenazante invocando una acción de juez ejecutor para llevarla a cabo.

La carta de los alcaldes provencianos Andrés de Atienza y Esteban López respondiendo a sus colegas sanclementinos fue categórica dos días después: las Saleguillas era término provenciano y así se estaba defendiendo en pleito en la Chancillería de Granada y se añadía, términos tiene la dicha villa de San Clemente donde mejor pueda hazer la dicha hermita e pozo; siendo el único fin de la ermita construir edificios para alegar luego derechos de propiedad sobre esos terrenos. En la memoria de los provencianos aún permanecía el recuerdo de cuando los sanclementinos intentaron levantar una nueva población en la década de 1510 llamada Villanueva de la Reina; esta vez, además de llevar el asunto a la Chancillería de Granada, pedían el amparo de la persona del emperador Carlos, bajo cuya protección ponían las personas y bienes de El Provencio, temiendo que se produjeran sucesos como el de 1524, cuando los sanclementinos saquearon, mataron e hirieron a varios vecinos de la villa. Una última razón, que aparecerá en el memorial del 27 de febrero era motivo de oprobio y ofensa para los provencianos: la ermita se intentaba levantar sobre el mojón existente a la sazón y a escasa distancia de la vieja ermita del mismo nombre, símbolo identitario de El Provencio

La respuesta de la Chancillería de Granada fue taxativa, ordenando el cese de toda edificación en el lugar. San Clemente, más allá de las consabidas ermitas en la población, se quedó sin ermitas en el campo. La devoción a Santa Catalina se perdió en el tiempo, expulsados los sanclementinos de las procesiones de las ermitas de El Provencio y Sisante. Hasta la llegada de la nueva devoción a la virgen de Rus, ya en el siglo XVII, los vecinos de San Clemente acudían en romería a las ermitas de El Cañavate y Fuensanta.

ACHGR, PLEITOS, 3125-16

domingo, 6 de marzo de 2022

El comercio en San Clemente, mediado el siglo XVI

 El gran momento de la villa de San Clemente era el mercado de los jueves. Desde el año 1476 y una posterior ratificación de 1483 se había concedido un mercado franco los jueves de cada semana. Tal franqueza significaba que los mercaderes que acudían a la villas podían vender sus productos sin pagar el llamado impuesto de la alcabala, un gravamen del diez por ciento ad valorem de cada mercancía vendida, aunque los mercaderes se solían igualar con los arrendadores de alcabalas para pagar por debajo de cincuenta maravadíes el millar. La exención del pago se extendía durante las veinticuatro días del jueves, pero se permitía a los comerciantes introducir sus mercancías desde un día antes, el miércoles. Se trataba de preparar unos puesto ambulantes que ocupaban las llamadas calles de las Almenas y de la Feria, confluyendo en este cruce de calles los vendedores que llegaban desde el sur por el puente del Remedio y del este por el camino de Alarcón. Los jueves la villa de San Clemente era un hervidero de gentes: forasteros de los lugares comarcanos, comerciantes que andaban de pueblo en pueblo y los propios vecinos del lugar, que aprovechaban para sus transacciones.

La exención impositiva no iba acompañada por una libertad de precios, que debían ser fijados, tasados, por la justicia sanclementina y sus regidores. Esta intervención de precios solía acompañarse por la correspondencia de los diversos productos a los capítulos de unas estrictas ordenanzas, que fijaban su fabricación y la composición de los materiales o su peso. Obviamente, las reglamentaciones eran incumplidas, si bien es verdad que las infracciones eran castigadas con multas de seiscientos maravedíes que iban a sufragar las obras públicas de la villa.

Junto a un comercio de productos elaborados, el abasto de los productos básicos para la villa era una prioridad: garantizar el abasto de pan era una obligación del concejo, si bien existía un alhorí desde el inicio del siglo XVI para evitar las bruscas fluctuaciones de precios y el almacén de grano necesario, esta política de munificencia social no se consolidaría hasta la creación del pósito de don Alonso de Quiñones en 1572. En épocas de necesidad, los regidores solían encargar a uno de ellos la tarea de buscar trigo en otros lugares aunque no existía el control de la red de distribución o rederos y hornos de pan cocer. El pan y el trigo estaba exento del pago de alcabalas; únicamente se exigía a los forasteros que presentara el trigo que iban a vender en la villa en la plaza y siendo la venta pública se pudiera vender en el resto de las calles en transacciones privadas. Testimonio nos ha quedado del año 1571(1), cuando unos panaderos de Manzanares vendieron su pan en la plaza mayor de la población, tras las gestiones realizadas por el regidor Diego de Alfaro en esa localidad manchega para la compra de trigo ante una villa necesitada después de la guerra de Granada (2). Otro regidor había hecho lo propio un año antes en Sigüenza (3). Este libre comercio de granos, si bien limitado en épocas de carestía, contrastaba con las prácticas restrictivas de otras villas y tiene su razón de ser en los problemas de abasto de pan de una villa con una producción cerealista limitada. Al igual que el trigo, la leña también se vendía libre de todo impuesto, con condición de presentar las ventas en la plaza publica. Estas buenas prácticas contrastaban con los movimientos especulativos de personajes ya conocidos, tales el licenciado Melgarejo o Hernando del Castillo e Inestrosa. 

Mediado el siglo XVI, pescado y aceite eran si no elementos comunes de la dieta, si deseados. Desde el concejo se daba todo tipo de facilidades para la introducción de estos productos en la villa. Eran los propios sanclementinos los que iban en busca de estos productos y rebajaban las exigencias fiscales para su introducción en la villa. La generalización del aceite en lugar de la manteca se intentó conseguir con la plantación de un olivo por cada cuatro viñas, pero el intento se saldó en fracaso y el abasto de aceite fue siempre un problema. Mercaderes forasteros, cuando no eran los sanclementinos, introducían el pescado en la villa, procedente del Mediterráneo y que tenían como punto intermedio de distribución la villa de Hellín.

Los naturales de la villa estaban en principio excluidos del comercio de la lencería. Se trataba de evitar una competencia desleal a los tejedores locales, por la introducción de lienzos extranjeros y las consiguientes reventas, duramente castigadas. El mercadeo de tejidos estaba sometido al alcabala del viento, aunque también gozaba de la franquicia de los jueves.

Aunque se considera que fue Felipe V quien concedió el privilegio de una feria de seis días en el mes de septiembre, la realidad es que la celebración de esa feria, coincidiendo con la festividad de la Vera Cruz, era una tradición desde el siglo XVI. Esta feria duraba seis días; los impuestos de alcabala, junto a otros gravámenes locales como la correduría y el portazgo, recaudados esos días iban íntegramente al concejo sanclementino


Sancho López de los Herreros y Martín de Oma, alcaldes ordinarios

Regidores de 1561: Alonso Pacheco, Francisco García, Antonio de Alarcón, Antón de Ávalos, Francisco de Albelda, Julián de Sedeño 

Diego de Caballón, alguacil mayor

(1) AMSC. AYUNTAMIENTO, Leg. 73/18

(2) AMSC, AYUNTAMIENTO, Leg. 92/57

(3) AMSC. AYUNTAMIENTO, Leg. 92/56

AMSC, AYUNTAMIENTO. Leg. 102/36. Cuaderno de condiciones para el arrendamiento del alcabala. Año 1561

domingo, 27 de febrero de 2022

Minaya vs. San Clemente (1533)

 El señorío de la emperatriz Isabel de Portugal, mujer de Carlos V, sobre San Clemente se quiere ver como la época de esplendor de la villa. Pero el pueblo tuvo que hacer frente a un intento de expolio de sus términos por los poderes señoriales de la zona. Bien es verdad, que la década de 1530 es un periodo en que los pueblos cierran sus términos, pero al sur de San Clemente, en sus fronteras con Minaya, el señor de esta villa, Francisco de Pacheco, intentaba usurpar los términos sanclementinos.

Por ese tiempo, los que luego serán aldeas de San Clemente, con las diferentes denominaciones de Casas, no existían. Tierra inhóspita, era lugar para pastos de ganado y para la caza. Los ganados sanclementinos seguían con sus prácticas tradicionales de desplazamientos hacia Minaya, donde existía un pozo junto al pueblo, lugar descanso y abrevadero para las reses. Ahora, en 1533, Francisco Pacheco "el cojo", señor de Minaya, hacía valer su jurisdicción sobre el lugar de Minaya, para prohibir abrevar a las reses de los ganaderos sanclementinos. Las ambiciones de Francisco Pacheco iban más allá; ambicionaba participar en la vida concejil sanclementina como mejor forma de defender sus intereses, fijados en la usurpación en beneficio propio de las tierras fronterizas con San Clemente, en los parajes del Marañal y la Guindalera.

Para entender en estas usurpaciones fue enviado como juez de comisión, con término de setenta días, para dictar sentencia el licenciado Loaysa, que, en ese momento, andaba entendiendo en el pleito que los vecinos de las Pedroñeras mantenían con Bernardino del Castillo Portocarrero por el cerramiento de términos en Santiago de la Torre. Se trataba de hacer valer la ley de Toledo, es decir, hacer respetar los capítulos y amojonamientos dados en 1480 tras la derrota del marqués de Villena en la guerra de Sucesión castellana. Andando el tiempo, los Pachecos de Minaya legalizarían estas usurpaciones, desde las regidurías perpetuas compradas en el concejo de San Clemente y el apoyo de una de las familias sanclementinas: los Ortega, que tenían sus pretensiones señoriales en Villar de Cantos. La comunión de intereses de las dos familias llegarán a tal extremos, que ambas participarán de una genealogía familiar inventada que les hacía proceder de los Avilés de Asturias en los primeros tiempos de la Reconquista... pero es que hasta los Origüela sanclementinos adoptaron el apellido Avilés, visto por el común del pueblo, sin embargo, como gente rahez y de baja condición y, caso de Castillo de Garcimuñoz, donde quedaba alguno, como apellido de conversos.

AMSC. AYUNTAMIENTO, LEG. 3/7. Comisión a juez para el pleito de términos entre San Clemente y Minaya. 1533

El fin de una economía fundada en el bien común (1547)

La crisis económica de la década de 1540 acabó siendo un factor disgregador de las sociedades tradicionales. La venta de las regidurías perpetuas en 1543 fue acompañada de la desaparición de otros oficios que velaban por el bien común. Rodrigo de Ocaña denunciará ante el Consejo Real en 1547 el control del gobierno municipal por los ocho regidores perpetuos que compran sus oficios cinco años antes. Nos pueden parecer prácticas insignificantes, pero los vecinos pobres de San Clemente elegían dos personas encargadas de otorgar albalaes para cortar leña en los montes, garantizando el acceso a un bien tan necesario en aquellos tiempos. Aunque, con cierto visión idílica de la realidad, Rodrigo de Ocaña, en nombre de los vecinos de San Clemente, recordaba que los oficios de procurador de la república (síndico personero en otras villas), mayordomos de propios u del alhorí y el mismo nombramiento de escribanos estaba en manos del pueblo y la justicia. En realidad, el nombramiento de tales cargos correspondía a los oficiales del concejo, monopolizados desde comienzos de siglo por unas sesenta familias posteras, es decir, con un determinado nivel de renta, medida por las centenas de maravedíes que pagaban en los repartimientos hechos entre los vecinos. Ahora, el nombramiento de tales oficios garantizadores del bien común estaban quedando en manos de los ocho regidores perpetuos, que ponían las rentas y propios del concejo al servicio de sus intereses particulares. Es más, los regidores perpetuos o algunos de ellos, pues las diferencias entre los Tébar o Pacheco y otros como los Herreros era conocida, habían hecho una tienda para monopolizar la venta de los bienes básicos para el abastecimiento de las clases populares de la villa, imponiendo precios únicos y elevados para el pan, el vino, el aceite o el pescado.

La población sanclementina padecía los efectos de la crisis económica y de carestía de comienzos de 1540, agravada por los nubarrones de langostas que oscurecieron sus cielos y destrozaron los campos. Fue tal la carestía, que la Corona se vio obligada a condonar los impuestos de esos años, a préstamos especiales de dinero, aprobados en Cortes, para los pueblos. El estado de necesidad de los pueblos fue ruina de una Corona, que vendía los oficios de regidores de los pueblos por precio de cuatrocientos ducados a las oligarquías, instaurando gobiernos concejiles que rompían los frágiles equilibrios y solidaridades de las comunidades. Es en ese contexto, en el que los vecinos de San Clemente elevan una serie de capítulos a la Corona, protestando por el acaparamiento del gobierno municipal en manos de unos pocos y la destrucción de una economía tradicional que garantizaba "los bastimentos" a los más necesitados. Las necesidades de los pobres y sus quejas se perdían en la burocracia de la administración castellana de los austrias, siempre dispuesta a escuchar a todos, pero que, en la ejecución de los remedios se perdía en las buenas intenciones de jueces de comisión, que nunca llegaban a finalizar los cometidos encomendados. El diez de diciembre de 1547 sería enviado a San Clemente uno de esos jueces de comisión, que no era otro sino el gobernador del marquesado de Villena, atrapado en las redes clientelares de los pueblos e incapaz de ejecutar los capítulos pedidos por la villa y recogidos por un fiel escribano real del alto Consejo, llamado Blas de Saavedra.



AMSC. CORREGIMIENTO, LEG. 3/4

domingo, 6 de febrero de 2022

San Clemente, 1552, según el manuscrito de la Biblioteca del Escorial

 


                                                       San Clemente

La villa de San Clemente tiene 1.261 veçinos entre los quales ay 37 clérigos y 90 hidalgos

Está encabeçada por sus alcavalas en 601.000 maravedíes

                                                   Rentas de año 1552

  • Arrendóse el alcavala del viento y heredades e taverna en tienda de azeite y pescado con lo que el vº pague en lo tocante a las heredades un real del i(mil) -millar-  .....274.100 mrs.
  • El alcavala de la carniçería dio el carniçero çiento y setenta mil mrs. y diole el conçejo una dehesa de yerva... 170.000 mrs
  • Valió el aprovechamiento de seis días en el año reservados asy el conçejo con que los forasteros paguen de alcavala de cada millar medio real y otro medio de correduría... 19.500 mrs.
  • Valieron las dichas rentas....463.600 mrs.
  • Lo demás se reparte por los veçinos
El año de 1553 valieron las dichas rentas 517.000 mrs.
El año de 1554 valieron las dichas rentas 531.690 mrs

No pareçe que se hagan otras graçias ni quitas, lo que les cupo de la ganançia general que fueron 42.000 mrs. acordaron el año de 552 que sirviese para el presente del prínçipe

        
                                           Terçias de la dicha San Clemente

Porque el año de 552 estuvieron en fieldad las terçias de la dicha villa y valieron lo siguiente
  • Cupieron 131 reses de ganado lanar y 29 reses de ganado cabrío que son por todas...210 reses
  • Cupiéronle de trigo rezio 356 fanegas y de trigo candeal 136 fanegas y de çevada 309 fanegas y de çenteno 54 fanegas e de çevada e escaña 32 fanegas, que son de todo el dicho pan 787 fanegas
  • Huvo de vino 2159 arrovas
                                         Tercias del año 1553
  • Ovo el dicho año de 553 de ganado lanar y cabrío 134 reses
  • Ovo de trigo rezio 318 fanegas y media y de candeal 42 fanegas y media, de çevada 364 fanegas y de çenteno 41 fanegas y media y de avena 42 fanegas; que son de pan 707 fanegas y media
  • De vino dize que no se pudo aver cosa çierta para dallo por copia pero que serían 2.000 arrovas poco más o menos
                                      Tercias del año 1554
  • El año de 554 ovo de ganado lanar y cabrío 92 reses
  • Ovo de trigo rezio 304 fanegas y de candeal 9 fanegas y media y de çevada 375 fanegas y media y de çenteno 22 fanegas y media y de avena 28 fanegas, que son de todo pan 639 fanegas y media
  • De vino diz que avría 2.000 arrovas antes más que menos
REAL BIBLIOTECA DEL MONASTERIO DEL ESCORIAL, MANUSCRITO, L-I-19, folios cxiii vº y cxiiii rº

YÁÑEZ DE ALMEDINA Y LA VILLA DE SAN CLEMENTE

 YÁÑEZ DE ALMEDINA Y LA VILLA DE SAN CLEMENTE


La genealogía del pintor Fernando Yáñez de Almedina, se mueve en esta villa de Ciudad Real. El origen familiar, sin embargo, estaba en Terrinches, un pueblo próximo, y es de presuponer que el pueblo próximo de Santacruz. El primero de la saga familiar es Fernando González de Santacruz el viejo, a partir de la generación siguiente la familia jugará con el apellido Yañez (o Anes).

Los Yáñez, sabemos por un Rodrigo Yáñez que se mueven y salen de de Almedina hacia 1494... ¿tal vez con destino la guerra de Italia?

Nos interesa más la posible relación de la familia con la villa de San Clemente, supuesto que no va más allá de una hipótesis. Son varios los datos a tener en cuenta:

El establecimiento de una rama de los González de Santacruz en el siglo XVI en la villa de San Clemente.

La presencia del sanclementino Martín Gómez el viejo entre los pintores de la órbita de Yáñez de Almedina.

Las trayectorias paralelas de Fernando Llanos y Fernando Yáñez de Almedina. Sobre Fernando Llanos no se sabe sus orígenes, postulándose como tierras natales, Los Llanos en Albacete y Santa María de los Llanos en Cuenca. No se tiene en cuenta la presencia desde la segunda mitad del siglo XV en San Clemente de la familia Llanos, que alcanza relevancia en el cambio de los siglos XV a XVI en la vida política sanclementina, ocupando regidurías y alcaldías. Los Llanos tendrán relevancia social en la villa de San Clemente y tendrán capilla de enterramiento familiar en la iglesia de Santiago Apóstol. El apellido acabará diluyéndose en el de Tébar, de origen converso.

En fin, simples hipótesis, pero no

Bienes del doctor Tébar. Año 1591

  • Unas casas principales en esta villa, cerca del barrio de la Cruz Cerrada, que son casas de morada y tercias para los frutos decimales, linderas de la casa de Martín Rubio Chacón el mozo y de Juan López herrero con otras casas linderas que son suyas también, que anteriormente fueron de Antonio de Juera. Ambas casas valen cuatro mil ducados
  • 14 aranzadas de viña a ochocientas cepas cada una, en término de San Clemente do dicen el colmenar de Garci Martínez Ángel en las cumbres de Pan y Cayado, linderas de viñas de Garci Martínez Ángel y Martín de la Cámara, que valen 700 ducados

Bienes de Francisco de Albelda. Año 1591

  • Unas casas principales nuevamente edificadas con las paredes de piedra y cantería al principio del arrabal en medio de dos calles, la que baja de la plaza y la que baja de la Torre Vieja, linderas de la casas del licenciado Ortega y calles públicas y el Arrabal. Valen 1500 ducados
  • La venta que dicen Pan y Cayado y dos pares de casas junto a ella, que están en término de esta villa a una legua en los caminos que van de Toledo y Madrid a Murcia y Cartagena con veinte aranzadas de viña de ochocientas cepas cada una, lindera de otra de Sebastián García y montes llecos y trescientos almudes de cebadales alrededor de dicha venta y otros 1500 almudes de hazas trigales, alrededor y cerca de dicha venta, que están en dos pedazos, los cebadales de por sí y los trigales de por sí, linderas de montes llecos, pinar de la villa y propiedades de Sebastián García. Valen 3500 ducados

Bienes de Alonso de Albelda, regidor de San Clemente, e Inés de Oviedo, su mujer. Año 1591

  • Un mesón en la plaza de esta villa, frontero de la iglesia de ella, lideras de las casas que fueron del bachiller Rodríguez y por los corrales con casas de Juan Simón, sombrerero. Valen 1500 ducados
  • 17 aranzadas de viña en el término de esta villa, cada aranzada ochocientas cepas, en la senda de los Escobares, linderas de viñas de Juan de Ortega y Juan Rosillo Ramírez. Valor 1200 ducados 

Bienes de Antonio de Albelda (clérigo). Año 1591

  •  Unas casas principales con otras dos casas en esta villa en el barrio de las casas que fueron del obispo de Pamplona y ahora son del tesorero de este partido, linderas de las casas de la viuda de Clemén Sanz y Juan de Sevilla y tres casas públicas, que bajan al río Rus y que valen tres mil ducados, todas las casas.
  • Una haza cebadal, junto a esta villa, orilla del río Rus, lindero de un cebadal de Pedro de Tébar Llanos y Juan Rosillo, que está en los cebadales de junto al dicho río, por la parte que se va al río desde la casa de la partida. Valen seis almudes de sembradura, setenta ducados
  • Una casa bodega y cueva, en la callejuela que sube de las casas que fueron del obispo a dar a las Almenas, lindera de las casas de Juan Rosillo Ramírez y de Hernando de Araque; valen 300 ducados

lunes, 29 de noviembre de 2021

Daños en los edificios religiosos en San Clemente, durante la Guerra Civil

 Iglesia Parroquial de Santiago Apóstol: fueron destruidos todos sus altares, imágenes, retablos, objetos de culto y clero y todo cuanto existía en la misma. Habiendo sido destinado el edificio de la misma a garaje al servicio de la aviación roja.

Iglesia del convento de religiosos carmelitas: fueron destruidas todas sus imágenes, altares, retablos y objetos de culto, siendo destinado el mismo a teatro al servicio de los rojos. Asimismo sufrió daños de importancia el convento.

Iglesia del convento de religiosas carmelitas: fueron destruidas todas sus imágenes, retablos, altares y objetos de culto, etc. Así como el convento que sufrió daños de bastante importancia, tanto la iglesia como el convento estuvo destinado a cuartel del ejército rojo

Iglesia del convento de religiosas trinitarias: id.

Iglesia del convento de religiosas franciscas: id.

Iglesia del Remedio: también sufrió daños de importancia, así como el interior del asilo de Nuestra Señora del Remedio, siendo destinado a Hospital de los rojos

Ermita de Nuestra Señora de Rus: La imagen fue profanada y casi destruida, así como la ermita que sufrió interiormente daños de importancia


Archivo Histórico Nacional, FC-CAUSA GENERAL,1063,Exp.4, fols. 233-234

domingo, 24 de octubre de 2021

Una visión de San Clemente en 1500

 En un principio, San Clemente enterraba a sus vecinos en el cementerio aledaño a la iglesia de Santiago en su lado oeste. Los cementerios eran lugar de enterramiento, en su función primordial, pero asimismo lugar de recogimiento y oración y, hecho menos conocido, lugar de reunión de los ayuntamientos de los concejos. Tenemos constatada la celebración de ayuntamientos en los cementerios anejos a las iglesias de El Peral o Motilla del Palancar y, avanzado el siglo XVI, en Las Pedroñeras. El cementerio era lugar donde reposaban los antepasados y su memoria y tradición estaba presente. La celebración del concejo pasó del cementerio al pórtico de la Iglesia. En el pórtico de la puerta sur de la iglesia de Santiago, dedicada al mencionado apóstol, se celebraron los ayuntamientos de la villa de San Clemente hasta iniciada la década de 1490, cuando se construyen unas casas nuevas de ayuntamiento, anteriores a las actuales de la fundación Antonio Pérez, en cumplimiento de una ordenanza de los Reyes Católicos de 1486. Ni qué decir tiene que el urbanismo de la actual plaza del Pósito o de la Iglesia poco tenía que ver con el actual. Un olmo, acorde con la rancia tradición castellana, dominaba la entrada por la puerta de Santiago al templo parroquial. El olmo servía como improvisado patíbulo, así durante el año 1477, cuando colgaron de una de sus ramas a un tal Peñasco, líder de un plan meditado por Juan López Rosillo para matar a los conversos de la villa. Es probable que se trasladara a esta plaza el rollo o símbolo jurisdiccional de la villa, tal como nos aparece en documentos gráficos de 1920 (antes de ser sustituido al acabar la guerra civil por un monumento a los Caídos) pero eso sería ya avanzado el siglo XVI. En cualquier caso, el símbolo jurisdiccional de la villa, la horca de tres palos, se situaba a la entrada del pueblo por los caminos que conducían a Alarcón o Vara de Rey, en una pequeña elevación, donde se situaba la ermita de San Cristóbal. Tal vez la razón no fuera otra que, más allá de fundaciones legendarias, el origen de San Clemente estuviera en el pozo de la Herroyuela, lugar de tránsito de pastores y abrevadero de sus ganados. Es en esta parte del pueblo, apartados a un lado, donde se ubicarán los conventos franciscanos buscando la limosna de los viajeros. Esa era la entrada principal a la villa que llegaba hasta la plaza de la iglesia y luego la plaza mayor, presidida por el ayuntamiento, por la calle mayor, que no es otra que la comercial calle Boteros actual. Otros caminos unían a San Clemente con los pueblos vecinos, pero la importancia de los mismos era subsidiaria de los nuevos centros poblacionales y de poder que nacían en la zona; las ermitas se localizaban en estos puntos de entrada al pueblo, tales como la del Remedio al sur o la de San Roque en la salida hacia Belmonte, aunque si le viajero se encontraba la imponente cruz de alabastro, visible en los arcos abiertos de San Roque, viniendo de Belmonte, la impresión al entrar a la villa debía ser bastante pobre en el resto de caminos. Nos hemos de preguntar qué pensarían los Reyes Católicos al cruzar el insignificante río Rus y encontrarse a unos villanos plantados en el puente del Remedio exigiendo la jura de unas cartas reales dadas doce años antes. Y es que, a pesar de estar en un suave altozano, la imagen de un viajero que visitara San Clemente el año 1500 era la de un horizonte plano, sin edificio destacable, más allá de su vieja iglesia y su torre aneja y esa otras más imponente Torre Vieja levantada por el corregidor Hernán González del Castillo. Si existían casas principales, destacaban por su extensión horizontal que por su altura, poco que ver con los palacios de dos pisos del siglo XVII, cuya altura solo se empieza a ensayar el siglo anterior, en el que predominan las casas palacio rodeadas de tapias, con entrada principal de sillares a un patio, dominado por un aljibe o pozo, donde se distribuyen las estancias domésticas y, tanto o más, las dedicadas a los animales y utensilios agrarios. Son casas de una planta, sobre las que se eleva una falso segundo piso o cámara con finalidad de granero; estructura que se repite con menos pretensión en las casas del común, donde a pesar de todo, la teja se impone sobre el adobe de la pared. Es mediados del siglo XVI cuando aparece un tipo de casa importada y organizada en torno a patio cuadrangular porticado, al que se accede por zaguán, con columnas rematadas por zapatas sobre las que descansa piso superior y del que la casa de los Picos nos ha quedado como ejemplo. Esa es la razón por la que el sanclementino de 1510 vería con ojos asombrados la erección del convento de los Nuestra Señora de Gracia, que hoy nos parece un templo achaparrado, como vería estupefacto las nuevas casas del ayuntamiento levantadas a comienzos de siglo, de dos plantas y con un corredor superior desde el que se salvaban los tejados de las casas de la villa para ver extenderse los campos en el horizonte.

sábado, 16 de octubre de 2021

BIBIANO HELLÍN Y LA CONSPIRACIÓN DE 1831

 

Contestando a los particulares que V. me pregunta en su precedente oficio y por el mismo orden de su extensión, debo manifestar:

No ha llegado a mi noticia que en los meses de febrero, marzo y abril últimos se hayan presentado en esta villa ni sus términos partida alguna de caballería ni de infantería con objeto del horrendo crimen de conspiración contra nuestro legítimo soberano, ni tampoco don Víctor Hernández y demás personas que V. cita; que don Bibiano Hellín según se decía de público estaba designado para jefe de un cuerpo, en el caso de haber hecho explosión la revolución proyectada, que Antonio López el Dragón cumplió su condena en presidio por desafecto a S. M. y con efecto hace bastante tiempo se ausentó de su casa en esta villa y pasó a la de el Pedernoso, de donde es natural y tengo entendido ha hecho algunos viajes al Provencio y esta población a ver su familia, no siéndome repugnante su ocupación como emisario de don Bibiano Hellín, pero no tengo datos positivos en qué apoyarlo, que el Hellín estuvo efectivamente en el mes de marzo o abril en la Roda, a curarse de un brazo, pero no con pasaporte mío, porque como militar cuya impurificación en 2ª instancia no se me ha comunicado todavía de oficio, depende de la autoridad militar, y por entonces llegué a entender, que este comandante de armas le dio un pase al indicado objeto; que ningún pasaporte he librado a vecino alguno de este pueblo para la Mota del Cuervo a curarse de un brazo, cuyo hecho tal vez sea una equivocación y aplicable al don Bibiano Hellín, por lo que dejo referido, que aunque ha sido la conducta que este ha observado, ha sido muy política y recatada, siempre es tenido como sospechoso y decidido por el sistema abolido, en cuyo caso, a el primero, el de haber sido comunero y pertenecido al Escuadrón Franco de Cuenca sin que dejaren las armas a la secreta que ya se disolvió, se hallan también José Mª Roldán, Julián Montero Moreno, Proceso y Juan Girón, con Doroteo y Cayetano Montero, que don Diego de Haro, José Martínez Cabrera, don Manuel Camuñas, Juan Francisco Calvo, Francisco Maldonado, don Sebastián Martínez, José Clemente Villanueva, Antonio López el Dragón y José Cantero fueron voluntarios nacionales decididos con exaltación por el abolido sistema, pues aun cuando hubo otros, algunos de ellos no manifestaron tal adhesión y los demás se inscribieron por conservar el buen orden y tranquilidad pública amenazada por los que componían el Tercio que en un principio hubo, contrarrestando su fuerza, con la que casi en un día se aumentó quitando el mando al comandante que tenían, cuya disposición proyectada por personas adictas a Nuestro Soberano tuvo los mejores resultados, sin que pudiera puntualizarse sus nombres, con motivo de que a virtud de real orden se remitieron a la Junta reservada de Estado los libros de acuerdos de el Ayuntamiento y todos los papeles correspondientes al gobierno llamado Constitucional y que aun cuando don Isidoro López Denia, don Joaquín María y don Joaquín Melgarejo don Ramón Pradas, don Pedro José Risueño, Nicolás Mateo, Bartolomé y Marcos Girón, Veremundo Medrano, son tenidos por adictos al abolido sistema, no se han pronunciado con hechos que puedan corroborar tal opinión, desde que aquel fue extinguido.

Único que con la verdad que me es propia puedo y debo informar

Dios guarde a V.M., a San Clemente, 22 de julio 1831

Ignacio Mariano de Mendoza, Sr. Comisionado en Causa de Estado

AMSC, CORREGMIENTO, Leg. 7/10


martes, 12 de octubre de 2021

HERNANDO DEL CASTILLO E INESTROSA CONTRA JUAN ROSILLO, ESCRIBANO

 

Hernando del Castillo e Inestrosa vivía en 1549 el cénit de su poder y poco hacía presagiar las desgracias familiares que llegarían a él y sus hermanos en la década siguiente. Hernando era señor de Valera de Yuso y La Losa y regidor perpetuo de San Clemente, pero sus enemigos ya andaban al acecho. La Losa no dejaba de ser un paraje junto al río Júcar en torno a los molinos familiares. Los Castillo habían fracasado en su intento, ya desde el abuelo el alcaide de Alarcón, de apropiarse un territorio adehesado y perdido en 1528 el pleito con la villa de Alarcón. Ahora, los enfrentamientos eran con Vara de Rey, que había conseguido el villazgo en 1537. Martín de Buedo, alcalde de Vara de Rey, como acompañado del juez de mestas, Antonio Carrascal, habían sentenciado que un terreno que intentaba apropiarse Hernando del Castillo, junto a las vertientes del río Júcar, era vereda de paso y abrevadero de los ganados mesteños. El pleito de Hernando del Castillo se remontaba a 1547 e iba referido al que mantenía con los alcabaleros de Vara de Rey por el pago de alcabala por las moliendas del molino de la Losa y la pretensión del concejo de Vara de Rey para cobrar esa alcabala. Hernando del Castillo había buscado el amparo del concejo de San Clemente, asentando con dicho concejo el pago de alcabala y no con el de Vara de Rey. A pesar de este asiento, Hernando del Castillo sería condenado a pagar cuarenta mil mrs. por el concejo de Vara de Rey, mientras el concejo de San Clemente olvidaba sus compromisos. Confluían en este pleito tanto las necesidades financieras de Vara de Rey, tras la compra de su villazgo y de la aldea de Sisante, como el recelo que inspiraba Hernando del Castillo y su control de la política concejil sanclementina.

En San Clemente, el recelo contra Hernando iba en aumento, se veía con desconfianza su proximidad a los gobernadores del marquesado. Los Rosillo no habían olvidado sus odios a esta familia de conversos, en especial Juan Rosillo, escribano del ayuntamiento, al que Hernando acusaba de perder, en su oficio, los papeles de los pleitos en los que Hernando estaba implicado con el concejo de San Clemente, que le debía en concepto de alcabala 40000 maravedíes. Hernando del Castillo ganó sentencia favorable que obligaba a Juan Rosillo a pagarle los 40000 maravedíes que le debía el concejo. La razón era que el pleito entendido por el alcalde mayor hacía dos años obraba en los papeles de la escribanía de Rosillo, que ahora se negaba a entregarlos ante el nuevo alcalde mayor para hacer cumplir la sentencia. Sin papeles no había pleito, sin pleito no había sentencia definitiva y sin sentencia no había reparación en su derecho para Hernando del Castillo. El problema no era menor, pues los gobernadores y alcaldes mayores entendían en primera instancia, violando aquella que por privilegio tenían los alcaldes ordinarios, pero los pleitos llevados ante los escribanos de las villas por donde pasaban quedaban en su poder, quedando los pleitos inconclusos.

El pleito se había desarrollado en junio de 1547, ante Juan Rosillo, pero había desaparecido de su poder. La pérdida de pleitos por escribanos no era algo nuevo. Los escribanos lo eran del número, es decir, para dar fe en asuntos entre particulares, pero, cuando eran nombrados, también lo eran del concejo, pasando ante ellos los pleitos en los que entendían los alcaldes ordinarios y justicia del marquesado. Era normal que los escribanos confundieran entre los papeles de su oficio y esos otros generados en la acción judicial, saliendo los pleitos de los ayuntamientos de las villas, aunque, al menos en este caso, lo que ocurrió es que se sacó del ayuntamiento y su archivo el pleito original para que diera su parecer el bachiller Rodríguez, letrado de prestigio en San Clemente, aunque el pleito volvió al ayuntamiento y a poder de su escribano, Juan Rosillo, posteriormente sería entregado por este al licenciado Perona, letrado de Hernando del Castillo. A partir de aquí, nadie sabía dónde paraban los papeles.

El pleito, apelado por Juan Rosillo, acabaría el año 1550 en la Chancillería de Granada, donde quedaría inconcluso

 

Testigos:

Francisco Huerta, 35 años, lleva los negocios de Hernando del Castillo

Francisco Jiménez, 49 años, regidor

Licenciado Perona, 49 años

Bachiller Avilés, 36 años, abogado por la villa de San Clemente en el pleito

Cristóbal de Tébar, 53 años, regidor

Alonso García, 42 años

Ruy González de Ocaña

Alonso de Belmonte y Francisco de Ocaña, 30 años, procuradores de la villa de San Clemente


ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA, PLEITOS, 13986-7

domingo, 3 de octubre de 2021

Lope Rosillo

En 1494 eran alcaldes ordinarios de la villa de San Clemente Juan González de Orihuela y Martín López de Tébar. Ante ellos se presentó el procurador Gonzalo Vázquez en nombre del menor Fernán Vázquez de Haro con una carta de la obligación contraída por Lope Rosillo con su representado. Lope Rosillo era deudor de ochocientos maravedíes, correspondientes a ciento trece cabezas de ganado lanar y cabrío que Fernán Vázquez de Haro le había vendido. Pasado el plazo de pago, Fernán Vázquez de Haro pedía ahora una cantidad incrementada hasta 1356 maravedíes, por las rentas que la explotación del ganado había procurado a Lope Rosillo en ese tiempo y por las costas del juicio. Los alcaldes ordinarios fallarían a favor de Vázquez de Haro, ordenando la ejecución por alguacil de la villa de los bienes de Lope Rosillo. que recurrirá la decisión ante el teniente de corregidor Juan Martínez Guerrero y el alcalde mayor Juan Romo. La sentencia sería ratificada por la Chancillería.



Archivo de la Real Chancillería de Valladolid,REGISTRO DE EJECUTORIAS,CAJA 69,14

sábado, 2 de octubre de 2021

Los herreros de la villa de San Clemente

 

Era 1549 y los herreros de San Clemente andaban revueltos, bajo sospecha del alcalde mayor del marquesado que requisaba las herraduras que se vendían en las tiendas del Arrabal con un peso menor al estipulado por las leyes y pragmáticas del Reino y capítulos de Cortes. La denuncia contra los herreros era agravio gremial frente al comercio no regulado que se desarrollaba en las tiendas abiertas al pie de calle en las casas de morada de los vecinos del Arrabal sanclementino.

Las quejas iban contra el herrador Alonso de Torres, que se sometió al control del almotacén de la villa, Francisco de Ávalos, que pesó sus herraduras como no ajustadas a la pragmática que fijaba su peso. Así fue, pues no cumplía con la vieja pragmática y sisaba en el peso de las herraduras. Presentó nueve herraduras mulares

Que pesaron las dichas nueve herraduras dos libras y seys honças y media en que falta a rrata de docena diez y ocho honças y más de media

La pragmática mandaba que una docena de herraduras debían pesar catorce libras la docena, entendiéndose por docena, doce grupos de cuatro herraduras. Y las herraduras se dividían en caballares, mulares y asnales. Sin embargo, Alonso de Torres no era un advenedizo en el oficio, pues llevaba en él cuarenta años. Alonso era herrero examinado, que compraba sus herrajes y clavazones, para fabricar sus herraduras. La pragmática de los herreros reconocía la imposibilidad de que las herraduras tuvieran el mismo peso, de ahí, que se tomara como patrón la docena de cuatro herraduras, correspondiente al herraje de cada bestia. Los herreros compraban la materia prima, lo más ajustado a ese patrón, y alegaban que en el proceso de fabricación y modelado de las herraduras se generaban herraduras de distinto peso y se perdía material férrico.

Las explicaciones no debieron convencer al alcalde mayor del marquesado, licenciado Ayora, que ordenó al alguacil mayor del marquesado que metiera en la cárcel al herrero Torres. Si algo nos llama la atención del proceso es la presencia de hombres del mundo converso como testigos o implicados. Hernando de Avilés, carcelero de Torres, tomó a la vez su representación en el pleito, y la presencia de Juan de Origüela o Juan de Robledo se repite una y otra vez. El mundo converso sanclementino veía la intromisión de la justicia en los negocios del Arrabal como intolerable. Y el gremio de los herreros, que mostraron su solidaridad con Alonso de Torres. Y es que el negocio de las herraduras estaba en manos de conversos como Francisco de la Carrera y Valeriano y Luis de Molina, padre e hijo.

Los herreros (y los conversos) cerraron filas con su camarada Torres, convirtiendo el proceso en una discusión técnica y profesional, sobre si el peso de las herraduras se debía tomar con el producto en bruto o una vez atarragadas y horadadas las claveras para la clavazón y aprovechaban para denunciar que el precio del hierro estaba tan alto que apenas si daba para construir la mitad de herraduras con la calidad que mandaba la pragmática. Así describía el proceso de fabricación de herraduras Luis de Molina, maestro herrero de 24 años:

Porque este testigo es maestro herrador del dicho arte e a visto y conprado mucho herraje e por dozenas para gastar y lo a visto conprar a otros muchos herradores y que lo traen ansy como la pregunta lo dize y está claro que los dichos herradores lo tarragan y horadan las claveras y lo adoban y por esto están faltas de algún colyndre por lo que les hazen y adoban después de conpradas y porque algunas dellas las despuntan de los callos y hazen lo que más conviene

 

La solidaridad de los herreros no impidió la condena de Alonso Torres, que se vio obligado a pagar 3000 mrs. de multa y vería sus herraduras quebradas en la plaza mayor de San Clemente. En estos pleitos pesaban mucho los intereses, enemistades y luchas banderizas de la villa, pero los únicos beneficiarios era el estamento de los escribanos, que hacían su agosto en los contenciosos: los escribanos Ginés Sainz y Juan Rosillo daban fe de las actuaciones judiciales del alcalde mayor; Juan Robledo, testimoniaba las declaraciones de los herreros; a Rodrigo de Ocaña se le hacían pequeñas sus tareas como escribano del ayuntamiento, y Lope González y Alejo Rubio iban de aquí para allá, junto a los alguaciles, asentando en sus registros las notificaciones judiciales.

Alonso Torres no se arredró y llevó su asunto a Granada. La apelación en sí y los costes que llevaba eran signo de los intereses económicos en juego. El asunto pronto derivó a un intento de control de los oficios por las autoridades, o algunas de ellas, que veían con recelo la pujanza de los oficios del Arrabal, mientras la riqueza de los campos se hundía. El siguiente herrero en caer fue Miguel Gálvez, con cuatro años de antigüedad en el oficio, que vio requisadas de su tienda diez herraduras asnales que no se ajustaban al peso. De nuevo el almotacén pesó nueve herraduras, treinta y nueve onzas en total, determinándose que faltaba una libra por docena del herraje para cumplir con la ley. Gálvez no era converso, pero sí un trabajador consciente de que su vida y ganancias dependían de un trabajo diario. Se presentó ante el alcalde mayor como un paupérrimo herrero, acusó a las autoridades, alcalde mayor Ayora y alguacil Francisco Guerra, de excesivo celo en sus diligencias, no estaban pesando oro sino hierro, así como ignorantes en materia de herrería: las pragmáticas decían que el peso a tomar en cuenta era el de una docena de cuatro docenas de herraduras y tomar simplemente nueve desvirtuaba el peso final. De malicia acusaría el alguacil al herrero, pues discutir la proporcionalidad de la parte con el todo, era echar por tierra todas las leyes del Reino, que establecía patrones para aplicar a cada caso concreto.

El caso de Gálvez era diferente al de herreros como Francisco de la Carrera que hizo una auténtica fortuna como herrero y estableció lazos  con otras familias del Arrabal como los Tébar. Gálvez era, en palabras de Miguel Mateo un pobre al que veía comprar hierro viejo y hazer cosas de menudencias  y es herrero e hombre que vive de su trabajo e no tiene con qué se sustentar si no trabaja. Estas apreciaciones eran corroboradas por el zapatero que vivía al lado del herrero. Ricos o pobres los herreros, vemos una solidaridad en el Arrabal, forjada en la pertenencia al oficio y el ejercicio de un trabajo manual; solidaridad acrecentada por esa otra del mundo converso que se erige en dirigente del crisol de hombres y oficios del Arrabal. Hasta don Alonso del Castillo e Inestrosa nos aparece apoyando a los herreros en algún momento. Enfrente, las viejas familias que ocupan el estrato medio de la sociedad sanclementina. El enfrentamiento entre ambas posiciones era extremo: en el momento que Gálvez es acusado comparte cárcel con Andrés de Ávalos y el escribano Juan Rosillo. Las solidaridades no salvó a Gálvez de una condena igual a la de Alonso Torres.

Una regulación excesiva, condicionada por viejas leyes medievales, acabó en San Clemente con la iniciativa de oficios individuales. El ascenso de una minoría menestral de los arrabales provocó las envidias de aquellos que, sin despuntar, mantenían una posición de privilegio en los gobiernos concejiles. Su posición era la del propietario medio de tierras; sin llegar a alcanzar las cotas de riqueza de las grandes familias, eran el sostén de las repúblicas pecheras nacidas en 1480. Ahora, setenta años después, las haciendas agrarias de estos labradores estaban arruinadas por la crisis de la década de 1540; mientras sen el Arrabal, los oficios artesanos eran la oportunidad y forja de nuevas élites. Entre unos y otros, la vieja aristocracia hidalga aprovechará la oportunidad para acabar con las repúblicas pecheras e implantar sus cortes manchegas.

 ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA, PLEITOS, 3085-3

Rodrigo de Ocaña, escribano, 32 años

Francisco de Ávalos, almotacén, 32 años

Valeriano Molina, herrero, 50 años

Luis de Molina, herrero, 24 años

Hernando de Avilés, 34 años

Francisco de la Carrera, 36 años

Miguel Mateo, 30 años

Pedro Ruiz, zapatero, 35 años

viernes, 1 de octubre de 2021

El bachiller Rodríguez contra Sancho López de los Herreros

 

El bachiller Rodríguez era el último de una saga de conversos en 1540. Del palacio que Lope Rodríguez construyo hacia 1470, ahora quedaba media casa en propiedad de sus descendientes; la otra mitad había quedado en manos de Sancho López de los Herreros. Sancho era hijo de Miguel Sánchez de los Herreros, uno de tantos enemigos de Lope Rodríguez. Si Lope Rodríguez era un seboso, partidario declarado del marqués de Villena, Miguel Sánchez de los Herreros había luchado en el partido isabelino. Es más, cuando los primeros comisarios de la Inquisición llegan a San Clemente, Miguel les ofrecerá su casa como sede para las indagaciones. Es de creer que supo aprovechar la ocasión, pues su hijo Sancho López de los Herreros se haría con la mitad de la casa embargada a Lope Rodríguez.

La familia de los Herreros decía proceder de Segovia, descendientes de los conquistadores de Madrid, aunque los orígenes constatados nos dicen únicamente que el padre de Miguel Sánchez de los Herreros se había afincado en Santiago de la Torre y el hijo se había desplazado a San Clemente. El nieto Sancho se había afincado en El Provencio, aunque no debió acabar muy bien con el señor de la villa, pues sabemos que participó en 1510 en la aventura fallida de fundar Villanueva de la Reina. No se lo debieron perdonar los provencianos que obligaron a Sancho a abandonar EL Provencio, aunque Sancho tenía ya lazos muy fuertes con San Clemente, derivados del asentamiento de su familia en esta villa.

En las luchas intestinas que vivió San Clemente en el último cuarto del siglo XV, la familia de los Herreros tomaron un perfil bajo; incluso el patriarca Miguel Sánchez de los Herreros se retiró a Villar de Cantos, pero actuaron sagazmente para encumbrarse en el poder concejil de la villa y eliminar a sus enemigos. Convertir su casa en posada de los inquisidores sería aprovechado por los Herreros para eliminar a sus enemigos. Estos eran los Rodríguez; Lope Rodríguez, macero real, antiguo partidario del marqués de Villena y sus descendientes. Los Rodríguez de San Clemente estaban emparentados con los Origüela, concretamente con la mujer de Pedro Sánchez de Origüela. Si la familia Origüela-Rodríguez había mantenido una solidaridad familiar durante la guerra del marquesado, esta se rompió con el establecimiento del Santo Oficio. De hecho, en las primeras persecuciones inquisitoriales, los Origüela consiguieron una inmunidad a costa de acusar a la familia de su madre, constatado en el caso de las acusaciones de Pedro Sánchez Origüela contra su tío Lope Rodríguez. Mientras los Herreros intentaban aniquilar a los Rodríguez, compartían el poder concejil sanclementino con los Origüela.

Que las ambiciones eran descarnadas es muestra que de la acusación se pasó a la eliminación física y a la usurpación de bienes, aprovechando la confiscación de bienes de la Inquisición. Los Herreros se harían con la mitad de la casa palacio que había construido Lope Rodríguez, situada en la plaza que da a la iglesia por la puerta de Santiago. Las acusaciones no eran nuevas, pero repetidas una y mil veces eran creídas por el pueblo: se decía que Lope Rodríguez azotaba un crucifijo y que predicaba la fe mosaica en el interior de una cueva en el interior de su casa. Es más, años después, Sancho López Rodríguez, aprovechando el proceso contra Teresa Rodríguez mostrará el supuesto lugar de la cueva, una vez se ha hecho con la mitad de la casa de los Rodríguez. La rivalidad de los Herreros contra los Rodríguez continuará años después, esta vez entre el mencionado Sancho López de los Herreros y el bachiller Rodríguez. Su odio le impedía hablar cara a cara, se comunicaban por terceras personas y reconocían su mala vecindad. En el límite colindante de sus casas, el bachiller Rodríguez había construido una larga tapia, mientras que juntamente a la misma tapia, Sancho acumulaba estiércol e improvisaba una balsa de agua para socavar los cimientos de la casa de su vecino

Que yo tengo e poseo en esta villa unas casas de morada que alyndan con casas de Sancho López de los Herreros y la plaça e calles públicos y en ansí que en las dichas mis casas yo tengo edificado de mucho tiempo un cuerpo de seys tapias en largo y más armado a hilera en el qual tengo en lo baxo un establo y pesebreras para mis azemilas e bestias, ençima una cámara e pajar, es ansí que toda la pared a la larga del dicho cuerpo de establo y casa devide mis casas y las parte con casas del dicho Sancho López y es ansí que de pocos días a esta parte el dicho Sancho López dentro de sus casas e corral junto a la dicha mi pared a hecho de nuevo un barranco en que rrecoge las aguas de las dichas sus casas y puesto que los çimientos del dicho cuerpo de casas y establo los tengo hecho de piedra y tal por tener el dicho barranco junto a la dicha mi parte me la tiene toda humeçida y se trasmana por debaxo de los çimientos e el agua e se entra en el dicho cuerpo de casa y establo syn lo poder yo rremediar y está para hundirme el dicho cuerpo de casa y el establo está sin poder en él tener mis bestias y las tengo por esta cabsa fuera y allende que tiene en el dicho corral espaçio e suelo do puede desviar e hazer el dicho barranco porque es su tras corral do lo tiene y echa el estiércol y syn perjuyçio lo puede hazer

Dos albañiles, Diego de Santamaría y Francisco Gómez, declararon a favor del bachiller Rodríguez, denunciando la mala fe de Sancho López a la hora de cavar un barranco frente a las tapias y llenarlo con paja y estiércol para evitar que las aguas tuvieran salida y fueran directas a socavar las propiedades del bachiller. El alcalde mayor Graciano Sánchez sentenciaría a favor de Francisco Rodríguez entre las protestas de Sancho López de los Herreros que se negó a cumplir sus mandamientos y recurrió su decisión a la Chancillería de Granada. Apelado el asunto en Granada, Francisco Rodríguez debió dar el pleito por perdido, a sabiendas que ante el gasto económico en la Chancillería no valía la pena defender un establo y cámara



ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA. PLEITOS. 228-6


martes, 31 de agosto de 2021

INSCRIPCIONES DE EDIFICIOS DE LA VILLA DE SAN CLEMENTE

 


PÓSITO Y CARNICERÍAS DE LA VILLA DE SAN CLEMENTE

ESTA OBRA SE HIZO REYNANDO LA MAGESTAD DEL REY PHILIPPE NUESTRO SEÑOR, SEGUNDO DESTE NONBRE, SIENDO SU GOBERNADOR EL MUY ILLUSTRE SEÑOR MOSÉN RUBÍ DE BRACAMONTE D'ÁBILA AÑO DE MIL Y QUINIENTOS Y OCHENTA Y CINCO. POR MANDADO DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE SAN CLEMENTE. 1585

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CÁRCEL DE SAN CLEMENTE

ESTA OBRA SE HIZO REYNANDO LA MAGESTAD DEL REY DON PHILIPPE NUESTRO SEÑOR 2 DESTE NOMBRE, SIENDO SU CORREGIDOR DON FERNANDO DEL PRADO SEÑOR DE LAS VILLAS DEL VALLE DEL VAL DE TUEXA, AÑO 1597

lunes, 18 de enero de 2021

La residencia de oficios concejiles en San Clemente en 1547

 

Residencia de los oficios concejiles de San Clemente por el gobernador Carbajal, 13 de mayo de 1547

 

El gobernador Carbajal veía la villa de San Clemente dividida en dos parcialidades. Ese año de 1547 eran alcaldes el bachiller Avilés y Antón de Castañeda y alguacil mayor Gregorio de Perona, oficios electos que ejercían el gobierno de la villa junto a ocho regidores perpetuos. A decir del gobernador Carbajal las dos parcialidades estaba integradas en dos bandos definidos:

·        El alcalde Antón Castañeda, y los regidores Francisco Pacheco, Alonso Pacheco Guzmán, Hernando del Castillo e Inestrosa Toledo, Sancho López de los Herreros, Francisco de los Herreros.

·        El alcalde bachiller Avilés, el alguacil Gregorio de Perona y los regidores Cristóbal de Tébar, Alonso García y Francisco Jiménez. Este último, sin duda víctima de las presiones, había renunciado a su cargo de regidor en favor de Rodrigo Pacheco, hijo de Francisco.

El gobernador denunciaba dos parcialidades enfrentadas con el único fin de controlar el gobierno municipal de la villa, intentando contradecir el espíritu de la ejecutoria de 1538 que obligaba a la elección por suertes de los oficios de alcaldes y alguacil y estableciendo un nuevo sistema por votación directa para imponer sus candidatos o, caso de las elecciones de 29 de septiembre de 1546, nombrando dos alguaciles, uno de cada parcialidad.

El gobernador Carbajal determinó durante treinta días a todos los regidores perpetuos, en tanto que la residencia era mandada al Consejo Real para que decidiera. No obstante, dejaba ejercer sus oficios temporalmente, para no dejar a la villa sin gobierno, a algunos de los cesados: Cristóbal de Tébar, Hernando del Castillo, Alonso García y Francisco de los Herreros. Sentenció que los oficios se eligieran por suertes, pero excluyendo a los deudos y parientes de los oficiales a la sazón.

 

La elección de 1546, por votos, se había hecho con la complicidad del alcalde mayor licenciado Francés. No obstante, la sentencia del gobernador doctor Rodrigo Suárez Carbajal fue desigual, benévola con unos y ejemplarizante con otros:

  • El alcalde bachiller Avilés, el alguacil Perona, y los regidores Cristóbal de Tébar, Alonso García y Francisco Jiménez fueron absueltos por haber defendido el espíritu de la ejecutoria de 1538 frente al alcalde mayor.

·        Los regidores Francisco Pacheco, Alonso Pacheco Guzmán, Hernando del Castillo e Inestrosa Toledo, Sancho López de los Herreros, Francisco de los Herreros fueron condenados a diez mil maravedíes por haberse saltado la ejecutoria

·        El gobernador condenó a los cinco regidores anteriores por celebrar ayuntamientos apartados y sin el escribano del ayuntamiento para cesar el procurador de la villa, Andrés González de Tébar, y al solicitador de pleitos Antonio de Alarcón, que defendían los intereses de San Clemente en Granada frente al regidor Francisco Pacheco, señor de Minaya, que ambicionaba incorporar una parte del término de la villa de San Clemente. A esos ayuntamientos apartados intentó hacer frente, con poco éxito, el gobernador Pedro Martínez de Avellaneda. La condena de los cinco regidores fue multa de 6000 mrs. a cada uno.

·        En el mencionado ayuntamiento separado de revocación de poderes tuvo un papel determinante el alcalde ordinario Antón de Castañeda, que descerrajó la puerta del ayuntamiento para acceder al mismo. Fue condenado a no usar el oficio de alcalde durante seis años so pena de destierro de diez años del marquesado de Villena y multa de 20000 maravedíes

·        Condena contra Antón de Castañeda de 3000 mrs. por haber revocado sentencia contra Miguel Sánchez de los Herreros y por no haberse inhibido en la causa que la justicia del marquesado seguía contra Juan de Ortega Castillo, condena de tres mil mrs., treinta días de prisión y destierro de un año del marquesado, y se remiten autos al Consejo sobre alzar depósito en connivencia con los Pacheco.


ACHGR, PLEITOS, 721-6