El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)
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sábado, 2 de junio de 2018

El acceso a los oficios concejiles en Quintanar del Marquesado y Motilla del Palancar

Juan Doñate Talaya, regidor perpetuo de Quintanar del Marquesado, solicitaba el tres de agosto de 1618 que se sacara traslado de la ejecutoria que obraba en posesión de Jerónimo de Oviedo. Se trataba de una ejecutoria de de veinticuatro de mayo de 1585, que venía a reconocer la partición de oficios concejiles de la villa a partes iguales entre hidalgos y pecheros.

El pleito se había iniciado el 27 de abril 1584 por cuatro hidalgos de la villa de Quintanar del Marquesado: Hernando de Alarcón, Diego Pérez de Oviedo, Fernán Pérez de Oviedo y Jerónimo Pérez de Oviedo. Protestaban porque en la elección de oficios concejiles entraban indistintamente hidalgos y pecheros sin preservar la diferenciación de los dos estados. El concejo de Quintanar alegó que los demandantes eran recién llegados al pueblo, que no habían demostrado su hidalguía. Además frente al discurso de la desigualdad de estamentos, se daba prevalencia a la virtud y mérito personal para ocupar estos oficios
y el dicho conçejo su parte de tienpo ynmemorial a esta parte auía estado y estaua en pacífica posesión de admitir en los dichos ofiçios del dicho conçejo los honbres más honrrados y abonados de la dicha villa sin distinçión de estados

Se alegaba además que el concejo de Quintanar del Marquesado tenía ciertas ordenanzas, que insistían sobre todo en el carácter abonado en cierta cuantía de los destinados a ocupar los cargos concejiles. Los aspirantes hidalgos podrían ser de un estado diferente, pero eran pobres. No obstante, la sentencia de dos de abril de 1585 fue favorable a los hidalgos
que agora y de aquí adelante en la eleçión que hiçieren de los ofiçios de alcaldes hordinarios y de la hermandad y otros qualesquier del conçejo den la mitad dellos al estado de los hijosdalgo de la dicha uilla guardando las leyes y premáticas de su majestad que açerca de las eleçiones hablan

La sentencia sería apelada por el concejo de Quintanar, pero también de los hidalgos que se negaban a pagar las costas del juicio. El treinta de abril y siete de mayo en sendos autos se confirmaba la sentencia y condenaba a los pecheros como particulares a pagar los gastos del juicio si decidían su prosecución. Pero la sentencia definitiva en grado de revista sembraba la semilla de la discordia por una afirmación que no pasaría inadvertida a los pecheros: los hidalgos tenían derecho a los oficios como vecinos y moradores de la dicha villa.

Desde luego que Hernando de Alarcón y los Pérez de Oviedo cumplían ese requisito, pero eran unos recién llegados al pueblo. Ese carácter advenedizo como traba para la ocupación de los oficios públicos sería rescatado treinta y tres años después por el concejo de Quintanar (1). Se pedía que era condición inexcusable para ocupar cargos concejiles el ser natura y morador en la villa o haber vivido diez años en la misma con casa y familia para naturalizarse porque de otra manera sería elijir sin aver visto sus costunbres y modo de viuir.  La exclusión iba destinada directamente contra los hermanos Fernando Pérez de Valdés Oviedo y Jerónimo de Oviedo Valdés. El límite de los diez años venía determinado por una sentencia que había ganado la villa de Motilla del Palancar un año antes.

La sentencia ganada por el concejo de Motilla del Palancar en 1617 era una revisión de otra anterior ganada por los hidalgos reconociendo el derecho a ocupar la mitad de los oficios concejiles por este estado, tal como se había guardado en Quintanar treinta y dos años antes. En un primer momento, varios hidalgos motillanos, de reciente vecindad en el pueblo, habían defendido su derecho a ocupar los cargos concejiles. Se trataba de Juan Pérez Chavarrieta, Alonso Álvarez Beamud, Marco Antonio de Arriaga, Jorge Pérez de Zornoza, Juan de la Casa Zornoza y Andrés Luján. La sentencia de de 27 de marzo de 1617 fijaría la elección de oficios en el concejo motillano a partes iguales entre pecheros e hidalgos
e que de aquí adelante en todas la eleçiones que hiçieren de ofiçiales del dicho conçexo en cada un año den la mitad de de los ofiçios honrrosos que en ellos se elexieren a el estado de los hijosdalgo de la dicha villa y en quanto a la uara y ofiçio de alguaçil mayor y otros ofiçios que se elijen en una persona sola mandamos que un año se den al estado de hijosdalgo y otro año al estado de los onbres buenos pecheros começando el primero año por el estado de hijosdalgo; y en quanto a las firmas, asientos, juntas y congregaçiones donde concurrieren anbos estados sea preferido en el mexor asiento y lugar el dicho estado de  hixosdalgo  el dicho estado de los buenos onbres pecheros

El concejo motillano protestó. El objeto de la protesta era impedir el acceso a los cargos municipales a un recién llegado al pueblo, Juan Pérez de Chavarrieta, que se había establecido en Motilla tras su matrimonio con María de Ojeda en 1608. Ya ese año se había conseguido apartarle del poder de acuerdo a las viejas formas de elección de la villa (Sobre la elección de oficios en La Motilla del Palancar (1608), ahora nueve años después Chavarrieta consigue de la Chancillería de Granada una sentencia que rompe con las viejas formas de elección de oficio, que el paso del tiempo solo había conseguido modificar en lo que tocaba a la extensión del colegio de electores. Pero no se lo pondrían fácil sus enemigos que al menos consiguieron retrasar un año su participación en los oficios públicos, alegando que no cumplía con el requisito de los diez años de vecindad que marcaban las leyes
mandamos que los dichos Juan Pérez de Chavarrieta y Marco Antonio no sean admitidos por aora en la eleçiones que se hiçieren a los ofiçios del conçejo de la dicha villa hasta tanto que cada uno dellos aya cunplido el tienpo que conforme a las leyes destos Rreynos se rrequiere para adquirir veçindad y biuido con su cassa poblada en la dicha villa los diez años
Era el dieciséis de febrero de 1618. Aun así las desventuras de los Chavarrieta no acabarían con los vecinos motillanos, diez años después el hijo de Juan Pérez Chavarrieta, llamado Julián, se vería inmerso en un turbio asunto de estupro con María Zarzuela. Los viejos hidalgos vascos enlazaban forzadamente con unos pecheros oportunistas (Las tribulaciones del estudiante motillano Juan Chavarrieta).


ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA. HIDALGUÍAS. Quintanar del Marquesado. Elección de Oficios. 1618. Signatura antigua: 303-469-2




(1)  Formaban el concejo de Quintanar, por aquel entonces, Fernando Pérez de Valdés Oviedo, alcalde ordinario, y los regidores perpetuos Alonso Martínez Gómez, Juan Doñate Talaya, Alonso de Mondéjar, Sebastián Parreño, Francisco Saiz Parreño y Fernando Simarro.

ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA. HIDALGUÍAS. Quintanar del Marquesado. Elección de Oficios. 1618. Signatura antigua: 303-469-2

sábado, 13 de enero de 2018

Justicia real y privilegiados en la villa de San Clemente a mediados del siglo XVI


Las diferencias entre el regidor Alonso Valenzuela y el alcalde mayor Baltasar Orozco se remontaban a julio de 1548, cuando el primero se negó a librar veinte mil maravedíes de los propios de la villa a Rodrigo de Ocaña. Pero no fue hasta diciembre de 1548, cuando Alonso de Valenzuela pidió justicia al gobernador Luis Godínez de Alcaraz. Protestaba por los cincuenta días que había permanecido preso en la sala del ayuntamiento y en la cárcel pública y por la merma que esta situación había provocado en su hacienda
atenta la calydad de mi persona por ser rregidor, que es dynidad, e hijodalgo e honbre de honrra, en la dicha prysión fuy ynjuriado y el juez que ynjustamente prende, comete contra el preso delyto de ynjuria e demás desto por thener preso los dichos çinquenta días y no poder entender en mi fazienda ni visitar mis ganados e granjerías de canpo e otros negoçios que yo thenía fuera desta villa de San Clemente en los dichos çinquenta días de prysión perdy e me vynyeron de daño más de çien ducados
Rodrigo de Ocaña era el procurador de las causas de la villa ante el Consejo Real, por sus idas y venidas recibía un salario de ocho reales diario, una corona, a cobrar de los propios de la villa, a cargo de su mayordomo Pedro Hernández de Avilés. Sus estancias en el Consejo Real, que entonces residía en Aranda de Duero, eran prolongadas, la última fue de sesenta y dos días, desde finales de octubre a finales de diciembre de 1547. Desde septiembre de aquel año eran alcaldes de la villa de San Clemente Pascual de Valenzuela y Francisco de Olivares, alguacil mayor Pedro de Alarcón Fajardo. Los nombres de aquellos que desempeñaban los cargos concejiles aquel año no es un dato carente de valor, pues correspondía a un grupo de principales que había entrado en conflicto con los regidores perpetuos establecidos en la villa desde 1543. La misión de Rodrigo de Ocaña en la Corte se movía en esas disputas. Tanto él como el licenciado Guedeja, relator en el Consejo Real, habían recibido el 26 de octubre de 1547 comisión de los alcaldes ordinarios y alguacil mayor para defender el modo de elección de esos cargos según fijaba la ejecutoria ganada por la villa. Pascual de Valenzuela, Francisco de Olivares y Pedro de Alarcón Fajardo habían sido elegidos por las tradicionales suertes el día de San Miguel.

El tradicional método de elección por suertes de alcaldes ordinarios y alguacil mayor consistía en la elección de cualquier vecino por suertes. Frente a esta universalidad se acabó imponiendo la reserva de la elección de alcaldes a un colegio de electores reducido de cuatro hidalgos, para la elección de alcalde noble, y doce pecheros, para la elección de alcalde por el estado pechero. Y es que San Clemente había crecido demasiado y los intereses en juego eran muchos como para dejar la elección de la justicia del lugar y alguacilazgo a unas cuantas bolas de cera flotando en un cántaro. Una carta ejecutoria de la emperatriz Isabel había limitado el colegio de electores a personas hábiles y suficientes y reducido el número de elegibles a los mencionados cuatro hidalgos y doce pecheros, luego convertidos con el tiempo en colegio de electores, pero ahora la elección la hacían tanto los regidores perpetuos como los oficiales salientes, y es de presuponer, pues testimonios hay, con el concurso de otros vecinos que  no querían quedar excluidos, entre los nombres de las dieciséis personas introducidas en el cántaro. Decidía la mano inocente de un niño de ocho años, que sobre esta selección previa, sacaba las bolas de los afortunados. El método escandalizaba al doctor Alonso de los Herreros, que afirmaba que no se podía elegir como oficiales públicos a personas que no diferenciaban entre el bien y el mal y cosa no deçente sería que cupiese la vara de alcalde hordinario o de alguaçil mayor desta villa a persona menos sufiçiente o ydiota.

El año de 1547 los oficios de regidores de la villa estaban en mano de una reducida minoría de principales, que los habían comprado de por vida por la cantidad de cuatrocientos ducados. Sus nombres eran Cristóbal de Tébar, Alonso de Valenzuela, Hernando del Castillo, Francisco de los Herreros y Francisco Pacheco, señor de Minaya. Las disputas entre alcaldes ordinarios y regidores perpetuos no eran motivadas por principios o defensa de privilegios inmemoriales de la villa, sino por intereses económicos muy particulares. La causa de las disputas entre unos oficios y otros había sido el embargo de una manada de carneros, destinada al abasto de las carnicerías, a Inés Alarcón, mujer de Bernardino de los Herreros. Los carneros fueron entregados a Juan González de Origüela, abastecedor de carnicerías ese año, que rendiría cuentas de su gestión ante el ayuntamiento, pero la obligación final de pago de los carneros embargados recaía en los regidores Cristóbal de Tébar y Alonso Valenzuela, que a diferencia de los alcaldes, comprometieron ante el gobernador, además de su palabra, sus bienes. Por supuesto el resto de regidores se habían ausentado voluntariamente para no comparecer ante el gobernador doctor Rodrigo Suárez de Carvajal. Todos sabían a lo que jugaban. Sería falaz por nuestra parte pretender ver en las disputas un enfrentamiento claro entre regidores y alcaldes, más bien los dardos de los alcaldes, y, por omisión, de los regidores ausentes iban dirigidos contra los origüela, que controlaban el lucrativo negocio del abasto de carne en la villa. Cristóbal de Tébar, Alonso de Valenzuela y Juan González de Origüela estaban emparentados familiarmente. El problema era que junto al abastecimiento de las carnicerías, tema de interés para los tébar, origüela y valenzuela, en la posada del gobernador se habló de un tema muy espinoso: enviar un procurador a la Corte para defender la primera instancia de la villa. No sabemos lo que pasó en la posada del gobernador, en casa de la mujer Antón García Moreno, pero creemos que Alonso Valenzuela cedió en enviar a Rodrigo de Ocaña a la Corte para defender la elección popular de los alcaldes de la villa. Al fin y al cabo, tal consentimiento, no decidido en las salas capitulares del ayuntamiento, carecía de valor jurídico. Cristóbal de Tébar, más avezado que Alonso de Valenzuela, se pronunció en contra de una misión, la de Rodrigo de Ocaña, que no solo intentaba preservar la elección por suertes de los alcaldes ordinarios sino también eliminar los regidores perpetuos. Posiblemente Alonso Valenzuela y Cristóbal de Tébar no eran contrarios a la elección de alcaldes ordinarios de septiembre de 1547 en las personas de Pascual Valenzuela y Francisco de Olivares, pero Cristóbal de Tébar, a diferencia de Alonso, sabía distinguir perfectamente la diferencia entre contar en la alcaldía con personas próximas y el hecho de aceptar un sistema de elección por suertes, sin filtros o elecciones intermedias, que podía llevar a las alcaldía a cualquier vecino, es decir, a cualquier persona que pusiera en duda el bien de la república, que, para él, se confundía con los privilegios de una minoría, con los que podía mantener conflictos, pero de cuyos privilegios se beneficiaba y defendía.

Aparte de las disputas internas, la villa de San Clemente arrastraba varios conflictos con su antigua aldea de Vara de Rey, entre ellos, la escribanía de Vara de Rey, que había sido concedida como bien propio a la villa de San Clemente por la emperatriz Isabel de Portugal y que ahora se arrogaba la aldea eximida de la villa madre. Se sumaba el conflicto por el pinar de Azraque, que estaba sito en el término de Sisante, lugar comprado por Vara de Rey al precio de 3000 ducados y, con él, los derechos sobre el pinar. Pero si había cierta unidad en el proceder de los principales sanclementinos en torno a la defensa de intereses comunes frente a su antigua aldea de Vara de Rey, no existía tal consenso en otros temas. Las rivalidades entre las principales familias sanclementinas se manifestaba en que cada cual procuraba enviar a allegados a la Corte con el fin de defender intereses propios. Los regidores perpetuos intentaban asegurarse el control de los oficios de alcaldes, revocando la elección anual por suertes; los alcaldes ordinarios se quejaban del nombramiento del mayordomo de propios por los regidores (el cargo, que recaía en Pedro Hernández de Avilés, era simple testaferro de Cristóbal de Tébar).

El control de la elección del mayordomo de propios se había convertido en objeto de litigio. Si el control de la justicia, en manos de los alcaldes, era objetivo imposible para los regidores perpetuos, no ocurría así con el control de los bienes propios del concejo. Los regidores se habían arrogado el nombramiento del mayordomo, por quien pasaban las cuentas finales de los arrendamientos de los bienes propios de la villa, pero también un negocio de más importancia como era el abasto de pan y carne para la villa y el control de las seis tiendas públicas. El mayordomo solía responder con sus bienes de su mala gestión o, lo que era más usual, de la apropiación indebida de caudales públicos. Pero no solo él, también aquellos que se comprometían con sus haciendas como fiadores. No era el caso en los últimos años, en los que el mayordomo, con la complicidad de los regidores, se obligaba sin necesidad de fiadores. El último mayordomo de propios, Juan de Robres (o Robles), andaba en busca y captura, en su huida se había llevado los caudales públicos del año 1546. Curiosamente , será uno de los principales acusadores en la residencia del bachiller Orozco. El mayordomo de 1547, Pedro Hernández de Avilés era amigo reconocido de Alonso Valenzuela, cuyos intereses defendía como procurador. En realidad, las cuentas desde el establecimiento de las regidurías perpetuas en 1543 no estaban auditadas, ejecutadas en el argot de la época, y eran ejemplo de malversación de la hacienda municipal. El remedio, que contaba con el consenso social de la mayoría (o al menos de los excluidos del poder), era garantizar la independencia de los alcaldes ordinarios y de la elección de los mismos.

Aunque se respetaba la elección por suertes, la apariencia democrática de este método, que parecía calcado del ágora ateniense, distaba de la realidad. Previamente a las suertes, había una votación, o simple amaño, en la que se seleccionaba a los aspirantes a entrar en el cántaro del sorteo. En las intrigas por esta selección previa participaban todos, especialmente los regidores perpetuos y los más ricos; pero a la altura de la segunda mitad de la década de los cuarenta el control de la elección por los regidores perpetuos iba siendo cada vez mayor. Parece que este control fue respondido por un grupo de notables, defensores de intereses propios, aunque la solución propuesta era revolucionaria: cualquier vecino podía entrar en suertes, sin intermediación de los oficiales concejiles. Las familias principales pusieron el grito en el cielo: eso era dejar la justicia en manos de gente inhábil e incapaz. El sentido de clase lo expresaron abiertamente los pachecos, herreros o castillos, pero otros como los origüelas, que de la mano de las dos ramas familiares, los tébar y los origüelas, empezaban a dominar el abasto de la villa, parecían callar.  Las divergencias entre las familias principales abrían las puertas a la democratización del gobierno municipal, en palabras de la época: que no elijiesen alcaldes e alguaçil los rregidores sino el pueblo.

Un hecho lo vino a enturbiar todo. El 27 de julio, el alcalde mayor bachiller Orozco ordena la prisión en la sala del ayuntamiento de los dos alcaldes ordinarios, Pascual de Valenzuela y Francisco Olivares, del alguacil mayor Pedro de Alarcón Fajardo y del regidor Alonso Valenzuela. Allí seguían presos el día treinta, cuando Alonso Valenzuela pidió su libertad atento que valoraba la pérdida por cada día de su prisión en dos ducados de oro y que no podía ejercer su oficio de carnicero fuera de la villa. Le siguió en la petición el alguacil mayor Pedro de Alarcón Fajardo. Argumentaban que el ayuntamiento de San Clemente solo pagaría la mitad de los gastos del viaje de Rodrigo Ocaña, la otra mitad correspondería al bachiller Francisco Rodríguez, que actuaba como apoderado de Francisco García y los hijos de Astudillo, por el encargo que había hecho a Rodrigo Ocaña de entender en la corte sobre cierto contencioso por heridas a un vecino de Alarcón llamado Luis de Guzmán, y del que estaba entendiendo un pesquisidor en la villa de San Clemente.

 Aunque en un primer  momento la orden de prisión del bachiller incluía a los alcaldes ordinarios, al alguacil mayor  y al mayordomo de propios, Pedro Hernández de Avilés, pronto éstos se desentendieron y decidieron librar de los propios del concejo la deuda de veinte mil maravedíes con el procurador Rodrigo de Ocaña y quedar así libres. Pero no actuó igual Alonso Valenzuela, que en una defensa de principios negaba la validez de cualquier libranza de los propios si no había sido decidida por el pleno del ayuntamiento. Quizás reconocía ahora el error de haber permitido el paso a la Corte de Rodrigo de Ocaña y haber traicionado los intereses de clase de la minoría de regidores de la que formaba parte. Su empecinamiento lo pagó con una prisión de cincuenta días. Hasta el doce de septiembre, el alcalde mayor Orozco no dictará auto de libertad de Alonso de Valenzuela, condicionado a no abandonar la villa. Además de la pérdida económica en su hacienda, el regidor Alonso Valenzuela verá la prisión como un agravio para su persona y esperará a la finalización del alcalde mayor Orozco en su cargo para exigirle responsabilidades.

Las diferencias entre Alonso Valenzuela y el alcalde mayor Orozco venían ya de antes, pues el primero se había visto inmerso en una pelea con los hijos y criados de Francisco Jiménez, uno de los vecinos ricos del pueblo, que tampoco rehuía las peleas. Baste recordar los sucesos de 1553. El alcalde mayor había sentenciado a Alonso Valenzuela a destierro de la villa y a una multa pecuniaria, pero éste había paralizado la ejecución de la pena, apelando a la Chancillería de Granada. El alcalde mayor, incapaz de ejecutar la pena, había decidido la prisión preventiva por la gravedad de los delitos. Alonso Valenzuela acusaba de parcialidad al bachiller Orozco, que ya se había pronunciado a favor de Rodrigo Ocaña y su madre con ocasión de unas deudas a la panadería, origen de las rivalidades. La enemistad entre ambos personajes se convirtió en odio de enemigos irreconciliables, cuando Alonso estuvo casi cincuenta días preso, del veintisiete de julio al doce de septiembre, por negarse a firmar la libranza de lo adeudado a Rodrigo de Ocaña. Si no estuvo más tiempo fue por el temor del bachiller Orozco a la llegada del nuevo gobernador Luis Godínez unos pocos días después.

Pero el contencioso entre el bachiller Orozco y el regidor Alonso de Valenzuela iba más allá de las diferencias personales, para mostrar todas la contradicciones de la sociedad sanclementina de mediados de siglo. De la relación de testigos declarantes en la residencia contra el bachiller Orozco se deduce que ninguno de los principales del pueblo se quedó al margen. Presentes estuvieron Francisco Pacheco, Miguel Vázquez de Haro, Juan del Castillo, Francisco de Herreros, Miguel de Herreros, Francisco García, Miguel López de Astudillo, Gregorio del Castillo, Hernando de Montoya, Francisco de Ortega, Cristóbal de Tébar, Gonzalo de Tébar, Juan de Robles, Pedro de Alarcón Fajardo o Pedro de Garnica. Una larga relación en la que faltan nombres, pero que muestra el interés que el pleito levantó en la sociedad sanclementina y las amistades y enemistades que suscitaba la persona de Alonso Valenzuela: un hijodalgo rico, que, como otros principales sanclementinos, había forjado su hacienda en el cultivo de viñas y la posesión de ganados. A ello unía el monopolio del abasto de la carnicería pública de la vecina localidad de Vara de Rey.

El juicio de residencia contra el bachiller Baltasar Orozco se celebró a comienzos de febrero de 1549 ante el nuevo alcalde mayor doctor Morales. Acusaban los testigos la entente formada por Rodrigo de Ocaña y el antiguo alcalde mayor Orozco, que ponían la justicia al servicio de sus intereses particulares. Se decía que el procurador Ocaña amañaba las situaciones y el alcalde mayor Orozco dictaba las sentencias en claro delito de prevaricación. En Las Pedroñeras habían ejecutado varios destierros, Juan de Robles decía ser víctima de su justicia por infundadas deudas al sobrino de Ocaña. Asimismo el alcalde mayor tenía fama de quedarse con una parte desproporcionada de las condenaciones de cámara y penas de justicia. Las denuncias alcanzaban al gobernador Suárez de Carvajal. Pero la principal acusación contra la justicia real venía del propio Alonso de Valenzuela, que acusaba al procurador Rodrigo de Ocaña de vender al pueblo, no defendiendo el fin de su comisión: la elección democrática y por suertes de los alcaldes ordinarios. Curiosamente se acusaba de prevaricación en defensa de los intereses particulares por aquellos regidores perpetuos que defendían un cerramiento del gobierno local a favor de sus intereses. El error de Baltasar Orozco y el gobernador Rodrigo Suárez de Carvajal fue ir en contra de los tiempos. Defendieron las viejas tradiciones políticas del pueblo en un momento en que el gobierno local se cerraba en pocas manos. Pero sería injusto achacarles que su gobierno fuera contra los intereses del pueblo. Simplemente en el conflicto de intereses del común de los vecinos con los ricos ganaderos del pueblo, apostaron por el común, apostando por una política en defensa de las viñas y opuesta a un desarrollo anárquico del ganado lanar. Es más, se intentó una generalización del cultivo de olivos, intercalando pies de esta planta en medio de los majuelos, que, como sabemos, fracasaría. Como fracasaría a la larga el intento de preservar la autonomía de los cargos electos de alcaldes frente a los regidores perpetuos.

Las acusaciones de prevaricación alcanzaban alto y apuntaban directamente a los Pacheco. Concretamente a Alonso Pacheco de Guzmán, regidor de la villa, que, por su matrimonio con Juana de Toledo, había unido el linaje de los Pacheco a los descendientes del alcaide de Alarcón Hernando del Castillo. Las alianzas familiares, alianzas de riqueza y poder, se iban cerrando más con el matrimonio del hijo de Alonso Pacheco, llamado Diego, con Isabel de los Herreros. Alonso Pacheco Guzmán fue acusado directamente por Juan de Robles el viejo, mayordomo de propios, de apropiación de los caudales de las panaderías públicas en connivencia con Rodrigo de Ocaña y sus familiares, que tuvieron a su cargo el abasto de pan de la villa de San Juan de 1546 a San Juan de 1547. El alcance contra Rodrigo de Ocaña ascendía a cien mil maravedíes. Parece que Alonso Pacheco, señor de los molinos de la Losa en el Júcar y de importantes propiedades cerealistas en torno a Rus llevaba en el pueblo una política propia, ajena a sus familiares de Minaya e independiente tanto de los intereses vinateros como ganaderos, pero de enorme peso en la política local. Su influencia hizo que Alonso Valenzuela quedara aislado a la hora de pedir responsabilidades a Rodrigo de Ocaña y su madre en el caso de malversación de las panaderías del pueblo, en el que Alonso Pacheco no debía ser ajeno a los cien mil maravedíes que reclamaba el concejo. Pero Alonso Pacheco, jugaba con demasiadas cartas en la mano. Ahora en el contencioso entre Rodrigo de Ocaña y Alonso Valenzuela, se mantiene intencionadamente al margen. Unos pocos años después le será imposible mantener esa neutralidad y se verá marginado de la política municipal, momentáneamente, junto a los Castillo.

Alonso de Valenzuela se había negado a dar su poder a Rodrigo de Ocaña, pero no era el único. Francisco de los Herreros y Hernando del Castillo habían protestado la marcha a la Corte de Rodrigo de Ocaña. Tanto Francisco de los Herreros como un hermano de Hernando, Francisco del Castillo, darían con sus huesos en la cárcel. El propio Hernando del Castillo sería preso en la cárcel cuatro meses por una pretendida deuda de diez ducados. Igual rigor de cárcel padeció otro vecino llamado Francisco Suárez de Figueroa.

La sentencia definitiva contra el bachiller Orozco vendría el veintiseis de abril de 1549, siendo condenado a treinta ducados más costas judiciales por haber encarcelado sin justificación a Alonso Valenzuela. La sentencia fue redactada por el alcalde mayor doctor Morales, alojado en la casa de Sancho López de los Herreros, pero su pronunciamiento había tenido lugar catorce días antes en la ciudad de Chinchilla. No aceptó la sentencia el alcalde mayor Orozco, que apeló ante el Consejo Real. Defendía su causa, su hermano Gaspar Orozco. Pero si los oficiales reales tenían quien defendiera su causa ante la Corte, no iban a la zaga los ricos sanclementinos. De la causa de Alonso Valenzuela se hizo cargo el licenciado Juan Guedeja, vecino del pueblo, antiguo procurador de la villa (como tal recibía salario de los propios sin ejercer hasta que el ayuntamiento se quejó en noviembre de 1549) y ahora relator en Valladolid ante el Consejo Real. La sentencia definitiva, dada en Valladolid el 26 de septiembre de 1549, daría la razón a Alonso de Valenzuela.


Sentencia del Consejo Real de 26 de septiembre de 1549
AGS. CRC. 394-5

 El bachiller Orozco había perdido el caso. Las causas de su fracaso las manifestaba su hermano Gaspar en la petición de revisión del caso: el antiguo alcalde mayor alegaba indefensión, pues debía defender su caso desde Huete, a catorce leguas de San Clemente, temeroso de pisar tierra sanclementina, donde tenía demasiados enemigos. Ni siquiera pudo rescatar el proceso por el que había condenado a Alonso Valenzuela, pues aunque los autos habían pasado ante el escribano Ginés de Garnica, ahora obraban en manos de Juan Rosillo, nuevo escribano del ayuntamiento, que decía no saber nada del pleito. Juan Rosillo ocupaba uno de esos cargos añales, cuyo nombramiento recaía en manos de los regidores perpetuos y a cuyo servicio estaba. Esta era la gran carencia del gobierno del Marquesado de Villena: la inexistencia de escribanos propios por la justicia real ante quien pasaran sus autos judiciales. Así los pleitos quedaban en los pueblos en manos de escribanos, comúnmente simples testaferros de las oligarquías locales, que procuraban dejar en agua de borrajas las querellas. Los intentos de crear un escribano de provincia al servicio del gobernador y sus alcaldes mayores fracasaría en la década siguiente.

La villa de San Clemente le gusta reivindicarse como capital del Marquesado de Villena. Sin duda,era una de las principales, y en ellas se centraba la actividad política de la parte norte de la gobernación. Pero distaba mucho de ser la sede de una organización política permanente. Si algo definía a las figuras políticas del gobernador y del alcalde mayor era su carácter itinerante y el escaso arraigo en las poblaciones. Una de las condiciones de su nombramiento, que ahora sí se cumple, era ser no natural de las villas para ocupar cargos de la gobernación. El bachiller Baltasar de Orozco, alcalde mayor en 1647, era vecino de Huete. Su intento de actuar con independencia respecto a las familias principales lo pagó con el odio generalizado de todas, que le llevó a una actuación judicial, en palabras de la época, apasionada, y al encarcelamiento de varios vecinos principales. Su intento de independencia, acabó en parcialidad con Rodrigo de Ocaña. No fue el único y es que la situación predisponía. Tanto alcalde mayores como gobernadores, en su itinerancia y sin sede fija, acababan siendo alojados en las villas por aquellos vecinos ricos, interesados en influir en sus decisiones. Rodrigo Juárez de Carvajal fue gobernador del Marquesado de Villena hasta septiembre de 1548. Las estancias del gobernador en San Clemente eran largas, pero no tenía fijada su sede en esta villa; en octubre de 1547, aparece alojado de posada en las casas de la mujer de Antón García Moreno. De Luis Godínez de Alcaraz, su sucesor, no conocemos su posada, pero una y otra vez vemos a su vera y como sombra inseparable al regidor Hernando del Castillo. Su alcalde mayor, doctor Morales, se alojaba en la casa de Sancho López de los Herreros.

La residencia en casas particulares era motivo circunstancial de dependencia al servicio de intereses particulares de las autoridades del Marquesado, pero también de garantía de su independencia. La audiencia de los gobernadores y alcaldes mayores se establecía en sus propias casas de posada, ajena a la justicia que los alcaldes ordinarios impartían en las salas del ayuntamiento. En un principio, los gobernadores compartían tal oficio con el de jueces de residencia para juzgar la acción de sus antecesores, que poco, podían haber hecho en los escasos tres años que duraba su mandato (la norma era que no se llegase a culminar este plazo). Estos juicios de residencia son un  testimonio de primer orden de las disputas que se vivían en los pueblos del Marquesado y de las intromisiones de una justicia real que pocas veces alcanzaba a ver el juego de intereses económicos que andaban detrás de las aparentes luchas banderizas. Las amistades y enemistades en las villas de San Clemente eran muy mutables y poco tenían que ver con la vecindad o con el parentesco, sino que fluctuaban con la contradicción de intereses (otras veces complementarios) de vinateros, cerealistas, ganaderos, abastecedores de los tiendas públicas, tenderos, escribanos y leguleyos ( que en ocasiones eran procuradores con enorme influencia en la Corte y Chancillería), pero también de pequeños propietarios o simples jornaleros o pastores, que veían en el mantenimiento de una justicia propia, de alcaldes elegidos por suertes, la mejor garantía de sus derechos frente a los ricos. Pero esa defensa del bien común ya no solo se la arrogaban los alcaldes ordinarios, que, al fin y al cabo, eran los depositarios de la justicia real,  por los privilegios de villazgos obtenidos o confirmados en tiempo de los Reyes Católicos, cuando pasaron a ser villas de realengo, sino que ahora, cuando la justicia en primera instancia de los alcaldes ordinarios aparecía más debilitada por las intromisiones de los ricos, el común de los vecinos ponía sus esperanzas en la justicia del gobernador. Así la vieja figura itinerante comienza  a convertirse en una organización de gobierno y justicia más estable. No solamente por el carácter más sedentario de sus dos alcaldes mayores en San Clemente y Chinchilla, sino por la mayor complejidad del alguacilazgo y por la dotación de un escribano que, dando el salto desde su naturaleza de escribano de residencia, se pretende de provincia y ante quien pasan las apelaciones de la justicia ordinaria o las propias intervenciones del gobernador en primera instancia cuando está presente en las villas.

Sin embargo, esta apuesta de la Corona por hacer del gobernador, dotado de escribano propio, un garante del interés general o bien común de la república chocará con todos. Los alcaldes ordinarios no habían perdido todavía su legitimidad ante el común en las rencillas entre bandos, aunque su debilidad en el juego de intereses locales era vista por los principales, detentadores de las regidurías perpetuas, como una oportunidad de convertirlos en cargos añales a su servicio. Ni qué decir tiene que esto era deseo más que realidad y fuente de innumerables conflictos en unas comunidades rurales rotas. Correspondía a la pericia del gobernador mantener su neutralidad para garantizar el equilibrio, algo imposible si tenemos en cuenta dos de las principales funciones que tenía encomendadas: el reclutamiento militar y la exacción fiscal. La expedición militar a Francia en 1543 fue muy mal vista en el Marquesado por la aportación de hombres, que no llegaron a luchar, y de dineros; peor vista sería la recaudación fiscal coincidiendo con las plagas de langosta de 1547 y 1548. Aunque en un primer momento hubo condonación de tributos y un préstamo de seis mil ducados para luchar contra la plaga, en los años inmediatamente posteriores se exigió la devolución hasta el último de los maravedíes. Para garantizar la recaudación fiscal, en la plaza de la Iglesia, en la casa situada en la esquina que linda con la cuesta de Iranzo, Diego de Ávalos estableció las arcas en las que se debía depositar la recaudación de los pueblos del Marquesado. Los odios que podían despertar los ricos de los pueblos pronto se trasladaron hacia las instituciones incipientes de la Corona y hacia aquellos, caso de los hermanos Castillo, para la villa de San Clemente, que apoyaban su acción centralizadora.



AGS. CONSEJO REAL DE CASTILLA. 394-5. Alonso Valenzuela contra el alcalde mayor Baltasar Orozco. 1547-1550


Testigos favorables a Alonso Valenzuela (1549)

Juan de Robles, 37 años
Juan de Robles, padre, más de 50 años
Ginés de Garnica, 26 años
Juan del Castillo, 23 años
Miguel Vázquez de Haro, 36 años
Sancho López de los Herreros, 65 años
Rodrigo López, 60 años
Julián de Sedeño, 27 años
Francisco de los Herreros, 40 años
Francisco de Ortega, 21 años
Pedro de Garnica, 44 años
Pedro de Alarcón Fajardo, 32 años
Francisco Pacheco el cojo, regidor de la villa de San Clemente y señor de Minaya, 50 años
Alonso García, 50 años
Andrés González, 43 años
Francisco García, 49 años
Gonzalo de Tébar, 42 años
Francisco Juárez de Figueroa, 47 años

lunes, 1 de mayo de 2017

San Clemente: de república pechera a república patricia

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No quisiéramos trasladar la idea que con el establecimiento de los regidores perpetuos en 1543, comprados a cuatrocientos ducados el regimiento, se pusiera fin a un periodo de democracia en el gobierno del ayuntamiento de la villa de San Clemente, pero la instauración de estos regimientos perpetuos supuso un punto de inflexión en los gobiernos de las villas del Marquesado de Villena. El gobierno de los ricos ya se denunciaba en San Clemente o Villanueva de la Jara desde finales del siglo XV, pero desde el Consejo Real se procuró intervenir para acabar con los abusos de los poderosos.

En Villanueva de la Jara, la elección de los oficios municipales recaía en unas pocas familias que monopolizaban el poder. Los regidores salientes elegían a los entrantes, en lo que era una fórmula habitual en otras villas.  Se intentó acabar con los abusos en el ejercicio del poder desde la tradición histórica, intentado recuperar lo que el fuero de Alarcón decía en materia de elección de oficios: por suertes entre aquellas personas ociosas que poseyeran caballo, armas y casa en la villa desde hacía un año*. Sin embargo, las protestas en 1495 no venían de una minoría de caballeros villanos. Era el común de los vecinos el que protestaba contra el abuso de una minoría de vecinos ricos que disfrutaba de los propios de la villa en beneficio propio. Por eso la contestación del Consejo Real no podía retrotraerse al fuero de Alarcón; ahora en tiempos de paz eran necesarias unas nuevas ordenanzas, que introdujeran novedades para intentar frenar los abusos: creación de nuevos oficios concejiles, ante quienes los oficiales municipales ya existentes debían responder de su actividad pasada en el ejercicio del cargo; creación del oficio de procurador síndico, que recogía las quejas de la comunidad de los vecinos, e introducir un criterio de capacidad en la elección de los cargos frente al de riqueza u otros criterios medievales de una sociedad militar. Elección por suertes que ampliaba la base de electores y las personas elegibles, que debían ser personas áuiles i sufiçientes e veçinos de la dicha villa, aunque no tobiesen ni obiesen tenido ni mantenido armas ni caballos un año antes. Así un aire de democracia se extendió por los concejos del Marquesado de Villena en las dos primeras décadas del quinientos; superando los intentos de regresión señorial a la muerte de la reina Isabel, ese carácter participativo de la vida municipal llegaría a tener su momento álgido en la época de las Comunidades.

Durante la segunda década del quinientos nos encontramos con concejos amplios, podríamos decir semiabiertos, junto a los regidores aparecen los diputados del común que se han multiplicado en número y que en ocasiones aparecen de modo indiferenciado con la presencia de otros vecinos. El único criterio para la presencia en estos concejos es más que la riqueza la propia valía de las personas. Las reuniones del concejo han dejado de llamarse solamente ayuntamiento, la nueva fórmula que los intitula es la de ayuntamiento y universidad o ayuntamiento y comunidad.

El monopolio del poder municipal por unas pocas familias en Villanueva era la norma común al resto de los pueblos de la comarca. La configuración de la naturaleza del poder municipal tuvo una evolución propia en cada villa, aunque el punto de llegada fuera el mismo: la exclusión de la mayoría de la población. Ya hemos estudiado la evolución del poder concejil en San Clemente. Para nosotros, San Clemente es una república de pecheros. Entiéndase, res pública como concepto de origen medieval confundido con el concepto de bien común, pero también como concepto moderno de que la acción política debía estar al servicio de la comunidad y del interés general. Hoy este concepto de la política nos parece ajeno, pero en aquel entonces este pensamiento impregnaba las mentalidades del común. Ni qué decir tiene, que quien accedía al cargo pronto se olvidaba de sus obligaciones con la comunidad, pero no faltaba quien se las recordara. El oficial debía servir al cargo y no servirse de él.

Torre Vieja
San Clemente era república de pecheros, por supuesto. Nunca admitió esta villa los intentos de señorialización. Hoy la llamada Torre Vieja es un elemento arquitectónico aislado en la villa, es el símbolo de los intentos fracasados de dominio señorial sobre la villa de Hernán González del Castillo. Deseos señoriales que fueron confinados a la villa de Minaya. Hoy, siendo como es la historia vengativa, la Torre Vieja ha devenido en museo etnográfico, nutrido de aparejos y utensilios del pueblo llano. Cuando San Clemente es incluido en los mil vasallos que recibe el marqués de Villena, don Juan Pacheco, en 1445, los capítulos entre ambas partes tienen mucho de concordia y poco de sojuzgamiento. Y no tanto por la letra de los mismos, que no es menuda, sino por los fracasos del maestre de Santiago, Juan Pacheco, para someter al lugar. Lugar que consiguió desde el mismo momento de su incorporación al Marquesado el título de villa, pero también asegurarse el monopolio del poder local. La ratificación de los oficios concejiles correspondía al marqués, pero su intervención ya se discutió desde la primera elección. San Clemente formaba parte, como antigua aldea, de la tierra de Alarcón, pero nunca quiso saber nada de su fuero, como no fuera para el aprovechamiento de su suelo. Alarcón era fortaleza militar, San Clemente tierra de labriegos. Alarcón exportaba caballeros villanos para la reconquista contra los moros; San Clemente procuraba conquistar su propio espacio agrario y recelaba de esos caballeros, que desde su posición de alcaides de fortalezas intentaban apropiarse de las rentas de su trabajo. Que se lo digan si no a Hernando del Castillo, que vio respondido su intento de señorialización de Perona con la respuesta decidida de los sanclementinos, que derribaron la horca colocada, símbolo de la jurisdicción y opresión señorial. El interés de los sanclementinos por el fuero y ordenanzas de Alarcón era interesado. Por las leyes de Alarcón se debían regir los oficios públicos de sus aldeas, ya que no los propios, en su elección y en sus competencias limitadas, sometiéndose a la jurisdicción de la villa de San Clemente, que recordó su primacía especialmente a su aldea de Vara de Rey.

Juan Pacheco, I marqués de Villena
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De entre las cláusulas que se arrancaron al Marqués de Villena por los sanclementinos en los capítulos de 1445, que más bien podríamos llamar concordia, destaca uno: los oficios concejiles quedaban reservados a los hombres pecheros y postreros de la villa. Eso era tanto como negárselos a los criados de don Juan Pacheco y luego su hijo Diego López Pacheco. Bien lo sabía la poderosa familia de los Castillo, alcaides de Alarcón, que tuvieron que esperar a la venta de regidurías perpetuas a partir de 1543 para acceder al poder municipal. Aunque poco lo disfrutaron ante unos pecheros que, sabedores de que nadie nace hidalgo, sacaron a colación en 1547 con el expediente de hidalguía de los hermanos Castillo sus bajos orígenes, descendientes de un aceitero de Castillo de Garcimuñoz, para más inri con sangre conversa.

La reserva de los oficios concejiles en manos pecheras no evitó la formación a fines del cuatrocientos de una nueva oligarquía local, reducida, por testimonios de la época, a quince o veinte familias. San Clemente a fines del cuatrocientos era una población de apenas doscientos vecinos. A pesar de las amplias extensiones de terreno que poseían los Pacheco, señores de Minaya, y Alonso del Castillo, cuyo patrimonio se había visto incrementado por su matrimonio con María de Inestrosa, el extensísimo término de la villa daba oportunidades a cualquier vecino de adquirir tierras o incrementar las propias. El desarrollo agrario ya había comenzado antes de las guerras del Marquesado, en 1477, coincidiendo con la primera fase de la guerra, los Reyes Católicos conceden una dehesa boyal para pasto de los animales de labor, junto al paraje de Rus, sin duda para atraer a la causa real a aquellos agricultores que colonizaban el espacio agrario. No cabe duda, que la guerra y sus requisas provocaron un parón en este primer desarrollo agrario, pero después del fin de la guerra en 1480, una población menguada por la guerra dispuso de nuevo de los amplios recursos de la tierra. La roturación  de montes y la apropiación de dehesas debió ser caótica; todos en mayor o menor medida participaron de esa rapiña. Las diferencias entre San Clemente y su aldea de Vara de Rey, que apenas si debía llegar a los cien vecinos, se olvidaron y sus poblaciones se mezclaron. La población se movía de un pueblo a otro en busca de oportunidades. Los testimonios que poseemos de mediados del quinientos nos muestran personas que habiendo nacido en cualquiera de las villas del Marquesado se desplazaron en su juventud a otras en busca de fortuna. El caso de Hernando López es paradigmático, nacido en San Clemente en 1482, había pasado su niñez entre esta villa y su aldea de Vara de Rey, de joven había cuidado ovejas en los pinares de Villanueva de la Jara, para asentarse finalmente en Motilla, donde residiría tras su matrimonio, llegando a ser regidor de esa villa. Con las oportunidades y la riqueza nacieron las primeras desigualdades y los enfrentamientos.

Castillo de Garcimuñoz, origen de los Origüela
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En San Clemente, desde fines del siglo XV, dos familias comienzan a descollar; son los Herreros y los Origüelas. Miguel Sánchez de los Herreros ha llegado con las guerras, pero se ha integrado en la sociedad sanclementina gracias a su matrimonio con Teresa Macacho. Pedro Sánchez de Origüela lo ha hecho antes, en 1455. Ambos han renunciado a sus pretensiones hidalgas para acceder al poder local. Sin embargo su poder es contestado por las familias excluidas del poder local. Los Origüela son versátiles, saben adaptarse al cambio, enlazan matrimonialmente con los López Tendero, con los Tébar de Castillo de Garcimuñoz, e incluso, para oprobio de una familia que presume de cristiana vieja, con los Rosillo. Pero la contestación de las familias rivales de los Herreros y Origüelas cada vez es mayor. En la década de 1480, se produce una extraña alianza: los hidalgos de Vara de Rey se casan con las hijas de los pecheros de San Clemente. Se les acusa de hacerlo para no pagar pechos, pero es una acusación interesada y falsa, pues los acusadores saben a conciencia que justamente el no pechar es causa de exclusión de los oficios concejiles. Son el caballo de Troya que los Castillo y Pacheco necesitan para deshacer el poder pechero de la villa de San Clemente, odiado ahora por unos vecinos que ven como camina hacia la formación de una nueva oligarquía. La confrontación tardará todavía en llegar.

Los hidalgos, más bien habría que hablar de amalgama de excluidos, ya nobles ya pecheros, prestan su voz a los marginados ante el Consejo Real. Denuncian el expolio de los bienes comunales, el uso de las regidurías en beneficio propio, la malversación de las cuentas públicas. Son acusaciones que se repiten en la década de los noventa por todos los pueblos del Marquesado de Villena. La oligarquía local responde ante una sociedad que se está haciendo más compleja con un programa ilustrado: hospitales públicos, establecimiento de un estudio de gramática en 1494, llegada de la orden franciscana reformada desde el primitivo ideal de pobreza. Es insuficiente, ya en 1488, la comunidad e omes buenos de la villa de San Clemente denuncian a los quince o veinte hombres ricos del pueblo, que dis que mandan. Es la primera vez que aparece el término de hombres ricos. En la Mancha conquense las diferencias no son de sangre, son de riqueza. La expresión de hombres ricos volverá a repetirse en los documentos durante todo el quinientos, para denunciar lo que en la mentalidad popular es sinónimo de fraude, expropiación de los bienes comunales y desigualdad en el repartimiento de impuestos y cargas contributivas. Frente a los hombres ricos surge un concepto opuesto, el de comunidad, también se recupera el de omes buenos, pero ésta es una expresión de menos fortuna, pues se la intentan apropiar aquéllos. El concepto de comunidad no es ya medieval, no es entendido como cuerpo donde cada uno es miembro integrante y encuentra su posición y función social por su nacimiento, es un concepto que nace ante todo del rechazo y oposición frente a aquellos que dis que mandan la dicha villa, fatigan a los vesinos della e destruyen la dicha comunidad. Frente al poder de la oligarquía local se exige la creación de una nueva figura que contrarreste el poder de los regidores: el procurador síndico, que mire por las cosas tocantes a la dicha comunidad.  El conflicto de 1488, ha surgido por un incidente muy grave: la dehesa boyal del pueblo ha sido arrendada a los ganaderos. Los campesinos no tienen donde llevar para pastar a sus bueyes de labranza mientras ven como los pastos de la dehesa de boalaje son comidos por los ganados lanares de Miguel Sánchez de los Herreros o Alonso Sánchez Barriga. La comunidad de los vecinos todavía está en condiciones de frenar a estos hombres ricos, que se ven en la necesidad de integrar sus ganados en las rutas mesteñas, dirección a Murcia. Otros, como Alonso López de Perona, les seguirán en esta aventura ganadera y harán fortuna.

Hasta comienzos del quinientos los conflictos parecen quedar en simples agravios en los que la Corona actúa como poder arbitral, pero con la muerte de la reina Isabel llegan los llamados años malos, años de carestía, de crisis de subsistencias y de peste. Años de regresión señorial, donde Alonso del Castillo intenta convertir los títulos de propiedad, que sobre la aldea de Perona tiene, en dominio señorial. El empobrecimiento de la primera década del quinientos afectó a muchos vecinos de la villa de San Clemente. Frente a la figura del síndico personero surge con más fuerza la nueva figura de los diputados del común. Son ellos los que deben velar por la explotación de los montes y bienes propios, el abasto de lo esencial para los pobres y el respeto de la tasa de granos establecida el 23 de diciembre de 1502. Los precios de los granos se disparaban por la especulación y por los costes de transporte. Sabemos que dos carreteros de Iniesta compraron trigo para la villa en 1503 a razón de 110 maravedíes la fanega, precio fijado por la tasa. Lo tuvieron que hacer en el Campo de Criptana, distante treinta seis leguas de Iniesta. El transporte durante el mes de abril fue penoso por caminos embarrados, en carretas cargadas con doce fanegas cada una y tiradas por bueyes. El transporte, y los portazgos, acabarían elevando el precio a 220 maravedíes. Desconocemos el precio de venta en la villa de Iniesta por los rederos municipales, pero seguramente que nuevos especuladores harían subir el precio final del trigo. Este caso, en el que los carreteros pagaron los platos rotos del malestar social, es un ejemplo de las penurias que debió pasar una población subalimentada en años de carestía, y propensa a ser víctima de epidemias como la peste; población además engañada por los especuladores en años de buenas cosechas.

En San Clemente el problema de abastecimiento se agravaba; a las malas cosechas se unía el control que sobre los cereales ejercía la baja nobleza de los Castillo y Pacheco. En especial, Alonso del Castillo, que poseía grandes posesiones de tierras en torno a Perona, Villar de Cantos, Vara de Rey y sus aldeas y también Cañavate. Es decir, la parte del término municipal de San Clemente y sus aldeas más aptas para el cultivo de cereales. Con razón recordará muchos años después, en 1584, el bachiller Rosillo, vecino de Santa María del Campo Rus, ya perdidos por la villa de San Clemente los graneros de sus aldeas, la buena calidad del trigo de su pueblo frente al trigo rubión de San Clemente, de poca calidad, de menos valor e no tan bueno para pan coçido. Justamente, sería la calidad de las tierras sanclementinas, más aptas para el cultivo de las viñas, las que decidirían su futuro vitivinícola.

La Losa (Casas Benítez)
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Pero el principal control que ejercerá Alonso del Castillo sobre los vecinos de San Clemente será la molienda del trigo con la posesión de los molinos de la ribera del Júcar, en especial los molinos de La Losa. Los conflictos de los Castillo con las villas de realengo comenzaron con el enfrentamiento entre Hernando del Castillo, alcaide de Alarcón, y Villanueva de la Jara, cuando esta villa intentó construir un molino en las aguas del Júcar allá por 1489. Ocho años después el conflicto seguía latente, las formalidades jurídicas de un Hernando del Castillo a punto de morir, intentado ver reconocidos sus derechos posesorios sobre la ribera del Júcar con la colocación de nuevos mojones, de lo que daba fe el escribano y testigos que le acompañaban, fueron respondidas un veinticinco de febrero de ese año 1497 por los vecinos de Villanueva, que armados a pie y caballos hicieron valer por las bravas sus derechos sobre la margen izquierda del Júcar. Los jareños se presentaron con ochenta hombres armados, hasiendo asonadas de guerra con tanbor e pendón. Los derechos feudales de los Castillo sobre la ribera del Jucar, concedidos por Juan Pacheco en 1462 a Hernando, se habían convertido en un estorbo para el desarrollo de las villas de realengo. En primer lugar, afectaban a la libre circulación de las personas; por eso los jareños contaron con el apoyo de la Corona cuando se propusieron construir un puente sobre el río Júcar en 1501, obviando los derechos de barcaje que pudiera tener la villa de Alarcón. Estos impedimentos a la libre circulación de las personas, iban más allá de los derechos medievales de la villa de Alarcón. La existencia de señoríos como el de El Provencio, en manos de los Calatayud, y Santa María del Campo Rus, propiedad de los Castillo Portocarrero, se traducía en la imposibilidad de sus habitantes, atraídos por las libertades y desarrollo económico de las villas de realengo, de abandonar estos pueblos, pero también en un freno a la libre circulación de mercancías. Obstáculos que venían de la existencia de portazgos en estas villas. Ambas mantenían una posición nodal en los caminos de la época. El Provencio, situado un poco antes de llegar a Villarrobledo y San Clemente, estaba en el camino que desde el Reino de Toledo llegaba hasta el Reino de Murcia; Santa María del Campo Rus, se situaba en medio del camino romano que por Villar de Cantos y Vara del Rey (con un ramal derivado hacia San Clemente) se dirigía hacia La Roda con el mismo destino que el anterior. Los gravámenes de estos portazgos era una agresión directa a la villa de San Clemente, que  había visto ratificado  en los años 1484 y 1508 su derecho al mercado franco de los jueves, ya concedido en 1476.

No obstante el principal enemigo de la república pechera de San Clemente, en los comienzos de siglo fue Alonso del Castillo, y por extensión, dadas las alianzas familiares, los Pacheco de Minaya, ahora asentados en San Clemente por el matrimonio de Alonso Pacheco, hermana del señor de Minaya, con Juana de Toledo, hermana de Alonso del Castillo. Aunque ambas familias solo confluirán con el matrimonio de Juan Pacheco Guzmán y Elvira del Castillo Cimbrón, en la segunda mitad del siglo XVI. Alonso del Castillo ejercía una clara extorsión sobre los vecinos de San Clemente. Aparte de sus discutidos derechos de patronazgo sobre el convento franciscano de Nuestra Señora de Gracia y de jurisdicción señorial sobre la aldea de Perona, la base de su poder estaba en sus extensas posesiones de tierras cerealistas y en el monopolio de los molinos harineros de La Losa, en el río Júcar. De su trigo dependía, en gran parte, el abasto de pan de la villa de San Clemente. Ya en 1502, año de carestía, había prestado 518 fanegas de trigo para el abasto de la villa; la contrapartida fue que la villa de San Clemente tuvo que renunciar en un concejo abierto a su pretensión de edificar un molino propio. Ello condenó a la villa los siguientes años, que tuvo que soportar maquilas aberrantes, incrementadas en un cincuenta por ciento, por el concierto entre Alonso del Castillo y su cuñado Alonso Pacheco, propietario de otros molinos en el Batanejo.

Concejo abierto
La reacción señorial de la primera década del siglo provocó la solidaridad pechera. Nunca los ayuntamientos de la villa de San Clemente fueron tan abiertos y democráticos Al igual que en 1502, en 1513 tiene lugar un nuevo concejo abierto para sufragar la construcción de un molino harinero, repartiendo los gastos entre los vecinos, contribución que se hace extensiva a los hidalgos. El pueblo participa mancomunadamente con sus limosnas a la edificación del convento de Nuestra Señora de Gracia. Los ayuntamientos que han dejado de celebrarse en la iglesia de Santiago Apóstol para hacerlo en un nuevo edificio, son de base más amplia, junto a los dos alcaldes, alguacil y cinco regidores aparece el ya mencionado síndico personero, pero también numerosos diputados del común, que han ampliado su número inicial de dos, confundidos con la presencia de otros vecinos bien como testigos bien rescatando la vieja fórmula de omes buenos. Hasta incluso se rescata la vieja figura del jurado, esta vez como garantía de la probidad de las reuniones y dando fe de las mismas. En 1511 junto a los cinco regidores, nos aparecen hasta un total de siete diputados del común. La celebración de los concejos se hacen según el uso y costumbre que parece invitar al conjunto de la comunidad, a canpana tañida para las cosas de nuestro concejo, pro y bien de la dicha villa e rrepública della. Los Herreros y los Origüela dominan la escena municipal, siempre presentes como alcaldes, regidores o diputados. Junto a ellos otros vecinos de notoriedad, como los López Perona, López de Tébar, Olivares, Andújar, López Cantero o López de Ávalos. En plenos  sucesivos se incorporarán nombres que marcarán la historia sanclementina como Alfaro,  Huertas (emparentados con los Origüela), Simón o Ángel. La aparición de este último apellido en la vida sanclementina a fines del cuatrocientos es una incógnita, más que nada por su origen milanés; su presencia en el gobierno de la villa como alcaldes en tiempos de la emperatriz Isabel será una constante. No obstante, llama la atención que el cargo de síndico personero es ocupado por desconocidos en lo que es una muestra del valor de esta figura como defensora de los intereses populares. Entre los presentes en las reuniones nos aparece en ocasiones algún peraile o destaca la presencia de un cantero llamado Pedro de Oma, que junto a otros vizcaínos, sin vecindad reconocida, se les llama para escuchar su parecer.

Sin embargo, el apogeo de los pecheros, esconde sus propias diferencias y las contradicciones de una sociedad que, recuperado el bache de la crisis de comienzos de siglo, va ganando en número de habitantes y se va haciendo más compleja. A engrosar la población de la villa acuden numerosos vecinos de señorío, que cuentan con la licencia de la reina Juana para abandonar las tierras de los Calatayud, Portocarrero, Pacheco, Castillo o Ruiz de Alarcón. Una nueva ola roturadora de tierras baldías y llecas y de ejidos, acompañada de la desecación de lavajos, pone en explotación nuevas tierras. De nuevo, aparecen los conflictos por el dominio de la tierra y la lucha entre ganaderos y agricultores. San Clemente sigue ganando su espacio interior, pero pierde el acceso a las tierras comunes del suelo de Alarcón frente al resto de villas de realengo que empiezan a cerrar sus términos. Antonio de los Herreros, el hijo de Miguel Sánchez de los Herreros, asume los intereses generales de la villa ante el Consejo Real. ¡Qué contradicción, el hombre más rico de los pecheros de la  villa defendiendo los intereses generales de la comunidad!

En 1512 la confrontación de intereses contrapuestos se nos presenta como un revivir de la vieja lucha entre pecheros e hijosdalgo de fines del siglo anterior. Los hidalgos protestan ante la Chancillería de Granada su exclusión de oficios públicos. Juntos, y en torno a Alonso del Castillo, aparecen los apellidos que pronto marcarán las élites dirigentes de San Clemente en el futuro: Guzmán, Vázquez de Haro, Ruiz de Villamediana, Alarcón, Mejía, Rosillo, Ortega, Valenzuela, Abengoça y otros, procedentes de Vara de Rey, de menos futuro, como de la Serna o Palacios. Junto a ellos, un Antón García, que ha defendido en la década anterior los intereses de la villa como procurador y cuyo hijo Francisco no tendría descendencia masculina y acabaría legando a mediados de siglo su patrimonio a los Haro, y el vizcaíno Pedro de Oma. Este cantero vasco hará una gran fortuna con la fiebre edificadora de comienzos de siglo, su presencia está constatada en San Clemente, pero también inicialmente en Belmonte y en zonas más distantes como Jumilla. Pero los pecheros tienen razones sobradas para excluirlos de los oficios concejiles. Acusan a los hidalgos de ser los protagonistas de los procesos de rapiña de los bienes comunales y propios de la villa, pues tenían tomados muchos términos comunes e baldíos de la dicha villa e dehesas del coonçejo, e que cada día tomavan e ocupavan arándolos e senbrándolos, e los apropiavan ansy, e comyan con sus ganados los panes de los vezinos, e cortavan los montes públicos e vedados.

La acusación de los pecheros era cierta, pero solo en parte. Del proceso de rapiña participaban hidalgos, pero también pecheros como los Herreros, cuyos intereses comenzaban a confluir. La solidaridad de los pecheros se resquebraja. La traición viene de los Herreros. Grandes ganaderos, sus intereses son similares a los de los hidalgos. En el campo pechero, los Origüela se quedan solos. ¿Cuál era el patrimonio de los Origüela? Lo desconocemos, pero sí sabemos por la sucesión de sus testamentos que su patrimonio estaba alejado de los bienes raíces. De la lectura de los testamentos destaca sobre todo una prolífica descendencia que en cada generación supera la decena de hijos. Parece como si su única herencia fuera inundar con la sangre de sus hijos las venas de las familias sanclementinas... infectarla dirán sus enemigos. La acusación llega contra el más señalado de los Origüela, Luis Sánchez de Origüela. Al primogénito, Pedro, casado en segundas nupcias con Ana de Tébar, se le respeta, pero no así a los familiares que el clan tiene en Castillo de Garcimuñoz. El órgano ejecutor es el Santo Oficio; los procesos inquisitoriales se multiplican en toda la comarca.
Sambenitos
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La principal víctima es Luis Sánchez de Origuela, imbuido de ideas avanzadas reflexiona en voz baja contra las tallas de madera religiosas que durante Semana Santa procesionan por las calles de San Clemente, simples iconos sin espiritualidad alguna en su opinión. Las envidias se cebarán contra este hombre, que más de cien años después será recordado por el escribano Miguel Sevillano como un hombre bueno. Su destino, la hoguera, su recuerdo infame permanecerá colgado en un sambenito a la vista de todos los sanclementinos que accedían a la iglesia parroquial por la puerta de Santiago. Otro hombre habituado a ocupar oficios concejiles en el ayuntamiento le acompañará en los procesos de 1517 y en la hoguera: Hernando de Sanclemente, acusado de moro y apóstata.

La derrota de los Origüela, que aún resistirán de modo marginal en los oficios públicos, es el triunfo de los Herreros, que abandonan la causa pechera. Antonio de los Herreros reivindica la condición noble como cofrade de la orden de San Juan, la familia ya había fundado su memoria en la capilla de San Antón, lindante con la de San Antonio de los Pacheco y, aparte de la rama familiar que pervive y mantiene el apellido, lega su patrimonio a tres de las principales familias del pueblo, por casamiento de las tres hijas de Antonio de los Herreros con los antecesores de tres linajes de la villa: Pacheco, Haro y Villamediana.

Carlos V
Los procesos inquisitoriales de 1517 no suponen el fin de la causa pechera, sino que la refuerzan moralmente y la radicalizan socialmente, apoyándose en los sectores de artesanos y menestrales de la sociedad. La solidaridad pechera trasciende las fronteras de las villas y se convierte en movimiento de protesta regional, independientemente de la condición de realengo o de señorío de las villas. Es el movimiento de las Comunidades, que en las tierras de señorío de El Provencio, Santa María del Campo Rus y la más distante de Moya se convierte en movimiento de subversión social contra unos señores que por robar habían arrebatado hasta la honra a sus vasallos. Por un momento se revive el movimiento insurreccional de las guerras del Marquesado. El Provencio se alzará por sus magestades e por la corona rreal, discutirá los títulos jurisdiccionales que sobre la villa tiene su señor don Alonso de Calatayud, y lo expulsará de la villa, que esperará su oportunidad de revancha desde su destierro en Las Mesas. Los vecinos de Santa María del Campo forman comunidad y juran fidelidad al capitán Juan de Padilla, se rebelan contra su señor Bernaldino del Castillo, declarado partidario realista, conscientes que enfrentarse a su señor es enfrentarse al Emperador. Saquean la casa de su señor y su hacienda. Si en el caso de El Provencio es su justicia la que cambia de bando, en Santa María del Campo los alcaldes nombrados por Bernaldino son despojados de sus oficios y nombrados nuevos alcaldes favorables a la causa comunera. El movimiento se dota de una rudimentaria organización militar. En Santa María del Campo, se nombra capitán a Diego Esteban Blanco, en El Provencio a Juan Martínez Bonillo. Más destacable es la solidaridad de las villas de realengo que todavía en abril de 1521 contestan a las peticiones de ayuda de la Junta de Tordesillas (conservamos las respuestas de Villanueva de la Jara y Las Pedroñeras). El ideal que une a villas de señorío y de realengo es el mismo: la reincorporación de los señoríos al patrimonio real y el fin de la injerencia de la baja nobleza regional próxima al marqués de Villena en el gobierno e intereses económicos de las villas. De ahí, la solidaridad pechera que envuelve el movimiento: San Clemente, El Provencio y Cañavate enviarán hombres armados en defensa de sus vecinos sublevados en Santa María del Campo Rus. Lo mismo harán Motilla e Iniesta, que, junto a hombres de Mira y Requena, acudirán en defensa de los sublevados contra los Cabrera en Moya, que para febrero de 1521 están asediando la fortaleza de su señor. Hasta aquí se desplazó el obispo Acuña dispuesto a sumar hombres para la causa, en Iniesta llegó a reclutar cien hombres; los reclutados en Motilla se pusieron bajo las órdenes del capitán Juan de Jara. La represión fue terrible, la conocemos para el caso de Moya, pues nos ha dejado testimonio aquel que la aplicó, el licenciado Montalvo, de las sentencias, muchas de ella a muerte, no se libraron Iniesta y Motilla. Desconocemos el alcance de la represión en El Provencio, Santa María del Campo Rus, Cañavate o San Clemente, que participaron activamente con hombres armados en el movimiento, pero no debió haber indulgencia, dado el carácter popular del movimiento, formado por lo que conocemos de El Provencio, por menestrales, artesanos y otros oficiales, ajenos en su mayoría al cultivo de la tierra. que vivían de su oficio y de la prestación de servicios esporádicos a sus señores o a los concejos.

Carlos V e Isabel de Portugal
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La radicalidad del movimiento comunero no supuso cambios en el gobierno municipal de la villa de San Clemente. Al menos aparentemente, pero la realidad es que el gobierno municipal ganó en estabilidad y cesaron las luchas banderizas. A pesar del vacío de la documentación para el período que va desde el fin de las Comunidades hasta mediados de los años cuarenta, se pueden sacar algunas conclusiones. Los hidalgos siguieron apartados del gobierno de la villa. La sentencia de la Chancillería de Granada que posibilitaba el acceso a la mitad de los oficios municipales es de 1537. Los Origüela volvieron esporádicamente al gobierno municipal, aunque compartiéndolo con familias que, aunque antiguas, ahora adquieren más notoriedad. Hablamos de los Simón, Ángel, Barriga, Olivares o  Perona. De entre ellos destacamos los Simón, de los que poco sabemos, pero que desde mediados de los treinta aparecen muy ligados a la cofradía de Nuestra Señora de Septiembre. Quienes desaparecen de la escena son los Herreros, quizás por dos razones: la falta de herencia masculina en la rama principal y el proceso de reconocimiento de su hidalguía. En el acto de recibimiento de la emperatriz Isabel, el 19 de junio de 1526, los Herreros ya están excluidos del poder concejil y se sitúan del lado de los hidalgos del pueblo (los Castillo, Pacheco, Ortega, Haro o, sorprendentemente, un López de Perona). Fueron años pacíficos de los que poco se sabe, pero la villa debió recibir un nuevo impulso, muestra de ello es que en 1533 se decide construir una nueva iglesia parroquial. Los tratos y ventas debieron aumentar y hubo necesidad de regular el uso de pesas y medidas para evitar los fraudes; señal de que los intercambios eran tan numerosos que ya escapaban del control del almotacén y fieles del ayuntamiento y que en muchas ocasiones se realizaban en los domicilios, entre particulares y ajenos a todo control. Es ahora cuando San Clemente da otro salto cuantitativo en su población, duplicándola desde los setecientos vecinos reconocidos en el censo de pecheros de 1528. San Clemente empieza a definir su estructura productiva, abandonando el cultivo de cereales y decantándose por las viñas, que necesitan una mano de obra menor o al menos más estacional. En 1530, año de penurias, sabemos que de los ochocientos vecinos largos de la villa, apenas cien son labradores, siendo el principal trato la granjería de las viñas. La estructura social de la villa comienza a cambiar, las seis tiendas que la villa tiene en la plaza se muestran insuficientes para abastecer a la población como pequeña se queda la plaza para el mercado de los jueves, que una década después será trasladado a la calle de la Feria, desde el puente del río Rus hasta la misma plaza. Esto dinamizará el barrio del Arrabal, barrio industrioso con sus artesanos con tienda abierta a pie de calle. La república de pecheros agricultores y ganaderos deviene en república de tenderos. Tenderos, vendiendo vino, trigo o cualquier otra mercancía fueron los Tébar, que ahora ponen las bases de su riqueza personal. Los regidores tendrán que ceder, intentarán controlar el abasto al por mayor de la villa, pero la venta al detalle está condenada a escapar a partir de los años cuarenta del control municipal.

La integración de San Clemente en un distrito propio, junto a Villanueva de la Jara y Albacete, y separado del resto de la gobernación del Marquesado, contribuyó a fijar los límites de su territorio frente a las villas comarcanas, de forma no querida en el caso de Vara de Rey, que con sus aldeas de Sisante y Pozo Amargo, fueron amputadas con el proceso de villazgo de 1537. Ese mismo año, los hidalgos obtienen el reconocimiento a disfrutar del acceso a la mitad de los oficios municipales. Pero la victoria hidalga ya no tiene mucho sentido, pues tan solo seis años después se venden las primeras regidurías perpetuas a cuatrocientos ducados cada una. El gobierno ya no es un gobierno ni de pecheros ni de hidalgos; es un gobierno de ricos.
Ayuntamiento de Vara de Rey
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San Clemente se ha hecho tan grande que debe conceder a Vara de Rey su independencia, pues los pleitos y asuntos quedan sin resolver. Las formas tradicionales de gobierno comienzan a entrar en crisis.

A pesar de los reveses económicos de los años cuarenta o cuarenta y uno, la villa siguió un proceso de desarrollo económico continuo. San Clemente empezó a rivalizar como centro administrativo y político del Marquesado. La venta de los oficios de regidores devuelve a primer plano de la política local a los Castillo y, en concreto, a Hernando, uno de los hijos de Alonso del Castillo. Las regidurías perpetuas suponen una crisis de las formas tradicionales de gobierno y de elección de los oficios. La justificación doctrinal del nuevo gobierno lo hará un miembro de una de las familias más favorecidas por el establecimiento de los regidores perpetuos. El doctor Alonso de los Herreros defenderá el gobierno de los escogidos por su capacidad y suficiencia, visible en su riqueza, frente al gobierno de los inhábiles e idiotas, al que lleva la elección por suertes de los oficios, defenderá la autonomía local frente a la intromisión de la justicia real en el gobierno municipal, negando su papel de defensores del bien común de la República, para acabar mostrándose favorable a la transmisión hereditaria de los oficios. Su propuesta era dejar el gobierno municipal en manos de un patriciado urbano, capaces y suficientes, y ricos añadiríamos nosotros. La república de pecheros ha devenido en república de patricios. Pero la sociedad sanclementina no estaba dispuesta a dejar el poder en manos de unas pocas familias que se transmitieran los cargos hereditariamente. Todavía les quedaba una baza: defender la autonomía de los oficios alcaldes, alguaciles, escribano o mayordomo frente a los intentos de convertirlos en cargos añales al servicio de los ricos.

El año de 1547 había un divorcio entre los cargos perpetuos de los regidores y los oficios anuales de alcaldes, alguacil y mayordomo de propios. Los representantes de los oficios anuales del ayuntamiento se estaban haciendo eco de un sentir popular que añoraba los viejos tiempos en que los oficios concejiles estaban al servicio de la res pública y del bien común. Rodrigo de Ocaña en nombre de la villa de San Clemente, cuya representación se arrogaba, además de la de los cargos añales, defendía ante el Consejo Real los viejos tiempos en los cuales los mayordomos de los propios y alhorí y escriuano del concejo y procurador de la rrepública de la dicha villa los eligiese el pueblo y justiçia dél y que la dicha justiçia y dos personas nonbradas por las personas pobres de la dicha villa diesen alvalaes para cortar en los montes y que no tuuiesen mano ny voto en todo ello los rregidores perpetuos de la dicha villa. 


Escribano
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Hay, además, un problema de competencias entre la jurisdicción real, encarnada por el gobernador y su alcalde mayor, y la primera instancia de los alcaldes ordinarios. El problema se agrava porque el gobernador comienza a residir largas temporadas en San Clemente, interviniendo en los asuntos de la villa. De hecho, en 1550 el ayuntamiento le pide que fije su residencia en la villa, pero el gobernador rechaza la invitación. ¿Por qué? pues porque posiblemente se intente hacer del carácter itinerante del gobernador un instrumento para acabar con los despropósitos en materia judicial y de gobierno de las ciudades y villas del Marquesado a cargo de las oligarquías locales. Se intenta crear una escribanía de provincia. Un gobernador itinerante, acompañado de su escribano, podrá advocar para sí el conocimiento de cualesquier causas en las que estén conociendo los alcaldes ordinarios de las villas. La oposición de las villas es frontal y después de varios años de contenciosos acaban consiguiendo la eliminación del nuevo escribano. Con el tiempo la Corona solo conseguirá la creación de un escribano de comisiones, pero ésta es una figura ad hoc y con término de plazo en las comisiones, aunque casi nunca consigue acabar los pleitos iniciados. Las oligarquías de los ricos y el común de las villas se han puesto de acuerdo. Los primeros llevados por el interés sin duda de evitar la injerencia en los propios y pósitos que controlan para su beneficio personal, los segundos en la añoranza de mantener los privilegios concedidos en los últimos años de la reina Isabel otorgando como un propio más la escribanía del ayuntamiento, que debía recaer en personas examinadas, hábiles y suficientes. El escribano era la garantía de la independencia y transparencia de los actos concejiles. El triunfo de las villas es total, es el primer aldabonazo que marcará el fin de la gobernación del Marquesado. Las villas acuden a los tribunales reales para obtener confirmación de su primera instancia en materia civil y criminal. San Clemente obtiene la garantía del respeto a su primera instancia civil y criminal, mero y mixto imperio en 1548, 1549 y 1551. En 1554, obtiene que los presos no saldrán ni serán trasladados de su cárcel.

Alarcón, de donde fue alcaide el primer Hernando del Castillo
Creemos que el agente de la Corona en San Clemente es Hernando del Castillo, regidor perpetuo al menos desde 1547. Es el hijo menor de Alonso del Castillo y en los años finales de la década de los cuarenta es el dominador de la vida municipal. Hasta tal punto que algunos plenos se celebran con Hernando, el gobernador Godínez y los dos alcaldes,alguacil y escribano de comparsas. Pero el dominio es solo aparente. Las tensiones por el poder municipal son muy graves y estallarán de forma violenta. El San Clemente de los años cuarenta es una sociedad rica, aunque cada vez más desigual, donde las esporádicas crisis de subsistencias golpean muy fuerte a los desfavorecidos. Es una sociedad, trasladando conceptos modernos hacia atrás, corrupta. En la multiplicación de los intercambios, en la expansión del negocio del vino, en la incapacidad del concejo por controlar las ventas, algunos encuentran la vía del enriquecimiento fácil. Los arrendadores de los ramos de las alcabalas se quedan para sí gran parte de lo recaudado, pues los conciertos están muy por debajo del valor real de las transacciones, no se llevan libros de registro. La alcabala, impuesto del diez por ciento ad valorem de las mercancías no llega en su recaudación al uno por ciento. La venta de productos básicos está bajo el control del ayuntamiento en sus seis tiendas existentes en la plaza, pero la realidad de las ventas escapa del intervencionismo municipal. Gonzalo de Tébar hace fortuna vendiendo un vino aguado (acusación, es verdad interesada, contra un Origüela), del que sisa seis maravedíes por arroba. Antón Dávalos especula con el pan, aprovecha que la cosecha del cuarenta y ocho ha sido mala; pero se equivoca, es víctima de movimientos especulativos de mayor calado y pierde dos maravedíes por cada libra de pan vendido.

Escudo de los Melgarejo. RAH
Antón Dávalos y Gonzalo de Tébar son peones de poca importancia en este juego de la especulación. Los hilos los mueve, desde Castillo de Garcimuñoz, el licenciado Melgarejo y su madre Catalina Olivares. Con la complicidad de los regidores perpetuos sanclementinos. El ayuntamiento de 9 de noviembre de 1548 es el ejemplo más vivo y vergonzoso de cuando la res pública se humilla y subordina a los intereses privados. Presidía el ayuntamiento Luis Godínez de Alcaraz, a su lado, Hernando del Castillo, junto a los otros regidores, que esta vez sí están presentes en un pleno de enjundia. Son Francisco Pacheco, Sancho López de los Herreros, Cristóbal de Tébar, Francisco de Herreros y Alonso de Valenzuela. Como invitado especial el licenciado Melgarejo. El tema de debate: el abasto de pan a la villa. El año 1548 tendrá una cosecha nefasta, la langosta ha arrasado los campos. La Corona es consciente de la gravedad del problema. Perdona las alcabalas de ese año a los pueblos de la Mancha conquense e incluso las Cortes adelantan seis mil ducados a los pueblos para combatir la plaga (pedirán su devolución en 1555). El problema del abasto de pan se hace acuciante en la villa de San Clemente. Antón Dávalos, abastecedor de panaderías, compra 500 fanegas de trigo, ve una buena oportunidad de negocio. Pero manejando la situación está el licenciado Melgarejo. Ya en 1545, aprovechando la mala cosecha del año anterior, había prestado mil ducados a la villa de San Clemente, que se emplearon en comprar el trigo que el propio Melgarejo vendió, eso sí, obteniendo un margen de beneficio adicional del diez por ciento. La operación se ampliaría en otros mil ducados, en esta ocasión, con intervención directa del regidor Hernando del Castillo.

Para noviembre de 1548, la situación de desabastecimiento de la villa era calamitosa, el trigo alcanza los catorce reales la fanega. De nuevo, en el pleno de 9 de noviembre estaban los mismos actores de 1545. La excusa era pedir un nuevo préstamo de dos mil ducados al siete por ciento de interés, para redimir los censos que la villa tenía contraídos al diez por ciento. El licenciado Melgarejo, que aportaba el dinero, acudió a la reunión sin un real. No importaba, el dinero era virtual, mil ducados, más los intereses, los aportaba con el dinero del censo de 1545, que ahora se redime, el resto con la aportación de varios cientos de fanegas de trigo excedentario que posee y a las que tiene necesidad de dar salida. En la operación intervienen los regidores que obtienen liquidez, en un momento crucial de operaciones especulativas, recuperando el dinero prestando a su propia villa unos años antes. Los precios del pan se hunden, contentando a un pueblo que ha pagado precios de oro desde la primavera del año anterior. Se liberan las doscientas fanegas de trigo del alhorí para abastecimiento de la villa, resultado de las requisas de las cosechas de agosto, para pago de las tercias, de los agricultores y que ahora, habiendo retenido parte del trigo restante para la venta, esperando precios altos, veían como se hundía hasta los nueve reales y medio.

El año de mil quinientos cuarenta y ocho es el año del divorcio entre las capas populares de la sociedad sanclemetina y sus élites dirigentes. Mientras las élites dirigentes entran en disputas por el control del poder municipal, con la compra de regidurías perpetuas, las capas populares comprenden la importancia de la elección de los cargos municipales de alcaldes ordinarios para la defensa de sus intereses y que la oligarquía, en expresión de la época, intenta reducir a cargos añales. Esas mismas capas populares focalizan su odio hacia Hernando del Castillo y sus hermanos Alonso y Francisco, que, en estos momentos intentan conseguir ejecutoria de hidalguía en la Chancillería de Granada. Las acusaciones de criptojudaísmo afloran de nuevo, con una violencia y expresividad que obligarán a sus sucesores, desde sus cargos en el Santo Oficio, a intentar destruir estos expedientes o al menos dejarlos olvidados en las cámaras del secreto. El resultado es que los Castillo son apartados del poder municipal y solo volverán veinte años después, diluidos en los Pacheco, de la mano del alférez mayor de la villa Juan Pacheco Guzmán, casado con Elvira Cimbrón, la hija de Francisco del Castillo. Francisco Mendoza, el hijo de otro de los hermanos, Alonso, casado con doña Juana Guedeja, aprovechará la notoriedad de su suegro en la Corte, para adquirir allí influencia y evadirse de los asuntos locales de su villa natal.

Antes, en las elecciones para alcaldes del año 1549, la alianza circunstancial entre Herreros y Castillos, compartiendo y repartiéndose el poder municipal, se ha roto. Pachecos y Castillos intentan imponer dos testaferros como alcaldes, pero los Herreros deciden tomar el poder con la elección de dos familiares directos como alcaldes: Sancho López de los Herreros y Miguel de los Herreros. El Arrabal no acepta esta elección y su presión consigue imponer como alcalde por los pecheros a un Origüela, Andrés González de Tébar. Será encarcelado y los Herreros se mantendrán en el poder. En la elección de 1552, los Origüela consiguen poner un próximo como alcalde, Hernando de Montoya. La elección ha contado con la oposición de los Herreros, apoyados por familias como los Rosillo, Oviedo o Jiménez Dávalos y un regidor que cada vez tiene más peso, Francisco García, hijo del hidalgo Antón que ya en 1512 se había personado con el resto de hidalgos para obtener la mitad de los oficios de la villa. La lucha de bandos se radicaliza, es una lucha por el poder pero asimismo un conflicto social donde los sectores populares del Arrabal no quieren ser marginados.

Edificio del pósito y carnicerías
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En 1553 las tensiones acumuladas estallan de forma violenta. El motivo aparentemente insignificante, el reparto de la carne de una vaca que el cortador Morillo está despedazando un 24 de julio. El conflicto, narrado en otra parte, acaba con el alcalde ordinario Hernando Montoya herido en la cabeza por jóvenes de las familias Rosillo, Jiménez-Dávalos y Oviedo. Se refugian en la Iglesia tras su acción, arropados por la protección del cura Tristán Pallarés (el tío del que fundará capellanía). Antes los Garnica, padre e hijo, han bajado de su casa en la plaza para defender y salvar la vida del alcalde Montoya. Cuando las noticias llegan al Arrabal se produce una auténtica rebelión popular, varias decenas de vecinos de este barrio suben hasta la Plaza Mayor, no pueden acceder a la Iglesia protegida por varios alguaciles armados, pero asaltarán varias casas en busca de principales del pueblo que han huido, entre ellos, Francisco García, que es el que más odios despierta. Con los jóvenes refugiados en la torre de la Iglesia, la noche es de negociaciones y acuerdos. La justicia del Marquesado se implica para mantener la paz, mientras los más viejos de las familias principales intentan encauzar el conflicto. Los Tébar, la rama más moderada e integrada de los Origüela intenta reconducir la situación llevando el proceso al Consejo Real. Allí denunciarán la acción parcial del alcalde mayor del Marquesado, licenciado Cordobés, a favor de algunas familias principales del pueblo.

Los grandes beneficiarios de 1553 no serán ni Herreros ni Origüelas, sino los Pachecos. Los años hasta final de siglo, son años en los que nuevos actores intervienen en la vida del pueblo. Los Origüela serán marginados por una nueva ola de procesos inquisitoriales en los años sesenta, entre los condenados el nieto de Luis Sánchez de Origüela; varios miembros de la familia emigran a América en busca de fortuna; otros, como la rama de los Astudillos, medrarán desempeñando cargos públicos como escribanos a la sombra del poder de la justicia del Marquesado; unos y otros, irrumpirán con fuerza en la primera década del seiscientos. Mientras tanto, nuevas familias, se hacen un hueco en el panorama sanclementino, destaca entre ellos los Ortega, Francisco intenta patrimonializar el cargo de fiel ejecutor, pero la villa lo reserva para sí por privilegio real. Varios ganaderos como los Monteagudo, Oropesa, Alfaro, Perona o de la Osa incrementan su poder en la villa gracias a su aumento de riqueza, pero tendrán que esperar a la primera década de siglo para dar la batalla en torno a la primera instancia al alférez mayor de la villa, don Juan Pacheco Guzmán, que ahora es el hombre fuerte del pueblo. San Clemente, además de centro administrativo,será centro fiscal. El control de las rentas reales recae en una familia de Vara de Rey, los Buedo. Su ruina será, a comienzos de siglo, la ascensión definitiva al poder de Francisco Astudillo y de Rodrigo de Ortega, primer señor de Villar de Cantos.

Palacio Pedro González Galindo, abuelo de Benito Galindo Piquinoti I conde de Villaleal
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No pretendemos analizar a fondo lo ocurrido en la villa de San Clemente a partir del último tercio del quinientos, dejándolo para otra ocasión. Adelantaremos que la sociedad sanclementina vivió un nuevo impulso tras la guerra de Granada, la presencia de la población morisca, recién instalada, dinamizó la economía el Arrabal, que vio como se multiplicaba las actividades artesanas, esos mismos moriscos aportaron su trabajo como pastores a los ganaderos del pueblo, uno de los sectores con más impulso. Como centro administrativo consolidado desde 1583 con la Tesorería de rentas reales y desde 1586 como cabeza del corregimiento, San Clemente vivió una nueva edad dorada. Pero el desarrollo económico tenía sus pies de barro. El endeudamiento de las familias se incrementó y también el del concejo de San Clemente, que para sufragar los gastos propios de su actividad edilicia o bien para atender las necesidades fiscales de la Corona tomó a préstamo a censo cantidades que finalmente ascenderían a la cantidad de 10.000 ducados. Para pagar los réditos de los censos el pueblo empeñó su patrimonio y sus bienes propios y comunales, incluido el caudal de su pósito, para desgracia de los desfavorecidos. La crisis de 1600 enseñó la realidad descarnada a los sanclementinos y acabó con sus sueños, pero allí estaba Pedro González Galindo, el antecesor de los Piquinoti, dispuesto a arreglar los problemas financieros de la villa y prolongar los sueños dos décadas más. Los Origüela, antiguos tenderos, volvían como rentistas. El odio de la villa se cebó de nuevo contra ellos, su presencia en la villa se hizo imposible. Su casa, el palacio Piquinoti, quedó en ruinas, pero con su maltrecha fachada para recordar al pueblo de San Clemente esa historia olvidada.






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Anexo: la añoranza del buen gobierno desde un documento de 1547
Don Carlos por la diuina clemençia enperador de los rromanos, augusto rrey de Alemania, doña Juana su madre y el mismo don Carlos por la misma graçia rreyes de Castilla, ... a vos el que soys o fuéredes nuestro gouernador e juez de rresidençia del marquesado de Villena o vuestro lugarteniente en el dicho ofiçio, salud y graçia, sepades que Rrodrigo de Ocaña en nonbre de la villa de San Clemente y de los alcaldes, alguasyl e mayordomo della nos hizo relaçión diziendo que para el bien de la rrepública de la dicha villa y vezinos della convenía que los mayordomos de los propios y alhorí y escriuano del conçejo y procurador de la rrepública de la dicha villa los eligiese el pueblo y .justiçia dél y que la dicha justiçia y dos personas nonbradas por las personas pobres de la dicha villa diesen alvalaes para cortar en los montes y que no tuuiesen mano ny voto en todo ello los rregidores perpetuos de la dicha villa y que se deshiziese una tienda que los dichos rregidores tenían hecha y se proueyese como la dicha villa se estuuiese proueyda de bastimentos por los grandes dapnos que de lo contrario se seguirían a la dicha villa como nos podría constar por una petiçión de capítulos de que ante nos hizo presentaçión y nos suplicó lo mandásemos rremediar mandando proueyésedes lo susodicho como por la dicha petiçión él en nonbre del dicho su parte nos lo suplicava e proveer sobre ello como la nuestra merçed fuese lo qual visto por los del nuestro Consejo fue acordado que deviamos mandar dar esta nuestra carta para vos en la dicha rrazón e nos tuvimoslo por bien por la qual vos mandamos que luego veais la dicha petiçión de capítulos que de suso se haze minçión que va firmada de Blas de Saavedra nuestro escriuano de cámara de los que rresiden en el nuestro Consejo y os ynforméys y sepáis la horden que sobre lo en ello contenido se tenía en la dicha villa antes que en ella oviese rregidores perpetuos y de lo que agora se vsa y guarda y de lo que sobre todo convernía proveerse para para el bien y pro común de la dicha villa y vezinos della y de lo que más os paresçiere çerca dello y dentro de quinze días primeros siguientes ynbiéys ante los del nuestro Consejo rrelazión verdadera dello juntamente con vuestro paresçer de lo que en ello se deve proueer çerrado y sellado en pública forma en manera que haga fee para que por ellos visto se prouea lo que sea justo e no fagades ende al por alguna manera so pena de la nra. mrd. y de diez mill mrs. para la nra. cámara, dada en la villa de Aranda de Duero a diez días del mes de dizienbre de mill y quinientos y quarenta y syete años

AMSC. CORREGIMIENTO. Leg. 3/4
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*Tº commo fagan iuez e alcaldes
Mando que el primer domingo después de la fiesta de San Miguel el conçeio ponga iuez e alcaldes e notario e andadores e sayón e almotaçán en cada un anno por fuero. Et cada anno dezimos por esto que ninguno non deue tener offiçio de conçeio nin portiello si non por anno o si todo el conçeio non rogas por él. Et aqueste mismo domingo la collaçión onde el iudgado daquel anno fuere del iuez tal que sea sapient y entendido de partir el derecho del tuerto e la uerdat e de la mentira e aya casa enna çipdat e cauallo

BNE, Mss/282. Fuero de Alarcón otorgado por Alfonso VIII. fol. 38 rº. Entre 1201 y 1300?