El diezmo de los garbanzos de Motilla del Palancar
pertenecía al pie de altar de su iglesia de San Gil y sus clérigos. Al menos
hasta 1528, un año en que se habían cogido más garbanzos que nunca, pues ese
año el tercero Juan de Madrid decidió otorgarlo a algunos beneficiados. Juan de
Madrid, escribano de Cuenca y tercero del obispado, descendiente de familia
conversa, no parecía muy convencido de que las rentas decimales de los
garbanzos se quedaran en Motilla. Es más, la finalidad pretendida para los
garbanzos decimales era el beneficio que en la iglesia de San Gil de Motilla
poseía el cardenal de Perusa*. Gaspar Granero, Juan de Segovia y Martín Sánchez
Moreno servían como clérigos en esa iglesia de San Gil, viendo impotentes como
debían repartir con otros beneficiados que no pisaban la iglesia los once
almudes de los diezmos de Motilla del Palancar, aunque Martín Sánchez Moreno
pronto se apartó del pleito por su condición de capellán al servicio del
beneficio curado del cardenal de Perusa o Perugia. El hombre o factor del
cardenal de Perusa en Motilla era Estaban Saco, conocido como el genovés, que
nunca había sido visto por Motilla y que amenazó por carta con retirar el
beneficio a Martín Sánchez Moreno si se entrometía en el pleito. La carta debió
hacer mella en el clérigo, que venía sirviendo de capellán en ese beneficio
curado desde hacía dieciséis años y que declaraba que el cardenal “no quería
pleyto en su hazienda”.
“que los años pasados los benefiçios que ay en la dicha
yglesia an estado y están en costunbre de preçevir e llevar los garvanços que
se cogen en la dicha villa y en sus términos y que ansí lo an llevado e
rreçebido los años pasados e que agora ay muchedunbre dellos en los veçinos del
dicho lugar los clérigos que sirven los benefiçios en el dicho lugar se an
puesto en que no ge los diezmen ni les paguen las primiçias dellas llegando a
onze almudes”.
Gaspar Granero y sus dos compañeros eran considerados en la
época como “clérigos mercenarios”, que no disfrutaban de renta alguna en la
iglesia de Motilla, sus emolumentos se reducían a los pagos de los servicios
religiosos y a los recibidos de los beneficiados y curas de la dicha iglesia.
Además de Motilla, el cultivo de garbanzos estaba muy
extendido por varios pueblos del arcedianazgo de Alarcón: Castillo de
Garcimuñoz, Honrubia, la Almarcha, Montalbanejo, Zafra, Villalgordo del
Marquesado, El Pedernoso, Belmonte, Osa de la Vega, Tresjuncos o Monreal,
aunque los testigos generalizaban el cultivo prácticamente a todos los pueblos
del suelo de Alarcón. El diezmo cobrado sobre los garbanzos, al igual que el de
las colmenas y el del ganado estante, o que pasara las noches de más de medio
año en las tinadas del lugar de origen (el ganado en “teinas”) y sus productos,
lana y queso iba al llamado pie de altar, es decir, para los capellanes de las
iglesias locales. El cultivo de garbanzos, aparte de necesidad nutritiva, tenía
su razón de ser en la necesidad de dejar en barbecho las tierras de pan llevar
y cubrir esa carencia con la plantación de garbanzos. Sobre la generalización
del cultivo de esa legumbre, más allá de su cultivo secular, Juan Cortijo reconocía
su cultivo desde el año 1500 y, de hecho, el diezmo se cobraba desde la década
de los noventa, tal como aseveraba también Alonso de Córdoba el viejo, vecino
de El Peral, que así lo recordaba desde el momento de su casamiento en 1491.
Alonso de Calatayud, sacristán de El Peral recogía estos garbanzos en 1528 para
dárselos a los clérigos de su iglesia. El cultivo de garbanzos se había
generalizado en la década de los años veinte, tal como reconocía Benito
Cabañero de sesenta y seis años.
La tercia de Motilla del Palancar estaba en una casa
arrendada, propiedad de Juan Salvador. El año 1527 se había recaudado de diezmo
dieciocho celemines de garbanzos, mitad para Alarcón, mitad para el tercero
Juan de Madrid. El año 1528 fue famoso en toda la Mancha conquense por la
copiosidad de la cosecha.
Hasta la década de los veinte, si examinamos villas como
Motilla, El Peral, Villanueva o las aldeas de esta última, existía una
solidaridad de los vecinos de estos pueblos con sus clérigos. Estos clérigos o
capellanes de misa malvivían de sus servicios religiosos en entierros,
bautismos o matrimonios; estas prácticas sacramentales y alguna que otra dádiva
no llegaba para el sustento de estos clérigos, que eran naturales de los
pueblos, hijos segundones de las familias, excluidos de las herencias
familiares, que conformaban una casta de media a una docena en los pueblos. Tal
era el caso de Cristóbal Buendía; las tierras y ganados habían quedado para su
hermano primogénito, él ejercía de clérigo en la iglesia de Quintanar del
Marquesasdo. La solidaridad en los pueblos llevó a reservar para su sustento
una parte del diezmo, aprovechando el “vacío legal” de esta imposición: las
legumbres plantadas en los barbechos de las tierras de pan llevar y los ganados
que dormían en las tinadas de los pueblos y sus alrededores. Miguel García,
vecino de Villanueva de la Jara, reconocía, y defendía como beneficiario, que
aparte del queso y lana de estos ganados, se solían diezmar una cabeza de cada
sesenta en Villanueva de la Jara, mientras que el pie de altar se reducía en
los rebaños inferiores a ciento cincuenta cabezas de ovejas, cabras o ganado
mayor, de las que se otorgaban a estos mal llamados clérigos mercenarios la
mitad y la otra mitad al tercero o arrendador (si la cabaña era de más de 150
cabezas, el clérigo no recibía nada). Vieja herencia de una economía doméstica
que hacía del ganado un complemento y resultado del fracaso de un desarrollo
ganadero, abortado por la interrupción de los pastos locales, por dedicarse
estas tierras a la labranza. Fue ese mismo desarrollo agrario el que se volvió
contra estos clérigos menores. Ya desde 1460, las tierras llecas fueron
consideradas como el obispado, y por su cesión al deán y cabildo, como propias,
o más bien, sobre las que poseía un derecho eminente que les permitía exigir
las partes decimales de sus frutos. Esta pretensión jurídica frente a Alarcón o
el marqués de Villena fue un acicate para la colonización de estas tierras en
una frontera que mal reconocía derechos superiores, pero estos mismos derechos
serían recordados por la iglesia de Cuenca, cuando a su obispado llegaron los
italianos y exigieron las rentas de los beneficios de las iglesias de estas
antiguas aldeas de Alarcón. La rebelión de las iglesias locales contra el
obispado fue generalizada, ya hemos examinado los conflictos de las iglesias de
Quintanar, Tarazona o Casasimarro con el obispado. Iglesias que desde la década
de los veinte empiezan a despuntar y a consolidar su autonomía, ahora se une el
malestar personal de los clérigos, llamados mercenarios en el argot de la
época. Mercenarios de su comunidad pero que se negaban a serlo de extranjeros,
pues querían que sus rentas dependieran de la solidaridad de sus comunidades
locales antes que de la cesión de unos extranjeros que se llevaban la parte
gruesa de las rentas decimales… de ellos y de sus convecinos labradores.
Por supuesto no todos los clérigos eran como Diego de
Guadalajara, clérigo en Casasimarro y luego en la iglesia de Villanueva que se
aferraba a sus garbanzos decimales como a la vida, pero todos estos clérigos
que ejercían de capellanes o tenientes de curas en los pueblos tenían en el pie
de altar unos ingresos seguros para vivir y que Pedro de Montagudo, tercero de
Villanueva en el periodo de 1517 a 1528 nos recordaba:
“enjambres e miel e garbanços e guertas çerradas e
herrenales çerrados y ganados que estén en teyna”.
Con el desarrollo demográfico estos clérigos iban en aumento,
paralelamente al surgimiento de nuevas poblaciones que entraban en las imposiciones
decimales. A la altura de 1528, ya aparecen pagando diezmo, Los Rubielos o La
Puebla, que luego será de San Salvador. Los clérigos de Quintanar del Marquesado
disfrutaban de los dieciséis celemines de garbanzos diezmados, cifra que variaba
según la cosecha, pero que, junto al queso y lana, les valía en tanto daban el
salto a la iglesia de Villanueva. Eran estas comunidades nuevas, como la del
Quintanar, donde los hermanos Mañes labraban sus tierras y complementaban su
hacienda con un poco de ganado que daba para su sustento y para el de los
capellanes de su reciente iglesia, alejados de la matemática decimal e impositiva
foránea. En estas tierras las constituciones sinodiales de las rentas decimales
del pie de altar eran desconocidas e incompresibles: la división de estas
rentas a mitad entre aldea y ciudad eran desconocidas en estos pueblos y la
argucia del cabildo conquense para llevarse la parte de la ciudad primero y la
de la aldea, como beneficio del curato, después, era vista como simple
intromisión y robo de una comunidad solidaria. E incluso el hecho de que los
clérigos solo diezmaran a su favor la mitad de las cabañas estantes de más de
ciento cincuenta cabezas era visto como costumbre ajena a toda constitución y
reparto acorde con la satisfacción de las necesidades de los pocos clérigos
existentes den cada lugar. De hecho, las constituciones sinodales estaban
pensadas para pequeñas aldeas y unas villas con escaso potencial demográfico.
El diezmo era visto como imposición consuetudinaria, pero
también como exacción, que en la mentalidad de los lugareños era desconfianza
hacia donde iba ese fruto. Juan Bonilla disponía de ciento veinte cabezas de
ganado lanar y cabrío; un rebaño modesto, pero una fortuna acrecentada por el
esquileo anual y por las cincuenta y nueve crianzas que le procuraron el año de
1528. El motillano Juan Bonilla llegó a un arreglo con los clérigos de su
pueblo, en lo que era uso, y obviando donde debía pagar el diezmo o el número
de cabezas de su ganado, entrando en pleitos con el dezmero de Cuenca, Juan de
Madrid. El caso de Juan Bonilla no era único, otros había procedido igual que él,
así Juan García, yerno de Pedro Mondéjar, o la viuda de Alonso Leal. A Juan
García, sus setenta cabezas de ganado le procuraron ese año de 1528, veintitrés
crianzas y otras tantas debía tener la viuda de Alonso Leal. Era un conjunto de
ganaderos pequeños y oportunista en una villa que no tenía apenas ganados, que
solían dormir dos terceras partes del año en sus tinadas, y destinado a su
deshuese para el abasto de la villa; abasto, por otra parte, insuficiente en
una villa que se veía obligada a contratar fuera su carne, ya fuera en
Buenache, Iniesta o, más lejos, en El Provencio.
La sentencia de uno de octubre de 1528 a favor del tercero
Juan de Madrid y en contra de los intereses locales motillanos venía a
significar la ruptura de las comunidades locales autosuficientes. Su desarrollo
económico las había puesto en el ojo de mira de intereses foráneos dispuestos a
sustraer en beneficio propio un excedente tan mayor como menos oculto. Los
motillanos no aceptaron de buen grado el pago del diezmo o, mejor dicho, que esa
recaudación fuera controlada fuera del pueblo. Para 1530, sabemos de un vecino llamado
Francisco Leal, que estaba descomulgado por negarse a pagar el diezmo.
Los clérigos de La
Motilla se debían adaptar a las circunstancias y así lo hizo Gaspar Granero. En
octubre de 1529 el cardenal de Perugia había perdido el beneficio curado de
Motilla del Palancar a favor de don Juan de Lerma, que colocó, mandamiento
mediante del obispo Ramírez, como cura beneficiado a Gaspar Granero, convertido
ahora en defensor interesado de los clérigos pobres de la villa como paniaguados
suyos frente a un Juan de Madrid que no renunciaba ni al beneficio curado ni a
su parte de garbanzos y “teynas”, pleiteando en Toledo y llevando después el
pleito, en nombre del cardenal de Perugia, a la corte romana. El conflicto por
el beneficio curado de Motilla se internacionalizaba, ante los ojos impotentes de
los clérigos Gaspar Granero y Juan de Segovia que imploraban la defensa de sus
intereses ante el arzobispo de España Alonso de Fonseca, reconociendo su
pobreza interesada y tener por únicos bienes raíces, caso del segundo, una viña
con sus pocas cepas. Los clérigos motillanos conseguirían sentencia favorable
del provisor de Toledo una vez más, que intentaba a su vez evitar que el pleito
acabara en Roma
La resolución del conflicto en Roma ya la hemos estudiado en
otra parte y sabemos del principal beneficiario, un motillano que andaba por la
corte romana: Francisco de Lucas, en la década de 1530, cura de Motilla del
Palancar y prior de la colegiata de Belmonte.
*Agustín de Spindola que había llegado con otros genoveses
de la mano del cardenal San Jorge. DIAGO HERNANDO, Máximo: “El cardenal de San
Jorge y los hombres de negocios genoveses en Cuenca durante el reinado de los
Reyes Católicos”. el principal beneficiario de los garbanzos era un genovés, el
cardenal de Perusa, Agustín de Spínola, beneficiado de la iglesia de Motilla.
Los genoveses, por ejemplo, Lorenzo Bosco en Villanueva de la Jara, se hacen
con los beneficios de varias iglesias de la provincia de Cuenca tras el
nombramiento del Cardenal San Jorge o Riario como obispo de Cuenca en 1493 y
mantendrán esos beneficios (rentas decimales) en el primer tercio del siglo XVI.
Diego Hernández de Parada,
Ginés de Gumiel
Testigos presentados por Gaspar Granero ante los alcaldes
ordinarios Aparicio Martínez y Martín Gabaldón y ante Juan de Valverde,
teniente de cura de Santa María de Alarcón y Diego de Alarcón, cura de El
Peral.
Gonzalo Tendero
Bachiller Diego Rodríguez, físico
Juan de Torralba
Alonso Cortijo, 70 años
Pascual Cano. 60 años
Pedro Moreno, 55 años
Alonso Cortijo de Nuestra Señora, 44 años
Gil Bermejo, 50 años
Pedro Navarro, 35 años
Martín Moreno, 55 años, hijo de Mateo López
Juan García, 35 años
Elvira Martínez, 55 años
Mateo López, 35 años
Fabián de la Parrilla, 38 años
Juan López de Almodóvar, 50 años, morador de Gabaldón
Teresa Martínez, mujer de Gil Navarro, 60 años
Juan Temprado, 60 años
Probanza de 1529, a cargo del vicario de Toledo
Juan Garrido, morador en Madrigueras, 48 años
Gaspar García, cuarenta años, teniente de cura en Villanueva
de la Jara
Pascual García, setenta y cinco años, vecino de Villanueva
de la Jara
Pedro Monteagudo, 40 años, vecino de Villanueva de la Jara
Diego de Guadalajara, 45 años, clérigo y tercero en
Casasimarro.
Benito Cabañero, sesenta y seis años, tercero de El Peral.
Diego de Alarcón. Cuarenta años, clérigo y teniente de cura
en El Peral.
Juan Rico, más de sesenta años, vecino de El Peral.
Gil Bermejo, vecino de La Motilla, cincuenta años
Blasco García, vecino de La Motilla, 55 años.
Francisco Carrasco, 30 años, vecino de La Motilla
Pedro Moreno, 60 años, vecino de La Motilla
Pedro Martínez, vecino de Alarcón, 45 años. Dispone de un
ganado de menos de sesenta cabezas en Peñaquebrada
Martín Sánchez Moreno, 40 años, clérigo de La Motilla
Hernán García, apoderado de Juan Madrid como tercero de La
Motilla, 25 años
Mateo López, 36 años
Martín Gabaldón, morador de Valhermoso, 55 años
Álvaro de Hontecillas, 69 años, morador de Valhermoso
Otros testigos en probanzas de 1528
El Peral
Martín González, clérigo de El Peral y tercero en La Puebla
Alonso de Córdoba, el viejo, vecino de El Peral, 60 años.
Mar García, mujer de Alonso Mateo, sesenta años
Alonso de Calatayud, 30 años
Juan Simarro, 50 años
Villanueva
Martín Gómez, 48 años, clérigo
Miguel García, 50 años, clérigo
Ferrán Mañes, 52 años, tercero
Cristóbal de Buendía, 50 años
Diego de Guadalajara, 50,años clérigo de Casasimarro
Alarcón
Melián Trejuncos, clérigo de Valhermoso, 27 años
Andrés López, clérigo de Alarcón, 30 años
Pedro Luis, el viejo, 60 años
Cristóbal de la Fuente, 44 años
Juan de Oros, 50 años, morador del Olmedilla
Pascual Rentero, morador en Gascas, 47 años
Juan de Blasco, 58 años, morador del Olmedilla
Antón Navarro, 45 años, morador del Olmedilla
Constituciones sinodales sobre el ganado de Teynas
“establesco e mando que ganado de teyna sea dicho fasta
sesenta cabeças de ovejas e cabras e que cada noche vengan a dormir a casa e
que dende arriba huere el diezmo destas tales vaya a la terzia e si huere vezino
de la çibdad e toviere el tal veçino çiento e çinquenta cabeças e viniere a
dormir cada noche a casa partase por medio la meytad a la parrochia de la
çibdad o villa donde el tal vezino fuere vezino e la otra meytad a la parrochia
del aldea donde viviere e sy el tal ganado del vezino en el dicho número no
vinieren a dormir a casa cada noche parte según las otras vezindades de las çibdades
e villas e logares e como se suelen rrepartir las tres partes a la parrochia
del tal vesino e la quarta parte a la parrochia del aldea no viniendo a dormir
a casa de noche según dicho es no enbargante qualquier costunbre que en
contrario sea”
“estableçemos que ganado de teyna sea dicho fasta sesenta
cabeças de ovejas e de cabras que la noche viniere a estar en casa o açerca de
la aldea e dende ayuso el diezmo destas dichas sesenta cabeças que se diezme en
la aldea e desde sesenta cabeças arriba hasta çiento e çinquenta sy huere vezino
el señor dello de la çibdad o villa que se parta por medio a la parrochia de la
dicha çibdad o villa e a la parrochia del aldea”
Juan de Madrid con Gaspar Granero y Juan de Segovia vecinos de Motilla de Cuenca sobre cumplimiento de un testamento. Cuenca
Archivo Histórico Nacional, CONSEJOS,28210,Exp.14