El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

sábado, 16 de noviembre de 2019

Las iglesias de Alarcón y los labradores de Las Pedroñeras y Las Mesas

Iglesia de San Juan Bautista en Alarcón


La lista de los labradores de Las Mesas y Las Pedroñeras, que se habían negado a llevar los cahíces de pan hasta la villa de Alarcón era larga: Francisco Serrano, Juan Ortiz, Juan Navarro, la de Pedro Gómez, Pedro Martínez de Posadas, Juan JIménez, Francisco Martínez de Funes, Mateo Fernández, Alonso Morales, Amador García, la de Antón Rodríguez, Gabriel de Segovia, Diego Merchante, vecinos de la villa de Las Mesas, y Francisco Díaz, Juan Martínez Grande, Pedro Martínez, Alonso de Haro, Bartolomé de Haro, Melchor López, Andrés Martínez de Sancho, Juan de Cabildo, Antón López, Hernán López, Francisco Gómez, Hernando de Haro, Juan Sáez de LLanos, Antón García de Miguel García, Miguel López Aguado, Juan Sánchez de Iniesta, Bartolomé Díaz Merchante, Gregorio García, Andrés Martínez Bonilla, Catalina Gómez, Isabel Gómez viuda de Alonso de la Orden, Mari López mujer de Francisco Martínez del Campo, la viuda de Francisco Simón, Pedro López de Ambrosio López, Andrés Zarco y Francisco Martínez.

Una amplia panoplia de labradores ricos a los que daban su voz Andrés Zarco y Francisco Serrano. En los años de 1558, 1559 y 1560, se habían negado a cumplir con la vieja obligación que las villas de Las Mesas y Las Pedroñeras, como integrantes del antiguo suelo de Alarcón, tenían de llevar un cahíz de pan llevar por la tierra labrada por cada par de bestias de labor a los graneros de las cinco parroquias de Alarcón. El cahíz era una medida de capacidad de granos equivalente a cinco fanegas y cuatro celemines.

El licenciado Moral, provisor del obispado de Cuenca, les recordó esta obligación por sentencia de 17 de mayo de 1561, a instancias del bachiller Juan Martínez Pardo, cura de la iglesia de San Juan Bautista. La oposición de los labradores de Las Pedroñeras y Las Mesas, no había sido frontal, pues, en un principio, su negativa no había sido pagar las rentas decimales, sino el hecho de llevar con sus carretas hasta la villa de Alarcón el grano. Se pretendía evitar el viaje hasta la fortaleza, pero asimismo unas condiciones más ventajosas por pretender pagar la parte decimal de sus granos en las mismas eras donde se trillaba su trigo. Pedroñeros y meseños veían con malos ojos, que el aumento de sus cosechas, por la generalización de las mulas como animal de labor fuera en provecho de los coronados de Alarcón.

Los labradores meseños y pedroñeros, contumaces y rebeldes, fueron excomulgados. Además de la ley divina, se les recordaba los capítulos de Cortes del reinado de Juan II, en 1430, que obligaban a pagar el diezmo a los Coronados. Aunque no parece el caso, tanto pedroñeros y meseños tenían ya por tradición pagar sus diezmos a los graneros y alhoríes de sus propias iglesias, que luego solían negociar con las parroquias de Alarcón la parte que correspondía a unas y otras. Así, la cuestión de debate era cómo y donde se repartían las rentas decimales, si en los propios pueblos o en la más lejana Alarcón. El resultado era que los granos del diezmo, en ocasiones, no había llegado a las iglesias de Alarcón, como en acusación interesada afirmaba Andrés Zarco:
la posesión que la parte contraria (las parroquias de Alarcón) pretendían avía sido clandestina e viciosa y avía sido interrumpida por muchas vezes y de tal manera que no obligava a sus partes
Pedroñeros y meseños denunciaban la futilidad de un viaje costoso hasta la vieja fortaleza, que provocaba únicamente gastos. Tengamos en cuenta que Las Pedroñeras estaba a nueve leguas de Alarcón y Las Mesas, a diez u once. No obstante, el viaje hasta Alarcón era visto por estos labradores de la Mancha, que hacían de su propiedad de la tierra la garantía de su independencia y libertad, como una extorsión impuesta por los curas y beneficiados alarconeros. En sus palabras, una injustísima cosa que no se debía tolerar ni sufrir. A las viejas quejas de los labradores sobre la carestía y estrechura de los tiempos, se unían ahora palabras más gruesas, como esa otra de opresión de las iglesias de Alarcón.

El pleito pronto derivó, en especial en la villa de Las Pedroñeras, donde su concejo se personó como parte interesada en nombre de todos sus vecinos (pues todos sus vecinos son labradores, se decía), en un asunto que atañía al bien común de estos pueblos en declarada rebeldía con las iglesias de Alarcón. Aquellos orgullosos agricultores, que apenas una docena de años después pedirán la formación de una nueva cofradía de nobles en la villa con aquellos que pudieran disponer de caballo, no se amilanaron y solicitaron la presencia personal en el pleito de Francisco Pacheco, duque de Escalona y marqués de Villena, y del Obispo de Cuenca. Mediante cartas de emplazamiento se pretendía que el pleito fuera tratado entre iguales: obispo y marqués, por un lado; labradores, por otro. Se pretendía, asimismo, que el pleito saliera de la jurisdicción eclesiástica para ser llevado a la Chancillería de Granada.

El duque de Escalona, lejos de obviar, el contencioso, se presentó en el pleito, manifestando su protesta contra, lo que para él, era un pequeños grupo de labradores, los mismos detallados más arriba, declarados en abierta rebeldía. Pronto los labradores se dieron cuenta de su error, pues la presencia del marqués y del obispo en el pleito era entrar en un proceso interminable de papeles, probanzas y alegaciones que elevaban ad infinitum las costas del juicio. Y, para los labradores, era evidente que los intereses de las cinco iglesias de Alarcón y las del duque de Escalona se confundían, poco importaba que el marqués se arrogará para sí los dos novenos de las tercias de las rentas decimales,  así como que les era cosa ajena cómo se repartían las rentas decimales entre los beneficiados alarconeros y los del cabildo de Cuenca. El meollo de la cuestión era qué parte del excedente de sus cosechas se dejaban arrebatar los labradores y no cómo se distribuía entre aquellos que lo expoliaban.

El pleito se desarrolló durante varios años hasta que un auto de la Chancillería de Granada de 16 de enero de 1568 amparó a las iglesias de Alarcón y al marqués de Escalona en su viejo derecho en tanto el pleito se sustanciaba definitivamente el 24 de marzo de 1568: pedroñeros y meseños debían llevar hasta las tercias de Alarcón sus cahíces de trigo, sin recibir compensación alguna. La sentencia era comunicada a la justicia de Las Mesas el 29 de abril y a la de Las Pedroñeras, el 30 de abril.

Una ejecutoria posterior de 27 de junio de 1584, pronunciada por el Consejo de Hacienda, recordaría la obligación de llevar los frutos decimales a la villa de Alarcón por los vecinos de Villanueva de la Jara y lo que se consideraban sus anejos: Quintanar, Tarazona, Rubielos, Casasimarro y, erróneamente se incluían como anejos de la Jara, Hontecillas y Valverde. En este caso, las rentas decimales que se debían llevar hasta Alarcón eran la mitad de los diezmos de pan y vino, y tres cuartas partes de los ganados, lanas y queso.


Imagen tomada del blog "El Cristo de Alarcón"


AHN NOBLEZA; FRÍAS, C 703, D 74

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