El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

Imagen del poder municipal
EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

Thursday, July 24, 2025

La laguna de Taray en Las Mesas

 "En cierta parte de las villas de las Mesas que es en el dicho Marquesado (de Villena), donde dizen el Tarai nasçe un charco de agua de que no se aprovechan para cosa alguna y que porque en ynbierno no haga daño los vezinos de la dicha villa an hecho una açequia por donde an guiado la dicha agua hasta sacalla fuera del dicho término y que no se aprovecha nadie della, antes haçe daño a las heredades y tierras della y que esto se evitaría si se hiziese un molino para moler por donde más conviniente fuese, porque desta manera iría por su caz sin que se derramase ni hiziese daño". 27 de febrero de 1531


Se pide se haga información sobre la conveniencia de hacer un molino

AGS. CCA. CED. 86-318

Papeles sueltos de periodo comunero

 1 de mayo de 1521, don Antonio de Peralta es nombrado gobernador del marquesado de Villena y capitán del mismo. En junio ya aparece Juan Hurtado de Mendoza como gobernador

AGS. CCA. CED. 48-68

"Pagaredes al licenciado Diego de Vargas que fue nuestro gobernador del marquesado de Villena quarenta mil mrs. de los quales yo le hago merced por el tiempo que tuvo de cargo la dicha gobernación de que fue hechado por las comunidades".  2 de mayo de 1522

AGS. CCA. CED. 54-575

San Clemente recibe carta receptoría del rey Carlos para encabezar sus rentas reales por 433730 mrs. al año para el periodo 1520-523. 16 de marzo de 1521

AGS. CCA. CED. 56-32

7 de junio de 1521, don Juan Hurtado de Mendoza, gobernador del marquesado de Villena es nombrado capitán general de toda la gente de guerra, tanto de pie como de caballo.

AGS. CCA. CED. 56-318

La villa de El Cañavate tuvo un papel central en las Comunidades. Un nuevo dato nos dice que "al tienpo que se alteraron los vasallos del marqués de Moya fue mandado al licenciado Montalbo que llevase treçientos honbres a los lugares del dicho marqués para los poner a paz e sosyego, los quales diz que estuuieron en la dicha villa ocho días, durante el qual dicho tienpo diz que les dieron más de sesenta mil mrs. de bastimentos". Ahora en 4 de diciembre de 1521 piden recuperar esa cantidad. La estancia del licenciado Montalbo se sitúa entre el 23 de febrero que parte de Cuenca y el 30 de marzo que se halla en Moya, teniendo en cuenta que previamente ha pasado un tiempo en la casa de Jorge Ruiz de Alarcón en su villa de Valverde.

AGS. CCA. CED. 60-355

"Por quanto por parte de vos Juan Prieto y Martín López de Christóbal López y Juan Gómez Calvo y Mateo Sánchez de Santiago y Juan de Gil García y Pedro Sánchez del Río, veçinos de la villa de Alcañavate fue fecha relación que bien sabra como por una carta de perdón perdonado a çiertas villas y lugares del marquesado de Villena e a los veçinos dellos la nuestra justiçia así çeuil como criminal las penas en que avían caydo e yncurrido por aver fecho cometido los delitos y eçesos que en nuestro deserviçio haziendo al tienpo que las dichas villas y lugares estuvieron levantados en nuestro deserviçio según que más largamente en la dicha nuestra carta de perdón se contiene y porque durante el tienpo que la dicha villa de Cañavate estuvo levantada en nuestro deserviçio, vos los dichos Juan Prieto y Martín López tuuistes las varas de la alcaldía de la dicha villa y vos el dicho Juan Gómez Caluo tuvistes la vara de alguaziladgo della y vos los dichos Pedro Sánchez del Río y Mateo Sánchez de Santiago y Juan de Gil García fuistes regidores de la dicha villa a cabsa de lo qual hos teméis que las justiçias del dicho marquesado e otras justiçias proçedieran contra vosotros por aver tenido los dichos ofiçios por las cosas que feçistes en nuestro deserviçio durante el tienpo que la dicha villa de Alcañavate estuuo alterada en nuestro deserviçio por ende que nos suplicavedes e pediades por merçed mandasemos que gozasedes del dicho perdón bien e ansy como sy en la dicha carta de perdón fuérades declarados que gozásedes della e como la mi merçed fuese e yo por fazer bien e merçed hasiendo con vosotros celmençia e piedad tóvelo por bien e mando que la dicha nuestra carta de perdón que mandamos dar a las dichas villas e lugares del dicho marquesado de Villena se entienda y estienda a vosotros e quiero e mando que gozéis del dicho perdón e remisión e vos sea guardado e conplido segund e como se guarda a los veçinos de las dichas villas e logares no enbargante que durante el dicho tienpo que la dicha villa estuuo alterada en nuestro deserviçio ayais tenido los dichos ofiçios de alcaldes e alguazil e regidores della con tanto que ninguno de vosotros no seays de las personas por nos esitadas en la dicha nuestra carta  de perdón e mandamos a los del nuestro consejo e a los presidentes e oydores de nuestras abdiençias alcaldes de la nuestra casa e corte e chancillerías e a todos los corregidores asystentes alcaldes e otras justiçias e jueçes qualesquier asy del dicho marquesado de Villena como de las otras çibdades e villas e lugares de los nuestros reynos e señoríos vos guarden e cunplan esta mi çédula e contra el thenor e forma de lo en ella contenido no vos vayan ni pasen ni consientan yr ni pasar por alguna manera e los unos ni los otros non fagades ni fagan ende al ecétera dada en la çibdad de  Vitoria a quatro días del mes de diziembre de mill e quinentos e veynte e un años, firmada de los governadores e refrendada del liçençiado Çapata e del liçençiado Polanco"

AGS. CCA. CED. 60-355 Y 356


8 de abril de 1521, se dice que " en el marquesado de Villena ay mucha falta de justicia". Se pide la condestable se nombre gobernador al alcaide de Chinchilla Gabriel Guzmán. Se reconoce que no hay gobernador nombrado.

AGS. CCA, CED. 58-69

Tomado el Toledo comunero, para febrero de 1522 sabemos que hay tres compañías de soldados en el marquesado de Villena. Después, sin saber la fecha exacta, sabemos que se producen desórdenes y alguna muerte entre los soldados de infantería y que el corregidor de Cuenca y Huete, marqués de Falces y el alcalde de casa y corte Herrera son enviados al marquesado para hacer pesquisas, pero el 12 de abril se pide la retirada de los soldados del marquesado para ser enviados a la guerra con Francia del momento. Asimismo se pide cesen las pesquisas

AGS. CCA. CED. 61-114 y 115

Desde Pamplona, el 15 de julio de 1521, Diego de Guzmán hijo de Alonso de Calatayud recibe 50000 maravedíes de las alcabalas de El Provencio y del año 1522 por sus servicios a la Corona frente a las Comunidades: yo le hago merçed por lo que nos ha seruido y sirue a su costa del comienço de las comunydades 

AGS, CCA. CED. 48-203

Wednesday, July 23, 2025

El patronazgo de los Luján Frías

 Domingo de Luján Frías poseía un patronazgo en Monreal, que tenía vinculada una haza cebadal de 22 almudes, apreciada en 54000 maravedíes. Dicho patronazgo estaba cargada con catorce misas rezadas y una cantada. Además por estar cruzada por un río, este haza tenía un coste de limpieza de 50 reales anuales, que con las misas subía a setenta u ochenta reales. Ahora, Domingo Luján pide licencia para poder vender ese haza por estar a más de doce leguas de su hogar familiar. 16 de septiembre de 1636

AGS, CCA. CED. 349-652

Gil García, 1610: el fin de la doble jurisdicción

 Por un problema con las escribanías, sabemos de la solución a la jurisdicción compartida del lugar entre Villanueva de la Jara y el lugar de Gil García. Hasta el año 1611, se nombraba un escribano por provisión real y el otro escribano era nombramiento del concejo de Alarcón. A comienzos de 1611, el 21 de enero, se nos dirá textualmente: "por aberse adjudicado ahora a nuestra cámara real el dicho lugar con su jurisdicción por pleyto que se a tratado en la dicha villa". La Corona se arrogará la propiedad de la escribanía que había pertenecido a Alarcón, pero con la intención de venderla al mejor postor y obtener ingresos.


AGS, CCA. CED. 341-568

Un Borgoño, un soldado "malgré lui"

 Los Borgoño eran una de las familias principales de Villanueva de la Jara ya desde el siglo XV. Pero uno de sus miembros, Lorencio Borgoño, en 1564 se vio envuelto en un turbio asunto que acabó en injurias al gobernador del marquesado de Villena y en la inevitable reacción de éste, que no fue otra que cien azotes y diez de condena en galeras como remero sin sueldo. Tal vez, los conflictos de 1564, tengan que ver con los problemas, que acabaron en sangre, entre los Clemente y otros principales, tal vez, con las tensiones por los villazgos de Tarazona y Quintanar, pero no lo sabemos.

No hay que negar cierta democracia en la aplicación de la justicia en aquellos tiempos, pues igual podía acabar en galeras un malhechor, un vagabundo o un regidor delincuente, algo común, como sabemos por Santa María del Campo, si se enfrentaban a la justicia del marquesado. La condena de Lorencio Borgoño debió ser una afrenta para él y un escándalo en el pueblo: sacado de la cárcel, en un burro como era el caso, sería llevado delante el rollo de la villa, para recibir los cien azotes. Vuelto a prisión, su destino era esperar a que dos alguaciles le acompañaran al puerto de Cartagena, donde comenzaría su pena como galeote, pero si la justicia era igual para todos, su ejecución no. Lorencio Borgoño, escaparía de la cárcel, con la ayuda y connivencia de familiares y vecinos del pueblo. Libre, no tenía muchas opciones, más bien, una. Enrolarse en una de las compañías militares que se levantaban en la zona y donde nadie preguntaba por el pasado. Lorencio pasaría a los Tercios de Italia, para volver a España de nuevo cinco años después con los soldados desplazados por don Juan de Austria desde Italia para reprimir la rebelión de los moriscos de las Alpujarras. De nuevo, regreso a Italia, hasta que en algún momento añora su tierra. Creemos que en 1586 ya se encuentra en su pueblo, desde donde pide al Consejo Real el perdón, que le será concedido por sus servicios militares y, seguramente, previo pago económico.

AGS, CCA. CED. 160-230

3 de septiembre de 1586

Papeles sueltos de Tarazona

 En 1565, después de haber conseguido el villazgo, Tarazona pide una escribanía más del número, pues la que tiene es insuficiente para sus negocios. Lo curiosos es que desde la Cámara de Castilla se nos dice que se ha eximido de Iniesta, lo que nos lleva a pensar que parte de los asuntos notariales se resuelven en esta villa. 16 de enero de 1565. La única escribanía existente se le había concedido junto al derecho de villazgo el 12 de julio de 1564

AGS, CCA, CED. 134-1113 y 140-189

El villazgo supuso a Tarazona una carga muy grande, pues se vio obligada a tomar a censo sobre sus propios 3 millones seiscientos veintidós mil cuatrocientos maravedíes (9660 ducados). El dinero se tomó prestado de Pedro Rodríguez Portocarrero y doña Elena de Córdoba, pero enseguida se buscaron una condiciones más ventajosas en personas más ventajosas de la comarca que prestaban el dinero en mejores condiciones. 19 de marzo de 1565

AGS. CCA. CED. 139-405

Concesión del título de depositario general de la villa, con derecho de asiento de regidor, por dos vidas a Luis Caballero el 29 de enero de 1575. El año 1600, renuncia al oficio en favor de su hijo Juan.

AGS, CCA. CED. 169-780

Pedro Gómez es asesinado por Juan Moreno, que una noche del mes de enero de 1610, en compañía de Miguel Llorente, Juan Saenz y Benito Sancho le da una cuchillada a la puerta de la casa de Ana Parda

AGS, CCA, CED. 182-1021

En 1632, se concede la merced a ciertos regidores de poder compatibilizar el oficio de regidor con el de alcalde ordinario de la villa si son elegidos, siempre que el derecho de voto solo se corresponda con uno de ellos

  1. Alonso López, alguacil mayor de la villa
  2. Juan de los Paños, regidor
  3. Francisco de Cantos
  4. Martín Gómez Prado
AGS, CCA, CED. 199-886

26 de septiembre de 1629 se concede el título de alférez mayor de la villa a Francisco de Mondéjar, que inmediatamente lo cede a Baltasar Redondo en diciembre

AGS. CCA, CED. 200-62

El seis de julio de 1633 se concede el título de procurador general síndico de la villa, con derecho de asiento y voto de regidor a Benito Picazo Benítez, que lo CEDE a Alonso Benítez su hijo seis años después

AGS. CCA. CED. 210-553

En 1639, el rey Felipe IV hace merced a la villa de Tarazona de elegir por mayoría de votos los oficios concejiles de la villa por un período de sesenta años. Se revocaba anterior merced de reservar la mitad de los oficios elegibles y anuales (alcaldes ordinarios) a los hidalgos de la villa. La razón está en la concesión de 2000 ducados de servicio a la Corona para su política militar. 17 de mayo de 1639

AGS. CCA. CED. 210-735

Se presenta a la villa como muy alcanzada por los donativos dados a la corona. Se propone repartir entre los veinte regidores de la villa a razón de treinta ducados en vender por cuatro maravedíes la mitad de la yerba de la dehesa carnicera y usar un lagar para la cera. 24 de abril de 1639.

AGS. CCA. CED. 211-450

Sunday, July 20, 2025

Felipe II en San Clemente (II)

 San Clemente es llamada la pequeña corte de la Mancha, pero tal apelativo únicamente se hizo realidad durante dos días el mes de marzo de 1586, cuando la villa alojó al rey Felipe II. El viaje del rey a Zaragoza, Barcelona y Valencia para jurar como heredero a su hijo, el futuro Felipe III está documentado, pero únicamente hasta el día 15 de febrero en Valencia. El regreso a El Escorial nos es necesario recomponerlo con fuentes diversas. Una de ellas, son las cartas reales emitidas por el propio rey y conservadas en Simancas; otras, las noticias diversas de los archivos municipales. 

La última cédula del rey en Valencia es de 28 de febrero, en Gandía, luego es de presumir un largo viaje hasta que vemos aparecer de nuevo al rey escribiendo en San Clemente, el ocho de marzo de 1586. Sabemos que, antes, se ha preparado una recepción pantagruélica en Minaya, que pagará, muy a su pesar, la villa de Villarrobledo. Pero, tanto Minaya como Villarrobledo sufrirán el desaire regio, pues el rey no se detendrá en Minaya y preferirá hacerlo en el camino entre esta población y San Clemente. El lugar elegido serán las llamadas casas de Andrés Luis, por entonces una casa de campo, que más adelante dará origen a las Casas de los Luises, y por su integración en otro núcleo a las Casas de los Pinos. Creemos no equivocarnos si vemos en esas casas, las del maestro cantero Andrés Luis, al que tenemos fichado en las obras de la iglesia de Villarrobledo y, es suposición, esas mismas casas se convertirían en centro de almacenamiento de mercaderías de comerciantes portugueses, los "luises", treinta años después. 

Pero a lo que vamos, dada la poca entidad de estas casas, el séquito real levantó un pequeño campamento de tiendas en torno a ellas donde comieron presumiblemente los manjares preparados en Villarrobledo, a pesar del despilfarro que de los mismos denunciará esta villa. Debía ser el día siete de marzo de 1586. Es presumible que la comitiva hiciera la digestión por el camino y se apresurase a llegar a San Clemente con algo de luz todavía. La suficiente para llegar a la villa y alcanzar el destino. No parece que los sanclementinos quisieran deslumbrar al rey Prudente con su pueblo, pues los preparativos se centraron en aderezar las calles por donde debía pasar. Llegaría por el puente del Remedio, calle Feria arriba, para desembocar en la plaza, menor que la actual y no tan regular, donde el ayuntamiento y la iglesia de Santiago deslumbraban por la nueva reforma y edificación de la generación anterior, pero con corrales y tapias a las espaldas de la comitiva real, lugar ocupado hoy por el nuevo ayuntamiento, y construcción civil a su derecha con algunos bajos ocupados por tiendas y escribanías, en situación de abandono pues la actividad se había trasladado a la calle de Nuestra Señora de Septiembre. Lo más seguro es que el rey prudente no se detuviera a ver la plaza y su imponente ayuntamiento o lo viera de refilón nada más, cegado por la multitud de bienvenida, y encaminado hacia la tienda de Pedro Martínez, fornicario además de tendero (y con una criada de Castillo de Albaráñez, compartiendo mala fama). El establecimiento de este mercader de Valdilecha asentado como tendero estaba ubicado en la esquina de la plaza con la calle Mayor, hoy Boteros, que henos de presumir engalanada, tal como lo intentan hoy los sanclementinos, para adornar el paso de un todopoderoso rey que se apresuraba por llegar a su lugar de descanso: el convento de la Asunción de monjas de la Tercera Orden franciscana. Otra de las grandes obras del pueblo, levantadas por la generación anterior, que estaba cambiando el urbanismo del pueblo y que, con sus paredes verticales, condenaba ya para el futuro a ese otro convento franciscano de formas achaparradas de Nuestra Señora de Gracia. Entre las paredes del convento de la Asunción y unas pocas monjas que habían abrazado la clausura, encontraría el rey el lugar adecuado para el descanso y el gobierno de sus reinos durante dos días. Allí se redactaron las numerosas cédulas reales, cuyas copias hoy se conservan en Simancas. 

El gobierno de los Reinos, quizás, era más natural que ahora, pues los favores los hacía el mismo rey, sin necesidad de publicar sus dádivas en redes sociales ni de esconder los favores. Así, Felipe II tras un asunto menor, o mayor para el agraciado, la concesión de una escribanía en el concejo de Salas, se centró en asuntos de mayor calado, queremos decir destinados a personajes más principales. El conde de Aytona, virrey del Reino de Valencia, debió llorar bastante al rey prudente durante su estancia en la capital del Turia el mes de febrero, pues presentando un estado lastimero de su casa, consiguió del monarca que esquilmase a los concejos castellanos de Illana y San Martín de la Vega, sacando siete mil fanegas de trigo, dos mil carneros y cincuenta fanegas de trigo. Los abastos se debían sacar por el puerto seco de Requena, pero ante el temor de que la operación se aprovechara para contrabando, se exigía el registro en el pueblo de Campillo de Altobuey, a pesar de que estaba a menos de doce leguas del Reino de Valencia y exento de tal registro... o por esa misma razón. 

A esta real cédula, siguieron otras nuevas para emitir certificados de títulos registrados en Simancas, la posibilidad de labrar hasta seis mil ducados en las casas de monedas, la autorización para la entrada en Castilla de mil cueros vacunos procedentes de Indias, un indulto en Zamora, varias mercedes personales en diferentes partes del Reino y quitar varios censos que cargaban el mayorazgo de don Antonio de Luna.

Hasta San Clemente habían llegado las peticiones que los secretarios del rey habían recogido durante el viaje procedentes de toda Castilla y en una maratoniana sesión del ocho de marzo se redactaron una docena de cédulas para deshacer el atasco administrativo pendiente. Luego, es de suponer, que el día nueve de marzo, la comitiva real emprendió la marcha y tomó el camino en dirección a Las Pedroñeras. Sabemos que el día 20 de marzo estaba en Aranjuez, donde continuaron de nuevo las acciones de gobierno; el 25 de marzo el rey llegaba a Madrid y por fin el 3 de abril ya está emitiendo cédulas reales en San Lorenzo del Escorial.

Durante su estancia en San Clemente el rey no emitió documento alguno que beneficiara a la villa, aunque sí creemos que se tomaría una decisión trascendental: la división de la gobernación del marquesado de Villena en dos corregimientos.

Tuesday, July 15, 2025

NOTAS SUELTAS DE EL PERAL

 El 8 de julio de 1564, Juana Saiz pide al rey se abrevie el juicio por la muerte de su hijo Sebastián Royo a manos de Juan Saiz, Pedro de la Motilla y consortes

AGS, CCA, CED. 141-158

Escribanía a favor de Adriano de Alarcón por muerte de Miguel Leal. 1615. Unos años después pide a Simancas se saque título en Simancas, por haberlo perdido.

AGS. CCA. CED. 182-158

Alonso García Moreno, regidor perpetuo de El Peral, año 1630. 

AGS. CCA. CED. 197-497

Ginés Cabronero es nombrado regidor perpetuo por dos vidas de El Peral. A su muerte, el año 1633, deja el oficio a su hijo Tomás Simarro

AGS. CCA. CED. 202-505

El 22 de junio de 1632 es nombrado García de Buedo como alférez mayor perpetuo de la villa de EL Peral. Traspasará el título a Gaspar Prieto poco después, el 12 de julio, aunque no le será reconocido hasta 1634. El título pasará a Andrés de Alarcón y Rosales en 1645 y a su muerte a su hijo Juan

AGS. CCA. CED. 202-506 y 236-336

1512. El bachiller Alarcón, vecino de El Peral, mata a sus criado Andrés de Espinosa. Los Espinosa amplían la venganza a un vecino de Villanueva de la Jara, Juan López que por entonces vivía con el bachiller

AGS, RGS, 1516-11-137

El usurero de Villanueva de la Jara y la capilla de San Isidro de Madrid

 Juan  de la Osa de Tébar, vecino de Villanueva de la Jara era un usurero. Un revendedor de granos, un especulador, diríamos hoy. El año 1660, aprovechando la esterilidad de esos tiempos, había comprado grandes cantidades de trigo y otros granos y los había revendido a precios excesivos en su pueblo de la Jara, pero también en otros comarcanos como Casasimarro, El Peral, Tarazona o Quintanar. Sometido a juicio por el corregidor de San Clemente, Bernardino de Quiñones y Pimentel, fue declarado en sentencia de ejemplarizante de 27 de noviembre de 1660 como usurero y revendedor de granos y condenado a servir dos años en el ejército de Extremadura, y luego a otros dos años de destierro de aquellos pueblos donde había vendido el trigo. Tanto como esa condena le debió doler el perdimiento de 1594 fanegas de trigo, 613 de cebada y 36 de fanega; la mitad de estos granos para los pobres de las villas donde había estafado y la otra mitad como multas para la hacienda real.

Pero Juan de la Osa era un truhan y pronto renegoció su situación penal y personal, luciendo de buen cristiano. Para evitar las penas, ofreció un pago de 12000 reales, 7600 reales de ellos para la capilla de San Isidro que se estaba levantando por aquel entonces adosada a la iglesia de San Andrés. Los 4400 reales restantes irían a los hospitales del Reino.


23 de agosto de 1661

AGS. CCA. CED. 237-197

EL DESPERTAR DE CASASIMARRO

 En 1590, Casasimarro era un lugar dependiente de Villanueva de la Jara y lo seguiría siendo hasta el 19 de mayo de 1653, año en el que compró su villazgo por nueve mil ducados de vellón. Pero Casasimarro ya tenía de antes una estructura política autónoma y consolidada. En la independencia del lugar, jugaba en su favor el ser centro de la ribera del Júcar y de atracción de diversos núcleos de casas de menor importancia como la Losilla, la casa de Ávila, las casas del Puente San Benito o el molino de los Nuevos. A la autonomía de la villa había contribuido el asentamiento de una rama de la familia Montoya desde mediado el siglo XVI y un vago recuerdo, que se perdió con el tiempo, de su fundador: Fernán Simarro. Su casa, nacida probablemente en la década de 1460, sería el núcleo en torno al cual se desarrollaría el pueblo y su figura, hoy olvidada, sería el de un autentico "pater patriae" de la villa de Villanueva de la Jara. A Fernán Simarro se deben las constituciones de la joven república de Villanueva de la Jara, tras su emancipación definitiva de Alarcón en 1480.

Muestra de la importancia del pueblo es que el ocho de enero de 1590 la Corona le concede un oficio de alférez mayor, un "primus inter pares" en el organigrama de los regimientos de las villas, pero, en este caso, concedido a un lugar sin jurisdicción propia. El título recayó en la figura principal del pueblo, don Pedro de Montoya, pero el prestigio que daba, hizo que pronto por sucesivas renunciaciones, que esconden compensaciones pecuniarias, fuera cambiando de manos, entre labradores ricos. En 1592, en Alonso López Cuartero; en 1594, en Juan de Escobar. Ambos lo detentaron alternativamente hasta 1604, año en el que el título recayó en Martín de Oñate; luego en Benito Pizarro Rabadán, hasta que en el año 1610 el oficio de alférez mayor recae en Juan García de la Casa. Una sucesión de nombres, que deja entrever el dinamismo de una sociedad y las facilidades de ascenso y promoción social.

(31 de julio de 1610)

AGS, CCA. CED. 179-271