En la Edad Moderna, había una clara diferencia entre las rentas del Rey y las rentas del Reino. En las llamadas rentas del Rey o reales (alcabalas y tercias o el servicio y montazgo), el antiguo marquesado de Villena formaba un distrito propio; por contra, en las llamadas rentas del Reino, servicio ordinario y extraordinario y, a partir de 1590, los servicios de millones, el distrito fiscal era la provincia de Cuenca, por ella hablaba en Cortes la ciudad de Cuenca. Este distrito incluía a poblaciones como La Roda, que acababa de integrarse por aquel entonces en el corregimiento de Chinchilla, y excluía a Villarrobledo, integrada en el corregimiento de San Clemente pero perteneciente en lo antiguo a la tierra de Alcaraz:
para que la parte que el rreino por mayor rrepartiere a esta çiudad del socorro que se pretenden haçer para esta jornada lo pueda esta çiudad rrepartir por menor entre todas las uillas y lugares eximidas e de señorío de toda la prouinçia por quien habla entrando en la dicha paga la uilla de molina e su tierra, rrequena e la suya, la çiudad de huete e su tierra, san clemente y su partido, marquesado de cañete y de moya, condado de pliego e uillas e lugares de doña luisa de cárdenas e todas las uillas e lugares conprehendidas en la dicha prouinçia por quien tiene voto
(AGS. PATRONATO REAL. Leg. 80, doc. 400, Relación de lo que pide la ciudad de Cuenca por el servicio de los ocho millones, 10 de abril de 1589)
Evidentemente, tener voz por la provincia no significaba que las quejas de la ciudad de Cuenca fueran las de la provincia, y menos las de un distrito como el de San Clemente, escasamente integrado en el espacio económico de la tierra de Cuenca. Pero los agravios de la ciudad de Cuenca sí expresaban los malestares locales de los pueblos de la provincia. En un memorial conservado de 1597 se afirmaba sobre la çiudad de cuenca y su probinçia que la tienen muy agrabiada y destruyda. El malestar, hay que reconocer que también interesado, era un recordatorio a esas alturas de fin del siglo de la oposición que había levantado el nuevo impuesto.
El servicio de ocho millones de 1590 se había hecho conforme a las aberiguaciones antiguas de la becindad y abono del Reyno. De acuerdo a este relato se había repartido el servicio entre las ciudades, villas y lugares los dos primeros años y medio. Los pueblos quejosos protestarían el repartimiento hecho, obligando a hacer nuevas averiguaciones sobre cuál era el estado de riqueza del Reino. Así lo hicieron multitud de pueblos (ya hemos visto algunos casos), pero el resultado de las averiguaciones no fue nada beneficioso para la provincia de Cuenca. Quizás la ciudad, que veía la decadencia de su economía lanera, era incapaz de comprender el desarrollo económico de la parte sur de la provincia. Se impuso un nuevo repartimiento para el año 1593, que incrementó a siete millones de maravedíes la cantidad a pagar por la provincia. Contra el nuevo repartimiento protestó la ciudad de Cuenca, pues se le equiparaba a provincias más ricas como la de Jaén o Guadalajara:
estaba muy agrabiada esta probinçia porque la haçían ygual con la probinçia de guadalajara y de jaén, siendo probinçias de mucha sustançia y donde se cogen muchos frutos, por ser la de guadalajara de lo bueno del rreyno de toledo y la de jaén de lo bueno del andalucía= y ser esta probinçia de cuenca la mayor parte de ella sierra y tierra estéril y miserablíssima donde no se coge pan ni otros frutos y que se prouehe de acarreo de la mayor parte de las cossas neçesarias para su sustento... en lo qual está toda esta prouinçia agrabiada en más de siete cuentos cada año en quanto a este seruiçio de millones= y en lo que toca al seruiçio hordinario y trashordinario en más de cuento y medio que biene a ser la carga muy grande y el agrabio muy notorio
Los administradores de rentas que se habían enviado a la gobernación del marquesado de Villena en el decenio que va de 1576 a 1586, mostraban una tierra con gran potencial económico, donde el principal problema era la desigualdad, que derivaba en el fraude contributivo de los llamados ricos por el administrador de rentas reales Rodrigo Méndez. Cuenca y su tierra, por contra, vivía la crisis de su economía ganadera. Que el patriciado conquense supiera de este desigual comportamiento poco importa, pues sus decisiones políticas estaban condicionadas por la defensa de sus intereses. Por eso a la motivación provinciana que denunciaba el desigual trato respecto a otras provincias, se unía el particularismo para explicar su propia crisis desde la denuncia de una situación económica adversa.
La causa principal de la crisis económica que vivía la ciudad de Cuenca y su tierra, a ojos de sus regidores, era el cierre de su casa de la moneda o, dicho de otro modo, que no hubiera reconvertido su fabricación de monedas de oro y plata en la labranza de monedas de vellón. La limitación de circulación monetaria limitaba la actividad lanera de la ciudad. Así, la crisis de la economía real, la bajada del precio de la lana, se derivaba de una crisis monetaria de falta de numerario:
Desde que se cerró la cassa de la moneda desta ciudad se a bisto por esperiençia que cada día se ban perdiendo y consumiendo y enpobreçiendo los naturales faltando como faltan las tres partes del trato que abía quando se labraua la dicha moneda de bellón porque siendo como es la mayor parte desta tierra sierras y aspereças que casi no tiene tierras de labor es forçosso que trato general sea ganados y el prinçipal esquilmo dellos la lana, la qual no labrándose como después que cessó la labor de dicha moneda no se labran la lana ni hazen paños y esta toda esta tierra perdida y arruinada, porque se lleban los estranjeros la lana y tan bajos presçios que no se puede sustentar el dicho trato de ganado ni menos ay salida de los demás frutos que se cogen en ella y la misma esperiençia a mostrado que quando abía labor de la dicha moneda con la abundançia de ella y de los tratos estaba esta prouinçia muy rreparada y podía seruir a su magestad en qualquiera ocasión y sin esto le es al presente muy dificultoso por estar tan alcanzada y con tan poca sustançia= Demás que quando se labraua y abía la dicha moneda se multiplican los tratos y los obrajes de los paños causándose dellos muchas alcaualas de que rresultaba grande aprouechamiento a las rrentas rreales que an benido en muy grande diminución y puesto a esta ciudad y su probinçia en mucha neçessidad para cumplir el encabezamiento=
Y para el rremedio desto se a supplicado muchas bezes a su magestad sea seruido de mandar que se abra la dicha cassa y que se labre la dicha moneda y que se les desenbargue a los vezinos y moradores desta ciudad la hazienda que en ella tienen enbargadas y es neçessario y forçosso tornalle a supplicar de nuevo lo mande proueher y dar liçençia para que los çiento y doze mill marcos de moneda de vellón que en esta cassa de moneda están fundicos y ligados con quatro granos de plata cada marco se labren religando y baxándose a un grano de liga cada uno como su magestad a mandado se labre en segobia pues con esto se puede haber la moneda semejante a la que allí se labra con los mismos cuños y liga para que aquella hazienda que está allí perdida sin poder seruir para otra cossa se aproueche que vltra de ser el arbitrio neçessario para esta çiudad y su probinçia su magestad sea seruido en el de los tres granos de plata que sean de bajar y de ocho mrs. y mº por la liçençia de cada marco de los que demás de los çiento y doze mill que están en la dicha cassa se labraren que serán todo quatrosçientos y quarenta y ocho mill marcos y montara el dicho seruiçio que a su magestad se le haze quatrosçientos y veynte mill rreales que son de considerazión en labor tan pequeña=
Y además desto si su magestad diese liçençia para que se pudiese labrar cada año quarenta o çinquenta mill ducados sería el rremedio unibersal desta çiudad y su prouinçia y su magestad serbido con los tres quartillos de plata y uno por la liçençia que montaría este seruiçio quarenta mill ducados cada año y sería poner mucho ánimo a los vezinos y moradores desta çiudad y su probinçia para que acudiesen en esta ocasión y en todas con mucha liberalidad al seruiçio de su magestad porque ternían sustançia para poderlo hazer
AGS. PATRONATO REAL, Leg. 85. doc. 45. Memerial de la ciudad de Cuenca sobre la concesión del servicio de ocho millones. 17 de marzo de 1597.
La acuñación de moneda se veía, además, como salida de numerario atesorado e infructífero para dotar a la economía de un capital circulante que dinamizara la actividad y, en la medida que aumentaran los tratos, remedio de las necesidades financieras de la Corona e impulsora de un deteriorado urbanismo. Así se reconocía en la carta que la ciudad envío el 24 de abril de 1597 para solicitar arbitrios para el pago del nuevo servicio de 18 millones:
y que las personas nonbradas por la dicha çiudad sean vezinos della para que la moneda que proçediere de la dicha lauor se conbierta en los tratos y grangerías y obrajes de paños de la dicha ziudad y que las dichas personas que la çiudad nonbrare sirban a su magestad con tres quartillos de plata de cada marco e sean obligados de pagar a la dicha çiudad un quartillo de cada marco la mitad de lo que montare el dicho quartillo de la dicha lauor para ayuda a pagar el dicho servicio y la otra mitad para pagar los gastos forçosos de enpedrados fuentes y puentes y demás del aprouechamiento y benefiçio que los vezinos y moradores de la dicha çiudad rreçiuen en ayudarse desto también lo rreçibirán muy grande en tener de que pagar los dichos gastos de enpedrados e fuentes e puentes que en esta çiudad son muy grandes
La petición sería negada con las siguientes palabras, questo no es cosa para pedir por condiçión y podrá pedirse por supplicaçión para que su magestad le haga la merçed que huuiere lugar.
El programa regeneracionista iba más lejos, proponiéndose reservar una tercera parte de las lanas destinadas a la exportación para la producción local, así como la posibilidad de que los vecinos de Cuenca pudieran actuar como intermediarios o regatones en la compra-venta de la lana destinada a Italia. Si bien la segunda petición fue concedida por la prórroga por cuatro años de la licencia que ya existía, la primera, vieja reivindicación de reservar un tercio de las lanas a la producción nacional, fue negada tajantemente:
que este capítulo es contra justizia y no se puede conçeder y se an de guardar los autos probeídos en el consejo çerca de lo en él contenido
Ocho años antes, en 1589, la ciudad de Cuenca ya había propuesto la posibilidad de labrar 50.000 ducados en su casa de la moneda, pero era una posibilidad más entre otras proposiciones en la línea general de propuestas de otras villas y ciudades: sisas sobre los cuatro géneros, gravámenes sobre las entradas y salidas de mercaderías de la ciudad, repartimiento entre las villas y lugares de la provincia, dotando al corregidor de titulo de mero ejecutor para cobranza de deudas.
Otras medidas iban en el sentido de reservar a uso particular los bienes propios o comunales: el arrendamiento de dehesas como las de Las Mezquitas, atento que por no tener esta çiudad término ni dehesa para este efecto (ganado para las carnicerías) de hordinario se come la carne ocho o diez marauedíes más por a rres que en otras partes. La concesión de esta petición en 1590 no libraría a la ciudad de un pleito en la Chancillería de Granada con el señor de Valverde, Diego Ruiz de Alarcón, que sólo ocho años después la ciudad logrará que se conozca privativamente en el consejo de Castilla. En 1597 después se propondrá como dehesa carnicera para la cría de ganados para abasto de la ciudad un coto o término junto a la misma çiudad que llaman baltardío e mira al rrío, donde se pide licencia a la Corona para expropiar este terreno a los particulares que lo cultivaban a cambio de una indemnización. La inexistencia en Cuenca de dehesas para la cría de ganado destinado al consumo de carne se traducía en la dependencia de Cuenca de otras villas para el abasto de carnes y en los altos precios que pagaba para garantizar el abasto de carnes. Así lo hemos constatado en otro lugar: en 1583, María Álvarez de Tébar, de San Clemente, vende 550 cabezas de ganado a un abastecedor de las carnicerías de la ciudad de Cuenca. La operación de venta supone un incremento del precio de venta de las reses en un tercio con respecto a otra operación realizada poco antes por la mencionado vecina de San Clemente, dentro de las habituales transacciones locales.
La posibilidad de labrar o romper los prados concejiles o ejidos para pan había sido algo marginal en la tierra de Cuenca; pero la necesidad obliga a plantearlo ahora en 1597, haciéndolo extensible a las tierras llecas, prados y montes, aunque hubiera comunidad de pastos, e incluso dehesas boyales, en un difícil equilibrio por no entrometerse en las cañadas y veredas de los ganados. Desesperadamente se pedía licencia real para que los pueblos de la sierra, en la ribera de la cabecera del Tajo, pudieran vender alguna parte de su monte.
Pero la pobreza del norte contrastaba con la riqueza de la Mancha. Se exponía la desigualdad de la riqueza, la sustançia, de la provincia y se exigía un control desde Cuenca de repartimientos de las cantidades a contribuir, en la creencia cierta, que el potencial económico de los pueblos del sur era mayor y debían pagar más:
por auer en la dicha prouinçia de cuenca unas tierras más sustançiales que otras en mucha cantidad como son la mancha tierra de huete utiel y rrequena e que conbiene ay tierras estirilísima que son la sierra de cuenca e tierra de molina e tierra de moya que su magestad sea seruido de conceder y dar facultad e poder para que la parte que perteneciere a toda la provincia abiéndola tomado por mayor aya de hazer esta çiudad como caueça el rrepartimiento entre toda su provinçia justificadamente conforme a la sustançia de las dichas tierras e que no las pueda hazer otra villa ni lugar desta provinçia
La ciudad de Cuenca iba más allá, pues pretendía, quizás en el pensamiento de arreglar su declive económico, la obtención de una carta receptoría única que le permitiese controlar la cifra global del impuesto de la provincia para repartirlo entre sus villas y lugares. El privilegio que gozaba de delegación regia para la concesión de licencias para conceder arbitrios a los lugares de su tierra, destinando su producto al servicio de millones, pretendía hacerlo extensivo a toda la provincia. El intento de intervención de los propios de las ricas villas del sur de Cuenca, en provecho de su patriciado ganadero, resultará baldío por la oposición del Consejo de Castilla:
que pues su magestad tiene concedido al rreyno en la tierra e billas desta çiudad no puedan usar ningún adbitrio sin su ynterbençión que esto se entienda en toda la provincia de manera que ninguna çiudad villa ni lugar pueda usar de ningún adbitrio sin ynterbençión de la dicha çiudad de cuenca como caueça de la dicha prouinçia
En este contexto de preeminencia y defensa de su calidad, la ciudad de Cuenca defenderá se le permita usar el título de señoría:
que su magestad sea seruido que a esta çiudad estando su ayuntamiento se le pueda deçir y escriuir señoría pues demás de ser tan antigua e calificada e caueça de prouinçia sienpre a tenido costumbre de llamarse señoría hasta que su magestad mande lo contrario por sus premáticas nuebamente establecidas
La contestación del Consejo fue evitar agravios con otras ciudades, con una respuesta conciliadora, complaciente con una ciudad que se resistía a reconocer el irreversible camino de decadencia en el que estaba inmersa:
que lo que se hiziere con las demás çiudades sobre lo contenido en este capítulo se hará con cuenca
(AGS. PATRONATO REAL. Leg. 85, Doc. 49. Carta de la ciudad de Cuenca sobre los arbitrios solicitados para poder otorgar el servicio de millones. 24 de abril de 1597)
Imagen: Harry Fenn, vista del Puente de San Pablo hacia 1878
para que la parte que el rreino por mayor rrepartiere a esta çiudad del socorro que se pretenden haçer para esta jornada lo pueda esta çiudad rrepartir por menor entre todas las uillas y lugares eximidas e de señorío de toda la prouinçia por quien habla entrando en la dicha paga la uilla de molina e su tierra, rrequena e la suya, la çiudad de huete e su tierra, san clemente y su partido, marquesado de cañete y de moya, condado de pliego e uillas e lugares de doña luisa de cárdenas e todas las uillas e lugares conprehendidas en la dicha prouinçia por quien tiene voto
(AGS. PATRONATO REAL. Leg. 80, doc. 400, Relación de lo que pide la ciudad de Cuenca por el servicio de los ocho millones, 10 de abril de 1589)
Evidentemente, tener voz por la provincia no significaba que las quejas de la ciudad de Cuenca fueran las de la provincia, y menos las de un distrito como el de San Clemente, escasamente integrado en el espacio económico de la tierra de Cuenca. Pero los agravios de la ciudad de Cuenca sí expresaban los malestares locales de los pueblos de la provincia. En un memorial conservado de 1597 se afirmaba sobre la çiudad de cuenca y su probinçia que la tienen muy agrabiada y destruyda. El malestar, hay que reconocer que también interesado, era un recordatorio a esas alturas de fin del siglo de la oposición que había levantado el nuevo impuesto.
El servicio de ocho millones de 1590 se había hecho conforme a las aberiguaciones antiguas de la becindad y abono del Reyno. De acuerdo a este relato se había repartido el servicio entre las ciudades, villas y lugares los dos primeros años y medio. Los pueblos quejosos protestarían el repartimiento hecho, obligando a hacer nuevas averiguaciones sobre cuál era el estado de riqueza del Reino. Así lo hicieron multitud de pueblos (ya hemos visto algunos casos), pero el resultado de las averiguaciones no fue nada beneficioso para la provincia de Cuenca. Quizás la ciudad, que veía la decadencia de su economía lanera, era incapaz de comprender el desarrollo económico de la parte sur de la provincia. Se impuso un nuevo repartimiento para el año 1593, que incrementó a siete millones de maravedíes la cantidad a pagar por la provincia. Contra el nuevo repartimiento protestó la ciudad de Cuenca, pues se le equiparaba a provincias más ricas como la de Jaén o Guadalajara:
estaba muy agrabiada esta probinçia porque la haçían ygual con la probinçia de guadalajara y de jaén, siendo probinçias de mucha sustançia y donde se cogen muchos frutos, por ser la de guadalajara de lo bueno del rreyno de toledo y la de jaén de lo bueno del andalucía= y ser esta probinçia de cuenca la mayor parte de ella sierra y tierra estéril y miserablíssima donde no se coge pan ni otros frutos y que se prouehe de acarreo de la mayor parte de las cossas neçesarias para su sustento... en lo qual está toda esta prouinçia agrabiada en más de siete cuentos cada año en quanto a este seruiçio de millones= y en lo que toca al seruiçio hordinario y trashordinario en más de cuento y medio que biene a ser la carga muy grande y el agrabio muy notorio
Los administradores de rentas que se habían enviado a la gobernación del marquesado de Villena en el decenio que va de 1576 a 1586, mostraban una tierra con gran potencial económico, donde el principal problema era la desigualdad, que derivaba en el fraude contributivo de los llamados ricos por el administrador de rentas reales Rodrigo Méndez. Cuenca y su tierra, por contra, vivía la crisis de su economía ganadera. Que el patriciado conquense supiera de este desigual comportamiento poco importa, pues sus decisiones políticas estaban condicionadas por la defensa de sus intereses. Por eso a la motivación provinciana que denunciaba el desigual trato respecto a otras provincias, se unía el particularismo para explicar su propia crisis desde la denuncia de una situación económica adversa.
La causa principal de la crisis económica que vivía la ciudad de Cuenca y su tierra, a ojos de sus regidores, era el cierre de su casa de la moneda o, dicho de otro modo, que no hubiera reconvertido su fabricación de monedas de oro y plata en la labranza de monedas de vellón. La limitación de circulación monetaria limitaba la actividad lanera de la ciudad. Así, la crisis de la economía real, la bajada del precio de la lana, se derivaba de una crisis monetaria de falta de numerario:
Desde que se cerró la cassa de la moneda desta ciudad se a bisto por esperiençia que cada día se ban perdiendo y consumiendo y enpobreçiendo los naturales faltando como faltan las tres partes del trato que abía quando se labraua la dicha moneda de bellón porque siendo como es la mayor parte desta tierra sierras y aspereças que casi no tiene tierras de labor es forçosso que trato general sea ganados y el prinçipal esquilmo dellos la lana, la qual no labrándose como después que cessó la labor de dicha moneda no se labran la lana ni hazen paños y esta toda esta tierra perdida y arruinada, porque se lleban los estranjeros la lana y tan bajos presçios que no se puede sustentar el dicho trato de ganado ni menos ay salida de los demás frutos que se cogen en ella y la misma esperiençia a mostrado que quando abía labor de la dicha moneda con la abundançia de ella y de los tratos estaba esta prouinçia muy rreparada y podía seruir a su magestad en qualquiera ocasión y sin esto le es al presente muy dificultoso por estar tan alcanzada y con tan poca sustançia= Demás que quando se labraua y abía la dicha moneda se multiplican los tratos y los obrajes de los paños causándose dellos muchas alcaualas de que rresultaba grande aprouechamiento a las rrentas rreales que an benido en muy grande diminución y puesto a esta ciudad y su probinçia en mucha neçessidad para cumplir el encabezamiento=
Y para el rremedio desto se a supplicado muchas bezes a su magestad sea seruido de mandar que se abra la dicha cassa y que se labre la dicha moneda y que se les desenbargue a los vezinos y moradores desta ciudad la hazienda que en ella tienen enbargadas y es neçessario y forçosso tornalle a supplicar de nuevo lo mande proueher y dar liçençia para que los çiento y doze mill marcos de moneda de vellón que en esta cassa de moneda están fundicos y ligados con quatro granos de plata cada marco se labren religando y baxándose a un grano de liga cada uno como su magestad a mandado se labre en segobia pues con esto se puede haber la moneda semejante a la que allí se labra con los mismos cuños y liga para que aquella hazienda que está allí perdida sin poder seruir para otra cossa se aproueche que vltra de ser el arbitrio neçessario para esta çiudad y su probinçia su magestad sea seruido en el de los tres granos de plata que sean de bajar y de ocho mrs. y mº por la liçençia de cada marco de los que demás de los çiento y doze mill que están en la dicha cassa se labraren que serán todo quatrosçientos y quarenta y ocho mill marcos y montara el dicho seruiçio que a su magestad se le haze quatrosçientos y veynte mill rreales que son de considerazión en labor tan pequeña=
Y además desto si su magestad diese liçençia para que se pudiese labrar cada año quarenta o çinquenta mill ducados sería el rremedio unibersal desta çiudad y su prouinçia y su magestad serbido con los tres quartillos de plata y uno por la liçençia que montaría este seruiçio quarenta mill ducados cada año y sería poner mucho ánimo a los vezinos y moradores desta çiudad y su probinçia para que acudiesen en esta ocasión y en todas con mucha liberalidad al seruiçio de su magestad porque ternían sustançia para poderlo hazer
AGS. PATRONATO REAL, Leg. 85. doc. 45. Memerial de la ciudad de Cuenca sobre la concesión del servicio de ocho millones. 17 de marzo de 1597.
La acuñación de moneda se veía, además, como salida de numerario atesorado e infructífero para dotar a la economía de un capital circulante que dinamizara la actividad y, en la medida que aumentaran los tratos, remedio de las necesidades financieras de la Corona e impulsora de un deteriorado urbanismo. Así se reconocía en la carta que la ciudad envío el 24 de abril de 1597 para solicitar arbitrios para el pago del nuevo servicio de 18 millones:
y que las personas nonbradas por la dicha çiudad sean vezinos della para que la moneda que proçediere de la dicha lauor se conbierta en los tratos y grangerías y obrajes de paños de la dicha ziudad y que las dichas personas que la çiudad nonbrare sirban a su magestad con tres quartillos de plata de cada marco e sean obligados de pagar a la dicha çiudad un quartillo de cada marco la mitad de lo que montare el dicho quartillo de la dicha lauor para ayuda a pagar el dicho servicio y la otra mitad para pagar los gastos forçosos de enpedrados fuentes y puentes y demás del aprouechamiento y benefiçio que los vezinos y moradores de la dicha çiudad rreçiuen en ayudarse desto también lo rreçibirán muy grande en tener de que pagar los dichos gastos de enpedrados e fuentes e puentes que en esta çiudad son muy grandes
La petición sería negada con las siguientes palabras, questo no es cosa para pedir por condiçión y podrá pedirse por supplicaçión para que su magestad le haga la merçed que huuiere lugar.
El programa regeneracionista iba más lejos, proponiéndose reservar una tercera parte de las lanas destinadas a la exportación para la producción local, así como la posibilidad de que los vecinos de Cuenca pudieran actuar como intermediarios o regatones en la compra-venta de la lana destinada a Italia. Si bien la segunda petición fue concedida por la prórroga por cuatro años de la licencia que ya existía, la primera, vieja reivindicación de reservar un tercio de las lanas a la producción nacional, fue negada tajantemente:
que este capítulo es contra justizia y no se puede conçeder y se an de guardar los autos probeídos en el consejo çerca de lo en él contenido
Ocho años antes, en 1589, la ciudad de Cuenca ya había propuesto la posibilidad de labrar 50.000 ducados en su casa de la moneda, pero era una posibilidad más entre otras proposiciones en la línea general de propuestas de otras villas y ciudades: sisas sobre los cuatro géneros, gravámenes sobre las entradas y salidas de mercaderías de la ciudad, repartimiento entre las villas y lugares de la provincia, dotando al corregidor de titulo de mero ejecutor para cobranza de deudas.
Otras medidas iban en el sentido de reservar a uso particular los bienes propios o comunales: el arrendamiento de dehesas como las de Las Mezquitas, atento que por no tener esta çiudad término ni dehesa para este efecto (ganado para las carnicerías) de hordinario se come la carne ocho o diez marauedíes más por a rres que en otras partes. La concesión de esta petición en 1590 no libraría a la ciudad de un pleito en la Chancillería de Granada con el señor de Valverde, Diego Ruiz de Alarcón, que sólo ocho años después la ciudad logrará que se conozca privativamente en el consejo de Castilla. En 1597 después se propondrá como dehesa carnicera para la cría de ganados para abasto de la ciudad un coto o término junto a la misma çiudad que llaman baltardío e mira al rrío, donde se pide licencia a la Corona para expropiar este terreno a los particulares que lo cultivaban a cambio de una indemnización. La inexistencia en Cuenca de dehesas para la cría de ganado destinado al consumo de carne se traducía en la dependencia de Cuenca de otras villas para el abasto de carnes y en los altos precios que pagaba para garantizar el abasto de carnes. Así lo hemos constatado en otro lugar: en 1583, María Álvarez de Tébar, de San Clemente, vende 550 cabezas de ganado a un abastecedor de las carnicerías de la ciudad de Cuenca. La operación de venta supone un incremento del precio de venta de las reses en un tercio con respecto a otra operación realizada poco antes por la mencionado vecina de San Clemente, dentro de las habituales transacciones locales.
La posibilidad de labrar o romper los prados concejiles o ejidos para pan había sido algo marginal en la tierra de Cuenca; pero la necesidad obliga a plantearlo ahora en 1597, haciéndolo extensible a las tierras llecas, prados y montes, aunque hubiera comunidad de pastos, e incluso dehesas boyales, en un difícil equilibrio por no entrometerse en las cañadas y veredas de los ganados. Desesperadamente se pedía licencia real para que los pueblos de la sierra, en la ribera de la cabecera del Tajo, pudieran vender alguna parte de su monte.
Pero la pobreza del norte contrastaba con la riqueza de la Mancha. Se exponía la desigualdad de la riqueza, la sustançia, de la provincia y se exigía un control desde Cuenca de repartimientos de las cantidades a contribuir, en la creencia cierta, que el potencial económico de los pueblos del sur era mayor y debían pagar más:
por auer en la dicha prouinçia de cuenca unas tierras más sustançiales que otras en mucha cantidad como son la mancha tierra de huete utiel y rrequena e que conbiene ay tierras estirilísima que son la sierra de cuenca e tierra de molina e tierra de moya que su magestad sea seruido de conceder y dar facultad e poder para que la parte que perteneciere a toda la provincia abiéndola tomado por mayor aya de hazer esta çiudad como caueça el rrepartimiento entre toda su provinçia justificadamente conforme a la sustançia de las dichas tierras e que no las pueda hazer otra villa ni lugar desta provinçia
La ciudad de Cuenca iba más allá, pues pretendía, quizás en el pensamiento de arreglar su declive económico, la obtención de una carta receptoría única que le permitiese controlar la cifra global del impuesto de la provincia para repartirlo entre sus villas y lugares. El privilegio que gozaba de delegación regia para la concesión de licencias para conceder arbitrios a los lugares de su tierra, destinando su producto al servicio de millones, pretendía hacerlo extensivo a toda la provincia. El intento de intervención de los propios de las ricas villas del sur de Cuenca, en provecho de su patriciado ganadero, resultará baldío por la oposición del Consejo de Castilla:
que pues su magestad tiene concedido al rreyno en la tierra e billas desta çiudad no puedan usar ningún adbitrio sin su ynterbençión que esto se entienda en toda la provincia de manera que ninguna çiudad villa ni lugar pueda usar de ningún adbitrio sin ynterbençión de la dicha çiudad de cuenca como caueça de la dicha prouinçia
En este contexto de preeminencia y defensa de su calidad, la ciudad de Cuenca defenderá se le permita usar el título de señoría:
que su magestad sea seruido que a esta çiudad estando su ayuntamiento se le pueda deçir y escriuir señoría pues demás de ser tan antigua e calificada e caueça de prouinçia sienpre a tenido costumbre de llamarse señoría hasta que su magestad mande lo contrario por sus premáticas nuebamente establecidas
La contestación del Consejo fue evitar agravios con otras ciudades, con una respuesta conciliadora, complaciente con una ciudad que se resistía a reconocer el irreversible camino de decadencia en el que estaba inmersa:
que lo que se hiziere con las demás çiudades sobre lo contenido en este capítulo se hará con cuenca
(AGS. PATRONATO REAL. Leg. 85, Doc. 49. Carta de la ciudad de Cuenca sobre los arbitrios solicitados para poder otorgar el servicio de millones. 24 de abril de 1597)
Imagen: Harry Fenn, vista del Puente de San Pablo hacia 1878
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