El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

domingo, 31 de enero de 2016

El incidente de la mancebía de San Clemente (1558)- (IV)

La huida de Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta a El Provencio provocaría un agrio enfrentamiento entre las justicias de los dos pueblos. Las requisitorias del Miguel de los Herreros y del alcalde mayor licenciado Céspedes de Cárdenas fueron respondidas por la justicia de El Provencio con todo el rigor jurídico posible, quizás temiendo, como así fue, que el asunto acabará en el Consejo Real. No en vano, en el conflicto contendieron tres jurisdicciones enfrentadas: la justicia real, la señorial y la militar. Prevalecía en teoría la justicia real, pero la realidad del terreno beneficiaba a la justicia señorial y la beneficiaria acabó siendo la jurisdicción militar, que no tenía competencias en el caso, pero se imponía por la vía de los hechos.

Las primeras requisitorias, de veintiséis de mayo de 1558, ordenando la prisión de los huidos, y a ser posible remitidos a la cárcel de San Clemente, fueron emitidas por el alcalde ordinario de San Clemente, Miguel de los Herreros, pues el alcalde mayor, aún no había regresado de Villanueva de la Jara. Tanto Pedro de Mondragón como Diego de Iniesta, se paseaban por la villa de El Provencio, jactándose de las heridas causadas al alguacil Juan de Argüello. El cumplimiento de la requisitoria fue obedecido, aunque sin premura, por el alcalde mayor y uno de los alcaldes ordinarios de El Provencio, Francisco Castillo y Hernando de Losa. Éste último ordenaría la prisión de los culpados en la cárcel de la villa, pero éstos, sin duda previamente avisados, les dio tiempo a retraerse a la iglesia ante la mirada complaciente del otro alcalde, Juan Rosillo, y el presbítero Marco de la Roda.

El desafuero a la justicia de San Clemente fue respondido enviando esta vez a una persona de máxima confianza de Miguel de los Herreros y del mismo alcalde mayor Céspedes, don Hernando Pacheco, que con una nueva requisitoria conminó al alcalde Hernando de Losa a poner una guardia de diez hombres, que estaría a cargo del alguacil Hernán Martínez, para evitar la huida de los delincuentes de la iglesia. Se le recordaría a Hernando Pacheco que los guardas los debía pagar la villa de San Clemente.

Que el licenciado Céspedes de Cárdenas dudaba del celo en el cumplimiento de sus órdenes por la justicia de El Provencio está fuera de lugar y así se lo recordaba:

... e los susodichos delinquentes se an venido a favoresçer a esta dicha villa del provençio donde se an andado por ella paseando libremente e contando lo que avían hecho e no los prendieron ni quisieron prender y por ver que de parte de la dicha justiçia de la villa de san clemente venían en su seguimiento se an rretraído a la yglesia desta villa

por eso, se desplazó en persona a El Provencio el 27 de mayo exigiendo se sacasen de la iglesia los dos jóvenes y se los entregaran. Esta vez las invectivas iban directamente contra la justicia de El Provencio a la que acusaba de dar cobijo y protección a los delincuentes y haciéndoles responsables de una posible huida

...que si los dichos delinquentes se fueren o ausentaren de manera que no puedan ser castigados y el delito quede sin punición el castigo sería su culpa el cargo e de todo dará notiçia a la rreal magestad e dellos se quexará como de juezes que faboresçen a los deliquentes e no quieren que sean  castigados

Lejos de amedrentarse Francisco del Castillo y Hernando de Losa buscaron todo tipo de subterfugios para incumplir las órdenes. No se había pagado los tres ducados prometidos a los guardas de la iglesia, que al fin y al cabo era gente que vivía de su trabajo. Por tanto, la responsabilidad no era suya si abandonaban la guardia y escapaban los delincuentes. Además, estaba el problema jurídico de que estaban en lugar sagrado y no se les podía prender. Alegaba Francisco del Castillo que necesitaba antes de tomar una decisión, el parecer de un letrado. De hecho el parecer se pidió a un letrado que vivía seis leguas más allá, en el Castillo de Garcimuñoz, el más afamado de toda la comarca, se añadía. Tal letrado se llamaba el licenciado Sobrino.

Francisco del Castillo llegó a espetar a la cara del licenciado Céspedes que ellos no eran letrados para poder proveer lo susodicho. La contestación del licenciado Céspedes de Cárdenas fue iracunda, los alevosos y delinquentes no gozan de las ymmunidades de la iglesia. Además las excusas sólo servían para ocultar las amistades de que gozaban los dos huidos entre vecinos principales de El Provencio, incluida su justicia. Esta vez, se amenazaba con dar noticia al Consejo Real de sus actuaciones.

Las amenazas debieron hacer mella en Francisco del Castillo y Hernando de Losa, que organizaron una partida de gente armada, dispuesta a apresar a los dos jóvenes encerrados en la iglesia. No lo lograron. O bien hubo una feroz resistencia de los encerrados o bien demasiada teatralidad en la operación de arresto. Así lo narraba el alguacil Francisco Lucas:

... se hiçieron fuertes en ella (en la torre de la iglesia) e atrancaron la puerta con piedras e la defendieron con sus espadas e no se dexaron hechar prisiones.

Debemos imaginar al licenciado Céspedes tan perplejo como lleno de ira ante lo que estaba pasando. Pero esa tarde del día veintisiete la presencia de una compañía de soldados cambiaría el devenir de los acontecimientos. El Provencio estaba en el camino que los soldados reclutados en el Reino de Toledo y Madrid tomaban con dirección al puerto de Cartagena, donde se embarcaban con dirección a Italia o a los presidios del norte de África. Aunque se aconsejaba que se evitaran los mismos itinerarios, la realidad es que pueblos como El Pedernoso, Las Pedroñeras, El Provencio, Minaya o La Roda estaban obligados a soportar el tránsito y hospedaje de sucesivas compañías de soldados. Algunos pueblos como La Roda no dudaban en pagar lo que hiciera falta para evitar la presencia de los soldados y endosárselos a La Gineta.

Al pasar por los pueblos, las compañías intentaban rellenar el cupo de soldados que no habían conseguido por el método tradicional de reclutamiento poniendo bandera en la plaza de los pueblos. Por supuesto, entre las potenciales víctimas estaban los perseguidos por la justicia. En esa situación estaban Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta. A la torre donde se encontraban encerrados se aproximaron cuatro soldados para cogerlos e incorporarlos a la compañía del alférez Pedro Agraz, que esa misma tarde había llegado a El Provencio, alojándose en su posada. Y así hubiera sido de no ser por la defensa que con sus armas hicieron de los recluidos los guardas de la iglesia encabezados por el alguacil Hernán Martínez. El valor de que hicieron gala esta vez contrasta con la pusilanimidad que demostraron cuando tuvieron que apresar a los dos huidos. La acción denunciaba las complicidades de Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta en la villa. Su entrega sólo sería posible por el acuerdo al que llegaron el alcalde mayor Francisco del Castillo, como mediador de su señora Margarida Ladrón de Bobadilla, y el alférez Agraz. Un acuerdo que se mostraba como única salida para evitar un conflicto mayor, y que se concretó seguramente a espaldas de los guardas que velaban por la seguridad de los recluidos en la Iglesia. Así nos lo contaba el alguacil Hernán Martínez:

... ayer veynte e siete días del presente mes de mayo en la noche estando los susodichos rretraydos y encastillados en la torre de la yglesia desta villa vinieron quatro soldados por avellos de sacar e llevárselos de la dicha yglesia y este testigo e otros que con éste ivan echaron mano de sus espadas e solos defendieron y echaron de alrededor de la dicha yglesia y los dichos soldados se fueron haciendo fieros que avían de venir muchos soldados e sacarlos e llevárselos y otro día por la mañana veinte e ocho del dicho día mes de mayo vino pedro agraz alférez con más de çiento e çinquenta ombres con espadas e otras armas e zercó la yglesia desta villa por aver de sacar por fuerça a los dichos pedro mondragón y diego de yniesta e teniéndole çercado estava este testigo con otra gente dentro de la dicha yglesia a la puerta de la torre defendiendo que no los sacasen por allí ni saliesen los dichos mondragón y diego de yniesta e como no pudieron salir por la puerta de la torre porque ellos amenazaban con espadas e lanças e alabardas e no les dexaban salir por la dicha puerta aunque los susodichos rretraydos estavan e querían salir por ella y teniendo zercada la dicha yglesia el dicho pedro agraz con la dicha gente de guerra los dichos pedro de mondragón y diego de yniesta se salieron por çima de los tejados de la dicha yglesia e se echaron abajo e los rrecogió el dicho pedro agraz con toda su gente e se los llevaron debaxo de su bandera e por fuerça

En la escena estaba presente como espectadora privilegiada la señora del lugar, pero también Hernando de Pacheco. Ambos fueron testigos de cómo la compañía de soldados se llevaba a Mondragón e Iniesta por una calle del pueblo camino de Minaya.

Para cerrar aquella estrambótica situación por la tarde llegaba el parecer del licenciado Sobrino, el afamado juriconsulto de Castillo de Garcimuñoz y de toda la comarca. Un despropósito más que se incorporaría al expediente que se remitió al Consejo Real:

magnífico señor, yo he visto la requisitoria e informaçión, el caso es grave en lo que toca a diego de yniesta y quisiere yo que estuviera en otra villa qualquier del marquesado para que el señor governador e su alcalde mayor determinarán lo que les paresçiere a ellos. Yo e visto en este caso todo lo que e podido ansí de derecho canónico como de derecho zevil y leyes destos rreynos y si yo fuera juez del caso determinara ni en lo que me paresçiera porque el ofiçio me obligava y como asesor en caso semejante no me atrevo a dar parezer porque tengo por ello y dado el rrigor que yo acostumbrava tratar semejantes casos, vuestra merçed envíe a tomar parezer sobre el caso adonde mejor y más sauio crea que se lo darán. Entretanto sy yo fuera juez mandaría echarles grandes prisiones.




AGS. CONSEJO REAL DE CASTILLA. 343 BIS, 5. Juan de Argüello, alguacil mayor del Marquesado de Villena, contra vecinos de la villa de San Clemente por haberle herido cuando intentaba desarmar a Pedro de Mondragón en la mancebía. 1558

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