El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

sábado, 22 de junio de 2019

Principales contra menudos en el Villarrobledo de mediados del siglo XVI







Se decía que era costumbre inmemorial en Villarrobledo nombrar para Año Nuevo un procurador síndico en representación del común, que hable por el común y los pobres de la villa. Era tradición que dicho oficio se nombrara en concejo abierto en todas las partes donde existía la figura. Ya hemos visto como en villas como Villanueva de la Jara el procurador síndico se hacía en un concejo abierto de vecinos en la iglesia parroquial al margen del ayuntamiento allá por 1530. Prácticamente todas las villas de lo reducido de la gobernación del marquesado de Villena gozaban de tal figura. En casos como San Clemente, Iniesta o El Provencio son citadas como ejemplos de la elección popular en concejo abierto de procuradores síndicos o universales; elecciones no exentas de tumultos y luchas banderizas. Elección hecha por el pueblo menudo, nos dirá el villarrobletano Francisco Pacheco. La diferenciación social entre los menudos y esos otros llamados principales, poderosos o ricos era más nítida que nunca, en el último tercio del siglo XVI. Pero el oficio de procurador síndico, que nos aparece de forma generalizada en la década de los noventa del siglo XV, había devenido, pasada la mitad del siglo XVI, una figura dominada por los oficiales del concejo. En 1572 las tornas habían cambiado; en la villa de Villarrobledo, se evitaba la reunión del común del pueblo para su elección, y se optaba por el nombramiento directo del cargo por los oficiales salientes, haciendo recaer el oficio en uno de los alcaldes que finalizaban su ejercicio. Ese año de 1572, y los dos anteriores, los cargos de alcaldes habían recaído en dos vecinos llamados Diego de Aguado y Diego de Aguado Ortiz, ambos primos hermanos, que además habían ocupado alternativamente el cargo de procurador síndico al acabar su mandato. Las quejas populares quedaron silenciadas, mientras el aprovechamiento de la dehesa cerrada con licencia real quedaba para unos pocos y el repartimiento de soldados para muchos. Hemos de pensar que 1570 fue el año de mayor esfuerzo de todo el Reino contra la rebelión de los moros de Granada: la aportación de Villarrobledo en hombres y granos fue desmesurada.

Sin embargo, Villarrobledo seguía conservando la figura de los diputados del común. Esta representación de los villarrobletanos, más diluida que el procurador síndico hizo oír sus quejas ante el Consejo Real, que comisionó a Rodrigo Ruiz de Alarcón para informar sobre la antigüedad del oficio en las villas del Marquesado y la utilidad del oficio, que se ponía en duda. Alojado en casa de un vecino llamado Gonzalo García, Rodrigo Ruiz de Alarcón se aprestó a recibir los testimonios de los vecinos que pasaran por su audiencia de ocho a once de la mañana y de dos a cinco de la tarde.

El oficio de procurador síndico tenía como fin velar por el bien común, en otras palabras, velar por una buena administración de los propios y rentas del concejo, la conservación de las dehesas y la guarda de los privilegios de la villa. Discenir entre lo bueno y lo malo de la acción de gobierno, en palabras de la época. Para la fiscalización de la acción de gobierno de los regidores, el procurador síndico acudía a los ayuntamientos. En el caso de Villarrobledo, se acababa de plantar, el año de 1568, un pinar en una dehesa cerrada, llamada las Rochas, junto al río Záncara, y se acusaba a los ricos, que ocupaban las regidurías, de aniquilarla con sus ganados. Hubo quien levantó la voz; un hombre del pueblo Gonzalo García se atrevió a llevar un informe acusatorio al Consejo Real, pero, denunciado, fue llevado a la cárcel de Villarrobledo desde Madrid, donde se hallaba denunciando en la Corte. Además, estos años coincidieron con la rebelión de los moros de Granada; el repartimiento y levas forzosas de los soldados asignados a Villarrobledo por el licenciado Molina y el gobernador del Marquesado de Villena Francisco Zapata para sofocar la insurrección se sacaron en palabras de los vecinos de las gente más pobre y miserable del pueblo. A la salida de la guerra, en el año 1571, sucedió un año de malas cosechas, que, acompañada de la especulación en el abasto de granos, produjo una situación de carestía al llegar el mes de mayo, con la gente perdida e muerta de hambre. La situación se agravó en gran medida por la especulación de los principales, incluido el síndico Diego de Aguado, obligando a la villa, ante la alarmante necesidad, a comprar trigo en Ciudad Real al desorbitado precio de ducado y medio la fanega. Situación incomprensible en una villa como Villarrobledo que pasaba por ser el granero de la comarca y de la Corte.



El interés especulativo de los regidores villarrobletanos quedó de manifiesto, cuando haciendo oídos sordos a la petición de los diputados del común para que se dispusiera de un remanente de cuatro mil ducados, en principio destinados para redimir un censo y ahora obligados a la compra de trigo a nueve reales la fanega, ante el temor luego confirmado de la mala cosecha del año 1571, no se dispuso de tal dinero sino que los oficiales del concejo se hicieron con doscientas o trescientas fanegas del trigo del pósito para luego revenderlo a un precio de once reales. En la mala cosecha del año fue decisiva la aparición de la langosta, pero hasta con la paga se especuló, el dinero para acabar con ella fue desigualmente repartido en salarios, favoreciéndose a los parientes de los oficiales concejiles. La necesidad de un pueblo hambriento no removía las conciencias de los regidores que vendían a los pobres un pan adulterado y mal cocido amasado por sus propias mujeres y al que procuraban restar alguna onza en el peso. El malestar popular en aquel año 1571 iba a más en Villarrobledo; la ira de los menudos se dirigía contra los regidores y el procurador síndico.
e vio como el pueblo se quexaba e pedían justiçia a Dios diziendo que donde se usaba vender tan mal pan e que hera mal rregimiento e gouierno del pueblo que no se podía comer e les llebaban sus dineros 
Las diferencias de clase se estaban agravando en los años de la guerra. Las expresiones de menudos y ricos se empleaban en un contexto de conflicto y denuncia de los agravios sufridos por los primeros, víctimas de la parcialidad en el gobierno de los segundos. No es que ahora se truncase una sociedad igualitaria, pues las supuestas reuniones en concejo abierto para elegir sus síndicos ha tiempo que habían quedado en el olvido. De los testimonios se desprende que el oficio de procurador síndico se elegía, entre hombres principales, por los regidores y alcaldes desde la década de los cuarenta, si no antes, y que a lo sumo la intervención popular en la elección en época anterior estaba muy controlada por los bandos. Tan solo se citaba San Clemente e Iniesta como las dos únicas villas de lo reducido del Marquesado donde la elección de síndico se hacía en concejo abierto. Pero la guerra lo trastocó todo; las levas obligatorias y las requisas de carruajes y bagajes dejaron desamparados los campos de labranza. Las malas cosechas se veían venir, pero no fue eso lo enfureció a los menudos, sino la especulación en una época de necesidad. Especialmente un caso concreto: el no uso de los cuatro mil ducados, en principio destinados a redimir un censo y que el propio concejo había decidido usar para mitigar el hambre y reponer el pósito y, posteriormente, la venta de las existencias de dicho pósito en una operación especulativa; mientras los regidores, en una actitud que se repetirá años después, se enriquecían vendiendo el trigo excedentario de sus propiedades en los pueblos vecinos a precios de ducado y medio.

La coincidencia entre grandes propietarios y su monopolio del gobierno, convirtió el malestar social en un grito de los menudos contra el mal gobierno. El gobierno concejil siempre visto como garante de la protección del débil había devenido en simple instrumento de una oligarquía. Ese sentimiento lo expresaba a la perfección Pedro Morcillo del Cerro

el tal procurador síndico mirará con mayor libertad que conviene a la rrepública e menudos no consentir que el conzejo les aga agrauio y les yrá a la mano en lo que mal quisieren hazer lo qual no se hazía si el dicho conzejo alcaldes e rregidores nonbrasen el dicho syndico porque los eligen e nonbran a personas que tienen entendido que no les hirá a las manos quanto ellos hizieren e su magestad lo puede mandar rremediar como lo tiene dicho porque haziéndose ansí Dios Nuestro Señor será seruido e la rrepública bien gouernada e los pobres no serán agrauiados como hasta aquí se a hecho
Los acusados tenían nombre y apellidos, además de la familia Aguado, otros de los denunciados eran Juan Sánchez Ortiz, que hacía las funciones de depositario. Poseedores de ganados y tierras de pan llevar tenían una posición privilegiada y la desgracia, sea dicho de paso, de haber gobernado la villa en los calamitosos años de la guerra de los moriscos. Una guerra, que junto a la rebelión catalana de 1640 marcaron dos momentos trágicos en la historia de España; ya no solo por poner en duda la cohesión del territorio sino por el tremendo esfuerzo y ruina que provocó en las familias. Pero quien puso voz al pueblo fueron respetables hombres muy alejados del común. Familias como los Pacheco o los Montoya imponían su voluntad en Villarrobledo*. Hombres próximos a estas familias como Martín Alonso de Oviedo compartía la alcaldía con uno de los Aguados desde comienzos de 1572. Con razón decía la facción de los Aguado que lo que debería importar al rey es que no hubiera escándalos, revueltas y revoluciones, tener la villa pacífica y no entrar en una disputa por el gobierno, como pretendían algunos particulares, que podía dar lugar a estos males.

La disputa entre los dos grupos se trasladaba al papel reservado al síndico. Para sus detractores era una simple figura asesora, que únicamente debía intervenir en los ayuntamientos cuando los regidores requerían de su presencia; para los defensores de la figura, el procurador síndico debía ser un oficio asalariado, con derecho a asiento en los ayuntamientos y asesoramiento permanente por el letrado de la villa. De hecho, se estaba abriendo paso una concepción exclusiva de la política: la libre elección de oficios podía llevar al nombramiento de personas no aptas para los cargos, mientras que es aptitud quedaba reservada para las personas principales y ricas. De hecho, paralelamente al cerramiento del poder se hablaba de dos cuerpos soberanos para delegar el poder: el concejo y el común. Una nueva dualidad se sumaba a esa otra de los ricos y los menudos.

No debemos pensar en una edad pasada de igualitarismo, negada por un regimiento cerrado de oligarcas. Ya desde sus inicios el procurador síndico fue controlado en su elección por los oficiales del ayuntamiento. Así lo afirmaba al menos Juan Ramírez, escribano del concejo, que aseguraba cómo hacía noventa años la elección se hacía por los miembros del concejo. Si esta afirmación es dudosa, no lo es su descripción de la organización concejil una vez conseguido el villazgo, que constaba allá por 1480 de dos alcaldes, dos regidores, un alguacil y un mayordomo; aunque nuestra opinión es que, en consonancia con otras villas, el procurador síndico, que también cita, se estableció en la década posterior.

Cogiendo las afirmaciones de nuestro escribano Juan Ramírez con cierta precaución, no obstante debemos dar crédito al amanuense, aficionado como el mismo decía a las escrituras antiguas que conservaba el ayuntamiento villarrobletano, después de aseverar que el síndico lo elegía el ayuntamiento y no el común según ciertos capítulos antiguos, aseveraba asimismo haber visto ciertas escrituras que la villa tenía de tiempos del rey Juan II o Enrique IV y que por su descripción confirman la antigüedad de la concesión del villazgo a Villarrobledo antes que se lo arrebatara el maestre don Juan Pacheco reduciéndola a aldea de Belmonte

Con otros capítulos que tratan que no se saquen presos ni proçesos de Villarrobledo y que los alcaldes vayan con sus causas adelante este testigo a visto como dicho tiene escripturas antiguas que se pidieron al rrey don Juan o al rrey don Enrrique que no sabe a qual de ellos que fueron confirmadas

A pesar de sus aseveraciones, reconocía el escribano que hacia 1560 el nombramiento de procurador síndico había escapado del control del ayuntamiento para recaer en una junta de cuarenta o cincuenta vecinos. La mala elección provocó, según nuestro mutable escribano, un largo pleito que costó a Villarrobledo más de diez mil ducados; pleito que sin duda va ligado a la lucha por la jurisdicción propia para la villa que se alargará hasta la primera década del siglo XVII y que, en esta época, se debió confundir con el conflicto causado por los gobernadores en su intento de dotarse de un escribano de provincia y entender en los pleitos en primera instancia en las villas. En cualquier caso, se nos escapa lo que realmente pasó en esos años comentados por Juan Ramírez como época en la que los hombres envidiosos y malintencionados habían arruinado los propios y las rentas del concejo.

Esta situación debía ser la más común, es decir, la alternancia del procurador síndico elegido bien por un ayuntamiento cerrado o bien la formación de bandos que imponían en concejos abiertos la elección, aunque dichos concejos abiertos no eran sino juntas dominadas por principales excluidos del gobierno municipal. De testimonios como el de Diego de Cuenca se desprende no era raro que una elegido el procurador síndico por los cargos concejiles, se procediera a la convocatoria de concejo abierto para su ratificación. El problema de estas juntas, motivo de lucha banderizas, es que en época de crisis de subsistencia abrían una vía democrática a las aspiraciones populares y podían posibilitar el acceso a los oficios concejiles a los labradores del común, ahora excluidos del gobierno local por una concepción del poder fundada en el mérito y la riqueza. Lo expresaba bien el escribano Juan Ramírez

Y ansymesmo podía salir por syndico nonbrado por el común tal persona que yuso que a los particulares labradores por tener en que entender y ganar salarios y dineros de la rrenta del conçejo y estarse un año ganando salario fuera desta idea

El caso es que los endeudamientos de la Corona iban acompañados de la cesión de licencias para cerrar dehesas de aprovechamiento comunal y su arrendamiento en beneficio de particulares. Como las decisiones de ese aprovechamiento privativo se decidía en los ayuntamientos, muchos buscaban tener manos, en expresión de la época, en los oficios concejiles. Y los oficios concejiles estaban a la sazón dominada por un grupo muy cerrado y emparentado familiarmente. Martín Alonso de Oviedo nos daba relación de ese grupo dominante donde la sangre se mezclaba con el interés y la hacienda
Juan de Llorente de Antón Llorente y Diego Aguado el viejo y sus dos hijos y Pero de Moragón y Alonso de Moragón y a Juan de Rremírez escriuano, y a Juan de Cuenca y a Diego de Cuenca y a Juan de Xabega todo los quales están dentro del cántaro de heleçiones para que de allí an de salir por alcaldes ofiçiales del conçejo y les va su interés como a los demás rregidores y Sebastián Hernández y Sebastián Pérez deben muncha cantidad de dinero al conçejo porque los aguarden y estén bien con ellos dirán a su voluntad y Juan de Ortiz es padre de Diego de Aguado que es agora síndico y Françisco Díaz conpró un rregimiento para un hijo suyo y le va el mismo interés y Pero Saiz de Posadas es hermano de Françisco de los Herreros que es rregidor y Françisco de Villarreal el moço es primo de Diego Hernández rregidor

El Consejo Real decidirá un diez de abril de 1573, que la elección del procurador síndico se hiciera a concejo abierto. Era una decisión que iba contra los tiempos.
*Entre la facción que se declaraba a favor de la elección del síndico en concejo abierto estaban Martín Alonso, Carlos de Espinosa, Hernando de Montoya, Pedro el Horno, Francisco de la Parra el viejo, Alonso Llorente, Francisco Navarro, Gonzalo García, Alonso Martínez de las Mesas, el bachiller Martínez, Pedro Martínez del Cerro y don Francisco Pacheco. Era una facción, según sus detractores apartada del gobierno municipal.

Testigos favorables a la elección en concejo abierto del síndico

Don Francisco Pacheco, fiel ejecutor, 28 años
Carlos de Espinosa, 55 años
Alonso Martínez de las Mesas, fiel ejecutor, 41 años
Bachiller Martínez, letrado de la villa, 50 años
Gonzalo García, 53 años
Pedro Morcillo del Cerro, 60 años
Alonso Navarro, 48 años
Diego Lorencio de Montoya, hijo de Hernando de Montoya
Alonso Lorente, almotacén, 46 años

Testigos contrarios a la elección del síndico en concejo abierto

Diego de Aguado el viejo, 75 años
Diego Sebastián Pérez, 55 años
Diego de Aguado, 30 años
Francisco Díaz Tercero, 56 años
Juan de Aguado, hijo de Diego de Aguado el viejo, 35 años
Francisco Díaz Tercero, 56 años
Juan de Jábega, 40 años
Juan Llorente de Antón Llorente, 55 años
Juan Ramírez, escribano, 40 años
Sebastián Hernández, 60 años
Alonso Moragón, escribano, 30 años
Diego de Cuenca, 50 años
Juan de Cuenca, 60 años
Pedro Díaz Barrera, 39 años
Juan Alonso de Miguel Martínez, 67 años
Juan Sánchez Ortiz,
Pedro Moragón, 54 años
Pedro Sánchez de Posadas, 46 años
Pedro López de las Mesas, 50 años
Francisco de Villareal el mozo, 35 años
Alonso Parra, 46 años


Fuente: AGS, CONSEJO REAL, 351/23



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