la rreyna
prouisor de la yglesia e obispado de cuenca por parte del conçejo de la villa de yniesta mes fecha rrelaçión disiendo que ellos tienen por encaueçamiento las mis rrentas de las alcaualas e cueva de sal de la dicha villa (del pueblo actual de Minglanilla) e que alonso montes e otros sus compañeros arrendaron del dicho conçejo la cueva de sal e porque no pagaron los marauedis por que la arrendaron diz que fue fecha esecuçión en sus personas e bienes e el dicho alonso montes diz que fue preso e que por le escusar que no pague lo que deue dieses vuestras cartas descomunión y çensuras contra la dicha villas y justiçias della disyendo que hera el dicho Alonso montes nunçio y mensajero del maestre escuela desa dicha yglesia e asy en esto como en otras cosas tocantes a las dichas mis rrentas diz que vos aveys entremetydo e entremetéys a conosçer e dar las dichas vuestras cartas descomunión contra los susodichos en lo qual diz que ha reçibido agrauio e daño e las dichas mis rrentas menoscabo e por su parte me fue suplicado e pedido por merçed cerca dello que les proueiese como la nuestra merçed fuese e por quanto el conosçimineto de lo susodicho por ser sobre cosa tocante a mis rrentas e fasyenda pertenesçen a mi e a las mis justiçias yo vos rruego e encargo que no vos entremetáys a conosçer de cosa alguna de lo tocante a las dichas mis rrentas ni dedes ni fagades ni las dichas cartas descomunión e çensuras contra el dicho conçejo e justicias de la dicha villa e sy algunas avéys dado las rreboquéys e rrepongáys en el punto e estado en que estauan antes e que las diésedes e rremitáys el conosçimiento de todo ello a las dichas mis justiçias ... en la villa de alcala de henares a diez e nueve días de março de i m diii años yo la rreyna por mandado de la rreyna lope conchillos
AGS. CÁMARA DE CASTILLA. CED (Registro de cédulas reales), 6, 71, 1. Conflicto con el obispado de Cuenca por recaudación de rentas en Iniesta. 19 de marzo 1503
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diose una carta de la rreyna nyestra señora para que aluaro Vanegas alguaçil de sus altesas vaya a la villa de yniesta e haga pesquisa sobre çierto alboroto que fisieron los veçinos de la dicha villa contra un rreçebtor de sus altesas e prenda los culpantes e les secresten los bienes fecha en la çibdad de alcala de henares a xii días del mes de abril de diii años
diose este dicho día otra merçed de la rreyna nuestra señora para que don rrodrigo manrrique comendador de yniesta se junte con aluaro Vanegas alguaçil de sus altesas para haçer la dicha pesquisa sobre el dicho alboroto e le dé todo el fauor e ayuda que ouiere menester
AGS. CÁMARA DE CASTILLA. CED (Libro Registro de Cédulas), 6, 81, 2. Alborotos en Iniesta contra el receptor de rentas, 12 de abril de 1503
miércoles, 3 de febrero de 2016
martes, 2 de febrero de 2016
Genealogía de los Oma de San Clemente
Ascendencia paterna de Eugenio de Oma (San Clemente)
(Cruz)
señor
En cumplimiento de lo que V. A. fue seruido de mandarnos por su real prouisión que viene por cabeça destos autos en orden a haçer las informaciones de nobleça limpieça y de mas calidades de don Eugenio de oma pretendiente del auito de Santiago, atendiendo a la genealogía que presento en nombre suio el padre Joseph de oma de la compañía su tío hermano de don pedro de oma su padre i conformándonos con ella, auiendo echo primero el juramento el uno al derecho de haçer información según dios i orden i que no hauía impedimento que lo escusase dimos principio a ella, i por constar que el pretendiente i su abuelo paterno Antonio de oma hera i auía sido dicho su abuelo natural de la uilla de san clemente, examinamos en ella veinte i quatro testigos cuias disposiciones vienen en la información sin otros muchos que examinamos en voz, los quales uniformemete i sin diferencia alguna tiene ser dicho pretendiente natural de san clemente i de hedad de veintiséis años como pruébase con la fee de su baptismo que se alla fojas treinta i la califica el libro original que tenemos que es el instrumento 1º a fojas catorce que viene siñalada y rubricada , conuienen que don pedro de oma su padre es natural de la villa de velmonte i que su abuelo paterno Antonio de oma auía sido natural de san clemente sin que ninguno dudase en lo contenido hicimos diligençias exactas para buscar el libro de su baptismo no pudo allarse por raçón de que los libros que pareçieron en el archiuo de la parrochial de san clemente heran mui modernos i la causa de no hallarse otros más antiguos auía sido de auer estado en poder de un teniente teniéndolos en su casa i que vino una inundación con que se perdieron con otras muchas alajas de las casas, motiuo que obligó a que en la iglesia se hiçiese un archiuo para custodia de dichos libros, mas compruébase auer sido natural de dicha villa dicho Antonio de oma por un testimonio autenticado de la santa inquisición de Cuenca que es el instrumento 2º, dichos testigos disponen sin diferencia ni duda alguna con el pretendiente don pedro de oma su padre y Antonio de oma su abuelo paterno i fundados en noticias ablan con toda estimación de todos los expresados en la genealogía conformándose en todo a ella ser legítimos de legítimo matrimonio nacidos i procreados sin que ninguno dellos toque género de vastardía ni ilegitimidad alguna, limpios cristianos viejos sin nota ni mancha de moro judío ni conuerso en todo grado por remoto i apartado que sea sin que en tiempo alguno se aia dicho ni entendido que ninguno dellos ni otro de sus ascendientes dentro ni fuera del quarto grado aia sido preso ni penitenciado por el santo oficio de la inquisición de Cuenca consta por caso graue ni ser fundando suscribir en el común crédito i asentada opinión con que los susodichos auían estado tenidos i reputados en aquella villa como por sauer que en crédito de su limpieça tenía el pretendiente el auer sido Antonio de oma su abuelo paterno familiar del santo oficio de la inquisición de cuenca consta por ser así por un testimonio de dicha inqusición que es el instrumento 3ª i que actualmente lo era don pedro de oma su padre i oficial de la santa inquisición suprema verificado el instrimento 2º ia mencionado, Don Antonio de oma hermano de padre del pretendiente es cauallero de la orden de san joan de justiçia asimismo califican la calidad de su nobleça de el pretendiente padre i abuelo paterno del motiuo que les asiste para crédito es el auer uisto i entendido que los dichos en aquella villa se an conseruado con los créditos de notorios hijosdalgo de sangre i no de priuilegio sin que se aia dudado en lo contrario i como tales an goçado i an sido admitidos para la obtención de la uara de alcalde de la hermandad i ser votos para elegir que es el acto distintiuo que tiene aquella villa para la diferencia de estados i se comprueba ser así por el cuaderno original que traemos de las elecciones de la uara de alcalde de la hermandad que es el instrumento 4º in fojas çinquenta i tres se alla puesto don Eugenio de oma, a fojas sesenta i cinco don Antonio de oma su hermano a fojas sesenta i nuebe a la buelta se alla don pedro de oma arteaga como de estar por el estado de los hijosdalgo, a fojas diez i nuebe a la buelta se allan puestos por hijosdalgo don pedro de oma arteaga i don Antonio i don Eugenio sus hijos i porque dichos testigos disponen que por ser notorios hijosdalgo a dicho don pedro de oma les admitan la çédula para dejar de pagar un cuarto en cada libra como los demás hijosdalgo examinamos a los oficiales de la carne e pescado i dijeron ser así pero que las çédulas en toda quenta se rompían, califican dicha nobleça en el acto de ser don Antonio de oma hermano de padre del pretendiente cauallero de la orden de san joan de justiçia, i con la executoria de nobleça que nos entregó don pedro de oma padre del pretendiente que va inserta información, la qual admitió la villa de san clemente como consta de dicha executoria i que toque al dicho don pedro parece se comprueba por la genealogía que presentó en la inquisición generan en la ocasión que se hiço familiar que es el instrumento 2º arriua referido de forma que todos los testigos examinados en la villa de san clemente de poner en crédito de las calidades del pretendiente teniéndolos por de los primeros de aquella villa i como tales se auían portado i se portauan el pretendiente i su padre con todo lustre i deçençia viniendo de sus rentas i hacienda sin ser mercaderes ni caminadores ni exerçer ofiçio vil ni mecánico ni otro indecente constare estas diligençias desde el folio 1º hasta el de 32=
Ascendencia materna de Eugenio de Oma en Cuenca
En la genealogía de don pedro de oma se expresa ser natural de alarcón como dicha doña magdalena zalbid su madre que es el instrumento 2 i continuando dicha información pasamos a la ciudad de cuenca naturaleça de doña maría conejero noguerol la de pablo Eugenio conejero de pedraça y la de ana noguerol madre i abuelos maternos de este pretendiente, en dicha ciudad examinamos veinte i quatro testigos cuias deposiciones vienen escritas i otros muchos en voz conuienen sin discrepar ninguno como los susodichos son i fueron naturales de dicha ciudad compruéuase su verdad por las fees de baptismos que se allan en los libros siguientes que vienen originales, en el libro de los baptismos de la parrochia del señor san Andrés a fojas diez i nuebe a la buelta rubricada i señalada se alla baptiçada la madre del pretendiente es el instrumento 6, en otro libro de la parrochia de santa cruz de cuenca instrumento 7 se halla la partida de su baptismo de doña ana noguerol abuela del pretendiente= en otro libro instrumento 8 de la parrochia del señor san salvador de cuenca se alla la partida de la fee del baptismo de Eugenio conejero i pedraça abuelo de dicho pretendiente, dichos testigos sin diferencia ni duda alguna deponen ser los susodichos legítimos de legítimo matrimonio nacidos i procreados limpios sin mezcla ni mancha de moro judío i conuerso en todo grado por remoto i apartado que sea i sin penitencia del santo oficio pública ni secreta fundar sustentar demás del autoridad i común estimación con que an estado tenidos i reputados en todo tiempo por tener in crédito de su limpieza el ser don pedro de oma padre del pretendiente familiar del santo oficio calificando a su mujer doña maría conejero noguerol don pablo conejero noguerol hermano de la dicha doña maría fue también familiar de la santa inquisición de cuenca, doña mariana conejero noguerol hermana entera de los referidos dejó por su hijo legítimo a don joan valle de Velasco cauallero que es oi de el áuito de calatraua i primo hermano del pretendiente, don francisco Eugenio conejero i pedraça cauallero de la orden de Santiago y capellán actual de honor de su magestad, don Antonio conejero de pedraça su hermano receptor de la santa inquisición de cuenca son primos terceros por su varonía conejero de el pretendiente confiesa el parentesco dicho don Antonio de pedraça testigo examinado folio sesenta i una a la buelta, asimismo afirman destos testigos ser el pretendiente por la línea materna doña maría conejero noguerol e su abuelo Eugenio conejero noguerol hijosdalgo notorios de sangre según fuero i costumbre de España i no de priuilejio i la raçón que las asiste para crédito demás del autoridad crédito i reputación con que se a conseruado la familia conejero en la común aceptación de cuenca sin cosa que suponga a este buen nombre, lo califican por más entendido i ser público que se allaron pablo Eugenio de pedraça i su hijo don pablo conejero de pedraça abuelo i tío del pretendiente en las copias de los caualleros hijosdalgo que es el acto distintiuo que ay en dicha ciudad, compruébase este sentir con la partida que se alla a fojas 249 de el libro de los fechos i negocios de el ilustre aiuntamento de la ciudad de cuenca que es el instrumento 9º, se alla lo siguiente este día se mando sentar en la copia de los hijosdalgo de esta ciudad a Eugenio conejero de pedraça por tal hijodalgo como lo están pablo Eugenio conejero su padre Eugenio conejero de mariana su abuelo, i a la fojas 476 de dicho libro rubricada la partida se alla puesto en las copias de los hijosdalgo Eugenio conejero de pedraça i en dicho libro a fojas 321 a la buelta se alla puesto por hijodalgo Eugenio conejero de pedraça, i en otro libro forrado en pergamino blanco con sus botones que en la cubierta de dicho libro dice libro de copias de la ciudad de cuenca desde el año 1594 hasta el de mil 642 se alla puesto a fojas tres Eugenio conejero de pedraça es instrumento 10=
I en otro libro de copias que es el instrumento 11 que empieza desde el año del 1640 a foja primera de dicho libro a la buelta se alla esta partida en el aiuntamento que tubieron los señores justicia y regimiento de la ciudad de cuenca sentar i escribir en este libro de copias de hijosdalgo por tales caualleros de hijosdalgo el señor don pablo de pedraça noguerol regidor desta ciudad y a don Alonso noguerol de pedraça su hermano como lo están Eugenio de pedraça conejero su padre i pablo Eugenio conejero su abuelo demás de los actos referidos conforman dicha nobleça con el áuito de calatraua de don joan valle de Velasco primo hermano de el pretendiente i el de don françisco Eugenio conejero cauallero del orden de Santiago ia arriua mencionados
i aunque es verdad que en la genealogía consta que el abuelo materno de el pretendiente se llamaua pablo Eugenio conejero i los testigos lo deponen así i en los libros de las copias no parece allarse más que Eugenio conejero se da a entender ser falta de noticia de quien dio la genealogía i equiuocación con su hijo don pablo noguerol hermano de la madre del pretendiente i no alcançar a conocer dichos testigos el dicho eugenio conejero de pedraça por auer muchos años años que murió supuesto que en la fee de su baptismo que es el instrumento 8º no se halla más que Eugenio= i en el testamento que hiço con su mujer doña ana noguerol en el qual a instituido por sus herederos a la madre de el pretendiente a don pablo i doña mariana noguerol i otros hermanos se firma Eugenio conejero de pedraça viene original que es el instrumento 12=
Don Antonio de Oma y el Marqués de Villena
por quanto en la genealogía consta i contextan los testigos examinados en la villa de san clemente que don pedro de oma padre del pretendiente es natural de la uilla de velmonte fuimos a ella i examinamos ocho testigos que de conocimiento deponen auer nacido en dicha villa i baptiçádose en la colegial della conformase esta verdad en la fee de su baptismo que viene en el libro original de dicha iglesia que es el instrumento 13 en la foja señalada, dichos testigos deponen con todo crédito i estimación de la legitimidad limpieça y nobleça i actiones personales no sólo de el dicho don pedro de oma padre del pretendiente sino de sus padres Antonio de oma i doña magdalena de Zalbid a quienes conocieron de vista trato i comunicación teniendo el dicho Antonio de oma por natural de san clemente y a su mujer doña magadalena de zalbid de la villa de Alarcón con la qual casó de segundo matrimonio porque antecedentemente auía casado en velmonte con una fulana monrreal deuda mui próxima de don francisco ramirez de Monreal cauallero de la colegial desta villa en la quual estubo tenido dicho Antonio de oma por limpio i por mui hijodalgo notorio de sangre siendo de lo primero en el porte ilustre i por serlo el excelentísimo marqués de Villena lo hiço alcaide de la fortaleça su maiordomo dándole los oficios decorosos de la república como son los de alcalde ordinario i aunque es verdad que en la villa de velmonte no ai distinción de estados ni la auido de inmemorial a esta parte se conocen muy bien los hijosdalgo i los atienden como a tales demás que el dicho Antonio de oma tenía su carta executoria i si la presento sería para manifestar su nobleça como otros muchos lo an echo, pero no por esto constituie acto distintivo i concluien que don pedro de oma padre del pretendiente en el tiempo que asistió a su padre Antonio de oma se portó con todo lustre i decencia sin ocuparse en exercicio menos decoroso .....
velmonte, 30 de nobiembre de 1674
(informe elaborado por don Rodrigo de Ortega, señor de Villar de Cantos, y el doctor Espejo)
AHN. ÓRDENES MILITARES. CABALLEROS DE SANTIAGO. EXP. 5906. Eugenio de Oma. 1674
Enlace relacionado
http://bibliotecadigital.rah.es/dgbrah/es/consulta/resultados_busqueda.cmd?id=5022&materia_numcontrol=&autor_numcontrol=&posicion=3&presentacion=mosaico&forma=ficha
Real Academia de la Historia (RAH). Salazar y Castro. Signatura: 9/327, Signatura antigua: D-53, fº 209 v. a 212. Los fº 213 a 215, último de este volumen, están en blanco. Certificación de la genealogía y extracto de pruebas de Pedro de Oma, vecino y originario de San Clemente (Cuenca), y de doña María Conejero Noguerol, su mujer, presentadas por el nombramiento de aquél de familiar del Santo Oficio. [Manuscrito]
domingo, 31 de enero de 2016
El incidente de la mancebía de San Clemente (1558)- (IV)
La huida de Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta a El Provencio provocaría un agrio enfrentamiento entre las justicias de los dos pueblos. Las requisitorias del Miguel de los Herreros y del alcalde mayor licenciado Céspedes de Cárdenas fueron respondidas por la justicia de El Provencio con todo el rigor jurídico posible, quizás temiendo, como así fue, que el asunto acabará en el Consejo Real. No en vano, en el conflicto contendieron tres jurisdicciones enfrentadas: la justicia real, la señorial y la militar. Prevalecía en teoría la justicia real, pero la realidad del terreno beneficiaba a la justicia señorial y la beneficiaria acabó siendo la jurisdicción militar, que no tenía competencias en el caso, pero se imponía por la vía de los hechos.
Las primeras requisitorias, de veintiséis de mayo de 1558, ordenando la prisión de los huidos, y a ser posible remitidos a la cárcel de San Clemente, fueron emitidas por el alcalde ordinario de San Clemente, Miguel de los Herreros, pues el alcalde mayor, aún no había regresado de Villanueva de la Jara. Tanto Pedro de Mondragón como Diego de Iniesta, se paseaban por la villa de El Provencio, jactándose de las heridas causadas al alguacil Juan de Argüello. El cumplimiento de la requisitoria fue obedecido, aunque sin premura, por el alcalde mayor y uno de los alcaldes ordinarios de El Provencio, Francisco Castillo y Hernando de Losa. Éste último ordenaría la prisión de los culpados en la cárcel de la villa, pero éstos, sin duda previamente avisados, les dio tiempo a retraerse a la iglesia ante la mirada complaciente del otro alcalde, Juan Rosillo, y el presbítero Marco de la Roda.
El desafuero a la justicia de San Clemente fue respondido enviando esta vez a una persona de máxima confianza de Miguel de los Herreros y del mismo alcalde mayor Céspedes, don Hernando Pacheco, que con una nueva requisitoria conminó al alcalde Hernando de Losa a poner una guardia de diez hombres, que estaría a cargo del alguacil Hernán Martínez, para evitar la huida de los delincuentes de la iglesia. Se le recordaría a Hernando Pacheco que los guardas los debía pagar la villa de San Clemente.
Que el licenciado Céspedes de Cárdenas dudaba del celo en el cumplimiento de sus órdenes por la justicia de El Provencio está fuera de lugar y así se lo recordaba:
... e los susodichos delinquentes se an venido a favoresçer a esta dicha villa del provençio donde se an andado por ella paseando libremente e contando lo que avían hecho e no los prendieron ni quisieron prender y por ver que de parte de la dicha justiçia de la villa de san clemente venían en su seguimiento se an rretraído a la yglesia desta villa
por eso, se desplazó en persona a El Provencio el 27 de mayo exigiendo se sacasen de la iglesia los dos jóvenes y se los entregaran. Esta vez las invectivas iban directamente contra la justicia de El Provencio a la que acusaba de dar cobijo y protección a los delincuentes y haciéndoles responsables de una posible huida
...que si los dichos delinquentes se fueren o ausentaren de manera que no puedan ser castigados y el delito quede sin punición el castigo sería su culpa el cargo e de todo dará notiçia a la rreal magestad e dellos se quexará como de juezes que faboresçen a los deliquentes e no quieren que sean castigados
Lejos de amedrentarse Francisco del Castillo y Hernando de Losa buscaron todo tipo de subterfugios para incumplir las órdenes. No se había pagado los tres ducados prometidos a los guardas de la iglesia, que al fin y al cabo era gente que vivía de su trabajo. Por tanto, la responsabilidad no era suya si abandonaban la guardia y escapaban los delincuentes. Además, estaba el problema jurídico de que estaban en lugar sagrado y no se les podía prender. Alegaba Francisco del Castillo que necesitaba antes de tomar una decisión, el parecer de un letrado. De hecho el parecer se pidió a un letrado que vivía seis leguas más allá, en el Castillo de Garcimuñoz, el más afamado de toda la comarca, se añadía. Tal letrado se llamaba el licenciado Sobrino.
Francisco del Castillo llegó a espetar a la cara del licenciado Céspedes que ellos no eran letrados para poder proveer lo susodicho. La contestación del licenciado Céspedes de Cárdenas fue iracunda, los alevosos y delinquentes no gozan de las ymmunidades de la iglesia. Además las excusas sólo servían para ocultar las amistades de que gozaban los dos huidos entre vecinos principales de El Provencio, incluida su justicia. Esta vez, se amenazaba con dar noticia al Consejo Real de sus actuaciones.
Las amenazas debieron hacer mella en Francisco del Castillo y Hernando de Losa, que organizaron una partida de gente armada, dispuesta a apresar a los dos jóvenes encerrados en la iglesia. No lo lograron. O bien hubo una feroz resistencia de los encerrados o bien demasiada teatralidad en la operación de arresto. Así lo narraba el alguacil Francisco Lucas:
... se hiçieron fuertes en ella (en la torre de la iglesia) e atrancaron la puerta con piedras e la defendieron con sus espadas e no se dexaron hechar prisiones.
Debemos imaginar al licenciado Céspedes tan perplejo como lleno de ira ante lo que estaba pasando. Pero esa tarde del día veintisiete la presencia de una compañía de soldados cambiaría el devenir de los acontecimientos. El Provencio estaba en el camino que los soldados reclutados en el Reino de Toledo y Madrid tomaban con dirección al puerto de Cartagena, donde se embarcaban con dirección a Italia o a los presidios del norte de África. Aunque se aconsejaba que se evitaran los mismos itinerarios, la realidad es que pueblos como El Pedernoso, Las Pedroñeras, El Provencio, Minaya o La Roda estaban obligados a soportar el tránsito y hospedaje de sucesivas compañías de soldados. Algunos pueblos como La Roda no dudaban en pagar lo que hiciera falta para evitar la presencia de los soldados y endosárselos a La Gineta.
Al pasar por los pueblos, las compañías intentaban rellenar el cupo de soldados que no habían conseguido por el método tradicional de reclutamiento poniendo bandera en la plaza de los pueblos. Por supuesto, entre las potenciales víctimas estaban los perseguidos por la justicia. En esa situación estaban Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta. A la torre donde se encontraban encerrados se aproximaron cuatro soldados para cogerlos e incorporarlos a la compañía del alférez Pedro Agraz, que esa misma tarde había llegado a El Provencio, alojándose en su posada. Y así hubiera sido de no ser por la defensa que con sus armas hicieron de los recluidos los guardas de la iglesia encabezados por el alguacil Hernán Martínez. El valor de que hicieron gala esta vez contrasta con la pusilanimidad que demostraron cuando tuvieron que apresar a los dos huidos. La acción denunciaba las complicidades de Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta en la villa. Su entrega sólo sería posible por el acuerdo al que llegaron el alcalde mayor Francisco del Castillo, como mediador de su señora Margarida Ladrón de Bobadilla, y el alférez Agraz. Un acuerdo que se mostraba como única salida para evitar un conflicto mayor, y que se concretó seguramente a espaldas de los guardas que velaban por la seguridad de los recluidos en la Iglesia. Así nos lo contaba el alguacil Hernán Martínez:
... ayer veynte e siete días del presente mes de mayo en la noche estando los susodichos rretraydos y encastillados en la torre de la yglesia desta villa vinieron quatro soldados por avellos de sacar e llevárselos de la dicha yglesia y este testigo e otros que con éste ivan echaron mano de sus espadas e solos defendieron y echaron de alrededor de la dicha yglesia y los dichos soldados se fueron haciendo fieros que avían de venir muchos soldados e sacarlos e llevárselos y otro día por la mañana veinte e ocho del dicho día mes de mayo vino pedro agraz alférez con más de çiento e çinquenta ombres con espadas e otras armas e zercó la yglesia desta villa por aver de sacar por fuerça a los dichos pedro mondragón y diego de yniesta e teniéndole çercado estava este testigo con otra gente dentro de la dicha yglesia a la puerta de la torre defendiendo que no los sacasen por allí ni saliesen los dichos mondragón y diego de yniesta e como no pudieron salir por la puerta de la torre porque ellos amenazaban con espadas e lanças e alabardas e no les dexaban salir por la dicha puerta aunque los susodichos rretraydos estavan e querían salir por ella y teniendo zercada la dicha yglesia el dicho pedro agraz con la dicha gente de guerra los dichos pedro de mondragón y diego de yniesta se salieron por çima de los tejados de la dicha yglesia e se echaron abajo e los rrecogió el dicho pedro agraz con toda su gente e se los llevaron debaxo de su bandera e por fuerça
En la escena estaba presente como espectadora privilegiada la señora del lugar, pero también Hernando de Pacheco. Ambos fueron testigos de cómo la compañía de soldados se llevaba a Mondragón e Iniesta por una calle del pueblo camino de Minaya.
Para cerrar aquella estrambótica situación por la tarde llegaba el parecer del licenciado Sobrino, el afamado juriconsulto de Castillo de Garcimuñoz y de toda la comarca. Un despropósito más que se incorporaría al expediente que se remitió al Consejo Real:
magnífico señor, yo he visto la requisitoria e informaçión, el caso es grave en lo que toca a diego de yniesta y quisiere yo que estuviera en otra villa qualquier del marquesado para que el señor governador e su alcalde mayor determinarán lo que les paresçiere a ellos. Yo e visto en este caso todo lo que e podido ansí de derecho canónico como de derecho zevil y leyes destos rreynos y si yo fuera juez del caso determinara ni en lo que me paresçiera porque el ofiçio me obligava y como asesor en caso semejante no me atrevo a dar parezer porque tengo por ello y dado el rrigor que yo acostumbrava tratar semejantes casos, vuestra merçed envíe a tomar parezer sobre el caso adonde mejor y más sauio crea que se lo darán. Entretanto sy yo fuera juez mandaría echarles grandes prisiones.
AGS. CONSEJO REAL DE CASTILLA. 343 BIS, 5. Juan de Argüello, alguacil mayor del Marquesado de Villena, contra vecinos de la villa de San Clemente por haberle herido cuando intentaba desarmar a Pedro de Mondragón en la mancebía. 1558
Las primeras requisitorias, de veintiséis de mayo de 1558, ordenando la prisión de los huidos, y a ser posible remitidos a la cárcel de San Clemente, fueron emitidas por el alcalde ordinario de San Clemente, Miguel de los Herreros, pues el alcalde mayor, aún no había regresado de Villanueva de la Jara. Tanto Pedro de Mondragón como Diego de Iniesta, se paseaban por la villa de El Provencio, jactándose de las heridas causadas al alguacil Juan de Argüello. El cumplimiento de la requisitoria fue obedecido, aunque sin premura, por el alcalde mayor y uno de los alcaldes ordinarios de El Provencio, Francisco Castillo y Hernando de Losa. Éste último ordenaría la prisión de los culpados en la cárcel de la villa, pero éstos, sin duda previamente avisados, les dio tiempo a retraerse a la iglesia ante la mirada complaciente del otro alcalde, Juan Rosillo, y el presbítero Marco de la Roda.
El desafuero a la justicia de San Clemente fue respondido enviando esta vez a una persona de máxima confianza de Miguel de los Herreros y del mismo alcalde mayor Céspedes, don Hernando Pacheco, que con una nueva requisitoria conminó al alcalde Hernando de Losa a poner una guardia de diez hombres, que estaría a cargo del alguacil Hernán Martínez, para evitar la huida de los delincuentes de la iglesia. Se le recordaría a Hernando Pacheco que los guardas los debía pagar la villa de San Clemente.
Que el licenciado Céspedes de Cárdenas dudaba del celo en el cumplimiento de sus órdenes por la justicia de El Provencio está fuera de lugar y así se lo recordaba:
... e los susodichos delinquentes se an venido a favoresçer a esta dicha villa del provençio donde se an andado por ella paseando libremente e contando lo que avían hecho e no los prendieron ni quisieron prender y por ver que de parte de la dicha justiçia de la villa de san clemente venían en su seguimiento se an rretraído a la yglesia desta villa
por eso, se desplazó en persona a El Provencio el 27 de mayo exigiendo se sacasen de la iglesia los dos jóvenes y se los entregaran. Esta vez las invectivas iban directamente contra la justicia de El Provencio a la que acusaba de dar cobijo y protección a los delincuentes y haciéndoles responsables de una posible huida
...que si los dichos delinquentes se fueren o ausentaren de manera que no puedan ser castigados y el delito quede sin punición el castigo sería su culpa el cargo e de todo dará notiçia a la rreal magestad e dellos se quexará como de juezes que faboresçen a los deliquentes e no quieren que sean castigados
Lejos de amedrentarse Francisco del Castillo y Hernando de Losa buscaron todo tipo de subterfugios para incumplir las órdenes. No se había pagado los tres ducados prometidos a los guardas de la iglesia, que al fin y al cabo era gente que vivía de su trabajo. Por tanto, la responsabilidad no era suya si abandonaban la guardia y escapaban los delincuentes. Además, estaba el problema jurídico de que estaban en lugar sagrado y no se les podía prender. Alegaba Francisco del Castillo que necesitaba antes de tomar una decisión, el parecer de un letrado. De hecho el parecer se pidió a un letrado que vivía seis leguas más allá, en el Castillo de Garcimuñoz, el más afamado de toda la comarca, se añadía. Tal letrado se llamaba el licenciado Sobrino.
Francisco del Castillo llegó a espetar a la cara del licenciado Céspedes que ellos no eran letrados para poder proveer lo susodicho. La contestación del licenciado Céspedes de Cárdenas fue iracunda, los alevosos y delinquentes no gozan de las ymmunidades de la iglesia. Además las excusas sólo servían para ocultar las amistades de que gozaban los dos huidos entre vecinos principales de El Provencio, incluida su justicia. Esta vez, se amenazaba con dar noticia al Consejo Real de sus actuaciones.
Las amenazas debieron hacer mella en Francisco del Castillo y Hernando de Losa, que organizaron una partida de gente armada, dispuesta a apresar a los dos jóvenes encerrados en la iglesia. No lo lograron. O bien hubo una feroz resistencia de los encerrados o bien demasiada teatralidad en la operación de arresto. Así lo narraba el alguacil Francisco Lucas:
... se hiçieron fuertes en ella (en la torre de la iglesia) e atrancaron la puerta con piedras e la defendieron con sus espadas e no se dexaron hechar prisiones.
Debemos imaginar al licenciado Céspedes tan perplejo como lleno de ira ante lo que estaba pasando. Pero esa tarde del día veintisiete la presencia de una compañía de soldados cambiaría el devenir de los acontecimientos. El Provencio estaba en el camino que los soldados reclutados en el Reino de Toledo y Madrid tomaban con dirección al puerto de Cartagena, donde se embarcaban con dirección a Italia o a los presidios del norte de África. Aunque se aconsejaba que se evitaran los mismos itinerarios, la realidad es que pueblos como El Pedernoso, Las Pedroñeras, El Provencio, Minaya o La Roda estaban obligados a soportar el tránsito y hospedaje de sucesivas compañías de soldados. Algunos pueblos como La Roda no dudaban en pagar lo que hiciera falta para evitar la presencia de los soldados y endosárselos a La Gineta.
Al pasar por los pueblos, las compañías intentaban rellenar el cupo de soldados que no habían conseguido por el método tradicional de reclutamiento poniendo bandera en la plaza de los pueblos. Por supuesto, entre las potenciales víctimas estaban los perseguidos por la justicia. En esa situación estaban Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta. A la torre donde se encontraban encerrados se aproximaron cuatro soldados para cogerlos e incorporarlos a la compañía del alférez Pedro Agraz, que esa misma tarde había llegado a El Provencio, alojándose en su posada. Y así hubiera sido de no ser por la defensa que con sus armas hicieron de los recluidos los guardas de la iglesia encabezados por el alguacil Hernán Martínez. El valor de que hicieron gala esta vez contrasta con la pusilanimidad que demostraron cuando tuvieron que apresar a los dos huidos. La acción denunciaba las complicidades de Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta en la villa. Su entrega sólo sería posible por el acuerdo al que llegaron el alcalde mayor Francisco del Castillo, como mediador de su señora Margarida Ladrón de Bobadilla, y el alférez Agraz. Un acuerdo que se mostraba como única salida para evitar un conflicto mayor, y que se concretó seguramente a espaldas de los guardas que velaban por la seguridad de los recluidos en la Iglesia. Así nos lo contaba el alguacil Hernán Martínez:
... ayer veynte e siete días del presente mes de mayo en la noche estando los susodichos rretraydos y encastillados en la torre de la yglesia desta villa vinieron quatro soldados por avellos de sacar e llevárselos de la dicha yglesia y este testigo e otros que con éste ivan echaron mano de sus espadas e solos defendieron y echaron de alrededor de la dicha yglesia y los dichos soldados se fueron haciendo fieros que avían de venir muchos soldados e sacarlos e llevárselos y otro día por la mañana veinte e ocho del dicho día mes de mayo vino pedro agraz alférez con más de çiento e çinquenta ombres con espadas e otras armas e zercó la yglesia desta villa por aver de sacar por fuerça a los dichos pedro mondragón y diego de yniesta e teniéndole çercado estava este testigo con otra gente dentro de la dicha yglesia a la puerta de la torre defendiendo que no los sacasen por allí ni saliesen los dichos mondragón y diego de yniesta e como no pudieron salir por la puerta de la torre porque ellos amenazaban con espadas e lanças e alabardas e no les dexaban salir por la dicha puerta aunque los susodichos rretraydos estavan e querían salir por ella y teniendo zercada la dicha yglesia el dicho pedro agraz con la dicha gente de guerra los dichos pedro de mondragón y diego de yniesta se salieron por çima de los tejados de la dicha yglesia e se echaron abajo e los rrecogió el dicho pedro agraz con toda su gente e se los llevaron debaxo de su bandera e por fuerça
En la escena estaba presente como espectadora privilegiada la señora del lugar, pero también Hernando de Pacheco. Ambos fueron testigos de cómo la compañía de soldados se llevaba a Mondragón e Iniesta por una calle del pueblo camino de Minaya.
Para cerrar aquella estrambótica situación por la tarde llegaba el parecer del licenciado Sobrino, el afamado juriconsulto de Castillo de Garcimuñoz y de toda la comarca. Un despropósito más que se incorporaría al expediente que se remitió al Consejo Real:
magnífico señor, yo he visto la requisitoria e informaçión, el caso es grave en lo que toca a diego de yniesta y quisiere yo que estuviera en otra villa qualquier del marquesado para que el señor governador e su alcalde mayor determinarán lo que les paresçiere a ellos. Yo e visto en este caso todo lo que e podido ansí de derecho canónico como de derecho zevil y leyes destos rreynos y si yo fuera juez del caso determinara ni en lo que me paresçiera porque el ofiçio me obligava y como asesor en caso semejante no me atrevo a dar parezer porque tengo por ello y dado el rrigor que yo acostumbrava tratar semejantes casos, vuestra merçed envíe a tomar parezer sobre el caso adonde mejor y más sauio crea que se lo darán. Entretanto sy yo fuera juez mandaría echarles grandes prisiones.
AGS. CONSEJO REAL DE CASTILLA. 343 BIS, 5. Juan de Argüello, alguacil mayor del Marquesado de Villena, contra vecinos de la villa de San Clemente por haberle herido cuando intentaba desarmar a Pedro de Mondragón en la mancebía. 1558
viernes, 29 de enero de 2016
El incidente de la mancebía de San Clemente (1558)- (III)
El Provencio, villa mal avenida con la de San Clemente, no hacía ascos para acoger a cuantos huían de la justicia por haber cometido delitos. Hasta El Provencio, llegaron huyendo Diego de Iniesta y Juan de Mondragón. Era un pueblo de señorío cuya jurisdicción detentaba don Manuel de Calatayud Toledo, aunque quien detentaba el poder en esta fecha por ausencia del señor, era su mujer doña Margarida Ladrón de Bobadilla; le auxiliaban en el ejercicio de la justicia, un alcalde mayor, ya anciano, llamado Francisco del Castillo (¿de los Castillo de San Clemente?) y dos alcaldes ordinarios, Juan Rosillo y Hernando de Losa.
Cuando llegaron los dos prófugos a la villa de El Provencio, las autoridades del lugar ya estaban advertidas de los delitos que pesaban sobre ellos. A pesar de lo cual, fueron bien tratados, permitiéndoseles libertad de movimientos en el pueblo y procurándoles alimentos ... y armas. No se arredró el alcalde mayor del Marquesado Céspedes de Cárdenas que tras emitir la correspondiente requisitoria a la justicia de El Provencio, que llevaría en mano Hernando Pacheco, pidió se le entregasen los fugitivos, y ante la negativa, pasó a dicha villa a detenerlos. Le acompañaban varios vecinos de San Clemente, entre ellos, Juan Jiménez, teniente de alguacil, Antón de Ávalos el mozo y Francisco Rosillo, que era el otro alcalde ordinario ese año. Curiosamente estos tres vecinos habían sido inculpados en las heridas causadas a la justicia ordinaria de San Clemente en 1553. Ahora, cinco años después, de perseguidos por la justicia habían pasado a ser representantes de la misma.
Poco podía hacer el alcalde mayor Cárdenas en el ambiente hostil que encontró en El Provencio. Los acusados, avisados de su posible llegada, acudieron prestos a refugiarse en la torre de la Iglesia, a cuyas puertas la justicia del lugar había puesto sus propias guardas. Cuando el alcalde mayor, acompañado de los mencionados justicias y vecinos de San Clemente, llegan a El Provencio el viernes veintisiete de mayo y piden se les entreguen los dos jóvenes, la señora de la villa y su alcalde mayor, Francisco del Castillo, escenificarán su negativa sentados en un estrado para hacer patente la superioridad de la jurisdicción señorial sobre la real. Humillados, los sanclementinos abandonaron el pueblo. En esta situación de impasse una compañía de soldados se convertiría en árbitro de la situación.
Este año, las tierras de la gobernación del Marquesado de Villena estaban sometidas a una intensa actividad reclutadora de varias compañías de soldados. En Villarrobledo, había establecido su residencia y sede el coronel don Francisco de Benavides (1), dirigiendo a varios capitanes que trataban de levantar sus compañías en los pueblos del territorio. Uno de esos capitanes era el capitán Alonso de Céspedes, cuya compañía tenía como alférez a Pedro Agraz de Guernica, que al presente se encontraba en El Provencio con una bandera de ciento veinticinco soldados (ciento cincuenta, según otros testigos), sin duda de paso, camino de La Roda, y con el objetivo de embarcar estos hombres en Cartagena para iniciar la travesía hacia los presidios de África. La compañía de soldados y su alférez estaban alojados en la posada del lugar, que se convertirá en el lugar central de las negociaciones para la entrega de los huidos. Así lo atestiguaba Hernando Pacheco, que se encontraba en El Provencio enviado por la justicia de San Clemente.
Serían las nueve o diez de la mañana del día 28 de mayo, cuando la compañía de soldados del alférez Agraz salió de la posada. Su finalidad, teóricamente, detener a los recluidos en la torre de la Iglesia. En la práctica, enrolar a Diego de Iniesta y Pedro de Mondragón, en una solución pactada momentos antes con las autoridades del lugar. Pero lo llamativo fue la teatralidad con que se disfrazó toda la actuación. Los ciento veinticinco soldados de la compañía salieron de la posada perfectamente ordenados bajo su bandera y al ritmo de los sones del tambor, dieron varias vueltas alrededor de la placeta de la iglesia y se colocaron frente a ella, momento en que los soldados desenvainaban sus espadas y el alférez Agraz conminaba a los retraídos en la torre a entregarse. No dudaron Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta en hacerlo, bajando por los tejados, y poniéndose bajo la protección de la bandera. La compañía abandonaría el pueblo, dirección Minaya, bajo la mirada de los curiosos, y en especial, de la señora del lugar, asomada en su ventana. Se daba así cumplimiento al mandamiento requisitorio del alcalde mayor licenciado Cárdenas, pero en realidad se tomaba como excusa para reclutar dos nuevos soldados.
Consciente de la burla, el alcalde mayor del Marquesado, licenciado Cárdenas, se presentó en Villarrobledo el 28 de mayo, para hacer valer la jurisdicción ordinaria real frente a la militar, ante el coronel don Francisco Benavides, que a la sazón se encontraba en esta villa coordinando el reclutamiento de varias compañías con destino a los presidios de África. Allí le presentó un mandamiento requisitorio ordenando la detención de los dos acusados para llevar por verederos a las diferentes compañías. Para asegurarse su cumplimiento al veredero con destino Minaya le acompañó el alguacil mayor del Marquesado Diego de Orozco y Hernando Pacheco fue hasta Socúellamos. Se trataba de asegurarse la interceptación de los dos huidos por los dos caminos que, por Cartagena y Málaga, las tropas podrían tomar con destino a los presidios de África.
Cuando el alguacil mayor llegó a Minaya el día 28 de mayo por la tarde, tuvo que contar con la pantomima de la colaboración del capitán Céspedes en la búsqueda de los dos huidos, pues éstos ya habían sido avisados por sus contactos de San Clemente. Las tropas abandonarían el pueblo con dirección a La Roda esa misma noche. Hasta allí, el día siguiente, se desplazaría infructuosamente el licenciado Cárdenas para constatar con su alguacil una vez más que había llegado tarde. Daba de nuevo fe de los hechos el joven escribano público Francisco Rodríguez.
Vuelto a Villarrobledo el día treinta, el licenciado Céspedes de Cárdenas tornó en pesquisa su acción ejecutiva, decidido a conocer la trama de la que había sido víctima y objeto de burla. En esa localidad tomará declaración al criado del coronel Benavides, llamado Nicolás Hernández, que había estado presente en El Provencio durante la entrega de Mondragón e Iniesta a la compañía del alférez Agraz. Contaba el criado como había hecho de mediador entre la señora del lugar y el alférez, el alcalde mayor de El Provencio, Francisco Castillo, un anciano, que apoyado en su vara iba y venía entre el domicilio de su señora Margarida y la posada donde almorzaba el alférez. El acuerdo alcanzado consistía, como ya hemos visto, en enrolar en la compañía a los dos retraídos en la Iglesia, para lo que se retirarían los guardas de la iglesia, a fin de evitar alborotos. Así lo ratificó también un testigo, vecino de Toledo, de paso por estos pueblos, y que aseguraba como doña Margarida Ladrón de Bobadilla contemplaba desde su ventana plácidamente los hechos.
El licenciado Cárdenas intentaría esconder su fracaso, de regreso el uno de junio a la villa de San Clemente, apresando al padre de Pedro de Mondragón, el hidalgo Juan de Orbea. Se le acusaba de haber auxiliado a su hijo Juan, mandando con pan, ropa y armas a su otro hijo Andrés y a un criado. El hidalgo vasco se mantuvo firme delante de Miguel de los Herreros y el licenciado Cárdenas cuando le tomaron declaración, evitando implicar a su hijo Andrés, al que, temiéndose lo peor, había enviado al Castillo de Garcimuñoz para atender asuntos tocantes a la carnicería que en aquella villa tenía la familia.
También fue encarcelado el hijo del licenciado Perona, Agustín Perona, que ya había levantado sospechas la noche de las heridas del alguacil mayor en la mancebía. Este joven de 22 años era amigo íntimo de Pedro de Mondragón. Las rencillas entre los bandos del pueblo contribuyeron a las denuncias, que seguramente se apoyaban en unos hechos ciertos: su auxilio a los encerrados en la torre de la iglesia de El Provencio con vestidos y armas. Hasta este pueblo se había desplazado con un caballo y armado de una lanza. La debilidad de los argumentos para justificarse lo acusaban más todavía. Torpemente reconoció haberse desplazado a ese pueblo y justificó el llevar lanza porque avía avido unas palabras con un pastor en los Ruviales y no iva seguro y explicó el motivo de su viaje a El Provencio con una visita a una moza de Cuenca, estante en esa villa, y que había estado anteriormente en casa de su padre.
Juan Argüello no quedaría contento con estas detenciones y solicitaría al Consejo Real diera comisión al gobernador o al alcalde mayor del Marquesado de Villena para que se persiguiera en las villas de señorío a los delincuentes y sus encubridores. Seguía creyendo que tanto Diego de Iniesta como Pedro de Mondragón estaban en El Provencio o quizás en el Castillo de Garcimuñoz, donde se había refugiado Andrés de Mondragón , el hermano de Pedro. Nosotros no podemos saber hoy si esta posibilidad era la real o si acabaron enrolados en el ejército en algún presidio del norte de África, pero si podemos constatar que el linaje de los Mondragón que se había enfrentado a los principales de la villa para ver reconocida su hidalguía vio cortado su ascenso social en la villa de San Clemente, aunque de la presencia del linaje es testigo la relación de vecinos del padrón de 1586, donde aparece aún una casa de los herederos de Mondragón.
Los autos del sumario serían llevados al Consejo Real; Juan de Argüello delegaría su representación en el procurador Tristán Calvete. Desconocemos el resultado final del proceso; pero entre los papeles que se remitieron al Consejo estaban unas veinte hojas de los autos que se habían hecho por el alcalde mayor y los alcaldes ordinarios de El Provencio entre el 26 y el 27 de mayo en esa villa que mostraban una visión alternativa de los sucesos y los momentos de tensión que se habían vivido.
(continuará)
(1) La zona de reclutamiento se debía extender también por toda La Mancha. Don Francisco de Benavides nos aparece reclutando, con muchas dificultades, soldados también en Daimiel (THOMPSON, I. A. A.: "El soldado del Imperio: una aproximación al perfil del recluta español en el Siglo de Oro", Manuscrits, 21, 2003, p. 34
AGS. CONSEJO REAL DE CASTILLA. 343 BIS, 5. Juan de Argüello, alguacil mayor del Marquesado de Villena, contra vecinos de la villa de San Clemente por haberle herido cuando intentaba desarmar a Pedro de Mondragón en la mancebía. 1558
Cuando llegaron los dos prófugos a la villa de El Provencio, las autoridades del lugar ya estaban advertidas de los delitos que pesaban sobre ellos. A pesar de lo cual, fueron bien tratados, permitiéndoseles libertad de movimientos en el pueblo y procurándoles alimentos ... y armas. No se arredró el alcalde mayor del Marquesado Céspedes de Cárdenas que tras emitir la correspondiente requisitoria a la justicia de El Provencio, que llevaría en mano Hernando Pacheco, pidió se le entregasen los fugitivos, y ante la negativa, pasó a dicha villa a detenerlos. Le acompañaban varios vecinos de San Clemente, entre ellos, Juan Jiménez, teniente de alguacil, Antón de Ávalos el mozo y Francisco Rosillo, que era el otro alcalde ordinario ese año. Curiosamente estos tres vecinos habían sido inculpados en las heridas causadas a la justicia ordinaria de San Clemente en 1553. Ahora, cinco años después, de perseguidos por la justicia habían pasado a ser representantes de la misma.
Poco podía hacer el alcalde mayor Cárdenas en el ambiente hostil que encontró en El Provencio. Los acusados, avisados de su posible llegada, acudieron prestos a refugiarse en la torre de la Iglesia, a cuyas puertas la justicia del lugar había puesto sus propias guardas. Cuando el alcalde mayor, acompañado de los mencionados justicias y vecinos de San Clemente, llegan a El Provencio el viernes veintisiete de mayo y piden se les entreguen los dos jóvenes, la señora de la villa y su alcalde mayor, Francisco del Castillo, escenificarán su negativa sentados en un estrado para hacer patente la superioridad de la jurisdicción señorial sobre la real. Humillados, los sanclementinos abandonaron el pueblo. En esta situación de impasse una compañía de soldados se convertiría en árbitro de la situación.
Este año, las tierras de la gobernación del Marquesado de Villena estaban sometidas a una intensa actividad reclutadora de varias compañías de soldados. En Villarrobledo, había establecido su residencia y sede el coronel don Francisco de Benavides (1), dirigiendo a varios capitanes que trataban de levantar sus compañías en los pueblos del territorio. Uno de esos capitanes era el capitán Alonso de Céspedes, cuya compañía tenía como alférez a Pedro Agraz de Guernica, que al presente se encontraba en El Provencio con una bandera de ciento veinticinco soldados (ciento cincuenta, según otros testigos), sin duda de paso, camino de La Roda, y con el objetivo de embarcar estos hombres en Cartagena para iniciar la travesía hacia los presidios de África. La compañía de soldados y su alférez estaban alojados en la posada del lugar, que se convertirá en el lugar central de las negociaciones para la entrega de los huidos. Así lo atestiguaba Hernando Pacheco, que se encontraba en El Provencio enviado por la justicia de San Clemente.
Serían las nueve o diez de la mañana del día 28 de mayo, cuando la compañía de soldados del alférez Agraz salió de la posada. Su finalidad, teóricamente, detener a los recluidos en la torre de la Iglesia. En la práctica, enrolar a Diego de Iniesta y Pedro de Mondragón, en una solución pactada momentos antes con las autoridades del lugar. Pero lo llamativo fue la teatralidad con que se disfrazó toda la actuación. Los ciento veinticinco soldados de la compañía salieron de la posada perfectamente ordenados bajo su bandera y al ritmo de los sones del tambor, dieron varias vueltas alrededor de la placeta de la iglesia y se colocaron frente a ella, momento en que los soldados desenvainaban sus espadas y el alférez Agraz conminaba a los retraídos en la torre a entregarse. No dudaron Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta en hacerlo, bajando por los tejados, y poniéndose bajo la protección de la bandera. La compañía abandonaría el pueblo, dirección Minaya, bajo la mirada de los curiosos, y en especial, de la señora del lugar, asomada en su ventana. Se daba así cumplimiento al mandamiento requisitorio del alcalde mayor licenciado Cárdenas, pero en realidad se tomaba como excusa para reclutar dos nuevos soldados.
Consciente de la burla, el alcalde mayor del Marquesado, licenciado Cárdenas, se presentó en Villarrobledo el 28 de mayo, para hacer valer la jurisdicción ordinaria real frente a la militar, ante el coronel don Francisco Benavides, que a la sazón se encontraba en esta villa coordinando el reclutamiento de varias compañías con destino a los presidios de África. Allí le presentó un mandamiento requisitorio ordenando la detención de los dos acusados para llevar por verederos a las diferentes compañías. Para asegurarse su cumplimiento al veredero con destino Minaya le acompañó el alguacil mayor del Marquesado Diego de Orozco y Hernando Pacheco fue hasta Socúellamos. Se trataba de asegurarse la interceptación de los dos huidos por los dos caminos que, por Cartagena y Málaga, las tropas podrían tomar con destino a los presidios de África.
Cuando el alguacil mayor llegó a Minaya el día 28 de mayo por la tarde, tuvo que contar con la pantomima de la colaboración del capitán Céspedes en la búsqueda de los dos huidos, pues éstos ya habían sido avisados por sus contactos de San Clemente. Las tropas abandonarían el pueblo con dirección a La Roda esa misma noche. Hasta allí, el día siguiente, se desplazaría infructuosamente el licenciado Cárdenas para constatar con su alguacil una vez más que había llegado tarde. Daba de nuevo fe de los hechos el joven escribano público Francisco Rodríguez.
Vuelto a Villarrobledo el día treinta, el licenciado Céspedes de Cárdenas tornó en pesquisa su acción ejecutiva, decidido a conocer la trama de la que había sido víctima y objeto de burla. En esa localidad tomará declaración al criado del coronel Benavides, llamado Nicolás Hernández, que había estado presente en El Provencio durante la entrega de Mondragón e Iniesta a la compañía del alférez Agraz. Contaba el criado como había hecho de mediador entre la señora del lugar y el alférez, el alcalde mayor de El Provencio, Francisco Castillo, un anciano, que apoyado en su vara iba y venía entre el domicilio de su señora Margarida y la posada donde almorzaba el alférez. El acuerdo alcanzado consistía, como ya hemos visto, en enrolar en la compañía a los dos retraídos en la Iglesia, para lo que se retirarían los guardas de la iglesia, a fin de evitar alborotos. Así lo ratificó también un testigo, vecino de Toledo, de paso por estos pueblos, y que aseguraba como doña Margarida Ladrón de Bobadilla contemplaba desde su ventana plácidamente los hechos.
El licenciado Cárdenas intentaría esconder su fracaso, de regreso el uno de junio a la villa de San Clemente, apresando al padre de Pedro de Mondragón, el hidalgo Juan de Orbea. Se le acusaba de haber auxiliado a su hijo Juan, mandando con pan, ropa y armas a su otro hijo Andrés y a un criado. El hidalgo vasco se mantuvo firme delante de Miguel de los Herreros y el licenciado Cárdenas cuando le tomaron declaración, evitando implicar a su hijo Andrés, al que, temiéndose lo peor, había enviado al Castillo de Garcimuñoz para atender asuntos tocantes a la carnicería que en aquella villa tenía la familia.
También fue encarcelado el hijo del licenciado Perona, Agustín Perona, que ya había levantado sospechas la noche de las heridas del alguacil mayor en la mancebía. Este joven de 22 años era amigo íntimo de Pedro de Mondragón. Las rencillas entre los bandos del pueblo contribuyeron a las denuncias, que seguramente se apoyaban en unos hechos ciertos: su auxilio a los encerrados en la torre de la iglesia de El Provencio con vestidos y armas. Hasta este pueblo se había desplazado con un caballo y armado de una lanza. La debilidad de los argumentos para justificarse lo acusaban más todavía. Torpemente reconoció haberse desplazado a ese pueblo y justificó el llevar lanza porque avía avido unas palabras con un pastor en los Ruviales y no iva seguro y explicó el motivo de su viaje a El Provencio con una visita a una moza de Cuenca, estante en esa villa, y que había estado anteriormente en casa de su padre.
Juan Argüello no quedaría contento con estas detenciones y solicitaría al Consejo Real diera comisión al gobernador o al alcalde mayor del Marquesado de Villena para que se persiguiera en las villas de señorío a los delincuentes y sus encubridores. Seguía creyendo que tanto Diego de Iniesta como Pedro de Mondragón estaban en El Provencio o quizás en el Castillo de Garcimuñoz, donde se había refugiado Andrés de Mondragón , el hermano de Pedro. Nosotros no podemos saber hoy si esta posibilidad era la real o si acabaron enrolados en el ejército en algún presidio del norte de África, pero si podemos constatar que el linaje de los Mondragón que se había enfrentado a los principales de la villa para ver reconocida su hidalguía vio cortado su ascenso social en la villa de San Clemente, aunque de la presencia del linaje es testigo la relación de vecinos del padrón de 1586, donde aparece aún una casa de los herederos de Mondragón.
Los autos del sumario serían llevados al Consejo Real; Juan de Argüello delegaría su representación en el procurador Tristán Calvete. Desconocemos el resultado final del proceso; pero entre los papeles que se remitieron al Consejo estaban unas veinte hojas de los autos que se habían hecho por el alcalde mayor y los alcaldes ordinarios de El Provencio entre el 26 y el 27 de mayo en esa villa que mostraban una visión alternativa de los sucesos y los momentos de tensión que se habían vivido.
(continuará)
(1) La zona de reclutamiento se debía extender también por toda La Mancha. Don Francisco de Benavides nos aparece reclutando, con muchas dificultades, soldados también en Daimiel (THOMPSON, I. A. A.: "El soldado del Imperio: una aproximación al perfil del recluta español en el Siglo de Oro", Manuscrits, 21, 2003, p. 34
AGS. CONSEJO REAL DE CASTILLA. 343 BIS, 5. Juan de Argüello, alguacil mayor del Marquesado de Villena, contra vecinos de la villa de San Clemente por haberle herido cuando intentaba desarmar a Pedro de Mondragón en la mancebía. 1558
miércoles, 27 de enero de 2016
El incidente de la mancebía de San Clemente (1558)-(II)
La mancebía de San Clemente estaba situada junto al juego de pelota. La zona debía ser un centro de ocio de la época para disfrute de los jóvenes acomodados de la sociedad sanclementina. El carácter público del establecimiento, reconocido socialmente, lo aleja de la imagen de otros pueblos con vecinas dedicadas al oficio por el estado de necesidad o marginalidad social en que vivían, pero integradas en la comunidad. Aquí la prostitución era una profesión; las mujeres, mal que a su pesar, vivían del oficio. La mancebía era, ante todo, mancebía pública.
No nos es posible precisar la ubicación actual de la mancebía pública, pero por los testigos sabemos que en su proximidad se extendían cebadales, que delante de ella se encontraba el mencionado juego de pelota y que se llegaba hasta allí, tal como hicieron los jóvenes Agustín Perona y Alonso de Valenzuela por la calle de Juan de Sevilla de que llegaron a las quatro esquinas de las casas de Miguel López Lorençio oyeron boçes haçia la mancebía.
Hacia los cebadales y huyendo por encima de las paredes escapó Diego de Iniesta inmediatamente después de herir al alguacil mayor Argüello; también abandonó el lugar Pedro de Mondragón. Pero tras los nervios del primer momento, por la declaración del padre de Diego Iniesta sabemos que hasta las nueve de la noche del día siguiente, 25 de mayo, su hijo estuvo en su casa. Y es que la justicia tardó en ponerse en marcha. Dos eran las razones, a nuestro entender: la primera, la actitud contemplativa que en los sucesos habían tenido dos jóvenes, Agustín de Perona y Alonso de Valenzuela, pertenecientes a familias principales del pueblo, y la segunda, que el alcalde mayor del Marquesado, residente en San Clemente, se encontraba en ese momento en Villanueva de la Jara.
Las primeras pesquisas judiciales las llevó el alcalde ordinario Miguel de los Herreros, al día siguiente de los hechos. Los tardanos interrogatorios del alguacil Juan de Argüello, convaleciente de sus heridas en casa del cirujano Juan de Mérida, y sus dos colaboradores accidentales en la mancebía, el alguacil Pedro de Perona y Agustín Ramírez, le llevó a centrar su acción en los tres principales sospechosos: Pedro de Mondragón, Diego de Iniesta y Roque Flórez.
El alcalde formó una patrulla improvisada (a la que se apuntó entre otros Agustín de Perona, para despejar dudas sobre su presencia en la mancebía), para acudir a casa de los sospechosos y detenerlos. Acuden en primer lugar a la casa del hidalgo Juan de Orbea Mondragón, pero ni él ni su inculpado hijo están presentes, tal como les confiesan su mujer y otro hijo menor. Se desplazan a la Iglesia de Santiago, que como lugar sagrado, suele ser cobijo de los delincuentes, pero está vacía y sus puertas cerradas. A media noche, y con más fortuna, encuentran en casa de su padre Beltrán a Roque Flórez, que sin ofrecer resistencia es conducido a la cárcel. En casa paterna de Diego de Iniesta tendrán menos suerte, a pesar de buscar con un alumbre por todos los rrincones secretos e públicos de la dicha casa; en la casa está su padre y un mozo que confiesan que Diego ha decidido huir apenas hace tres horas. Sonsacan también que la noche de antes la ha pasado en casa de un tal Campillo, yerno de Alonso García, pero allí tampoco están. Ya sólo quedan ermitas y conventos por registrar: ni en la ermita de San Roque ni en la de San Sebastián está; tampoco en el monasterio de San Francisco, donde no se deja pasar a la patrulla y se les despide.
Un temeroso Roque Flórez, mozo de veintidós años, defiende desde la cárcel su inocencia y lo casual de su presencia en la mancebía. Es verdad que iba armado, pero también lo iba el teniente de alguacil Pedro de Perona, que lejos de ejercer su oficio, se encontraba en la cama con una mujer pública en el memento de los hechos, y al que él y Diego de Iniesta habían acompañado con idéntico fin. A la mancebía también habían entrado armados Agustín de Perona y Alonso de Valenzuela. Antes de que Argüello recibiera sus heridas, precisará con clara finalidad acusatoria.
La trama se complica. Pedro de Mondragón ha llegado sólo a la mancebía. Este testarudo vasco parece que busca el placer por el placer, más allá de aventuras juveniles; pero Pedro de Perona busca el placer y la juerga. Acude al prostíbulo en compañía de Roque Flórez y por el camino convence a Diego de Iniesta para que se una. En la mancebía, Diego se encontrará casualmente con Pedro de Mondragón su amigo de siempre.
El alcalde Miguel de los Herreros ahondará en sus pesquisas. Sus sospechas recaerán sobre Agustín, hijo del licenciado Perona, y Alonso Valenzuela, de familia de regidores. Ambos se defienden: han acudido a la mancebía tras oír las voces desde la casa de su amigo Roque de Garnica, desmintiendo a algún testigo que los situaba de antes en el burdel. Han visto lo justo, a Roque Flórez y Diego de Iniesta, cobijados en sus capas, pero no al agresor, tan sólo al alguacil mayor caer al suelo malherido, mientras dice me ha muerto el traidor. El alcalde les acusa de intervenir en las heridas del alguacil. Ellos se defienden; han acudido a los gritos de favor a la justicia del alguacil mayor y le han acompañado hasta la casa del cirujano para que le preste los primeros auxilios. Pero un rústico llamado Juan Vázquez niega su versión. Ha sido él quien auxilió al herido llevándolo hasta la casa de un vecino llamado Diego Sánchez, aunque enseguida se ha vuelto preocupado por que alguien le robe su pollino que ha dejado abandonado. Es más también ha visto refugiarse a Pedro de Mondragón en la casa de Diego Sainz Olivares.
El alcalde Miguel de los Herreros decide abandonar esta línea acusatoria. Obtiene el peritaje del cirujano sobre la gravedad de las heridas y llama de nuevo, ya el día 27, a testificar al alguacil Pedro de Perona, que mantiene la línea oficial que acusa a los tres acusados, no sin antes testificar su defensa a favor del alguacil mayor Juan de Argüello, y plantear nuevas dudas sobre Agustín y Alonso.
Para entonces, el jueves 26 por la noche, ha regresado, desde Villanueva de la Jara, el alcalde mayor del Marquesado, el licenciado Céspedes de Cárdenas, que toma en sus manos los autos, iniciados por Miguel de los Herreros. Junto a los autos recibe el alcalde mayor la noticia de que Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta han huido a El Provencio, tierra de señorío. Allí son protegidos por la señora del lugar, la mujer de Manuel de Calatayud. Al hecho delictivo se une ahora un conflicto de jurisdicciones. El caso se complica sobremanera.
(continuará)
AGS. CONSEJO REAL DE CASTILLA. 343 BIS, 5. Juan de Argüello, alguacil mayor del Marquesado de Villena, contra vecinos de la villa de San Clemente por haberle herido cuando intentaba desarmar a Pedro de Mondragón en la mancebía. 1558
No nos es posible precisar la ubicación actual de la mancebía pública, pero por los testigos sabemos que en su proximidad se extendían cebadales, que delante de ella se encontraba el mencionado juego de pelota y que se llegaba hasta allí, tal como hicieron los jóvenes Agustín Perona y Alonso de Valenzuela por la calle de Juan de Sevilla de que llegaron a las quatro esquinas de las casas de Miguel López Lorençio oyeron boçes haçia la mancebía.
Hacia los cebadales y huyendo por encima de las paredes escapó Diego de Iniesta inmediatamente después de herir al alguacil mayor Argüello; también abandonó el lugar Pedro de Mondragón. Pero tras los nervios del primer momento, por la declaración del padre de Diego Iniesta sabemos que hasta las nueve de la noche del día siguiente, 25 de mayo, su hijo estuvo en su casa. Y es que la justicia tardó en ponerse en marcha. Dos eran las razones, a nuestro entender: la primera, la actitud contemplativa que en los sucesos habían tenido dos jóvenes, Agustín de Perona y Alonso de Valenzuela, pertenecientes a familias principales del pueblo, y la segunda, que el alcalde mayor del Marquesado, residente en San Clemente, se encontraba en ese momento en Villanueva de la Jara.
Las primeras pesquisas judiciales las llevó el alcalde ordinario Miguel de los Herreros, al día siguiente de los hechos. Los tardanos interrogatorios del alguacil Juan de Argüello, convaleciente de sus heridas en casa del cirujano Juan de Mérida, y sus dos colaboradores accidentales en la mancebía, el alguacil Pedro de Perona y Agustín Ramírez, le llevó a centrar su acción en los tres principales sospechosos: Pedro de Mondragón, Diego de Iniesta y Roque Flórez.
El alcalde formó una patrulla improvisada (a la que se apuntó entre otros Agustín de Perona, para despejar dudas sobre su presencia en la mancebía), para acudir a casa de los sospechosos y detenerlos. Acuden en primer lugar a la casa del hidalgo Juan de Orbea Mondragón, pero ni él ni su inculpado hijo están presentes, tal como les confiesan su mujer y otro hijo menor. Se desplazan a la Iglesia de Santiago, que como lugar sagrado, suele ser cobijo de los delincuentes, pero está vacía y sus puertas cerradas. A media noche, y con más fortuna, encuentran en casa de su padre Beltrán a Roque Flórez, que sin ofrecer resistencia es conducido a la cárcel. En casa paterna de Diego de Iniesta tendrán menos suerte, a pesar de buscar con un alumbre por todos los rrincones secretos e públicos de la dicha casa; en la casa está su padre y un mozo que confiesan que Diego ha decidido huir apenas hace tres horas. Sonsacan también que la noche de antes la ha pasado en casa de un tal Campillo, yerno de Alonso García, pero allí tampoco están. Ya sólo quedan ermitas y conventos por registrar: ni en la ermita de San Roque ni en la de San Sebastián está; tampoco en el monasterio de San Francisco, donde no se deja pasar a la patrulla y se les despide.
Un temeroso Roque Flórez, mozo de veintidós años, defiende desde la cárcel su inocencia y lo casual de su presencia en la mancebía. Es verdad que iba armado, pero también lo iba el teniente de alguacil Pedro de Perona, que lejos de ejercer su oficio, se encontraba en la cama con una mujer pública en el memento de los hechos, y al que él y Diego de Iniesta habían acompañado con idéntico fin. A la mancebía también habían entrado armados Agustín de Perona y Alonso de Valenzuela. Antes de que Argüello recibiera sus heridas, precisará con clara finalidad acusatoria.
La trama se complica. Pedro de Mondragón ha llegado sólo a la mancebía. Este testarudo vasco parece que busca el placer por el placer, más allá de aventuras juveniles; pero Pedro de Perona busca el placer y la juerga. Acude al prostíbulo en compañía de Roque Flórez y por el camino convence a Diego de Iniesta para que se una. En la mancebía, Diego se encontrará casualmente con Pedro de Mondragón su amigo de siempre.
El alcalde Miguel de los Herreros ahondará en sus pesquisas. Sus sospechas recaerán sobre Agustín, hijo del licenciado Perona, y Alonso Valenzuela, de familia de regidores. Ambos se defienden: han acudido a la mancebía tras oír las voces desde la casa de su amigo Roque de Garnica, desmintiendo a algún testigo que los situaba de antes en el burdel. Han visto lo justo, a Roque Flórez y Diego de Iniesta, cobijados en sus capas, pero no al agresor, tan sólo al alguacil mayor caer al suelo malherido, mientras dice me ha muerto el traidor. El alcalde les acusa de intervenir en las heridas del alguacil. Ellos se defienden; han acudido a los gritos de favor a la justicia del alguacil mayor y le han acompañado hasta la casa del cirujano para que le preste los primeros auxilios. Pero un rústico llamado Juan Vázquez niega su versión. Ha sido él quien auxilió al herido llevándolo hasta la casa de un vecino llamado Diego Sánchez, aunque enseguida se ha vuelto preocupado por que alguien le robe su pollino que ha dejado abandonado. Es más también ha visto refugiarse a Pedro de Mondragón en la casa de Diego Sainz Olivares.
El alcalde Miguel de los Herreros decide abandonar esta línea acusatoria. Obtiene el peritaje del cirujano sobre la gravedad de las heridas y llama de nuevo, ya el día 27, a testificar al alguacil Pedro de Perona, que mantiene la línea oficial que acusa a los tres acusados, no sin antes testificar su defensa a favor del alguacil mayor Juan de Argüello, y plantear nuevas dudas sobre Agustín y Alonso.
Para entonces, el jueves 26 por la noche, ha regresado, desde Villanueva de la Jara, el alcalde mayor del Marquesado, el licenciado Céspedes de Cárdenas, que toma en sus manos los autos, iniciados por Miguel de los Herreros. Junto a los autos recibe el alcalde mayor la noticia de que Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta han huido a El Provencio, tierra de señorío. Allí son protegidos por la señora del lugar, la mujer de Manuel de Calatayud. Al hecho delictivo se une ahora un conflicto de jurisdicciones. El caso se complica sobremanera.
(continuará)
AGS. CONSEJO REAL DE CASTILLA. 343 BIS, 5. Juan de Argüello, alguacil mayor del Marquesado de Villena, contra vecinos de la villa de San Clemente por haberle herido cuando intentaba desarmar a Pedro de Mondragón en la mancebía. 1558
lunes, 25 de enero de 2016
El incidente de la mancebía de San Clemente (1558)
Si en algo coincidían las villas de San Clemente y Albacete a mediados del siglo XVI, a pesar de su rivalidad, era en la existencia de sendas casas de mancebía. En el caso de la villa de Albacete, dicha casa era vecina de la de los regidores y principales de la familia Cañavate. En el resto de las villas, presuponemos que existía tal casa o al menos no faltaba mujer, tal como denuncian algunos apodos, que ejerciera el oficio. La práctica de la prostitución en lo reducido del Marquesado de Villena había intentado regularse por Fernando el Católico, quien por provisión de 30 de octubre de 1504, que había seguido a una información del gobernador del Marquesado de dos años antes, intentó acabar con una situación generalizada en los pueblos de prostitución diseminada por calles y casas y concentrarla en casas o en prostíbulos de nueva creación. Cedió para ello una renta de 30.000 maravedíes a repartir entre las villas del Marquesado según su población e intentó implicar a los ayuntamientos en tal medida, cediéndoles las rentas de tal negocio.
Las casas de mancebía, vistas por algunos historiadores, como garantes de orden social y solaz para reconducción de los impulsos juveniles de los mozos, podían ser también fuente de conflictos. La necesidad de la regulación de las mancebías fue como hemos visto objeto de los capítulos de Cortes, en concreto, la prohibición de llevar armas. Entre las funciones de los alguaciles se comprendía la visita de las mancebías en las diarias rondas nocturnas. Fue en una de esas rondas nocturnas de alguacil, cuando se desencadenó el incidente que pasamos a detallar.
El ocho de junio de 1558, un malherido Juan de Argüello, alguacil del Marquesado de Villena otorga, ante el joven escribano Francisco Rodríguez Garnica, su poder al más experimentado procurador Tristán Calvete para que le represente en la querella criminal que interpone contra Pedro Mondragón, hijo del hidalgo Juan de Orbea, y otros consortes a los que acusa de haberle herido en la casa de mancebía de San Clemente. Solicita ante el Consejo Real se dé comisión al gobernador o alcalde mayor del Marquesado para que puedan pasar a tierras de señorío donde supone están escondidos los agresores.
Los hechos se habían desatado en la mancebía de San Clemente, en torno a las nueve de la noche, un martes 24 de mayo de 1558. Allí se presentó en su ronda nocturna el alguacil mayor del Marquesado Juan Argüello, pillando in fraganti a Pedro de Mondragón mientras ganaba una muger pública en un aposento de esa casa. No iba persiguiendo el alguacil la inmoralidad del acto, socialmente aceptado, sino el hecho de que Juan de Mondragón portara una espada y un broquel, incumpliendo los capítulos de Cortes y la provisión ganada por la villa en 1551 sobre las condiciones para portar armas.
La impetuosidad de la entrada del alguacil en el aposento en un momento delicado para Pedro de Mondragón provocó la reacción airada y violenta de éste último, que agarró del pecho al primero, cuando se le requirió a entregar las armas. Sólo la presencia, más que su pusilánime acción, de Pedro de Perona, teniente de alguacil de la villa de San Clemente, y Agustín Ramírez, consiguió hacer deponer de su actitud al hidalgo vasco, que fue desarmado por el alguacil mayor y sacado de la mancebía con la intención de llevarlo a la cárcel. Cuando Pedro de Mondragón fue consciente de donde era conducido, en la misma puerta de salida desenvainó una daga con la que arremetió infructuosamente a Juan de Argüello. Pero había más complicidades dentro del burdel. Sería otro mozo Diego de Iniesta, hijo de Miguel López Lorencio, el que por detrás arremetería al alguacil, dándole un golpe en la cabeza con su espada que lo dejaría malherido, ante la pasividad de los presentes. Del expediente, como veremos más adelante, sabemos que estuvo también involucrado en la acción Roque Flórez, que iba armado, y estaban presentes Agustín de Perona, hijo del licenciado Perona, y Alonso de Valenzuela, que mostraron en todo momento una sospechosa pasividad:
el dicho diego de yniesta que estaba en rreguarda del dicho mondragón llegó por detrás y a traiçión y alebosamente sin dezir cosa alguna al dicho alguacil mayor y con una espada desnuda que traya en las manos dio una cuchillada muy grande al dicho mi parte en la cabeça que le cortó el cuero y la carne y cascos y le salió mucha sangre de la qual herida a estado y está a punto de muerte y fue tan grande el golpe que le dio con la dicha espada que se quebró por medio y aunque el dicho mi parte tornó a pedir favor y ayuda a los que estavan presentes ninguno gelo quiso dar...
La mancebía de San Clemente estaba situada junto al juego de pelota. La zona debía ser un centro de ocio de la época para disfrute de los jóvenes acomodados de la sociedad sanclementina. El carácter público del establecimiento, reconocido socialmente, lo aleja de la imagen de otros pueblos con vecinas dedicadas al oficio por el estado de necesidad o marginalidad social en que vivían, pero integradas en la comunidad. Aquí la prostitución era una profesión; las mujeres, mal que a su pesar, vivían del oficio. La mancebía era, ante todo, mancebía pública.
No nos es posible precisar la ubicación actual de la mancebía pública, pero por los testigos sabemos que en su proximidad se extendían cebadales, que delante de ella se encontraba el mencionado juego de pelota y que se llegaba hasta allí, tal como hicieron los jóvenes Agustín Perona y Alonso de Valenzuela por la calle de Juan de Sevilla de que llegaron a las quatro esquinas de las casas de Miguel López Lorençio oyeron boçes haçia la mancebía.
Hacia los cebadales y huyendo por encima de las paredes escapó Diego de Iniesta inmediatamente después de herir al alguacil mayor Argüello; también abandonó el lugar Pedro de Mondragón. Pero tras los nervios del primer momento, por la declaración del padre de Diego Iniesta sabemos que hasta las nueve de la noche del día siguiente, 25 de mayo, su hijo estuvo en su casa. Y es que la justicia tardó en ponerse en marcha. Dos eran las razones, a nuestro entender: la primera, la actitud contemplativa que en los sucesos habían tenido dos jóvenes, Agustín de Perona y Alonso de Valenzuela, pertenecientes a familias principales del pueblo, y la segunda, que el alcalde mayor del Marquesado, residente en San Clemente, se encontraba en ese momento en Villanueva de la Jara.
Las primeras pesquisas judiciales las llevó el alcalde ordinario Miguel de los Herreros, al día siguiente de los hechos. Los tardanos interrogatorios del alguacil Juan de Argüello, convaleciente de sus heridas en casa del cirujano Juan de Mérida, y sus dos colaboradores accidentales en la mancebía, el alguacil Pedro de Perona y Agustín Ramírez, le llevó a centrar su acción en los tres principales sospechosos: Pedro de Mondragón, Diego de Iniesta y Roque Flórez.
El alcalde formó una patrulla improvisada (a la que se apuntó entre otros Agustín de Perona, para despejar dudas sobre su presencia en la mancebía), para acudir a casa de los sospechosos y detenerlos. Acuden en primer lugar a la casa del hidalgo Juan de Orbea Mondragón, pero ni él ni su inculpado hijo están presentes, tal como les confiesan su mujer y otro hijo menor. Se desplazan a la Iglesia de Santiago, que como lugar sagrado, suele ser cobijo de los delincuentes, pero está vacía y sus puertas cerradas. A media noche, y con más fortuna, encuentran en casa de su padre Beltrán a Roque Flórez, que sin ofrecer resistencia es conducido a la cárcel. En casa paterna de Diego de Iniesta tendrán menos suerte, a pesar de buscar con un alumbre por todos los rrincones secretos e públicos de la dicha casa; en la casa está su padre y un mozo que confiesan que Diego ha decidido huir apenas hace tres horas. Sonsacan también que la noche de antes la ha pasado en casa de un tal Campillo, yerno de Alonso García, pero allí tampoco están. Ya sólo quedan ermitas y conventos por registrar: ni en la ermita de San Roque ni en la de San Sebastián está; tampoco en el monasterio de San Francisco, donde no se deja pasar a la patrulla y se les despide.
Un temeroso Roque Flórez, mozo de veintidós años, defiende desde la cárcel su inocencia y lo casual de su presencia en la mancebía. Es verdad que iba armado, pero también lo iba el teniente de alguacil Pedro de Perona, que lejos de ejercer su oficio, se encontraba en la cama con una mujer pública en el memento de los hechos, y al que él y Diego de Iniesta habían acompañado con idéntico fin. A la mancebía también habían entrado armados Agustín de Perona y Alonso de Valenzuela. Antes de que Argüello recibiera sus heridas, precisará con clara finalidad acusatoria.
La trama se complica. Pedro de Mondragón ha llegado sólo a la mancebía. Este testarudo vasco parece que busca el placer por el placer, más allá de aventuras juveniles; pero Pedro de Perona busca el placer y la juerga. Acude al prostíbulo en compañía de Roque Flórez y por el camino convence a Diego de Iniesta para que se una. En la mancebía, Diego se encontrará casualmente con Pedro de Mondragón su amigo de siempre.
El alcalde Miguel de los Herreros ahondará en sus pesquisas. Sus sospechas recaerán sobre Agustín, hijo del licenciado Perona, y Alonso Valenzuela, de familia de regidores. Ambos se defienden: han acudido a la mancebía tras oír las voces desde la casa de su amigo Roque de Garnica, desmintiendo a algún testigo que los situaba de antes en el burdel. Han visto lo justo, a Roque Flórez y Diego de Iniesta, cobijados en sus capas, pero no al agresor, tan sólo al alguacil mayor caer al suelo malherido, mientras dice me ha muerto el traidor. El alcalde les acusa de intervenir en las heridas del alguacil. Ellos se defienden; han acudido a los gritos de favor a la justicia del alguacil mayor y le han acompañado hasta la casa del cirujano para que le preste los primeros auxilios. Pero un rústico llamado Juan Vázquez niega su versión. Ha sido él quien auxilió al herido llevándolo hasta la casa de un vecino llamado Diego Sánchez, aunque enseguida se ha vuelto preocupado por que alguien le robe su pollino que ha dejado abandonado. Es más también ha visto refugiarse a Pedro de Mondragón en la casa de Diego Sainz Olivares.
El alcalde Miguel de los Herreros decide abandonar esta línea acusatoria. Obtiene el peritaje del cirujano sobre la gravedad de las heridas y llama de nuevo, ya el día 27, a testificar al alguacil Pedro de Perona, que mantiene la línea oficial que acusa a los tres acusados, no sin antes testificar su defensa a favor del alguacil mayor Juan de Argüello, y plantear nuevas dudas sobre Agustín y Alonso.
Para entonces, el jueves 26 por la noche, ha regresado, desde Villanueva de la Jara, el alcalde mayor del Marquesado, el licenciado Céspedes de Cárdenas, que toma en sus manos los autos, iniciados por Miguel de los Herreros. Junto a los autos recibe el alcalde mayor la noticia de que Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta han huido a El Provencio, tierra de señorío. Allí son protegidos por la señora del lugar, la mujer de Manuel de Calatayud. Al hecho delictivo se une ahora un conflicto de jurisdicciones. El caso se complica sobremanera.
El Provencio, villa mal avenida con la de San Clemente, no hacía ascos para acoger a cuantos huían de la justicia por haber cometido delitos. Hasta El Provencio, llegaron huyendo Diego de Iniesta y Juan de Mondragón. Era un pueblo de señorío cuya jurisdicción detentaba don Manuel de Calatayud Toledo, aunque quien detentaba el poder en esta fecha por ausencia del señor, era su mujer doña Margarida Ladrón de Bobadilla; le auxiliaban en el ejercicio de la justicia, un alcalde mayor, ya anciano, llamado Francisco del Castillo (¿de los Castillo de San Clemente?) y dos alcaldes ordinarios, Juan Rosillo y Hernando de Losa.
Cuando llegaron los dos prófugos a la villa de El Provencio, las autoridades del lugar ya estaban advertidas de los delitos que pesaban sobre ellos. A pesar de lo cual, fueron bien tratados, permitiéndoseles libertad de movimientos en el pueblo y procurándoles alimentos ... y armas. No se arredró el alcalde mayor del Marquesado Céspedes de Cárdenas que tras emitir la correspondiente requisitoria a la justicia de El Provencio, que llevaría en mano Hernando Pacheco, pidió se le entregasen los fugitivos, y ante la negativa, pasó a dicha villa a detenerlos. Le acompañaban varios vecinos de San Clemente, entre ellos, Juan Jiménez, teniente de alguacil, Antón de Ávalos el mozo y Francisco Rosillo, que era el otro alcalde ordinario ese año. Curiosamente estos tres vecinos habían sido inculpados en las heridas causadas a la justicia ordinaria de San Clemente en 1553. Ahora, cinco años después, de perseguidos por la justicia habían pasado a ser representantes de la misma.
Poco podía hacer el alcalde mayor Cárdenas en el ambiente hostil que encontró en El Provencio. Los acusados, avisados de su posible llegada, acudieron prestos a refugiarse en la torre de la Iglesia, a cuyas puertas la justicia del lugar había puesto sus propias guardas. Cuando el alcalde mayor, acompañado de los mencionados justicias y vecinos de San Clemente, llegan a El Provencio el viernes veintisiete de mayo y piden se les entreguen los dos jóvenes, la señora de la villa y su alcalde mayor, Francisco del Castillo, escenificarán su negativa sentados en un estrado para hacer patente la superioridad de la jurisdicción señorial sobre la real. Humillados, los sanclementinos abandonaron el pueblo. En esta situación de impasse una compañía de soldados se convertiría en árbitro de la situación.
Este año, las tierras de la gobernación del Marquesado de Villena estaban sometidas a una intensa actividad reclutadora de varias compañías de soldados. En Villarrobledo, había establecido su residencia y sede el coronel don Francisco de Benavides (1), dirigiendo a varios capitanes que trataban de levantar sus compañías en los pueblos del territorio. Uno de esos capitanes era el capitán Alonso de Céspedes, cuya compañía tenía como alférez a Pedro Agraz de Guernica, que al presente se encontraba en El Provencio con una bandera de ciento veinticinco soldados (ciento cincuenta, según otros testigos), sin duda de paso, camino de La Roda, y con el objetivo de embarcar estos hombres en Cartagena para iniciar la travesía hacia los presidios de África. La compañía de soldados y su alférez estaban alojados en la posada del lugar, que se convertirá en el lugar central de las negociaciones para la entrega de los huidos. Así lo atestiguaba Hernando Pacheco, que se encontraba en El Provencio enviado por la justicia de San Clemente.
Serían las nueve o diez de la mañana del día 28 de mayo, cuando la compañía de soldados del alférez Agraz salió de la posada. Su finalidad, teóricamente, detener a los recluidos en la torre de la Iglesia. En la práctica, enrolar a Diego de Iniesta y Pedro de Mondragón, en una solución pactada momentos antes con las autoridades del lugar. Pero lo llamativo fue la teatralidad con que se disfrazó toda la actuación. Los ciento veinticinco soldados de la compañía salieron de la posada perfectamente ordenados bajo su bandera y al ritmo de los sones del tambor, dieron varias vueltas alrededor de la placeta de la iglesia y se colocaron frente a ella, momento en que los soldados desenvainaban sus espadas y el alférez Agraz conminaba a los retraídos en la torre a entregarse. No dudaron Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta en hacerlo, bajando por los tejados, y poniéndose bajo la protección de la bandera. La compañía abandonaría el pueblo, dirección Minaya, bajo la mirada de los curiosos, y en especial, de la señora del lugar, asomada en su ventana. Se daba así cumplimiento al mandamiento requisitorio del alcalde mayor licenciado Cárdenas, pero en realidad se tomaba como excusa para reclutar dos nuevos soldados.
Consciente de la burla, el alcalde mayor del Marquesado, licenciado Cárdenas, se presentó en Villarrobledo el 28 de mayo, para hacer valer la jurisdicción ordinaria real frente a la militar, ante el coronel don Francisco Benavides, que a la sazón se encontraba en esta villa coordinando el reclutamiento de varias compañías con destino a los presidios de África. Allí le presentó un mandamiento requisitorio ordenando la detención de los dos acusados para llevar por verederos a las diferentes compañías. Para asegurarse su cumplimiento al veredero con destino Minaya le acompañó el alguacil mayor del Marquesado Diego de Orozco y Hernando Pacheco fue hasta Socúellamos. Se trataba de asegurarse la interceptación de los dos huidos por los dos caminos que, por Cartagena y Málaga, las tropas podrían tomar con destino a los presidios de África.
Cuando el alguacil mayor llegó a Minaya el día 28 de mayo por la tarde, tuvo que contar con la pantomima de la colaboración del capitán Céspedes en la búsqueda de los dos huidos, pues éstos ya habían sido avisados por sus contactos de San Clemente. Las tropas abandonarían el pueblo con dirección a La Roda esa misma noche. Hasta allí, el día siguiente, se desplazaría infructuosamente el licenciado Cárdenas para constatar con su alguacil una vez más que había llegado tarde. Daba de nuevo fe de los hechos el joven escribano público Francisco Rodríguez.
Vuelto a Villarrobledo el día treinta, el licenciado Céspedes de Cárdenas tornó en pesquisa su acción ejecutiva, decidido a conocer la trama de la que había sido víctima y objeto de burla. En esa localidad tomará declaración al criado del coronel Benavides, llamado Nicolás Hernández, que había estado presente en El Provencio durante la entrega de Mondragón e Iniesta a la compañía del alférez Agraz. Contaba el criado como había hecho de mediador entre la señora del lugar y el alférez, el alcalde mayor de El Provencio, Francisco Castillo, un anciano, que apoyado en su vara iba y venía entre el domicilio de su señora Margarida y la posada donde almorzaba el alférez. El acuerdo alcanzado consistía, como ya hemos visto, en enrolar en la compañía a los dos retraídos en la Iglesia, para lo que se retirarían los guardas de la iglesia, a fin de evitar alborotos. Así lo ratificó también un testigo, vecino de Toledo, de paso por estos pueblos, y que aseguraba como doña Margarida Ladrón de Bobadilla contemplaba desde su ventana plácidamente los hechos.
El licenciado Cárdenas intentaría esconder su fracaso, de regreso el uno de junio a la villa de San Clemente, apresando al padre de Pedro de Mondragón, el hidalgo Juan de Orbea. Se le acusaba de haber auxiliado a su hijo Juan, mandando con pan, ropa y armas a su otro hijo Andrés y a un criado. El hidalgo vasco se mantuvo firme delante de Miguel de los Herreros y el licenciado Cárdenas cuando le tomaron declaración, evitando implicar a su hijo Andrés, al que, temiéndose lo peor, había enviado al Castillo de Garcimuñoz para atender asuntos tocantes a la carnicería que en aquella villa tenía la familia.
También fue encarcelado el hijo del licenciado Perona, Agustín Perona, que ya había levantado sospechas la noche de las heridas del alguacil mayor en la mancebía. Este joven de 22 años era amigo íntimo de Pedro de Mondragón. Las rencillas entre los bandos del pueblo contribuyeron a las denuncias, que seguramente se apoyaban en unos hechos ciertos: su auxilio a los encerrados en la torre de la iglesia de El Provencio con vestidos y armas. Hasta este pueblo se había desplazado con un caballo y armado de una lanza. La debilidad de los argumentos para justificarse lo acusaban más todavía. Torpemente reconoció haberse desplazado a ese pueblo y justificó el llevar lanza porque avía avido unas palabras con un pastor en los Ruviales y no iva seguro y explicó el motivo de su viaje a El Provencio con una visita a una moza de Cuenca, estante en esa villa, y que había estado anteriormente en casa de su padre.
Juan Argüello no quedaría contento con estas detenciones y solicitaría al Consejo Real diera comisión al gobernador o al alcalde mayor del Marquesado de Villena para que se persiguiera en las villas de señorío a los delincuentes y sus encubridores. Seguía creyendo que tanto Diego de Iniesta como Pedro de Mondragón estaban en El Provencio o quizás en el Castillo de Garcimuñoz, donde se había refugiado Andrés de Mondragón , el hermano de Pedro. Nosotros no podemos saber hoy si esta posibilidad era la real o si acabaron enrolados en el ejército en algún presidio del norte de África, pero si podemos constatar que el linaje de los Mondragón que se había enfrentado a los principales de la villa para ver reconocida su hidalguía vio cortado su ascenso social en la villa de San Clemente, aunque de la presencia del linaje es testigo la relación de vecinos del padrón de 1586, donde aparece aún una casa de los herederos de Mondragón.
Los autos del sumario serían llevados al Consejo Real; Juan de Argüello delegaría su representación en el procurador Tristán Calvete. Desconocemos el resultado final del proceso; pero entre los papeles que se remitieron al Consejo estaban unas veinte hojas de los autos que se habían hecho por el alcalde mayor y los alcaldes ordinarios de El Provencio entre el 26 y el 27 de mayo en esa villa que mostraban una visión alternativa de los sucesos y los momentos de tensión que se habían vivido.
La huida de Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta a El Provencio provocaría un agrio enfrentamiento entre las justicias de los dos pueblos. Las requisitorias del Miguel de los Herreros y del alcalde mayor licenciado Céspedes de Cárdenas fueron respondidas por la justicia de El Provencio con todo el rigor jurídico posible, quizás temiendo, como así fue, que el asunto acabará en el Consejo Real. No en vano, en el conflicto contendieron tres jurisdicciones enfrentadas: la justicia real, la señorial y la militar. Prevalecía en teoría la justicia real, pero la realidad del terreno beneficiaba a la justicia señorial y la beneficiaria acabó siendo la jurisdicción militar, que no tenía competencias en el caso, pero se imponía por la vía de los hechos.
Las primeras requisitorias, de veintiséis de mayo de 1558, ordenando la prisión de los huidos, y a ser posible remitidos a la cárcel de San Clemente, fueron emitidas por el alcalde ordinario de San Clemente, Miguel de los Herreros, pues el alcalde mayor, aún no había regresado de Villanueva de la Jara. Tanto Pedro de Mondragón como Diego de Iniesta, se paseaban por la villa de El Provencio, jactándose de las heridas causadas al alguacil Juan de Argüello. El cumplimiento de la requisitoria fue obedecido, aunque sin premura, por el alcalde mayor y uno de los alcaldes ordinarios de El Provencio, Francisco Castillo y Hernando de Losa. Éste último ordenaría la prisión de los culpados en la cárcel de la villa, pero éstos, sin duda previamente avisados, les dio tiempo a retraerse a la iglesia ante la mirada complaciente del otro alcalde, Juan Rosillo, y el presbítero Marco de la Roda.
El desafuero a la justicia de San Clemente fue respondido enviando esta vez a una persona de máxima confianza de Miguel de los Herreros y del mismo alcalde mayor Céspedes, don Hernando Pacheco, que con una nueva requisitoria conminó al alcalde Hernando de Losa a poner una guardia de diez hombres, que estaría a cargo del alguacil Hernán Martínez, para evitar la huida de los delincuentes de la iglesia. Se le recordaría a Hernando Pacheco que los guardas los debía pagar la villa de San Clemente.
Que el licenciado Céspedes de Cárdenas dudaba del celo en el cumplimiento de sus órdenes por la justicia de El Provencio está fuera de lugar y así se lo recordaba:
... e los susodichos delinquentes se an venido a favoresçer a esta dicha villa del provençio donde se an andado por ella paseando libremente e contando lo que avían hecho e no los prendieron ni quisieron prender y por ver que de parte de la dicha justiçia de la villa de san clemente venían en su seguimiento se an rretraído a la yglesia desta villa
por eso, se desplazó en persona a El Provencio el 27 de mayo exigiendo se sacasen de la iglesia los dos jóvenes y se los entregaran. Esta vez las invectivas iban directamente contra la justicia de El Provencio a la que acusaba de dar cobijo y protección a los delincuentes y haciéndoles responsables de una posible huida
...que si los dichos delinquentes se fueren o ausentaren de manera que no puedan ser castigados y el delito quede sin punición el castigo sería su culpa el cargo e de todo dará notiçia a la rreal magestad e dellos se quexará como de juezes que faboresçen a los deliquentes e no quieren que sean castigados
Lejos de amedrentarse Francisco del Castillo y Hernando de Losa buscaron todo tipo de subterfugios para incumplir las órdenes. No se había pagado los tres ducados prometidos a los guardas de la iglesia, que al fin y al cabo era gente que vivía de su trabajo. Por tanto, la responsabilidad no era suya si abandonaban la guardia y escapaban los delincuentes. Además, estaba el problema jurídico de que estaban en lugar sagrado y no se les podía prender. Alegaba Francisco del Castillo que necesitaba antes de tomar una decisión, el parecer de un letrado. De hecho el parecer se pidió a un letrado que vivía seis leguas más allá, en el Castillo de Garcimuñoz, el más afamado de toda la comarca, se añadía. Tal letrado se llamaba el licenciado Sobrino.
Francisco del Castillo llegó a espetar a la cara del licenciado Céspedes que ellos no eran letrados para poder proveer lo susodicho. La contestación del licenciado Céspedes de Cárdenas fue iracunda, los alevosos y delinquentes no gozan de las ymmunidades de la iglesia. Además las excusas sólo servían para ocultar las amistades de que gozaban los dos huidos entre vecinos principales de El Provencio, incluida su justicia. Esta vez, se amenazaba con dar noticia al Consejo Real de sus actuaciones.
Las amenazas debieron hacer mella en Francisco del Castillo y Hernando de Losa, que organizaron una partida de gente armada, dispuesta a apresar a los dos jóvenes encerrados en la iglesia. No lo lograron. O bien hubo una feroz resistencia de los encerrados o bien demasiada teatralidad en la operación de arresto. Así lo narraba el alguacil Francisco Lucas:
... se hiçieron fuertes en ella (en la torre de la iglesia) e atrancaron la puerta con piedras e la defendieron con sus espadas e no se dexaron hechar prisiones.
Debemos imaginar al licenciado Céspedes tan perplejo como lleno de ira ante lo que estaba pasando. Pero esa tarde del día veintisiete la presencia de una compañía de soldados cambiaría el devenir de los acontecimientos. El Provencio estaba en el camino que los soldados reclutados en el Reino de Toledo y Madrid tomaban con dirección al puerto de Cartagena, donde se embarcaban con dirección a Italia o a los presidios del norte de África. Aunque se aconsejaba que se evitaran los mismos itinerarios, la realidad es que pueblos como El Pedernoso, Las Pedroñeras, El Provencio, Minaya o La Roda estaban obligados a soportar el tránsito y hospedaje de sucesivas compañías de soldados. Algunos pueblos como La Roda no dudaban en pagar lo que hiciera falta para evitar la presencia de los soldados y endosárselos a La Gineta.
Al pasar por los pueblos, las compañías intentaban rellenar el cupo de soldados que no habían conseguido por el método tradicional de reclutamiento poniendo bandera en la plaza de los pueblos. Por supuesto, entre las potenciales víctimas estaban los perseguidos por la justicia. En esa situación estaban Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta. A la torre donde se encontraban encerrados se aproximaron cuatro soldados para cogerlos e incorporarlos a la compañía del alférez Pedro Agraz, que esa misma tarde había llegado a El Provencio, alojándose en su posada. Y así hubiera sido de no ser por la defensa que con sus armas hicieron de los recluidos los guardas de la iglesia encabezados por el alguacil Hernán Martínez. El valor de que hicieron gala esta vez contrasta con la pusilanimidad que demostraron cuando tuvieron que apresar a los dos huidos. La acción denunciaba las complicidades de Pedro de Mondragón y Diego de Iniesta en la villa. Su entrega sólo sería posible por el acuerdo al que llegaron el alcalde mayor Francisco del Castillo, como mediador de su señora Margarida Ladrón de Bobadilla, y el alférez Agraz. Un acuerdo que se mostraba como única salida para evitar un conflicto mayor, y que se concretó seguramente a espaldas de los guardas que velaban por la seguridad de los recluidos en la Iglesia. Así nos lo contaba el alguacil Hernán Martínez:
... ayer veynte e siete días del presente mes de mayo en la noche estando los susodichos rretraydos y encastillados en la torre de la yglesia desta villa vinieron quatro soldados por avellos de sacar e llevárselos de la dicha yglesia y este testigo e otros que con éste ivan echaron mano de sus espadas e solos defendieron y echaron de alrededor de la dicha yglesia y los dichos soldados se fueron haciendo fieros que avían de venir muchos soldados e sacarlos e llevárselos y otro día por la mañana veinte e ocho del dicho día mes de mayo vino pedro agraz alférez con más de çiento e çinquenta ombres con espadas e otras armas e zercó la yglesia desta villa por aver de sacar por fuerça a los dichos pedro mondragón y diego de yniesta e teniéndole çercado estava este testigo con otra gente dentro de la dicha yglesia a la puerta de la torre defendiendo que no los sacasen por allí ni saliesen los dichos mondragón y diego de yniesta e como no pudieron salir por la puerta de la torre porque ellos amenazaban con espadas e lanças e alabardas e no les dexaban salir por la dicha puerta aunque los susodichos rretraydos estavan e querían salir por ella y teniendo zercada la dicha yglesia el dicho pedro agraz con la dicha gente de guerra los dichos pedro de mondragón y diego de yniesta se salieron por çima de los tejados de la dicha yglesia e se echaron abajo e los rrecogió el dicho pedro agraz con toda su gente e se los llevaron debaxo de su bandera e por fuerça
En la escena estaba presente como espectadora privilegiada la señora del lugar, pero también Hernando de Pacheco. Ambos fueron testigos de cómo la compañía de soldados se llevaba a Mondragón e Iniesta por una calle del pueblo camino de Minaya.
Para cerrar aquella estrambótica situación por la tarde llegaba el parecer del licenciado Sobrino, el afamado juriconsulto de Castillo de Garcimuñoz y de toda la comarca. Un despropósito más que se incorporaría al expediente que se remitió al Consejo Real:
magnífico señor, yo he visto la requisitoria e informaçión, el caso es grave en lo que toca a diego de yniesta y quisiere yo que estuviera en otra villa qualquier del marquesado para que el señor governador e su alcalde mayor determinarán lo que les paresçiere a ellos. Yo e visto en este caso todo lo que e podido ansí de derecho canónico como de derecho zevil y leyes destos rreynos y si yo fuera juez del caso determinara ni en lo que me paresçiera porque el ofiçio me obligava y como asesor en caso semejante no me atrevo a dar parezer porque tengo por ello y dado el rrigor que yo acostumbrava tratar semejantes casos, vuestra merçed envíe a tomar parezer sobre el caso adonde mejor y más sauio crea que se lo darán. Entretanto sy yo fuera juez mandaría echarles grandes prisiones.
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(1) La zona de reclutamiento se debía extender también por toda La Mancha. Don Francisco de Benavides nos aparece reclutando, con muchas dificultades, soldados también en Daimiel (THOMPSON, I. A. A.: "El soldado del Imperio: una aproximación al perfil del recluta español en el Siglo de Oro", Manuscrits, 21, 2003, p. 34
AGS. CONSEJO REAL DE CASTILLA. 343 BIS, 5. Juan de Argüello, alguacil mayor del Marquesado de Villena, contra vecinos de la villa de San Clemente por haberle herido cuando intentaba desarmar a Pedro de Mondragón en la mancebía. 1558
ANEXO
Hidalgos vascos en San Clemente: los Mondragón
Juan de Orbea y Mondragón debió llegar, procedente de Guipúzcoa, a la villa de San Clemente hacia 1525. Desconocemos los motivos que le obligaron a venir a estas tierras. Aunque el oficio que aparece asociado a su apellido en otro expediente, platero, nos hace suponer que vería su oportunidad de negocio para su trabajo en una villa en expansión y que en las décadas siguientes iniciaría la primera fase de remodelación de su iglesia parroquial de Santiago, a cargo de su paisano vizcaíno y arquitecto Domingo de Meztraitúa. El caso es que, a pesar de su artesanal oficio, unos veinte años después se sentía lo suficientemente integrado en esta villa manchega como para hacer valer, como buen vasco, sus orígenes hidalgos. Hasta entonces había sido tratado y se había comportado como un pechero más. Ni siquiera había hecho valer su condición hidalga a la hora de avecindarse en la villa, o al menos presuponemos este hecho, pues no se referirá a esta posibilidad cuando litigue su nobleza. La razón estaría en su falta de ambición, o sus limitaciones, para ocupar oficios concejiles. Así cuando en la década de los cuarenta, al calor de los numerosos pleitos entre el concejo de San Clemente y los vecinos principales del pueblo que luchaban por su hidalguía, intento hacer valer su sangre nobiliaria, se encontró con la oposición y desprecio de la oligarquía cerrada de los regidores perpetuos que estaban accediendo por compra de sus oficios al poder municipal.
Pero Juan de Orbea Mondragón podía alegar lo que pocos podían presumir en el pueblo, y menos los advenedizos al poder local: un tronco familiar sin una mancha de raíz infecta y una casa solar en pie allá en Orbea, jurisdicción de Éibar, testimonio de sus orígenes. Es más, y esto debió doler a los hidalgos sanclementinos, en Gupúzcoa, dada la condición general de hidalguía de su población, no había lugar para los pecheros. Si el grupo de nobles sanclementinos era cerrado, aún así, era bastante permeable con respecto a la exclusividad de una sociedad vasca que no aceptaba al foráneo. Dicho de otro modo la sociedad sanclementina empezaba a cerrarse, pero la vasca se negaba a abrirse:
la provincia de guipúzcua haze siempre muy grande pesquisa e inquisición quando quiera que venía a vivir a ella alguno de fuera de ella para saber si hera hombre fijodalgo o pechero o de linage de pecheros y si parescía que era hidalgo le dexavan vivir en la dicha provincia y si no, no le consentían vivir en ella
Uno por uno los testigos vascos presentados por Juan Orbea Mondragón, todos ellos hidalgos por supuesto, declararon a favor de las raíces nobles del pretendiente; haciendo hincapié que por cada hidalgo vasco siempre existía, atestiguando la condición, la correspondiente casa solar. Además allí todos sabían quién era cada cuál; conocedores de su pasado y del ajeno:
conoscía al dicho juan de orvea mondragón desde niño pequeño e que ansímismo conosció al bachiller juan de orvea su padre e que también conosció a ochoa de orvea su abuelo y padre de su padre y que al que litigava conoscía dende niño pequeño acá al qual conosció viviendo con su padre de la villa de mondragón donde él hera casado a la dicha villa de ybar muchas vezes y que al dicho su padre le conosció en la dicha villa de ybar en casa de su padre criándose en la dicha su casa y después le conosció casado en la dicha villa de mondragón por tiempo y espacio de treynta años poco más o menos fasta que fallesció diez e ocho años poco más o menos y que al dicho su avuelo padre de su padre del que pleyteaba le conosció por tiempo y espacio de quinze años poco más o menos fasta que fallesció quarenta años poco más o menos...
... y que conoscía y conosció deudos y parientes de partes del padre y avuelo del que pleyteaba por línea rreta de varones que avían sido y heran hombres fijosdalgo notorios y conoscidos porque especialmente conosció juan pérez de orvea que fue dueño de la casa solar de orvea sorayn que es en la juresición de la dicha villa de ybar, que era primo carnal del que pleyteaba donde venían y dependían todos los de orvea padre y avuelo
(Declaración de Francisco Ibáñez de Ibarra, escribano de la villa de Éibar)
Juan de Orbea Mondragón obtendría sentencia favorable de hidalguía de la Chancillería de Granada el 24 de mayo de 1547, y algún tiempo después la correspondiente ejecutoria (sin que podamos saber la fecha exacta por encontrarse parcialmente roto el pergamino que la contenía). El ayuntamiento de San Clemente lo aceptaría como hidalgo en su sesión de trece de junio de 1551. Pero una vez más, en esa reunión contaban tanto o más las ausencias que las presencias. Ninguno de los Herreros o de los Pachecos asistió a la sesión, actuando como anfitriones la rama lateral de los Origüela, los Tébar, y sus aliados. Allí estaban Andrés González de Tébar, alcalde ordinario, y los regidores Alonso de Valenzuela, Gregorio Castillo, y Pedro de Tébar. El resto de regidores prefirió ausentarse de la villa, antes que sufrir el oprobio de recibir un nuevo advenedizo en su círculo:
...syn los demás señores del ayuntamiento que ginés de moya portero de dicho ayuntamiento dio fee que no están en la villa ...
San Clemente, tierra de oportunidades, veía una vez más el ascenso social de uno de sus vecinos recién llegados. Pero poco duraría a la familia Mondragón su reconocimiento; un turbio incidente del hijo de Juan de Orbea en el prostíbulo de la villa, truncaría el ascenso social de los Mondragón. Es lo que pretendemos narrar en próximos capítulos con la lectura del expediente judicial que al respecto se conserva en el Archivo de Simancas.
ACHV (Archivo de la Chancillería de Valladolid), PERGAMINOS, CAJA 14, 2. Ejecutoria de hidalguía de Juan de Orbea Mondragón. 1547
domingo, 24 de enero de 2016
Capítulos sobre portar armas a pedimento de la villa de San Clemente (1551)
Tristán Calvete, procurador de la villa de San Clemente, planteará en el Consejo Real la libertad de llevar armas de los vecinos de esta villa, ateniéndose a los capítulos de Cortes, y se quejará de las actuaciones del gobernador del Marquesado de Villena y sus alguaciles, que suelen quitar y embargar las espadas y puñales de sus vecinos más allá de la horas de toque de queda fijadas:
les quitáis las dichas espadas y puñales antes de las diez de la noche y sin tañer la campana de queda y estando tomando carne en las carnesçerías y en otras partes sin causa ni rraçón alguna y les hazéis sobrello mucho agravio
pidiendo a continuación se respeten los capítulos de Cortes que, sobre portar armas, se aprobaron en las de Valladolid de 1523 y en las de Madrid de 1525:
otrosi sabrá v. a. que sobre el traer de las armas ay muy grandes debates y rrebueltas en las çiudades con los alguaçiles e porque algunos las quitan que no sería rrazón e a otros las dejan traer por dinero y otros cohechos que dan a los alguaçiles y por esto proueyó v. a. que en la çiudad de granada y en la villa de valladolid pudiesen traer una espada e que no se la quitasen e suplicamos a v. magestad mande ansí probeer en todo el rreino porque quitarían grandes cohechos e quistiones e ynconbinientes A esto vos rrespondimos que cada uno pueda traer una espada eçeuto los nuebamente conbertidos del rreino de granada con tanto que los que ansí los traxeren no puedan traer acompañamiento de más de dos o tres personas ni trayan las dichas armas en la mançebía ni trayan en la corte ningunas armas onbres de pie ni mozos despuelas ...
... e queriendo hebitar los daños que de se traer las dichas armas de noche se siguen mandamos e declaramos que persona alguna pueda traer ni traya las dichas armas de noche después de tañida la canpana de queda en ningund lugar que sea la qual se taña después de dadas las diez oras de la noche e que si después de tañida la dicha canpana a las dichas diez oras persona alguna traxiere las dichas armas las hayan perdido e pierdan e las nuestras justiçias se las quiten eçebto a la tal persona o personas llevare acha ençendida e mandamos a los corregidores y alcaldes y otros juezes e justiçias destos nuestros rreinos e señoríos ...que fagan guardar e cumplir esta nuestra lei segund e como de susso se contiene e otrosi que la premática de las armas que dize que no se tome a los que llevaren acha ençendida sea e se entienda llevando lenterna o candolia (candela) e que no se tomen a los que madrugaren para yr a sus ofiçios ni para salir al canpo a sus labores so pena de bolberlas con el quatro tanto e que las que tomaren luego otro día las manifiesten e hesiban ante la justiçia ... que la canpana de queda se taña cada noche una ora entera en berano desde las diez hasta las onze y en ynbierno desde las nueve hasta las diez e hasta que se aya tañido la dicha canpana dicha ora no toméis ni consintáis tomar a persona alguna las dichas armas...
... en la villa de Madrid a çinco días del mes de diziembre de mill y quinientos y çinquenta y un años
Traemos a colación esta real provisión sobre la libertad de portar armas por los vecinos de San Clemente, porque a pesar de las excepciones que incorporaba en determinadas horas y lugares, fue vista por algunos de sus vecinos como licencia absoluta para llevarlas en cualquier momento, pues no se tañía a sus horas la campana por las autoridades, y era costumbre llevarlas en determinados lugares de concurrencia de los mozos, en especial la mancebía del pueblo (expresamente prohibido por la pragmática real). Justamente en la mancebía de la villa de San Clemente fue donde se produjo un desagradable y violento incidente entre el alguacil mayor del Marquesado de Villena y un joven hidalgo de origen vasco, Pedro de Mondragón. Corría el año 1558.
AMSC. AYUNTAMIENTO. Leg. 1/2. Cuaderno de privilegios, reales provisiones, ejecutorias, ... a favor de la villa de San Clemente. Licencia para llevar armas. 1551.
les quitáis las dichas espadas y puñales antes de las diez de la noche y sin tañer la campana de queda y estando tomando carne en las carnesçerías y en otras partes sin causa ni rraçón alguna y les hazéis sobrello mucho agravio
pidiendo a continuación se respeten los capítulos de Cortes que, sobre portar armas, se aprobaron en las de Valladolid de 1523 y en las de Madrid de 1525:
otrosi sabrá v. a. que sobre el traer de las armas ay muy grandes debates y rrebueltas en las çiudades con los alguaçiles e porque algunos las quitan que no sería rrazón e a otros las dejan traer por dinero y otros cohechos que dan a los alguaçiles y por esto proueyó v. a. que en la çiudad de granada y en la villa de valladolid pudiesen traer una espada e que no se la quitasen e suplicamos a v. magestad mande ansí probeer en todo el rreino porque quitarían grandes cohechos e quistiones e ynconbinientes A esto vos rrespondimos que cada uno pueda traer una espada eçeuto los nuebamente conbertidos del rreino de granada con tanto que los que ansí los traxeren no puedan traer acompañamiento de más de dos o tres personas ni trayan las dichas armas en la mançebía ni trayan en la corte ningunas armas onbres de pie ni mozos despuelas ...
... e queriendo hebitar los daños que de se traer las dichas armas de noche se siguen mandamos e declaramos que persona alguna pueda traer ni traya las dichas armas de noche después de tañida la canpana de queda en ningund lugar que sea la qual se taña después de dadas las diez oras de la noche e que si después de tañida la dicha canpana a las dichas diez oras persona alguna traxiere las dichas armas las hayan perdido e pierdan e las nuestras justiçias se las quiten eçebto a la tal persona o personas llevare acha ençendida e mandamos a los corregidores y alcaldes y otros juezes e justiçias destos nuestros rreinos e señoríos ...que fagan guardar e cumplir esta nuestra lei segund e como de susso se contiene e otrosi que la premática de las armas que dize que no se tome a los que llevaren acha ençendida sea e se entienda llevando lenterna o candolia (candela) e que no se tomen a los que madrugaren para yr a sus ofiçios ni para salir al canpo a sus labores so pena de bolberlas con el quatro tanto e que las que tomaren luego otro día las manifiesten e hesiban ante la justiçia ... que la canpana de queda se taña cada noche una ora entera en berano desde las diez hasta las onze y en ynbierno desde las nueve hasta las diez e hasta que se aya tañido la dicha canpana dicha ora no toméis ni consintáis tomar a persona alguna las dichas armas...
... en la villa de Madrid a çinco días del mes de diziembre de mill y quinientos y çinquenta y un años
Traemos a colación esta real provisión sobre la libertad de portar armas por los vecinos de San Clemente, porque a pesar de las excepciones que incorporaba en determinadas horas y lugares, fue vista por algunos de sus vecinos como licencia absoluta para llevarlas en cualquier momento, pues no se tañía a sus horas la campana por las autoridades, y era costumbre llevarlas en determinados lugares de concurrencia de los mozos, en especial la mancebía del pueblo (expresamente prohibido por la pragmática real). Justamente en la mancebía de la villa de San Clemente fue donde se produjo un desagradable y violento incidente entre el alguacil mayor del Marquesado de Villena y un joven hidalgo de origen vasco, Pedro de Mondragón. Corría el año 1558.
AMSC. AYUNTAMIENTO. Leg. 1/2. Cuaderno de privilegios, reales provisiones, ejecutorias, ... a favor de la villa de San Clemente. Licencia para llevar armas. 1551.
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