El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

domingo, 5 de marzo de 2017

Los molinos de la ribera del Júcar: la reafirmación del poder sanclementino frente a los hermanos Alonso y Diego del Castillo

El siete de abril de 1514 la villa de San Clemente obtenía licencia de la reina Juana para edificar un molino en la ribera del Júcar en el lugar llamado el vado del Fresno. El lugar era considerado jurisdicción de la villa de San Clemente, pues, aunque en el término de Sisante, ésta población era dependiente de Vara de Rey, a su vez aldea sometida a la jurisdicción de San Clemente.

La necesidad de construir el molino había sido decidida poco tiempo antes por un concejo abierto, en el que los sanclementinos se comprometían a pagar mil ducados de oro a repartir entre los vecinos. Destacamos la participación de los vecinos en las decisiones del ayuntamiento. Seguía existiendo un rechazo a la participación de los hidalgos en el gobierno de la villa, sin embargo la base del gobierno local se había ensanchado. No se trataba únicamente de la figura del síndico personero que la oposición vecinal había arrancado frente al gobierno de los ricos a fines del siglo XV, ahora a la altura de 1514 reaparecía la figura medieval del jurado, dando fe de las reuniones, y, sobre todo, otra figura medieval que tenía su razón de ser en en esa especie de cuerpo místico llamado comunidad, aunque ahora se prefiere el término universidad, cuyos intereses defendían y recaían en los procuradores del común. El ayuntamiento de la villa de San Clemente era ahora el concejo y universidad de sus vecinos.

La construcción del molino quedaba supeditada a una información previa, justificativa de la necesidad de moliendas, la garantía de recursos económicos para su construcción y que la edificación no entrara en colisión con los intereses privados de los señores que en la ribera del Júcar ya disponían de molinos. La villa había decidido repartir entre todos sus vecinos en un concejo abierto los mil escudos de oro en que se valoraba la obra. La villa, por aquel entonces estaba recibiendo nuevos vecinos, principalmente por la huida de los habitantes de las villas cercanas de señorío, pero también de otros lugares, comarcanos y lejanos (hasta aquí bajaban vascos de toda condición expertos como orfebres o canteros junto a los gallegos que para el estío venían a la siega). Es una hipótesis, pero tal vez ahora es cuando podemos hablar del take off o despegue definitivo de San Clemente. El gobierno local amplio, donde los regidores comparten el poder con diputados del común, en su dualidad de concejo y universidad, es muestra de una sociedad local participativa, donde todo se mueve muy rápido (la riqueza también) y nadie quiere quedar excluido ni siquiera los hidalgos que reclaman en la Chancillería de Granada su participación en el poder local. La villa ha visto asentarse recientemente una comunidad de monjes franciscanos en el convento de Nuestra Señora de Gracia, aunque el solar es cedido por don Alonso del Castillo, es el pueblo quien paga la construcción con sus limosnas; posiblemente en esta época se levantaran las arcadas del ayuntamiento. El San Clemente de aquella época, con un extensísimo término, que incluía Vara de Rey y sus aldeas de Pozoamargo y Sisante, estaba conquistando su propio espacio, con los brazos recién llegados dedicados al cultivo de viñas y cereales. La conquista del espacio agrario significaba dotarse de los recursos para su uso público, que solían corresponderse con las aportaciones privadas de los vecinos. Los testimonios de la época nos dicen que los propios de la villa eran pocos y muy limitados para la necesidades de un pueblo que levantaba sus edificios públicos y se dotaba de sus primeros oficiales públicos. Las rentas concejiles estaban destinadas en su totalidad al pago del salario del gobernador, del físico, de maestro y de los letrados y procuradores que defendían los intereses de la villa. San Clemente mantenía largos y costosos pleitos con Alarcón y su propia aldea de Vara de Rey, con lugares de señorío como el Provencio, cuyo contencioso ya duraba casi quince años, y, en suma, con todos los pueblos comarcanos por el uso y disfrute de los bienes comunales del suelo de la antigua tierra de Alarcón, dislocada con el proceso de exención de villas durante la guerra del Marquesado. Así, cualquier necesidad sobrevenida, tal era la construcción de un molino, debía ser pagada por el conjunto de la vecindad. La construcción del molino se presentaba además de gasto como oportunidad, pues se consideraba que las rentas que podía aportar en el futuro serían de cien mil maravedíes, suficientes para compensar el escaso rendimiento que procuraban el resto de propios de la villa.

 Pero la construcción del molino tenía un significado político. Era la reafirmación de las libertades de la villa frente a los derechos feudales que sobre la villa pretendía tener la familia Castillo, y en especial Alonso, con el que la villa mantendrá tres pleitos: la jurisdicción sobre Perona, la disputa del patronazgo del convento de Nuestra Señora de Gracia y, ahora, el derecho a construir un molino en la ribera del Júcar. Derechos feudales de la familia Castillo que eran su principal fuente de ingresos: el derecho de maquila por las moliendas se habían convertido en abusivos, incluso, a decir de los testigos, contra el uso y costumbre. El viejo derecho feudal cedía ante la propia ley de la oferta y la demanda. Los molinos existentes en la ribera del río Júcar eran insuficientes para dar abasto a las carretadas de trigo que los vecinos hacían llegar hasta ellos. Después de recorrer durante el verano y otoño las cinco leguas que separaban San Clemente de la ribera del Júcar, un recorrido que solía durar una semana para aquellas pesadas carretas uncidas a los bueyes, estaban obligados a esperar otra semana más cuando no doce días para que les tocara su turno de molienda. El resultado era la exacción de una abultada maquila, fijada por costumbre en la media fanega que el molinero se llevaba de quince cuezas, media fanega que ahora se obtenía de doce e incluso de diez cuezas. Se acusaba a Alonso del Castillo y Alonso Pacheco de haberse concertado para maquilar a esas cantidades.

La obra del molino fue proyectada por los maestros Antón Gómez, maestro carpintero sanclementino de cincuenta años, y Pedro de Oma. Éste último, cuyo linaje adquirirá gran proyección en la villa, era un cantero vizcaíno de cuarenta y cinco años  en 1514, residía en San Clemente, pero no tenía reconocida vecindad. Ambos determinaron que la obra rebasaría ampliamente los 300.000 maravedíes y abogaron que esa cantidad, redondeada a los mil ducados, se repartiera entre los vecinos. La construcción del molino entró en colisión con los que los Castillo y los Pacheco tenían en la ribera del Júcar: la Losa (de Alonso del Castillo), Batanejo (de Alonso Pacheco), Noguera (de Diego del Castillo), Hocecilla.

Las mayores resistencias a la construcción del molino vinieron de Alonso del Castillo, que presentó sus protestas en el concejo de 21 de enero de 1514**. Allí recordaría cómo en un concejo general del año 1502, la villa de San Clemente se había comprometido a no hacer molino alguno en la ribera del Júcar que fuera en perjuicio y daño de sus propios molinos; a cambio Alonso del Castillo perdonaba a la villa una deuda equivalente a 518 fanegas de trigo. Las relaciones entre don Alonso y el concejo sanclementino se habían enturbiado por los incumplimientos de los oficiales del ayuntamiento. En un principio, se había llegado a un acuerdo, que recogía que la villa de San Clemente de comprometía a comprar tres ruedas de las seis que disponían los molinos de la Losa, junto a una casa y un ejido, propiedad  todo ello de don Alonso del Castillo. La ruptura del contrato, al menos así se decía sobre papel en fecha probable de 1513***, era la imposibilidad de la villa de hacer frente al pago de los 200.000 maravedíes del precio de la venta. Nosotros no lo creemos. A nuestro parecer la verdadera razón era que se comprendió que seis ruedas eran insuficientes para moler el trigo que llegaba, haciéndose necesario la construcción de otro molino de seis ruedas para satisfacer las necesidades de moliendas. Alonso del Castillo, vio la edificación de nuevos molinos como simple intención de sustituir  los suyos, acusando a los sanclementinos de intentar edificar, un cuarto de legua más arriba de la Losa, sus propios molinos para perjudicar y dejar sin agua a los suyos propios. Tardaría varios años en aceptar la complementariedad de intereses, que a la altura de 1514 no debía estar tan clara. Ahora, en estos momentos la justicia del Marquesado, el gobernador Antonio de Luzón y el alcalde mayor bachiller Porras, estaban en su contra, negándole la información de testigos favorables pedida.

En ayuda de Alonso del Castillo, que en estos momentos probablemente era el mayor hacendado en San Clemente y se pretendía señor de Perona, acudió su hermano Diego del Castillo. Alonso y Diego eran hijos de Hernando del Castillo, llamado el sabio, que a su muerte había repartido su herencia entre los dos hermanos. A Diego le correspondió la alcaidía de Alarcón que había detentado su padre y el señorío de Altarejos. Aunque el principal beneficiario de la herencia paterna había sido el hijo menor, Alonso, que recibió diversas heredades en San Clemente, entre las que destacaban las de Perona, pero también en pueblos comarcanos. La herencia recibida se incrementó por el afortunado matrimonio con María de Inestrosa. Las razones alegadas por Diego del Castillo fueron de reclamar la propiedad de los términos donde San Clemente pretendía edificar sus molinos y el perjuicio que éstos podían causar a los que él mismo poseía aguas arriba del Júcar, en la Noguera; para defender sus intereses mandó durante el mes de julio de 1514 a su criado Diego de Castro a la villa de San Clemente.

En defensa de los hermanos Castillo, acudió la villa de Alarcón, que alegaba que los molinos que San Clemente pretendía edificar estaban en su término. No lo consideraba  así San Clemente, para la que el vado del Fresno, junto al río Júcar estaba situado, en el límite del término de su aldea de Sisante. Había una razón más: el suelo de Alarcón era común tanto para la villa madre como para sus antiguas aldeas dependientes, sus tierras y recursos de libre aprovechamiento y estaba permitida la edificación de molinos o cualesquier otro edificio de uso público. Pero los derechos comunitarios de la antigua tierra de Alarcón chocaban con los derechos señoriales. El 18 de junio de 1462, Juan Pacheco, Marqués de Villena y maestre de Santiago, otorgaba a su camarero y criado, Hernando del Castillo, el sitio de la ribera entre la Noguera y la Losa, concediéndole el monopolio de la construcción y explotación de molinos
por la presente vos fago merçed de qualquier sitio que ouiere por hedificar molino en el rrío de xúcar en el término e juridiçión de la mi villa de alarcón que es entre vnos molinos que disen de la losa e otros de la noguera
La concesión, monopolio señorial, fue muy contestada tanto por el concejo de Alarcón como por particulares (entiéndase la propia villa de Alarcón y sus lugares aún no eximidos), obligando al Marqués de Villena a dar nueva carta de confirmación de veinte de enero de 1465. En 1483, hubo disputas entre Hernando del Castillo, alcaide de Alarcón, y su primo Pedro del Castillo, alcaide de Ves, sobre las heredades y molinos en la ribera del Júcar, que obligaron a Diego López Pacheco a sustanciarlas ante el Consejo Real.  Los conflictos con el concejo de Alarcón y otras villas se sucedieron, obligando a un Hernando del Castillo, ya anciano, a personarse ante el ayuntamiento de Alarcón un veintiuno de febrero de 1497 con las cartas de donación y confirmación referidas en mano para hacerse reconocer la propiedad y posesión de los molinos. En una época como aquella, cargada de simbolismos en sus actos, la toma jurídica de posesión fue seguida de pregones públicos en las llamadas cuatro calles de Alarcón, la visita presencial del alcaide de Alarcón, junto a juez y escribano, a la ribera del Júcar y la aceptación por concejo abierto de los vecinos de Alarcón, incluida el acatamiento de las cartas del Marqués de Villena, que según costumbre de la época, los oficiales del concejo pusieron sobre sus cabezas. Por último, en lo que era acto de renuncia, refrendaba en la iglesia de San Juan, el veintidós de febrero, carta de donación de los sitios de los molinos de la ribera del Júcar a favor de su alcaide Hernando de Alarcón y de sus herederos. La renuncia no dejaba de presentar problemas jurídicos, pues tanto Villanueva de la Jara como San Clemente no estaban dispuestos a verse privadas de los aprovechamientos de un suelo común, que por su propio carácter mancomunado era irrenunciable.

Detrás del simbolismo de los actos de posesión, llenos de reminiscencias feudales, había un conflicto de gran calado: las ambiciones señoriales de los Castillos chocaban con las villas de realengo. En especial con Villanueva de la Jara, que estaba edificando unos molinos propios en la ribera del Júcar. El conflicto entre el concejo de Villanueva de la Jara y Hernando del Castillo ya se remontaba a 1489, cuando Villanueva ya se planteó construir sus molinos propios en detrimento del monopolio molinero del alcaide de Alarcón. Ya en 1477, Villanueva de la Jara, recién obtenido el villazgo, había conseguido licencia real para construir un molino, previa información de testigos, aunque parece que el proyecto se echó atrás por la concordia entre la Corona y el Marqués de Villena de 1480. Entonces parece que los proyectos de los de Villanueva fueron parados en el Consejo Real, pero en 1497, los jareños decidieron construir sus molinos por las bravas. Toda la liturgia de Hernando del Castillo haciendo reconocer sus derechos posesorios sobre la ribera del Júcar escondían en realidad su impotencia para hacer frente a los jareños. Los vecinos de Villanueva de la Jara respondieron la toma de posesión de la ribera del Júcar del alcaide de Alarcón, reuniendo el 25 de febrero de 1497 gente armada en la ribera izquierda del Júcar. El gesto de fuerza era claro: nadie iba a parar los molinos que en aquel momento estaban construyendo
... que los veçinos de villanueva de la xara con mucha gente de pie y de  cauallo con mano armada e por fuerça le quieren molestar e molestan la dicha su posysyón e están obrando para faser un  molino en el rrío de xúcar en la presa vieja que disen de la sante
Los jareños se presentaron con ochenta hombres armados hasiendo asonadas de guerra con tanbor e pendón. La respuesta de Hernando del Castillo y el concejo de Alarcón no fue más allá de los gestos, colocación de mojones, rotura de presa y mandamiento de los alcaldes de Alarcón para que se respetaran sus términos. El problema seguía latente y se acabaría decantando del lado jareño.

El precedente de los molinos de Villanueva de la Jara sirvió de justificación legal de unos y otros en la defensa de sus pretensiones. Para septiembre de 1514, el conflicto del molino que se estaba construyendo en el vado del Fresno por los sanclementinos adquiere una veste judicial en forma de pleito ante el gobernador del Marquesado Antonio Luzón y su alcalde mayor bachiller Porras. Aunque el gobernador presidió algún ayuntamiento en San Clemente, la tramitación del contencioso la llevó el alcalde mayor, que al fin y al cabo, era una figura tan itinerante como el propio gobernador. Valga como anécdota aquel procurador de la villa de San Clemente que en su intento de presentarle una petición tuvo que andar tras él, primero a Iniesta y luego a Almansa. San Clemente todavía no era la corte manchega, aunque solo por el hecho de ser una sociedad muy pleiteante, a veces, era el alcalde mayor el que iba a la zaga de la villa.

En un principio, el litigio favoreció a los Castillo. Diego del Castillo, alcaide de Alarcón , consiguió frenar la construcción del molino que los sanclementinos ya habían comenzado en la ribera del Júcar. Hasta los campos del Picazo se desplazaron un seis de septiembre de 1514 el procurador y escribano, mandados por el alcaide, con mandamiento del alcalde mayor del Marquesado, para detener las obras que, dirigidas por Pedro de Oma, llevaban a cabo veinte hombres. Asimismo serían requeridos a cesar en las obras la justicia de San Clemente, representada por su alcalde Bernaldino de los Herreros y los regidores Juan Sánchez y Francisco de Olivares
en el canpo del picaço adonde los veçinos de sant clemente hasen e hedifican vnos molinos en presençia de mí Rrodrigo de castro escriuano de la Rreyna nuestra señora e de los testigos de yuso escriptos pareçió y presente gonçalo çapata vesino de la villa de alarcón e por virtud deste poder desta otra parte contenydo que ante mí presento dixo ansy: escriuano dadme por testimonio a mi gonçalo çapata, procurador que soy del señor diego del castillo, alcayde de alarcón, en como contra el mandamiento que el señor alcalde mayor del marquesado de villena todavía los de sant clemente e estos onbres que aquí hedifican porfiando todavía haser en este hedifiçio e sytio del señor diego del castillo e yo el escriuano miré e vi allí fasta veynte onbres trabajando e labrando en ello
Lejos de amedrentarse, los sanclementinos siguieron con las obras. El diecinueve de septiembre el que se personó, junto al procurador de Alarcón, fue el alcalde mayor del Marquesado. Esta vez se tomó declaración a Pedro de Oma, cantero, maestro de obras y analfabeto, que reconoció que sus hombres trabajaban en la construcción del molino desde comienzos de año, antes incluso de la concesión de la provisión de la Reina Juana
el qual (Pedro de Oma) dixo que so cargo de juramento que desde antes de carrestollendas quinse días antes çinco más o çinco menos deste año enpeçaron a hedificar e agora al presente hedifican en los dichos molinos, preguntado por cuyo mandado dixo que por mandado del conçejo desta villa de sant clemente, preguntado como lo sabe dixo que por quél es maestro de la obra e la tyene con él ygualada para que la haga e se la pagarán e quél enbía sus obreros e que esto es público e notorio e la verdad e no supo firmar 

(continuará)


ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA (AChGr). 01RACH/ CAJA 1628, PIEZA 15. Pleito entre Alonso del Castillo y la villa de San Clemente por la edificación de un molino en el vado del Fresno. 1515, 


                                                                   ********

* Clemén Sánchez y  Alonso González de Origüela. alcaldes; Juan López Cantero, Alonso González de Huerta, Gonzalo de San Clemente, Juan de Caballón, regidores; Antonio de los Herreros, alguacil; Pedro de Albelda, jurado (da fe); Martín del Campo, procurador síndico general (7 de octubre de 1514)
** Pedro Sánchez de Origüela y Bernaldino de los Herreros, alcaldes; Juan Sánchez, Francisco de Olivares y Alonso González (de Origüela), regidores; Alfaro, alguacil; Antón García, Francisco de los Herreros, Antonio de los Herreros, Juan López Cantero, Juan de Olivares, Vº García, Juan Jiménez, Clemente Sánchez, Garci Martínez Ángel, Juan López, vecinos de San Clemente. (21 de enero de 1514)
Pedro Sánchez de Origüela y Bernaldino de los Herreros, alcaldes; Gil Fernández de Alfaro, alguacil; Francisco de los Herreros y Luis Sánchez de Origüela, diputados; Antón López de Ávalos, Juan Sánchez el mozo y Francisco de Olivares, regidores (5 de septiembre de 1514)
***La rotura del papel nos hace imposible determinar la fecha, creemos que es anterior a la elección de septiembre de 1513. Miguel López de Perona, alcalde; Gil Fernández de Alfaro, Luis Sánchez de Origüela, Martín López de Tébar, Sancho López del Provencio, regidores de la dicha villa; Miguel Sánchez de los Herreros, Pedro Sánchez de Origüela, Martín Sánchez de Montagudo, Miguel López de Perona el viejo, Alonso López de Perona, Juan Ruiz de Requena, Pedro Ruiz de Segovia, Juan López de Martín López, García de Ávalos, Juan Jiménez presbítero, Clemén Sanchez, diputados del concejo y Juan Lozano, alguacil de la villa; Miguel de Ayuso, procurador síndico; e Rodrigo Martínez, peraile, y Juan Jiménez de Alvar Jiménez y otros muchos vecinos.



                                                                              2ª PARTE

Los sanclementinos no eran honestos, pues el 17 de marzo, reunido su ayuntamiento solicitan al gobernador del Marquesado, Antonio Luzón y a su alcalde mayor, bachiller Porras, autorización para iniciar las obras del molino*. Sin embargo, la obra ya había sido iniciada y continuaría a pesar que el gobernador había ordenado parar la construcción mientras no hubiera licencia real y que la concesión de esta licencia el siete de abril se supeditó a una información previa. Es más, después de que los Castillo denunciaran en septiembre que la obra continuaba, el gobernador Antonio Luzón emitió un duro mandamiento contra los sanclementinos el 20 de septiembre, conminando detener la obra bajo amenaza de fuerte multa de cien mil maravedíes, destierros de los oficiales del concejo y azotes; pero los sanclementinos no cambiaron de actitud. El mandamiento del gobernador fue leído por el alguacil mayor del Marquesado, Miguel Sánchez de Lillo, en el ayuntamiento de la villa ante la presencia de vecinos principales de la villa, que lejos de obedecerlo según las fórmulas protocolarias de besarlo y ponerlo sobre sus cabezas, prometieron, en lo que era gesto de desafío, responder.

La respuesta fue una nueva información de testigos, que venía a corroborar los argumentos de la información anterior, pero ahora a las razones que hacían hincapié en las necesidades de molienda de la villa se aportaban esas otras que señalaban a los Castillos: ambos hermanos ni su padre nunca habían pedido licencia para construir sus propios molinos de la Noguera y la Losa, a pesar de estar edificados en el suelo de Alarcón y entrar en colisión con el derecho de libre aprovechamiento de las villas de la antigua tierra; los derechos de maquila exigidos en sus molinos eran abusivos y estaban colapsando la producción cerealista de la comarca obligando a los vecinos a esperar hasta doce días para moler sus cosechas. Se comprenderá mejor la situación si traemos a colación que incluso los vecinos del principal pueblo productor de cereales de la zona (y uno de los mayores del Reino), Villarrobledo, llegaban con sus carretadas a moler a la ribera del Júcar. Además, a diferencia del parecer de los Castillos que manifestaban que los sanclementinos construían sus molinos en los campos del Picazo, aldea de Alarcón, éstos consideraban que el vado del Fresno estaba en término de su aldea de Sisante, como, por otra parte, también estaban en término de las aldeas de San Clemente algunos de los molinos propiedad de los Castillo.

San Clemente siempre recordará cómo los derechos comunitarios de la tierra de Alarcón prevalecían sobre los derechos de propiedad y señoriales de los Castillo. Existía el antecedente de un puente construido por Villanueva de la Jara sobre el río Júcar para tener acceso directo a los molinos; Alarcón se había opuesto pues la otra parte del puente llegaba a su término, la Chancillería dio la razón en 1501 a Villanueva, anteponiendo los derechos comunitarios a los propios de las villas. Aunque en este caso lo que en realidad prevaleció fue un capítulo de Cortes de 1455 que anteponía los intereses del Reino y la libre circulación de personas  a los derechos esgrimidos por las villas, en el caso de Alarcón, el de barcaje.

La información de testigos presentada por la villa de San Clemente ante el gobernador Antonio Luzón, que durante el mes de septiembre se había visto obligado a fijar su residencia en estas villa por el contencioso, consiguió prolongar el contencioso con los Castillo, mientras la villa se reafirmaba en su nula voluntad de paralizar las obras. San Clemente había conseguido presentar el pleito como conflicto de intereses entre los derechos de la Corona y esos otros de carácter señorial de la familia Castillo. Por esa razón, Diego del Castillo, alcaide de Alarcón, como señor de Altarejos y de los molinos de la ribera del Júcar, pero también como depositario de la herencia y derechos conferidos por el Marqués de Villena a su padre Hernando, intentó hacer valer los derechos que le correspondían por la concordia de 1480 entre el Marqués de Villena y los Reyes Católicos. Pero si Diego López Pacheco, intitulado además de marqués de Villena, duque de Escalona y conde de Santisteban, había conseguido rehacer su poder y patrimonio en los años de regresión señorial de comienzos de siglo, lo había hecho en otras tierras. Aquí en el antiguo Marquesado de Villena, los pueblos de realengo, en plena pujanza, mantenían a raya a los baja nobleza regional subordinada a los Pacheco.

Los argumentos de Diego del Castillo para hacer valer sus derechos señoriales tuvieron necesidad de ser complementados por derechos de la villa de Alarcón sobre sus antiguas aldeas dependientes. Es a ella a la que correspondía dar licencias para edificar casas o molinos en el suelo común de su tierra y, por estar bajo jurisdicción señorial, a su señor Diego López Pacheco. Entretanto el gobernador dudaba, los sanclementinos aceleraban las obras de construcción del molino, Alarcón y los Castillo no conseguían arrancar del gobernador un mandamiento claro que les permitiera derribar las casas y molinos a medio levantar. Un gobernador vacilante otorgaba el 25 de septiembre de 1514 a Alarcón y su señor seis días de término para presentar nuevos testigos y las escrituras fijando sus propiedades y derechos. El plazo se redujo a tres días. El gobernador se decantaba por los intereses de la villa de realengo. Diego del Castillo intentaba aportar el testimonio de partidarios propios entre vecinos de Vara de Rey, enfrentados en pleitos con la Villa de San Clemente, y de Villanueva de la Jara**. Muestra de la parcialidad del gobernador es que en el momento álgido del contencioso partía hacia Villarrobledo para asistir el 29 de septiembre a la elección de oficios, ante la impotencia del procurador de los intereses de Alarcón que presentaba nuevos testigos buscados entre aquellos que sostenían contenciosos con la villa de San Clemente. Parecía como si reviviera el antiguo bando de los sebosos, representado por los viejos hidalgos de Vara de Rey y la suma de algún hidalgo de San Clemente. En el trasfondo estaba los conflictos abiertos por los hidalgos sanclementinos para acceder a los oficios concejiles y por los vecinos de Vara de rey en torno al aprovechamiento del pinar de Azraque.

Pero la época de los bandos entre sebosos y almagrados ha tiempo que había terminado. Ahora el enfrentamiento era entre los lugares y villas de realengo, insertos en conflictos en defensa de sus términos e intereses. Así, los moradores de Vara de Rey testificaron a favor de los intereses propios, defendiendo, en contra de los postulados de Diego del Castillo, que el vado de Fresno estaba en término del lugar de Vara de Rey e incluso negando los derechos que se arrogaban los Castillo en el lado izquierdo la ribera del Júcar, decantándose a favor de Villanueva de la Jara
que la dicha villa de alarcón tyene la juridiçión e justiçia como en la pregunta dize e que tyene términos e juridiçión e que de la otra parte del rrío viene el término de alarcón por la noguera e abaxo fasta la matallana donde está un mojón del término de villanueva e que a oydo dezir que de allí abaxo entre lo de villanueva e el rrío viene una vereda fasta pasar el término de villanueva que está antes que lleguen donde fazen el molino e desta otra parte llega el dicho término fasta el vado del fresno e que antes se rreduziese a la corona rreal se tenya esta villa los términos que agora se tyene
En el fondo lo que defendían los Castillo, más allá de la propiedad de los molinos, era la posesión de una franja ribereña en torno al Júcar que diera continuidad a las posesiones del marqués de Villena entre sus fortalezas de Alarcón y de Jorquera.
 a oydo dezir que viene el rrío baxo fasta lo de xorquera eçebto un poco de término de villanueva que está en medio de ello
La construcción del puente de Villanueva en 1501 había roto la continuidad de las tierras del marqués de Villena ribereñas del Júcar, ahora San Clemente, jugando con los intereses de su aldea de Vara de Rey, con la que estaba enfrentada, intentaba meter otra cuña en el límite entre Sisante y el Picazo. Curiosamente y saltándose la cesión en 1462 de Juan Pacheco a favor de Hernando del Castillo, Vara de Rey recordaba el amojonamiento de noviembre de 1445, deslindado por Mateo Fernández de Medina, que fijaba sus términos por el rrío abaxo desde el vado del fresno fasta partir con la rrobda. Es decir la ribera derecha del río pertenecía a Vara del Rey, la izquierda a Alarcón.

En este juego de intereses encontrados entre la Corona y el marqués de Villena, el gobernador acabaría decantándose por la villa de San Clemente y dándole la razón en el parecer que elevó al Consejo Real el seis de octubre de 1514. Hasta la corte en Valladolid fue en representación de la villa Antonio de los Herreros, allí presentó dos memoriales solicitando la licencia para construir los molinos. Nos interesa especialmente el segundo de cuatro de diciembre por presentarnos una villa pleiteante con numerosos conflictos abiertos en su interior y con los pueblos comarcanos. Con Vara de Rey el contencioso era por el aprovechamiento del pinar de Azaraque y los deseos del lugar de eximirse de San Clemente; con El Provencio, las tensiones venían por acoger San Clemente los vecinos que huían del poder despótico de don Alonso de Calatayud; con Alarcón sobre las borras, y con Villanueva de la Jara por cerrar sus términos al aprovechamiento común obligado de la tierra de Alarcón. Sobre la escasez de propios de San Clemente hay que pensar que por aquella época los pinares Nuevo y Viejo que están a la entrada del pueblo no existían, desplazándose sus vecinos con sus ganados o en busca de leña hasta los pinares de Vara de Rey y Villanueva de la Jara.

Para 16 de diciembre el Consejo Real se pronunció con una carta de emplazamiento al concejo de Alarcón y los hermanos Castillo. Parecía que daba la razón a la villa de San Clemente, pero en realidad, al emplazar a los Castillo a presentar alegaciones en la Chancillería de Granada, perjudicaba a la villa de San Clemente. obligándola a un nuevo y costoso pleito en un tribunal del que se dudaba de la imparcialidad de sus jueces, en opinión de Antonio de los Herreros, próximos a los Pacheco y a los Castillo. Quizás por evitar los costes de un pleito tan gravoso en la Chancillería de Granada, tanto el concejo sanclementino como Alonso del Castillo llegaron a una concordia el 31 de marzo de 1515. Ese día firmaron una carta de conveniencia e iguala por la que se comprometían a explotar mancomunadamente los molinos de La Losa, propiedad de Alonso del Castillo, como el que se estaba construyendo la villa en el vado del Fresno, ambos de seis ruedas. Además se regulaba la explotación y actividad de ambos molinos, evitando perjuicios entre ellos y se limitaba el derecho de maquila a media fanega por dieciocho cuezas. La escritura de compromiso se conserva en el Archivo Histórico de San Clemente***. Creemos que el compromiso fue respetado por Alonso del Castillo en un principio. De hecho, las obras del molino continuaron y por acuerdo del concejo ya el dos de diciembre de 1516 se intentó hacer partícipes a los hidalgos de los gastos de construcción. Pero a comienzos de 1517, quien rompía el compromiso era el otro hermano, Diego del Castillo. El diez de enero otorgaba poderes a procurador para reavivar el pleito latente en la Chancillería de Granada y el uno de octubre lograba obtener auto de este tribunal ordenando la detención de la obra del molino. Ya el veintiséis de agosto Diego del Castillo había mandado a procurador y escribano a certificar la continuidad de las obras, bajo la dirección del maestro vizcaíno Pedro de Oma y tres paisanos más, junto a otros doce obreros. Dos días después el nuevo gobernador Lope Zapata ordenaba paralizar las obras. Al día siguiente era el propio alcaide de Alarcón el que se presentaba en los campos del Picazo para ordenar a Pedro de Oma y su hijo Juan que detuvieran la obra. El día treinta el mandamiento del gobernador era presentado por notario al ayuntamiento de San Clemente. En este momento, ya desde hacía un año, los Origüela habían desaparecido del poder concejil de la villa, aunque Pedro aún logrará ser elegido regidor para San Miguel de 1517, en pleno proceso inquisitorial contra su hermano Luis.

San Clemente intentará desbloquear la situación en febrero de 1518 y continuar las obras del molino, comprometiéndose a dar fianzas como garantía. Pero el pleito se enmarañará durante dos años; el trece de abril de 1519, ambas partes son llamadas a aportar las pruebas definitivas antes de la sentencia final, que se pronunciará en Granada el 23 de marzo de 1520. San Clemente ganará el pleito.
fallamos que la parte del dicho conçejo justiçia rregidores ofiçiales omes buenas de la dicha villa de San Clemente prouó bien e cunplidamente su yntençión e demanda e todo aquello que prouar debía e damos e pronunçiamos su yntençión por bien provado e que la parte del dicho conçejo justiçia rregidores ofiçiales e omes buenos de la dicha villa de Alarcón e del dicho Diego del Castillo no provaron cosa alguna que les aproueche e damos e pronunçiamos su yntençión por no provada, por ende que devemos pronunçiar e mandar e pronunçiamos e mandamos que el dicho conçejo justiçia rregidores ofiçiales e omes buenos de la dicha villa de San Clemente puedan fazer e fagan el molino que començaron a fazer en término de la dicha villa en la rribera del rrío Xúcar baxo el vado que dizen del fresno
Alarcón y Diego del Castillo hicieron uso del derecho de súplica para echar atrás la sentencia, pero sus mismos argumentos eran el reconocimiento de su derrota: el uso privatístico del molino iba contra la costumbre y el fuero de Alarcón, pues las aguas del río Júcar, en sus diversos aprovechamientos, para beber o pescar, eran de uso común. Todos sabían que el uso y aprovechamiento común del suelo de la antigua tierra de Alarcón tocaba a su fin, pero los beneficiarios de su uso privado eran las villas de realengo. La reacción señorial de los años malos que siguió a la peste y las crisis de subsistencias de comienzos del quinientos había perdido la partida una vez más frente a las villas eximidas del Marquesado de Villena. La respuesta de Antón Fernández, procurador sanclementino no daba lugar a dudas
y siendo mis partes conçejos e universidad no tienen neçesidad de pedir a otro liçençia pues que ellos la pueden dar para  faser molino en término común
El ocho de mayo de 1520 se pronunciaba la sentencia definitiva.




                                                                      *********

* Ayuntamiento de 17 de marzo de 1514: Pedro Sánchez de Origüela y Bernaldino de los Herreros, alcaldes ordinarios; Alonso González de Origüela, Antón López de Ávalos, Juan Sánchez el mozo, Francisco de Olivares, regidores; Gil Hernández de Alfaro, alguacil; Juan Sánchez de Olmedilla, procurador síndico; Antonio de los Herreros, Alonso Sánchez de Huerta, Pascual Simón y Pedro Sánchez el mozo, diputados del común. Para septiembre nos aparecen como diputados Garci Martínez Ángel y Juan López Cantero
** Estos vecinos eran Pedro de Montoya, Hernán Sánchez de Gabaldón, Antón López y Hernán Sánchez de Moratalla, por Vara de Rey, y Juan Fortún y Pedro Ruipérez, por Villanueva de la Jara. A ellos se añadieron Sebastián de Moya, Diego Zapata, Martín y Pedro Alonso, Martín Sánchez de Jábaga, Alonso de Peralta y Juan Collado, moradores de Vara de Rey, un hidalgo de San Clemente, llamado Antón García, y un vecino de Tébar llamado Alonso de Celada.
***AMSC. AYUNTAMIENTO. Leg. 44/33


ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA (AChGr). 01RACH/ CAJA 1628, PIEZA 15. Pleito entre Alonso del Castillo y la villa de San Clemente por la edificación de un molino en el vado del Fresno. 1515, 




Anexo: molinos de la ribera del Júcar, y el río Rus, según el catastro de Ensenada

Villa de Alarcón (en la ribera del Júcar)


  • Molino llamado del Inchidero, inmediato a la población, con cuatro ruedas, dos de ellas pertenecientes a los propios de la villa de Alarcón y dos ruedas propiedad de Juan Villanueva, vecino de Alarcón. Muele 400 fanegas, ochenta para el molinero
  • Molino llamado de Vizcarra, a media legua de Alarcón, de tres piedras o ruedas, muelen la mitad del año; propiedad de Manuel Bermúdez y Salcedo. 180 fanegas para el molinero 36.
  • Molino de la Noguera, distante media legua de Alarcón, muele con cinco piedras, once meses al año. Propiedad del Marqués de Valera. 550 fanegas, 110 para el molinero.
  • Molino de la Losilla, distante tres leguas de Alarcón, con tres ruedas, muele tres meses al año. Propiedad del Marqués de Valera. 240 fanegas de trigo, 48 para el molinero.
  • Molino de los Nuevos, distante de Alarcón tres leguas. Muele con cuatro ruedas tres meses al año. Pertenece a los propios de la villa de Villanueva de la Jara. 400 fanegas de trigo, ochenta para el molinero.
  • Molino de Valdespinar, distante de Alarcón legua y media, con cuatro piedras que muele diez meses al año. 400 fanegas de trigo, ochenta para el molinero. Propiedad de don Diego Julián López de Haro, vecino de Ciudad Real, y a don Pedro de Buedo, vecino de Vara de Rey y otros vecinos de Alarcón, que tienen otro molino al otro lado de río Júcar, que muele con cuatro ruedas, ocho meses al año. 250 fanegas de trigo, al molinero 50
  • Molino del Picazo, distante dos leguas. Muele con tres ruedas la mitad del año. Perteneciente a los propios de Alarcón. Muele 250 fanegas de trigo, 36 para el molinero

San Clemente (en el río Rus)

  • Siete molinos en el río Rus, distantes una legua de San Clemente, con dos puestos de piedra. El molino de Rus, propiedad del Marqués de Valera; otro que llaman Blanco, propiedad de Juan Caballón presbítero; otro que llaman de la Talayuela, propio de Francisco Prieto Roldán; otro que llaman el Sedeño, propiedad de Miguel Sedeño, regidor; otro que llaman el Segundo, propio de Juan Muñoz Céspedes, vecino de Valladolid; otro que laman el Primero, inmediato a la villa, propio de la iglesia parroquial; otro que llaman de Cueto, propio de Ana María Rosillo, monja trinitaria. Todos ellos muelen entre 15 y 60 fanegas.
  • Molinos de viento contiguos a la villa de San Clemente. Uno de las monjas carmelitas descalzas, otro propio de don Pedro de Oma y otro más de Lorenza María Martínez, vecina de Villarrobledo
Sisante (en la ribera del Júcar)

Hay tres paradas de molinos
  • Una que incluye dos molinos con siete piedras; uno, los intitulados molinos Nuevos, propiedad de Bernarda González Pacheco, vecina de San Clemente
  • Otra intitulada el Batanejo, con cuatro piedras, perteneciente a don Diego Mesía Pacheco, señor de Minaya
  • Otro llamado del Concejo, con cinco piedras, propiedad de la villa de San Clemente
La Losa (en la ribera del Júcar)
  • Un molino a doce varas de la población, propiedad del señor de Valera, con cinco piedras
Villanueva de la Jara (en la ribera del Júcar)


  • Molino del Picazo, dista dos leguas de la villa, con cuatro piedras

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