El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

Friday, July 25, 2025

OFICIO DE TESORERO DE RENTAS REALES

 19 de agosto de 1580, se nombra tesorero de rentas reales del marquesado de Villena en el capitán Martín Alfonso de Buedo con posibilidad de transmitirlo a una persona más. En su testamento nombra para el oficio a su hijo Martín de Buedo, menor de edad y bajo la tutela de su madre Catalina de Buedo. El oficio lo ocupará en su minoría de edad, durante 1605, su tío Martín de Buedo Gomendio. 22 de marzo de 1605

AGS, CCA, CED, 173-696 (supra) y 175-828 (infra)

En 1606, se ratificará el oficio en Martín de Buedo Gomendio, mientras dura la minoría de edad, pero al tomar cuentas pasadas de 1603, 1604 y 1605 hay un alcance contra los herederos del capitán Martin Alfonso de Buedo, que aprovechara el tío para hacerse con el oficio por la renuncia de su sobrino el 2 de junio de 1607... hasta su quiebra


Nombramiento de escribano mayor de rentas reales del marquesado de Villena, el 4 de febrero de 1606, en favor del capitán García Muriel, por muerte de su hermano Miguel de Muriel de Valdivieso AGS, CCA, CED. 187-161

EL TESORO DE VILLANUEVA DE LA JARA

 El descubrimiento casual de tesoros en los campos de labranza fue algo normal en el pasado. Lo que eran involuntarias excavaciones arqueológicas, ya entonces, generaban pleitos sobre la propiedad de los descubrimientos. Algo de esto ocurrió en 1568, cuando en Villanueva de la Jara se descubrió un tesoro de oro y plata escondidos en el interior de una tinaja, sobre cuyos bienes el "Estado" hizo valer su propiedad. 

Al parecer, y casualmente, entre ciertas personas se descubrió una tinaja soterrada, probablemente un enterramiento, al enterarse el regidor Llorente López de Tébar del descubrimiento se arrogó su propiedad por decir que estaban en tierras suyas. Con nocturnidad, y acompañado de tres o cuatro personas, el regidor desenterró la tinaja llena de oro, plata y otras cosas de valor y la llevó a su casa donde la guardó secretamente. Los verdaderos descubridores del tesoro, denunciarían a Llorente López de Tébar ante el Consejo Real que se arrogó la propiedad por estar bajo tierra. Probablemente, el descubrimiento fuera en Casas Ferrer, por entonces propiedad familiar de los López de Tébar; aunque lo único que se nos dice un año después es que las tierras estaban en término de Alarcón y que el descubrimiento correspondía a dos criados del regidor: Juan García y Alonso de la Roda.

Que en el término de Villanueua de la Jara en ese marquesado entre ciertas personas se descubrió y halló una tinaja soterrada y estándola descubriendo llegó un Lloreynte López vezino y regidor de la dicha villa que dixo ser suyo el sitio de donde se halló y no consintió que se acauase de descubrir y con engaño diziendo que volverían todos otros días a acauar de descubrir la dicha tinaja el dicho Lloreynte López secretamente y de noche con tres o quatro personas fue y sacó la dicha tinaja en la qual se a entendido auía plata y oro y otras cosas de valor la qual se llevó a su casa y la soterró y encubrió y encubre sin manifestar cosa alguna y por esta causa y no lo auer registrado pertenesce a nos todo ello

30 de abril de 1568

En 1572, el Consejo real seguía reclamando el tesoro

AGS. CCA. CED. 148, 224 y 149, 394

Repoblación de Mezquitas (1569)

 JORGE RUIZ DE ALARCÓN REPUEBLA EL TÉRMINO DE MEZQUITAS (CUENCA)

El año 1569, Jorge Ruiz de Alarcón, señor de Valverde, Hontecillas, y del despoblado de Mezquitas pide licencia al Consejo Real para repoblar el término despoblado de Mezquitas, dando a los pobladores algunas tierras que hay en él para plantar viñas y huertas y que tengan algún entretenimiento. Dichas tierras irían cargadas con censos para mayor beneficio de su mayorazgo. 5 de enero de 1569

AGS, CCA. CED. 146-373



Thursday, July 24, 2025

La presencia de mercaderes portugueses (1552)

 La presencia de mercaderes portugueses en la Mancha conquense y en el obispado de Cuenca está constatada anteriormente a 1552. Conocemos sus nombres: Donís Álvarez, Jorge Rodríguez, Baltasar Rodríguez, Enrique de Oporto, Diego Rodríguez y Ximén Suero, Francisco Rodríguez, Francisco Fernandez, Francisco González, Antoni Rodríguez, Antonio Fernández, Lionel Fernández, Duarte de Vega, Juan Alfonso.

Los portugueses, además de comprar lanas, daban dineros adelantados a los campesinos para que se labrasen paños pardos, bajos, burieles, estameñas, cordellates, picotes y otros paños de colores para llevarlos al reino de Portugal. Con la pragmática de 1552 se prohíbe sacar paños de Castilla, pero los portugueses consiguen licencia para sacar hasta 300 paños de los lugares donde los compraron. 11 de noviembre de 1552

AGS, CCA. CED. 122-137 y 198 y 238

La laguna de Taray en Las Mesas

 "En cierta parte de las villas de las Mesas que es en el dicho Marquesado (de Villena), donde dizen el Tarai nasçe un charco de agua de que no se aprovechan para cosa alguna y que porque en ynbierno no haga daño los vezinos de la dicha villa an hecho una açequia por donde an guiado la dicha agua hasta sacalla fuera del dicho término y que no se aprovecha nadie della, antes haçe daño a las heredades y tierras della y que esto se evitaría si se hiziese un molino para moler por donde más conviniente fuese, porque desta manera iría por su caz sin que se derramase ni hiziese daño". 27 de febrero de 1531


Se pide se haga información sobre la conveniencia de hacer un molino

AGS. CCA. CED. 86-318

Papeles sueltos de periodo comunero

 1 de mayo de 1521, don Antonio de Peralta es nombrado gobernador del marquesado de Villena y capitán del mismo. En junio ya aparece Juan Hurtado de Mendoza como gobernador

AGS. CCA. CED. 48-68

"Pagaredes al licenciado Diego de Vargas que fue nuestro gobernador del marquesado de Villena quarenta mil mrs. de los quales yo le hago merced por el tiempo que tuvo de cargo la dicha gobernación de que fue hechado por las comunidades".  2 de mayo de 1522

AGS. CCA. CED. 54-575

San Clemente recibe carta receptoría del rey Carlos para encabezar sus rentas reales por 433730 mrs. al año para el periodo 1520-523. 16 de marzo de 1521

AGS. CCA. CED. 56-32

7 de junio de 1521, don Juan Hurtado de Mendoza, gobernador del marquesado de Villena es nombrado capitán general de toda la gente de guerra, tanto de pie como de caballo.

AGS. CCA. CED. 56-318

La villa de El Cañavate tuvo un papel central en las Comunidades. Un nuevo dato nos dice que "al tienpo que se alteraron los vasallos del marqués de Moya fue mandado al licenciado Montalbo que llevase treçientos honbres a los lugares del dicho marqués para los poner a paz e sosyego, los quales diz que estuuieron en la dicha villa ocho días, durante el qual dicho tienpo diz que les dieron más de sesenta mil mrs. de bastimentos". Ahora en 4 de diciembre de 1521 piden recuperar esa cantidad. La estancia del licenciado Montalbo se sitúa entre el 23 de febrero que parte de Cuenca y el 30 de marzo que se halla en Moya, teniendo en cuenta que previamente ha pasado un tiempo en la casa de Jorge Ruiz de Alarcón en su villa de Valverde.

AGS. CCA. CED. 60-355

"Por quanto por parte de vos Juan Prieto y Martín López de Christóbal López y Juan Gómez Calvo y Mateo Sánchez de Santiago y Juan de Gil García y Pedro Sánchez del Río, veçinos de la villa de Alcañavate fue fecha relación que bien sabra como por una carta de perdón perdonado a çiertas villas y lugares del marquesado de Villena e a los veçinos dellos la nuestra justiçia así çeuil como criminal las penas en que avían caydo e yncurrido por aver fecho cometido los delitos y eçesos que en nuestro deserviçio haziendo al tienpo que las dichas villas y lugares estuvieron levantados en nuestro deserviçio según que más largamente en la dicha nuestra carta de perdón se contiene y porque durante el tienpo que la dicha villa de Cañavate estuvo levantada en nuestro deserviçio, vos los dichos Juan Prieto y Martín López tuuistes las varas de la alcaldía de la dicha villa y vos el dicho Juan Gómez Caluo tuvistes la vara de alguaziladgo della y vos los dichos Pedro Sánchez del Río y Mateo Sánchez de Santiago y Juan de Gil García fuistes regidores de la dicha villa a cabsa de lo qual hos teméis que las justiçias del dicho marquesado e otras justiçias proçedieran contra vosotros por aver tenido los dichos ofiçios por las cosas que feçistes en nuestro deserviçio durante el tienpo que la dicha villa de Alcañavate estuuo alterada en nuestro deserviçio por ende que nos suplicavedes e pediades por merçed mandasemos que gozasedes del dicho perdón bien e ansy como sy en la dicha carta de perdón fuérades declarados que gozásedes della e como la mi merçed fuese e yo por fazer bien e merçed hasiendo con vosotros celmençia e piedad tóvelo por bien e mando que la dicha nuestra carta de perdón que mandamos dar a las dichas villas e lugares del dicho marquesado de Villena se entienda y estienda a vosotros e quiero e mando que gozéis del dicho perdón e remisión e vos sea guardado e conplido segund e como se guarda a los veçinos de las dichas villas e logares no enbargante que durante el dicho tienpo que la dicha villa estuuo alterada en nuestro deserviçio ayais tenido los dichos ofiçios de alcaldes e alguazil e regidores della con tanto que ninguno de vosotros no seays de las personas por nos esitadas en la dicha nuestra carta  de perdón e mandamos a los del nuestro consejo e a los presidentes e oydores de nuestras abdiençias alcaldes de la nuestra casa e corte e chancillerías e a todos los corregidores asystentes alcaldes e otras justiçias e jueçes qualesquier asy del dicho marquesado de Villena como de las otras çibdades e villas e lugares de los nuestros reynos e señoríos vos guarden e cunplan esta mi çédula e contra el thenor e forma de lo en ella contenido no vos vayan ni pasen ni consientan yr ni pasar por alguna manera e los unos ni los otros non fagades ni fagan ende al ecétera dada en la çibdad de  Vitoria a quatro días del mes de diziembre de mill e quinentos e veynte e un años, firmada de los governadores e refrendada del liçençiado Çapata e del liçençiado Polanco"

AGS. CCA. CED. 60-355 Y 356


8 de abril de 1521, se dice que " en el marquesado de Villena ay mucha falta de justicia". Se pide la condestable se nombre gobernador al alcaide de Chinchilla Gabriel Guzmán. Se reconoce que no hay gobernador nombrado.

AGS. CCA, CED. 58-69

Tomado el Toledo comunero, para febrero de 1522 sabemos que hay tres compañías de soldados en el marquesado de Villena. Después, sin saber la fecha exacta, sabemos que se producen desórdenes y alguna muerte entre los soldados de infantería y que el corregidor de Cuenca y Huete, marqués de Falces y el alcalde de casa y corte Herrera son enviados al marquesado para hacer pesquisas, pero el 12 de abril se pide la retirada de los soldados del marquesado para ser enviados a la guerra con Francia del momento. Asimismo se pide cesen las pesquisas

AGS. CCA. CED. 61-114 y 115

Desde Pamplona, el 15 de julio de 1521, Diego de Guzmán hijo de Alonso de Calatayud recibe 50000 maravedíes de las alcabalas de El Provencio y del año 1522 por sus servicios a la Corona frente a las Comunidades: yo le hago merçed por lo que nos ha seruido y sirue a su costa del comienço de las comunydades 

AGS, CCA. CED. 48-203

Wednesday, July 23, 2025

El patronazgo de los Luján Frías

 Domingo de Luján Frías poseía un patronazgo en Monreal, que tenía vinculada una haza cebadal de 22 almudes, apreciada en 54000 maravedíes. Dicho patronazgo estaba cargada con catorce misas rezadas y una cantada. Además por estar cruzada por un río, este haza tenía un coste de limpieza de 50 reales anuales, que con las misas subía a setenta u ochenta reales. Ahora, Domingo Luján pide licencia para poder vender ese haza por estar a más de doce leguas de su hogar familiar. 16 de septiembre de 1636

AGS, CCA. CED. 349-652

Gil García, 1610: el fin de la doble jurisdicción

 Por un problema con las escribanías, sabemos de la solución a la jurisdicción compartida del lugar entre Villanueva de la Jara y el lugar de Gil García. Hasta el año 1611, se nombraba un escribano por provisión real y el otro escribano era nombramiento del concejo de Alarcón. A comienzos de 1611, el 21 de enero, se nos dirá textualmente: "por aberse adjudicado ahora a nuestra cámara real el dicho lugar con su jurisdicción por pleyto que se a tratado en la dicha villa". La Corona se arrogará la propiedad de la escribanía que había pertenecido a Alarcón, pero con la intención de venderla al mejor postor y obtener ingresos.


AGS, CCA. CED. 341-568

Un Borgoño, un soldado "malgré lui"

 Los Borgoño eran una de las familias principales de Villanueva de la Jara ya desde el siglo XV. Pero uno de sus miembros, Lorencio Borgoño, en 1564 se vio envuelto en un turbio asunto que acabó en injurias al gobernador del marquesado de Villena y en la inevitable reacción de éste, que no fue otra que cien azotes y diez de condena en galeras como remero sin sueldo. Tal vez, los conflictos de 1564, tengan que ver con los problemas, que acabaron en sangre, entre los Clemente y otros principales, tal vez, con las tensiones por los villazgos de Tarazona y Quintanar, pero no lo sabemos.

No hay que negar cierta democracia en la aplicación de la justicia en aquellos tiempos, pues igual podía acabar en galeras un malhechor, un vagabundo o un regidor delincuente, algo común, como sabemos por Santa María del Campo, si se enfrentaban a la justicia del marquesado. La condena de Lorencio Borgoño debió ser una afrenta para él y un escándalo en el pueblo: sacado de la cárcel, en un burro como era el caso, sería llevado delante el rollo de la villa, para recibir los cien azotes. Vuelto a prisión, su destino era esperar a que dos alguaciles le acompañaran al puerto de Cartagena, donde comenzaría su pena como galeote, pero si la justicia era igual para todos, su ejecución no. Lorencio Borgoño, escaparía de la cárcel, con la ayuda y connivencia de familiares y vecinos del pueblo. Libre, no tenía muchas opciones, más bien, una. Enrolarse en una de las compañías militares que se levantaban en la zona y donde nadie preguntaba por el pasado. Lorencio pasaría a los Tercios de Italia, para volver a España de nuevo cinco años después con los soldados desplazados por don Juan de Austria desde Italia para reprimir la rebelión de los moriscos de las Alpujarras. De nuevo, regreso a Italia, hasta que en algún momento añora su tierra. Creemos que en 1586 ya se encuentra en su pueblo, desde donde pide al Consejo Real el perdón, que le será concedido por sus servicios militares y, seguramente, previo pago económico.

AGS, CCA. CED. 160-230

3 de septiembre de 1586

Papeles sueltos de Tarazona

 En 1565, después de haber conseguido el villazgo, Tarazona pide una escribanía más del número, pues la que tiene es insuficiente para sus negocios. Lo curiosos es que desde la Cámara de Castilla se nos dice que se ha eximido de Iniesta, lo que nos lleva a pensar que parte de los asuntos notariales se resuelven en esta villa. 16 de enero de 1565. La única escribanía existente se le había concedido junto al derecho de villazgo el 12 de julio de 1564

AGS, CCA, CED. 134-1113 y 140-189

El villazgo supuso a Tarazona una carga muy grande, pues se vio obligada a tomar a censo sobre sus propios 3 millones seiscientos veintidós mil cuatrocientos maravedíes (9660 ducados). El dinero se tomó prestado de Pedro Rodríguez Portocarrero y doña Elena de Córdoba, pero enseguida se buscaron una condiciones más ventajosas en personas más ventajosas de la comarca que prestaban el dinero en mejores condiciones. 19 de marzo de 1565

AGS. CCA. CED. 139-405

Concesión del título de depositario general de la villa, con derecho de asiento de regidor, por dos vidas a Luis Caballero el 29 de enero de 1575. El año 1600, renuncia al oficio en favor de su hijo Juan.

AGS, CCA. CED. 169-780

Pedro Gómez es asesinado por Juan Moreno, que una noche del mes de enero de 1610, en compañía de Miguel Llorente, Juan Saenz y Benito Sancho le da una cuchillada a la puerta de la casa de Ana Parda

AGS, CCA, CED. 182-1021

En 1632, se concede la merced a ciertos regidores de poder compatibilizar el oficio de regidor con el de alcalde ordinario de la villa si son elegidos, siempre que el derecho de voto solo se corresponda con uno de ellos

  1. Alonso López, alguacil mayor de la villa
  2. Juan de los Paños, regidor
  3. Francisco de Cantos
  4. Martín Gómez Prado
AGS, CCA, CED. 199-886

26 de septiembre de 1629 se concede el título de alférez mayor de la villa a Francisco de Mondéjar, que inmediatamente lo cede a Baltasar Redondo en diciembre

AGS. CCA, CED. 200-62

El seis de julio de 1633 se concede el título de procurador general síndico de la villa, con derecho de asiento y voto de regidor a Benito Picazo Benítez, que lo CEDE a Alonso Benítez su hijo seis años después

AGS. CCA. CED. 210-553

En 1639, el rey Felipe IV hace merced a la villa de Tarazona de elegir por mayoría de votos los oficios concejiles de la villa por un período de sesenta años. Se revocaba anterior merced de reservar la mitad de los oficios elegibles y anuales (alcaldes ordinarios) a los hidalgos de la villa. La razón está en la concesión de 2000 ducados de servicio a la Corona para su política militar. 17 de mayo de 1639

AGS. CCA. CED. 210-735

Se presenta a la villa como muy alcanzada por los donativos dados a la corona. Se propone repartir entre los veinte regidores de la villa a razón de treinta ducados en vender por cuatro maravedíes la mitad de la yerba de la dehesa carnicera y usar un lagar para la cera. 24 de abril de 1639.

AGS. CCA. CED. 211-450