El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

miércoles, 16 de agosto de 2023

LA FAMILIA HARO VISTA POR ALONSO ÁLVAREZ REBE Y LA REVUELTA DE ALCARAZ

 Alonso Álvarez Rebe es uno de los principales testigos de la historia de San Clemente en el último tercio del siglo XV. Aquí su testimonio con motivo de la hidalguía de Pedro de Haro, vecino de Alcaraz. En el momento de su declaración, mediada la década de 1530, dice tener noventa años o más.


Con más de treinta años, Pedro de Haro marcha a Alcaraz para casarse. Se nos dice que antes había andado en las guerras. Pedro de Haro era sobrino del sanclementino Hernán Vázquez de Haro el viejo. Era a su vez hijo de Francisco de Haro y Catalina Salazar y nietos de Diego López de Haro y Urraca López Ludeña. La familia procedía de Ocaña y un primo de Diego, Juan de Haro era señor de la villa de Villar del Saz. 

Alonso Álvarez Rebe llegó a conocer a don Juan de Haro, el primo hermano de Diego, de quien eran las villas de Villar del Saz e Revilla. La familia se había visto comprometida por su apoyo al marqués de Villena

que avía más de sesenta e çinco años en la çibdad de Alcaraz al dicho Juan de haro primo del dicho Diego de Haro e que vido que el dicho Juan de Haro avía enviado por el dicho Diego de Haro a la dicha villa de Sant Clemente el qual avía ido a la dicha çibdad de Alcaraz y este testigo con él y con Francisco Mendoça e otros escuderos e peones que fueron con ellos e que sabía este testigo que ydo el dicho Diego de Haro, el dicho Juan de Haro avía fecho justiçia de çiertos hidalgos que dezían que avían seydo traydores

El compromiso de Juan de Haro era con los Pacheco, pues en Alcaraz había sido durante cuatro años capitán, alcaide de la fortaleza y corregidor de esta ciudad. Su descendencia era por su hijo Diego López de Haro y su nieto Luis de Méndez de Sotomayor, señor de Carpio y Morente. En Alcaraz, los Haro no eran queridos, pues en la rebelión contra el marqués de Villena había degollado a tres sublevados, según contaba un testigo

Juan de Haro en la dicha çibdad de Alcaraz mucho tienpo, estando asy çiertos veçinos  de la dicha çibdad se avían revelado contra el dicho Juan de Haro e se sonava que el dicho Juan de Haro se quería alçar con la dicha fortaleça de la dicha çibdad e con la dicha çibdad e su tierra e çiertos veçinos de la dicha çibdad avían querido echalle della al dicho Juan de Haro e para ello se avían hecho juntar e por el dicho Juan de Haro sabido lo susodicho avía prendado a ciertos ellos e avía hecho degollar a tres dellos e que esto testigo oyo deçir entonçes al tienpo que se avía ydo a faser justiçia de las dichas tres personas que avían salido del alcaçar el dicho Diego de Haro armado en blanco para favoresçer para hazer de la justiçia de los susodichos e que asy se avían degollado e que el tienpo que lo susodicho pasó era en el tienpo que rreinava el señor don Enrrique

Otro testigo añadía que en ayuda de Juan de Haro habían acudido su primo Diego de Haro, Mendoza y un Coello

e venidos se prendieron los vesynos de la dicha çibdad que avían tomado en la dicha trayçión e dello se pudieron prender syno tres de ellos porque los otros avían huido de la çibadad y ansy vido como a las dichas tres personas las avían sacado a degollar a la plaça de la dicha çibdad y con ellos yba el dicho Diego de Haro en un caballo encubertado y él armado en blanco para que no se quitasen los dichos presos porque eran enparentados en la dicha çibdad e se habían tomado las calles para que no subiese gente e asy los avían degollado e este testigo los vido degollar en la plaça de arriba de la dicha çibdad e que deste modo lo vido e conosçió el dicho Diego de Haro en la dicha çibdad e porque dende entonçes a cabsa de lo susodicho el dicho Juan de Haro estava mal quisto en la dicha çibdad e el dicho Diego de Haro e los otros cavalleros acían estado con él aconpañándole fasta que el dicho Juan de Haro se le avía dado la encomienda de Caravaca que se avía de yr allá e este testigo avía ydo con él por su paje


Ejecutoria de marzo de 1541 (ACHGR, HIDALGUÍAS, sign. ant. 301-15-14)


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