El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

Imagen del poder municipal
EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

miércoles, 30 de junio de 2021

EL CAMBIO DE ÉLITES EN VILLANUEVA DE LA JARA EL AÑO 1529

 

EL CAMBIO DE ÉLITES EN VILLANUEVA DE LA JARA EL AÑO 1529

Era el mes de marzo de 1529 y el viejo problema irresuelto de las cuentas del concejo de Villanueva de la Jara afloró de nuevo. Quisiéramos ver un ajuste de cuentas de los vencedores de la guerra de las Comunidades frente a los perdedores, pero no fue así. Acabada la guerra de las Comunidades, Villanueva de la Jara cerró filas para evitar responder de sus viejos compromisos o ambigüedades, pues el pueblo se comprometió sin comprometerse: envío de hombres en ayuda del marquesado de Villena, que nadie recordaba, envío del procurador Sancho Martínez de Olivenza a la Santa Junta de Tordesillas y al que dos años después se le pedía que devolviera los novecientos maravedíes pues se quería tener su procuraduría ante el máximo órgano de gobierno de las Comunidades, como asunto particular, y silencio absoluto en lo que era más difícil de ocultar, aunque fuera por su visibilidad, un cortijo construido en esa época. En las tierras de la Mancha de Montearagón existen castillos, pero es menos conocida una forma tradicional de fortaleza más popular e improvisada, donde falta la piedra y sobra la tierra, que es el cortijo. Célebre era el cortijo de Las Mesas donde se refugiaron los vecinos insurrectos del pueblo y de los vecinos El Pedernoso o Las Pedroñeras en la guerra del Marquesado, no menos célebre era el cortijo de Santa María del Campo Rus, construido en torno a la casa palacio de los Castillo Portocarrero, arrasado por el valiente capitán Pedro Baeza ante la impotencia de Pedro Ruiz de Alarcón. Ahora cuarenta años después los que construían su cortijo eran los jareños, no sabemos si como bastión de la causa comunera o lo que era más probable como fortaleza defensiva ante lo que pudiera venir a unos vecinos celosos que únicamente abrazaban causa que fuera ligada a la defensa de sus propiedades. Del asunto del cortijo elevó informe el gobernador del marquesado de Villena en 1523 al alto Consejo Real, queriendo librarse de un asunto espinoso. Y es que, a esas alturas, Villanueva de la Jara ya había expiado sus culpas comuneras. Primero, poniendo sus hombres al servicio del prior de San Juan para acabar con los últimos focos comuneros, una vez certificada la derrota de Villalar, aunque la expedición no fue más allá de Las Mesas, después de casi una insegura indiferencia en San Clemente (que tenía mucho que esconder de su compromiso comunero) y una muy probable operación de castigo en Villarrobledo, donde la causa comunera seguía muy viva.

No parece que estos equívocos jareños gustaran mucho a Jorge Ruiz de Alarcón. El señor de Valverde tenía especial inquina a los comuneros, no en vano había sido expulsado y huido de la ciudad de Cuenca, donde era regidor. Al frente de las tropas imperiales se puso para sofocar la gran rebelión de Moya y ofreció de nuevo sus servicios para levantar una decena de compañías de soldados y más de 3000 hombres para acabar con los insurrectos agermanados, que resistían en Játiva y Alcira el año 1522. Es sabida el poco espíritu guerrero que mostraron en el combate estos campesinos militarizados, se conocen pocas pérdidas humanas, pero las pérdidas fueron mucho mayores en las haciendas. El hecho de que se movilizaran a los labradores, a todos (pues el señor de Valverde anduvo buscando a los escasos sesenta o setenta que quedaron en Villanueva para enrolarlos), fue causa que los campos se quedaran sin sembrar ese mes de noviembre de 1522, mientras los jareños, que volvieron a sus casas cinco días ante de la toma de Játiva el 4 de diciembre de 1522, obligaban a Jorge Ruiz de Alarcón a “artimañas de paz” para la rendición de la plaza valenciana.

La operación de Játiva fue un mal trago para la economía jareña, ya que dejó más de setecientos mil maravedíes de deudas, anotadas una a una por el escribano Juan Robres, y que se convertirían en dardo arrojadizo en los próximos años como acusación de enriquecimientos ilícitos durante la guerra y petición de pago de esas mismas deudas a aquellos que tenían las responsabilidades en la guerra. Fue entonces, ese año 1529, ante el corregidor de las tres villas de la emperatriz Isabel (Villanueva de la Jara, Albacete y San Clemente), cuando tres familias: los Clemente, los López de Tébar y los Ruipérez tomaron el asalto definitivo al poder jareño. Eran familias viejas de Villanueva, enriquecidas al igual que otras, pero ahora dispuestas a hacer de la necesidad ajena, virtud, y dar el golpe definitivo a sus compañeros del pasado. Es ahora cuando se produce el declive definitivo de los Talaya, los descendientes de aquel héroe que ofreció su vida por la de su hermano en la pasada guerra del Marquesado. Pero la lista de viejas familias caídas en desgracia fue más amplia, tanto como las de sus haciendas. Y es que la vieja república de labradores se había roto, ahora tocaba la consolidación de unos terratenientes con ínfulas nobiliarias, que miraron para otro lado no queriendo ver las antiguas ordenanzas que declaraba a la villa enemiga de hidalgos. Entre los caídos en desgracia, los descendientes de Fernán Simarro, redactor de las Ordenanzas, y padre fundador de Villanueva de la Jara.

En la ejecución de bienes de 1529 eran parte ejecutada, Juan del Cañavate, Martín López y Aparicio Atalaya. Martín López tenía sus bienes en la vega de la villa, desde Villaverde la vega hasta los juncales, un total de catorce pedazos de hazas cebadales de ochenta almudadas. Juan del Cañavate había cambiado su domicilio a Honrubia, aldea de Alarcón, pero le fueron ejecutadas en Villanueva, veinticinco almudadas en la cañadilla de la Madera, diez almudes de trigo en la vega del Pozuelo y dos hazas trigales de diez almudes en la cañada el Rubial. Mientras Aparicio de Talaya señaló por bienes trescientos almudes en el lavajo del Lobo y el lavajo de las Sendas. Otro de los vecinos que sufrió ejecución de bienes fue Pascual Rabadán, aparte de las casas de morada, le fue ejecutada una viña de 3000 vides camino de Villalgordo, paraje donde se concentraban otras viñas de los Mondéjar, Alonso y Blas o las 1200 vides de Juan López el viejo, también embargadas. Junto a Pascual Rabadán cayeron otros vecinos que tenían sus casas aledañas, Miguel Mateo, Sebastián de Caballón o Alonso Simarro. A Sebastián de Caballón se le enajenó una casa y huerta; Ginés de Ruipérez, unas casas en las calles reales; Pascual Sánchez de Atalaya, otras casas; Juan de Chinchilla, casas linderas de Leonisio Clemente y Clemente Ruipérez; otras casas de Pedro de Beamud; Unos y otros actuaban como fiadores en esta difícil situación, mostrando la solidaridad de un grupo que veía sus horas más bajas. La ejecución de los bienes se haría por Llorente López de Tébar, alguacil, y Antón Clemente, escribano.

Tierra y trigo dominaban la escena política de Villanueva de la Jara. El dominio de los oficios concejiles era clave para el control de una política de abastos que garantizará la alimentación de la población con el arrendamiento de los hornos de Villanueva de la Jara y sus aldeas o bien con la cesión de grano a los particulares para la fabricación de pan cocido en los hornos de su casa. Igual papel cumplían las carnicerías, existentes, al igual que los hornos, en Villanueva y sus aldeas. Los Molinos Nuevos de la ribera del Júcar, donde Villanueva poseía la propiedad de seis ruedas, se había convertido en el principal centro del control de granos de la villa; aparte de los ingresos que procuraba al concejo, los molinos funcionaban como un pósito que regulaba el abasto y los precios de los granos en Villanueva y sus aldeas, abasteciendo del grano para la fabricación de pan o como adelanto para la siembra a los labradores. Si examinamos el año 1529 veremos cómo Leonisio Clemente está detrás de la expedición de todos los libramientos de partidas de granos de ese año. Los agricultores acudían al molino a adquirir prestado el grano de la sembradura del otoño, un grano procedente de las maquilas del molino de las cosechas del verano, pero que les permitía el cereal para la cosecha del año venidero. Eran compras de dos, las que más dominaban, a ocho fanegas de trigo a un precio de nueve reales la fanega, aunque no faltaban los que adquirían un almud nada más. Las ruedas de los molinos Nuevos era librarse de la dependencia de los Pacheco y sus molinos, pero era caer en la dependencia de los oficiales que controlaban el concejo. Además, los labradores cultivaban tierras ajenas del suelo de Alarcón, cuando no dependían de los censos o préstamos de familias como los Castillo sanclementinos. En cualquier caso, sobre el papel de los molinos en las relaciones de producción basta con ver las extensas cuentas del concejo de Villanueva y sus ventas de grano a los pequeños y medianos labradores, una larga lista de hombres que estaban tan cerca de la propiedad de la tierra como de perderla y una larga lista de hombres donde dominan los hombres con apellidos nuevos y desconocidos que habían acudido a la Jara en busca de oportunidades. Uno de esos nuevos vecinos era un hombre conocido por el apellido, Vala de Rey.

 

CASAS DE SANTA CRUZ O DE MARISIMARRO: EL ORIGEN DEL PUEBLO

 

CASAS DE SANTA CRUZ O DE MARISIMARRO: EL ORIGEN DEL PUEBLO



 

Este es un texto a primera vista cualquiera, pero creemos que tenemos razones fundadas para decir que estamos ante el origen de un pueblo conquense: Casas de Santacruz, antes llamadas Casas de Marisimarro.

 

Es el año 1534 el procurador de Mari Simarro defiende los intereses de sus hijos menores, su marido difunto Sebastián Caballón estaba acusado de apropiarse de fondos del concejo de Villanueva de la Jara destinados a la guerra de Játiva en 1522. De hecho, en este momento se están ejecutando sus casas y tierras. Nos lleva a pensar que estamos en lo cierto, no solo por la coincidencia de nombres, sino por la aparición de Pedro Clemente, del que tenemos constancia de hacienda en la cercana Gil García.

 

Los bienes de Sebastián Caballón habían sido puestos en ejecución, junto a la de su socio Miguel Mateo, por una deuda de 25000 mrs., por el gobernador licenciado de Lugo en 1522 y en la segunda década la ejecución había sido ratificada por el corregidor Sotomayor. Se pusieron en subasta unas casas con huerta y alinde de huerta de Pedro Clemente y casas de Sebastián de Juan de Rubio. Las casas embargadas a Miguel Mateo eran linderas de casas de Sebastián Caballón y de otras de Alonso Simarro.

En 1534, los hijos menores de Mari Simarro y Sebastián Caballón seguían luchando por la herencia de sus padres. La madre había fallecido y del padre Sebastián de Caballón sabemos que, tras la aventura de Játiva, volvió a su casa para regresar de nuevo al ejército, sin que tengamos más noticias hasta que su compañero Miguel Mateo, en declaración de 1534, lo da por muerto.


AGS, CRC, 153, 5

domingo, 20 de junio de 2021

EL NACIMIENTO DE LAS ALDEAS DE VILLANUEVA DE LA JARA

 




EL NACIMIENTO DE LAS ALDEAS DE VILLANUEVA DE LA JARA

En este rústico mapa, nos podemos hacer una idea de la Villanueva de la Jara a comienzos del siglo XVI. Villanueva no se entiende sin la existencia previa de Alarcón, su villa madre. Los términos de Villanueva de la Jara fueron fijados por el licenciado González Molina en 1481, con protestas sonoras de los procuradores jareños. La razón era que a Villanueva de la Jara se le había prometido por límites en 1476, el río Júcar, Iniesta y Jorquera; la realidad fue que Villanueva de la Jara consiguió unos términos de una legua alrededor de su población y como único logro a la extensión de su término un corredor que le daba acceso a la ribera izquierda del Júcar, donde se habían asentado varios jareños décadas antes en casas aisladas, alrededor de la ribera de San Benito.
Sin embargo, observará el lector en este mapa del siglo XVIII (y que no se responde a la realidad del siglo XVI), cómo hay pequeños puntos amarillos alrededor de Villanueva de la Jara. En los amojonamientos de 1481, contra lo que pudiera parecer, Alarcón, la villa supuestamente derrotada, conservó la mayoría de su suelo; las nuevas villas se les dio apenas una legua alrededor de ellas, caso de la propia Jara y El Cañavate, e incluso, en el caso de San Clemente, luchó por mantener la ribera derecha del Júcar.

Para el caso de Alarcón, lo que fue victoria presente se convirtió en derrota futura. Los pequeños puntos amarillos eran enclaves poblacionales nuevos donde había jareños, pero las tierras alrededor de estos enclaves eran de Alarcón. Es decir, Quintanar, Tarazona o Gil García (Villagarcía del Llano) solo tenían por territorio propio el suelo ocupado por las casas que habitaban sus moradores, los campos eran de Alarcón. Se daban casos curiosos, como que al construirse nuevas casas aledañas a las antiguas de estos pueblos quedaron, por falta de espacio, en término de Alarcón. Es más en Tarazona había una casa edificada en término jareño su mitad y término de Alarcón la otra mitad y en Pozoseco el mojón estaba situado en el interior de la misma iglesia.
La colonización de estos pueblos correspondió a iniciativas particulares. Pozoseco existía desde comienzos del siglo XV, pero cayó en manos de la Jara porque sus tierras las labraba la familia jareña de los Saiz de Pozoseco (por esa época Rubielos Bajos, pues los Altos quedarán en término de Alarcón, no tendrán entidad propia hasta la década de mediados 1520). La zona de Gil García y Madrigueras fue colonizada desde mediados del siglo XV por colonos de Iniesta, sin embargo, el impulso de los jareños en la década de los setenta decantó este territorio a favor de Villanueva (en esta zona, las llamada Casas de María Simarro, luego de Santacruz, como las del Olmo, creemos que corresponden a una colonización tardía de entrado el quinientos, aunque tenemos dudas si ciertas referencias se refieren a estas casas o a las de Casasimarro). Decían los vecinos jareños que la datación y nacimiento de las principales aldeas de Villanueva de la Jara: Casasimarro, Quintanar del Rey, Tarazona Y Casasimarro (aparte de Villalgordo del Júcar, ya existente en 1480, pero con muy poca entidad) fue iniciativa de Fernando el Católico durante los años de la guerra del Marquesado (1475-1480). El rey fomentó la colonización de estas tierras al sur de Villanueva de la Jara para debilitar a Alarcón; los testimonios que poseemos (especialmente para el caso de Tarazona así lo indican), aunque los topónimos de Quintanar y Tarazona ya existen en las roturaciones de llecos de los años 1460. Otro pueblo, Casasimarro, lo tenemos por fundación y casa familiar de Fernán Simarro, que es, además, el padre fundador de Villanueva de la Jara, a la que dotó de sus primeras ordenanzas en 1481, que declaraban a la villa de Villanueva como "tierra enemiga de hidalgos". No debemos olvidar que el futuro de Casasimarro fue paralelo al fracaso de varias casas en la ribera del Júcar que únicamente llegaron a formar una entidad reconocida en los documentos en los inicios del siglo XVI y conocida como la Ribera del Júcar. Un caso ejemplar del fracaso de ir más allá de una casa aislada es la llamada casa de Ávila.
Así, Villanueva de la Jara, o Villanueva de la Jara y su tierra, que es como gustaba llamarla a sus vecinos, era un término pequeño. Una villa con muy poco término y unas cuantas casas en las aldeas, cuyos labradores explotaban en régimen de arrendamiento, mayormente, las tierras de Alarcón. Pero el logro de Villanueva de la Jara fue que allí donde había un jareño se extendía la jurisdicción de Villanueva. Los colonos jareños llevaron a la villa madre junto a sus personas la jurisdicción de sus tierras, usurpadas o compradas a la villa de Alarcón. Hacia 1520, la suma de los habitantes de las aldeas jareñas equivalía a los que habitaban en la villa madre.

domingo, 13 de junio de 2021

DE NUEVO, LOS MELGAREJO

 




En la mitad de la centuria del quinientos, los gobiernos municipales estaban cayendo en manos de oligarquías cerradas. No es que antes fueran ayuntamientos abiertos, pero ahora el poder local era pretendido ser monopolizado por algún apellido afortunado. Era el caso de Castillo de Garcimuñoz, donde Francisco Melgarejo quería hacer valer su fortuna, estimada en cincuenta mil ducados, para controlar el poder municipal. El clan Melgarejo pasaba por ser uno de los más ricos de toda la comarca, además del citado Francisco, su madre poseía una fortuna de veinte mil ducados, y los hermanos Diego y Valeriano de ocho a diez mil cada uno. Claro que una cosa era la ambición de los Melgarejo y otra la realidad de unas enemistades y odios soterrados, que afloraban tan pronto como esa ambición despuntaba. Si las ambiciones de los Melgarejo para hacerse con el señorío de Valera de Yuso tuvo que ceder ante la rama sanclementina de los Castillo, el intento de ver reconocida su posición económica con el reconocimiento social en su pueblo, Castillo de Garcumuñoz, chocó con la oposición de las familias de la villa, que enseguida recordaron la ascendencia judía de la familia.

Fue en febrero de 1569, cuando siguiendo la tradición de los libelos, que por lo que vemos eran más comunes de lo que se pueda pensar, y así lo reconocía nuestro testigo Pedro de Liébana, cuando al ayuntamiento del Castillo de Garcimuñoz llegó una carta cerrada desde la Corte con graves injurias contra Francisco Melgarejo y su familia:

que se extendió tanto la malicia en la dicha villa que puede aver ocho o nueve días poco más o menos tiempo que echaron una carta cerrada e sellada con un sobre escripto para el ayuntamiento de la dicha villa del Castillo con dos reales de porte, la qual echaron en los poyos plaços de la audiencia de la dicha villa que es el más público lugar de la dicha villa la qual carta venía  enviada como de la corte de su magestad e se dize públicamente en la dicha villa que lo que la carta conthenía eran muchas ynjurias contra los dichos melgarejos e otras personas de la dicha villa que según dizen los que avían oydo leer hera que dezían que los dichos melgarejos el dicho Francisco Melgarejo e los demás de sus debdos thenían más de conversos e judíos que de hidalgos”

Aunque la carta iba cerrada, hubo quién, cuyo nombre delataremos después, tuvo la idea de llevarla a la iglesia del convento de San Agustín, donde se leyó, ni más ni menos que cuatro veces, ante una gran concurrencia de vecinos, que se encargaron por el boca a boca de propagarla por todos los pueblos de la comarca. O eso decía algún testigo, confundiendo la rumorología con la verdad, pues la lectura había sido más restringida y la el escaso celo en guardar el secreto la causa de su divulgación.

El licenciado Melgarejo había ido a la Corte, dos meses antes, a traer una provisión real que facultaba a los hidalgos para entrar en los oficios concejiles de la villa. La vuelta con la provisión sentó mal en el pueblo, con improvisadas juntas de vecinos, murmuraciones y apelaciones a poner en conocimiento del marqués de Villena la alteración de la elección de los oficios concejiles. El sacristán Alonso de Villarreal la vio y entregó al escribano de Castillo de Garcimuñoz, Alonso Calero, acabando la carta en manos del alcalde Ambrosio de Alarcón, quien es de suponer que tenía pocas simpatías a los Melgarejo, pues fue él quien la divulgó. Las acusaciones de la carta eran tan comunes como reales en la época; la ascendencia judía disimulada y el soborno de testigos para conseguir ejecutorias de hidalguía eran prácticas habituales, no era tan común atreverse a propagar públicamente estas verdades. El caso es que todos decían haber jurado para no contar las “cosas malas” que decía la carta, pero todo el mundo conocía el texto. Ambrosio Alarcón reunió en el claustro del convento de San Agustín a varios vecinos del pueblo para leer la carta, bajo juramento de no desvelar su contenido: el bachiller Valenzuela, alcalde ordinario, Felipe de Guadarrama, escribano, Alonso de Piñán, regidor, Miguel de Portilla, teniente de alguacil, y fray Cristóbal de Caballón, prior del convento de San Agustín. La lectura de la carta en lugar sagrado era intencionada, de l mismo modo que la lectura bajo juramento de no divulgarla en el ayuntamiento, lugar público.

La vida social de Castillo de Garcimuñoz transcurría a mediados del siglo XVI en torno a sus edificios emblemáticos, pero el castillo parecía ajeno. Los hombres se reunían en el claustro del convento de San Agustín o a la entrada de la iglesia de San Juan, aunque el lugar predilecto de sociabilidad era la plaza pública, donde residía el ayuntamiento. Allí, sus dos alcaldes impartían justicia en una sala que se abría a la plaza, separada únicamente del exterior por una verja y dotada de una puerta para el acceso. En el interior de la sala, llamada portal por los vecinos, estaban los llamados “poyos plazos”, unos asientos de madera, donde se celebraba la audiencia de los juicios ante el alcalde ordinario y el escribano.  Desde esta sala se subía por unas escaleras a un corredor superior, que daba a una sala donde se reunía el concejo de la villa en reunión ordinaria todos los viernes, amén de las sesiones extraordinarias; no faltaba un archivo dotado con cajones para guardar los privilegios y actas de la villa y, en la sala de reuniones, un brasero, donde se solían quemar las cartas y papeles más comprometidos. El ayuntamiento contaba con un reloj mecánico que marcaba los tiempos de la vida del pueblo y al que cada mañana Alonso de Villarreal, que compaginaba el oficio de sacristán con el de portero del ayuntamiento, controlaba su correcto funcionamiento, adobaba y regía, se decía. Alonso se daba por cargo el regir el reloj, orgullo del pueblo, y cada mañana acudía al ayuntamiento con su llave para esta misión.

El caso es que Francisco Melgarejo fue cerrando el círculo para arrinconar a sus enemigos. Logró ante el gobernador Hernández de Cuéllar la prisión de Alonso Villarreal que encontró la carta, la de Gonzalo y Jerónimo Inestrosa, padre e hijo, que habían depositado la carta la noche de antes y que, caso de Gonzalo, se enfrentó a espadazos con Francisco Melgarejo, eran suegro y yerno, en el corredor de la primera planta del ayuntamiento, aunque la cosa parece que no llegó a más, quizás por la superioridad de los Inestrosa, apoyados por un negro, propiedad de la familia. Gonzalo de Inestrosa era de la opinión, anterior al libelo, que la concesión de la mitad de los oficios a los hidalgos era contraria a la nobleza de la villa, en tanto entraban en los cargos concejiles personas de dudosa reputación, en expresa mención a los Melgarejo. Las acusaciones de Francisco Melgarejo iban directas contra su suegro Gonzalo de Inestrosa, presentando incluso manuscrito del mismo para cotejar con la letra de la carta que ni aparecía ni nadie desvelaba su paradero. La realidad era que todos querían zanjar el asunto ante un indignado Francisco Melgarejo que pedía la pena de muerte para los difamadores. Pero los hombres más respetados del pueblo, como el regidor e hidalgo Alonso Piñán y Salazar, el regidor Juan de Liébana, el alcalde Valenzuela o el licenciado y médico Núñez guardaban silencio. Curiosamente tanto Inestrosa como Melgarejo eran hidalgos, aunque estos últimos habían conseguido la ejecutoria hacía poco. Teóricamente una provisión de reserva de la mitad de los oficios debía beneficiar a ambos, pero la realidad es que los Inestrosa veían la presencia de los Melgarejo como una intromisión. Es posible que lo que se estaba poniendo en cuestión era el régimen de lo veinticuatro establecido en 1493, aunque por los nombres que nos aparecen este régimen de gobierno, fundado en el fuero de Sevilla, estaba muy adulterado, de la reserva de las viejas familias a los oficios, se había pasado a la presencia de muchos advenedizos, y los Melgarejo, sin ser tales, eran los más peligrosos.

Los Melgarejo, se decía en Castillo de Garcimuñoz, que tanto tenían de conversos como de hidalgos. Y es que en el pueblo nadie quería remover viejos asuntos turbios de sangre, en los que todos tenían algo que temer, en expresión de un exculpatorio testigo “a los Melgarejo no les tocaba de sangre judía sino el cabo de las agujetas”. En tanto unos se empeñaban en tapar, otros propagaban a los cuatro vientos. La carta en posesión de Ambrosio Alarcón era tal cerilla junto a barril de pólvora, pues el alcalde la leía y releía por las calles del Castillo de Garcimuñoz. Y es que Ambrosio de Alarcón no daba descanso a los Melgarejo. El veintiocho de febrero de 1569, diez días después de la primera carta, Ambrosio interrumpió en plena misa, en el convento de San Agustín, al hombre del marqués de Villena en el Castillo, el gobernador Hernández de Cuéllar: otra carta había aparecido tras la verja de la sala de audiencias del ayuntamiento. El gobernador no dudó, mandando quemar la carta sin abrirla, pero la curiosidad de los presentes, Ambrosio Alarcón, el regidor Piñán y el escribano Calero pudo más; no había lumbre a esas horas y poco costaba leer el escrito, pero esta vez la carta estaba en blanco, pues se trataba de una broma de mal gusto. En blanco o no, daba igual. En Castillo de Garcimuñoz era imposible guardar los secretos, a la noticia de la nueva carta habían acudido varios vecinos del pueblo enterados de la súbita aparición y como cada cual entendía lo que quería entender nuevos rumores se extendieron por el pueblo. La rumorología en Castillo de Garcimuñoz tenía como lugares de propagación los edificios religiosos. El gobernador Cuéllar desconfiaba del fervor religiosos de las autoridades; los principales sospechosos de la autoría de la carta habían sido vistos el dieciocho de febrero en la iglesia de San Juan, la claustra del convento de San Agustín, la iglesia de Nuestra Señora de la Concepción y el cementerio anejo a esta última iglesia. Incluso Gonzalo de Inestrosa decía haber recibido las primeras noticias de la carta por su mujer, presente en la iglesia de San Juan, oyendo misa.

Mientras unos jugaban a juegos peligrosos, Gonzalo de Inestrosa trataba de erigirse en defensor del buen gobierno de Castillo de Garcimuñoz, reconviniendo a su yerno Francisco Melgarejo, para que no alterase los oficios concejiles de la villa: “porque era poner a fuego a esta república y destruir las conciencias de ella y hacer año en las haciendas”. Junto al prior de San Agustín, Pedro de Arboleda y el licenciado Meléndez intentaban sosegar la república. Viejos conceptos de hombres viejos, en las antípodas de nuevas generaciones que veían el poder y la riqueza un fin en sí mismos. Mientras Melgarejo estaba para pocos compromisos, habiendo conseguido la cárcel de Gonzalo de Inestrosa y su hijo Jerónimo, primero en la sala del ayuntamiento y luego en casa de Catalina Tapia, aunque su pretensión era meter a su suegro en la cárcel pública. Si era el mentor ideológico de los opositores a sus ansias de dominar la república de Castillo de Garcimuñoz poco importaba que fuera o no el autor material de los hechos, era culpable.

 

AGS, CRC, LEG. 215-3

domingo, 16 de mayo de 2021

Las cañadas de El Provencio

 En la persona del conde de Buendía, de la familia Acuña, recaía el cargo de alcalde mayor de mestas y cañadas, aunque ejercía su oficio con seis lugartenientes. Estos alcaldes entregadores tenían entre sus competencias:

  • ·        Atender las querellas y demandas de los pastores, bastando la probanza o juramento de dos de ellos
  • ·        Imponer penas a aquellos que labraren u ocuparen las cañadas, veredas, abrevaderos, pastos y ejidos de la Mesta
  • ·        Guardar la medida de las cañadas, que han de ser seis sogas de cuerda, de cuarenta y cinco palmos de marca la soga
  • ·        Entender las querellas entre pastores
  • ·        Cumplir los privilegios y sus confirmaciones del Concejo de la Mesta
  • ·        Haber información de los montadgos, castillerías, borras, rodas, asaduras, peajes, barcajes, pontajes y otros derechos pertenecientes que llevaren o pidieren a los pastores y sus ganados
  • ·        Imponer penas: por herir a un pastor, trescientos maravedíes; por cada media fanega ocupada, quinientos maravedíes; por quebrantar hato, trescientos maravedíes; por tomar morueco trescientos maravedíes; por tomar oveja o carnero encencerrados, trescientos maravedíes. Los alcaldes entregadores se llevaban la mitad de estas penas, otro cuarto iba para el alcalde ordinario, o acompañado en el pleito, y el segundo cuarto para el Concejo de la Mesta.
  • ·        Traer en las ciudades, villas y lugares varas de justicia y portar armas, andando y entendiendo en el dicho oficio de mestas y cañadas.
  • ·        Les den posadas que no sean mesones por sus dineros.
  • ·        Les den hombres y bestias para llevar presos y ponerlos en cárcel pública
  • ·        Obligación a que escribano público les acompañe en sus pesquisas
  • ·        No lleven los mostrencos ni mesteñas, que queden para el Concejo
  • ·        Obligación de ejercer el cargo por sí mismos, sin sustitutos
  • ·        Asignación por el concejo de la Mesta a cada uno de los seis alcaldes entregadores las provincias y cañadas para ejercer el oficio

En 1567, se asigna al alcalde entregador Luis Ortiz el partido de Cuenca que comprende: primeramente, Cuenca, sus señoríos, la Mancha y lo reducido del marquesado de Villena. Murcia y Cartagena, que se entiende las villas y lugares de la sierra aquel cabo y Lorca con Moratalla y Moratalla, Socuéllamos con todos sus términos.

 

En 1567, se presenta demanda contra Eugenio de Adrada por haber sembrado media fanega de viña en la cañada y vereda de Santa Catalina. La plantación de viñas en esta cañada se remontaba a más de cien años atrás, según los perjudicados. Allí también poseía una viña Andrés Peláez plantada hacía más de cincuenta años. Se discutía si la cañada de Santa Catalina que bajaba hasta El Provencio era recorrida o no por los ganados serranos, o vereda para los servicios de los ganados de la dicha villa que venían por ese camino hasta el pueblo a esquilar y aunque se reconocía que alguna vez habían pasado por la vereda ganados serranos con destino a los extremos, ahora era poco transitada por los mismos. Eran dos casos diferentes, sobre los que el alcalde entregador determinó de forma diferente: respeto de las viñas antiguas, pero sentenciando en contra de las plantadas a comienzos de siglo. Era evidente que el desarrollo de los viñedos había expulsado de esta ruta a los ganados.

 

En la cañada de San Cristóbal, en la mojonera con Alcaraz también surgían los conflictos: “que hera cañada y vereda rreal y muy antigua para los ganados de los hermanos del concejo de la mesta de la dicha villa del Provencio y algunas veces para los serranos que venían de los estremos a las sierras a pasar y salir al puerto que dicen de Socuéllamos donde nos pagan servicio y venían a pasar el dicho puerto de Socuéllamos los dichos ganados por la dicha cañada y vereda y veredilla que decían de San Cristóbal en tiempo de aguas porque por la cañada que decían de la mojonera de Alcaraz donde los dichos serranos tienen por más cosaria cañada no podían por ella pasar en el dicho tiempo sino hera por la dicha cañada de San Cristóbal por yntercesión que avía un puente en ella por donde pasaban los dichos ganados y por la cañada que decían mojonera de Socuéllamos a un rrío que se decía Záncara por donde los dichos serranos yban y en la dicha cañada no avía puente y por esta causa los dichos ganados serranos venían a pasar la dicha cañada que decían Sant Cristóbal y avían visto que para los dichos ganados hera cañada rreal y vereda muy antigua”.

 

La cañada de San Cristóbal estaba rompida en 1567 con campos de siembra y alguna viña por labradores como Gil López, Ginés Esteban, Francisco López, Francisco Perona, Bartolomé López el viejo, Pedro Sanz de Grimaldos, Juan López de Grimaldos, Pascual Carrasco, Cristóbal Sánchez de las Casas, Francisco Romero, Juan López de Medina, Mateo Medina, Diego de Poveda, Pedro Catalán, Hernán Sanz de Haro, Bartolomé López. Clemén Sanz, al igual que Pascual Sancho de don Sancho y otros, tenía sembrado un campo de nabos en la cañada llamada de Las Pedroñeras y Miguel Díaz el viejo, Pedro Porras, Pedro Sánchez de la Mota, Alonso Hernández de Titos, la viuda de Alonso del Provencio, Pedro Hernández, Francisca Romera, Hernando de Jérez, Andrés Ruiz y Diego López Pérez sendos campos de cebada. En la cañada de San Roque, un paraje a la salida del pueblo en la cañada de Santa Catalina, el que rompía tierras era Miguel Sanciller.

La rotura de las cañadas se hacía con la labranza de pequeñas hazas de tierra de menos de media fanega de extensión, cultivadas de cereal y, en menor medida, de vid. El cultivo de nabos, muy extendido en la cañada que iba a Las Pedroñeras, alternaba con los barbechos en el año de descanso de las tierras de pana llevar. La extensión de estas hazas o majuelos, todas inferiores a la mencionada fanega, no lleva a pensar en la posibilidad de un repartimiento de tierras previas entre vecinos. De hecho, el concejo de El Provencio no aceptaría los autos del alcalde entregador y los apelaría ante la Chancillería de Granada. La apelación del concejo de El Provencio tenía su sentido en el contexto de la política del Reino. Felipe II había decidido asumir para la Corona el oficio de alcalde mayor entregador cedido en su tiempo al conde de Buendía, en palabras de la propia provisión real de 15 de agosto de 1568, por la actuación siniestra y sin experiencia de los seis alcaldes entregadores que nombraba. En el fondo del asunto, estaba el rompimiento de tierras en los pueblos para hacer frente a la presión demográfica. El Provencio era un caso más. Ese mismo mes de agosto, la Mesta celebraba una asamblea de hermanos en Ayllón, encomendando para el partido de Cuenca, un nuevo alcalde entregador, el doctor León, para revisar las sentencias dadas por su predecesor. Los intereses de la villa de El Provencio serían defendidos por su síndico Andrés Hernández.

 

El alcalde mayor Pedro León procedió a un nuevo deslinde de las cañadas:

·        La dicha cañada e vereda que dicen de San Roque se mida desde la senda que va a Santa Catalina que está junto al majuelo de Alonso García e de allí adelante como va a Santa Catalina se mida por las noventa varas que su magestad manda que aya de cañada e desde allí a la dicha villa del Provencio mando que quede por acogida e se guarde ansí como al presente está  e que los señores de las viñas que tienen en la dicha acogida las cierren

·        La vereda que dizen de las Pedroñeras, que no es vereda de serranos sino vereda del lugar e por ella no pasavan ganados que fuesen de cañada, se guarde ansí como al presente está sin que esté más ancha ni angosta pues está como antiguamente solía estar que es como está al presente agora syn que en ella aya otra medida ny marco real pues no es cañada de las que su magestad manda aya noventa varas.

·        En la dicha vereda que dicen de San Cristóbal desde la mesma hermita adelante que está entre villas se esté como al presente está sin más anchura porque antiguamente no estaba más ancha y es muy poca distancia de tierra e salen luego los ganados estendidos en esta cañada real cosaria más de en tiempo de aguas e necesidad que acostumbran algunas veces pasar ganados serranos e desde la dicha hermita de San Cristóbal viniendo para esta villa no embargante que no sea cañada real por pertenecer costumbre los dichos ganados serranos de por ella pasar mandábase a la dicha acogida de cinco cuerdas que son setenta y cinco varas conforme a la concordia que entre el procurador del concejo de la Mesta y de esta villa a avido e que los señores de las tierras sean obligados a dexar el un año de la una parte las dichas setenta y cinco varas

La Chancillería de Granada daría por buenos estos apeos el 29 de diciembre de 1571. La ejecutoria será de 8 de enero de 1572

 

AHN, DIVERSOS-MESTA,166, N.2. Provencio (Cuenca). Ejecutoria contra la villa de Provencio sobre roturas en la cañada.


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domingo, 9 de mayo de 2021

Las concesiones del Emperador Carlos a la Cuenca comunera

 Concesiones del Cardenal de Tortosa, Adriano de Utrecht a la ciudad de Cuenca


1.- Concesión de un mercado franco los jueves:


"que agora e de aquí adelante quanto nuestra voluntad e merçed fuere se haga en esa dicha çibdad un mercado el día del jueves de cada semana para que todas las personas que a él vinieren sean francos de alcauala de todos los mantenimientos que a la dicha çibdad truxieren y en ella se vendieren o conpraren e contrataren el dicho día jueves de cada semana" (1 de diciembre de 1520)


2.- Concesión de once jurados, uno por collación


"vos damos liçençia e facultad para que de aquí adelante en quanto nuestra merçed e voluntad fuere cada una de las colaçiones desa dicha çibdad pueda llegar e nonbrar un jurado para que esté en el rregimiento de la dicha çibdad e esté presente a todo lo que en ella se hiziere e platicare con tanto que no tenga voz no voto, pero mandamos que si alguna cosa se hiziere en el dicho rregimiento de que a los dichos jurados o qualquier dellos paresca que la dicha çibdad e su tierra rreçiben agrauio que lo puedan contradezir e tomen por testimonio syn contradiçión ante escriuano del conçejo desa dicha çibdd el qual se lo aya de dar o dé para que nos puedan hazer saber lo que asy se oviere fecho o sy fuere en perjuiçio de la dicha çibdad lo mandemos rremediar" (Medina de Rioseco, 27 de noviembre de 1520)


Se pide, el 13 de abril de 1521, al teniente de corregidor licenciado Palencia se saque un traslado ante escribano de estas dos provisiones, pues se van a llevar a la corte para confirmar y se teme se puedan perder. Poco después le concejo de Cuenca ordenará la retira de sus cuatro procuradores en la Santa Junta, que salvo Alcocer, vuelven ese mismo mes o comienzos de enero a la ciudad. El traslado de las dos cartas va a acompañado de una misiva al emperador Carlos para que las confirme, al tiempo que pide se castigue a Rodrigo Manrique por su intento de tomar la ciudad el 18 de octubre de 1520. Ambas peticiones habían sido citadas como causa de deservicio a la Corona en el perdón de los gobernadores a la ciudad  13 de marzo de 1521.

Evidentemente detrás de estas misivas está Luis Carrillo, que ha intentado mantener un equilibrio con los comuneros de la ciudad con estas concesiones que ahora se ven peligrar. Con fecha de 13 de abril de 1521, también, Luis Carrillo de Albornoz escribía una carta personal al Emperador para que se concediesen dos escribanías que había quedado vacante en Motril y Salobreña la una y en Almuñecar la otra. Lo curioso es cómo Carrillo se presenta en un lenguaje enrevesado como un fiel servidor del emperador: "haunque mis serviçios no lo merescan tenga memoria dello" o "que nadie pienso me haze ventaja de quantos serbydores tiene vuestra majestad". Si a estas alturas el compromiso parece imposible con viejos enemigos como Rodrigo Manrique, se busca compromisos con viejos enemigos como el regidor Andrés Valdés, desterrado en agosto de la ciudad por los comuneros, que manda una carta ese 13 de abril al emperador para ver reconocidos sus servicios. Luis Carrillo se ha garantizado el apoyo del corregidor Rodrigo de Cárdenas unos días antes, que en carta de 4 de abril abogará por él, presentándolo como "para la paçificaçión desta provinçia  de todo esto es mucha cabsa Luys Carryllo de Albornos". Previamente la ciudad de Cuenca ha decidido mandar en favor del prior de San Juan gente de guerra y artillería, como  ya lo ha hecho anteriormente en apoyo del marqués de Moya.


Archivo General de Simancas, PTR,LEG,1,84

Breve referencia a Cuenca en la guerra de las Comunidades

 Por carta de 3 de septiembre de 1520, Fernando de Cabrera y Bobadilla, I Conde de Chinchón, e hijo segundón de Andrés Cabrera, marqués de Moya pedía refuerzos para controlar la situación en sus estados. Entre sus haberes el control de Almoguera para el bando realista y una cita a las tierras de Cuenca y Huete:

"más aún fueron causa que Cuenca e Huete y toda la comarca se rreduziese y allí veníamos todos los servidores de su magestad a cobrar ayuda y favor"


Archivo General de Simancas, PTR,LEG,1,49

viernes, 7 de mayo de 2021

Las Comunidades de Castilla en Valera de Yuso

 Francisco Bazán era señor de Valera de Yuso*, el 27 de septiembre de 1520 se hallaba en Honrubia, un lugar dependiente de la villa de Alarcón, acogido por aliados y amigos, después de escapar de su villa tras el alzamiento de los vecinos de su pueblo contra su jurisdicción y señorío y despojar sus propiedades y bienes. Según la confesión del propio interesado en un memorial a un procurador que enviaba a la Santa Junta, ni más ni menos, pidiendo justicia, y que recogió hace ya tiempo Gutiérrez Nieto(1), los sublevados, sus vasallos, le habían echado de su pueblo, en una rebelión armada en la que se habían apropiado del grano de sus cámaras y molinos del vino de sus tinajas y de cualquier cosa de valor de su casa, apropiándose de más de ciento cincuenta corazas y coseletes, ballestas, escopetas y otras armas.

El humillado señor pedía recuperar pues sus bienes y señorío, amparándose en la Ley de Valladolid. La primera reivindicación de sus vasallos era liberarse del yugo señorial y ser de realengo.

"que un día del mes de setienbre próximo pasado deste presente año los veçinos de la dicha villa de Valera vasallos del dicho don Françisco por fuerça con armas se alçaron con la dicha villa diziendo querían ser rrealengos e se dieron a la çibdad e comunidad de Cuenca y le tienen despojado de su posesión"

 Reivindicación que han querido ver historiadores como Diago motivo de equívoco en la actitud de los propios comuneros de la ciudad de Cuenca de recuperar para la ciudad viejas aldeas en condición de señorío. Por los testigos que nos aparecen en la escritura de Honrubia hemos de presuponer que Francisco Bazán fue a refugiarse en casa de Diego de Origüela, un viejo criado de los Pacheco y de Hernando del Castillo, alcaide de Alarcón. La defensa de su causa la llevarían a Tordesillas Diego de Origüela y Alonso de Alcocer, que acompañaron a Cristóbal de Torrijos, procurador de Francisco Bazán.

Cristóbal Torrijos, vecino de Castillo de Garcimuñoz, llevó el memorial de agravios y la carta que le otorgaba el poder de Francisco Bazán ante la Reina Juana y la Santa Junta, que por entonces residía en Tordesillas, un ocho de octubre. No se lo pensó mucho la Junta, que sin duda veía con desagrado estas rebeliones antiseñoriales y que el nueve de octubre de 1520 contestó con un escueto "que se verá", para añadir a continuación "que se comunique con los procuradores de Cuenca", una apelación que era invitación peligrosa a la ciudad de Cuenca a entender en los asuntos de una aldea que hacía tiempo se movía en la política del marquesado de Villena y alejada de los intereses de la Tierra de Cuenca a cuyo suelo pertenecía.

Los procuradores de Cuenca ante la Santa Junta, Juan de Guzmán y Juan de Olivares, responderían con una dura carta desde Tordesillas el 10 de octubre negando todo derecho o razón a Francisco Bazán, pero sobre todo declararon intencionadamente la pertenencia de Valera de Yuso a la tierra de Cuenca y al realengo, haciendo suya la aspiración de sus habitantes de volver a la Corona: 

"que la dicha Valera de Yuso es de la dicha çibdad de Cuenca y de vuestra Corona rreal"

Por boca de su procurador se defendería don Francisco de Bazán, que el 16 de octubre pidió amparo para la restitución de su señorío en el plazo de tres días según la Ley de Valladolid. Acusó a los procuradores de Cuenca de connivencia con sus vasallos sublevados, pues " es un mismo dicho e rrazón". La insistencia de Francisco Bazán en buscar una solución rápida al conflicto chocaba con los intentos de los dos procuradores conquenses de alargar el contencioso en el tiempo, se beneficiaban de la situación sobre terreno mientras intentaban hacerse con los papeles que mostraran la cesión de Valera de Yuso a Alonso Sánchez de Inestrosa como una usurpación en tiempos de Enrique IV. No olvidemos que el comendador Alonso Sánchez de Inestrosa tuvo que ser perdonado por Isabel la Católica tras la primera fase de la guerra de Sucesión castellana para recuperar la villa de Valera.

Don Francisco Bazán fracasaría en su intento de una pronta devolución de Valera, pues el 22 de octubre, los diputados de la Junta emplazarían a la ciudad de Cuenca y a los vecinos de Valera para exponer sus razones. Los intentos nuevos de Francisco Bazán para que fueran escuchadas sus pretensiones con un nuevo juicio de calumnia de testigos fue desechada por los diputados comuneros de Tordesillas. Don Francisco Bazán debió esperar mejores tiempos, mientras que pueblos del sur de Cuenca como Albaldejo del Cuende, Altarejos u Olmeda se alzaban contra sus señores, viejos herederos de los criados del marqués de Villena.


*Francisco de Bazán era alcaide de Requena y señor de Valera de Yuso, casado con Elvira de Inestrosa, hija del comendador Alonso Sánchez de Inestrosa, señor de la villa. Los derechos de Elvira sobre la villa serían cedidos a su sobrino Melchor Carrillo, hijo de su hermana Constanza

(1) GUTIÉRREZ NIETO, Juan Ignacio: Las comunidades como movimiento antiseñorial. Planeta, Barcelona, 1973, pp. 188-189

(2) DIAGO, Máximo: "El movimiento comunero en Cuenca y su provincia" en Castilla en llamas, la Mancha comunera, coordinado por Miguel F. Gómez Vozmediano, Ed. Almud, 2008

Archivo General de Simancas, PTR,LEG,6,24

Una reflexión sobre el quehacer histórico

 Decía el gran historiador Michelet que "casi siempre los que suben, se pierden, puesto que se transforman, se tornan híbridos, bastardos, pierden la originalidad de su clase, sin ganar la de la otra. Lo difícil no es subir sino, al hacerlo, seguir siendo uno mismo". Es dicho que siempre he aplicado a los demás más que a uno mismo, pues fiel he seguido a mi ubicación en los infiernos, más en el papel de condenado que de diablo.

Es ese rechazo a la hibridez y bastardía lo que constituye un principio de vida y un referente intelectual de mi pensamiento. El rechazo a aquellos que de la oportunidad y la fortuna hacen las atalayas para juzgar a los demás y discernir en las conductas ajenas el bien del mal.
Recuperar la Historia es para muchos el traslado de las categorías actuales al pasado y no traer la memoria olvidada al presente. Leer y releer los innumerables legajos del pasado, con el peligro de pasarlos por el filtro de los conceptos previos que anidan en nuestra mente, cuando no simplemente por el tamiz de nuestras experiencias personales, para interpretarlos. Obviando el mensaje y vivencias de aquellos hombres de hace quinientos años. Y en la medida que se divulgan, el inevitable choque con los intereses mezquinos e inmediatos del presente. Es difícil mantener el equilibrio entre la necesidad del trabajo solitario de investigación y la no menos necesaria simplificación de la divulgación. Sin embargo, andar en medio de los desiertos como Caín desterrado es la mejor seña de identidad, aunque sea grabada en la frente, de la libertad personal y condición previa de toda creación personal.
Es trasladarse a la mente de los hombres de hace quinientos años, inmersos, como todos, entre el azar y la necesidad, para intentar comprender los éxitos y fracasos de vivencias personales y experiencias colectivas. No sé si he sido capaz de trasladar el enorme impulso de los hombres del quinientos, hacedores de un nuevo mundo en las tierras del suelo de Alarcón, pero, desde luego, mis dificultades aumentan para explicar en esta nueva andadura cómo las miserias de lo espurio se impusieron una vez más.
No obstante, el camino ha de ser el mismo: el estrangulamiento del espíritu de libertad es más fuerte cuando el mérito y la creatividad triunfan y arrollan los legados hieráticos del presente. Sí, legados del presente y cadenas que intentan imponer los que habitan las vacías torres de marfil, pues el pasado es vieja herencia de hombres que ven en el horizonte no fronteras sino oportunidades de nuevos espacios y en la tierra que huellan no baluartes encastillados sino alcores desde los que nacen nuevos sueños de aprehender lo ignoto.

domingo, 2 de mayo de 2021

El cohecho como norma de gobierno: Iniesta, 1560

 



Era el año 1560 y el regidor iniestense Francisco Lorca andaba preso en la cárcel. Su delito, añadir unas cuantas "eses" a una provisión real. La acusación había partido de los hermanos  Atienza y otros vecinos contra los regidores del ayuntamiento. Se acusaba especialmente a Francisco de Lorca y a Alonso López de falsedad documental al haber adulterado el texto de una ejecutoria para quedarse con una mayor parte de las rentas

"atento que presenta la carta executoria e husaron della en fabor de los dichos justicias en regidores de la dicha villa se prueba que consta estar añadidas las dichas letras como por ella consta que piden de sus arrendamientos pidiendo la renta de don Juan Manuel juntamente con la del refitor de la meytad della y en la primera carta dize de su arrendamiento e se prueba por otra letra e tinta".

La condena contra los regidores perpetuos Francisco Lorca y Alonso López, dictada por el alcalde mayor Estrada en mayo de 1560, fue fulminante, dos años de destierro y diez mil maravedíes para la cámara de su majestad. Apenas si había pasado dos años del cohecho.

La denuncia contra los regidores había nacido de los hermanos Cristóbal y Alonso Iniesta, que habían visto embargado el pan de su cosecha por negarse a pagar las fraudulentas rentas. La condena de Francisco Lorca fue sentida por el concejo de Iniesta como propia, haciendo causa común con el regidor y llevando el caso a la Chancillería de Granada. Al ser emplazado Alonso de Iniesta por la Chancillería de Granada y citado a presentarse en el plazo de quince días en Granada, después de una primera notificación infructuosa por hallarse en Valencia, este alegó sabiamente que los delitos los cometían las personas no las instituciones, pues el había denunciado a particulares no a concejos



Fuente: ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA, PLEITOS, 5396-5. PLEITO ENTRE LA JUSTICIA Y REGIMIENTO DE LA VILLA DE INIESTA, CON VECINOS DE DICHA VILLA, SOBRE ARRENDAMIENTO DEL PAN

Ayuntamiento de 1558

Alcaldes ordinarios: Pedro de la Jara y el bachiller Garci Zapata

Regidores: Juan Zapata, bachiller Agustín Montes, Alonso López, Martín Mateo, Juan García, Francisco de las Casas, Miguel Cabronero, Benito García, Antón Granero, Francisco de Lorca

Alguaciles: Pedro Jiménez de Contreras y Juan de Villanueva