CUANDO SAN CLEMENTE FUE NO SOLO LA PEQUEÑA CORTE MANCHEGA, SINO LA CORTE DE ESPAÑA y DEL REY FELIPE II
Saturday, May 18, 2024
FELIPE II EN SAN CLEMENTE
Saturday, May 11, 2024
UN FRACASO MÁS PARA LA FUNDACIÓN DEL CARMELO DESCALZO EN SAN CLEMENTE
Los hechos narrados creemos situarlos en el tercer cuarto del siglo XVII. Sor Gertrudis María de la Corona vivió entre 1615 y 1678.
En
la villa de San Clemente vivía don Diego López Vascuñán, era presbítero y muy
conocido de la Venerable Madre sor Gertrudis María de la Corona, con quien se
correspondía con cartas. Había en San Clemente un sacerdote, amigo de don
Diego, y este le asistió a la hora de su muerte. Comunicó le el tal sacerdote
antes a don Diego cómo tenía intento de fundar en su hacienda una capellanía con
la condición de que había de vivir los capellanes en unas casas que tenía y
había fabricado junto a la ermita de Nuestra Señora de los Remedios. Oída la
propuesta por don Diego le respondió que le parecía muy difícil que los
capellanes quisieran vivir allí por ser el sitio muy húmedo. Yo le aconsejé,
dice don Diego, que ofreciera su hacienda a los padres carmelitas descalzos
para que hicieran una fundación y que si lo aceptaban era su interés más
admirable y honroso, pues lograba unos capellanes santos y perpetuos, convino
en ello el sacerdote y para proceder con acierto en tan grave negocio, le dijo
Don Diego que escribiría a una religiosa conocida por cartas, la que estaba en
grande opinión para que lo encomendase a Dios y que lo que correspondiese se
había de ejecutar. Convenidos en esto, escribió don Diego a la sierva de Dios,
Gertrudis, y entre otras cosas, le decía que la hacienda no podía alcanzar con
muchos tantos para fabricar el convento; pero que con todo esto a él se le
había propuesto aconsejarle lo dicho al amigo. Respondió le la Venerable que
era del agrado del Señor, que se pusieran los medios para la fundación, que
esperaba en su Majestad que llegaría tiempo en que se hiciese. Escribieron don
Diego y el tal sacerdote al R. P. del Carmen, sobre el asunto y en el primer
Definitorio aceptaron fundar en San Clemente, dejando otras fundaciones de
grande empeño para las que estaban llamados . Enviaron dos religiosos a escriturar
y por siniestros consejos desmayó el sacerdote y retractó lo ofrecido. No les
pesó a los padres por ser el pie de la hacienda tan corto y que el empeño había
de subir mucho. No obstante, lo tomó la religión por su cuenta y a expensas
suyas consiguieron, aunque no faltaron oposiciones las licencias que se efectuó
el año de 1673 y está dedicada a la Gloriosa Doctora Santa Teresa, se camina,
dice don Diego, con todo acierto, gravedad y aseo.
FRAY JUAN DE SANTA BÁRBARA: "Vida de la Venerable Madres sor Gertrudis María de la Corona, mercenaria descalza, y fundadora de su convento en la ciudad de Toro". Madrid, 1752
Tuesday, May 7, 2024
CLEMENTE Y TÉBAR DE VILLANUEVA DE LA JARA
LOS CLEMENTE DE VILLANUEVA DE LA JARA Y SU CAPILLA FAMILIAR EN EL CONVENTO DE SAN FRANCISCO
Archivo Histórico Nacional, ESTADO-CARLOS_III,Exp. 2
Monday, May 6, 2024
El privilegio de correduría, mojonería y almotacén de Minglanilla (1618)
El Consejo de la Mesta se quejaba en 1768 del derecho de paso que la villa Minglanilla cobraba a los ganados que pasaban por su término. El conflicto ya se remontaba a 1738, cuando los ganaderos de Almodóvar de Pinar, encabezados por Matías Briz, protestaron los dos, tres o cuatro reales que les cobraban los de Minglanilla por pastar con sus ganados.
La villa de Minglanilla se remontaba a un privilegio del rey Felipe III que el 9 de abril de 1618 le concedía los oficios de correduría, mojonería y almotacén a perpetuidad como bienes propios del concejo con facultad de nombrar personas que los sirviesen por arrendamiento, administración u otra forma para llevar los derechos. La villa se comprometía al pago de 170000 maravedíes. Era en virtud del privilegio de mojonería, que Minglanilla se creía en el derecho de cobrar un tributo a los ganados foráneos que entraban en su término.
Minglanilla se consideraba además heredera, como aldea, de los privilegios que gozaba la villa de dependencia antes del villazgo, Iniesta. Entre esos privilegios, el derecho que disfrutaba Iniesta a cobrar un maravedí por cada cabeza de ganado merchaniego, que pasase o se vendiese en su término. Es más, el derecho de mojonería se intentaba asimilar al derecho de portazgo que se cobraba en la zona por los arrendadores de la villa de alcabalas, tercias y portazgo de tierra y río. De hecho, se recordaba cómo en 1622 se había actuado contra un vecino de Játiva por no querer pagar el portazgo de una maderada que conducía por el río Cabriel; al parecer ese derecho se había extendido a los ganados, confundiéndose con el de mojonería.
Archivo Histórico Nacional, DIVERSOS-MESTA,128,N.10
Sunday, May 5, 2024
Un puente sobre el Záncara
Corría el año 1604 y Pedro Romero Calvo había ocupado la cañada real de ganados que iba hasta el puerto real de Socuéllamos en la ribera del Záncara. Pedro Romero Calvo no era un cualquiera, pues era regidor perpetuo de Villarrobledo y uno de sus vecinos principales. Pedro Romero Calvo había construido un molino harinero junto al río Záncara y había destruido el puente sobre el río, que dichos ganados usaban para pasar el río, así como los vecinos con sus carros y animales de labor, en especial los vecinos de Las Mesas.
Junto al molino harinero Pedro Romero había construido un nuevo puente, cuyas características nos son descritas así: este testigo vido una puente que el dicho Pedro Romero tenía fecho en el río Záncara zerca de un molino harinero, que tenía en el dicho río, la qual estaba fecha con unos pilares de piedra con dos ojos por donde pasaba el agua y unas vigas gruesas enzima de tres pilares de piedra y sobre estas vigas por sus tramos muchos tirantes de madera espesos y tierra enzima por donde pasaban los carros que venían de la villa de las Mesas y los demás pasajeros que iban de unos lugares a otros.
El antiguo puente derribado estaba ocupado por la obra del nuevo molino. El carpintero Pedro Barriga fue encomendado a visitar y describir el lugar que ocupaba el viejo puente y las obras necesarias para su reconstrucción: y el sitio del dicho molino por donde estaba fecha la dicha puente es la tierra aplanado con tierra y piedra y para que pueda pasar un carro como solía pasar en aquella parte hay necesidad de terrar y aplanar el anchura que es menester para pasar un carro o poner una viga gruesa de veintiocho pies de largo y desde la dicha viga a el terraplén echar unos tirantes los que fueren necesarios para que sobre ellos pueda pasar un carro y en el caz nuevo que ha fecho el dicho Pedro Romero son menester otras dos vigas gruesas de a veintidós pies cada una y dende una viga a otras sus tirantes.
Archivo Histórico Nacional, DIVERSOS-MESTA,229,N.10
Puebla de San Salvador y La Mesta
En 1629, La Puebla de San Salvador había alcanzado su villazgo, apenas tres años antes. Por esa razón, cuando se entabla pleito con el concejo de la Mesta por las viñas del coto de Hoya de la Cierva, La Puebla hará uso de su procurador para defender sus intereses, junto al procurador de Iniesta, pueblo del que dependía hasta su exención. La Mesta acusaba a La Puebla el haber cerrado en 1628 un contorno de media legua en el referido lugar para proteger sus viñas, en un espacio que era de uso común por los ganados de la Mesta y los rebaños de Iniesta, Minglanilla o Campillo de Altobuey.
El alcalde entregador de La Mesta condenaría al concejo de La Puebla a una multa de 10000 maravedíes por sentencia de 16 de junio de 1629. Era La Puebla entonces un pueblo de cien vecinos y una legua de contorno, que había comprado su villazgo por poco más de siete mil ducados. Una Corona necesitada y empeñada con Bartolomé Espínola vendía sus vasallos, pero para el caso de La Puebla era ocasión para comprar su propia libertad e independencia de Iniesta. Bien es verdad que el precio era alto, así que La Puebla obtuvo licencia por cédula real de 19 de febrero de 1628 para usar de ciertos arbitrios que eran la venta y arrendamiento de espacios acotados como el de Hoya de la Cierva y obtener ingresos extras por la cesión de la mitad de lo que se pagaba del diezmo de la iglesia. Con el dinero obtenido se confiaba devolver el dinero obtenido a préstamo al cabo de ocho años. Pero el adehesamiento de espacios: dos redondas en torno a las viñas con un radio de mil pasos (el de la Hoya de la Cierva y el de la Hoya del Quintanar) provocó conflictos con la Mesta. Hemos hablado de libertad de la nueva villa, pero tras ese lenguaje rimbombante se esconden los intereses espurios de la familia Peñarrubia.
La Puebla de San Salvador obtendría revocación de la sentencia del alcalde entregador de la Mesta un 28 de septiembre de 1629, pero la petición del concejo de Iniesta alegando viejos usos comunales y el entorpecimiento de la salida de sus ganados por el adehesamiento de espacios en sus límites hicieron que la Chancillería de Granada volviera a dar la razón a La Mesta en nueva sentencia de 30 de julio de 1630. Se expediría ejecutoria con fecha 7 de agosto.
Archivo Histórico Nacional, DIVERSOS-MESTA,168,N.17
Cristóbal Gómez, de Barchín y pasajero a Indias
Cristóbal Gómez era un sastre de Barchín del Hoyo que viajará a Lima o Ciudad de los Reyes en Perú. en esa ciudad fallecerá en 1636. Era hijo de Hernán Gómez de la Jara y de Elvira de Liébana. Fallecido, soltero y sin descendencia en Perú dejará por heredera a su hermana viuda Juana García y sus sobrinos, si esta hubiera fallecido.
El finado dejará 998 pesos de a ocho reales a su hermana. El resto de la herencia irá al convento franciscano de Lima.
Archivo General de Indias, CONTRATACION,965,N.1
Baltasar Prieto, pasajero de Indias de Villanueva de la Jara
Con la flota de 1643, llegarán procedentes de Nueva España a Sevilla, 400 pesos dejados por Baltasar Prieto, natural de Villanueva de la Jara y fallecido en Nueva España, y puestos a disposición de sus herederos. El finado no había hecho testamento, pero tenía un hermano en Quintanar del Rey: Juan Prieto, cirujano.
Archivo General de Indias, CONTRATACION,5581,N.100
El legado de Ángela Ortiz a las carmelitas de Villanueva de la Jara
En testamento redactado en 1615 en Perú por Ángela Ortiz, mujer de Álvaro Ruiz de Navamuel de los Ríos dice así en una de sus cláusulas:
"Yten mando a Elvira de Santangelo profesa en Villanueva de la Jara, en el convento de Santa Ana de carmelitas descalzas un cáliz de plata que está en poder de Diego Fernández Aceitun y que se le haga una cruz de plata y dos candeleros de plata y cien ducados de a once reales para un frontal y encargo se le envíen en la prmera flota"
5 de marzo de 1616, carta de poder del convento de monjas de Santa Ana de Villanueva de la Jara
Mariana de la Concepción, priora, y Francisca de San Elipe, su priora, Lucía de Santa Ana y Catalina del Espíritu Santo, clavarias.
Archivo General de Indias, CONTRATACION,325,N.4,R.3
Fray Alonso de Aguilar, dominico
Fray de Alonso de Aguilar, natural de Villanueva de la Jara, teólogo de tercer año, embarca con 22 años a las Filipinas, junto a otros 19 dominicos, encabezados por el comisario de la orden fray Jacinto Calvo. La licencia se concede el 22 de mayo de 1625.