El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

Imagen del poder municipal
EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

lunes, 24 de febrero de 2020

Villazgo de Monreal del Llano

Monreal: También este pueblo por escritura que otorgó en 7 de agosto de 1614, ante Melchor López, escribano público, cedió a los señores de la casa el derecho anombrar alcaldes ordinarios y de la hermandad, regidores, alguacil mayor y escribano de ayuntamiento, guardando cada año la mitad de los oficios en ambos estados: noble y general.

Eximióse la jurisdicción de Belmonte por privilegio de Phelipe 4º, dado en Madrid a 26 de julio de 1636 mediante el consentimiento del dicho señor Marqués don Diego 31 y fue bajo tales condiciones que Hontanaya, dando por salario al corregidor 7000 maravedíes y los oficiales de justicia que se han de elegir, proponiendo el concejo personas duplicadas son dos alcaldes ordinarias, dos regidores, un alguacil mayor, un procurador síndico, y dos alcaldes de la hermandad y en quanto escribano del ayuntamiento que le nombren los señores como está así.

BNE, Mss, 13124. Descripción del padre Burriel, fol. 173 rº

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