El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

Imagen del poder municipal
EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

sábado, 4 de abril de 2020

El comercio de vino a comienzos del siglo XVI

Francisco De Belmonte se hizo con el abastecimiento del vino de las tabernas públicas de Mahora en 1520 y de Alcalá del Río en 1521, desde enero a Todos los Santos. Ambas villas se regían por las medidas de la ciudad de Chinchilla que eran diferenciadas de las de Villanueva de la Jara. El precio de venta del azumbre era de ocho maravedíes y medio a nueve maravedíes.

Alcalá del Río disponía para medir el vino de un recipiente fabricada por el herrero del pueblo en alambre y que trasladaba a este material el medio azumbre y cuartillo de otra medida de barro. El vino de Alcalá del Río se vendía en una taberna pública, que para ese año de 1521 detentaba el regidor Francisco de Sosa con ayuda de su mujer. Para la venta a los vecinos del vino, el concejo de Alcalá del Río ponía a disposición del tabernero de unas medidas supuestamente inalterables. El encargado de pasar esas medidas al tabernero era el almotacén de la villa, que recibía en nombre del concejo un pequeño canon de seis dineros. Estas medidas eran de barro, pero tenían como patrón la medida de alambre fabricada por el herrero, y se concretaban en sendos recipientes de barro de media arroba y medio azumbre y un cuartillo. Se decía que esa era la tradición de los últimos treinta años. Picaresca aparte, la realidad era que al trasladarse el vino de los recipientes del abastecedor Francisco de Belmonte a los del tabernero Francisco de Sosa, el jareño perdía un azumbre por arroba de vino, pues las medidas de Villanueva de la Jara eran más pequeñas que las de Alcalá del Río. 

Sobre pesos y medidas ya el rey don Juan II promulgó ciertos capítulos insertos en una ley de 1435, que fue confirmada el año siguiente en las Cortes de Toledo. Otra ley, en este caso de Enrique II, sería promulgada por las Cortes también celebradas en Toledo el año de 1462. Dichas leyes fueron recopilada en una pragmática de nueve de enero de 1496, que, por la misma universalidad de la norma, venía a resolver las disputas existentes por la aplicación de dos patrones en los pesos y medidas: el de la ciudad de Ávila y el de la ciudad de Toledo. La medidas adoptadas para los granos fueron la media fanega y el medio celemín de Ávila y la adoptada para el vino, la cántara del Reino de Toledo. La realidad fue que únicamente, en el Marquesado de Villena, Villanueva de la Jara adaptó sus medidas al nuevo patrón.

Francisco de Belmonte había vendido al concejo de Alcalá del Río dos mil quinientas arrobas de vino, ajustadas a las medidas "falsas" de esa villa. Ciento cincuenta arrobas de pérdida alegaba Francisco de Belmonte en la operación. Ese año se consumió mucho vino en Alcalá del Río, en cuya taberna no se vendían más de mil quinientas o mil setecientas arrobas anuales. La razón era que, en ese año de tumultos, pensamos más en las Germanías que en las Comunidades, el paso de soldados por el pueblo fue continuo.

Las operaciones de Francisco Belmonte eran sustanciosas; de tal manera que las diferencias de medidas en el vino provocaban en las cuentas finales grandes pérdidas. El abastecimiento de vino por Francisco de Belmonte a Mahora en los años 1520 y 1521 había ascendido a tres mil arrobas de vino, a un precio de nueve maravedíes el azumbre (72 maravedíes la arroba; una arroba igual a ocho azumbres); las pérdidas se calculaban en tres mil azumbres; expresado en dinero, 26500 maravedíes. En el caso de Alcalá del Río, el abasto había ascendido a dos mil quinientas arrobas; la pérdida era de dos mil quinientos azumbres y 22500 maravedíes. El negocio de Francisco de Belmonte en estos dos pueblos ascendía, pues a alrededor de mil ducados.

LAS MEDIDAS DEL VINO EN INIESTA (1522)
Esta es una comprobación de las medidas de vino hecha el 28 de noviembre del año 1522 en la plaza pública de la villa de Iniesta. Esta villa seguía el padrón de Toledo, la cántara de vino,declarada oficial en el Reino de Castilla, no así otros lugares del Estado de Jorquera y de la Tierra de Chinchilla con medidas más grandes. Por aquella época está constatado un floreciente mercado del vino procedente de la Mancha y de Requena a villas comarcanas donde escaseaba. En este caso se comparan las medidas con las usadas en Alcalá del Río, que usaba los padrones de Chinchilla y del tabernero de esa villa.
"En la villa de Yniesta villa realenga a veynte ocho días del mes de novienbre año de mil e quinientos e veynte e dos años ante los honrrados señores Alonso Herrández de Almodóvar, Martín Martínez de Castillejo, alcaldes hordinarios de la dicha villa por sus magestades, e Pedro Ponçe alguazil e Juan Garçía de Mingo Juan e maestre Alonso almotaçen de la dicha villa y en presençia de mí el dicho escriuano rreçeptor susodicho, el dicho maestre almotaçen susodicho con las medidas que dixeron tenía traydas de Toledo en la dicha villa de Yniesta fechas de alanbre de madia arroba e medio açunbre e quartillo según las mostraron se hiço la conprobaçión en la forma siguiente:
• Lo primero se comprobó la media arroba del dicho Françisco de Sosa con que rreçibió el dicho vino del dicho Françisco de Belmonte e conprobada se halló que copó de más del padrón de la media arroba de la vila de Yniesta medio açunbre menos una sesta parte de un quartillo que se hiço para la dicha conprobación e de la misma sesta parte otra terçia parte que fue un poco que sobró de la dicha sesta parte.
• Yten se conprobó otra media arroba que fue fecha en mi presençia con el padrón de la dicha villa de Alcalá del Rrío con la media arroba e padrón de la dicha villa de Yniesta por el dicho almotaçén e se halló que tenía de más del dicho padrón de la villa de Yniesta medio açunbre menos una quarta parte del quartillo e otra sesta parte del dicho quartillo que fue fecho para la dicha conprobaçión e un poquito que paresçió ser esta parte de la dicha sesta parte.
• Yten se conprobó el quartillo que fue fecho en la dicha villa de Alcalá del Rrío con el dicho su padrón con el quartillo de alanbre de la dicha villa de Yniesta traydo de Toledo e se halló que era más grande el de Alcalá del Rrío que no el padrón de la villa de Yniesta, la meytad de la sesta parte del dicho quartillo e no se conprobó el medio açunbre porque se quebró
La qual dicha conprobaçión fue fecha en la plaça pública de la dicha villa..."


ARCHIVO DE LA CHANCILLERÍA DE GRANADA. PLEITOS.  (AChGr). 01RACH/ caja 14044, expediente 18. Francisco de Bemonte contra los cencejos de Mahora y Alcalá del Río por engaño en las medidas de abasto de vino.

No hay comentarios:

Publicar un comentario