El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

domingo, 20 de diciembre de 2020

PARECER DE LA CIUDAD DE CUENCA PARA RESTITUIR A SU ANTIGUA IMPORTANCIA LAS FERIAS DE MEDINA DE CAMPO, 1582

 




MEMORIAL DE LA CIUDAD DE CUENCA A FELIPE II, 1582: PARECER DE LA CIUDAD DE CUENCA PARA RESTITUIR A SU ANTIGUA IMPORTANCIA LAS FERIAS DE MEDINA DE CAMPO

 

 (cruz)

 

S. C. C. R. Md.

 

En cumplimiento de lo que que V. Md. manda por su Real cédula esta ciudad ha tratado y conferido juntamente con algunos mercaderes de su república zelosos del seruicio de V. Md. Y bien público lo que convenía hazerse para que las ferias y contratación de las mercadurías tornasen a su ser y lo que se ha resuelto y parecido es que por no auerse hecho los pagos puntualmente en las ferias de Medina del Campo ha resultado que en las dichas ferias no ayan acudido los mercaderes y tratantes y mercadurías porque no teniendo que venir a cobrar y pagar es causa qua aya cesado y cese lo susodicho e que los mercaderes ayan acudido a comprar las mercadurías a Bilvao e otros puertos de mar como las han comprado tiniendo por commodidad que algunos dellos no pagan alcauala y que conuernía siendo dello V. Md. Seruido para que las dichas ferias tornen a su antiguo ser y comercio y las mercadurías se exerciten mande que todos los cambios que se hizieren vengan las letras a pagar en las mismas ferias y no fuera dellas porque certificada la gente de contratación que allí se han de hazer los cambios e pagos se animarán a yr a ellas a hazer sus negocios y unos a dar y otros a tomar a cambio y dello se resultaría que la maior parte de las mercadurías ansí de las que se venden en los puertos de mar como de las de la tierra se traerían a las dichas ferias para las vender en ellas e fiarían a los dichos pagamentos como antes se solía, de lo que se seguiría augmento a las alcaualas e puertos secos e de la mar porque sabiendo que ay gasto de las mercadurías muchos de los quedan e darían dineros a cambio fuera destos reignos olgarían traer mercadurías de las partes para do cambian su dinero e para que se tuuiese certidumbre que los que diesen a cambio y fiasen sus mercadurías les auían de pagar e los que tomasen lo auían de hazer sin esperança de prorrogación, se mandase que si por alguna causa las dichas ferias e pagos dellas se prorrogasen por más tiempo los que ouiessen dado dinero a cambio o fiado mercadurías e los pagos de las dichas ferias pasado el término de su asignación, aunque no se hiziesen pudiesen cobrar de sus deudores e executales como por deudo de plazo pasado e que de las ferias de Vizenzon e Leon de Francia e Amberes solo cambien para las ferias de Villalón, Medina e Ruiseco e no para Alcalá e Madrid como hasta agora se ha hecho porque con esto se cambiaría de las ferias de fuera del reigno con facilidad y sin recelo, porque hasta agora lo tenían por causa de la prorrogación de los pagos e que en las dichas ferias se hiziese algún género de equivalencia en el alcauala porque con esto el trato de las mercadurías en ellas sería en mucho augmento. Nro. Sr. La S. C. Real persona de V. Md. Guarde con augmento de maiores Reignos e señoríos como por la Christiandad se desea de Cuenca iiii de julio 1582

 

D. V. Md.

Humildes vasallos que sus reales pies y manos besan la ciudad de Cuenca

Don García de Busto (firma)  Pedro de Urgeniz (firma)  Alonso de Pareja (firma)

Con acuerdo de Cuenca Diego de Molina  escribano mayor

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Archivo General de Simancas, CCA, DIV, 10, 69

 

 

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