El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

jueves, 3 de agosto de 2017

Cómo los Garnica entroncaron con la Grandeza de España (1593)

                                                   

Don Jorge de Mendoza, nieto y hermano de Marqués de Mondéjar, joven de 18 años, se presentó un veintinueve de septiembre de 1593 en la villa de San Clemente; seis días después a las nueve de la noche se casaría con María, la hija de Juana de Valderrama, viuda de Hernando de Avilés, que vivía en la ya entonces llamada plazuela de Astudillo, antes que esta familia adquiriera notoriedad en la villa. Provisto de un mandamiento del provisor del obispado de Cuenca que autorizaba su casamiento con la hija de Juana, María de Garnica y Avilés, estaba dispuesto a formalizar en contrato matrimonial lo que sin duda eran auténticos sentimientos de amor hacia la joven María, mezclados de la fogosidad propia de la edad. La familia del joven, Grandes de España (el grupo nobiliario de mayor prestigio social y acceso a la Corona) era, por supuesto, desconocedora de lo que estaba pasando aquella noche de San Miguel en la lejana villa manchega.

El matrimonio se celebraría, siendo el sacerdote oficiante el doctor Tébar. Don Cristóbal de Tébar es conocido como el inmaculado cura que fundó el Colegio de la Compañía de Jesús en la villa de San Clemente, pero cada vez que nos aproximamos a su figura, nos aparece como un hombre muy comprometido con su tiempo, y con los bienes materiales. Ese día de San Miguel, que casó a los dos jóvenes enamorados, Jorge y María, no se encontraba en la mejor situación en la comunidad eclesiástica. Dicho sin rodeos, el doctor Tébar se encontraba excomulgado por un asunto turbio relacionado con la administración de las rentas eclesiásticas.

Pero la familia Mendoza no estaba dispuesta a aceptar un matrimonio que por la condición de los contrayentes era, en palabras de la época, de gran disparidad: no era imaginable que un joven emparentado con los Grandes de España casará con la hija de un hombre pechero y llano y una humilde mujer, cuya nobleza no era pareja a su posición social. Además, en el pueblo estaba presente el corregidor don Juan de Benavides y Mendoza, dispuesto a desbaratar tal despropósito matrimonial. Actuando como confidente de los Marqueses de Mondéjar, intentó compaginar su actuación legal para invalidar el matrimonio con el papel de un actor más implicado en este vodevil. Tal como comunicaba el corregidor al Marqués de Mondéjar el día 9 de octubre de 1593, en su apreciación, el matrimonio de los dos jóvenes era una confabulación de curas, emparentados con los Garnica y los Oma:
El día de San Miguel que se contaron 29 del pasado vino a esta villa (de San Clemente) don Jorje de Mendoza, hijo de Yñigo López de Mendoza en compañía de un Gaspar de Garnica, vezino della, el qual a lo que yo he podido alcançar le deuió de engañar y persuadir con sus deudos a que se casase con una hermana suya y para haçerlo ganaron liçençia con secreto del probisor de Cuenca para desposarlo como lo hiçieron sin que se hiçiesen las amonestaçiones que manda el Santo Conçilio y ymagino que ayudaron a este negoçio que tan mal a pareçido en esta tierra: en Cuenca el dotor Martín de Garnica, canónigo, y aquí el dotor Tébar, cura desta villa, y Tristán de Pallarés, clérigo, por ser deudos y amigos
El corregidor ampliaba la trama denunciando a Antonio de Oma Zapata, primo hermano de la viuda Juana de Valderrama, que por entonces vivía en Belmonte, bajo la protección del marqués de Villena. Asimismo informaba que había mandado encerrar con grillos en la cárcel de la villa al principal inductor del matrimonio, Gaspar de Garnica, hermano de María de Garnica, mientras que mantenía en arresto domiciliario a la novia y a su madre. El joven don Jorge de Mendoza quedaba confinado en la casa del corregidor a espera de que se aclarasen los hechos.

A pesar de las diligencias del corregidor, el matrimonio se consolidaría y María de Garnica y Avilés, quedaría convertida en la esposa de don Jorge Mendoza, marqués de Agrópoli desde 1617. Su hermano, Gaspar de Garnica, superando el amargo contratiempo de la prisión, llegaría a ser prior y canónigo de la catedral de Santiago y consultor de la Suprema del Santo Oficio. El doctor Tébar se convertirá en benefactor de la villa con su legado jesuítico y los Oma volverían desde Belmonte a su villa natal de San Clemente para convertirse en una de las principales familias del pueblo.

Pero a nosotros nos interesa el incidente del matrimonio para conocer un poco más del San Clemente de 1593.


La excomunión del doctor Tébar

Doña Juana Valderrama, a quien su marido Hernando de Avilés, había dejado como curadora y tutora de sus hijos Gaspar y María, no estaba dispuesta a que las diligencias del corregidor para anular el matrimonio de su hija con don Jorge de Mendoza dieran su fruto ni mucho menos a que su hijo Gaspar siguiera en la cárcel pública. Por eso, con fecha 25 de octubre encargó su defensa ante el Consejo Real a dos letrados de prestigio de la villa, el doctor Pedro Alonso de Arce y el licenciado Alonso González de Santacruz. El primero, que era un médico de prestigio en la Corte, pronto delegaría su poder en el procurador Baltasar Romero. Al mismo tiempo se recurrió a la jurisdicción eclesiástica del provisor del obispado, doctor Rueda, que mandó le remitieran las actas del matrimonio que obraban en poder del notario de San Clemente, el presbítero Cristóbal de Iranzo. Mientras el corregidor Juan de Benavides y Mendoza seguía inflexible; un mes después de los hechos, tal como atestiguaba el escribano Gaspar Llanos, mantenía encerrado en la cárcel al joven licenciado Gaspar de Garnica.

Don Jorge de Mendoza, era hijo de Iñigo López de Mendoza y natural de la villa de Uclés.
Había conocido a María de Avilés a través de su hermano Gaspar de Garnica, que estudiaba en Alcalá de Henares junto a Jorge de Mendoza. Se había presentado en la villa de San Clemente el 29 de septiembre, pero aún esperaría hasta el cinco de octubre para casarse con doña María de Garnica y Avilés. Los días que transcurrieron entre las dos fechas los aprovechó para obtener mandamiento del juez ordinario del obispado de Cuenca, doctor Rueda, que le autorizara al casamiento. Alegaba don Jorge que no podía esperar a las tres amonestaciones preceptivas, porque sus deudos se opondrían maliciosamente al matrimonio si se alargaban los trámites. Conseguiría la licencia del matrimonio, condicionada a que no cohabitase con la novia hasta no cumplir con las necesarias amonestaciones, relegadas al momento posterior al acto sacramental. El mandamiento del provisor ordenaba al doctor Tébar celebrar el matrimonio, que se aseguró bien de guardar las formas, examinando a los testigos, Antonio de Oma Zapata y Gaspar de Garnica, advirtiendo a los novios de la disparidad de condición social,

que mirase que era noble y generoso, que podía ser uno de los grandes de España y que todas estas calidades le faltaban a la dicha doña María de Avilés
de su libertad para contraer matrimonio y de evitar la cohabitación de momento y asegurándose que la ceremonia matrimonial fuese pública, abriéndose las puertas de la casa de doña Juana Valderrama.
que los matrimonios no se hacen a puerta cerrada sino muy abiertas y que lo sepa Dios y todo el mundo y no solamente los de los aposentos, sino los de la calle y llamen testigos e ansí luego mandó abrir las puertas

Es de destacar la premura con la que el corregidor iniciará las averiguaciones, desde el mismo momento del casamiento; pero también la celeridad, 20 de octubre, con que el Consejo Real pide le sean remitidos los autos del corregidor e inicie informaciones de testigos para saber lo acaecido. Pronto las tomas de declaraciones dejan bien definidos dos bandos en el pueblo. En el primero, se sitúan los Garnica, los Oma y el doctor Tébar, junto a otras figuras menores del momento. En frente, los vecinos principales del pueblo se ven obligados a tomar partido a favor o en contra del cura. El número de enemigos era mayor que el de amigos.

La declaración tomada al doctor Tébar por el corregidor Juan de Benavides fue agria. Intentaba demostrar el corregidor el poco celo religioso del doctor Tébar, que había celebrado el santo sacramento con testigos que eran parientes de la novia y del propio cura, de modo secreto (¿Cuántos testigos pasaron al abrir las puertas?, preguntó con malicia el corregidor) y estando excomulgado. El doctor Tébar se negó a contestar y también a firmar su declaración. No se detendría el corregidor que inició una serie de declaraciones para demostrar que el cura no era quién para celebrar un matrimonio estando excomulgado.

El corregidor tomaría declaración al sacristán de la Iglesia de Santiago, Millán Martínez, que con apenas un mes en el oficio, reconocería saber de la excomunión del cura Tébar. A continuación se consultó en la iglesia la tabla de memorias donde se asentaban los nombres de los excomulgados; allí aparecía el nombre del cura junto a otros vecinos, socios suyos, con la fecha del 25 de septiembre como día de la excomunión. Desde esa fecha tenía prohibido decir misa y administrar los sacramentos. La excomunión por el ordinario de Cuenca tenía su origen en la irregular administración del cura Tébar de la administración de las rentas eclesiásticas, que había dejado de ingresar en el obispado de Cuenca, y la pena se había aplicado también a sus fiadores. Curiosamente, algunos de estos fiadores aparecen también como aliados del cura en el expediente promovido contra su sobrino el licenciado Herriega quince años después. Entre ellos, Francisco Carrera, padre del dicho licenciado, o Miguel Cantero. El escribano del ayuntamiento Martín de la Cámara daría fe

que un hombre de Cuenca abía venido e traya un braço seglar contra el dicho doctor Tébar.

Los testigos, sacristán y socios, reconocerían lo que había negado el cura: el doctor Tébar no sólo no decía misa sino que tenía prohibido acudir a ella. El corregidor, demostrada la incapacidad del cura para administrar el sacramento del matrimonio, iniciaría su particular cruzada. Esta vez se trataba de acumular testimonios de las personas principales contra el clérigo. No todos declararon contra él.

El buen nombre de la familia

El Consejo Real tendría conocimiento del desposorio de San Clemente con fecha de veinte octubre, ordenando al corregidor que iniciara una serie de pesquisas tendentes a averiguar lo sucedido. Las informaciones de testigos se desarrollaron a lo largo del día 31 de octubre de 1593; el corregidor elegiría personas próximas y de confianza, pero con influencia y poder en la villa, pues con sus testimonios se trataba de demostrar la poca calidad y nobleza de los Garnica.

El primero de los testigos llamados sería Martín Alfonso de Buedo, tesorero de rentas reales de Marquesado de Villena. Avecindado en San Clemente, este hombre contaba con treinta y tres años. Doce años después, en 1605, moriría. Su repentina muerte, dejaría a su viuda Catalina de Buedo incapaz de defender los derechos a la tesorería de su hijo menor Martín, frente a su tío. Le seguiría en las declaraciones el licenciado Alonso Ruiz de Villamediana, de 62 años, de familia cristiana vieja y con fama de limpia y noble en la villa, y cerrarían los testimonios dos Ortega. Francisco de Ortega, el padre, de 64 años, ya había cedido el testigo familiar a su hijo Rodrigo, el futuro señor de Villar de Cantos, y fundador del mayorazgo familiar junto a su esposa Ana Rosillo años después. Rodrigo de Ortega era regidor perpetuo de la villa y contaba entonces con 32 años.

Las declaraciones de estos testigos obviaron las acusaciones contra el cura Tébar, para centrarse en las calidades de los Garnica. No es extraño, pues Francisco de Ortega estaba casado con una Tébar de nombre Jimena. En la declaración de otros como Martín Alfonso de Buedo debió pesar más su proximidad al poder público ostentado por el corregidor, pues él también desempeñaba un cargo público. Es más dudosa la declaración de Alonso Ruiz de Villamediana y el interés que podía tener en declarar contra los Garnica, pero fue la declaración que más detalles aportó. Por el licenciado Ruiz de Villamediana, sabemos que el día del matrimonio, cinco de octubre, fue martes y que en el pueblo no se supo nada del mismo hasta el domingo 10 de octubre, cuando el matrimonio fue denunciado en la Iglesia Mayor de Santiago

este testigo no supo del dicho desposorio hasta o quatro o cinco días después de hecho porque dicen que fue secreto e sin amonestaciones y que el probisor deste obispado de Quenca había dado licencia para que se desposasen de presente syn denuciación alguna y que después de desposados se hiciesen, e ansí después una fiesta oyó este testigo denunciarlos en la yglesia desta uilla

la denuncia debió venir desde el púlpito, pero ¿quién hizo la acusación en ausencia del excomulgado doctor Tébar? No lo sabemos. Pero las acusaciones pusieron en acción al corregidor Benavides que veía en este enredo matrimonial la sombra de dos clérigos, el propio doctor Tébar y Tristán Pallarés. Pero si en el primer caso, hasta el sacristán puso su pequeña parte en la acusación, nadie se atrevió (a excepción del corregidor) a acusar a Tristán Pallarés. Este clérigo, que había nacido en la época en que murió su antecesor García Pallarés, vivía el final de su vida por estos años y heredará de su antecesor la memoria de aquel noble hombre de clara estirpe para cuantos viajeros pasen ante su epitafio, en la capilla de su nombre; pero al igual que el doctor Tébar era un hombre de su tiempo, ya su tío Tristán Pallarés el viejo estuvo implicado en los sucesos de julio de 1553, ya narrados, y el sobrino andará metido en otros más mundanos, que narraremos, como sus amoríos con la viuda de uno de los Herreros, allá por 1566.

La actuación del corregidor, tras la denuncia, fue inmediata, ordenando el arresto domiciliario de Juana de Valderrama y su hija María y la reclusión de don Jorge en su propia casa. Pero fue especialmente apasionado, tal como denunciará la familia Garnica, en el proceder contra Gaspar Garnica, que sin duda sabedor de lo que se le venía encima había huido a Motilla del Palancar, donde fue apresado y trasladado a la cárcel de San Clemente, para iniciar allí un auténtico calvario. Más suerte debió tener Antonio de Oma Zapata, alejado en Belmonte, bajo el amparo de la jurisdicción privada del marqués de Villena.

Posteriormente vendría la información de los testigos arriba referidos, donde el corregidor Benavides obviaría los temas más escabrosos de las detenciones, para centrarse en la poca calidad del difunto Hernando de Avilés, hombre llano y pechero, al fin y al cabo un origüela que escondía su apellido, y minusvalorar la hidalguía de Juana de Valderrama, por los cuatro costados, pues era gente humilde. Las acusaciones continuarían contra los testigos del matrimonio Antonio de Oma y Gaspar Garnica, cuyo valor de testigos debía ser puesto en entredicho, pues eran deudos de la contrayente. La información sería remitida al Consejo Real por el corregidor Benavides.

Pero los Garnica no estaban dispuestos a jugar el papel de espectadores y víctimas de las diligencias del corregidor. Doña Juana de Valderrama, desde su arresto domiciliario, apoderaría a Diego de Palomares para que se encargara de presentar testigos que defendieran la limpieza, nobleza y calidad de su familia. Además pidió, en lo que sin duda era un menosprecio a la competencia jurisdiccional del corregidor, que sus testigos fueran examinadas por el alcalde ordinario de la villa de San Clemente, el licenciado Alonso Muñoz. La defensa del honor familiar, en una familia que como pocas en el pueblo podía presumir de nobleza, se intentaba extender a la defensa del buen nombre del difunto Hernando de Avilés, que era un miembro del clan de los Origüela, pero a decir de sus defensores

fue ombre muy principal y onrrado y rregidor perpetuo desta villa de San Clemente hasta que murió muy emparentado con toda la gente más onrrada y noble y principal del pueblo y su comarca y él y sus padres e agüelos e antepasados ostentaron siempre mucha honrra e autoridad y buen punto e como los más delanteros desta tierra e como personas que siempre an podido y valido mucho, tiniendo de ordinario los oficios de alcaldes e rregidores desta villa e de presente es rregidor perpetuo della Gaspar de Gárnica e Avilés hijo del dicho Hernando de Avilés

Destacamos intencionadamente ese an podido y valido mucho, en lo que tiene de voluntad de anteponer una nobleza fundada más en el mérito y el valor personal, que conduce a la primacía social, por encima de una nobleza de la sangre. Los testigos ratificarían el poder de la familia Avilés-Garnica en la vida municipal sanclementina, pero también la exhibición de ese poder y riqueza con los aderezos propios de su condición hidalga. El primer espaldarazo a los Garnica vino de los Pacheco, en concreto de Francisco Pacheco de Guzmán, que, a sus sesenta años de edad, era propietario de una de las regidurías perpetuas del ayuntamiento. Su testimonio tenía el valor que le daba su propio apellido y fue parco. Pero sería ratificado por el siguiente testigo, Alonso de la Fuente Zapata, aportando los detalles de un hombre mayor de sesenta años que conocía a la familia

conosció a Fortuno de Garnica, padre de la dicha doña Juana, hombre hijodalgo, christiano viejo e muy principal e a Mari Pérez de Oma su madre, hija de Pedro de Oma, hijodalgo executoriado y al dicho Hernando de Avilés su marido... hombre principal y tener casa e criados como tal e aderezos de casa y plata que ningún cavallero de toda la tierra le hazía ventaja... con mucha autoridad e con mucha ventaja en el tratamiento de sus personas como de criados e muy bastecidas e muy regalada la dicha su casa de todo lo necesario y de manera que se tenía particular quenta en esta villa de buen término y buen tratamiento que en la dicha su casa avía

Doña Juana de Valederrama, en palabras de otro testigo, el regidor Llanos de Tébar, a la sazón de 53 años, había procurado que su hija María apareciera como mujer principal de cara a sus vecinos

llevándola siempre delante bien aderezada y vestida con escudero e criadas como hija de padres tan onrrados y principales

Otros testigos, personas principales y mayores de la villa, y en algún caso también deudos, defenderían la hidalguía de los Garnica. Entre ellos, Antón Dávalos Jiménez, de sesenta años, que no había sido precisamente amigo de los Garnica en su juventud, y un deudo, anciano de 73 años, Juan Ángel.

Mientras en la Corte, los derechos de los Garnica estaban representados por el procurador Baltasar Romero, que haría llegar al Consejo Real las informaciones hechas en San Clemente. Conseguirá real provisión para la familia el ocho de noviembre, ordenando la puesta en libertad de los Garnica en el plazo de ocho días. La motivación era que el juez ordinario eclesiástico podía, tal como permitía el concilio tridentino, dispensar de las amonestaciones a su libre albedrío. Con esta provisión, llevada a San Clemente, por Diego Palomares, fue requerido el corregidor Benavides el once de noviembre. Eran testigos Francisco de Astudillo y Alonso de Valenzuela. El corregidor, conocedor sin duda del dicho castellano obedézcase pero no se cumpla, atrasó el cumplimiento de la real provisión a que el Consejo Real se pronunciara sobre las informaciones que él mismo había remitido.

Baltasar Romero pediría el 16 de noviembre se diera nueva sobrecarta para la soltura de sus partes. Se unía a la petición, la querella que, contra el corregidor, presentaba ante el Consejo Real el propio don Jorge Mendoza, que se quejaba de su prisión, que ahora, en condiciones menos benignas, se había trasladado a la casa del ayuntamiento bajo custodia de un alguacil. El Consejo Real decidirá la libertad de los detenidos el 18 de noviembre. Esta vez el corregidor Juan de Benavides cumplirá la orden. A la casa de Juana de Valderrama, acudirá el joven Jorge de Mendoza en busca de la compañía de su esposa María. Poco les duró la felicidad a la pareja, pues hasta allí mandó el corregidor un alguacil para sacar a don Jorge, pues el auto del Consejo Real en modo alguno toleraba la cohabitación de los recién casados sin amonestaciones ni él corregidor estaba dispuesto a permitir tal escándalo público.

Además, el auto del Consejo Real excluía de la libertad a Gaspar de Garnica. Sin duda lo comprometido que había estado el joven en el matrimonio, trayendo a San Clemente a don Jorge de Mendoza, pesaba en su contra; aunque creemos que no tanto como su actitud díscola ante el corregidor, que le profesaba especial inquina, poco dispuesto a tolerar los desacatos de un regidor por joven e inexperto que fuera. Don Juan de Benavides lo tenía, en palabras de su madre,

entre galeotes, haciéndole otras muchas molestias, costas y vejaciones

En la cárcel pública de San Clemente permanecería seis meses Gaspar de Garnica, víctima de la enemistad y obcecación de Juan de Benavides y Mendoza. Y cuatro meses más, contados desde el uno de diciembre, mantendrían su pleito los Garnica.


 El calvario de Gaspar de Garnica


En la uilla de San Clemente en veinte y nuebe días del mes de nobiembre de mill e qinientos e noventa e tres años, el señor don Juan de Venavides y Mendoça corregidor e justicia mayor deste partido por su magestad dixo que mandaba e mando se notifique a doña Juana de Balderrama, viuda de Fernando de Avilés, en cuya casa y poder está doña María de Avilés su hija, de oy en adelante no consienta que don Jorje de Mendoça entre ni esté en su casa ni de noche ni de día ni le rreciba en ella y al dicho don Jorje se le notifique lo mismo para que no entre y estando en la dicha casa se salga luego della y así lo cumplan cada uno por su parte so pena de cada mill ducados para la cámara de su magestad y que procederá contra el que no lo cumpliere conforme a derecho y fírmolo don Juan de Venavides y Mendoça, ante mí Francisco Rodríguez

De esta guisa rezaba el auto de veintinueve de noviembre del corregidor Benavides. Dispuesto a hacer cumplir su mandato, envío a notificarlo a casa de Juana Valderrama al escribano, acompañado del alguacil Gonzalo Sánchez de Maguilla, encargado de sacar de dicha casa al infortunado Jorge de Mendoza. Doña Juana de Valderrama no se arredraría y protestaría el auto

v. m. do debe dar lugar que se perturben los matrimonios, apartando y que no estén juntos haciendo vida maridable marido y mujer ...

...que se cumpla

contestaría secamente el corregidor. El dos de diciembre el que protestaba ante el Consejo Real, apoderando a Francisco de la Fuente Comeño, era el propio don Jorge de Mendoza y Aragón. Pero quien llevaba las riendas del pleito era doña Juana Valderrama, por eso, enseguida el procurador de don Jorge delegara sus poderes en favor del procurador de aquélla, Francisco Enrique de Paz, que representaría a toda la familia hasta el final del proceso. Eso sí, don Jorge Mendoza escribiría una carta de su puño y letra dirigida a la Corte, quejándose del corregidor Benavides, cuya acción de gobierno se guiaba por el odio a su persona y tendente a perturbar su vida maridable. Dicha carta acompañaría a una nueva petición de quince de diciembre al Consejo Real para que don Jorge pudiera entrar en casa de su suegra.

Las dudas, que el Consejo Real mantenía, impedían una rápida resolución del conflicto. Es más el pleito se envenenaba con otras desavenencias marginales. En la segunda fase de su arresto, unos pocos días, don Jorge Mendoza había estado confinado en el ayuntamiento de la villa y custodiado por el alguacil Juan Ruiz; el corregidor pedía que los Garnica, responsables solidarios de don Jorge (que para esto si tenía valor legal el matrimonio), pagaran las costas y salarios del alguacil. En total Juan de Benavides pedía a los Garnica cuatrocientos reales, comenzando a sacar prendas como garantía de una futura ejecución de bienes. Además la situación de Gaspar de Garnica, que para finales de diciembre llevaba ya ochenta días preso, acusado de ser testigo en el desposorio, estaba enconando los ánimos, al verse la prisión como acto arbitrario y pasional del corregidor

y caso que ubiera alguna culpa se debe tener ya por bien satisfecha y purgada con tantas días y tan larga prisión

Tras sucesivas peticiones, solo el 23 de diciembre el Consejo Real determinará su libertad condicional por un periodo de cuarenta días, tras satisfacer fianzas y pago de costas del juicio. Esta libertad provisional se ejecutaría por la Pascua de Navidad, pero pasados los cuarenta días Gaspar de Garnica volvería a la cárcel. La situación empantanada intentaría ser desbloqueada por la personación en la causa del otro testigo del matrimonio. Desde Belmonte, el tres de enero de 1594, Antonio de Oma Zapata dará su poder a procuradores para personarse ante el Consejo Real como víctima de la ´persecución del corregidor de San Clemente. Y es que Juan de Benavides había enviado varias cartas requisitorias a la justicia de Belmonte (jurisdicción señorial del marqués de Villena) para prender a Antonio de Oma. Por supuesto al amparo de la jurisdicción señorial las cartas no habían tenido ningún efecto ni parece que se llegase a un conflicto de competencias entre la jurisdicción señorial y real, pero ahora Antonio de Oma planteaba el caso ante la Corte, sin duda en apoyo de su sobrino Gaspar de Garnica y quizás viendo la posibilidad de verse libre de unos cargos, una vez conseguida la medida benevolente de la libertad provisional de su pariente. Y lo consiguió, pues el Consejo de Real determinó la conclusión de las actuaciones contra Antonio de Oma, lo que no dejaba de ser una contradicción, tal como se reconocía en una nota marginal, con la situación de acusado y preso en que quedaba Gaspar de Garnica.

Pero tal contradicción no era tan evidente para el corregidor, que, iniciado el mes de febrero y acabada la cuarentena de gracia, metió en la cárcel nuevamente a Gaspar de Garnica. Se le exigía ahora que presentara testigos que dieran fe de su inocencia, pero dado el rigor de la justicia contra el preso pocos se atrevían a testificar. Juana de Valderrama implorará al Consejo Real por su hijo a mediados de febrero. Para entonces el pleito sobre el casamiento está concluso y los novios llevan vida maridable en casa de la madre y suegra. Nuevo auto del Consejo Real que determina, una vez pagadas nuevas fianzas, la soltura, esta vez por treinta días, del preso. Solamente el 31 de marzo de 1594 por auto del doctor Núñez Morquecho se decidirá la libertad definitiva de Gaspar Garnica; tendrá que pagar nuevas fianzas. Como muestra de las resistencias que debió provocar su libertad, baste decir que el auto de libertad viene precedido por otro tachado e ilegible, que no debía ser tan favorable.



AGS. CRC, 434, 7. El corregidor de San Clemente, Juan de Benavides y Mendoza, contra Jorge de Mendoza, hijo de Iñigo López de Mendoza, y María Garnica Avilés, porque se casaron sin amonestaciones. 1593

Luis de SALAZAR: Árboles de costados de gran parte de las primeras casas de estos reynos, cuyos dueños vivían el año de 1683. Imprenta de Antonio Cruzado. 1795. Universidad de Laussane, pág. 171. (Donde aparece el apellido Osma, se corresponde con Oma)

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