El tres de mayo de 1488, Juan Granero el mozo, que nos aparece como vecino de la Motilla, muestra su temor ante el alcaide de Alarcón, Hernando del Castillo, y sus hombres y solicita una carta de seguro para sus criados, bienes y para su misma persona
La libertad de los vecinos de Alarcón para moler su trigo no era compartido por los motillanos, que a decir de Hernando del Castillo y Juan Sevilla eran presos de las prácticas usureras de Juan Granero. Este había hecho cierto préstamo a los vecinos de Motilla de trigo y de dinero, pero a cambio se habían obligado a moler en los molinos de Juan Granero los diez años siguientes. Es posible que los vecinos de Motilla tomaran partido por su antiguo enemigo el alcaide de Alarcón, pues las condiciones draconianas del contrato con Juan Granero les impondría maquilas excesivas. El Consejo Real impondrá la libertad de moliendas y el fin de monopolios, nacidos de derechos feudales o de contratos privados. Tal hecho se sumaba a una nueva realidad: Hernando del Castillo estaba perdiendo el monopolio a la fabricación y explotación de los molinos harineros de la ribera del Júcar concedida veinticinco años antes, en 1462, por Juan Pacheco, I Marqués de Villena. Pero había un segundo elemento de no menor interés, la escasez de molinos de agua se traducía en oligopolio de un pequeño grupo de señores, que aplicando maquilas excesivas tenían en su poder los excedentes de trigo. Del chantaje padecido por Motilla en 1488, sería víctima catorce años después San Clemente en manos de Alonso del Castillo, el hijo de Hernando.
Además al conflicto molinero se unían las viejas rivalidades entre las familias Castillo y Granero durante las guerras del Marquesado. Los Granero habían conspirado contra Hernando del Castillo para dar la fortaleza de Alarcón a la causa real y éste había respondido tomándoles sus bienes y oficios en la villa. La familia Granero tenía fuertes intereses económicos en la zona, sobre todo, en Valhermoso. Desde 1464, con Antón Sánchez Granero el viejo poseían ejecutoria de hidalguía. A fines de siglo los Granero se habían ramificado por toda la zona. Si Juan Granero el viejo y sus dos hijos seguían asentados en Valhermoso, otros miembros del clan familiar como Martín el mozo se había avecindado en San Clemente, desde donde imploraba una carta de seguro para garantizar la posesión de sus bienes en la villa de Alarcón, amenazados por su alcaide. En Motilla del Palancar moraba Juan Granero el mozo, que se había instalado en la villa tras casarse con la hija de Pedro Valverde. Juan el mozo tenía razones para odiar a Hernando del Castillo, al que acusaba de matar a su suegro y de intentar arrebatarle los molinos (1)
ANEXO I: EL CONFLICTO DE LOS MOLINOS ENTRE MOTILLA LOS GRANERO Y EL ALCAIDE DE ALARCÓN
Don Fernando e doña Ysabel ecétera a vos el conçejo justiçia rregidores ofiçiales e omes buenos e veçinos e moradores de la villa de la Motilla del Palancar, salud e graçia, sepades que Fernando del Castillo, alcayde de la villa de Alarcón e Juan de Seuilla veçino de la dicha villa nos fiso relaçión por su petiçión que ante nos en el nuestro consejo fue presentada disiendo que los dichos Fernando del Castillo e Juan de Seuilla dis que tienen dos casas de molinos en la rribera del Xúcar en el término de la dicha villa de Alarcón donde dis que solían los veçinos e moradores desa dicha villa yr a moler por ser mejores e más çercanos a la dicha villa que otros algunos e que puede aver ocho meses que Juan Granero, veçino que hera de la dicha villa de Alarcón, dis que contrabto con el conçejo desa dicha villa e con algunos veçinos e moradores della que fuesen a moler a un molino suyo e por ello les prestó çierta contía de pan e mrs. por dies años e que en satisfaçión e remuneraçión del dicho enprestido fuesen obligados so çiertas penas de yr a moler al dicho molino del dicho Juan Granero e no a otros molinos algunos e pasados los dichos dies años que tornásedes e rrestituyésedes el dicho enprestido al dicho Juan Granero, el qual dicho contrabto dis que manifiestamente es vsurero e de derecho rreprouado e en su grand agrauio e perjuisio e que vos rrequerieron que no vsásedes del dicho contrabto e que porque no lo fisistes se pregonó en la dicha villa de Alarcón que ninguno fuese a moler a los dichos molinos del dicho Juan Granero de lo qual dis que vosotros e el dicho Juan Granero vos quexastes ante nos... nos mandamos dar una carta para que el dicho pregón se rrouocase e que cada uno fuese a moler donde quisiese... e dieron liçençia a todos los veçinos de la dicha villa de Alarcón moliesen donde quisiesen, que los vesinos desa dicha villa (de Motilla) todavía guardan el dicho contrabto en lo qual todo dis que los dichos Juan de Sevilla e Fernando de Alarcón dis que rreçibirían manifiesto agrauio e nos suplicaron mandasemos dar nuestra carta para que sy cabo de la dicha obligaçión por vosotros fecha pudiesedes yr a moler a los dichos sus molinos ... nos los rreleuamos (a los vecinos de Motilla) e damos por libres e quitos, vayan a moler donde quisiesen... dada en la çibdad de Murçia a catorse días del mes de junio año de nasçimiento de nuestro salvador Ihesu Christo de mill e quatroçientos e ochenta e ocho años
Archivo General de Simancas, RGS, LEG, 148806, 70 "Para que los vecinos de la Motilla puedan moler donde quisieren". 1488
(1) GARCIA MORATALLA, Pedro Joaquín: La tierra de Alarcón en el señorío de Villena (siglos XIII-XV). IEA Don Juan Manuel. 2003, pp. 200-204
que se teme e rreçela que por odio e malquerençia e enemistad que con él ha e tiene Fernando del Castillo alcayde de Alarcón e sus parientes e anigos e omes e criados e apaniguados lo ferirán, matarán o lisiarán... o mandarán faser otro mal, dapno o desaguisado alguno en su persona o bienes e de sus omes, criados e apaniguados e en los molineros de sus molinos e a las personas que a los dichos sus molinos van a moler (Archivo General de Simancas, RGS, LEG, 148805, 179. Seguro a Juan Granero, 'el mozo', vecino de Motilla del Palancar, en el marquesado de Villena, que recela de Francisco del Castillo)Otorgado el seguro real, Juan Granero protestará un día después contra los pregones que se vienen dando en la villa de Alarcón, prohibiendo a los vecinos de Motilla ir a moler en el término de Alarcón. En realidad la queja iba referida a las cortapisas de la justicia de Alarcón a los motillanos para ir a moler a los molinos de Juan Granero, que a su parecer le ha causado un daño de doce mil maravedíes. El Gobernador Ruy Gómez de Ayala será comisionado para hacer pesquisas que concluirían en el cese de los pregones y la libertad de los vecinos de Alarcón para moler su trigo en cualquier molino.
La libertad de los vecinos de Alarcón para moler su trigo no era compartido por los motillanos, que a decir de Hernando del Castillo y Juan Sevilla eran presos de las prácticas usureras de Juan Granero. Este había hecho cierto préstamo a los vecinos de Motilla de trigo y de dinero, pero a cambio se habían obligado a moler en los molinos de Juan Granero los diez años siguientes. Es posible que los vecinos de Motilla tomaran partido por su antiguo enemigo el alcaide de Alarcón, pues las condiciones draconianas del contrato con Juan Granero les impondría maquilas excesivas. El Consejo Real impondrá la libertad de moliendas y el fin de monopolios, nacidos de derechos feudales o de contratos privados. Tal hecho se sumaba a una nueva realidad: Hernando del Castillo estaba perdiendo el monopolio a la fabricación y explotación de los molinos harineros de la ribera del Júcar concedida veinticinco años antes, en 1462, por Juan Pacheco, I Marqués de Villena. Pero había un segundo elemento de no menor interés, la escasez de molinos de agua se traducía en oligopolio de un pequeño grupo de señores, que aplicando maquilas excesivas tenían en su poder los excedentes de trigo. Del chantaje padecido por Motilla en 1488, sería víctima catorce años después San Clemente en manos de Alonso del Castillo, el hijo de Hernando.
Además al conflicto molinero se unían las viejas rivalidades entre las familias Castillo y Granero durante las guerras del Marquesado. Los Granero habían conspirado contra Hernando del Castillo para dar la fortaleza de Alarcón a la causa real y éste había respondido tomándoles sus bienes y oficios en la villa. La familia Granero tenía fuertes intereses económicos en la zona, sobre todo, en Valhermoso. Desde 1464, con Antón Sánchez Granero el viejo poseían ejecutoria de hidalguía. A fines de siglo los Granero se habían ramificado por toda la zona. Si Juan Granero el viejo y sus dos hijos seguían asentados en Valhermoso, otros miembros del clan familiar como Martín el mozo se había avecindado en San Clemente, desde donde imploraba una carta de seguro para garantizar la posesión de sus bienes en la villa de Alarcón, amenazados por su alcaide. En Motilla del Palancar moraba Juan Granero el mozo, que se había instalado en la villa tras casarse con la hija de Pedro Valverde. Juan el mozo tenía razones para odiar a Hernando del Castillo, al que acusaba de matar a su suegro y de intentar arrebatarle los molinos (1)
ANEXO I: EL CONFLICTO DE LOS MOLINOS ENTRE MOTILLA LOS GRANERO Y EL ALCAIDE DE ALARCÓN
Don Fernando e doña Ysabel ecétera a vos el conçejo justiçia rregidores ofiçiales e omes buenos e veçinos e moradores de la villa de la Motilla del Palancar, salud e graçia, sepades que Fernando del Castillo, alcayde de la villa de Alarcón e Juan de Seuilla veçino de la dicha villa nos fiso relaçión por su petiçión que ante nos en el nuestro consejo fue presentada disiendo que los dichos Fernando del Castillo e Juan de Seuilla dis que tienen dos casas de molinos en la rribera del Xúcar en el término de la dicha villa de Alarcón donde dis que solían los veçinos e moradores desa dicha villa yr a moler por ser mejores e más çercanos a la dicha villa que otros algunos e que puede aver ocho meses que Juan Granero, veçino que hera de la dicha villa de Alarcón, dis que contrabto con el conçejo desa dicha villa e con algunos veçinos e moradores della que fuesen a moler a un molino suyo e por ello les prestó çierta contía de pan e mrs. por dies años e que en satisfaçión e remuneraçión del dicho enprestido fuesen obligados so çiertas penas de yr a moler al dicho molino del dicho Juan Granero e no a otros molinos algunos e pasados los dichos dies años que tornásedes e rrestituyésedes el dicho enprestido al dicho Juan Granero, el qual dicho contrabto dis que manifiestamente es vsurero e de derecho rreprouado e en su grand agrauio e perjuisio e que vos rrequerieron que no vsásedes del dicho contrabto e que porque no lo fisistes se pregonó en la dicha villa de Alarcón que ninguno fuese a moler a los dichos molinos del dicho Juan Granero de lo qual dis que vosotros e el dicho Juan Granero vos quexastes ante nos... nos mandamos dar una carta para que el dicho pregón se rrouocase e que cada uno fuese a moler donde quisiese... e dieron liçençia a todos los veçinos de la dicha villa de Alarcón moliesen donde quisiesen, que los vesinos desa dicha villa (de Motilla) todavía guardan el dicho contrabto en lo qual todo dis que los dichos Juan de Sevilla e Fernando de Alarcón dis que rreçibirían manifiesto agrauio e nos suplicaron mandasemos dar nuestra carta para que sy cabo de la dicha obligaçión por vosotros fecha pudiesedes yr a moler a los dichos sus molinos ... nos los rreleuamos (a los vecinos de Motilla) e damos por libres e quitos, vayan a moler donde quisiesen... dada en la çibdad de Murçia a catorse días del mes de junio año de nasçimiento de nuestro salvador Ihesu Christo de mill e quatroçientos e ochenta e ocho años
Archivo General de Simancas, RGS, LEG, 148806, 70 "Para que los vecinos de la Motilla puedan moler donde quisieren". 1488
(1) GARCIA MORATALLA, Pedro Joaquín: La tierra de Alarcón en el señorío de Villena (siglos XIII-XV). IEA Don Juan Manuel. 2003, pp. 200-204
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