El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

Imagen del poder municipal
EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

Tuesday, December 9, 2025

Una herencia de Indias

 Aunque ya hemos hecho múltiples referencias, las repatriaciones de capitales desde Indias, los llamados bienes de difuntos, vinieron a dinamizar la economía de los pueblos de La Mancha conquense en forma de fortunas sobrevenidas para sus destinatarios. Un caso es la herencia del provenciano Juan García, fallecido en Nueva España y cuya muerte debió acaecer hacia 1608 y que dejó una herencia de 134356 maravedíes. 

Juan García de Perona el viejo había marchado a Indias y se había instalado en la ciudad de Veracruz, dejando atrás a su mujer Mari Sánchez , un hijo, Juan y una hija, María, en El Provencio. Juan había rehecho su vida en México donde se había amancebado con una mujer llamada Catalina Martínez, que recibiría la cuarta parte de su herencia. Juan García había muerto en 1602, pero como suele pasar en estos casos una persona de confianza se había hecho con su herencia a falta de descendientes en México y solamente cedió la herencia cuando fue conminado por la justicia cinco años después. La afloración de estas herencias era posible por el envío desde la Península de jueces visitadores para reclamar las herencias no declaradas. Tal fue el caso del juez Juan Frías de Salazar que fue enviado a Veracruz en 1607; allí, en el puerto de San Juan de Ulúa, y con las voces de un mulato, acompañado de los redobles de una caja, se advirtió a los vecinos que dieran a conocer las herencias de que fueran depositarios.

Estas fortunas quedaban en depósito en la Casa de Contratación en Sevilla, desde donde se manaban requisitorias a los pueblos originarios de los difuntos para que sus herederos reclamaran la herencia. En los pregones de los pueblos se anunciaba la noticia y los vecinos eran reclamados para la misa mayor del domingo en la iglesia del pueblo para que, leída la requisitoria de Sevilla, los herederos pudieran tener conocimiento de la herencia legada y ejercer sus derechos.

El Provencio había estrenado iglesia y una plaza nueva delante de ella, en lo que había sido una constante en los pueblos de la Mancha conquense de crear espacios nuevos y públicos desde el siglo anterior. Era en esta nueva plaza, forjada en torno a la iglesia de la Asunción, que los alcaldes ordinarios de la villa hacían justicia y se pregonaban las órdenes ante numerosos vecinos. Ante el alcalde ordinario, el doctor Peláez Grimaldo y su acompañado, sentados en los poyos de la plaza, se presentaría Juan García Perona el mozo para exigir la herencia de su padre muerto en Indias, junto a varios testigos que ante el alcalde y escribano dieran fe de su descendencia directa de Juan García Perona el viejo y María Díaz o Sánchez. Examinados los testigos al pretendiente a la herencia se le exigía una escritura de obligación o fianza qnte el escribano Juan Merchante en el que varios vecinos respondieran con su patrimonio de la veracidad del parentesco para el entrego de los 134356 maravedíes en Sevilla. 

Gracias a una nueva información de testigos podemos saber de estos labradores ricos de El Provencio que aseguraron reunir entre cuatro de ellos mil quinientos ducados: eran  Diego García Ortega, Juan Zarco, Pedro Zarco y Francisco Zarco.

El 3 de junio de 1609 se iniciaría el proceso de pago por la Casa de Contratación, aunque Juan García Perona no recibiría hastael día cinco en Sevilla su herencia


Testigos; 16 de mayo de 1609

Fernando de Jerez, 70 años

Juan García, 44 años

Bartolomé Pulido, 49 años

Francisco Bonillo, 48 años

Eugenio García, 48 años

Marcos Provencio, 40 años


AGI, CONTRATACIÓN, 288B, N. 1 R. 3




No comments:

Post a Comment