El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

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EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

Monday, July 14, 2025

Soldados de milicia y prostitución (La Alberca, 1613)

 Coincidiendo con la Natividad de la Virgen, el ocho de septiembre, se celebraba en San Clemente una feria comercial, mucho antes de que Felipe V, le concediera privilegio real y franquezas. Estos días eran días de fiesta y de múltiples tratos comerciales, donde acudían gentes de toda la comarca. Era costumbre acudir desde la cercana Alberca y uno de los que acudió a la feria de 1612 fue el joven Alonso de Alarcón, que con otros nueve alberqueños se había asentado como soldado de milicia. Como tal miliciano gozaba del derecho de portar armas y con su espada y flamante se paseó por las calles de San Clemente. Deambulando por ellas llegó hasta la calle del Juego de Pelota, donde se ubicaba el prostíbulo, al que acudían jóvenes, y no tan jóvenes, de toda la comarca. Su error fue pasar con la espada al prostíbulo, pues las rondas de alguaciles eran continuas y la prohibición de llevar armas en este lugar también. Así, el joven Alonso sería preso e incautada su espada. Un agravio para los alberqueños y los soldados de milicia del Reino. El tema, acabaría ante el Rey: los soldados de milicia eran intocables en las franquezas y preeminencias que gozaban, podían acudir al prostíbulo armados.

Los soldados de milicia de La Alberca en 1613, eran doce: Juan Granero, Francisco Lope Pinarejo, Bernardino de Carmona, Juan López de Perona, Mateo de Alarcón, Martín Esteban, Juan de Cuenca, Juan de Posadas, Juan Alegre, Juan Bayllo, Juan Rubio, Alonso de Alarcón y Antonio de la Fuente.

AGS, CCA. CED. 370-12

Papeles varios de Las Pedroñeras

Francisco Gómez es nombrado depositario general del ayuntamiento de Las Pedroñeras en 1577 por dos vidas, eso hace posible que su hijo Pedro le sustituya en el cargo el 26 de enero de 1579- Este reninciará al cargo en favor de Francisco de la Plaza, que, a su vez, en 1600, se lo devuelve al dicho Pedro Gómez.

AGS. CCA. CED. 158-178

El oficio de alférez mayor en Las Pedroñeras se establece el 21 de septiembre de 1559 y es concedido a García de Montoya para él y para sus sucesores. García de Montoya renunciará al título en favor de Hernando de Araque en 1577, el cual renunciará al oficio en 1579 de nuevo en García de Montoya.

AGS, CCA, CED. 159-203

En 1590, García de Montoya renuncia en favor de su hijo Juan de Montoya, que el diez de marzo de 1592 renuncia el oficio de alférez en favor de  Alonso de la Plaza y sus hijos.

AGS, CCA. CED. 162-1078

En su testamento, Alonso de la Plaza devuelve el título a los Montoya, que se los pasarán a Diego de Nieva y Gallego el año 1595, que a su vez renunciará a él para cederlo a Jusepe de Montoya, hijo de García de Montoya

AGS, CCA. CED. 166-171 y 169-856

Año 1600, un molino harinero en el río Záncara que pertenecía al mayorazgo de Juan Ponce de León es vendido a don Alonso de Pacheco en 1000 ducados. Alonso Pacheco ha comprado el donadío de Santiago de la Torre unos años antes.

AGS. CCA. CED. 172-895

El molino citado pertenecía al mayorazgo fundado por Juan y Luis de Belmonte, tesoreros de la colegiata de Belmonte y contaba con varias tierras de pan llevar en el término de Belmonte, el molino harinero del río Záncara en Las Pedroñeras y seis aranzadas de viña. Ese año de 1600 Juan Ponce de León heredero del mayorazgo y señor de Polvoranca vende esas tierras

AGS, CCA. CED. 175-115

Las Pedroñeras tenía fama de pueblo pendenciero. He aquí dos relatos. En 1650, con motivo de las elección de oficiales de la cofradía de la Sangre de Cristo, hubo una pendencia entre Marcos Izquierdo y Pedro Villena, aunque la cosa no pasó de palabras. Dos años después, para San Lorenzo, la pendencia, más grave se dio en las carnicerías, cuando Pedro Montoya, abastecedor de la carne, mató un carnero y fue recriminado por el regidor Marcos Izquierdo. la cosa ase agravó porque Sebastián y Francisco Martínez echaron manos a sus espadas, agrediendo a Pedro Montoya y Juan Montoya su hermano y de la pendencia salieron heridos Pedro Montoya y Fernando de Haro. Ese mismo año de 1652,  don Alonso y don José de Montoya. Juan Alonso de Porras y Miguel Chillón hirieron con armas de fuego a Rafael Martínez y a don Fernando de Haro.

Las penas comunes en estos casos eran de doscientos azotes, dos años de destierro y cuatro años de galeras, pero los agredidos, en conciertos económicos, perdonaban. Los condenados eran un tal Gabón y el regidor Marcos Izquierdo, aunque el peor parado, por el cumplimiento de la pena en su mitad, fue Miguel Chillón, condenado a seis años en el Peñón de Alhucemas.

AGS. CCA. CED. 226- 1170 a 1173 y 230-310

Sunday, July 13, 2025

VILLAZGO DE SISANTE (1635) Y OTRAS COSAS

 Por provisión real de 29 de abril de 1635, Sisante obtiene el  título de villa separándose de Vara de Rey. El precio a pagar es de nueve mil ducados para la hacienda real y otros dos mil ducados para resarcir a Vara del Rey.

 Pero, en 1636, se añaden otras condiciones:

Pago de alcabalas en la tesorería de la villa de San Clemente, incluida la parte del encabezamiento hasta entonces obligada la villa de Vara de Rey. Sometida a la jurisdicción del corregidor de San Clemente en este tema (26 de agosto de 1636)

AGS, CCA, CED. 207-175

De los dos mil ducados que la villa de Sisante debe a la la de Vara de Rey, por la compra de 1537 cuando era aldea (que Vara de Rey aún no había pagado) y que se compromete a pagar Sisante una vez adquirido su propio villazgo, lo hará en 1641 y será aprovechado por Vara de Rey para pagar los 1600 ducados que debe aún en 1641 del privilegio de villazgo comprado por Vara de Rey en 1630 por 1900 ducados. 10 de agosto de 1641

AGS, CCA, CED. 215-172

Benito García de Andújar es nombrado guarda mayor de campo de la villa de Sisante. 18 de junio de 1640.

AGS, CCA, CED. 213-451

Nombramiento de alférez mayor de la villa de Sisante a don Pedro de Valenzuela por carta de septiembre de 1641

AGS, CCA. CED. 214-393

10 de mayo de 1643, Juan Alcañiz Castillo es nombrado alguacil mayor de la villa por renuncia de Pedro Saenz de Moya. Fallece en 1551, dejando el oficio en su viuda Ana de Losa, hasta que sus hijos alcancen la mayoría de edad (lo ejerce de hecho, Bartolomé de Aparicio)

AGS, CCA, CED, 227-266


Don Antonio del Castillo se deshace de su mayorazgo

                                                                        El Rey


Nuestro corregidor de la ciudad de Salamanca o vuestro lugarteniente, por parte de don Antonio de Castillo Puertocarrero, vezino dessa ciudad cuia diz que es la villa de Santa María del Campo nos ha sido hecha relación que él tiene y posee por vía de título de maioradgo la dicha villa la qual tiene y con el heredamiento que llaman del villar que está parte en término de la dicha villa y parte en la de Sant Clemente y con los doze mil mrs. de renta que los vezinos de la dicha villa le pagan cada año de cieto seruicio martiniega y derechos de señorío y una heredad que tiene en término de las Pedroñeras y Robledillo, todo lo qual se comprehende en el dicho maioradgo el qual lo hizieron Pero Gonçález del Castillo de consejo del rey don Juan y doña Ysabel Puertocarrero su muger con facultad real y su precio emplearlo en vasallos y renta perpetua comprados de nos cerca dessa ciudad donde el tiene su casa asiento y la principal parte de su hacienda y subrogarlo en el dicho maioradgo en lugar de la dicha villa casas los demás bienes y renta; suplicándonos que porque lo susodicho es en gran utilidad y prouecho del dicho maioradgo y sucesores en él, assi por rentar poco la dicha villa como los demás bienes y estar todo ello tan distinta (distante) de la demás hazienda que tiene en essa dicha ciudad y con su precio hauer de comprar mucha más renta le diésemos licencia para ello no embargante el dicho maioradgo y qualesquier cláusulas vínculos y condiciones del o como la nuestra merced fuese y por queremos saber  si es assí que el dicho don Antonio posee la dicha villa y qué vecindades y qué renta y de qué calidades y si aquella y los demás bienes susodichos tiene por vía de maioradgo, quién le instituió y si fue con facultad nuestra y con qué cláusulas y condiciones y qué renta todo ello y vale a bender cada cosa por sí y en qué tanta cantidad tiene concertado de venderlo y si por las causas referidas se le podría dar donde tiene su asiento y casa y hazienda sin perjuicio de terzero o lo sería y de quién y por qué causa, os mando que llamada e oída la parte del sucesor en el dicho maioradgo ayais ynformación de los susodicho, la qual juntamente con vuestro parecer y traslado autorizado del dicho mandamiento que prohíbe la enagenación de los bienes del, firmada de vuestro nombre, signada cerrada y sellada en manera que haga fee haréis dar a la parte del dicho don Antonio para que la taya y presente ante mí y yo la mande ver y prouer sobre elll lo que más conbenga, fecha en Madrid a xxviii de henero de mill y quinientos y sesenta y seis años. Yo el rey, refrendada de Eraso, señalada de Mincha y Velasco


AGS, CCA, CED. 141-454

Papeles varios de Iniesta

 Crimen de una mujer por Andrés Clemente y Mateo Lucas, vecinos de Iniesta. 9 de mayo de 1565

AGS. CCA. CED. 140-425

El 14 de octubre de 1637 es nombrado regidor perpetuo de la villa de Iniesta Miguel Cabronero por la vacante dejada por Diego de Mondéjar, pero fallece el año siguiente. Su mujer, Magdalena Sánchez lo cederá para su ejercicio a Miguel Sánchez.

AGS. CCA. CED. 209-92

Alonso Ponce de León, regidor perpetuo de Iniesta, se le concede el título por juro de heredad por haber donado a la Corona 400 reales el día de Todos los Santos de 1646.

AGS. CCA. CED. 219-909

El contador Bernardino de Gauna posee un juro al quitar de 75000 maravedíes en las alcabalas de Iniesta con un interés de 14 al millar. Pide que por estar lejos y serle muy trabajoso su cobro se mude a un juro sobre rentas de los obispados de Osma, Sigüenza y Calahorra. 19 de noviembre de 1555.

AGS, CCA. CED. 295-220

Saturday, July 12, 2025

Cuánto costó la jurisdicción de las aldeas a Vara de Rey con su villazgo

 El precio de las aldeas se determinó finalmente en 1642, al precio de la exención y villazgo de San Clemente, Vara de Rey se comprometía a pagar 187500 maravedíes más por LA JURISDICCIÓN DE los vecinos comprendidos en las aldeas de Sisante, Pozo Amargo y granjas de Talayas y el Simarro. A esto se sumaba 2468 mrs para pagar a Diego de Pareja, vecinos de Alcaraz, por averiguar el número de vecinos de estas poblaciones. En total, 189968 mrs. 27 de abril de 1642

AGS, CCA, CED, 288-291

DE OFICIOS PÚBLICOS Y OTRAS COSAS

 Sabemos que el oficio lo detenta Francisco Ortega en la década de 1580. Luego el 2 de noviembre de 1613 es nombrado Cristóbal Merchante, que ha sustituido en el ejercicio a Pedro Díaz Ángel, que renunciará al oficio

AGS, CCA, CED, 182-190

Gonzalo del Pozo es condenado a doscientos azotes y ocho años de galeras sin sueldo por haber apuñalado por la espalda al alguacil mayor Juan del Solar Sobremazas y luego haberlo descalabrado de una pedrada en la frente (año 1623)

AGS CCA, CED. 192-777

Francisco de Zuñiga, corregidor del partido de San Clemente, recibe de ayuda de costa 600 ducados por los tres años de su oficio de 24 de marzo de 1621 a 24 de marzo de 1624

AGS, CCA. CED. 193-115

Juan de la Torre, procurador del número de la villa, se perpetúa su oficio en 1624 por juro de heredad. Por su muerte en 1630 se otorga el ejercicio de su oficio a Juan Sandoval, hasta que Diego de la Torre alcance la mayoría de edad

AGS, CCA, CED. 197-470

En 1640, hay dos nombramientos comunicados al corregidor de las 17 villas y que marcarán el devenir de las villas. Son el de alguacil mayor y alcalde mayor de Villarrobledo. A Juan Jiménez Romero se le nombra alguacil mayor y a Juan Cantero Moragón, alcalde mayor. Los precios que han de pagar son 1500 ducados por cada oficio. 19 de febrero de 1640. Correspondía al corregidor de San Clemente ponerlos en dicho "oficio" ante los oficiales de la villa. Luego, como veremos, eran, caso de Iniesta, los que compraban el oficio y pagaban su salario.

AGS, CCA. CED. 212-401

Francisco Rodrigo es nombrado el 31 de diciembre de 1642 alguacil mayor de la villa de Motilla de Palancar, el cargo da derecho a un asiento de regimiento, preferencia en los ayuntamientos, tras el alcalde mayor, y asistir a los mismos con espada y daga

AGS, CCA, CED, 216-698


En la década de 1640 se multiplican la concesión de oficios por ventas o en compensación de donativos. Tal ocurre en 1646, cuando algunos regidores sanclementinos como Juan de Perona Montoya o Alonso Muñoz Cespedes conceden donativos por 440 reales y la corona concede por juro de heredad el oficio que poseen de regidores. También se conceden escribanías, así Esteban de los Herreros recibe la de millones

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El cinco de abril de 1631 se concede un oficio de regidor perpetuo a Francisco de Astudillo Villamediana. El 26 de junio de 1645 se le concede este título por juro de heredad, por un donativo de 20 ducados

AGS, CCA, CED. 217-1138


26 de marzo de 1643 se le concede el título de alcaide y guarda mayor de la villa de San Clemente a Diego del Castillo e Inestrosa. A su muerte dejará el oficio en su mujer Ana María de Perona, que renunciará a él en favor de Juan Pacheco Guzmán, caballero de Alcántara, el 31 de marzo de 1647

AGS, CCA, CED 221-270

Friday, July 11, 2025

LAS DEUDAS DE VARA DE REY

 La intromisión de los corregidores en la justicia de las diecisiete villas de su corregimiento fue continua. Las primeras protestas vinieron de Villarrobledo, en 1609, que se reservó la primera instancia de los pleitos de la villa a sus alcaldes ordinarios, pero, luego, el resto de las villas obtuvieron en las dos décadas siguientes similares privilegios de primera instancia y exención del corregimiento; exención jurisdiccional y parcial, pues el corregidor seguía manteniendo las apelaciones como vía optativa a la Chancillería de Granada. Una de las últimas villas en defender su exención jurisdiccional fue Vara de Rey. 

En realidad, la reserva de la primera instancia la habían obtenido las villas en un largo pleito frente a los gobernadores del marquesado de Villena en la década de 1550, impidiendo a los gobernadores que fueran acompañados con un escribano de provincia propio, y con la concesión de diversos privilegios. Ahora, en el contexto del afán recaudador de la corona, ésta pedía confirmar esos privilegios y obtener nuevos ingresos. Vara de Rey obtuvo esa confirmación en 1630, pagando una cuantía de 1900 ducados. No eran los más de veinte mil que tuvo que pagar Villarrobledo por concesión similar, pero fue funesto para una villa ya endeudada desde la concesión del villazgo en 1537. Más grave fue la forma de obtener ese dinero, pues se repartió entre sus vecinos, a los que se añadieron mil ducados más en concepto de pagos a ejecutores y media anata. Es cierto que Vara de Rey tenía varias aldeas, pero del repartimiento se excluía expresamente a la más rica y poblada de ellas: Sisante. La razón era muy sencilla, la Corona ya estaba pensando en la concesión del villazgo a esta aldea cinco años después, en 1635. Su precio: nueve mil ducados pagados a la Hacienda real, a lo que habría que añadir otros dos mil ducados que Sisante pagó a Vara de Rey para que este pueblo pudiera pagar de una vez la deuda que desde hacía cien años debía por la compra del entonces lugar de Sisante.

Se pedía que el repartimiento se hiciera "con igualdad y conforme a la hacienda y caudal de cada vecino", pero eso era simple deseo a estas alturas. La Hacienda real era conocedora de llevar a la práctica este repartimiento, por esa razón pedía que 1000 ducados se adelantaran del caudal del pósito, con la obligación de devolverlos una vez finalizado el repartimiento, y que los otras 1900 ducados se obtuvieran de un censo, cuyos réditos se sacarían de los propios y rentas de la villa. Era tal la desconfianza en que Vara del Rey pudiera redimir ese censo, que se formaba arca de tres llaves y cuaderno de contabilidad para control de los pagos. Dicho de otro modo, la hacienda real quería el dinero al momento, pues ya había pasado cuatro años desde la concesión del privilegio, y sabía bien del desorden de la hacienda vararreyense que obligaba a un repartimiento que se habría de extender varios años.


AGS, CCA, CED. 202-815 (2 DE AGOSTO DE 1634)

Por otra carta real de dos de julio de 1635, sabemos que Vara de Rey aún no había empezado a pagar el privilegio. La Corona era sabedora que los propios y rentas de Vara de Rey no iban más allá de 800 ducados anuales, destinados a pagar salarios, rentas y deudas, por lo que decidió que la cobranza de la cuantía por el privilegio otorgado fuera controlado desde la propia villa, por alguien fiel. Primero se pensó en Rodrigo de Ortega, señor de Villar de Cantos, pero declinó sabedor de los odios que despertaba, pues su segunda presa era la propia Vara de Rey, alegando que era viejo y no estaba avecindado en Vara de Rey. Así que el elegido fue un labrador rico de Vara de Rey, de una familia de gran porvenir, y que ahora era presentado como persona abonada y acaudalada: Felipe Valero.

AGS, CCA, CED. 203-1069

Vara de Rey tenía cuatro años para pagar el privilegio de confirmación de primera instancia de 1630, pero seis años después no había pagado nada. El Consejo de Cámara, por voz de su depositario Esteban Vicente, hizo patente su malestar y envió un ejecutor, Juan del Castillo y Castañeda, a Vara de Rey. Enseguida se comprendió la situación lastimera del pueblo, especialmente, tras el villazgo y pérdida de Sisante. Es más, Madrid se sentía engañado: para su paga i seguridad obligó sus propios i rentas, suponiendo i dado a entender que eran quantiosos para pagar la dicha cantidad (1900 ducados) no siendo sino muy tenues pues hasta agora no se ha podido cobrar maravedíes algunos. Se amenazaba a los regidores con embargo de sus bienes comprometidos en la escritura de 1630 y se les acusaba de malicia y fraude. No obstante, el Consejo de Cámara sabía que de donde podía sacar el dinero era de Sisante, eximido un año antes. Sisante con el villazgo se había llevado los propios y rentas de Vara de Rey, además de sus dehesas, que servían de garantía en la escritura de 1630, también la almotacenía y correduría que, Vara de Rey había vendido en el momento de la concesión del villazgo a su aldea. Pero la ejecución que se pedía ahora por el impago de los 1900 ducados era injusta: la comisión del ejecutor enviado gozaba de plena jurisdicción civil y criminal, pero sus destinatarios no coincidían con las primeras denuncias del Consejo de Cámara. Del texto de la comisión se tachó las actuaciones contra los regidores y oficiales del concejo de Vara de Rey que habían hipotecado sus bienes personales como garantía en la escritura de 1630. La ejecución ahora iba contra los bienes y rentas propios del concejo, es decir, la responsabilidad la asumían los vecinos, y se añadía la cláusula que también se hacía responsable a los compradores de propios de Vara de Rey desde 1630, es decir, al concejo de Sisante, que había adquirido por compra varios montes y dehesas pertenecientes seis años a su villa madre.

La carta de comisión es de 13 de junio de 1636. A dos de junio de 1637 seguía sin saldarse la deuda, QUE SE SALDARÁ EN 1641, cuando Sisante le pague los dos mil ducados que le debe

AGS. CCA, CED 206-854


En 1658, Vara de Rey debe pagar 1760 reales para la guerra de Portugal. Obtendrá licencia para adehesar la dehesa que llaman el Nuevo Plantío, y el llano del Carmen, que incluyen los términos de la Perra, Nava del Cobo y Hoyo Perona, que valdrá cada año 600 reales de arrendamiento. 4 de dociembre de 1658

AGS, CCA. CED.233-87

Thursday, July 10, 2025

Ginesa Rosillo, monja trinitaria

 No era fácil entrar como monja en el convento trinitario de Nuestra Señora de los Ángeles de la villa de San Clemente, fundado por el canónigo de Salamanca Francisco Sánchez, que unos años antes había ejercido como cura de la parroquia de San Clemente. Francisco Rosillo, aquel joven que en 1553 había abierto con el pomo de su espada la cabeza al alcalde Hernando Montoya, y que había expiado sus culpas con una fuerte multa monetaria, doce años después ya estaba de vuelta e integrado como ciudadano honrado de la villa de San Clemente. Para confirmar su reconocimiento social, había comprado el oficio de depositario general y de penas de cámara de la villa de San Clemente el 10 de octubre de 1565. El oficio que daba derecho a ocupar un regimiento por dos generaciones, había sido cedido por Francisco Rosillo a su sobrina Ginesa Rosillo para su segunda vida, que lógicamente en manos de una mujer no era la depositaria más adecuada, salvo que se casara. Así que el oficio tras el intento de Ginesa de pasarlo a su padre Alonso había acabado en manos de Miguel Perona en 1588. Pero Ginesa no se casó, sino que decidió ingresar como monja trinitaria ese año de 1588, viendo que se le pasaba el arroz. Quiso expresar su vocación al fundador Francisco Sánchez, que, como era costumbre, le pidió la correspondiente dote si quería ser monja. Ginesa le recordó al canónigo la posibilidad de entrar en uno de los puestos reservados a las doncellas sin dote, pero el canónigo salmantino sabía de los derechos de nuestra novicia al oficio concejil de depositaria y regidora durante una vida, así que pergeñó su tela de araña para beneficiar de algún modo al convento: doña Ginesa Rosillo cedería el oficio concejil a Francisco Jiménez, el compañero de su tío Francisco Rosillo en las andanzas de 1553, cuando descalabraron al alcalde Hernando de Montoya. La razón era que Francisco Jiménez era patrón del convento trinitario y, por tanto, los beneficios que podría aportar el oficio concejil irían al nuevo cenobio. Aceptaría el fundador y canónigo Francisco Sánchez, no sin expresar su malestar porque el referido Francisco Jiménez era doce años mayor que Ginesa y con su muerte (con alta probabilidad había de acontecer antes que la de la mujer), se perderían las rentas del oficio. Claro que el perdedor en este galimatías era el que de hecho ejercía el oficio Miguel de Perona, cuyas rentas perdía en favor del convento.

AGS, CCA, CED. 167-239


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En 1606, por muerte de Francisco Jiménez de la Torre, el oficio de depositario general recaerá en Diego Dávalos Rosillo, por dos vidas.


El apellido de la Torre es común tanto a Francisco Jiménez de la Torre como al canónigo Francisco Sánchez de la Torre, cura de San Clemente y fundador de las trinitarias, lo que nos lleva a pensar que ambos eran primos por vía materna.


QUIÉN ESTÁ DETRÁS DE LA FUNDACIÓN DE LAS TRINITARIAS DE SAN CLEMENTE 


Curiosamente, para saberlo, creemos que nos debemos retrotraer a los sucesos de julio 1553; lo que hemos llamado la "sublevación del arrabal". Entonces, varios hombres de este barrio sanclementino, comandados por el clan de los Origüela, se dirigieron a la iglesia de Santiago con el fin de linchar a los refugiados allí, que habían intentado matar al alcalde Hernando de Montoya. Entre las posibles víctimas estaban dos primos: los jóvenes Francisco Rosillo y Francisco Jiménez. Nos detenemos en el segundo. Francisco Jiménez el mozo era hijo de una de las personas más ricas de San Clemente a mediados del siglo XVI y de las que menos sabemos, Francisco Jiménez, poseedor de ganados y de viñas y poseedor de una de las primeras regidurías perpetuas establecidas en 1543. Los hechos desgraciados de 1553 truncarían el ascenso social de la familia, pues los hijos tuvieron que huir del pueblo y solamente regresarían seis años después tras pagar fuertes multas.


Francisco Jiménez de la Torre, que era su segundo apellido, junto a su primo Francisco Rosillo volverán a la escena política de San Clemente en la década de 1560. El segundo comprará el título de depositario del ayuntamiento que cederá al primero. Aunque ambos, al parecer, morirían sin descendencia (y probablemente, dadas sus andanzas, sin contraer matrimonio). Francisco Jiménez de la Torre era en 1553 estudiante en Salamanca, pues se acogió al fuero universitario para eludir la justicia. Aunque lo que destacamos de él es su segundo apellido "de la Torre". Es un apellido ajeno para nosotros en la primera mitad del siglo XVI sanclementino, pero es un apellido que llevará en segundo lugar también Francisco Sánchez de la Torre, cura de San Clemente hasta mediados de 1580 y fundador de las trinitarias. Ya dijimos en su día que Francisco Sánchez no era ajeno a San Clemente, el puesto de doctor y profesor en Salamanca lo ejerce tras abandonar el curato de San Clemente. Curiosamente, cuando funda el convento de trinitarias de esta villa, nombra por patrón del mismo a Francisco Jiménez de la Torre, a quien tenemos por su primo, ambos hijos de dos hermanas.


Hoy creemos que el sitio donde se levanta el convento de las trinitarias de San Clemente responde a las casas de estas familias, Jiménez y de la Torre (quizás la primera familia fuera depositaria de parte de la hacienda de los Rosillo). Curiosamente, uno de los primeros censos de cuyas rentas gozarán las trinitarias sería cedido por Francisco de la Torre.


Pero es que el apellido de la Torre nos lleva a La Roda... y a los trinitarios.


PD. Gracias a Manuel Torres Álvarez , a quien debo el dato del apellido de la Torre

Crímenes y destierros en San Clemente

 Por carta de seis de abril de 1552, sabemos que tanto Antonio Ruiz de Villamediana como su hijo Martín están condenados a destierro. Estaban acusados por Juan Galindo y Francisco de Rueda de asesinato, aunque no conocemos el nombre de la víctima. Antonio sería condenado a dos años de destierro de San Clemente y su hijo Antonio a un año de destierro. Cumplidos cinco meses del destierro, una avenencia entre la partes lleva al levantamiento del destierro.

AGS. LIBRO REGISTRO DE CÉDULAS, CCA, CED. 113, 1199


El 15 de septiembre de 1556 hay una condena ante la sala del crimen de Granada que afecta a varios vecinos señalados de San Clemente, muchos de ellos próximos al mundo converso: Francisco Pacheco señor de Minaya y su hijo Rodrigo, Sancho López de los Herreros, Pedro de Tébar, Alonso de Valenzuela, Pascual de Valenzuela, Francisco de Olivares, Pedro de Alarcón, Diego de Haro, Miguel Vázquez, Hernán Vázquez, Juan del Castillo, Bartolomé Francisco Rodríguez, Antón García el mudo, Juanes de Garnica, Andrés González de Tébar, Pedro de Garnica, Juan de Robledo, Francisco Martínez, Andrés González de Avilés. Las penas fueron 562500 mrs.

AGS. LIBRO REGISTRO DE CÉDULAS, CCA, CED. 129, 570

2 de junio de 1559 se comunican penas impuestas por el juez Cisneros a Francisco Rosillo y Francisco Jiménez por los hechos de julio de 1553 contra el alcalde Hernando de Montoya. NO se señalan las penas, aunque son de carácter pecuniario

AGS. LIBRO REGISTRO DE CÉDULAS, CCA, CED. 132, 287

No siempre se iba de procesión a la ermita de la virgen del Remedio de San Clemente. En agosto de 1558, don Francisco Pacheco, señor de Minaya acude a esa ermita disfrazado de mujer. Su finalidad encontrarse allí con una mujer casada y pedir sus favores. Descubierto es condenado a dos años de destierro más allá de  cinco leguas de la villa de San Clemente y de la ciudad de Cuenca. No sabemos del nombre de la mujer casada, pero sí que don Francisco Pacheco comenzó su destierro el 22 de abril de 1562, pero apenas un mes después, el 17 de mayo, dicho destierro era levantado, pues don Francisco había resarcido económicamente al marido ofendido.

AGS. LIBRO REGISTRO DE CÉDULAS, CCA, CED. 133, 826