El corregimiento de las diecisiete villas (fotografía: Jesús Pinedo)


Imagen del poder municipal

Imagen del poder municipal
EL CORREGIMIENTO DE LAS DIECISIETE VILLAS EN LA EDAD MODERNA (foto: Jesús Pinedo)

Wednesday, July 30, 2025

El molino de la Hocecilla

 Molino de la Hocecilla

En 1473, Francisco de Mendoza, vecino de San Clemente, por sí y en nombre de Mencía López de Mendoza su tía y de Catalina del Busto su mujer venden al comendador Martín de Alarcón, comendador de Mérida, una parada de molinos en la ribera del Júcar llamada de Hocecilla con una heredad de casas. viñas y tierras por 360000 maravedíes. Los mencionados fueron incapaces de pagar las alcabalas de la operación de venta por lo que se les embarga una dehesa de su propiedad la de Galapagar, que luego pasará al alcaide de Alarcón Hernando del Castillo.


Estos Mendoza son los herederos de Hernán González del Castillo el de la Torre Vieja


Archivo General de Simancas, RGS,LEG,148005,73

Graja de Iniesta y la tala de sus montes

 Graja de Iniesta se presentaba en 1795 como una villa de corta vecindad (unos veinte) rodeada de otras villas mayores como la propia Iniesta, Minglanilla, Puebla de San Salvador y Villalpardo, que esquilmaban sus recursos y montes. A pesar de sus excusas, el corregidor de Cuenca condenó a los alcaldes de la hermandad de la Graja y a veinte vecinos a 11550 reales de condenaciones y costas, por más que se presentó al pueblo en un estado de miseria y a sus alcaldes de la hermandad como personas miserables que vivían de su trabajo en el campo, así como necesitar la leña para su uso diario. Las acusaciones eran que en cuatro años, de 1791 a 1794, se habían cortado, cada uno de ellos, 1500 árboles.

Además de las cortas los vecinos de la Graja eran acusados de haber roturado 48 almudes de tierras de realengo. La oposición de los vecinos de la Graja la llevaba el capitán retirado Juan González Argandoña, que presentó, a través del procurador, la condición miserable e interesada de los vecinos, que rechazaban el ejercicio de oficios como el de alcalde de la hermandad: han quedado arruinados muchos vasallos útiles al estado y el temor de no caer en una tan infeliz suerte ha hecho odiosos los empleos de república.  El expediente no obstante siguió su curso, con el rigor del derecho y ajeno a estas súplicas.

Archivo Histórico Nacional, CONSEJOS,27373,Exp.1

Monday, July 28, 2025

Notas de la familia Rosillo

 El 8 de marzo de 1508, Francisco Rosillo se dirige a la reina para que se le pague el juro que recibía su padre Juan Rosillo, que se dice que es ya difunto. Por tanto la muerte de Juan López Rosillo, reductor del marquesado de Villena debió ocurrir el año de 1507. Por esa fecha ya se le describe como un viejo, pero adelantamos en unos años su muerte (AGS, CCA, CED. 17-29)


Francisco Rosillo y sus hermanos Juan, Antonio y Fernando piden que se les deje llevar armas por las enemistades que tienen en el pueblo (13 de diciembre de 1507). Su padre ya es difunto. AGS. CCA. CED. 19-637... hay otra hija llamada Teresa.

El 16 de octubre de 1507 por una carta que reconoce el juro que disfrutaba Juan López Rosillo a favor de sus herederos se reconoce que ha fallecido ese mismo año. AGS, CCA. CED. 273-356

Un Alonso de Rosillo, recibe el oficio de procurador de Villarrobledo en 1566

Francisco Rosillo es nombrado depositario general de la villa de San Clemente en 1565. Muere sin hijos en 1571, pues cede 150 ducados al convento del Sancti Spiritu de Alcaraz y cede el oficio a su sobrina Ginesa Sáez Rosillo.

Sunday, July 27, 2025

UN CRIMEN EN EL PROVENCIO

 María López, vecina de El Provencio, estaba felizmente casada con Juan Pellejero. Hemos de tomar por cierto su testimonio, que aseguraba cómo contra su voluntad Juan de la Matilla entró en su casa un día del mes de enero de 1626 e intentó forzarla:

"fue a ella y auiendo allado sola a vos la dicha Mari López cerró la puerta y quiso violentaros"
La mujer no se arredró lo más mínimo, sino que, cogiendo un palo de la lumbre, le abrió la cabeza al agresor con dos golpes que le causaron la muerte. La mujer a continuación metió el cuerpo en un capacho y lo tiró, ya de noche, a un río (hemos de suponer que el Záncara), donde apareció el cadáver a la mañana siguiente.
No tendría compasión la justicia ordinaria de El Provencio con la mujer, que tendría para la agredida y homicida una grave pena, pero sí la viuda de Juan de la Matilla, que llegó a un arreglo, es de suponer que económico, para que el matrimonio de la homicida y su marido fueran desterrados a diez leguas de El Provencio, evitándose así una segura pena de muerte para la mujer violentada.

AGS.CCA. CED. 195-114

En 1658, con motivo de la guerra con Portugal y el sitio de la ciudad de Badajoz, Felipe IV se vio obligado a levantar 10000 hombres que hubieron de pagar las villas para sustentar el esfuerzo militar, nos han quedado varios testimonios. El presentado aquí es de El Provenció, la corona autoriza a adehesar el lugar de Canforrales a cambio de una contribución de 6160 reales. La ubicación de Canforrales confina con términos de San Clemente, La Alberca, Santiago de la Torre y la dehesa carnicera y río Záncara
AGS, CCA. CED. 232-1074

Los señores de El Provencio y el nuevo impulso al viñedo

 Ya sabemos en el albor del año 1580 de la extensión del viñedo de Villarrobledo y de los conflictos con la villa de San Clemente en sus límites fronterizos. Una aventura, unos años anteriores, es la plantación de viñedos por los Calatayud, señores de El Provencio, en Minaya. Manuel de Calatayud y Margarida Ladrón de Guevara se intitulaban señores de El Provencio y del lugar de la villa de Minaya, con ello aclaraban las posesiones que tenían en esta última villa, que era señorío de los Pacheco

que en el término del dicho lugar de mi villa de Minaya tienen muchas tierras inútiles para sembrar y para yerbar por ser arenas muertas, las quales son buenas para plantar de viñas y por beneficiar y augmentar su mayoradgo se gan concertado de dar a censo y tributo algunas de las dichas tierras, especialmente treynta aranzadas a çenso a do dicen la renta, camino de Ajofrén a Luis Gaytan de Ayala, vecino de la ciudad de Toledo y otros pedazos de tierra a otras personas y conuernía dar a censo y tributo otras tierras que dicen fuente razel y pena fimia. 5 de marzo de 1567


AGS, CCA. CED. 141-638

En 5 de diciembre de 1567 es don Antonio de Calatayud, señor de El Provencio, quien trata pleitos con el concejo de esa villa sobre la propiedad de ciertos estancos y los beneficios que procuran (AGS. CCA. CED. 147-132)

En esos años, el poder espiritual de la villa está en manos de Pedro del Pozo, clérigo y vicario de la villa, que tiene un hijo natural con mujer soltera llamado Pedro y al que concederá en 1569 mil ducados en concepto de alimentos. AGS,CCA. CED. 148-396

El poder agrario de Villarrobledo

 El poder agrario de Villarrobledo y sus 2000 pares de mulas

Sobre Villarrobledo hay dos hechos claros: las fluctuaciones de sus datos poblacionales, con una discordancia entre los testimonios orales y los registros oficiales, y su servicio continuo a la Corona con dinero y con hombres, que, a la larga, supuso la ruina de esta villa.
Sobre el primer caso, su población, en los registros oficiales, llegó a estar en más de 2100 vecinos, y según los testimonios superaba los 3000. Estamos seguros que la segunda cifra está más cerca de la realidad en momentos de expansión económica, cuando había muchas familias sin registrar vecindad. Este caso, se da también en otras villas como San Clemente, donde los nuevos arrabales del Duz o San Cristóbal recogen nuevas vecindades ajenas al control municipal.
Sobre el segundo hecho, Villarrobledo fue indiscutiblemente una potencia agraria. Hemos dicho en alguna ocasión que sin el grano de Villarrobledo no hubiera existido el vino de San Clemente. Pero, Villarrobledo que nos da poco más de 1600 vecinos en 1591 (léase, familias) reconoce veinte años antes que es una villa que ha llegado a tener más de dos mil pares de mulas. De nuevo, los datos demográficos y económicos no encajan, si bien es verdad que, en cuanto a mulas, la villa denunciará el cataclismo que supuso la guerra de los moriscos de Granada en 1570. Aún así, la discordancia de los datos se mantiene, en 1552, Villarrobledo es una villa de poco más de mil familias. En fin, a falta de cifras creíbles, la realidad es que Villarrobledo vivió un especular desarrollo en las décadas de 1550 y 1560, que no recogieron las cifras oficiales. Lo que sí sabemos es que el trigo villarrobletano, por esas fechas llegaba a los asentamientos portugueses en las costas africanas.

Villarrobledo es tierra de mucha labor para que continuamente son menester más de dos mil pares de mulas par la cría de las quales siempre solían tener yeguas y después por hauerse mandado por pregmática nuestra que no se hechasen al garañón de los puertos a la mar, ha venido tanta falta de mulas en aquella villa, que muchos labradores van perdiendo sus labores y porque como quiera que aquella tierra no es cómoda para cría ni grangería de cauallos porque los labradores que tenían yeguas se han ydo deshaciendo dellas y si algunos años se les permitiera hecharlas al garañón estarían proveydos dellas y habría alguna cría de cauallos, atento a lo qual y a lo mucho que la dicha villa nos ha seruido en esta ocasión de Granado y en ellos se murieron muchas mulas lleuando prouisión y gente al exército y otras les tomaron moros (AGS. CCA. CED. 370-772)

(la pragmática mencionada es de 1562)

Sobre la falta de mulas, se quejará también San Clemente, en 1574, que pedirá que durante seis años deje de tener efectos la pragmática de 1562. A la falta de mulas para la labor en San Clemente, se añadirá el excesivo precio que están alcanzando las mulas: y las mulas que valían a treynta y quarenta ducados valen más de ciento. (AGS.CCA. CED. 370-797). A pesar de ello la corona se reafirmará en su política de cría de caballos por nueva pragmática de 20 de julio de 1574, dando licencia a Iniesta y Chinchilla para que puedan acortar parte de su término para la cría de caballos.

La milicia del Reino: el fracaso de 1565

 UN primer intento de establecer la milicia del Reino fue en 1565, treinta años antes de lo que tenemos por habitual. Esa milicia llegó a constituirse en algunos pueblos del marquesado de Villena. Conocemos el caso de La Alberca, donde un vecino llamado Alonso Gallego protestó por habérsele echado soldados para hospedar en su casa, cuando uno de las preeminencias como tal soldado de milicia le libraba de esta obligación. 1565 (AGS. CCA. CED. 370-20). Esta milicia previa tenía su antecedente con un modelo establecido en Burgos y las instrucciones fueron comunicados a todo el Reino ese año de 1565. El 22 de octubre se seguirá insistiendo en el establecimiento de esta milicia: huuiese gente armada que estuuiese pronta y presta exercitada para nos servir della en qualquier neesidad y que se instiruyese y hordenase en ellos una milicia en cada lugar la gente que paresciese bastante     (AGS: CCA:CED. 370-24). la insistencia para el establecimiento de la milicia de 1565 es muestra también de su fracaso. Habría que esperar a la década de 1590 para su establecimiento.

Saturday, July 26, 2025

Papeles varios

 Juan Sainz (o Sánchez) de Olmedilla es condenado por ciertas resistencias hechas a un alguacil, siendo alcalde ordinario de San Clemente, a pena pecuniaria, un año de destierro e inhabilitación para cargo público. El 22 de abril de 1524 es perdonado

AGS. CCA. CED. 67-760

Francisco de Castilla es el gobernador del marquesado de Villena, cuando se dan las villas de San Clemente, Albacete y Villanueva a la emperatriz (1526)

Pedro de Castilla sustituye como gobernador a Álvaro de Ayala en 1529

En 1530, el marqués de Moya todavía pide ser resarcido por los daños causados por algunas villas del marquesado de Villena en tiempo de las Comunidades. EL pleito se desarrolla en la Chancillería de Granada. 12 de marzo de 1530 (AGS. CCA. CED. 83-612)

Hernando de Acuña, vecino de Barchón, logrero, es decir, usurero, condenado en 60000 maravedíes (AGS. CCA. CED. 115-718)

El cinco de febrero de 1547 se alza el destierro de seis meses a Alonso de Pacheco por ciertas palabras livianas con Francisco García. Aunque ya antes había pasado a la villa de San Clemente a visitar a su mujer María de Aragón, enferma de muerte (AGS.CCA. CED. 117-89)

SE habla de ciertas "quistiones" que hubo hace dos años (en 1545) entre ciertas personas. Hay una condena de más de 34000 maravedíes a una lista larga de personas: Hernán Vázquez de Garnica, Sancho López el mozo, Francisco Zapata, Alonso de la Fuente, don Francisco Pacheco y don Francisco y don Juan su hijo, Diego de los Herreros, don Alonso Pacheco, Ginés del Cañavate, Gonzalo de Tébar, Alonso de Caballón, Diego de Orihuela, Juan Gutiérrez de Garnica, Fernando de Alarcón, Pero Xuárez el mozo, Ortega del Castillo, Sancho López el viejo (AGS: CCA: CED. 117-223)

Se habla el año 1547 de un delito que cometieron en Belmonte ciertas personas a los que tenemos por canteros: Juan de Oma, Domingo de Mestrauta (Mestraitua), Domingo de Regil y Antón Delgado y otros consortes, condenados a pagar 50000 mrs. y perdimiento de armas. (AGS. CCA. CED. 117-326)

El pleito de la escribanía de provincia se remonta a inicios de 1549

Diego de Montoya es condenado en 35000 mrs. por la muerte en septiembre de 1553 de su sobrina Isabel de Montoya, ambos vecinos de Vara de Rey. Año 1554 (AGS. CCA. CED. 123-238) Sin embargo, años después el que está sentenciado por la muerte es el hermano de Isabel, Pedro Montoya, que sería condenado a muerte (a degollar) y a perdimiento de bienes. En 1560, se le perdona la pena de muerte. En 1561, obtiene el perdón definitivo. AGS, CCA. CED. 149-904

Sancho del Castillo Vizcaíno condenado a cuatro años de destierro por cometer adulterio don la mujer de Sebastián Gómez, vecinos de San Clemente el año 1554 (AGS, CCA, CED. 124-234)

EL tres de mayo de 1566 se da licencia a la villa de Minglanilla para arrendar la mitad de un pinar, con ello se pretende ayudar a pagar los réditos del censo de 3260 , ducados tomados para pagar su exención de Iniesta como villa (AGS, CCA. CED. 128-475)

Francisco de Herreros, Miguel Vázquez, Diego de Haro, Hernán Vázquez de Haro, Sancho López de Herreros y Francisco Martínez, vecinos de San Clemente, están desterrados del pueblo el año 1561 (AGS. CCA. CED. 133-568)

Julio de 1559 se levanta el destierro de seis años a Ginés de Garnica, que venía cumpliendo desde septiembre de 1556, aunque los hechos se remontaban a la elección de oficios del año 1548 (AGS.CCa. CED. 135-274)

Francisco Martínez, mercader de San Clemente, condenado a un año de destierro (AGS, CCA. CED. 135-163). Año 1561

Se decide nombrar un escribano de comisiones el 4 de septiembre de 1564 (AGS. CCA.CED. 139-223)

Se deciden crear dos escribanos para las apelaciones ante el gobernador. 19 de marzo de 1566 (AGS. CCA. CED. 140-547)

Don Alonso Pacheco y doña María del Castillo, vecinos de San Clemente, son Bernardino del Castillo y don Diego del Castillo, vecinos de Alarcón, y don Juan del Castillo, como llamados al mayorazgo que fundó el doctor Pedro González del Castillo piden no se dé licencia para la pretensión de Antonio del Castillo Portocarrero de mudar la villa de Santa María del Campo Rus por otras en Salamanca (AGS; CCA; CED; 140-556). 9 de marzo de 1566

Título de alférez mayor de la villa de San Clemente. En un principio, el 16 de julio de 1559, el título de alférez mayor de la villa recae en el licenciado Guedeja, relator del Consejo, que renuncia a él. El 31 de agosto de 1565, el título pasa a Francisco Pacheco, que renuncia a su vez el 30 de mayo de 1566 en favor de Alonso Pacheco (este lo pasará en fecha indeterminada a su hermano Juan Pacheco Guzmán). AGS, CAD. CED. 141-562. En 1580, el título pasará a Juan Pacheco de Ludeña, que renunciará en favor de Juan Pacheco Guzmán, hijo de Diego Pacheco, en 1581 y lo detentará hasta su muerte en 1626 (AGS. CCA. CED. 156-457 y 158-309)

El licenciado Muñoz, procurador de la villa de San Clemente es apresado cerca de la corte de Madrid cuando llevaba unos despachos por el alguacil mayor Portillo de la Gobernación del Marquesado de Villena, bajo la acusación de ser luterano. El alguacil será condenado a cinco años de destierro e inhabilitación por acusación falsa (AGS. CCA. CED. 143-313). 8 de Agosto de 1565

Carlos de Guevara es condenado por su ejercicio del oficio de gobernador de Villena a más de 100000 mrs. Año 1565 (AGS, CCA. CED,144-310)

En 1570, Diego de Oviedo, vecino y regidor de la villa de San Clemente, solicita licencia a la corona para constituir un mayorazgo con sus bienes muebles, juros, bienes raíces y pan de renta en favor de su hija Inés Oviedo. El 10 de octubre 1570 se emite real cédula solicitando información de las circunstancias para constituir el mayorazgo (AGS, CCA, CED, 150-586)

Pedro Ruiz de Alarcón es nombrado alférez mayor de Vara de Rey en 1559. En 1580, cederá el título en favor de Pedro Ruiz de Alarcón (su hijo?),  AGS. CCA. CED.  156-414

De las 150 casas de moriscos repartidas a Huete se denuncia en 1574, que, tras darles permisos para comprar y vender, en otras zonas del marquesado y Andalucía, no han vuelto (AGS, CCA. CED. 261-345)

Pedro Villalba recluta 400 hombres en el marquesado de Villena y Reino de Murcia con destino a Italia. 1552 (AGS. CCA. CED. 287-590)

En agosto de 1543, antes del establecimiento de los regidores perpetuos (hasta entonces eran cadañeros)se pide un memorial al gobernador Francisco Méndez de Carbajal sobre que personas cumplen las calidades para ocupar las nuevas regidurías perpetuas y número de vecinos de cada villa para ver cuántos se estableces. 1 de septiembre de 1543 (AGS. CCA. CED. 288-616). el juez de residencia licenciado Mercado y el gobernador Pedro Martínez de Avellaneda completarán los informes el año siguiente.


La escribanía de rentas del marquesado de Villena (o media escribanía, pues comparte con otros distritos) ya aparece asentada en los años de 1540 -posiblemente mucho antes-, pero radica en la corte


María Castillo Portocarrero (señora de Valera de Abajo) pide licencia para vender las casas principales de San Clemente, dichas casas le han sido legadas por testamento de su padre en 1571 y forman parte del mayorazgo familiar constituido por su padre Hernando del Castillo e Inestrosa. 11 de junio de 1578. ¡ojo, con estas casas, pueden ser las casas de en la calle de las Almenas, que luego pasan a los Ortega y de ahí a los Sandoval y los Fontes (actual Hostal Milán I)! AGS. CCA. CED. 325-174

Juro de 200195 de renta de 20 al millar sobre las alcabalas de San CLemente, perteneciente al mayorazgo de Pedro González Galindo y que lo había sido de este y de Diego de Tébar. Ahora propiedad de la sucesora del mayorazgo Antonia Galindo. Curiosamente, el sucesor del mayorazgo es un hijo de Antonia llamado Andrea Piquinoti y Galindo, que hemos de suponer el primogenito, por delante de Benito que luego será conde de Villaleal.  13 de  febrero de 1655. (AGS. CCA. CED. 354-7699)

Alfonso de Cubas, el héroe olvidado de Iniesta

 Alfonso de Cubas fue una de las figuras claves de la villa de Iniesta en la guerra del Marquesado por el bando isbelino. Al acabar la guerra, en 1480, los Reyes Católicos le hacen merced de varias cosas:

  • Un juro a perpetuidad situado sobre las alcabalas de Iniesta
  • Poder nombrar cuatro escusados
  • Oficio de merino de la villa, que decenas de años después se equipara al de alguacil mayor
Su bisnieto Juan de Guzmán en función de estas mercedes solicita le sea concedido el oficio de alguacil mayor (15 de febrero de 1611)

AGS. CCA. CED. 341-585

El vínculo de los Villamediana en Carrascosa del Campo

Los bienes vinculados que el licenciado Alonso Ruiz de Villamediana poseía en Carrascosa del Campo le venía de su matrimonio con doña Isabel Novillo de Terreros,la cual lo había heredado de su madre Jerónima de Terreros. Dichos bienes estaban vinculados a que se dijeran varias misas al año y estaban compuestos por unas casas en Carrascosa del Campo y algunos otros bienes raíces en ese pueblo: 3000 vides, una cueva bodega y jaraíz, 53 fanegas de tierras cebadales y 50.5 fanegas de tierras trigales. Esta hacienda era considerada por la familia de poco valor y difícil explotación por estar a 11 legas de San Clemente. Se pide licencia para venderlos y comprar otros en San Clemente para que puedan ser constituidos en el mayorazgo familiar.

AGS. CCA. CED. 323-453