... en la dicha villa de la motilla doze días del dicho mes de otubre del dicho año (1572) estando en ayuntamiento en el portal de la sala de la dicha villa los muy magníficos señores martín garçía e jorje de los panos alcaldes hordinarios y alonso de mondexar e alonso lucas rregidores para dar cumplimiento a lo que su magestad manda y el señor gobernador en su nombre mandaron apregonar y se apregonó por boz e pregón público que se quería hazer conçejo abierto para cosas complideras al serviçio de su magestad que todos los vecinos que quisisesen venir a se hallar presentes en el dicho ayuntamiento que vynesen luego e demás desto fizieron llamar y llamaron a çiertos vecinos desta villa de los prinçipales della y de los que fueron llamados y de los que vinieron por rrazón del dicho pregón se juntaron en el dicho ayuntamiento con los dichos señores alcaldes y rregidores alonso de córdoba el viejo e alonso de la xara navarro e juan de la xara navarro e juan toledo e julián martínez y benito garçía de monteagudo e matías navarro y esteban garçía e gil salvador e miguel de la casa el viejo e martín de la casa e juan apariçio e françisco lópez de hernán lópez y christóval de apariçio e françisco escriuano e gabriel tendero e benito garçia del peral e martín de la torre e bartolomé núñez e diego gómez e benito de la xara e martín lópez e antón de utiel e hernando de las heras e manuel martínez y blas navarro e alonso de la casa y tomás tendero y christóval martínez y pasqual de valverde e juan navarro e alonso garçía de hernán garçía e miguel de valverde rrubio e diego de la parrilla e juan lópez veçinos desta villa y estando ansy todos juntos se leyó la dicha rreal çédula y los señores alcaldes e rregidores dieron a entender lo que su magestad es servido y manda que se ynstituya cofadría debajo del nombre de algún santo para el hefeto de lo contenido en la dicha rreal çédula y qué veçinos podían comprar y vender cavallos y armas y con qué se les podía ayudar e favoreçer para ayudar a sustentar los y para hazer fiestas de los propios del conçejo y qué dehesas se podían hazer para el dicho hefeto y qué hordenanças a de aver para ello e aviéndose todo platicado y conferido unos con otros sobre el dicho caso vinieron a rresumirse ansy los veçinos veçinos que fueron llamados que de suso quedan declarados como los dichos ofiçiales del conçejo en dezcir e dixeron que en esta villa no ay cavalleros ni hijosdalgo y que tienen conoçidos los veçinos desta villa que son todos labradores y no son acostumbrados a tener cavallos ni usardel ofiçio militar demás están muy pobres gastados y neçesitados de causa de lo que se gasto en la guerra del rreyno de granada y por la esterilidad que a avido de frutos en los años pasados y ansí tienen por çierto que no ay quien pueda comprar cavallos ny armas y el dicho conçejo desta villa es pobre y de muy pocos propios de tal manera que podrá hazer muy poca ayuda y el término desta villa es angosto y pequeño de tal manera que no ay en él donde se puedan fazer dehesas aunque les pareçe por lo que su magestad manda es cosa justa y que conviene a su rreal serviçio que aya gente de cavallo en los pueblos en los pueblos y convenya mucho demás de la abtoridad rreal a la onor de la rrepública y veçinos della pero que si su magestad de otra cosa fuere servido harán todo aquello que pudieren y más en servicio de su magestad cada que les fuere mandado e ansy lo dixeron e firmaron los señores alcaldes e rregidores y los que demás sabían, martín garçia jorje de los panos alonso de mondéjar alonso lucas alonso de córdova alonso de la xara juan de la xara estevan garçía miguel de la casa benito de la xara manuel martínez alonso de la casa pasqual de valverde alonso garçía diego de la parrilla antón de utiel matías de la casa thomás tendero françisco lópez françisco escriuano martín de la torre Bartolomé martínez diego gómez alonso de la casa juan navarro fui presente alonso de córdova escriuano e yo el sobredicho alonso de córdova escriuano por aprovaçión de su magestad y del número y del ayuntamiento desta villa que a lo que dicho es presente fui y pasó ante mí y queda a el tanto en mi poder en testimonio de verdad fize aquí este mi sygno
(signo) alonso de córdova (rúbrica)
AGS, CC-Diversos de Castilla, libro 25, fol. 1. Expediente sobre formación de cofradías de 1572
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