RENTAS Y PUEBLOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE RENTAS REALES DEL
MARQUESADO DE VILLENA
El distrito de rentas reales del Marquesado de Villena es una división fiscal con origen medieval en la entidad política del Marquesado de Villena y más concretamente en lo reducido a la Corona de la Gobernación del Marquesado de Villena, tras la derrota del Marqués de Villena. Este distrito de rentas reales, convivirá con otro distrito de las llamadas rentas del reino (servicio ordinario y extraordinario y servicios de millones), que tenían como base los obispados y en nuestro caso centralizado en Cuenca. Este distrito de rentas reales del Marquesado de Villena pervivió hasta el año 1718, momento en que se desgajo la parte baja del Marquesado: las poblaciones albaceteñas, lo que correspondía de las murcianas y de las alicantinas. Sustituido por una Subdelegación de rentas no por ello dejó de ser sentida la pérdida.
Como se ve la organización no es propiamente territorial, sino que se estructura en torno a las rentas cobradas en cada lugar. En un principio tenía al frente un receptor; a partir de 1580, aparece la figura de un tesorero, En los años treinta del siglo XVII, el corregidor empieza a asumir funciones privativas en materia de rentas reales como juez mero ejecutor. A partir de 1648, se comienza a ensayar la organización administrativa que se afianzará en el siglo XVIII: Superintendente de rentas reales, contador y arquero. La nueva planta borbónica no vino sino a confirmar una evolución autóctona hacia la definición de un modelo territorial.
Las alcabalas se recaudaban por encabezamiento o arrendamiento, mientras que las tercias reales se hacía por la administración directa de fieles. A mediados del siglo XVII, prácticamente todas estas reales estaban consignadas directamente al pago de juros de particulares y asentistas.
• San Clemente: alcabalas y tercias
• Villar de Cantos: alcabalas y tercias, pagadas desde 1626 por don Rodrigo de Ortega
• Hellín: alcabalas y tercias
• Sax: alcabalas y portazgo
• Minglanilla: alcabalas y tercias; antes con Iniesta
• Gineta: alcabalas.
• Yecla: alcabalas y tercias
• Sisante: alcabalas y tercias, antes con Vara del Rey
• Casas de Guijarro: alcabalas y tercias: antes con Vara del Rey
• Quintanar del Marquesado o del Rey: alcabalas y tercis
• Mira: alcabalas
• Barchín del Hoyo: alcabalas y tercias
• Ciudad de Chinchilla: alcabalas y tercias, pensión de escribanos, portazgo, servicio y montazgo
• Motilla: alcabalas y tercias
• Iniesta: alcabalas y tercias; sin las de Minglanilla y sin la de Puebla de San Salvador, que antes
iban con ella
• Tarazona: alcabalas y tercias
• Puebla de San Salvador: alcabalas; antes con INiesta
• Tobarra: alcabalas y tercias
• Villanueva de la Jara: alcabalas de los atajos de los vecinos, alcabalas del viento, heredades.
Almojarifazgo, carnicerías, pinales, casales, caules y hornos, y otras cualesquier rentas
• Ves: alcabalas y tercias
• La Roda: alcabalas y tercias
• Almansa: alcabalas y tercias
• Albacete: alcabalas y tercias, y tercias de La Gineta, pero sin sus alcabalas que antes iban con ella
• Utiel: alcabalas y tercias
• Alcázar del Rey: rediezmos de tercias, arrendadas a Diego de Resa Montoya, vecino de Villarejo
de Fuentes
• Cañavate y sus anejos de Cañadajuncosa y Atalaya, arrendadas las alcabalas y tercias
• Vara del Rey: alcabalas y tercias, sin las de Sisante y Casas de Guijarro
• El Peral: alcabalas
• La renta de la grana, alcabalas y tercias demás del pan situado en las ciudades de Villena y Chinchilla y en las nuevas villas con Requena y Utiel, con las 17 villas, que todos solían ser una gobernación
• El concejo de Toya y término de Silanes con sus alcabalas y tercias
• Los dos novenos de las tercias de Villargordo y los dos novenos de pan y vino y corderos de
Villanueva de la Jara y sus anejos y la veintena parte de los novenos de la villa de El Cañavate y
los dos novenos de ternos y de garbanzos y de pan y de vino de cercados de la villa de Iniesta y
los demás anejos del beneficio curado de ella.
• El alcabala de la aloja, barquillos, tabletas, supp(nes), nieve, hielos y la pintura
• Las tercias y los dos novenos de los diezmos de los frutos que cogiere el Colegio de la Compañía
de Jesús de San Clemente en las heredades que tiene en el partido
• Alarcón desde 1636 a 1656 depende del distrito de rentas reales del Marquesado, porque aunque
enajenadas al Marqués de Villena, luego de Escalona, éste no pagó el importe de dicha
enajenación. En la receptoría de 1658 se dice que se ha dado a dicho marqués receptoría para
administrar dichas rentas.
• En 1672, se añade el distrito de rentas de Villarejo de Fuentes, que permanecerá unido a la subdelegación de rentas de la época Borbónica. Comprende los pueblos de Almonacid del
Marquesado, Villalgordo del Marquesado, Alconchel yVillarejo de Fuentes
• Hubo un período en la segunda mitad del siglo XVIIque se incorporaron las rentas enajenadas
del distrito de Belmonte
• En 1718, se divide en dos esta superintendencia, tomando como referencia los partidos de San
Clemente y Chinchilla
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